2025LY-000021-0021400001 · SICOP 20251001745
CONSTRUCCIÓN DEL MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA LA CIUDAD DE JACÓ, CANTÓN DE GARABITO.
Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados
Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡4 869,1 millones y quedó en firme el 08/09/2026. Se recibieron 8 ofertas de 3 empresas en 3 lotes (partidas). En 2 de 3 lotes no ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡4 869,1 millones
para todos los lotes
Ofertas recibidas
8
de 3 empresas en 3 lotes
Suma de las ofertas más bajas
₡3 097,9 millones
36,4 % por debajo del presupuesto
Quién ganó cada loteen firme 08/09/2026
- L1Consorcio Intec-ipsaServicio de Mejoras al Abastecimiento de AcueductoNo era la más barata (2.ª de 3)₡2 169 356 249,65
- L2Consorcio Intec-ipsaServicio de Mejoras al Abastecimiento de AcueductoLa más barata de 2₡2 892 731 329,81
- L3Consorcio Intec-ipsaReserva para Servicios de Trabajos por Administración ComplementariosNo era la más barata (2.ª de 3)₡198 903 552,01
Informe de recomendación de Vladimir Ballestero Moya, 22/05/2026 · adjuntos: ESTUDIO TECNICO.zip (1.34 MB), PRESUPUESTO 2026.zip (1.18 MB), 2025LY-000021-0021400001 RECOMENDACIÓN JACÓ.pdf, ACTA COMISIÓN.pdf (1.38 MB), ESTUDIO LEGAL PRE-J-2026-01090.pdf, Proyecto Acuerdo 2025LY-000021-0021400001 JACÓ arsu.docx, PRESENTACIÓN 2025LY-021 JACÓ.pptx (1.2 MB)
Fechas clave
- Se publicó17/10/2025 14:34 · hace 12 meses
- Límite para 13/02/2026 23:59 · hace 8 meses
- Límite para 13/02/2026 23:59 · hace 8 meses
- Cierre de ofertas19/03/2026 08:00 · hace 7 meses
- de ofertas19/03/2026 08:05 · hace 7 meses
- publicado17/06/2026 08:41 · hace 4 meses
- Adjudicación 08/09/2026 09:34 · hace 33 días
15 recibidas, 15 respondidas.
El cartel fue modificado (4 veces). Qué cambió:
- Cierre de ofertas: 06/02/2026 08:00 → 19/03/2026 08:00
- Apertura de ofertas: 06/02/2026 08:05 → 19/03/2026 08:05
- Límite de aclaraciones: 04/12/2025 23:59 → 13/02/2026 23:59
- Límite de observaciones a la apertura: 09/02/2026 23:59 → 20/03/2026 23:59
Contexto
- Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados adjudicó ₡56 632,3 millones en 129 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra3 líneas · 3 lotes
- L1Servicio de Mejoras al Abastecimiento de Acueducto1 · ₡4 644 313 383,031₡4 644 313 383,03
- L2Servicio de Mejoras al Abastecimiento de Acueducto1 · ₡1,001₡1,00
- L3Reserva para Servicios de Trabajos por Administración Complementarios1 · ₡224 761 013,771₡224 761 013,77
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡4 138,7 millones – ₡4 869,1 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 10 % durante 18 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 90 días hábiles
- Contrato por 16 meses
- Ofertar en : no
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: sí
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡469,94 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Lote 1 · Servicio de Mejoras al Abastecimiento de Acueducto3 ofertas
Lote 2 · Servicio de Mejoras al Abastecimiento de Acueducto2 ofertas
Lote 3 · Reserva para Servicios de Trabajos por Administración Complementarios3 ofertas
Anuncio oficial de la adjudicación
Se procede con la comunicación del acto final a los oferentes. Se cuenta con el acuerdo de Junta Directiva N° 2026-0209 y no objeción del BCIE N° GERCR-132/2026. Visibles en el expediente electrónico.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Los oferentes que cumplan con los aspectos técnicos, financieros y legales solicitados en este documento, tendrán la oportunidad de participar en el sistema de selección.
