2026LE-000003-0023200001 · SICOP 20260800109
Alquiler de maquinaria según demanda
Municipalidad de Naranjo
Municipalidad de Naranjo está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡258,0 millones. Se recibieron 11 ofertas de 4 empresas en 3 lotes (partidas) el 17/08/2026.
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡258,0 millones
para todos los lotes
Ofertas recibidas
11
de 4 empresas en 3 lotes
Suma de las ofertas más bajas
₡124 278
100 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó03/08/2026 13:37 · hace 2 meses
- Límite para 10/08/2026 16:00 · hace 2 meses
- Límite para 10/08/2026 23:59 · hace 2 meses
- Cierre de ofertas17/08/2026 14:00 · hace 55 días
- de ofertas17/08/2026 14:00 · hace 55 días
- (plazo máximo)≈ 14/09/2026 · hace 27 días
1 recibidas, 1 respondidas.
Contexto
- Municipalidad de Naranjo adjudicó ₡317,6 millones en 76 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra3 líneas · 3 lotes
- L1Servicio de Alquiler de Tractor con Orugas1 · ₡50 000,001₡50 000,00
- L2Servicio de Alquiler de Excavadora1 · ₡35 000,001₡35 000,00
- L3Servicio de Alquiler de Martillo Hidráulico para Excavadora1 · ₡47 000,001₡47 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1₡42 500 – ₡50 000
- Lote 2₡29 750 – ₡35 000
- Lote 3₡39 950 – ₡47 000
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 90 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,9 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 1000000 durante 48 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 60 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : permitido
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 90 % · Promoción a Pymes. 10 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡451,28 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Lote 1 · Servicio de Alquiler de Tractor con Orugas3 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 90 | Promoción a Pymes.máx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|
| Constructora Monte Sion | 90 | 10 | 100 |
| Nivelaciones y Transportes Roljuanjo | 90 | 10 | 100 |
| Constructora Dibarra | 79,64 | 10 | 89,64 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 2 · Servicio de Alquiler de Excavadora4 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 90 | Promoción a Pymes.máx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|
| Nivelaciones y Transportes Roljuanjo | 90 | 10 | 100 |
| Constructora Dibarra | 88,3 | 10 | 98,3 |
| Constructora Monte Sion | 86,36 | 10 | 96,36 |
| Arrendadora Conpesa | 72,76 | 10 | 82,76 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 3 · Servicio de Alquiler de Martillo Hidráulico para Excavadora3 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 90 | Promoción a Pymes.máx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|
| Constructora Dibarra | 90 | 10 | 100 |
| Constructora Monte Sion | 83,71 | 10 | 93,71 |
| Nivelaciones y Transportes Roljuanjo | 65,29 | 10 | 75,29 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
- CONDICIONES DE ADMISIBILIDAD
Todos los oferentes deben garantizar a la administración lo siguiente:
- Que se encuentra al día de sus obligaciones obrero patronal ante la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) y del Fondo de Desarrollo Social y de Asignaciones Familiares (FODESAF), en el caso de empresas nacionales. Cualquier contratación en el territorio nacional que realicen entes de derecho público internacional u organismos internacionales, incluidos los contemplados en el inciso a) del Art. 3 de la LGCP, deberán manifestar que se encuentran al día con las obligaciones obrero patronales con la Caja Costarricense de Seguro Social y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares con respecto a las personas trabajadoras que contraten para realizar los servicios que presten en el país, al momento de la apertura y que habiendo sido advertido por la Administración no regularice su situación.
- Se considera inadmisible la oferta de persona física o jurídica que no se encuentre al día con el pago de las obligaciones tributarias ante el Ministerio de Hacienda, al momento de la apertura y que habiendo sido advertido por la Administración no regularice su situación, lo anterior de conformidad con el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
- Toda oferta deberá suministrar la información completa y suficiente que permita su análisis y estudio comparativo para efectos de adjudicación. En razón de lo anterior, el oferente estará obligado a describir de forma completa y precisa las condiciones propias del bien yo servicio que se compromete a brindar.
- Los precios deberán ser ciertos y definitivos, sin perjuicio de eventuales reajustes o revisiones. En la cotización, el Oferente deberá indicar el presupuesto detallado de los componentes de la línea, debiendo presentar el precio unitario, el porcentaje del “Impuesto al valor agregado” (IVA) que correspondiere y total, caso contrario quedará excluido del concurso. En caso de que el bien, servicio u obra esté exento o la entidad contratante se encuentre exenta del pago de impuestos, deberá indicar la norma que expresamente concede tal exención.
