2025LD-000050-0034100002 · SICOP 20250903474
COMPRA DE MEDIDORES DE NIVEL PARA LOS TANQUES DE BÚNKER DE FANAL
Consejo Nacional de Producción
Consejo Nacional de Producción ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡21,0 millones y quedó en firme el 20/10/2025. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡21,0 millones
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
₡21,0 millones
0 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 20/10/2025
- Automation And Projects X₡20 999 920,00
Informe de recomendación de Jesenia de los Angeles Cascante Monge, 20/10/2025 · adjuntos: DD-0145-25 RECOMENDACION ADJ COMPRA MEDIDORES DE NIVEL TANQUES DE BÚNKER firmado.pdf, CONSULTA HACIENDA AUTOMATION AND PROJECTS X, 2025LD-50, C. MEDIDORES.pdf, SOLICITUD ERP 91-20205, C. MEDIDORES.pdf
Fechas clave
- Se publicó26/09/2025 10:08 · hace 13 meses
- Límite para 29/09/2025 23:59 · hace 13 meses
- Límite para 30/09/2025 23:59 · hace 13 meses
- Cierre de ofertas03/10/2025 10:00 · hace 12 meses
- de ofertas03/10/2025 10:00 · hace 12 meses
- publicado20/10/2025 14:30 · hace 12 meses
- Adjudicación 20/10/2025 14:30 · hace 12 meses
Nota de la institución. Todas las aclaraciones serán atendidas únicamente por medio del SICOP.
Contexto
- Consejo Nacional de Producción adjudicó ₡7 095,7 millones en 144 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Medidor de Nivel Tipo Radar de Onda Guiada, Voltaje de 9 V a 35 V, Salida de 4 Ma a 20 Ma, Altura Máxima sobre el Nivel del Mar 2000 M, Rango de Resolución Menor a 1 Mm, Tiempo de Ciclo de Medición Menor a 500 Ms, para Medición de Nivel de Búnker.2 c/u · ₡21 000 000,002 c/u₡21 000 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡17,9 millones – ₡21,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 98 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,98 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 5 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 3 meses
- Ofertar en : permitido
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 98 % · Criterio de Pymes o MIPYMES 2 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡507,65 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 98 | Criterio de Pymes o MIPYMESmáx. 2 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|
| Automation And Projects XGanó | 98 | 0 | 98 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se adjudica según el oficio de recomendación de adjudicación DD-0145-25 de fecha 16 de octubre del 2025, suscrito por el Ing. Kenneth Ocampo Chinchilla, Coordinador de Área del Departamento de Destilería, con el Vo. Bo. del MBA. Jesús Ulloa Montoya, Administrador General de FANAL.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
B. REQUISITO DE ADMISIBILIDAD:
Será indispensable y obligatorio los siguientes requisitos:
- Los oferentes que cuenten con más de 10 trabajadores (deberán presentar planilla de CCSS) deberán tener una Comisión de Salud Ocupacional, para validar lo indicado deberán presentar una certificación del Consejo de Salud Ocupacional o bien el número de registro.
- Los oferentes que cuenten con más de 50 trabajadores (deberán presentar planilla de CCSS) deberán tener una Oficina de Salud Ocupacional, para validar lo indicado deberán presentar una certificación del Consejo de Salud Ocupacional o bien el número de registro.
- Los oferentes deberán contar con al menos 2 técnicos certificados en Ignition SCADA. Deberán presentar los certificados respectivos y copia de la planilla de la CCSS donde se evidencie que pertenecen a la empresa.
- Los oferentes deberán ser representantes de la marca ofertada. Deberán presentar una certificación del fabricante donde se evidencie lo solicitado.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
C. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS
Se admite a concurso la oferta que cumpla con las condiciones generales, condiciones específicas, las especificaciones técnicas y los aspectos legales solicitados.
Para el trámite y atención de las solicitudes de aclaración al pliego de condiciones se indica que deberán ser solicitadas únicamente por medio del SICOP, en el apartado correspondiente para este fin.
Para la verificación del cumplimiento de las especificaciones técnicas siguientes, así como la futura fiscalización del contrato, se nombra a Kenneth Ocampo Chinchilla, como analista técnico y administrador del contrato, o bien, quien la administración designe, por lo cual, el oferente deberá de dirigirse en primera instancia a él.
|
FUNCIONARIO |
TELÉFONO |
CORREO ELECTRÓNICO |
|
Kenneth Ocampo Chinchilla |
2494-2122 |
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LÍNEA |
ARTÍCULO SOLICITADO |
UNIDAD DE MEDIDA |
CANTIDAD |
|
1 |
Medidores de nivel para los tanques de búnker de FANAL |
c/u |
2 |
- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Línea N° 1: Medidores de nivel para los tanques de búnker de FANAL. Cantidad: 2.
