2026LY-000003-0015000001 · SICOP 20260801856
SERVICIO DE TRANSPORTE DE LOS EQUIPOS DEPORTIVOS Y/O RECREATIVOS DEL CCDR DE ESCAZÚ
Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Escazú
Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Escazú está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡1. Se recibieron 10 ofertas de 4 empresas en 6 lotes (partidas) el 17/09/2026.
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡1
para todos los lotes
Ofertas recibidas
10
de 4 empresas en 6 lotes
Suma de las ofertas más bajas
—
Fechas clave
- Se publicó24/08/2026 09:18 · hace 48 días
- Límite para 04/09/2026 23:59 · hace 37 días
- Límite para 04/09/2026 23:59 · hace 37 días
- Cierre de ofertas17/09/2026 08:00 · hace 24 días
- de ofertas17/09/2026 08:00 · hace 24 días
- (plazo máximo)≈ 02/11/2026 · en 22 días
Nota de la institución. En atención al principio de transparencia, no se recibirán solicitudes de aclaración por correo electrónico. Por tanto, serán atendidas y resueltas únicamente las aclaraciones que ingresen por medio de SICOP a efectos de que sean conocidas por todos los potenciales oferentes en igualdad de condiciones
Contexto
- Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Escazú adjudicó ₡88,2 millones en 19 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra504 líneas · 6 lotes
- L1Transporte de Personas1 · ₡181 533,001₡181 533,00
- L1Transporte de Personas1 · ₡67 300,001₡67 300,00
- L1Transporte de Personas1 · ₡232 800,001₡232 800,00
- L1Transporte de Personas1 · ₡57 300,001₡57 300,00
- L1Transporte de Personas1 · ₡52 300,001₡52 300,00
- L1Transporte de Personas1 · ₡77 990,001₡77 990,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1₡10,8 millones – ₡12,7 millones
- Lote 2₡10,8 millones – ₡12,7 millones
- Lote 3₡14,5 millones – ₡17,0 millones
- Lote 4₡16,1 millones – ₡18,9 millones
- Lote 5₡16,1 millones – ₡18,9 millones
- Lote 6₡24,6 millones – ₡29,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
Lo que exige el cartel
- : 1000000 durante 15 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 60 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Oferta económica 90 % · Personal por rango de edad 5 % · Cercanía geográfica 5 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡448,21 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Lote 1 · Transporte de Personas +831 oferta
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Oferta económicamáx. 90 | Personal por rango de edadmáx. 5 | Cercanía geográficamáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Jozabad Aaron Vargas Mora | 90 | 5 | 5 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 2 · Transporte de Personas +834 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Oferta económicamáx. 90 | Personal por rango de edadmáx. 5 | Cercanía geográficamáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Jose Roberto Roman Acosta | 90 | 5 | 5 | 100 |
| Corporacion Mejitravel | 79,63 | 5 | 5 | 89,63 |
| Jozabad Aaron Vargas Mora | 54,38 | 5 | 5 | 64,38 |
| Transportes Am Especiales | 38,17 | 5 | 5 | 48,17 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 3 · Transporte de Personas +833 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Oferta económicamáx. 90 | Personal por rango de edadmáx. 5 | Cercanía geográficamáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Corporacion Mejitravel | 90 | 5 | 5 | 100 |
| Jozabad Aaron Vargas Mora | 78,27 | 5 | 5 | 88,27 |
| Transportes Am Especiales | 47,38 | 5 | 5 | 57,38 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 4 · Transporte de Personas +831 oferta
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Oferta económicamáx. 90 | Personal por rango de edadmáx. 5 | Cercanía geográficamáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Jozabad Aaron Vargas Mora | 90 | 5 | 5 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 5 · Transporte de Personas +831 oferta
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Oferta económicamáx. 90 | Personal por rango de edadmáx. 5 | Cercanía geográficamáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Corporacion Mejitravel | 90 | 5 | 5 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 6 · Transporte de Personas +830 ofertas
Sin ofertas admitidas.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
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OFICIO N°: |
CCDRE-DEP-0201-2026 |
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ÁREA TÉNICA: |
COORDINACIÓN DEPORTIVA |
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TIPO DE DOCUMENTO: |
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD Y METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN |
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TIPO DE PROCEDIMIENTO: |
LICITACIÓN MAYOR |
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OBJETO: |
“SERVICIO DE TRANSPORTE DE LOS EQUIPOS DEPORTIVOS Y/O RECREATIVOS DEL CCDR DE ESCAZÚ” |
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MODALIDAD: |
SEGÚN DEMANDA |
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I. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD |
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REQUISITO |
DESCRIPCIÓN |
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1. Experiencia
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La empresa oferente deberá demostrar experiencia mínima de 4 años anteriores a la fecha establecida para la apertura de las ofertas en la prestación del servicio de transporte.
Para el presente procedimiento licitatorio se entenderá como experiencia los servicios brindados por el oferente en la partida en la que se participe, sobre actividades relacionas con el tipo de servicio de transporte especial ocasional.
No se considerará experiencia que no sea en actividades de prestación directa del servicio de transporte.
A efectos de probar esta experiencia, el oferente deberá aportar certificaciones de clientes (empresas privadas o instituciones públicas), haciendo constar que la persona física o jurídica ha realizado la prestación del servicio de transporte.