- El oferente podrá cotizar en cualquier moneda, tales como Dólares, Euros, etcétera. En caso de recibir propuestas en distintas monedas a la nacional, la Administración las convertirá a una misma para efectos de comparación, aplicando el tipo de cambio de venta de referencia calculado por el Banco Central de Costa Rica –en adelante BCCR-, vigente al momento de apertura. Y en la fase de pago, el mismo podrá realizarse en la moneda fijada en la contratación o bien en colones costarricenses al momento de elaborar la orden de compra respectiva.
- Para la comparación de ofertas, se considerará el precio cotizado con el impuesto –sea que se presuma o lo haya consignado de manera expresa- y la adjudicación se efectuará contemplando el Impuesto al Valor Agregado, salvo que en consideración de las circunstancias descritas en el primer párrafo resulte procedente descontar ese monto o porcentaje.
- La Administración al momento de estudio de las ofertas, verificará que los precios cotizados no resulten inaceptables, por ruinoso o no remunerativo para el oferente, precio excesivo con relación a precios normales del mercado, excederse de la disponibilidad presupuestaria o precios producto de prácticas colusorias.
- Deberá cumplir con lo señalado en la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento.
- Por el solo hecho de presentar su oferta en el presente concurso, el oferente admite conocer y aceptar todos y cada uno de los extremos, condiciones y estipulaciones contenidas en este Pliego de condiciones según el Artículo 123 del RLGCP, además de someterse a la normativa, jurisdicción y a los tribunales nacionales.
- Las ofertas presentadas en forma extemporánea no serán admitidas para el concurso.
- Serán excluidas del concurso las ofertas que tengan una vigencia inferior a 3 meses. Toda propuesta que no indique el plazo de vigencia, se presumirá su ajuste al plazo mínimo citado, con la sola presentación de la oferta.
- Todo oferente que sea empleador y que pretenda la adjudicación de un servicio a tiempo determinado, deberá contar con su propia comisión, oficina o departamento de Salud Ocupacional, según corresponda, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Comisiones y Oficinas o Departamentos de Salud Ocupacional (Decreto Ejecutivo No. 39408 del 23 de noviembre del 2015 publicado en el Alcance No. 8 a La Gaceta No. 19 del 28 de enero del 2016), salvo que no le cubra dicha obligación por tratarse de un trabajador independiente que no cuenta con personal a su cargo o que siendo empleador no alcanza la cantidad de trabajadores requerida por dicho Reglamento. Para acreditar el cumplimiento de este requisito, el oferente deberá declarar bajo fe de juramento que cumple con las obligaciones derivadas de dicho Reglamento.
- Los oferentes deben contar con el permiso respectivo de funcionamiento emitido por el Ministerio de Salud que los faculte para realizar las labores objeto de la presente contratación. La acreditación de esta condición deben realizarla mediante la presentación de copia del permiso respectivo con una vigencia comprobable efectiva para el presente proceso expresando claramente la posibilidad de renovación por parte del ente respectivo.
- Estructura de costos: el oferente debe aportar un desglose de la estructura del precio, con fundamento en lo que establece el artículo 102 del RLGCP, utilizando el formato del cuadro 1. Del presente pliego de condiciones.
Estructura de precios
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Ítem |
Elementos |
Sub total (¢) |
Porcentaje (%) |
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1 |
Costos directos |
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2 |
Costos indirectos |
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3 |
Imprevistos |
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4 |
Utilidad |
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Sub total |
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Total (sin IVA por tratarse de una institución no sujeta) |
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- Toda oferta deberá ser presentada en idioma español, de manera ordenada, completa y firmada digital y debidamente por la persona legalmente facultada para ello. En caso de aportar documentos en otro idioma que formen parte de la oferta o complementarios a ésta, deberán contar con la traducción libre al idioma español, la cual será responsabilidad total del oferente. La Institución se reserva el derecho de solicitar al oferente la traducción oficial al idioma español cuando lo considere necesario.
- La Municipalidad de Naranjo se reserva el derecho de contactar y verificar lo que corresponda, con el fin de constatar la fidelidad de la información de la oferta; si detecta que alguna información no es coincidente con lo indicado en la oferta, se procederá a no tener en cuenta la información, se procederá a descalificar inmediatamente la oferta, con las consecuencias dispuestas por el Pliego de condiciones y la normativa de contratación administrativa.