1.1 FANAL recibirá ofertas para la adquisición de 2 medidores de nivel para los tanques de búnker de FANAL.
1.2 Se requieren dos medidores de nivel tipo radar de onda guiada para medición de nivel de búnker, marca Burkert, tipo 8188 o equivalente.
1.3 Deben contar con cable, varilla, sonda intercambiable o con sonda coaxial. Deben ser diseñados para la medición continua de nivel.
1.4 Deben ser aptos para líquidos y para uso industrial.
1.5 Deben tener un rango de medición de hasta 75 m, deben ser ideales para tanques de gran altura.
1.6 Condiciones de proceso como la fuerte generación de vapor, fluctuaciones de densidad o cambios en la constante dieléctrica no deben afectar la precisión de la medición. La acumulación de material o condensación en la sonda o la pared del recipiente no debe influir en el resultado de la medición.
1.7 Con capacidad de realizar mediciones de interfaz líquida, como una interfaz aceite/agua.
1.8 Aptos para medición de nivel de búnker.
1.9 Temperatura ambiental: mínimo -40°C, máximo 80 °C.
1.10 Temperatura del medio: mínimo -40°C, máximo 150 °C.
1.11 Altura sobre el nivel del mar: máximo 2000 m.
1.12 Grado de protección según IEC/EN 60529: IP66/IP67 con conector de cable montado y apretado M20 x 1,5. Aptos para trabajar a la intemperie.
1.13 Deben ser a prueba de explosiones para Clase 1 División 1.
1.14 Señal de salida de 4 mA a 20 mA.
1.15 Con capacidad de enlazarse al sistema Ignition SCADA de FANAL.
1.16 Tapa en policarbonato transparente, carcasa en PBT, PPS y acero inoxidable 316L.
1.17 Sello entre tapa y carcasa en EPDM.
1.18 Rango de resolución menor a 1 mm.
1.19 Tiempo de ciclo de medición menor a 500 ms.
1.20 El adjudicatario deberá realizar la instalación de los medidores de nivel, se incluyen las siguientes actividades:
- Suministro e instalación de cable multiconductor dentro de tubería tipo Conduit existente, enrutado y sujeción según ruta actual.
- Instalación de base para los sensores radar: Acoplamiento y fijación de los sensores en la tapa superior del tanque existente, perforación, fijación y sellado, si es requerido (en caso de requerir perforación en la tapa, debe retirarse la misma de la zona de los tanques y realizarse en un lugar seguro, el cual será determinado en coordinación con el Encargado de Salud Ocupacional de FANAL) Queda rotundamente prohibido realizar trabajos en caliente dentro de las instalaciones de los tanques de búnker. En caso de que se requiera este tipo de trabajo de alto riesgo, solamente se podrá desarrollar con el permiso de la Unidad de Salud Ocupacional y los Coordinadores de Destilería y Mantenimiento.
Verificación de nivelación y alineamiento del sensor. Conexión flanger clase #150.
- Para los trabajos en altura, el personal deberá contar con la capacitación y entrenamiento de persona autorizada para trabajos en altura. Esto será corroborado mediante el certificado respectivo. El cual deberá ser presentado por los oferentes.
- Confección e instalación de cobertores protectores para los sensores: Fabricados en acero inoxidable, resistentes al ambiente de planta, diseño tipo domo o capucha según dimensiones de los sensores, fijación segura que permita mantenimiento de los sensores en el futuro. La instalación de los sensores no deberá impedir que se pueda seguir realizando la medición de búnker de forma manual con cinta métrica, con el fin de poder continuar realizando controles cruzados entre ambos métodos de medición.
- Incorporación de la señal entregada por los medidores al sistema Ignition SCADA de FANAL. Se debe visualizar las respectivas existencias de búnker tanto para el tanque #1 como para el tanque #2.
1.21 El adjudicatario deberá realizar un mantenimiento a los paneles eléctricos asociados al sistema Ignition SCADA (ubicados en la torre de destilación y en el cuarto eléctrico entre el almacén de materiales y fermentación), se incluyen las siguientes actividades:
- Inspección Física de Paneles Eléctricos: Revisión del estado general de gabinetes y sus componentes, verificación y ajustes de la ventilación, limpieza interna, presencia de polvo y/o humedad, evaluación del estado de etiquetas, terminales y bornes. Se deben realizar los ajustes correctivos necesarios, inspección del sistema de puesta a tierra y estructuras de montaje. Se deben realizar los ajustes correctivos necesarios.
- Verificación de Conexiones entre PLC y Módulos de E/S: Verificación de continuidad y firmeza de conexiones. Se debe realizar resocado de borneras de acuerdo con los hallazgos hechos, confirmación del direccionamiento correcto de módulos. Se debe realizar respaldo de las configuraciones de los módulos y direccionamiento, detección de señales erróneas o conexiones flojas. Se debe realizar un nuevo proceso de validación del I/O, asegurando que cada señal está activa y funcionando correctamente.
