2025XE-000001-0020800001 · SICOP 20250501444
COMPRA DE UNA PROPIEDAD PARA CONSTRUCCIÓN DE FACILIDADES COMUNALES PARA EL ESTADIO RAMÓN “CHIPOPA” MADRIGAL
Municipalidad de Escazú
Municipalidad de Escazú ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡150,3 millones y quedó en firme el 23/06/2025. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡150,3 millones
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
₡150,3 millones
0 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 23/06/2025
- Maria Isabel Jimenez Delgado₡150 271 068,63
Informe de recomendación de Luis Carlos Peña Sandi, 16/06/2025 · adjuntos: COR-PR-0177-2025.pdf, RES-GHA-0061-2025.pdf (1.26 MB), AL-1391 Concejo.pdf, AC-240-2025.pdf
Fechas clave
- Se publicó15/05/2025 09:05 · hace 17 meses
- Límite para 19/05/2025 23:59 · hace 17 meses
- Cierre de ofertas22/05/2025 08:00 · hace 17 meses
- de ofertas22/05/2025 08:01 · hace 17 meses
- publicado18/06/2025 11:16 · hace 16 meses
- Adjudicación 23/06/2025 09:55 · hace 16 meses
Nota de la institución. .Toda solicitud de aclaración a las disposiciones del presente pliego de condiciones deberá tramitarse exclusiva y únicamente por el SICOP, en los plazos establecidos por Ley. La Municipalidad se reserva el derecho de efectuar las modificaciones y / o aclaraciones a las condiciones o especificaciones del pliego de condiciones, cuando se consideren necesarias, las cuales serán comunicadas por medio de la plataforma SICOP. Será obligación de los oferentes considerar el contenido de estas aclaraciones o modificaciones y no podrán alegar desconocimiento de las mismas, pues forman parte integral del pliego de condiciones.
Contexto
- Municipalidad de Escazú adjudicó ₡2 258,5 millones en 111 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Compra de Terreno para Edificio Administrativo Institucional1 c/u · ₡150 271 068,631 c/u₡150 271 068,63
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡127,7 millones – ₡150,3 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 12 meses
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡509,05 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Maria Isabel Jimenez DelgadoGanó | 100 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se procede a la adjudicación del procedimiento de contratación
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
SOBRE LA ACEPTACIÓN DEL AVALUO ADMINISTRATIVO POR PARTE DEL PROPIETARIO EN LA OFERTA:
El propietario deberá ratificar la aceptación del avaluó administrativo VAL-0040-2024. La oferta deberá presentarse en el sistema digital unificado, firmada digitalmente por quien tenga poder suficiente para ello, dentro del plazo previsto para tal efecto en la plataforma.
Debe presentarse personería jurídica y la persona que presente la oferta deberá aportar documento que le otorgue poder suficiente para dicho acto.
La oferta estará encriptada e inaccesible hasta la hora y la fecha señalada para la apertura de ofertas, garantizándose en el sistema digital unificado la confidencialidad.
Con el solo sometimiento de la oferta en tiempo, se entiende aceptado el plazo de vigencia de la oferta establecido en la plataforma y durante las diferentes etapas del procedimiento. Esta vigencia no podrá ser menor a 90 días hábiles.
La oferta participará únicamente en el concurso para el que fue presentada, asumiendo el oferente las consecuencias que se puedan generar por su falta de cuidado o cualquier error imputable a él en el momento de ingresar su oferta y la documentación complementaria en el sistema digital unificado.
El oferente deberá aportar, mediante el sistema digital unificado, toda la documentación requerida por la Administración en el pliego de condiciones.
Se entenderá que el oferente ha inspeccionado y examinado todos los aspectos concernientes y ha obtenido toda la información necesaria en cuanto a los riesgos, contingencias y otras circunstancias que pudieran influir o afectar su oferta.
El oferente debe indicar expresamente en su oferta, que la Municipalidad de Escazú queda libre de toda responsabilidad directa o indirecta que pueda surgir como consecuencia de la ejecución del proyecto que origine la presente contratación.