- De participar el oferente bajo un esquema de consorcio, deberá incluir el acuerdo consorcial respectivo, el cual deberá contener al menos los aspectos señalados en el artículo 125 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública y la oferta debe ser firmada por el (los) representante(s) legal(es) del consorcio designado(s) en dicho acuerdo.
- Sobre la eventual confidencialidad de documentos. Si el oferente considera que la información aportada para un procedimiento de contratación es de carácter confidencial, deberá indicarlo en el sistema digital unificado con sus motivos y sustento jurídico con la finalidad de cumplir lo preceptuado en el Art. 15 de la LGCP, salvo solicitud de la Contraloría General de República, la Procuraduría General de la República o cualquier autoridad judicial que por sus competencias, requieran a la Administración contratante la visualización de dicha información. En consecuencia, si alguna oferta contiene archivos clasificados en el SICOP (utilizando la etiqueta respectiva) como confidenciales y las justificaciones e información requerida no fueran aportadas con la oferta, se prevendrá al oferente para que las presente su justificación. En caso de que no se atienda de manera completa y suficiente la prevención en el plazo otorgado, la Administración procederá a permitir que terceros y las partes del proceso, puedan visualizar los documentos mediante el acceso al expediente digital. Si, por el contrario, se aportara la justificación requerida de manera completa, la Administración procederá a valorarla y determinará si los documentos se mantienen confidenciales de conformidad con la jurisprudencia, precedentes y doctrina aplicable. Se advierte que, aún y cuando la Administración haya avalado la información como confidencial, podrá utilizar en documentos públicos (oficios, análisis integral, resoluciones, entre otros) aquellos datos totales y/o generales derivados de esa información clasificada como confidencial a efectos de justificar los actos administrativos que corresponda, cuidando no comprometer información específica que pueda vulnerar o afectar al oferente, ponderando las razones que él mismo haya expuesto para mantener los datos bajo la clasificación de confidenciales.
- El oferente deberá garantizar y ser responsable de que al efectuar los trabajos indicados en el presente concurso no debe en ninguna circunstancia perjudicar directa o indirectamente a la Institución.
- En caso de recibir propuestas en distintas monedas, y únicamente para efectos del estudio comparativo de precios de las ofertas, el sistema SICOP las convertirá a una misma moneda (colones) aplicando el tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica y vigente al momento de la apertura de ofertas.
- Si los documentos son emitidos en el extranjero, para la fase de adjudicación deberán cumplir con los requisitos legales de consularización o apostillado cuando así sea solicitado por la Administración, aún dentro de la fase de análisis de ofertas.
- En caso de aportarse poderes especiales, se requiere que estos cuenten con las especificaciones propias de cada mandato conforme la normativa vigente y el número correspondiente a la contratación en la que se participa y para la cual se otorga.
- Un mismo oferente únicamente deberá presentar una oferta base y no se aceptarán ofertas alternativas de conformidad con el Art. 48 de la LGCP y el Art. 125 del RLGCP.
- El proveedor comercial deberá mantener actualizadas las declaraciones juradas, según lo indicado en el Art. 32 inciso c), Art. 33 y Art. 122 del RLGCP.
- Toda solicitud de aclaración y/o consultas a esta contratación de orden formal o técnico deben de realizarse por medio del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).
- La descripción de algunos detalles podría no estar incluidos en estas especificaciones; no obstante, se consideran conceptualmente incluidas, ya que el servicio se prestará en Naranjo centro.
- El Oferente debe considerar todos los gastos que se consideren necesarios para la realización de las labores encomendadas, tales como transporte o cualquier otro gasto sujeto directa o indirectamente a la actividad.
- PRECIO
Los precios cotizados serán unitarios, ciertos, definitivos e invariables, de conformidad con los artículos 41 de la Ley General de Contratación Pública y los artículos 98 y 104 del Reglamento a la citada Ley, así mismo libres, de toda clase de impuestos, Contribuciones, tasas y derechos, según artículo 8, Código Municipal, 9 inciso 2 de la
Ley N° 9635, denominada: Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y artículo 2, inciso l de la Ley 7293.