- Revisión de la Alimentación de Dispositivos: Medición de voltajes, revisión de fuentes de poder, fusibles, disyuntores y sistemas de respaldo, identificación de variaciones que afecten la operación normal.
Se deberá sugerir cambios a nivel de hardware que sean necesarios en los dispositivos de alimentación eléctrica basados en los hallazgos que brinde el mantenimiento a realizar.
- Diagnóstico de PLC: Revisión de estado del PLC y análisis de errores en CPU, validación de comunicación con periféricos y red industrial, revisión del firmware y sugerencia de actualización si aplica, validación de la comunicación de los equipos instalados en los gabinetes con el software Ignition SCADA, verificación del estado y programación del PLC, evaluación y ajuste del sistema SCADA: mapeo de variables, comunicación y visualización de datos, corrección de inconsistencias en visualización o mapeo. Ajuste de datos entre existencias reales presentadas por los distintos sensores de la planta y lo presentado en el sistema Ignition SCADA (incluye tanques de almacenamiento)
1.22 El adjudicatario deberá entregar un informe técnico detallado que incluya lo siguiente respecto al mantenimiento de los paneles: Descripción de hallazgos, evidencia fotográfica cuando aplica, informe de las acciones preventivas y correctivas realizadas en el trabajo, recomendaciones para acciones correctivas y mejoras. Además, respecto a los medidores de búnker, el informe deberá contener lo siguiente: Descripción del trabajo realizado, evidencia fotográfica, mediciones de prueba (tensión, continuidad, señal), confirmación de funcionamiento de los sensores, comisionamiento y puesta en marcha de los sensores, inclusión de ambos sensores al Ignition SCADA de monitoreo, propiedad de FANAL.
1.23 FANAL proporcionará al adjudicatario acceso a las áreas de control, paneles y estaciones del Ignition SCADA, acompañamiento del personal técnico que designe la Administración General de FANAL, coordinación para realizar cortes eléctricos cuando sea necesario e información disponible de la arquitectura del sistema (cumplimiento con el procedimiento de bloqueo y etiquetado LOTO)
1.24 La empresa deberá coordinar todos los trabajos a realizar con el personal designado por la Administración General de FANAL.
1.25 Si se realizan trabajos en caliente, las personas que los ejecuten deberán contar con la certificación actualizada de persona autorizada para trabajos en caliente, esto será corroborado por medio de las certificaciones correspondientes, las cuales deberán ser adjuntadas en la oferta.
1.26 Para estos trabajos la empresa deberá cumplir con toda la legislación nacional vigente y acuerdos internacionales relacionados con Salud y Seguridad Ocupacional.
1.27 Si se requiere realizar trabajos en caliente, deberá coordinarse con el Departamento de Mantenimiento, Destilería y Salud Ocupacional de FANAL, con el fin de mantener un ambiente seguro.
1.28 Antes de realizar estos trabajos se realizará una matriz de riesgos que deberá ser desarrollada por el adjudicatario, esto será corroborado con el documento firmado por el profesional responsable.
1.29 Todo el equipo que se utilizará para el servicio contratado será inspeccionado por el profesional de Salud Ocupacional de FANAL, en coordinación con el administrador del contrato.
1.30 Será responsabilidad del adjudicatario mantener el orden y la limpieza en los respectivos lugares de trabajo.
1.31 Es obligatorio para el contratista, haber recibido la inducción de Salud Ocupacional de FANAL previo a iniciar las labores.
1.32 El contratista deberá asumir la responsabilidad civil, laboral del personal profesional, técnico y trabajadores operativos que desarrollarán el servicio contratado.
1.33 El adjudicatario deberá garantizar la supervisión del 100% de las labores por realizar. Este será el responsable del servicio contratado.
1.34 En caso de requerirse, todos los equipos a utilizar deberán ser proporcionados por el adjudicatario y certificados bajo normativas profesionales y especiales para trabajos en alturas.
1.35 Dada la complejidad y peligrosidad de los trabajos por realizar, se recomienda que no se realicen subcontrataciones de personal para realizar los trabajos. En caso de existir subcontratación, se deberá cumplir con lo indicado en el artículo 133 del Reglamento a la Ley de Contratación Pública y los trabajadores deberán cumplir con todas las calidades y requisitos solicitados en estas especificaciones técnicas.
1.36 Se programará una visita al sitio (Almacenamiento de búnker) según se indicará en la plataforma SICOP. Aunque la visita no es obligatoria es de suma importancia dado que se podrán aclarar dudas y aspectos técnicos sobre los requerimientos solicitados. Las especificaciones técnicas suministradas incluyen amplia información, pero las mismas deben ser corroboradas por los oferentes en el sitio. También la visita servirá para aclarar posibles dudas que puedan surgir en la misma. La no presentación a la visita al sitio no exime a los oferentes de todas las condiciones contractuales técnicas y administrativas.