Las certificaciones deben cumplir obligatoriamente con cada uno de los siguientes datos: a) Firmadas con firma digital certificada de la persona encargada de la contratación en hoja membretada. No serán consideradas las certificaciones suscritas por personas que no ostenten ese cargo en el ente emisor, que debe ser la instancia que promovió la contratación. Se debe especificar el número de contratación e indicar el número telefónico para contactar a la persona encargada. b) Detallar el o los años en los que desarrolló el servicio por parte de la persona oferente y el tiempo real laborado en cada proyecto, mencionando el nombre de la actividad o proyecto en que laboró. c) Reseñar brevemente el tipo de funciones realizadas, asignados directamente bajo su responsabilidad, y/o encargarse de las subcontrataciones y gastos operativos que se requieran. d) Manifestar que los servicios desempeñados por el oferente han sido realizados a entera satisfacción del contratante, así como la cantidad de personas participantes del evento. e) Deben venir en archivos en formato pdf y para el análisis un máximo 10 certificaciones para las cuales deberán acreditar la experiencia dentro de los 4 años solicitados como mínimo. f) Cada certificación que se solicita debe de responder a una sola contratación independientemente de la cantidad de eventos que contemplen la mismas, por lo que la administración se reserva el derecho verificar el cumplimiento de la experiencia bajo este parámetro. g) En caso de que en una misma contratación se llevaron a cabo varios eventos, para efectos de acreditar la experiencia se tomará la cantidad de personas en cada evento de la misma contratación. h) No son de recibo aquellas certificaciones extendidas sobre actividades que no tengan relación con el tipo de servicios técnicos a contratar en este cartel y con lo solicitado en el factor de calificación referido a la experiencia. No se calificarán certificaciones extendidas sobre actividades que no tengan relación con el tipo de servicios técnicos a contratar en este cartel y con lo solicitado en el factor de calificación referido a la experiencia. No se admiten declaraciones juradas.
✓ Las cartas serán verificadas por el área técnica, la oferta que no cumpla con la experiencia mínima solicitada será excluida automáticamente de este concurso y no será tomada en cuenta para efectos de calificación.
✓ En caso de no ser correctos los medios indicados por el oferente para ubicar al contacto, no se tomará la referencia que no haya sido verificada para efectos de cumplir con el requisito de admisibilidad. No se considerará la experiencia cuando el oferente la haya subcontratado. |
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Ø Método de verificación: Las ofertas serán remitidas mediante el Sistema Digital Unificado al área técnica quién será la encargada de analizar la(as) y constatar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad.
De conformidad con el artículo 91 del RLGCP, en caso de que se determine que alguna de las ofertas presentadas no cumple con dichos requisitos, será excluida del concurso y no será objeto de evaluación.
De todo lo anterior el área técnica dejará constancia en el informe de recomendación que deberá someter para conocimiento de la Junta Directiva el cual deberá constar en el expediente electrónico del procedimiento licitatorio. |
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II. REQUISITOS PARA LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO |
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Póliza de responsabilidad civil:
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Como requisito previo a la formalización del contrato, dentro de los 5 días hábiles a la firmeza del acto de adjudicación, la persona contratista deberá suscribir una póliza de responsabilidad civil con el Instituto Nacional de Seguros u otra Entidad Aseguradora autorizada, que cubra de forma exclusiva el presente procedimiento licitatorio, la póliza deberá indicar expresamente el número de procedimiento de la presente licitación.
La póliza deberá tener las siguientes coberturas: 1. Póliza de seguros al día, con coberturas por “lesión y/o muerte de personas y los daños causados a la propiedad de terceras personas”. (Ley Nº7331 y sus reformas y Ley Nº 3503 y sus reformas).
El monto de la póliza deberá cubrir el monto mínimo de ¢ 40.000.000,00 (Cuarenta millones de colones con 00/100). En caso de que el adjudicatario no cumpla con la presentación de la póliza en el plazo indicado, se procederá a declarar la insubsistencia del procedimiento.
Será responsabilidad del contratista, mantener actualizada la prórroga durante todo el plazo de ejecución del contrato.
Corresponderá al contratista el pago de las primas y deducibles que correspondan por las pólizas.
La póliza deberá cubrir a cada una de las unidades de transportes indicadas en la oferta. |
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Presentación de la garantía de cumplimiento: |
Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la solicitud que realice el CCDRE mediante el Sistema Digital Unificado, la empresa adjudicada, deberá presentar la garantía de cumplimiento la cual deberá cumplir con todos los requisitos establecidos por el CCDRE.
El plazo de vigencia de la garantía de cumplimiento deberá cubrir desde el día de su presentación en SICOP.
La no presentación de la garantía de cumplimiento por parte de la persona adjudicataria, al igual que en el punto anterior, provocará la declaratoria de insubsistencia. |
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II. REQUISITOS DURANTE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL |
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Ruta: |
El punto de salida y regreso será en alguna de las instalaciones del CCDRE ubicadas en el cantón de Escazú.
No es responsabilidad del contratista realizar desvíos o realizar paradas para recoger a alguno de los pasajeros en una ubicación diferente a la que se indicará en el pliego de condiciones de cada concurso.