Copia sencilla de los Estados Financieros Auditados (EFAs) correspondientes a los períodos fiscales auditados del oferente (2022, 2023 y 2024), adicionalmente, se deberá presentar copia sencilla de los Estados Financieros Internos emitidos en el primer trimestre 2025; todos los Estados Financieros (Auditados e Internos) deberán ser presentados con firma física o digital, tanto del Representante Legal de la empresa como del Contador Privado, conforme al marco conceptual de las NIC.
En caso de grupos de interés económico siempre y cuando se acredite la existencia de este, sí se aceptarán los Estados Financieros de la casa matriz o empresa holding.
Los Estados Financieros Auditados e Internos tendrán como información básica la siguiente:
- Estado de Situación Financiera (Balance General).
- Estado de Resultados Integral (Ganancias y Pérdidas, Ingresos y Gastos).
- Estado de Cambios en el
- Estado de Origen y Aplicación de Fondos o del Estado de Flujo de
Además, se deben incluir las correspondientes notas a los Estados Financieros, así como las principales políticas y prácticas contables utilizadas en la empresa auditada. Está información puede presentarse en un estado separado o como parte de los Estados Financieros.
La información presentada debe ser auditada por una firma de Contadores Públicos o por un Auditor Externo Independiente, presentados con firma física o digital. La entidad auditora deberá dejar establecido en su dictamen, el alcance del examen de los Estados Financieros. A tal efecto, indicará si su examen se llevó a cabo de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría (N.I.A), y según las Normas Internacionales de Contabilidad (N.I.C), o los criterios y finalidad de su fiscalización. En el caso de que el (los) dictamen (es) de los Estados Financieros contenga (n) salvedades que se consideren relevantes para el respectivo análisis, el AyA podrá solicitar las aclaraciones que se requieran.
Para aquellos Estados Financieros que por alguna razón no cuenten con la firma electrónica (digital) del Contador Privado Incorporado y del Representante Legal de la empresa, la firma física de ambos deberán ser autenticadas por un notario público conforme a las formalidades vigentes.
En caso de que el oferente presente documentación financiera emitida en el extranjero, deberá realizar el trámite consular o de apostillado correspondiente.
Los Estados Financieros podrán mostrar cifras en la moneda del país en que son emitidos, salvo casos en que el cumplimiento de un requisito sea solicitado en dólares de los Estados Unidos de América, en cuyo caso el oferente debe adjuntar la metodología de conversión utilizada.
Toda la información financiera deberá expresarse originalmente en idioma español o traducida al español por un traductor, conforme al marco conceptual de las NIC.
Será motivo de rechazo de los Estados Financieros, y por ende el oferente quedará descalificado, si no cumple con las condiciones financieras estipuladas en el cuadro “Estados Financieros – Condiciones de Cumplimiento” y que, en los Estados Financieros, o en el dictamen de la entidad auditora, se presenten correcciones o borrones que impidan una fácil lectura o hagan dudar de su legitimidad.
Cuadro 1. Estados Financieros – Condiciones de Cumplimiento
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Condiciones de cumplimiento |
|||||
|
Descripción |
Entidad Individual |
Consorcio |
|||
|
Todos los oferentes combinados |
Cada oferente |
Por lo menos un oferente |
Parte líder del consorcio |
||
|
Presentación de estados financieros auditados del oferente de los periodos fiscales (2022, 2023 y 2024), y los Estados Financieros Internos emitidos en el primer trimestre 2025; para poner de manifiesto la solidez de la situación financiera actual del oferente. |
Debe cumplir con el requisito. |
N/A |
*(1) Debe cumplir con el requisito. |
N/A |
N/A |
N / A: no aplica
- Los Estados Financieros deben ser presentados por todas las empresas que conformen un Consorcio, de acuerdo con lo contemplado en este apartado cuadro de Estados Financieros-Condiciones de Cumplimiento.
El oferente deberá contar con Recursos Financieros para la ejecución exclusiva del contrato igual o superior a un 10% del presupuesto total estimado en la oferta, o su equivalente en moneda extranjera.