- ENCARGADO GENERAL DEL CONTRATO
La designación de administrador de la contratación por la MUNICIPALIDAD recae sobre los siguientes funcionarios:
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ROL DE FUNCIONARIOS |
FUNCIONARIO |
DEPARTAMENTO |
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Administrador de contrato |
Esteban Salazar Madrigal |
Encargado de la UTGV |
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Administrador de contrato |
Carlos Chamorro |
Geólogo |
- Recibir vía SICOP los bienes y servicios dentro del plazo establecido.
- Verificar que la actividad puesta al cobro se haya realizado satisfactoriamente.
- Avalar el pago de cada servicio dentro del plazo establecido.
- Gestionar cualquier incumplimiento contractual dentro de los tres días hábiles siguientes a la generación del hecho, debiendo emitir formal informe de incumplimiento al departamento de Proveeduría, quien contara con un plazo de tres días hábiles para trasladarlo al contratista en los términos que procedan en cada caso concreto cumpliéndose en todas las etapas con el debido proceso.
- Gestionar los pagos y recepción a través del Sistema Unificado de compras dentro del plazo señalado para tal fin.
- Cualquier otra actividad relacionada a la Administración del Contrato.
- Velar por la adecuada revisión de los informes periódicos conforme a lo solicitado en el presente pliego.
En caso de presentarse eventos futuros que impidan la continuidad del funcionario en tal condición, la designación mencionada en el párrafo supra podrá ser variada en la etapa de ejecución por parte de la Municipalidad de Naranjo, para lo cual se emitirá la comunicación con constancia en el expediente del SICOP mediante orden de pedido respectiva; así mismo se advierte la potestad administrativa de gestionar en cada orden de pedido al administrador de contrato que corresponda en función de la actividad que se promueve.
- CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD
- a) El adjudicatario deberá apegarse a las normas de ética profesional y técnica, por lo que no podrán revelar información de naturaleza confidencial o de propiedad de la Municipalidad de Naranjo.
- b) Queda prohibida la divulgación o publicación de: fotografías, videos, o audios relativas a la prestación de servicios, antes, durante y posterior a la realización del contrato.
- OTRAS CONSIDERACIONES DEL SERVICIO
- El administrador del contrato tendrá la facultad de aceptar o rechazar, total o parcialmente cualquiera de los servicios puestos a cobro por parte del adjudicatario. En ese sentido las partes acuerdan, que el adjudicatario podrá solicitar aclaración a cualquier rechazo y consecuentemente presentar cualquier prueba de descargo.
- El contratista permitirá al administrador del contrato de la Municipalidad, y a cualquier otro funcionario debidamente identificado y autorizado por éste a ese efecto, acceso a toda la información relativa a la ejecución de la contratación.
- El administrador del contrato dispondrá del tiempo que sea necesario para verificar el cumplimiento de los servicios contratados, para de ese modo constatar que el proyecto se ejecuta al tenor de las mejores prácticas y especificaciones técnicas.
- Las manifestaciones que por escrito o vía electrónica genere el administrador del contrato representarán la posición oficial de la Municipalidad en lo relativo a la ejecución administrativa contractual, siendo por ello, el canal oficial de comunicación en estos temas.
- Se entiende que el contratista libera a la Municipalidad de Naranjo de cualquier reclamación de terceras personas que pudiera presentarse por la ejecución del servicio objeto de esta contratación.
- RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
- El Contratista responderá por cualquier daño personal o material que cause a la Municipalidad de Naranjo o a terceros producto de la prestación de los servicios.
- El Contratista deberá atender todas las consultas realizadas por el Administrador del Contrato o persona designada en su lugar, sea por medio de correo electrónico o bien, vía telefónica; para tales efectos el oferente deberá indicar en su plica el nombre completo de las personas encargadas por parte de la empresa y medios de contacto, a los cuales la Administración deberá dirigirles las consultas.
- El Contratista se obliga a contar con personal calificado para la realización de los trabajos y a cumplir con las disposiciones legales, técnicas y laborales, que le acrediten como empresa facultada a operar en el mercado y a brindar el servicio cotizado. No existirá ninguna relación de tipo laboral entre la Institución y el Contratista o sus empleados.
- Durante todo el periodo de ejecución contractual, deberá cumplir con todas las obligaciones derivadas de realización de los trabajos, tales como Riesgos de Trabajo, Relaciones Obrero-Patronales y el pago de salarios mínimos establecidos por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, las que serán responsabilidad total del Contratista, liberando a la Municipalidad, de cualquier conflicto que por estas causas se establezca.