De realizar algún tipo de desvío, el Comité no reconocerá pagos adicionales por lo que el costo, así como posibles responsabilidades ante eventuales actos de este tipo, correrán por cuenta y riesgo del contratista, así como de los entrenadores y personal del CCDRE que solicite este servicio adicional. |
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Antigüedad del vehículo |
Los vehículos incluidos en la oferta no deberán superar los seis (6) años de antigüedad al momento de la presentación de la oferta. |
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En caso de cambio de fecha, hora, sede o cancelación del servicio: |
Por motivos ajenos al Comité, eventualmente podría requerirse realizar cambios de hora, fecha y sede; cuando esto suceda el Comité notificará con al menos 2 días hábiles de antelación al contratista a efectos de que se le brinde la oportunidad de verificar su disponibilidad para la nueva fecha, hora y sede propuesta.
En caso de que el contratista no cuente con la disponibilidad para la nueva fecha, no se le será atribuible responsabilidad en cuanto aplicación de sanción económica. Y tampoco se le reconocerá pago.
En caso de que cancelación del evento por parte del organizador, el Comité notificará de manera inmediata a tener conocimiento del hecho al contratista. En este supuesto, el Comité no reconocerá pago alguno al contratista. |
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Procedimiento para cada orden de pedido |
1. El área de Gestión Deportiva remitirá un oficio a la Proveeduría en el que indique la línea, monto y fecha del viaje requerido, además de la información de la persona encargada de la delegación.
2. La Proveeduría procederá a confeccionar la orden de pedido en SICOP y a solicitar las especies fiscales al contratista, las cuales deberá aportar en un plazo máximo de 2 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a que se le realice la solicitud.
3. Una vez presentadas las especies fiscales y habiéndose cumplido con los requisitos para su formalización, la Proveeduría comunicará vía SICOP la orden de pedido a la persona contratista.
El proceso de solicitud se repetirá tantas veces como el CCDRE lo requiera, siempre y cuando esté vigente el contrato.
El Comité podrá realizar pedidos en el período comprendido desde el día efectivo en que entre en ejecución la licitación hasta el último día de vigencia del contrato, por lo cual el contratista deberá tomar las previsiones correspondientes para que durante ese lapso pueda satisfacer las necesidades del CCDRE sin contratiempos.
En caso de que se realicen las prórrogas facultativas al contrato, se aplicarán las mismas condiciones indicadas en este mismo punto.
El Comité solicitará al contratista los servicios de transporte con una antelación de 5 días hábiles a efectos de que el contratista pueda realizar la programación correspondiente.
El contratista deberá aportar placa del vehículo, nombre completo, cédula, teléfono celular y licencia del conductor asignado al menos 3 días previo al viaje programado a los correos coordinadordeportivo@ccdres.com / gestor1@ccdres.com / gestor3@ccdres.com |
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Desvíos: |
En caso de que, por un motivo de cierre de carretera, accidente de tránsito, evento de la naturaleza, se deba realizar un desvío de la ruta original prevista para buscar una ruta alterna.
De manera excepcional, se reconocerá el pago cuando se acredite mediante fotografías y la firma del funcionario del Comité a cargo del viaje, que fue imprescindible tomar otra ruta. El funcionario del Comité deberá anotar el kilometraje de inicio al momento del desvío y el kilometraje de regreso a la ruta prevista a efectos de registrar si el kilometraje recorrido a causa del desvío. |
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Kilometraje adicional |
Cada uno de los viajes deberá ser cotizado tomando como punto de referencia la zona central de cada cantón, entendida como el parque central de la localidad o la iglesia principal del lugar de destino.
Asimismo, se establece una tolerancia de hasta un radio de cinco (5) kilómetros cuando la ubicación del servicio no se encuentre exactamente dentro de la zona central indicada.
En caso de que la distancia exceda dicho radio (5 kilómetros), el Comité asumirá el costo correspondiente al kilometraje adicional, el cual será calculado utilizando el precio ofertado en la línea de "kilometraje adicional" de la partida respectiva.
Para la determinación del kilometraje adicional se utilizará como referencia la aplicación Google Maps. Como respaldo, la Administración remitirá, junto con la orden de pedido correspondiente, una imagen o captura que evidencie la distancia adicional que deberá ser reconocida y cancelada. |
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Paradas durante el viaje: |
Se entiende que, dependiendo de la distancia, se requerirá realizar paradas a efectos de que tanto el chofer como los pasajeros puedan ir al baño o adquirir algún alimento si así lo desean.
Estas paradas deberán ser coordinadas previamente con el funcionario que esté a cargo del viaje, el contratista no podrá detenerse por más de 4 ocasiones durante el viaje y, en ninguna circunstancia podrá incluir un desvío en la ruta que implique un incremento del kilometraje. Es decir, las paradas deberán ser en lugares que estén dentro de la ruta establecida previamente.
En caso de que el contratista decida variar la ruta y el kilometraje aumente, el costo adicional lo deberá asumir el contratista, el Comité no reconocerá montos adicionales por este concepto. Ni el entrenador, ni los pasajeros están autorizados para cambiar la ruta ni solicitar desvíos a destinos diferentes al fijado para el servicio. |
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Horarios: |
La fecha y hora de cada servicio se indicará previamente al momento en el que se le realice la solicitud del servicio.
El contratista deberá presentarse 30 minutos antes de la hora de salida.
No serán responsabilidad del contratista los atrasos ocasionados por la no llegada a tiempo de alguno de los pasajeros (atletas, entrenadores, personal del CCDRE). Por consiguiente, el contratista deberá esperar un tiempo máximo de 15 minutos posteriores a la hora establecida para la salida. Cumplidos los 15 minutos, deberá iniciar el recorrido sin excepción.