La visita estará a cargo del Ing. Kenneth Ocampo Chinchilla, Coordinador de Destilería a.i. en compañía del Ing. Isaac Quesada Zumbado, Profesional 2 de Mantenimiento con recargo de Coordinador.
- Toda la oferta electrónica deberá suministrar la información completa y sustancial suficiente que permita su análisis formal y estudio comparativo para efectos de una posible adjudicación.
- La Fábrica Nacional de Licores se reserva el derecho de verificar la veracidad y autenticidad de la información técnica contenida en la oferta. Como consecuencia de llegarse a determinar la existencia de información falsa se descalificará al oferente.
- Para los efectos de la elaboración de la oferta se adjuntan las condiciones técnicas requeridas. Con la sola presentación de su oferta se entenderá que el oferente acepta conocer las dimensiones, características técnicas del objeto contractual de esta licitación.
- Garantía técnica: Para los sensores instalados 1 año. Para los trabajos por realizar, el oferente deberá indicar la garantía en su oferta, asegurando a la Administración que dicha garantía como mínimo, se hará efectiva contra daños en la infraestructura existente y los materiales intervenidos en condiciones normales de uso y manipulación, durante la prestación del servicio.
- Pólizas:
- El adjudicatario deberá presentar una póliza de riesgos de trabajo vigente durante la prestación del servicio.
- El adjudicatario deberá presentar una póliza de daños a terceros por al menos 55 millones de colones.
- Las ofertas que no cumplan con los requerimientos técnicos solicitados serán descalificadas del presente concurso.
- Las consultas generales de la licitación serán atendidas en los teléfonos 2494-2199 y al 8541-7072 (Proveeduría) o a fanal@cnp.go.cr. Las consultas referentes a la ejecución del contrato sobre aspectos técnicos de la licitación las pueden enviar al administrador del contrato a los correos: kocampo@cnp.go.cr
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
A. CONDICIONES GENERALES
- La Fábrica Nacional de Licores, conocida por sus siglas con el nombre de FANAL, Institución Estatal adscrita como una división del Consejo Nacional de Producción cédula jurídica 4-000-042146, recibirá ofertas de manera electrónica, por medio de la plataforma SICOP, para la compra de medidores de nivel para tanques de búnker de FANAL.
- La oferta debe estar redactada en forma clara y concisa, debe presentarse en idioma español o con su respectiva traducción, ofertar preferiblemente en moneda nacional en colones costarricenses y firmada o autorizada por la persona con facultades legales.
- Cuando el oferente sea persona jurídica deberá adjuntar una certificación notarial vigente donde acredite la naturaleza y propiedad de las acciones que conforman el capital social de la empresa, con su respectiva distribución, con vista en el libro de accionistas. Si las cuotas o acciones fueren nominativas y éstas pertenecen a otra sociedad, deberá igualmente aportarse certificación sobre la propiedad de las acciones de esta última. Las personas físicas aportaran copia de su cédula de identidad. (Si estos documentos constan en el sistema digital unificado SICOP, no será necesario aportarlos, mientras su contenido sea exacto, esté vigente y actualizado, lo cual deberá indicarlo en la oferta).
- Para efectos de notificaciones, el oferente se compromete a mantener actualizado el registro en SICOP donde deberá indicar claramente el nombre o razón social, cédula de identidad o cédula jurídica, dirección postal, dirección electrónica, números de teléfono y dirección de sus oficinas o sucursales.
- La fecha y hora límite para el cierre de recepción de ofertas es el día 3 de octubre del 2025 a las 10:00 horas. Posteriormente se procederá con el acto de apertura de ofertas que estará habilitado por medio de SICOP a los proveedores interesados.
- El plazo de adjudicación de esta licitación será de 10 días hábiles, vence el día 17 de octubre del 2025, con opción de prórroga por un plazo mayor por motivos de fuerza mayor o interés público, para lo cual se dejará constancia en el expediente mediante resolución motivada.
- Si algún oferente tiene dudas referentes al pliego de condiciones, encuentra contradicciones u omisiones, deberá notificarlo por escrito en SICOP, durante el primer tercio del plazo señalado para recibir ofertas. Si no fueran presentadas dentro de ese plazo quedará entendido que el oferente formulará la oferta considerando la condición o interpretación más favorables para FANAL.
- La Fábrica Nacional de Licores, por sí mismo o a solicitud de un oferente podrá introducir aclaraciones, correcciones o modificaciones a este pliego de condiciones, las que se comunicarán por los mismos medios en los que fue publicada la convocatoria de esta licitación, hasta dos días hábiles antes de la fecha señalada para la apertura de las ofertas. Si a juicio de FANAL una modificación introdujere una alteración importante en la concepción original del objeto de esta licitación, el plazo señalado para recibir ofertas se ampliará conforme lo establece el la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento.