Los Recursos Financieros requeridos, deberán estar compuestos por una combinación de Capital de Trabajo (25%) y Líneas de Crédito (75%). Las Líneas de Crédito deberán respaldar no menos del porcentaje indicado, es decir, el 75% del 10% del presupuesto total.
El Capital de Trabajo se determinará con base en la información presentada en el (EFA) del período fiscal auditado 2024 del oferente, por medio de la ecuación financiera utilizada para este fin, la cual es: Capital de Trabajo (CT) es igual a "Activo Corriente (AC) menos Pasivo Corriente (PC)”.
𝐶𝑇 = 𝐴𝐶 − 𝑃𝐶
Los recursos financieros requeridos por la Línea de Crédito deberán estar compuestos por una combinación de una o varias líneas de crédito, que estén formalmente constituidas por bancos o empresas financieras no bancarias.
En cuanto a las Líneas de Crédito:
- En el proceso de recepción de ofertas, el oferente deberá presentar certificaciones originales emitidas por bancos o empresas financieras no bancarias, las cuales deberán incluir como mínimo lo siguiente: la persona física o jurídica a la que pertenece la línea de crédito, el monto total, el monto disponible.
- La certificación deberá ser emitida dentro de los 30 días naturales antes de la recepción de ofertas; la línea de crédito se requiere que tenga como mínimo una vigencia de seis (6) meses; si durante este periodo la licitación aún no ha sido adjudicada, el oferente deberá presentar nuevamente la certificación prorrogando el plazo por seis (6) meses adicionales.
Las líneas de crédito aceptables podrán ser líneas de crédito bancarias en su
totalidad, o bien, una combinación entre éstas y las líneas de crédito de empresas financieras no bancarias, de acuerdo con las definiciones siguientes:
- Líneas de Crédito Bancarias: Se define como línea de crédito bancaria, un crédito permanente rotativo para ser usado en cualquier momento, que para tal efecto emite un Banco, ya sea este del Sistema Bancario Nacional o de un Banco Internacional de primer orden según el reconocimiento que hace el Banco Central de Costa Rica, cuando cuente con un corresponsal autorizado en el país, siempre y cuando sean emitidas de acuerdo con la legislación
- Líneas de Crédito de Empresas Financieras no Bancarias: Se define como línea de crédito de empresa financiera no bancaria, un crédito permanente rotativo para ser usado en cualquier momento que, para tal efecto emite la empresa financiera no Se define como empresa financiera no bancaria, la persona jurídica distinta a los bancos u otras entidades públicas o privadas reguladas por la ley especial, que realicen intermediación financiera en los términos definidos en la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, mismas reguladas por la SUGEF, cumpliendo además con las condiciones establecidas en la Ley Reguladora de Empresas Financieras no Bancarias (Ley 5044) y en la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica (Ley 7558).
A continuación, se muestra el cuadro Recursos Financieros – Condiciones de Cumplimiento, el cual deben de cumplir los oferentes individuales o consorciados, en referencia con las condiciones de los Recursos Financieros.
Cuadro 2. Recursos Financieros – Condiciones de Cumplimiento
|
Condiciones de cumplimiento |
|||||
|
Descripción |
Entidad Individual |
Consorcio |
|||
|
Todos los oferentes combinados |
Cada oferente |
Por lo menos un oferente |
Parte líder del consorcio |
||
|
*(1) Disponibilidad de Recursos Financieros para la ejecución del contrato igual o superior a un 10% del presupuesto total estimado que consta en SICOP para la contratación, o su equivalente en moneda extranjera. *(2) Línea de Crédito ≥ 75% del monto requerido de los Recursos Financieros. |
Debe cumplir con el requisito mínimo. |
Debe cumplir con el requisito mínimo. |
N/A |
N/A |
Debe cumplir con al menos el 60% del monto solicitado en la línea de crédito. |
N / A: no aplica
- Para el caso de la participación de empresas en consorcio, los oferentes de forma combinada deberán demostrar la disponibilidad de Recursos Financieros para la ejecución del contrato igual o superior a un 10% del monto establecido para la contratación según SICOP, o su equivalente en moneda extranjera.
