2026PX-000025-0000700001 · SICOP 20260801051
Capacitación Régimen Recursivo en la Contratación Pública dirigido al Sector Público
Municipalidad de Grecia
Municipalidad de Grecia ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡110 000 y quedó en firme el 26/08/2026. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡110 000
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
₡110 000
0 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 26/08/2026
- Auros Formacion Empresarial₡110 000,00
Informe de recomendación de Karen Tatiana Barrantes Barrantes, 26/08/2026 · adjuntos: Tributación Auros.docx
Fechas clave
- Se publicó17/08/2026 07:47 · hace 55 días
- Límite para 20/08/2026 08:00 · hace 52 días
- Cierre de ofertas21/08/2026 08:00 · hace 51 días
- de ofertas21/08/2026 08:05 · hace 51 días
- publicado26/08/2026 13:22 · hace 46 días
- Adjudicación 26/08/2026 13:22 · hace 46 días
Contexto
- Municipalidad de Grecia adjudicó ₡1 121,3 millones en 150 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Capacitación en Administración Pública1 · ₡110 000,001₡110 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡93 500 – ₡110 000
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 3 meses
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡454,34 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Auros Formacion EmpresarialGanó | 100 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se comunica acto final.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD:
- El oferente deberá estar al día en el pago de las obligaciones con FODESAF según lo establecido en el artículo 22 inciso c) de la Ley 8783, Reforma No. 5662 Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, se verificará a través del SICOP.
- El oferente deberá estar al día con las obligaciones Obrero-Patronales, de conformidad con el Art. 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social y el Art. 14 de la Ley General de Contratación Pública, se verificará a través del SICOP y documentación anexa en la oferta económica.
- Para el caso de la póliza todo oferente debe contar y estar al día de la recepción de ofertas con la póliza de riesgos de trabajo aportando la certificación en la oferta.
- El oferente deberá estar al día con las obligaciones formales y materiales ante la Administración Tributaria, de conformidad con el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Dicha situación se verificará mediante el sistema correspondiente, dentro del portal de consultas en internet del Ministerio de Hacienda.
- Todo aquel proveedor inscrito en el Sistema Digital Unificado (SICOP), tiene la obligatoriedad de mantener actualizado su registro con toda la información relacionada, la misma debe de indicar la naturaleza y propiedad de las acciones y su beneficiario final, así como la declaración donde indique que no se encuentra sujeto a ninguna de las causales de prohibición establecidas en la ley 9986, conforme lo regulado en el artículo 29 de la Ley General de Contratación Pública y emisión por parte de la Dirección de Contratación Pública mediante Circular MH-DCoP-CIR-0054-2023 y publicación en La Gaceta N.94 del lunes 29 de mayo del 2023.
Adicionalmente adjuntar en la declaración jurada de no encontrarse en ninguno de los casos de imposibilidad legal para contratar con la Administración de conformidad con lo dispuesto en los artículos 24, 25, 26, 27, 28, 29 de la Ley General de Contratación Pública, adicional debe indicar: que no tiene parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad y afinidad en esta Municipalidad con: El alcalde municipal, Regidores propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes y Proveedor Institucional.
7. Adjuntar programas actualizados de cada curso a impartir.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Fechas: 01, 03, 08 y 10 de setiembre de 2026
Duración: 12 horas, divididas en 4 sesiones de 3 horas virtuales cada una
Hora: 9:00 am a 12:00 pm
Modalidad: Virtual
Objetivo general
Analizar el marco legal aplicable en los procesos de compras de las instituciones públicas, para la resolución correcta de recursos en la contratación pública.
Temas generales:
- El marco legal que rige el régimen recursivo en la contratación pública
- Taxatividad de los recursos
- Recurso en contra del pliego de condiciones
3.1. Deber de fundamentación, Deber de legitimación, La preclusión en recursos de objeción. Tramite de procedencia del recurso, Causales de rechazo.