- Dos o más personas, físicas o jurídicas, pueden complementar sus antecedentes y experiencia, por medio de la presentación de una oferta en consorcio, aportando copia certificada con fecha cierta del acuerdo consorcial. Ese documento contendrá, al menos, los términos que regularán las relaciones entre las partes y sus relaciones con la Administración. La responsabilidad entre las partes de este acuerdo será solidaria y le podrá ser reclamada indistintamente a cualquiera de ellos, en su totalidad.
- Declaraciones juradas: La oferta deberá contener las siguientes declaraciones juradas por parte del oferente:
- Que la información del Registro de Proveedores de SICOP se encuentra actualizada, vigente y al día según lo solicitado en artículo 32 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública N°9986. (No será necesario aportar los documentos nuevamente si lo indica en la oferta).
- Encontrarse inscrito, activo y al día en los pagos correspondiente a las cuotas obrero-patronales con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), el Fondo de Desarrollo Social Asignaciones Familiares (FODESAF) y Tributación con el Ministerio de Hacienda. FANAL realizará las verificaciones correspondientes en las plataformas en línea.
- Estar al día con todo tipo de impuestos nacionales.
- Que no le alcance ninguna de las prohibiciones para contratar con el Consejo Nacional de Producción división Fábrica Nacional de Licores, según lo establecido en el artículo 28 de la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento.
- Que no se encuentre inhibido para contratar con el Consejo Nacional de Producción división Fábrica Nacional de Licores, según lo establecido en el artículo 27 de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Producción.
- El oferente debe indicar beneficiario final, tal y como se reconoció en el registro de SICOP, debe indicar si dicho registro está vigente y actualizado, para su respectiva verificación. (No será necesario aportar los documentos nuevamente si lo indica en la oferta).
- Que se acepta en el caso de proveedor extranjero, someterse a los Tribunales y Leyes de Costa Rica, en todo lo concerniente a los trámites del procedimiento licitatorio; la ejecución del contrato y los reclamos por responsabilidad que se derivan del mismo, con renuncia expresa de su jurisdicción.
Si se faltara a la verdad en la declaración jurada, tal hecho dará lugar al delito de perjurio regulado en el artículo 318 del Código Penal.
- Forma de pago: 30 días naturales, una vez entregado el material o servicio a entera satisfacción en las instalaciones de FANAL, dicha entrega deberá contar con un recibido a conformidad por parte del administrador del contrato el cual puede ser un sello, firma del responsable, un oficio, un correo o un acta de recepción definitiva, todo de acuerdo con los términos del pliego de condiciones. Una vez que el contratista obtenga el recibido a conformidad a través de la plataforma SICOP, presentará la factura electrónica correspondiente por medio del SICOP y al correo fanal@cnp.go.cr
- Vigencia de la oferta: Debe ser mínimo de 30 días hábiles a partir de la fecha límite fijada para la recepción de ofertas.
- La Fecha de inicio será el día hábil siguiente a la notificación del contrato en SICOP.
- Plazo de Entrega: Los equipos (incluida su instalación y el mantenimiento de los paneles) se deberán entregar como máximo 60 días hábiles después de confeccionado el contrato mediante SICOP y notificada la Orden de Compra vía correo electrónico.
- En caso de que el proveedor sea una pequeña o mediana empresa, se validará dicha condición por medio de la plataforma SICOP, conforme lo establece la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, Ley N°8262 del 02 de mayo de 2002, y su Reglamento.
- La Fábrica Nacional de Licores exigirá, como requisito indispensable para los pagos que realice a personas físicas y jurídicas constituidas en Costa Rica, que las facturas que presenten como documentos justificantes estén debidamente autorizadas por la Dirección General de la Tributación Directa del Ministerio de Hacienda, de acuerdo con el sistema de autorización para comprobantes de ingresos, publicado en La Gaceta # 186 del 30/09/96.
- Para la presente licitación no se están solicitando documentos que puedan catalogarse como información sensible o confidencial, por lo que se les solicita a los oferentes no registrar en SICOP documentos confidenciales a menos de tener una justificación legal contundente. Lo anterior con único objetivo de garantizar la transparencia del proceso de contratación.
- La Administración se reserva el derecho de adjudicar de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria, así como declarar infructuosa la licitación se considera que ninguna oferta conviene a sus intereses o desierta con fundamento en el interés público. También se reserva para su aplicación al momento de la adjudicación las facultades contenidas en el artículo 51 de la Ley General de Contratación Pública y 139 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Resolución de controversias: Si durante la ejecución de un contrato surgen una o varias controversias no susceptibles de solución por negociación directa entre las partes, dicha controversia podrá ser sometida a un comité de expertos sin que la ejecución del contrato se vea suspendida, según lo prevé la Ley General de Contratación Pública (Art. 117).
- Forma de cotizar: El oferente debe cotizar el precio unitario de cada partida o línea que corresponda y el total del bien o servicio solicitado. El precio debe incluir el impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente debido a que FANAL no es exento. Los precios deben ser firmes y definitivos. Si en el pliego de condiciones se pide un desglose de los tributos que afectan la propuesta y esta no lo indica, se presume que el monto total cotizado los contempla, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local.