Se realizará una única prevención para que el oferente subsane y aclare la oferta. Si la prevención no es atendida en tiempo y forma, caducará la facultad del oferente para realizarla en un momento posterior, conforme al artículo 50 de la Ley General de Contratación Pública. De manera oficiosa y dentro del mismo plazo otorgado en la prevención regulada en el párrafo anterior, el oferente puede por sí mismo aclarar o subsanar extremos no abordados por la Administración que estuvieren indicados en los informes realizados para el análisis de la oferta o cualquier otro extremo que el oferente estime necesario auto subsanar o aclarar, bajo pena de caducidad.
OBLIGACIONES DEL OFERENTE/ VENDEDOR
Debe aportar declaración jurada donde indique lo siguiente.
- No encontrarse en ninguno de los casos de imposibilidad legal para contratar con la Administración, a que se refiere el artículo 28 de la Ley General de Contratación Pública.
- Que la propiedad está libre de cualquier disputa judicial o de mejor derecho y que releva a la Municipalidad de cualquier responsabilidad al respecto.
- Presentar una oferta completa a partir de las reglas del pliego de condiciones.
- Mantener completa y actualizada la solicitud de registro en el Sistema Digital con las respectivas declaraciones como establece el artículo 33 del RLGCP.
- Cumplir con las obligaciones de la seguridad social, tanto de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF), cuando sea aplicable según sea el caso.
- No encontrarse inhabilitado para participar en procedimientos de contratación Pública, ni encontrarse inhabilitado por La Dirección de Contratación Pública.
- El contratista debe hacer entrega inmediata del terreno ofrecido, una vez se suscriba la escritura pública de su traspaso ante la Notaría del Estado, a nombre de la Municipalidad de Escazú.
- El terreno se debe entregar limpio de malezas, basura, escombro, entre otros.
- Cualquier construcción u obra complementaria que posea la propiedad, se entenderá como parte del precio del terreno.
La Administración advierte de la verificación y estudio de los documentos presentados por los oferentes, a fin de determinar la veracidad de estos y se reserva el derecho de elevar a las instancias correspondientes a alguna persona, o empresa que suministre falsa información.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Descripción de la Contratación: Adquisición de un (1) terreno con un solar con número de folio real 1-175327-000 y plano catastrado SJ-0003240-2023, ubicada en el distrito de San Antonio de Escazú, localizada en Calle La Bambú al costad este de la cancha de futbol de San Antonio, en distrito de San Antonio, cantón de Escazú, con la finalidad de construir facilidades comunales para el Estadio Ramón “Chipopa” Madrigal.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
FINCA MATRÍCULA DE FOLIO REAL NÚMERO 1-175327-000
UBICACIÓN: Distrito 02, Cantón 02, Provincia de San José.
NATURALEZA: Terreno de solar.
LINDEROS: Norte: Marina Corrales Matamoros, Sur: calle pública con un frente de 43,30 metros, Este: Liseth Aragón Alfaro y Marilin Ivonne Casanova Trejos, Oeste: Municipalidad de Escazú.
ÁREA DE TERRENO: 902 m²
PLANO CATASTRADO: SJ-0003240-2023.
/PROPIETARIO REGISTRAL: María Isabel Trinidad Jiménez Delgado, cédula de identidad número 1-0576-0338
SIN GRAVAMENES, SIN ANOTACIONES
IDENTIFICACIÓ DEL ACTIVO: La finca está inscrita bajo número 1-175327-000 que tiene las siguientes características: ubicación en el distrito 02 San Antonio, cantón Escazú, Provincia de San José, con una naturaleza de terreno con solar. Linderos: Norte: Marina Corrales Matamoros, Sur: calle pública con un frente de 43,30 metros, Este: Liseth Aragón Alfaro y Marilin Ivonne Casanova Trejos, Oeste: Municipalidad de Escazú, mide 902 m², con plano catastrado SJ-0003240-2023, la propiedad no posee anotaciones ni gravámenes, propiedad de María Isabel Trinidad Jiménez Delgado, cédula de identidad número 1-0576-0338.
Calle La Bambú al costad este de la cancha de futbol de San Antonio, en distrito de San Antonio, cantón de Escazú, con la finalidad de construir facilidades comunales para el Estadio Ramón “Chipopa” Madrigal, y dispone de todos los servicios básicos y facilidades comunales que poseen las propiedades localizadas en sectores residenciales, cuenta con todos los servicios de transporte público y vía de acceso en perfecto estado, cerca de escuelas y colegio la finca cuenta con la disponibilidad de todos los servicios básicos como electricidad, agua potable, alumbrado público, telefonía, cable e internet.