- Recursos en contra del acto final
4.1. Deber de fundamentación, Deber de legitimación, La preclusión en recursos en contra del acto final, Tramite de procedencia del recurso, causales de rechazo: supuestos de inadmisibilidad y supuestos de improcedencia manifiesta
- Recursos temerarios: Concepto y procedimiento para imponer la multa en recursos temerarios
- Allanamiento y desistimiento
- Diligencias de adición y aclaración
Incluye:
Por la aprobación satisfactoria de esta capacitación, se entrega un Certificado de participación digital, el cual cumple con los requisitos establecidos en la RESOLUCIÓN DG-165-2017 de la Dirección General de Servicio Civil.
Incluye: Certificado digital, mismo debe remitirse a los correos: recursos_humanos@grecia.go.cr y nathalia.mora@grecia.go.cr
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
La Municipalidad de Grecia requiere contratar por la vía de excepción, una persona jurídica que suministre la capacitación en “Régimen recursivo en la Contratación Pública dirigido al Sector Público” al cumplimiento del plan de capacitación generado para este año, así como el artículo 59 del Reglamento Autónomo de Organización y Servicios para la funcionaria Nathalia Mora Alpízar del departamento de Servicios Jurídicos.
Que conforme a la solicitud presentada por el Licda. Ingrid Rojas por medio del oficio GP-382-2026 solicitando la aprobación por el órgano competente para el proceso de contratación por vía de excepción conforme a oficio ALC-1198-2026.
La Municipalidad de Grecia requiere contratar la capacitación para que se le brinde a la funcionaria Nathalia Mora Alpízar, del departamento de Servicios Jurídicos, con el fin de dar cumplimiento al Plan de Capacitación 2026 y el artículo 59 de Reglamento Autónomo de Organización y Servicios.
Que la Ley General de Contratación Pública en su artículo 3 inciso e) de la Ley General de Contratación Pública permite la contratación de capacitación abierta entendida como aquella donde media invitación al público en general. En este caso, la razón social Auros Formación Empresarial S.A., el departamento de Gestión de Personal ha valorado el contenido del curso en relación a la necesidad definida en el Plan Anual de Capacitación, siendo de interés el curso propiciado por esa organización y la gran trayectoria, disponer de ese curso para la funcionaria por el nivel de especialización y pertinencia para ampliar el conocimiento y acciones en esta administración.
Conforme a la constancia presupuestaria número MGP-CONST-0357-2026 se cuenta con una asignación de ¢110.000,00 dentro del rubro de actividades de capacitación garantizando la disponibilidad financiera para esta contratación. El monto del contrato no excede la asignación presupuestaria y se gestiona conforme a los principios de eficiencia y control financiero establecidos en la Ley General de Contratación Pública.
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD:
- El oferente deberá estar al día en el pago de las obligaciones con FODESAF según lo establecido en el artículo 22 inciso c) de la Ley 8783, Reforma No. 5662 Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, se verificará a través del SICOP.
- El oferente deberá estar al día con las obligaciones Obrero-Patronales, de conformidad con el Art. 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social y el Art. 14 de la Ley General de Contratación Pública, se verificará a través del SICOP y documentación anexa en la oferta económica.
- Para el caso de la póliza todo oferente debe contar y estar al día de la recepción de ofertas con la póliza de riesgos de trabajo aportando la certificación en la oferta.
- El oferente deberá estar al día con las obligaciones formales y materiales ante la Administración Tributaria, de conformidad con el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Dicha situación se verificará mediante el sistema correspondiente, dentro del portal de consultas en internet del Ministerio de Hacienda.
- Todo aquel proveedor inscrito en el Sistema Digital Unificado (SICOP), tiene la obligatoriedad de mantener actualizado su registro con toda la información relacionada, la misma debe de indicar la naturaleza y propiedad de las acciones y su beneficiario final, así como la declaración donde indique que no se encuentra sujeto a ninguna de las causales de prohibición establecidas en la ley 9986, conforme lo regulado en el artículo 29 de la Ley General de Contratación Pública y emisión por parte de la Dirección de Contratación Pública mediante Circular MH-DCoP-CIR-0054-2023 y publicación en La Gaceta N.94 del lunes 29 de mayo del 2023.