- Al adjudicatario se le retendrá el 2% del total de pagos a efectuar, como adelanto del Impuesto sobre la Renta, según artículo 23 inciso g) de la Ley del Impuesto sobre la Renta N° 7092.
- Revisiones de precio. La oferta económica total deberá ser desglosada de conformidad con la siguiente estructura:
|
CONCEPTO |
MONTO EN MONEDA OFERTADA |
PORCENTAJE |
|
Costos directos |
|
X% |
|
Costos indirectos |
|
X% |
|
Imprevistos u otros |
|
X% |
|
Utilidad |
|
X% |
|
PRECIO COTIZADO |
|
100 % |
|
IVA |
|
13% |
- El presupuesto detallado de la obra, bien o servicio contratado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo máximo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato.
- Para el cálculo del reajuste o la revisión de precios del contrato, se deberá contar con la documentación de soporte suficiente, válida y pertinente, conforme lo define el artículo 6 del Reglamento para el reajuste precios en los contratos de obra pública y la revisión de precios en los contratos de bienes y servicios.
En casos excepcionales, en que se aplique el método analítico-documental, la documentación probatoria (factura con su respectivo depósito o transferencia) que acredite la compra o la adquisición del insumo, así como aquella documentación presentada en la oferta (factura preforma o documento equivalente) que da sustento al precio cotizado.
Cualquier otra documentación adicional que FANAL requiera para el cálculo. Se cuenta con dos meses para emitir la resolución de aceptación o rechazo de la solicitud. En todo trámite de reajuste el Departamento Financiero realizará el análisis correspondiente para el reconocimiento del reajuste mediante resolución motivada.
- El Adjudicatario debe presentar patente al día dentro del plazo máximo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato.
- Garantía de cumplimiento: El adjudicatario deberá rendir una garantía de cumplimiento equivalente al 5% (Cinco por ciento) del monto total adjudicado dentro de los 5 (Cinco) días hábiles siguientes a la firmeza del acto de adjudicación, a través del SICOP o mediante trámite con alguna entidad garante a favor de la Fábrica Nacional de Licores. Para tales efectos, se señala la cuenta IBAN en colones del Banco de Costa Rica: CR 04015201001000375240 del Banco de Costa Rica, se debe adjuntar el comprobante del pago en la plataforma SICOP. Deberá emitirse conforme lo establecido en el artículo 111 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- La vigencia de la garantía de cumplimiento debe ser de dos meses adicionales a la fecha probable de finalización del contrato. De igual manera se debe mantener vigente la garantía de cumplimiento en caso de existir ampliación de contrato, retrasos o cualquier tipo de prórroga contemplada en la normativa vigente.
- Es obligación del contratista mantener vigente la garantía de cumplimiento mientras no se haya recibido el objeto del contrato. Si un día hábil antes del vencimiento de la garantía, el contratista no ha prorrogado su vigencia, la Administración podrá hacerla efectiva en forma preventiva y mantener el dinero en una cuenta bajo custodia, el cual servirá como medio resarcitorio en caso de incumplimiento. En este caso el contratista podrá presentar una nueva garantía sustitutiva.
- La garantía de cumplimiento se devolverá dentro del mes siguiente a la fecha de la finalización del contrato, en el tanto el bien o servicio haya sido recibido a entera satisfacción, se debe realizar solicitud del contratista, a través de la plataforma SICOP.
- Si el adjudicatario no cumpliera dentro del término establecido rindiendo la garantía de cumplimiento, FANAL podrá hacer una nueva adjudicación a alguno de los otros oferentes de acuerdo con lo estipulado en el artículo 53 de la Ley General de Contratación Pública, o bien declarar desierta la licitación.
- La sola presentación de la oferta se entenderá como una manifestación inequívoca de la voluntad del oferente de contratar con la Fábrica Nacional de Licores, entidad adscrita al Consejo Nacional de Producción, lo anterior con pleno sometimiento a las normas de la Ley General de Contratación Pública y de su Reglamento, así como a las condiciones generales y especiales del pliego de condiciones o cualquier otra disposición reglamentaria pertinente para el trámite de la presente licitación.
D. EVALUACIÓN DE OFERTAS
Una vez determinado por la Administración que las ofertas cumplen con los aspectos legales y técnicos y que son admisibles para una eventual adjudicación, se procederá a realizar la calificación respectiva, bajo la siguiente metodología de evaluación:
|
PARÁMETRO |
VALOR ASIGNADO % |
|
Precio |
98% |
|
PYMES |
2% |
|
Total |
100% |
a. Precio: 98%
La fórmula de evaluación es la siguiente:
El precio menor se refiere al menor de los presentados en las ofertas. Sobre ese precio se evaluarán las ofertas restantes.
b. PYMES: 2% (Articulo N°23 Ley General de la Contratación Pública) Criterio Sustentable Económico.