El Comité no reconocerá al contratista costos adicionales por tiempos de espera que por su cuenta decida realizar.
Posterior a la hora establecida para el regreso al CCDRE, el contratista deberá brindar un tiempo máximo de espera de 30 minutos; cumplidos los 30 minutos, deberá iniciar el recorrido de regreso al Comité sin excepción.
Lo anterior salvo en aquellos casos que por alguna situación de emergencia médica o evento de la naturaleza se presente un atraso y se requiera un tiempo de espera mayor a los 30 minutos antes indicados; de manera excepcional el Comité reconocerá al contratista el tiempo de espera adicional en el tanto se acredite la situación que originó este atraso. En caso de detectarse que lo indicado por el contratista es falso, se considerará como un incumplimiento grave y se solicitará el inicio del procedimiento de resolución contractual. |
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Requisitos del conductor: |
El conductor designado para la prestación del servicio deberá contar con la licencia de conducir vigente y acorde al tipo de unidad que está conduciendo.
El conductor deberá tener una excelente presentación personal, así como una actitud amable y respetuosa para con las personas usuarias.
El conductor podrá hacerse acompañar de una persona únicamente si es funcionaria de la misma empresa y cuenta con el mismo tipo de licencia de conducir del conductor designado para la prestación del servicio.
Esto no podrá incrementar el costo para el CCDRE, ni se reconocerán pagos adicionales por este concepto.
Esta excepción se podrá realizar únicamente si el servicio sobrepasa los 250 kilómetros en total (ida y vuelta).
Dentro de los 3 días hábiles anteriores a la prestación del servicio, el contratista, deberá remitir al Comité el nombre completo y copia de la licencia de conducir tanto del conductor principal como del acompañante. El conductor deberá llevar una bitácora en la que consten los nombres de todos los pasajeros al momento de subir al medio de transporte; el contratista enviará, junto con la factura, una copia de la lista de pasajeros correspondiente. |
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Medidas de fiscalización: |
Evaluaciones. El CCDRE aplicará evaluaciones entre usuarios del servicio, en los cuales se consultará sobre la calidad del servicio.
De estas evaluaciones se remitirá la retroalimentación a la empresa contratista y se le indicarán las oportunidades de mejora; las cuales la contratista estará en obligación de atender.
En caso de que el contratista obtenga una calificación de regular en más de 3 evaluaciones, se tendrá por incumplido el contrato y se iniciará el procedimiento de resolución contractual. |
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II. SISTEMA DE EVALUACIÓN La evaluación de las ofertas se hará de conformidad con el sistema de calificación que se indica a continuación. |
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II.I. CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
METODOLOGÍA |
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a) Oferta económica (90 punto) |
Se otorgarán 90 puntos a la oferta que cotice el menor precio por kilómetro en la plataforma de SICOP. A las demás ofertas se les asignará un puntaje proporcional, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Puntaje por asignar= (Pm/Po) X 90
Donde: Pm= precio de la oferta de menor precio y Po=precio de la oferta por calificar |
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b) Regionalización (5 puntos) |
Con el propósito de fomentar el crecimiento socioeconómico del cantón y fortalecer la economía local, se otorgarán 5 puntos al oferente que acredite que contribuye al desarrollo del cantón desarrollando sus operaciones en Escazú. Para comprobar el cumplimiento de este requisito y obtener el puntaje, se verificará contra la copia de la licencia comercial y el permiso sanitario de funcionamiento que debe aportar el oferente junto con su oferta. No se otorgará el puntaje en caso de que el oferente aporte una declaración jurada. |
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c) Participación de personas mayores de 40 años (5 puntos) |
Con el propósito de fomentar la creación de espacios de trabajo que promuevan la igualdad de oportunidades para diversos grupos etarios, se asignarán 5 puntos al oferente que demuestre tener en su planilla personal mayor a 40 años. Para comprobar el cumplimiento de este requisito y obtener el puntaje, el oferente deberá indicar el nombre y número de cédula de sus colaboradores en dicho rango etario. Así mismo, deberá aportar el documento de la planilla que acredite su condición de patrono de estas personas. No se otorgará el puntaje en caso de que el oferente aporte una declaración jurada. |
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II.II. CLÁUSULA DE DESEMPATE |
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En caso de presentarse empate en la calificación se utilizarán los siguientes criterios para desempate y definir sobre cuál oferente recaerá el acto de adjudicación:
Primer criterio de desempate:
a) Condición PYME
Cuando dos o más ofertas obtengan la misma puntuación una vez aplicado el sistema de evaluación, el Comité verificará si dichas ofertas cumplen con la condición de Pyme, en cuyo caso, deberá otorgar una puntuación adicional a las ofertas con dicha condición, según se indica a continuación:
a) PYME de industria 5 puntos. b) PYME de servicio o agropecuaria 5 puntos. c) PYME de comercio 2 puntos.
Segundo criterio de desempate
b). Se realizará un sorteo en presencia de las partes, el cual seguirá el siguiente procedimiento: 1.1. Para la convocatoria de los oferentes interesados: a) Mediante una “solicitud de información” en el sistema SICOP, se comunicará a los oferentes elegibles empatados, con cinco (05) días hábiles de anticipación, la convocatoria el sorteo que definirá el acto de adjudicación. b) El sorteo se realizará en las instalaciones del Comité, ubicadas en la Villa Deportiva en Escazú. c) Los oferentes interesados deberá confirmar su participación en este acto.