Adicionalmente adjuntar en la declaración jurada de no encontrarse en ninguno de los casos de imposibilidad legal para contratar con la Administración de conformidad con lo dispuesto en los artículos 24, 25, 26, 27, 28, 29 de la Ley General de Contratación Pública, adicional debe indicar: que no tiene parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad y afinidad en esta Municipalidad con: El alcalde municipal, Regidores propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes y Proveedor Institucional.
9. Adjuntar programas actualizados de cada curso a impartir.
- Consideraciones para la presentación de su oferta:
- Cada documento que conforma la oferta se debe adjuntar de forma individual (favor no incluir PDF con documentos agrupados).
- El nombre de cada documento incluido en la oferta, debe identificar claramente su contenido.
- Los documentos escaneados y firmados en físico o en manuscrito, deberán presentarse conjuntamente con la certificación emitida por notario público, donde se haga constar que es copia fiel y exacta de su original, de conformidad con el artículo 295 de la LGAP.
- En caso de incluir documentos emitidos en el extranjero, estos deben encontrarse apostillados o consularizados, según corresponda, de conformidad con el artículo 294 de la LGAP.
Serán oferentes todas aquellas personas que presenten su oferta en forma electrónica por medio del Sistema Integrado de Compras Públicas, actuando por sí mismo o por medio de un representante debidamente acreditado para tales efectos. Por el solo hecho de presentar su oferta en el presente concurso, el oferente admite:
Los documentos adjuntos al pliego de condiciones forman parte integral de este, de forma tal que en caso de duda sobre las especificaciones técnicas del bien o servicio a adquirir prevalecerán las descripciones que elaboren las áreas técnicas y que se hagan constar en la documentación adjunta al pliego de condiciones en Sistema Integrado De Compras Públicas.
Aplicará este documento como un trámite a lo interno en aquellas contrataciones que ameriten acreditar los registros a nivel presupuestario que se origen en sistema integrado de compras públicas, quedando claro para el adjudicado en firme que no será un documento mandatorio para esta Municipalidad para iniciar con el plazo de entrega. Queda en claro que es un trámite único y exclusivo a lo interno, prevaleciendo lo señalado en el sistema integrado de compras públicas en la notificación de la formalización del contrato.
El contratado debe realizar la solicitud provisional a través del sistema integrado de compras públicas para este procedimiento, del cual el administrador de esa contratación confrontará el objeto contratado y podrá tramitarlo sin condicionamiento alguno o bajo protesta, Debe estar la solicitud en sistema integrado de compras públicas previo a la entrega del objeto con al menos un día hábil antes de la entrega del objeto o de lo contrario no se recibirá.
En caso de presentarse en la entrega del objeto, anomalías, incongruencias, o su estado el administrador de la contratación dejará consignado al contratado por escrito y en sistema integrado de compras públicas, con el detalle de los aspectos a corregir y el plazo en que deberá hacerlo, el cual no podrá exceder de la mitad del plazo de ejecución original.
El plazo de entrega rige a partir de la notificación del documento “Contrato” que se emite y notifica el sistema integrado de compras públicas En el caso de compras por demanda, el documento correspondiente para los plazos de entrega será de la notificación de cada “Orden de Pedido” que sea tramitada por la Administración al contratado en sistema integrado de compras públicas.
La modalidad de entrega será la establecida para cada línea en particular, siendo que dentro de un mismo contrato se puede encontrar líneas con entregas parciales y otras con entregas totales.
En el caso de ser obra, salvo disposición expresa en el pliego de condiciones, la orden de inicio se tiene por dada con la notificación del contrato que emite el sistema integrado de compras públicas y para aquellos bienes y servicios que sean establecido por cantidad definida. En el caso que se especifique un inicio distinto, la parte técnica coordinará con el contratado la fecha de inicio, a partir de la cual comienza a correr el plazo para la entrega definitiva de la obra. La coordinación que se realice entre la parte técnica y el proveedor deberá constar en el sistema integrado de compras públicas.
El plazo de entrega inmediato, se refiere al día hábil siguiente después de la comunicación señalada en sistema integrado de compras públicas.