- Las Líneas de Crédito deberán respaldar no menos del 75% del monto requerido de los Recursos Financieros, es decir, el 75% del 10% del presupuesto total. Para el caso de empresas que participan consorcialmente, el consorciado principal establecido en el Acuerdo Consorcial deberá hacer frente a no menos del 60% del monto solicitado en líneas de crédito. El restante 40% deberá ser cubierto por los demás miembros del Consorcio.
Con base en los Estados Financieros Auditados e Internos presentados por los oferentes, el AyA efectuará un Análisis Financiero, el cual se aplicará para efectos de determinar la condición financiera en la que se encuentra cada empresa o consorcio oferente; siendo que, la empresa o consorcio que no alcance un resultado de 60 puntos no estaría cumpliendo con los requisitos financieros mínimos requeridos en la admisibilidad.
- Para efectos de los indicadores financieros, se aplicará un sistema de puntuación que se establece en el siguiente cuadro.
Cuadro 3. Evaluación Financiera-Valoración por Puntaje
|
COEFICIENTE MEDIO DE LIQUIDEZ |
RENTABILIDAD NETA |
COEFICIENTE MEDIO DE ENDEUDAMIENTO |
|||
|
R.C. |
PUNTOS |
R.N. (%) |
Puntos |
C.E. (%) |
PUNTOS |
|
≤ 1.0 |
0 |
< 1 |
0.00 |
≤ 30 |
50 |
|
1.1 |
6 |
1 |
1.33 |
40 |
45 |
|
1.2 |
12 |
2 |
2.66 |
50 |
40 |
|
1.3 |
18 |
3 |
3.99 |
60 |
35 |
|
1.4 |
24 |
4 |
5.32 |
70 |
25 |
|
≥ 1.5 |
30 |
5 |
6.65 |
80 |
15 |
|
|
|
6 |
7.98 |
90 |
5 |
|
|
|
7 |
9.31 |
≥ 100 |
0 |
|
|
|
8 |
10.64 |
|
|
|
|
|
9 |
11.97 |
|
|
|
|
|
10 |
13.30 |
|
|
|
|
|
11 |
14.63 |
|
|
|
|
|
12 |
15.96 |
|
|
|
|
|
13 |
17.29 |
|
|
|
|
|
14 |
18.62 |
|
|
|
|
|
≥ 15 |
20.00 |
|
|
Nota 1: Para efectos de redondeo, si para el resultado obtenido en alguno de los índices financieros, el valor decimal es menor que 0.5, se redondeará hacia abajo. Por el contrario, si el valor decimal es mayor o igual que 0.5, se redondeará hacia arriba (Ejemplo: si el resultado obtenido en Razón de Rentabilidad es 7.2, se deberá redondear a 7.0; y si este mismo índice fuera 7.5 se deberá redondear a 8.0). Para el Coeficiente Medio de Endeudamiento si el valor de las unidades del resultado obtenido es menor que 5, se redondeará hacia abajo; por el contrario, si el valor es mayor o igual que 5 se deberá redondear hacia arriba (Ejemplo: si el Coeficiente Medio de Endeudamiento es 33, se deberá redondear a 30; por el contrario, si este mismo índice fuera de 38 se deberá redondear a 40).
Nota 2: Para efectos de efectuar la valoración financiera de las empresas que participan en consorcio, se hará de una forma combinada, se analizará cada empresa por separado y luego se promediarían los índices de cada una para determinar los puntos obtenidos.
- La evaluación financiera consiste básicamente en el análisis de tres índices financieros que se aplican en las partidas de los Estados Financieros Auditados de los últimos tres periodos fiscales, y de los Estados Financieros Internos. La capacidad financiera del oferente se evaluará con base en la aplicación de las fórmulas estipuladas a continuación, para cada uno de los índices:
Coeficiente Medio de Liquidez (RC)
Siendo 𝑅𝐶 = 𝐴𝐶 / 𝑃𝐶
Donde:
RC = Coeficiente Medio de Liquidez.
AC = Activo Corriente (En cada uno de últimos 3 periodos fiscales y del corte reciente).