- Suscribir y mantener vigente durante toda la ejecución de la contratación la póliza de seguro de riesgos del Trabajo. Si el Contratista ya dispone de la póliza bastará con que así lo demuestre mediante certificación del ente asegurador con la entrega de la documentación pertinente. La póliza deberá presentarse al Administrador del contrato antes de iniciar con la prestación del servicio. Esta póliza desde su presentación inicial deberá tener una vigencia que cubra la totalidad del período de ejecución contractual.
- Corregir el trabajo ejecutado de manera deficiente, sin que esto signifique modificación del precio y del plazo de entrega del servicio.
- DURACION DEL SERVICIO
La duración del contrato será por un plazo de un año (1), prorrogable por períodos iguales, siempre y cuando se cumpla lo estipulado en el presente Pliego de condiciones, hasta completar un máximo de 4 (cuatro) años, siempre y cuando la administración lo considere conveniente.
El contrato podrá prorrogarse siempre y cuando se cumplan todas las condiciones que a continuación se describen:
- La prórroga no es automática, para prorrogar el contrato, la Municipalidad deberá verificar el cumplimiento integral de las condiciones fijadas y certificar que no existen causales de resolución contractual que hayan estado ocultas a la administración en cumplimiento de los requisitos legales respectivos y resguardando para tal efecto la conveniencia de la Municipalidad.
- Toda prórroga del contrato estará condicionada a una evaluación técnica y de calidad del servicio que se efectuará tres meses antes del vencimiento del contrato.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
6. EL CONTRATISTA
El Contratista se sujetará a las disposiciones contempladas en la normativa que rige la materia de Contratación Pública. El Contratista tiene el deber ineludible de cumplir las obligaciones laborales y de seguridad social, hasta la recepción definitiva del bien o servicio. La omisión de esta estipulación se tomará como causal de incumplimiento de acuerdo a la Directriz Número 34 del Poder Ejecutivo publicada en La Gaceta Número 39 del 25 de febrero del 2002, haciéndose acreedor el contratista a las sanciones establecidas en la Ley General de Contratación Pública a y su Reglamento en estos casos.
El contratista debe ejecutar el contrato conforme a las especificaciones técnicas descritas en el pliego y documentos complementarios al proceso, responder por la calidad y confiabilidad del servicio que brinda y garantizar la aplicación de medidas de seguridad y salud ocupacional durante la ejecución de los trabajos realizados.
- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
El contratista presentará su garantía de cumplimiento cubriendo un monto fijo de ¢1.000.000,00 (un millón de colones), cuya vigencia cubra la totalidad del plazo contractual y que su fecha de vencimiento esté fijada mínimo hasta de sesenta (60) días naturales adicionales, a la fecha probable de la recepción definitiva de los productos. Se establece para la presentación de la garantía de cumplimiento el plazo de tres días hábiles, a partir del día siguiente hábil de la notificación al contratista del aviso que emite la plataforma SICOP, en el cual se indique que se encuentra en firme la adjudicación.
- DEL ADJUDICADO
La Administración podrá adjudicar, declarar desierta o infructuosa esta contratación, de acuerdo con el Art. 139 del RLGCP. Asimismo, la Proveeduría resolverá este concurso en el doble del plazo otorgado para la presentación de ofertas, pudiendo prorrogarse por un plazo igual en forma justificada, de conformidad con el Artículo 51 del RLGCP; todas las actuaciones se comunicarán por medio del SICOP. Se advierte a los participantes que la adjudicación que recayere queda sujeta a la Aprobación Interna de la Municipalidad de Naranjo.
- INSUBSISTENCIA
Una vez que la adjudicación esté en firme, si dentro del plazo otorgado la persona física o jurídica adjudicada no retira o no quiere recibir la orden de inicio, manifiesta su decisión de no ejecutar el contrato, no presenta los documentos solicitados, no aporta los timbres fiscales respectivos o incurra en alguna de las causales establecidas en los artículos 52 de la LGCP y 103 del RLGCP; la Administración podrá declarar insubsistente el trámite y re adjudicar el concurso según corresponda.