Esta Municipalidad una vez generada la recepción provisional y definitiva lo comunicará por sistema integrado de compras públicas al contratado.
El adjudicado debe de solicitar por medio de sistema integrado de compras públicas, la recepción Provisional y Definitiva. La recepción definitiva sería en aplicación de lo regulado en el artículo 188 y 189 para los casos de obra pública y los artículos 284 y 285 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, en las condiciones generales se detalla este punto.
En contrataciones que se estipulen pagos por avance en obra, las solicitudes de pago se realizaran por medio de “Solicitud de Información” en la etapa de contrato y se realizara una única recepción provisional y definitiva en el último pago del proyecto.
De conformidad con el artículo 277 del Reglamento de la Ley General de Contratación Pública, la cual cita “Los derechos y las obligaciones derivados de un contrato en ejecución podrán ser cedidos a un tercero, previa autorización de la Administración, siempre que no se trate de una obligación personalísima.
El jerarca o quien éste designe contará con un plazo de hasta diez días hábiles para resolver la solicitud de cesión planteada, la cual debe acompañarse como mínimo de la solicitud formulada por el cedente la aceptación del cesionario y cualquier documentación que resulte pertinente en relación con sus condiciones. La autorización que emita el jerarca o quien este designe, deberá adoptarse mediante acto debidamente motivado en el que al menos se analicen los aspectos indicados en el artículo 102 de la Ley General de Contratación Pública”.
- Cesión de derecho de pago:
Conforme se establece en el artículo 278 del Reglamento la Ley General de Contratación Pública, los documentos deberán ser presentados en el Sistema digital unificado.
“La cesión de pago recibida por la Administración no exonera al contratista de sus obligaciones y tampoco convierte al cesionario en parte contractual”.
- Sustitución del administrador del contrato:
En caso de ausencia temporal del funcionario designado como órgano supervisor del contrato, quien asuma el puesto o en su defecto el superior jerárquico inmediato continuará con la labor de control, supervisión y coordinación del mismo. En caso de ausencia permanente se constituirá como nuevo órgano supervisor del contrato quien asuma el puesto ya sea de forma interina o permanente. Dicha situación será comunicada al contratado.
Salvo que se disponga cosa distinta en las condiciones específicas del Pliego de condiciones, para los efectos de subcontratar se aplicará lo dispuesto en el artículo 49 del LGCP y 133 de su reglamento.
Todas las prohibiciones, así como las cláusulas de confidencialidad que se establezcan en el pliego de condiciones para el oferente, aplican de la misma forma para aquel a quien se subcontrata, no obstante, la Municipalidad no asume ningún tipo de compromiso para con este. Asimismo, el oferente deberá presentar junto con su oferta un desglose de las posibles empresas o personas a quienes subcontratará.
Durante la ejecución del contrato el subcontratado debe cumplir con todos los requisitos.
La Administración se reserva el derecho de verificar el cumplimiento de dichos requisitos durante la ejecución contractual.
El oferente podrá subcontratar hasta en un 50% del monto adjudicado. En todo caso, la subcontratación no relevará al contratista de su responsabilidad.
En los documentos adjuntos a la oferta, el (la) oferente debe realizar la indicación de si requiere subcontratistas Sí_________ No__________
En caso de que existan subcontratistas, en la oferta se deberá:
- Indicar los nombres de las personas físicas o jurídicas a quienes se pretende subcontratar.
- Indicar el porcentaje de participación, el cual no podrá superar el 50% del contrato que se pretende obtener en el costo total de la oferta, salvo autorización previa y expresa de la Administración a través de sus representantes técnicos, cuando a juicio de esta última existan circunstancias muy calificadas que así lo justifiquen.
- Presentar nota suscrita por el subcontratado, donde éste último muestre conformidad a prestar sus servicios para el (la) oferente y en el proyecto de interés.
- Aportar las mismas declaraciones juradas presentadas por el (la) oferente que se muestran en el apartado de “Condiciones y Declaraciones” del pliego de condiciones del expediente, y deberán aportar una certificación de los titulares de su capital social y de sus representantes legales, cuando ello corresponda.