1.2. Para la realización del sorteo: a) La Gerente del Comité o la persona funcionaria que esta designe en representación suya, utilizará un recipiente de vidrio con papelitos, en los cuales estarán inscritos los nombres de los oferentes empatados. c) Se mostrarán los papelitos con los nombres de cada oferente elegible empatado, luego serán introducidos al recipiente. d) Se solicitará a alguno de los presentes introducir la mano en el recipiente a efectos de sacar alguno de los papeles que fueron depositados previamente. c) El nombre que esté inscrito en el papel que se saque del recipiente será el oferente sobre el que recaiga la adjudicación del procedimiento. e) De todo lo anterior, se levantará el acta respectiva, la cual será incorporada en el expediente electrónico. |
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Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
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OFICIO N°: |
CCDRE-DEP-0202-2026 |
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ÁREA TÉNICA: |
COORDINADOR DEPORTIVO |
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TIPO DE DOCUMENTO: |
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
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TIPO DE PROCEDIMIENTO: |
LICITACIÓN MAYOR |
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OBJETO: |
“SERVICIO DE TRANSPORTE DE LOS EQUIPOS DEPORTIVOS Y/O RECREATIVOS DEL CCDR DE ESCAZÚ” |
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MODALIDAD: |
SEGÚN DEMANDA |
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I. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
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PARTIDA 1 |
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7811189992075644 |
1km |
Servicio de transporte de personas vía terrestre |
· Servicio de transporte que cuente con rampa hidráulica para traslados de personas con discapacidad en sillas de ruedas, además de contar con al menos 5 espacios de asientos convencionales disponibles. |
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El oferente deberá cotizar en el Sistema Digital Unificado, cada una de las líneas de la partida en la que participe según se detalla a continuación:
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PARTIDA 2 |
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7811189992075644 |
1km |
Servicio de transporte de personas vía terrestre |
· Servicio de transporte con 15 asientos disponibles desde las instalaciones del CCDRE hacia diferentes puntos del territorio nacional. |
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El oferente deberá cotizar en el Sistema Digital Unificado, cada una de las líneas de la partida en la que participe según se detalla a continuación:
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PARTIDA 3 |
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7811189992075644 |
1km |
Servicio de transporte de personas vía terrestre |
· Servicio de transporte para 28 personas desde las instalaciones del CCDRE hacia diferentes puntos del territorio nacional. · Deberá contar unidades con un rack para ubicar los implementos deportivos (bicicletas y cualquier otro). |
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El oferente deberá cotizar en el Sistema Digital Unificado, cada una de las líneas de la partida en la que participe según se detalla a continuación:
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PARTIDA 4 |
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7811189992075644 |
1km |
Servicio de transporte de personas vía terrestre |
· Servicio de transporte que cuente con rampa hidráulica para traslados de personas con discapacidad en sillas de ruedas, además de contar con al menos 20 espacios de asientos convencionales disponibles. |
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El oferente deberá cotizar en el Sistema Digital Unificado, cada una de las líneas de la partida en la que participe según se detalla a continuación:
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PARTIDA 5 |
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7811189992075644 |
1km |
Servicio de transporte de personas vía terrestre |
· Servicio de transporte para 33 personas desde las instalaciones del CCDRE hacia diferentes puntos del territorio nacional. |
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El oferente deberá cotizar en el Sistema Digital Unificado, cada una de las líneas de la partida en la que participe según se detalla a continuación:
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PARTIDA 6 |
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7811189992075644 |
1km |
Servicio de transporte de personas vía terrestre |
· Servicio de transporte para más de 33 personas desde las instalaciones del CCDRE hacia diferentes puntos del territorio nacional. (BUS) · La unidad de transporte deberá cumplir con los requerimientos establecidos en la Ley 7600 respecto a rampas y demás requisitos. |
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El oferente deberá cotizar en el Sistema Digital Unificado, cada una de las líneas de la partida en la que participe según se detalla a continuación:
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II. OTROS REQUERIMIENTOS
1. El oferente deberá contar con el permiso para el transporte de personas acorde al tipo de servicio que se está solicitando, se debe aportar en la oferta, lo anterior de conformidad con la normativa vigente. Por lo que cada oferente deberá adjuntar a su oferta, la copia de dicho permiso extendida por la autoridad competente, la copia de la revisión técnica vehicular al día, copia del derecho de circulación al día, copia de la póliza del vehículo contra accidentes y responsabilidad civil, además del permiso de transporte de personas.
2. El conductor que se proponga para la prestación del servicio deberá contar con licencia de conducir acorde al tipo de transporte. El oferente deberá aportar junto con su oferta, la copia de la licencia de conducir del(los) conductor(es) propuesto(s) para el servicio.
3. El contratista estará en la obligación de mantener al día los permisos, pólizas, revisión técnica vehicular, derecho de circulación, licencia de conducir y cualquier otro requisito establecido por el ordenamiento jurídico de nuestro país; durante todo el período de vigencia del contrato, debe aportar los documentos descritos anteriormente en su oferta. La pérdida del permiso o la no obtención de la revisión técnica vehicular, serán causales para iniciar el procedimiento de resolución contractual.
4. Las unidades deberán contar como mínimo con lo siguiente: extintor de incendios, botiquín de primeros auxilios, basurero, puertas, ventanas de emergencia y cinturones de seguridad.