Se otorgará hasta 2% a los oferentes que acrediten su incorporación como Pequeña y Mediana Empresa (deben presentar certificado vigente).
Se adjudicará la oferta con el puntaje más alto de acuerdo con la metodología de evaluación aplicada. En caso de empate, se asignará un puntaje adicional a la oferta que logre demostrar que es una PYME, en caso de existir un empate entre empresas PYMES se considera la siguiente puntuación: PYME de industria 5 puntos, PYME de servicio o agropecuaria 5 puntos o PYME de comercio 2 puntos. Si aún persiste el empate se convocará a las partes para decidir la adjudicación mediante la suerte y se levantará un acta al respecto.
E. CONDICIONES DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
- El adjudicatario que no comparezca dentro de los cinco días hábiles siguientes a la firmeza del acto de adjudicación en este pliego de condiciones u omita rendir durante ese plazo la garantía de cumplimiento, se procederá a adjudicar al segundo mejor posicionado según la rúbrica de evaluación de ofertas y así sucesivamente.
- Insubsistencia de la contratación: Se entenderá por insubsistente la contratación con las causales indicadas en el artículo 52 de la Ley General de Contratación Pública, para ello la administración podrá optar por las ofertas subsiguientes para una eventual readjudicación mediante resolución motivada.
- El contratista estará obligado a cumplir, plenamente, con todas las condiciones y especificaciones del pliego de condiciones y sus adendas, lo ofrecido en su oferta como en las demás manifestaciones documentadas que consten en el expediente de concurso y formalizadas durante la ejecución del contrato. Debe realizar la totalidad de la contratación en su entera responsabilidad. Se podrá subcontratar si en la oferta se indica el listado de los subcontratistas, así como el objeto de subcontratación, con señalamiento expreso del porcentaje del objeto que asumirá cada uno de ellos. La totalidad del porcentaje de subcontratación no podrá superar el cincuenta por ciento (50%) del monto total del contrato. En todo caso, la subcontratación no relevará al contratista de su responsabilidad integral por el objeto contratado, debiendo este también cumplir con todas las obligaciones contraídas con los subcontratistas. El contratista no podrá alegar, en ningún caso, cláusulas de confidencialidad con sus subcontratistas para brindar información que le sea solicitada, con las salvedades de esta ley.
- El contratista se sujetará a las disposiciones contempladas en los artículos 12, 14, 43, 101, 106, 113, 115 siguientes y concordantes de la Ley General de Contratación Pública, y en los artículos 273, 274, 275 del Reglamento, y demás normativas que rige la materia de Contratación Pública.
- El contratista estará obligado a ofrecer todas las facilidades necesarias al administrador del contrato para la correcta fiscalización contractual durante la ejecución del contrato.
- El Administrador del contrato está en la obligación de gestionar el recibido provisional al proveedor y emitirá recepción definitiva a conformidad con el pliego de condiciones, el cual no será mayor a un mes después de la entrega final del objeto contractual.
- El contratista deberá entregar los bienes o servicios contratados de acuerdo con el plazo de entrega cotizado en su oferta y de acuerdo con lo establecido en el pliego de condiciones. Se permitirá una única prórroga, la cual deberá ser presentada dentro del plazo de entrega establecido para valorar su aceptación o rechazo.
- Multas y Cláusulas Penales: En caso de existir incumplimientos, atrasos o defectos en la correcta entrega del objeto de la contratación el adjudicatario deberá cancelar un 0.75% del monto económico adjudicado por línea por cada día hábil de atraso, el pago de multas y clausulas penales no podrá superar el 25% (veinticinco por ciento). Dicho cobro podrá hacerse directamente a saldos pendientes de pago. Para el cobro de las multas, no será necesario demostrar la existencia del daño o perjuicio, solo es necesario la oportuna notificación del acto motivado según lo indica el artículo 117 del Reglamento a la LGCP.
Es obligación ineludible del contratista apegarse estrictamente a las exigencias del pliego de condiciones y a los términos de su oferta. El no cumplimiento del contratista una vez vencido el plazo de entrega, dará la potestad a la Administración para resolver el contrato por presunto incumplimiento.
Para los efectos de este apartado, únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, fuerza mayor o hechos de la propia Administración, debidamente demostradas por escrito ante la Proveeduría y la Unidad Administrativa responsable, de acuerdo con los términos ofertados.
- La Fábrica Nacional de Licores de acuerdo con el artículo 115 de la Ley General de Contratación Pública podrá, sin perjuicio de las demás acciones administrativas en caso de incumplimiento total por parte del contratista, resolver el contrato en su totalidad o en parte o bien rescindir sus relaciones con fundamento en dicho cuerpo normativo.