Se realizará consulta de estar al día en sus obligaciones ante la Caja Costarricense del Seguro Social, Fondo de Desarrollo y Asignaciones Familiares y Ministerio de Hacienda.
De autorizarse al contratista alguna subcontratación, éste se obliga solidariamente con el eventual subcontratista por la responsabilidad emanada de los derechos laborales de los trabajadores empleados por el o la subcontratista. Además, la subcontratación no releva al contratista de su responsabilidad por la ejecución defectuosa en el servicio que se realice. La no aprobación de algún subcontratista no da derecho alguno al adjudicatario en cuanto a prórrogas, obras extras, aumentos, etc.
- Factura:
La factura de pago deberá ser remitida vía Sicop por medio de gestión de pago así como al correo facturas_electronicas@grecia.go.cr., esta debe de tener fecha igual o posterior a la aprobación de la recepción definitiva en sistema integrado de compras públicas.
El código de actividad referente a la Municipalidad de Grecia es el 8411.0
Las Municipalidad de este país se encuentran exentas de todo tipo de impuestos conforme a la Ley 9635, del transitorio X ”Fortalecimiento de las Finanzas Públicas”.
De conformidad con el artículo de la Ley 7558, para aquellas contrataciones adjudicadas en una moneda diferente al colón, se aplicara el tipo de cambio de referencia para la venta emitido por el Banco Central de Costa Rica vigente al día en se efectuara el pago.
- Tramite y forma de pago:
Una vez notificada al contratado el acta de recepción definitiva por sistema integrado de compras públicas, podrá generar la factura electrónica y remitirse por ese sistema para el inicio del trámite respectivo de pago.
Las dependencias usuarias no recibirán las facturas junto con los bienes, servicios y/o obra; debe atenderse por el sistema integrado de compras públicas.
La factura electrónica debe cumplir con los requisitos que exige el Ministerio de Hacienda, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Impuesto General sobre las Ventas y adicionalmente en “otros” el proveedor debe indicar información del número de contrato que se solicita cancelar y el número de procedimiento.
El pago tendrá lugar dentro de los treinta días naturales a partir de la presentación de la factura en sistema integrado de compras públicas, la cual debe ser la fecha de notificación por ese sistema y después de notificada el Acta de Recepción Definitiva del objeto contractual de conformidad con lo establecido en la Ley vigente. Esta disposición aplica también para pagos parciales derivados de contratos de servicios continuados o compras por demanda.
Conforme al artículo 14 de la Ley General de Contratación Publica serán obligaciones del oferente y el contratista las siguientes:
Someterse plenamente al ordenamiento jurídico costarricense, debiendo verificar que el procedimiento utilizado por la Administración se ajuste a las disposiciones de la ley 9986.
- Presentar una oferta completa a partir de las reglas del pliego de condiciones.
- Ser diligente en la atención de cualquier requerimiento y ser proactivo y dirigir todas sus actuaciones a la ejecución del contrato. Una vez que el sistema digital unificado notifique al oferente que la Administración emitió los estudios de ofertas, este deberá proceder en la forma prevista en el artículo 50 de la ley 9986.
- Cumplir con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestación formal documentada que hayan aportado adicionalmente en el curso del procedimiento o en la formalización del contrato.
- Aportar a la Administración, si resultara adjudicatario, los contratos que acuerde con los subcontratistas, así como cualquier otra información que requiera la Administración para la toma de decisiones, según la etapa del procedimiento de contratación en la que se encuentre. El tratamiento de la información suministrada se regirá por el principio de transparencia, sin perjuicio de la excepción establecida en el artículo 15 de la ley 9986.
- Cumplir con las obligaciones de la seguridad social, tanto de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf), así como con los impuestos nacionales; lo anterior comprende cualquier contratación en el territorio nacional que realicen entes de derecho público internacional u organismos internacionales, incluidos los contemplados en el inciso a) del artículo tercero de esta ley, con respecto a las personas trabajadoras que presten sus servicios en el país.
- Verificar que los subcontratistas se encuentren al día con las obligaciones de la seguridad social, tanto de la Caja Costarricense de Seguro Social y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares.