5. Las unidades deberán estar en perfecto estado de carrocería, mecánico, tapicería, puertas y ventanas.
6. Se aclara a los potenciales oferentes que el servicio de transporte podrá ser requerido para cualquier día de la semana de lunes a domingo, en horario laboral del Comité (8 a.m. a 5 p.m.), en horario nocturno o bien, de madrugada.
7. Los oferentes deberán tener en cuenta que el CCDR Escazú en algunos fines de semana puede utilizar múltiples transportes de manera simultánea.
8. La unidad de transporte propuesta para la prestación del servicio deberá contar con su póliza de vehículo al día con sus respectivas coberturas en caso de accidente tanto a los funcionarios, atletas y pasajeros, así como hacia terceros. Adicionalmente, deberá contar con cobertura de asistencia en carretera.
9. En caso de falla mecánica del automotor en el transcurso del viaje el oferente deberá sustituir la unidad para cumplir con el servicio solicitado.
10. El oferente deberá acreditar que es el propietario registral de la unidad de transporte propuesta para la prestación del servicio. En caso de no serlo, deberá demostrar que cuenta con un contrato de arrendamiento o leasing vigente sobre dicha unidad, suscrito a nombre del oferente.
11. El Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Escazú no asumirá costos de alimentación ni hospedaje del conductor, el contratista debe tener en consideración que algunos servicios serán solamente de ida o de regreso, esto aplica cuando los funcionarios o atletas deben permanecer en el mismo lugar de un día para otro.
Ø El Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Escazú, se reserva el derecho de realizar inspecciones a las unidades, así como solicitar en cualquier momento los documentos que acrediten el cumplimiento de todas estas obligaciones por parte de la empresa que resulte adjudicada. En caso de que se detecte algún incumplimiento tal como: pólizas o permisos vencidos, que la unidad no cuente con la revisión técnica vehicular al día, derecho de circulación al día, licencia de conducir vencida, entre otras. Se considerará como un incumplimiento grave y se procederá a iniciar el procedimiento de resolución contractual.
Ø Mediante declaración jurada simple, la persona oferente deberá manifestar que entiende los alcances de la presente licitación y que cuenta con la capacidad y cumple con los requeridos para brindar el servicio de transporte. |
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Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
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Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Escazú |
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OFICIO N°: |
CCDRE-PROV-0064-2026 |
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TIPO DE DOCUMENTO: |
CONDICIONES GENERALES |
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ADMINISTRADOR DEL CONTRATO: |
COORDINACIÓN DEPORTIVA |
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TIPO DE PROCEDIMIENTO: |
LICITACIÓN MAYOR |
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MODALIDAD: |
SEGÚN DEMANDA |
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OBJETO: |
“SERVICIO DE TRANSPORTE DE LOS EQUIPOS DEPORTIVOS Y/O RECREATIVOS DEL CCDR DE ESCAZÚ” |
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El Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Escazú (en adelante CCDR o Comité), recibirá ofertas únicamente mediante el Sistema Digital Unificado (en adelante SDU/SICOP), para la licitación mayor de referencia; los oferentes deberán contemplar todos los requerimientos técnicos, requisitos de admisibilidad y condiciones generales que componen de manera integral el presente procedimiento licitatorio.
Al tenor del artículo 88 del RLGCP el pliego de condiciones constituye el reglamento del presente procedimiento licitatorio y se entienden por incorporadas todas las disposiciones establecidas en la Ley General de Contratación Pública (LGCP) y su Reglamento (RLGCP), los principios constitucionales así como las normas aplicables de manera supletoria.
El servicio lo brindará el contratista de acuerdo con las mejores prácticas, normas técnicas y profesionales; conforme al ordenamiento jurídico vigente de manera que se cumpla con: leyes, reglamentos, códigos, y cualquier otro pertinente al objeto contractual que se desea contratar incluyendo la legislación ambiental y lineamientos que establezca CCDRE.
En todos los procedimientos de contratación pública que promueva el Comité los funcionarios, oferentes, adjudicatarios y contratistas, deberán observar los principios que rigen la materia evitando incurrir en conductas contrarias a la ética y probidad o generar conflictos de intereses, so pena de la responsabilidad administrativa, civil o penal que deba enfrentar cada uno de los involucrados. |
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II. CONDICIONES GENERALES
Las condiciones generales que se indican a continuación son de carácter obligatorio y deberán ser respondidas en la oferta en el mismo orden establecido; la presentación de la oferta se entenderá como una manifestación inequívoca de la voluntad del oferente de contratar con pleno sometimiento a las condiciones y especificaciones de este cartel, así como a las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes. |
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Guía de la oferta: |
La oferta deberá incluir una tabla de conformidad se indica en el Anexo 1, del presente documento. |
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1. CERTIFICACIONES, DECLARACIONES Y OTROS DOCUMENTOS |
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1.1. Declaraciones: |
Conforme a lo dispuesto en el ordinal 33 del RLGCP es responsabilidad de cada oferente y subcontratista y requisito para la participación en cualquier procedimiento de contratación pública rendir estas declaraciones en el sistema digital unificado y mantenerlas actualizadas.