- FORMALIZACIÓN
Para el caso que el Contratista sea persona jurídica deberá aportar junto con el contrato firmado a través del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), la certificación de la Personería Jurídica y de la propiedad de las Cuotas o Acciones, con vista en los Libros de la Sociedad emitida por un Notario Público o Contador Público Autorizado, con vigencia no menor de TRES MESES. Se advierte a los participantes que este contrato se regirá por lo establecido en el Reglamento de Refrendos de las Contrataciones Administrativas, emitido por la Contraloría General de la República, publicado en La Gaceta Número 202 del 22 de octubre de 2007, modificado según resolución número R-DC-31-2012 del 07 de marzo de 2012 y resolución número R-DC-114-2016 del 16 de diciembre del 2016; en consecuencia, de conformidad con el monto adjudicado, la estimación y el tipo de contrato, podría requerirse el refrendo interno por parte de la Asesoría Legal o el refrendo de la Contraloría General de la República.
- POLIZAS
La empresa y el personal que desarrolle los trabajos deben tener una póliza de riesgos de trabajo coincidente con la actividad comercial que desarrolla, debiendo aportar copia de la misma en su oferta.
12. CLAUSULAS PENALES Y MULTAS:
- CLAUSULA PENAL: El contratista pagará a la Municipalidad de Naranjo, por cada día hábil de atraso en la prestación del servicio salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y comprobado por la institución, o bien se haya solicitado previamente una prórroga debidamente fundamentada; se aplicará el rebajo de un 1.5% sobre el valor diario establecido en la partida correspondiente, siendo que, el cobro de la cláusula penal se podrá hacer con cargo a las facturas pendientes de pago.
- MULTAS: Sera aplicable la ejecución de multas por defectos o incumplimientos parciales en la ejecución del contrato, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados, de conformidad con lo establecido en artículo 47 de la LGCP se aplicarán multas de un 1.5% calculado sobre el total adjudicado en cada línea.
En caso de que el atraso sobre pase el 25% del valor total adjudicado se procederá a ejecutar la respectiva garantía de cumplimiento y se iniciara el proceso para la resolución o rescinción contractual según corresponda.
- REGLAS DE RESOLUCIÓN CONTRACTUAL
La Administración podrá disponer del procedimiento de resolución contractual en cualquiera de las siguientes situaciones:
- Cuando a su criterio, se den las causales previstas en el artículo 113 LGCP y 293 RLGCP.
- Cuando la Administración considere que la empresa no pueda brindar el servicio contratado y que no podrá cumplir con las obligaciones derivadas de este contrato.
- EXCLUSIVIDAD
La Administración en forma exclusiva adquirirá los servicios objeto de la presente contratación del Contratista que en forma definitiva se establezca en el desarrollo normal de los procedimientos.
En caso de que el Contratista suspenda los servicios sea porque no cuenta con el recurso humano profesional para hacer frente a la obligación, o, en general, causas que le sean atribuibles o competen a su responsabilidad, la Municipalidad estará facultado para separarse de dicha exclusividad en el servicio, de manera paralela al procedimiento administrativo de resolución contractual, e iniciar los procesos de contratación respectivos a efectos de asegurar la satisfacción de la necesidad institucional, sin que esto pueda dar lugar a reclamo alguno por parte del Contratista. La Administración podrá romper la exclusividad de marras en el momento que se determine, por medio de los mecanismos establecidos para revisión de precios, que el producto que se está comprando se paga a precios por encima de las condiciones y precio del mercado, y el Contratista no quiera mejorar la propuesta económica.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
- DECISIÓN INICIAL:
En cumplimiento a lo establecido en artículo 37 de la Ley General de Contratación Pública y artículo 86 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN:
El presente proceso consiste en la contratación de persona física o jurídica que brinde los servicios de alquiler de maquinaria según demanda para la extracción de material del Tajo Gavilanes y eventualmente, Tajo Zacarias; según las especificaciones y requerimientos del presente pliego de condiciones.
2.1. JUSTIFICACION DEL OBJETO CONTRACTUAL:
La administración no dispone de maquinaria especializada suficiente para ejecutar las labores de extracción de forma oportuna y continua, por lo que el alquiler de maquinaria constituye una alternativa eficiente para garantizar la continuidad del servicio, permitiendo obtener el material requerido dentro del plazo, optimizando recursos públicos.
- FUENTE DE FINANCIAMIENTO
La presente contratación de servicios es financiada con fondos propios de la Municipalidad siendo el presupuesto estimado una referencia al tope máximo que puede alcanzar la contratación, de acuerdo a los umbrales de Contratación establecidos por la CGR para la Municipalidad de Naranjo.