- Abstenerse de realizar acuerdos colusorios.
Conforme al artículo 15 de la Ley General de Contratación Pública en caso de que un participante considere que existe información confidencial, así deberá indicarlo de modo expreso en el sistema digital unificado, al momento mismo de presentar o facilitar la documentación, haciendo señalamiento claro de los folios o archivos que estima confidenciales y de los motivos y su sustento jurídico.
Los precios cotizados serán ciertos y definitivos LIBRES DE TODO IMPUESTO, según artículo 8, Ley 7794 del Código Municipal. La Municipalidad de Grecia se encuentra exenta del impuesto al valor agregado según artículo 9 inciso 2 de la Ley N° 9635, denominada: Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y Artículo N° 8 del Código Municipal.
El oferente deberá presentar dentro de su oferta el desglose de la estructura del precio en términos absolutos y porcentuales, tanto para el precio total ofertado, como para cada uno de los precios unitarios de las líneas que conforman el objeto contractual, según lo establecido en el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública y Reglamento Interno de Bienes, Servicios y Obras Públicas de la Municipalidad de Grecia, artículo 102 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública y de conformidad con las fórmulas dispuestas en el artículo 15 del Reglamento de reajustes de precios en los contratos de obra pública y la revisión de precios en los contratos de bienes y servicios.
En aquellos casos en donde el precio ofertado sea en más de una moneda, el oferente deberá presentar la estructura del precio correspondiente a cada moneda.
La estructura del precio de la oferta estará compuesta por al menos el desglose de los componentes de costos directos, indirectos, utilidad e imprevistos en valores absolutos y porcentuales y el oferente debe detallar también en ese desglose los índices de precios asociados a cada rubro que se describen en la siguiente tabla y deberá presentarse en el formato propuesto, considerando además la información relacionada a las listas correspondientes:
El oferente debe completar la siguiente tabla:
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Estructura del precio en valores absolutos y relativos |
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Tipo de Moneda Partida/Línea |
(Colones, dólares, etc.) |
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Componentes del precio |
Precio Unitario |
Precio total ofertado |
Información de índices |
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Valor absoluto (Monto) |
Valor porcentual (%) |
Valor absoluto (Monto) |
Valor porcentual (%) |
Ente emisor |
Fuente |
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Costos Directos |
Mano de obra |
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Insumos |
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Subcontratos |
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Insumos específicos |
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Transporte |
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Otros (Detallar) |
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Total, costos directos |
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Costos Indirectos |
Mano de obra |
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Insumos específicos |
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Transporte |
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Otros (Detallar) |
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Total, costos indirectos |
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Costos Específicos (En caso de no utilizar los índices debe el oferente aportar la cotización para futuros reajustes de precios en relación a la aplicación de este método) |
Otros(Detallar) |
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Total, Costos específicos |
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No aplica reajuste |
Imprevistos |
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Utilidad |
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Total |
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- Para lo anterior los oferentes deberán presentar una declaración jurada en donde acrediten la veracidad de la información aportada, indicando al menos los aspectos regulados en los artículos 9 y 12 del Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, según corresponda.
- En el caso de que se utilice el método analítico-documental, los oferentes deberán presentar en la oferta una declaración jurada en donde acrediten la veracidad de la información aportada conforme a lo regulado en los artículos 33 y 58 del Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios.
La anterior obligación no excluye la posibilidad para solicitar información adicional atinente al cálculo de los precios contemplados en la oferta.
No se requiere presupuesto detallado, de conformidad con lo establecido en la Circular MH-DCoP-OF-0408-2025, al tratarse de una capacitación abierta dirigida.
La capacitación se llevara de manera virtual.
El inicio del curso es los días 01, 03, 08 y 10 de setiembre 2026. Duración de 12 horas divididas en 4 sesiones de 3 horas virtuales cada una. La vigencia del contrato es de mínimo 3 meses.
- Forma de pago:
Se realizará en un solo tracto al finalizar el curso y recibido el certificado de participación digital. La Municipalidad tendrá como fecha máxima para cancelar hasta 30 días naturales. El pago se hará mediante transferencia bancaria.