Por tanto, la Proveeduría realizará la verificación en el Registro de Proveedores de SICOP:
Lo anterior, a efectos de determinar si el oferente cumple con lo siguiente:
a) Régimen de prohibiciones. De conformidad con lo previsto en el artículo 29 de la LGCP, la persona oferente y subcontratistas deberán rendir en el sistema digital unificado una declaración jurada en los términos establecidos en dicho artículo.
b) Declaración de la naturaleza y propiedad de las acciones. Tratándose de personas jurídicas deberán presentar en el registro del sistema digital unificado la declaración jurada sobre la naturaleza y propiedad de las acciones.
c) Declaración beneficiarios finales. Al tenor del artículo 32 inciso c) del RLGCP, los oferentes y subcontratistas sean personas físicas o jurídicas, deberán presentar en el registro sistema digital unificado, la declaración jurada de beneficiarios finales según los requisitos indicados en ese numeral.
d) Declaración de estar al día en los impuestos nacionales. Al amparo del artículo citado supra, los oferentes y subcontratistas sean personas físicas o jurídicas, deberán presentar en el sistema digital unificado, la declaración jurada en la que manifieste si está al día en el pago de todos los impuestos nacionales.
En su oferta la persona oferente y subcontratistas deberán indicar expresamente si la información contenida en la declaración jurada, presentada en el registro que al efecto lleve la Dirección de Contratación Pública, se mantiene invariable a la fecha de presentación de la oferta.
En caso de que el oferente, no haya actualizado la información en dicho registro, la oferta será excluida automáticamente del concurso. |
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1.2. Certificaciones: |
a) Certificación Póliza Riesgos del Trabajo (RT). La persona oferente y subcontratistas deberán aportar con su oferta la certificación de póliza de riesgos del trabajo emitida por el Instituto Nacional de Seguros, la cual deberá estar vigente y ser acorde con la actividad para la cual está ofertando. El recibo de pago no sustituye la certificación de póliza extendida por el INS.
En el caso de que por motivo de la nomenclatura de clasificación de actividades establecida por el Instituto Nacional de Seguros, exista alguna clase de desajuste entre la actividad indicada en la certificación de póliza y la actividad para la cual está ofertando, corresponde al oferente demostrar mediante documento idóneo emitido por el INS, que la actividad para la cual está ofertando está cubierta por la póliza de RT pese a que la certificación haga mención a otra actividad de manera genérica.
En el caso de que la actividad acorde al objeto contractual no esté expresamente indicada en el apartado “LABORES AMPARADAS” de la certificación; podrá indicarse como una aclaración en el apartado “Comentarios de la póliza” de ese mismo documento.
Se indica un ejemplo:
Para acreditar el cumplimiento de lo anterior, no se aceptará declaración jurada suscrita por el oferente. b) Certificación de impuestos al día. La persona oferente y subcontratistas deberán aportar la certificación extendida por la Municipalidad del cantón en el que esté ubicado, en la que se acredite que se encuentra al día en el pago de todas sus obligaciones tributarias en el período correspondiente (la certificación deberá indicar todos los rubros (bienes inmuebles, patente y cualquier otro), en el que el oferente figure como obligado tributario.
El recibo de pago o copia de comprobante de transferencia electrónica no sustituye la certificación extendida por la Municipalidad. |
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1.3. Otros documentos: |
a) Licencia municipal. La persona oferente y subcontratistas deberá presentar la copia de la licencia municipal, extendida por la corporación municipal del cantón en el cual esté ubicado.
b) Permiso sanitario de funcionamiento (PSF). La persona oferente y subcontratistas deberán aportar la copia del permiso sanitario de funcionamiento el cual debe estar vigente.
La actividad que indiquen los documentos aquí indicados deberá corresponder al objeto contractual para el que está ofertando, caso contrario, la oferta será excluida del concurso.
No obstante, en el caso de que por motivo de la nomenclatura de clasificación de actividades con que cuente una determinada corporación municipal y/o Ministerio de Salud, exista alguna clase de desajuste entre la actividad en concreto indicada en la licencia y/o PSF y la que en realidad se ejecuta en la práctica, corresponde al oferente demostrar mediante documento idóneo emitido por la autoridad competente (Ministerio de Salud y/o Municipalidad respectiva), que la actividad lucrativa de dicha empresa corresponde con la del objeto del concurso, a pesar de que en la licencia y/o PSF se haga mención a otra actividad de manera genérica.
Para acreditar el cumplimiento de lo anterior, no se aceptará declaración jurada suscrita por el oferente. |
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2. Verificaciones: |
En aquellos casos en los que sea factible realizar verificación “en línea”, el CCDRE realizará las consultas en relación con el estado de las obligaciones del oferente y subcontratistas, en el sitio web de cada entidad competente (Ministerio de Hacienda, IMAS, INA, FODESAF, Registro Nacional, CCSS).
Esta verificación se realizará al momento de la apertura de las ofertas y en cualquier momento a criterio del Comité con el propósito de asegurar el cumplimiento por parte de los oferentes y subcontratistas de estas obligaciones.
Las cuales les serán exigibles en cualquier etapa de los procedimientos de contratación pública. |
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3. Precio: |
El oferente deberá cotizar el precio unitario en cualquier moneda de curso legal en Costa Rica. En caso de recibir propuestas en distintas monedas, la Administración las convertirá a una misma moneda para efectos de comparación, aplicando el tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento de apertura de las ofertas.
El CCDRE se reserva el derecho de adjudicar parcialmente una misma línea o bien parte de un mismo objeto de conformidad.