La validez y ampliaciones que se realicen al presente proceso quedan sujetos a la existencia del contenido presupuestario debidamente aprobado en los diferentes periodos presupuestarios mientras la misma permanezca vigente; así mismo se ejecutara conforme a la conveniencia de la administración conforme al modelo de negocio definido para la explotación de los Tajos.
- PRESENTACION DE OFERTAS:
La Municipalidad de Naranjo recibirá ofertas de forma electrónica y debidamente firmada por quien tenga poder para ello, en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), con todo gasto pagado e impuestos incluidos.
- PLAN ANUAL DE COMPRAS
Se identifica la incorporación del presente proyecto en el Programa de Adquisiciones 2026 de la Municipalidad de Naranjo, específicamente en la cuenta 1.01.02 denominada “Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario”.
- REAJUSTE Y REVISION DE PRECIOS:
En aras de mantener el equilibrio económico de los contratos, conforme al artículo 3 del Reglamento para el reajuste de precios en los contratos de obra y revisión de precios en los contratos de bienes y servicios, cuando el contratista demuestre eventuales desequilibrios económicos del contrato producidos por variaciones en los costos directos e indirectos que integran el precio ofertado, originadas por alteraciones imprevisibles y no atribuibles al contratista ni a los riesgos implícitos del negocio deberá presentar la prueba suficiente y pertinente, acorde a la estructura de precio y del presupuesto detallado regulado en el artículo 103 del RLGCP y el programa de trabajo.
Los cálculos de la revisión de precios se realizarán con base en las variaciones de pago por la entrega de los bienes o por la prestación de los servicios aprobados por la administración, conforme a los índices de precios del mes calendario de la presentación de la oferta y las cantidades planificadas e índices correspondientes al mes calendario conforme a la ejecución establecida en el cronograma vigente.
Si el contratista se atrasa en la entrega del bien o la prestación del servicio por su única y exclusiva responsabilidad, según el mes calendario dispuesto en el cronograma vigente, para el cálculo de las revisiones se utilizarán los valores de los índices de precios de los meses calendarios que originalmente se consignaron en dicho cronograma.
Si el contratista se adelanta en la entrega del bien o la prestación del servicio, según el mes calendario dispuesto en el cronograma vigente, para el cálculo de las revisiones de precios se utilizarán los valores de los índices de precios del mes calendario en que efectivamente se entregaron los bienes o se prestaron los servicios.
La valoración de pago aprobada por la Administración será utilizada como base para determinar la revisión de los precios.
Para efectos de una eventual revisión/reajuste de precios, conforme al artículo 6 del Reglamento para reajustes y revisiones de precio, para efectos del cálculo de reajuste o la revisión de precios de un contrato el oferente deberá presentar:
- Estructura de cada precio, tanto en valores absolutos como porcentuales.
- Propuesta de una fórmula matemática para cada línea ofertada.
- El oferente deberá aportar la información de todos los índices de precios oficiales, ya sean específicos o similares, de los costos directos e indirectos de la estructura de precio, los cuales deberán estar estrechamente vinculados con la variación de los costos que desea medir. Para ello el oferente deberá considerar el siguiente orden de aplicación: primero, propondrá un índice de precios específico asociado al costo, para el que se desee medir dichas variaciones y en segundo lugar, en su ausencia o inexistencia, propondrá un índice de precios similar. En caso de que se proponga un índice similar se deberá aportar en la oferta la justificación técnica correspondiente de dicha decisión.
Para lo anterior los oferentes deberán presentar una declaración jurada en donde acrediten la veracidad de la información aportada, indicando al menos los aspectos regulados en los artículos 9 y/o 12 del Reglamento para el reajuste o revisión de precios, según corresponda.
Tanto el procedimiento de análisis para el cálculo de los reajustes de precios como la revisión de los mismos se regirá por el Reglamento para el reajuste de precios en los contratos de obra pública y la revisión de precios en los contratos de bienes y servicios, Decreto Ejecutivo N° 44937-H-MICITT-MIDEPLAN, publicado en La Gaceta N°64, alcance 46, del 03 de abril de 2025.
7. FORMA Y PROCEDIMIENTO DE PAGO
Dada la naturaleza de servicios los contratados, para cada servicio se realizará una orden de pedido en SICOP.