PC = Pasivo Corriente (En cada uno de los últimos 3 periodos fiscales y del corte reciente).
Rentabilidad Neta (RN)
Siendo 𝑅𝑁 = (𝑈𝑁 / 𝑉𝑁) 𝑥 100
Donde:
RN = Rentabilidad Neta
UN = Utilidad neta después de impuestos (de los últimos 3 periodos fiscales auditados y del corte reciente).
VN= Ventas neta (de los últimos 3 periodos fiscales auditados y del corte reciente).
Coeficiente Medio de Endeudamiento (CE)
Siendo 𝐶𝐸 = (𝑃𝑇 / 𝐴𝑇) 𝑥 100
Donde:
CE = Coeficiente Medio de Endeudamiento.
PT = Pasivo Total (de los últimos 3 periodos fiscales y del corte reciente).
AT = Activo Total (de los últimos 3 periodos fiscales y del corte reciente).
Una vez calculado cada uno de los índices financieros para cada una de las empresas participantes, sean estas de forma individual o que participan en consorcio; se aplicará la siguiente metodología para la determinación de los puntajes y asignación porcentual final de la nota:
Para cada uno de los años considerados, se realizará el cálculo de los índices financieros que se indican en la Metodología aplicada en la evaluación de Indicadores Financieros, cuadro “Evaluación Financiera - Valoración por Puntaje inciso ii.
- Al resultado obtenido de acuerdo con el cálculo realizado de cada índice financiero, se le asignará un puntaje con base en lo que indica la tabla del inciso i.
- Para cada año, se sumarán los puntajes obtenidos en cada uno de los índices financieros evaluados; y al total de puntos obtenidos en cada año, se les aplicará el puntaje de acuerdo con el siguiente desglose:
𝑃1 = ∑(𝑅𝐶, 𝑅𝑁, 𝐶𝐸) ∗ 15%
Donde:
P1 = periodo fiscal auditado más antiguo
RC = Coeficiente Medio de Liquidez
RN = Rentabilidad Neta
CE = Coeficiente Medio de Endeudamiento
𝑃2 = ∑(𝑅𝐶, 𝑅𝑁, 𝐶𝐸) ∗ 20%
Donde:
P2 = periodo fiscal auditado intermedio
RC = Coeficiente Medio de Liquidez
RN = Rentabilidad Neta
CE = Coeficiente Medio de Endeudamiento
𝑃3 = ∑(𝑅𝐶, 𝑅𝑁, 𝐶𝐸) ∗ 30%
Donde:
P3 = periodo fiscal auditado más reciente
RC = Coeficiente Medio de Liquidez
RN = Rentabilidad Neta
CE = Coeficiente Medio de Endeudamiento
𝑃4 = ∑(𝑅𝐶, 𝑅𝑁, 𝐶𝐸) ∗ 35%
Donde:
P4 = periodo con los Estados Financieros Internos
RC = Coeficiente Medio de Liquidez
RN = Rentabilidad Neta
CE = Coeficiente Medio de Endeudamiento
- La calificación del oferente en los indicadores financieros será el resultado de la suma de los puntos obtenidos según la siguiente fórmula:
𝐶O = ∑(𝑃1, 𝑃2, 𝑃3, 𝑃4)
Donde:
CO = calificación del oferente (en los indicadores financieros)
P1 = periodo fiscal auditado más antiguo
P2 = periodo fiscal auditado intermedio
P3 = periodo fiscal auditado más reciente
P4 = periodo con los Estados Financieros Internos
- Se deberá tomar en cuenta que, las empresas que participan en forma individual serán evaluadas en forma independiente; y para aquellas empresas que participen en consorcio, los resultados obtenidos de manera individual producto del análisis realizado; sus resultados serán sumados y promediados para obtener una calificación final. Siendo que, la empresa o consorcio que no alcance un resultado de 60 puntos no estaría cumpliendo con los requisitos financieros mínimos requeridos, y solo este hecho será motivo para descalificarla y rechazar su oferta.
De igual manera, si una empresa oferente presenta valores de patrimonio negativos durante el último ejercicio contable auditado, quedará excluida totalmente del proceso de calificación.