- FANAL se reserva la potestad durante la ejecución del contrato de verificar en cualquier tiempo la vigencia de las pólizas y la presentación de planillas correspondientes al régimen de seguro por riesgos profesionales, así el cumplimiento de las obligaciones obrero-patronales con la CCSS.
- La contratación se encuentra incluida en el PTAI 2025.
- Cualquier circunstancia no prevista en el pliego de condiciones, se resolverá de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Contratación Pública, su Reglamento y normativa conexa aplicable.
- El inicio de la actividad contractual coincidirá con la notificación del contrato y notificación de la Orden de Compra vía correo electrónico, por lo tanto, el plazo de entrega, así como el régimen de responsabilidad de las partes correrá a partir del día posterior a la misma, aun cuando el contratista no haga retiro de dicha documentación, se entenderán los días hábiles posteriores a la notificación de esta.
- El Administrador del contrato efectuará la recepción provisional al momento de recibir los artículos solicitados en la orden de compra y en un plazo no superior a 5 días posteriores, efectuará la recepción definitiva para iniciar el trámite de pago.
- Recepción Provisional: La recepción provisional, del objeto se entenderá como el recibo material de los bienes y servicios, en el lugar estipulado. Se deberá coordinar con el Administrador del Contrato correspondiente la recepción cuando sea pertinente. Se levantará un acta en la cual consignará las cantidades recibidas, la hora, fecha y la firma de los presentes. La recepción provisional excluye el cobro de cláusulas penales, salvo que se haya hecho bajo protesta, en cuyo caso, el Administrador del Contrato indicará al Contratista por escrito los aspectos a corregir y el plazo en que deberá hacerlo.
- Recepción Definitiva: La recepción definitiva del objeto será efectuada dentro de los primeros cinco (5) días hábiles siguiente a la recepción provisional, vencido el plazo para corregir defectos o bien se puede hacer simultánea con la recepción provisional si el artículo así lo amerita.
- Prórroga del plazo de entrega: A solicitud del contratista, la Administración, podrá autorizar prórrogas al plazo de entrega cuando existan demoras ocasionadas por ella misma o causas ajenas al contratista. El contratista solicitará la prórroga previa a que finalice el plazo original estipulado. Si la solicitud se hace fuera de este plazo, la Administración podrá autorizar la prórroga, en caso de estar debidamente sustentada, no obstante, se penalizarán los días transcurridos sin conocimiento.
Cualquier información adicional deberá comunicarse con el Ing. Kenneth Ocampo Chinchilla, Coordinador de Área del Departamento de Destilería al correo kocampo@cnp.go.cr
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. En caso de existir incumplimientos, atrasos o defectos en la correcta entrega del objeto de la contratación el adjudicatario deberá cancelar un 0.75% del monto económico adjudicado por línea por cada día hábil de atraso, el pago de multas y clausulas penales no podrá superar el 25% (veinticinco por ciento). Dicho cobro podrá hacerse directamente a saldos pendientes de pago. Para el cobro de las multas, no será necesario demostrar la existencia del daño o perjuicio, solo es necesario la oportuna notificación del acto motivado según lo indica el artículo 117 del Reglamento a la LGCP. Es obligación ineludible del contratista apegarse estrictamente a las exigencias del pliego de condiciones y a los términos de su oferta. El no cumplimiento del contratista una vez vencido el plazo de entrega, dará la potestad a la Administración para resolver el contrato por presunto incumplimiento. Para los efectos de este apartado, únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, fuerza mayor o hechos de la propia Administración, debidamente demostradas por escrito ante la Proveeduría y la Unidad Administrativa responsable, de acuerdo con los términos ofertados.
Cláusula penal. En caso de existir incumplimientos, atrasos o defectos en la correcta entrega del objeto de la contratación el adjudicatario deberá cancelar un 0.75% del monto económico adjudicado por línea por cada día hábil de atraso, el pago de multas y clausulas penales no podrá superar el 25% (veinticinco por ciento). Dicho cobro podrá hacerse directamente a saldos pendientes de pago. Para el cobro de las multas, no será necesario demostrar la existencia del daño o perjuicio, solo es necesario la oportuna notificación del acto motivado según lo indica el artículo 117 del Reglamento a la LGCP. Es obligación ineludible del contratista apegarse estrictamente a las exigencias del pliego de condiciones y a los términos de su oferta. El no cumplimiento del contratista una vez vencido el plazo de entrega, dará la potestad a la Administración para resolver el contrato por presunto incumplimiento. Para los efectos de este apartado, únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, fuerza mayor o hechos de la propia Administración, debidamente demostradas por escrito ante la Proveeduría y la Unidad Administrativa responsable, de acuerdo con los términos ofertados.
Documentos del cartel2
- PLIEGO DE CONDICIONESPDF · 215 KB
- CRONOGRAMAPDF · 215 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Kenneth Jesus Ocampo Chinchilla
Destilería
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 22/09/2026 09:53. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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