- Para el requerimiento se realizará y notificará una orden de pedido, el contratista debe proceder dentro del plazos establecidos a realizar la entrega del bien en los términos pactados.
- Una vez brindado el servicio, el contratista cuenta con un plazo no mayor a tres días hábiles para realizar la gestión de recepción correspondiente.
- En caso de que se cuente con un rechazo de la solicitud de recepción a través de SICOP, el contratista deberá proceder máximo dentro de 3 (tres) días adicionales a corregir los factores solicitados dentro del proceso formal de rechazo de la solicitud.
- De aprobarse la solicitud de recepción a través de SICOP, dentro de un plazo no mayor a 3 días hábiles siguientes, el contratista deberá emitir formal solicitud de gestión de pago en el cual se incluya la factura respectiva.
- El administrador del contrato dentro de un plazo máximo de 3 (tres) días hábiles deberá proceder a rechazar o aprobar la gestión de pago correspondiente a través de SICOP, debiendo asignarle la gestión a la encargada de tesorería para trámite correspondiente.
- La encargada de tesorería procederá a incluir el pago correspondiente conforme a la programación semanal de pagos, debiendo consignar en el SICOP el detalle de la transferencia con el número de comprobante que corresponda para consulta y registro del contratista.
Nota: No se realizarán pagos sin que se cuente con el procedimiento completo previsto a través de SICOP.
- DECLARACIONES JURADAS:
Todo interesado en participar como oferente o subcontratista deberá aportar las siguientes declaraciones juradas de acuerdo a artículo 29 de la Ley General de Contratación Pública:
- Que no se encuentra sujeto a ninguna de las causales de prohibición establecidas en esta ley. Que, en caso de encontrarse en alguno de los supuestos de prohibición regulados en los incisos j) y k) del artículo anterior, cumple con alguno de los supuestos de desafectación establecidos en el artículo 30 de la Ley General de Contratación Pública.
- Tratándose de personas jurídicas deberán indicar, en la declaración jurada, la naturaleza y propiedad de las acciones.
Si se faltara a la verdad en la declaración jurada, tal hecho dará lugar al delito de perjurio regulado en el artículo 318 del Código Penal.
- Aportar declaración jurada que demuestre que el oferente se encuentra debidamente inscrito como Proveedor ante la Dirección de Contratación Publica y que mantiene los datos actualizados ante dicho ente.
- Aportar declaración jurada que demuestre que el oferente se encuentra debidamente incorporado al registro oficial de proveedores y subcontratistas.
Cualquier violación debidamente acreditada a la presente norma, generará la exclusión de la oferta del procedimiento y la resolución del contrato si se detecta en la fase de ejecución, así como la imposición de la sanción prevista en el artículo 118, de acuerdo con las causales contempladas en el artículo 119, incisos c) y g) y la sanción penal indicada en la presente ley.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. b) MULTAS: Sera aplicable la ejecución de multas por defectos o incumplimientos parciales en la ejecución del contrato, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados, de conformidad con lo establecido en artículo 47 de la LGCP se aplicarán multas de un 1.5% calculado sobre el total adjudicado en cada línea. En caso de que el atraso sobre pase el 25% del valor total adjudicado se procederá a ejecutar la respectiva garantía de cumplimiento y se iniciara el proceso para la resolución o rescinción contractual según corresponda.
Cláusula penal. a) CLAUSULA PENAL: El contratista pagará a la Municipalidad de Naranjo, por cada día hábil de atraso en la prestación del servicio salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y comprobado por la institución, o bien se haya solicitado previamente una prórroga debidamente fundamentada; se aplicará el rebajo de un 1.5% sobre el valor diario establecido en la partida correspondiente, siendo que, el cobro de la cláusula penal se podrá hacer con cargo a las facturas pendientes de pago.
Documentos del cartel5
- ESTUDIO ACTUALIZADOPDF · 584 KB
- MATRIZ DE RIESGOSPDF · 225 KB
- CRONOGRAMAXLSX · 41 KB
- ESPECIFICACIONES DEL EQUIPOPDF · 61 KB
- PLIEGO COMPLEMENTARIOPDF · 471 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Josepth Esteban Salazar Madrigal
UTGV
Carlos Andrés Chamorro Obregon
UTGV (Geologo)
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 05/10/2026 01:54. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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