Por otra parte, si esta empresa participa formando un consorcio, se analizará la situación de los Estados Financieros Auditados del último periodo que presenten las empresas, y para lo cual se analizará de forma conjunta sumando y promediando la cuenta patrimonial de cada una; y de persistir el problema de valores de patrimonio negativos en los miembros que forman el consorcio, será motivo para rechazo.
1.2. Requisitos Técnicos de Admisibilidad
Toda oferta (Incluso ofertas en consorcio) deberá ajustarse a las condiciones establecidas en este pliego de condiciones, para determinar su elegibilidad.
1.2.1. Experiencia mínima del oferente
Para participar en el presente procedimiento de licitación, se requiere que los Oferentes cumplan con las condiciones indicadas a continuación:
Haber iniciado y finalizado a satisfacción, dentro de los últimos quince (15) años, al menos tres (3) proyectos que cumplan con las características de una “obra similar”, referido en el documento condiciones específicas cuadro No.9, cuyo monto de contrato haya sido igual o superior a ₡1.000.000.000,00 recibidos a satisfacción en tiempo y calidad sin ejecución de garantías, multas o sanciones.
Solo se considerarán válidos aquellos proyectos que hayan sido completamente iniciados y finalizados a satisfacción dentro de los últimos quince (15) años.
Para comprobar y calificar la experiencia del oferente éste deberá adjuntar el cuadro denominado Experiencia del oferente que se encuentra en el anexo 10.
Adicional debe presentar certificación de recibo a satisfacción de obra extendida por parte del cliente o propietario, dicha certificación debe incluir la siguiente información:
- Nombre del contratante que solicitó la obra.
- Detalle de la obra (tipo de obra, costo de las obras, y dimensiones de los trabajos según sea el caso).
- Fecha de inicio y conclusión de la obra.
- Consignar que la obra se ejecutó a satisfacción en tiempo y calidad y sin ejecución de garantías o multas.
En el caso de que la propuesta sea presentada por varias empresas formando un consorcio, el análisis será efectuado para todas las empresas sumadas. Esto aplica para los criterios de admisibilidad y la evaluación de experiencias.
Se aceptará que se presente un listado, en el que se mencione la información anterior, únicamente para obras ejecutadas para el AyA. Además, de los requisitos solicitados deberán indicar el código de la contratación (año, tipo de procedimiento, consecutivo, etc.). La Institución se reserva el derecho de verificar esta información y cualquier error, falsedad u omisión será motivo para no asignar puntaje en este aspecto según corresponda.
2. SELECCIÓN DE LA OFERTA
Toda oferta (Incluso ofertas en consorcio) deberá ajustarse a las condiciones establecidas en este pliego de condiciones.
La presente licitación será adjudicada a un único oferente, cuya oferta cumpla con los requisitos de admisibilidad financieros, técnicos y legales y que sea la de menor precio.
En caso de recibir propuestas para la partida 2, la Administración las convertirá a una misma moneda para efectos de comparación, aplicando el tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento de apertura. En caso de que la oferta se realice solo en moneda nacional, el valor de la partida dos será cero para efectos de comparación.
3. ADJUDICACIÓN
La presente licitación será adjudicada a un solo oferente, esto basado en la justificación técnica que se encuentra en el memorando No.GG-UEPIAYA-BCIE2025-02777 (Anexo 12, volumen 1).
4. PYMES (CRITERIO DE DESEMPATE)
En caso de empate, se dará prioridad a la oferta que incluya en su lista de subcontratistas a una empresa Pyme local de la región donde se llevarán a cabo las obras.
En caso de que las dos empresas cumplan con la condición indicada anteriormente, se aplicará el desempate de acuerdo con lo estipulado en las Condiciones Particulares punto 19, último párrafo (Sorteo).