AVALUO ADMINISTRATIVO: Valoración realizada por el Subproceso de Valoraciones mediante el oficio VAL-0040-2024 donde se determinó que el valor comercial de la finca es de ₡150.271.068,63 (ciento cincuenta millones doscientos setenta y un mil sesenta y ocho colones con sesenta y tres céntimos).
SOBRE EL PAGO: La municipalidad pagará por la finca la suma indicada en el avalúo administrativo VAL-0040-2024 y realizará la retención del 2% del impuesto de renta sobre la suma pagada de conformidad a la Ley N°7092 denominada Ley del Impuesto sobre la Renta, según lo indicado en el artículo 23 inciso g) de dicho cuerpo normativo.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
CONFIDENCIALIDAD:
Toda información incluida y adjunta a la oferta debe ser pública; salvo que la parte interesada, así lo considere, en cuyo caso debe aportar en su plica la justificación respectiva. Caso contrario, la Administración en apego al Principios de Transparencia, queda facultada para hacer público cualquier información y/o documento en esa condición, una vez concretada la apertura del proceso. Lo anterior, al amparo de lo que establece el artículo N°15 del LGCP y N°3, inciso 15 del Reglamento para la Utilización del Sistema Electrónico de Compras Públicas Mercado en Línea SICOP, el cual a la letra indica: "... 15) Documento confidencial: Documento calificado, mediante acto razonado por la institución usuaria, de oficio o a solicitud de la parte interesada, como secreto comercial, industrial o económico..."
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. No aplica
Cláusula penal. No aplica
Documentos del cartel20
- VM-019-2023PDF · 901 KB
- VAL-0040-2024PDF · 2,4 MB
- USU-1616-2025PDF · 154 KB
- S.B.S.PDF · 246 KB
- Registro NacionalPDF · 10 KB
- Perfil proyectoPDF · 6 MB
- GA-V-2025-251PDF · 1,2 MB
- FincaPDF · 788 KB
- COR-GR-055-2025PDF · 563 KB
- COR-DA-760-2024PDF · 420 KB
- COR-AL-2004-2024PDF · 983 KB
- ConstanciaPDF · 307 KB
- CNA-GA-CA-734-2023PDF · 788 KB
- AceptaciónPDF · 102 KB
- Acta de constituciónPDF · 225 KB
- COR-AL-1092-2025PDF · 3,3 MB
- Declaración juradaDOCX · 72 KB
- Declaración juradaPDF · 655 KB
- Declaración juradaPDF · 686 KB
- Declaración juradaPDF · 655 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Carlos Alberto Herrera Fuentes
Asuntos Jurídicos
Carlos Alberto Herrera Fuentes
Asuntos Jurídicos
Luis Carlos Peña Sandi
Encargado del concurso · Proveeduría
Laura Cordero Mendez
Proveeduria
Priscilla Ramírez Bermúdez
Secretaría Concejo Municipal
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 22/09/2026 10:21. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
Licitaciones parecidas
Adjudicadamisma institución y producto · 30/09/2025
Municipalidad de Escazú · 1 oferente
Adjudicada por ₡746 M a Global Toros Incorporation
Adjudicadamisma institución y producto · 08/09/2025
Municipalidad de Escazú · 1 oferente
Adjudicada por ₡183,1 M a Dulce Maria Flores Monge
Adjudicadamisma institución y producto · 04/09/2025
Municipalidad de Escazú · 1 oferente
Adjudicada por ₡130,6 M a Representaciones Internacionales Segura
Adjudicadamismo producto · 07/09/2026
Universidad de Costa Rica
Adjudicadamismo producto · 21/08/2026
Caja Costarricense de Seguro Social · 1 oferente
Adjudicada por ₡45,9 M a La Piedra Atenas
Adjudicadamismo producto · 29/07/2026
Adquisición de Terreno para la Nueva Sede de Ebais Tures
Caja Costarricense de Seguro Social · 1 oferente
Adjudicada por ₡242 M a Emilia Maria Campos Barquero