Se pagara el servicio brindado de forma total una vez realizado el evento. Su trámite aplica una vez notificada el acta definitiva en SICOP. La Municipalidad cuenta con 30 días naturales a partir de la presentación de la factura en SICOP en el módulo de pago de ese sistema.
Nota:
- La Municipalidad está exenta del Impuesto de ventas por ley 7794. Además a toda orden se le aplica un 2% de retención del Impuesto Sobre la Renta según ley 7092 inciso G artículo 23.
- En contrataciones que se estipulen pagos por avance en obra, las solicitudes de pago se realizaran por medio de “Solicitud de Información” en la etapa de contrato y se realizara una única recepción provisional y definitiva en el último pago del proyecto.
El plazo para dictar el acto final será el doble del plazo fijado en el pliego para la recepción de ofertas. En casos excepcionales, por acto motivado, se podrá prorrogar hasta por un plazo igual al de recibir ofertas.
El oferente que resulte adjudicado en firme deberá previamente al trámite de formalidad del contrato cumplir con la siguiente información:
- El oferente adjudicado en firme, deberá de estar al día con la patente municipal, permiso de funcionamiento del ministerio de Salud, aportando la constancia que acredite esa condición.
- Presupuesto detallado.
- Pólizas vigentes: En caso de que en la oferta se encuentre al día y al momento de esta etapa mantenga esa condición, se aceptará este punto. Para el caso de contratos de obra pública y aquellos de servicios que requieran ser declaradas las pólizas al número de procedimiento, deberá emitirse la constancia con tal afirmación y estar al día.
- Depósito de Garantía de Cumplimiento (cuando así haya sido requerido en el pliego de condiciones).
- Estar al día ante la Caja Costarricense del Seguro Social, FODESAF, Tributación Directa, Personería Jurídica. En caso de tener morosidad se hará la prevención para su debida cancelación para que quede al día.
*Nota Importante: El no atender dentro del plazo establecido a partir de su notificación en SICOP, la administración aplicara la caducidad y de inmediato procederá con la declaratoria de insubsistencia para proceder con la segunda opción.
- Vigencia de la oferta:
Especificar la vigencia de la oferta por escrito, que en ningún caso podrá ser inferior a 30 días hábiles.
Conforme a los artículos 104 y 139 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, la Municipalidad se reserva el derecho de aumentar o disminuir las cantidades, conforme al disponible presupuestario, así mismo conforme al artículo 90 inciso h) se reserva el derecho de adjudicar parcialmente una línea o bien parte de un mismo objeto.
En caso de existir atrasos en el plazo de entrega del objeto de la contratación el adjudicatario deberá pagar por concepto de cláusula penal un 0,90% del valor del monto total adjudicado, o del pago correspondiente al avance del proyecto, hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe total del contrato. El contratado previo a finalizar el plazo contractual debe dejar constar al Administrador del contrato las razones por las cuales no podrá cumplir debido a situaciones de fuerza mayor, caso fortuito y/o negligencia de la administración, mismas que debe tramitar en sistema integrado de compras públicas durante el plazo contractual, del cual será ese momento jurídico de hacer constar la oportunidad del contratado para que no se aplique la cláusula penal.
El contratado debe tener claro que para no incumplir en la cláusula penal debe solicitar la recepción provisional por sistema integrado de compras públicas, para que el administrador del contrato valide esta condición de cumplimiento y se deje constar la correcta ejecución contractual. En caso de que el contratado olvide o no trámite en sistema integrado de compras públicas esta solicitud, no será responsabilidad de la Municipalidad ni del Administrador del Contrato, acreditar por otra vía distinta al sistema integrado de compras públicas esa recepción provisional, quedando así claro que para esta etapa contractual sólo atenderá la administración esta gestión por dicho sistema. La fórmula y el detalle del porcentaje consignado en este punto se encuentran en el Excel adjunto.