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
1. OBJETO DE LA LICITACIÓN
Este proyecto consiste en las obras para el Mejoramiento y ampliación del sistema de agua potable para la Ciudad de Jacó a corto plazo según la Escala de Precios y Cantidades y los planos que indican a corto plazo. Es importante mencionar que algunos de los documentos adjuntos contienen información referente a las fases futuras (mediano y largo plazo) del proyecto integral de la Ciudad de Jacó. Sin embargo, para los fines y alcances de esta contratación, se aclara que los alcances aquí presentados se refieren únicamente para las obras del periodo de corto plazo. Cualquier dato o análisis referente a otras fases del proyecto general no es aplicable para la contratación actual.
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Proyecto |
Consiste en |
Lugar de las obras |
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CONSTRUCCIÓN DEL MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA LA CIUDAD DE JACÓ, CANTÓN DE GARABITO
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· Mejoras a pozos existentes (equipamiento y automatización). Pozos 1, 2 y 5. · Construcción del nuevo pozo 6 (equipamiento y automatización). · Construcción de la línea de impulsión desde el Pozo 5 hasta el nuevo Tanque Cisterna, con una longitud aproximada de 1.2 km. · Construcción de la línea de impulsión desde el Pozo 1-2 y 6 hasta el Tanque Cisterna, con una longitud aproximada de 1.10 km. · Construcción de la línea de impulsión desde el Tanque Cisterna hasta el Tanque la Bruja, con una longitud aproximada de 6.0 km. · Construcción de la línea de impulsión desde el Tanque la Bruja hasta el Tanque de Polietileno, con una longitud aproximada de 290m. · Construcción de tanque de almacenamiento Jacó Centro con una capacidad de 2,100 m3. · Mejoras al tanque la Bruja (automatización). · Construcción de tanque de almacenamiento Cisterna con una capacidad de 140 m3. · Construcción de la línea de conducción desde el Tanque Cisterna hasta el Tanque de Jacó, con una longitud aproximada de 1.10 km.
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Cantón de Garabito
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De conformidad con lo indicado en la certificación GG-UEPIAYA-BCIE-2025-03969, se advierte que este procedimiento se inicia sin disponer de la expropiación del terreno según plano 6-32986-2024 a favor del AyA para segregar de la finca con número 6-9994-000, el cual se encuentra en trámite mediante el proceso de expropiación número 25-001612-1028-CA en el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda y se estima contar con la disponibilidad física del terreno de previo a emitir la orden de inicio de la ejecución del proyecto, para así cumplir con lo dispuesto en los artículos 73 de la Ley General de Contratación Pública y 181 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, siendo que este último establece: “De requerirse expropiaciones para la realización de un proyecto de obra pública, la Administración deberá contar con la disponibilidad física de los terrenos de previo a emitir la orden de inicio de la ejecución del proyecto.”
Por lo anterior, no podrá emitirse el acto de adjudicación hasta que se cuente con la disponibilidad del terreno indicado.
2. PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD SOBRE EJECUCIÓN
Presupuesto estimado: ₡4,869,074,396.80 (cuatro mil ochocientos sesenta y nueve millones, setenta y cuatro mil trescientos noventa y seis colones con ochenta céntimos).
De acuerdo con el cronograma de actividades establecido para la presente licitación, se estima emitir la orden de inicio en el periodo 2026, por lo que para el inicio de la contratación (año 2025) se cuenta con una reserva de fondos Nº108001, por un monto de ¢10,000.00 (Diez Mil colones) y certificación número GG-UEPIAYA-BCIE-
2025-02248.
La Unidad Ejecutora del Portafolio de Inversiones AyA/BCIE, es la unidad solicitante de la presente licitación, cuya obra será financiada con fondos del préstamo BCIE 2188 y el Impuesto del Valor Agregado con fondos contrapartida AYA, para los periodos 2026, y 2027, los cuales se utilizarán para realizar los pagos que sean procedentes.
3. PLAZO PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO
El plazo para la terminación y entrega de la obra deberá estar expresado con claridad en la oferta. Dicho plazo no deberá exceder de 16 meses calendario para la construcción de las obras, contados a partir de la fecha de inicio efectivo de los trabajos que se indicará en la Orden de Inicio, misma que se emitirá dentro de los diez (10) días hábiles siguientes contados a partir de la notificación del contrato refrendado. El ofrecimiento de un plazo inferior al indicado no será considerado para la evaluación de las ofertas.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
1. NORMATIVA APLICABLE
Las leyes aplicables para la interpretación y el cumplimiento de este contrato serán las leyes nacionales de Costa Rica, en especial la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Supuestos de Incumplimiento En caso de que el contratista incumpla cualquiera de las siguientes situaciones, generará la aplicación de multas. Tabla N °8 Porcentaje de Multa Incumplimientos Multa por cada defecto Porcentaje máximo por concepto de multas en el contrato 0,83% Interrupción injustificada en la ejecución de los trabajos, por causas atribuibles al Consultor o Contratista, sin previa autorización de la administración del Contrato de Ejecución del Programa N°2188 ₡40.575.619,98 25% 0,83% Presentación incompleta o deficiente de los informes de avance, cuando estos no cumplen con el contenido, formato o periodicidad establecidos en los Términos de Referencia o el Pliego de Condiciones. ₡40.575.619,98 0,83% Atrasos reiterados en la entrega de informes de avance, informe de ejecución, planos, o entregables establecidos contractualmente, sin justificación técnica o administrativa válida. ₡40.575.619,98 0,83% Incumplimiento del cronograma de trabajo, ya sea en actividades parciales o en la totalidad del proyecto, afectando el desarrollo normal de la obra. ₡40.575.619,98 25% 0,83% Ausencia del personal clave, como el residente de obra, inspector o consultor principal, sin autorización previa de la Administración. ₡40.575.619,98 0,83% Desacato a órdenes o instrucciones formales emitidas por la Administración contratante o la inspección del proyecto, en el marco del contrato. ₡40.575.619,98 0,83% Multas por ejecución defectuosa del PGA Si existiere incumplimiento contractual en el Plan de Gestión Ambiental (PGAs), la multa por el acaecimiento de cada evento descrito en el documento “Multas y clausulas penales “Jacó” será aplicable en términos de compensación ambiental mediante la siembra de árboles, esto debido a posibles daños o afectaciones socioambientales que puedan ser ocasionados y atribuibles al Contratista. En caso de que el contratista incurra en incumplimientos y/o conductas como las tipificadas por la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, se expondrán a la aplicación de las sanciones a través de la plataforma SICOP, tramitadas por el administrador de contrato. En concordancia y apego con lo estipulado en el artículo 117 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, el cobro de las multas y cláusula penal podrá hacerse con cargo a las retenciones del precio que se hubieran practicado y los saldos pendientes de pago. En caso de que ninguna de esas dos alternativas resulte viable, se podrá ejecutar la garantía de cumplimiento hasta por el monto respectivo. Para garantizar que la Institución verá satisfecha su necesidad y sus recursos serán utilizados de manera eficaz y eficiente, el personal de la UEPI AyA/BCIE, inspeccionará las obras a construir para verificar su estricto apego con lo adjudicado. Además, durante el período de vigencia de la garantía colateral del objeto contractual, verificará el óptimo funcionamiento de los mismos de conformidad con las condiciones de uso y garantía estipulados.
Cláusula penal. La cláusula penal procede por la ejecución tardía de las obligaciones contractuales del proyecto “BPIP.0015064 - Construcción de las Mejoras al Acueducto de Jacó, Garabito”, se rebajará el equivalente al porcentaje definido en 0.83% del monto total del contrato por cada día hábil de atraso en los que se configure el incumplimiento, según lo determinado en el análisis contenido en el Formulario Matriz para Multas y Cláusulas ADM-91-01-F11, el cual se adjunta. Podrá ser sancionado hasta por un máximo del 25% del monto total del contrato. Para el cobro de la cláusula penal, no será necesario demostrar la existencia del daño o perjuicio y una vez en firme el pliego de condiciones, se entenderá que el monto de la cláusula penal es definitivo por lo que no se admitirán reclamos posteriores. El cobro de la cláusula penal podrá hacerse con cargo a los saldos pendientes de pago; caso contrario se procederá a ejecutar la garantía de cumplimiento hasta por el monto respectivo.
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