En caso de que el adjudicatario incumpla en el contrato con lo requerido en el pliego de condiciones y no proceda a realizar las correcciones que le indique la Administración en el plazo señalado por esta última, iniciará el procedimiento para aplicar la multa respectivo por el hecho de conformidad con la matriz de cláusula penal y multa adjunta en el pliego de condiciones, por cada día de atraso en la no corrección de lo indicado, hasta un máximo de 25% (veinticinco por ciento). El cobro de multas se hará reteniendo su equivalente en la facturación a cancelar al contratado conforme a la gestión por parte del Administrador del Contrato debidamente acreditada para tal fin, y quedará retenido hasta cumplir el proceso respectivo y resolución misma para la decisión final. Para fines de la multa se considera como incumplimiento lo siguiente:
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Multa diaria |
Descripción de la multa |
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Multa 1 |
0,23% |
Que no se cumpla con las horas indicadas en el pliego de condiciones |
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Multa 2 |
0,23% |
Que no se aborden los temas establecidos en el programa de capacitación |
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Multa 3 |
0,23% |
Que se incumpla con el envío del certificado de participación |
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Multa: En caso de que el adjudicatario incumpla en el contrato con lo requerido en el pliego de condiciones y no proceda a realizar las correcciones que le indique la Administración en el plazo señalado por esta última, iniciará el procedimiento para aplicar la multa respectivo por el hecho de conformidad con la matriz de cláusula penal y multa adjunta en el pliego de condiciones, por cada día de atraso en la no corrección de lo indicado, hasta un máximo de 25% (veinticinco por ciento). El cobro de multas se hará reteniendo su equivalente en la facturación a cancelar al contratado conforme a la gestión por parte del Administrador del Contrato debidamente acreditada para tal fin, y quedará retenido hasta cumplir el proceso respectivo y resolución misma para la decisión final. Para fines de la multa se considera como incumplimiento lo siguiente: Multa diaria Descripción de la multa Multa 1 0,23% Que no se cumpla con las horas indicadas en el pliego de condiciones Multa 2 0,23% Que no se aborden los temas establecidos en el programa de capacitación Multa 3 0,23% Que se incumpla con el envío del certificado de participación
Cláusula penal. Cláusula Penal: En caso de existir atrasos en el plazo de entrega del objeto de la contratación el adjudicatario deberá pagar por concepto de cláusula penal un 0,90% del valor del monto total adjudicado, o del pago correspondiente al avance del proyecto, hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe total del contrato. El contratado previo a finalizar el plazo contractual debe dejar constar al Administrador del contrato las razones por las cuales no podrá cumplir debido a situaciones de fuerza mayor, caso fortuito y/o negligencia de la administración, mismas que debe tramitar en sistema integrado de compras públicas durante el plazo contractual, del cual será ese momento jurídico de hacer constar la oportunidad del contratado para que no se aplique la cláusula penal. El contratado debe tener claro que para no incumplir en la cláusula penal debe solicitar la recepción provisional por sistema integrado de compras públicas, para que el administrador del contrato valide esta condición de cumplimiento y se deje constar la correcta ejecución contractual. En caso de que el contratado olvide o no trámite en sistema integrado de compras públicas esta solicitud, no será responsabilidad de la Municipalidad ni del Administrador del Contrato, acreditar por otra vía distinta al sistema integrado de compras públicas esa recepción provisional, quedando así claro que para esta etapa contractual sólo atenderá la administración esta gestión por dicho sistema. La fórmula y el detalle del porcentaje consignado en este punto se encuentran en el Excel adjunto.
Documentos del cartel10
- Alerta sobre FraudePDF · 809 KB
- Comportamiento éticoPDF · 1,7 MB
- Cláusula hostigamientoDOCX · 20 KB
- ProgramaPDF · 522 KB
- ProformaPDF · 758 KB
- Multas y cláusulasXLSX · 92 KB
- GP-382-2026PDF · 522 KB
- Constancia presupuestariaPDF · 328 KB
- ALC-1198-2026PDF · 410 KB
- CronogramaXLSX · 20 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Ingrid Rojas Rodríguez
Gestión de Personal
Ingrid Rojas Rodríguez
Gestión de Personal
Karen Tatiana Barrantes Barrantes
Encargado del concurso · Administración de Bienes y Servicios
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 07/10/2026 03:24. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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