El monto deberá indicarse en números y letras coincidentes, en caso de divergencia entre estados dos (2) formas de expresión, prevalecerá la consignada en letras.
De conformidad con la Ley N° 9799 el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Escazú, no está sujeto al Impuesto sobre el Valor Agregado.
El oferente deberá presentar la estructura del precio tanto en términos absolutos como porcentuales; en los rubros que se solicitan a continuación:
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4. Forma de pago: |
De conformidad con lo establecido en el artículo 18 inciso a) del RLGCP, el pago se realizará por resultados una vez recibidos el servicio de transporte y otorgado por parte del administrador del contrato el recibido de conformidad, esa misma oficina remitirá la factura para el trámite de pago.
El pago podrá realizarse en la moneda fijada en la contratación, o bien, en colones costarricenses, salvo lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley N°7558, Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, de 3 de noviembre de 1995.
Al tenor del artículo 48 de la LOBCCR, en procedimientos de contratación pública pactados total o parcialmente en moneda extranjera, la Administración utilizará el tipo de cambio de referencia para la venta emitido por el BCCR vigente al día de pago.
De conformidad con la Ley N° 9799 el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Escazú, no está sujeto al Impuesto sobre el Valor Agregado por lo que previo a solicitar el pago, la persona contratista deberá solicitar al Comité la boleta de exoneración.
La factura deberá ser enviada al Coordinador Deportivo al correo electrónico coordinadordeportivo@ccdres.com, quien funge como fiscalizador en este procedimiento de licitación; la factura deberá venir acompañada de la correspondiente certificación de póliza de riesgos del trabajo emitida por el Instituto Nacional de Seguros.
De previo a la tramitación de cada pago que sobrevenga, producto de esta prestación, el CCDRE solicitará al contratista, la presentación de la documentación que demuestre la adecuada cobertura de sus obligaciones que establecen el Código de Trabajo y las leyes laborales vigentes, así como las cargas sociales correspondientes: seguro social, riesgos profesionales, cesantía, permisos, vacaciones, aguinaldo y otras obligaciones.
Una vez recibida la factura, el área fiscalizadora dispondrá de un plazo de 2 días hábiles para otorgar su visto bueno y remitirla a la oficina de Financiero a efectos de que se proceda con el pago.
El CCDRE cuenta con un plazo máximo de 30 días naturales para efectuar el pago, en el entendido que, este plazo comenzará a contabilizarse a partir de la presentación de la factura una vez se haya recibido de conformidad el objeto contractual previo visto bueno del área técnica.
Del monto de cada factura se rebajará el 2% (dos por ciento), por retención adelantada del impuesto de la renta, salvo en aquellas excepciones que la Ley del impuesto sobre la renta (N°7092) contempla en forma expresa, de conformidad con lo que dispone en su Artículo N.º 3. Para lo cual, la persona adjudicada deberá acreditar debidamente tal condición ante el Comité. |
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5. Plazo del contrato: |
El plazo máximo será de 12 meses prorrogables por 3 períodos iguales adicionales y consecutivos para un máximo de 48 meses.
El plazo del contrato empezará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente a la orden de inicio que gire el CCDRE al contratista una vez cumplidas las formalidades para la formalización del contrato y se haya comunicado al contratista mediante el SDU.
No obstante, el Comité podrá dejar sin efecto el contrato en cualquier momento sin responsabilidad alguna de su parte, en caso de resolución contractual sin perjuicio del derecho de recurrir a los Tribunales de Justicia para resarcirse de cualquier costo en que pudiera incurrir, así como al pago de daños y perjuicios que le fueren ocasionados en virtud de algún incumplimiento por parte del contratista.
Así mismo, podría darse la terminación anormal del contrato en virtud de cualquiera de las otras causales previstas en el artículo 288 del RLGCP. |
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6. Orden de inicio: |
La Proveeduría comunicará al administrador del contrato cuando el contrato haya sido comunicado al contratista mediante el SDU.
Una vez recibido este comunicado, el área fiscalizadora dispondrá de un máximo de 2 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente del comunicado que reciba de la Proveeduría, para girar la orden de inicio al contratista. |
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7. Sanciones económicas. De conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley General de Contratación Pública y 116 de su Reglamento, el Comité se reserva el derecho de proceder con el cobro de cláusula penal y/o multa en caso de incumplimientos por parte del contratista en relación con las características del objeto contractual o bien, por ejecución tardía o anticipada del objeto contractual.
El cobro de las sanciones económicas se realizará con cargo a los saldos de facturas pendientes de pago; en caso de que no existan facturas pendientes de pago, el Comité procederá a ejecutar la garantía de cumplimiento hasta por el monto respectivo.
El oferente entiende, acepta y reconoce que en caso de resultar contratista y no existan facturas pendientes de pago ni garantía de cumplimiento contra las cuales ejecutar el cobro de las sanciones económicas, el CCDRE se reserve el derecho a recurrir a los Tribunales de Justicia para resarcirse de cualquier costo en que pudiera incurrir, así como el pago de daños y perjuicios que le fueren ocasionados en virtud de dicho atraso o falta, e iniciar el debido proceso para sancionar al contratista de acuerdo con los artículos 118 y 119 de la Ley General de Contratación Pública.
Las sanciones económicas que se indican a continuación serán las aplicables para cada concurso que promueva el Comité al amparo de este procedimiento licitatorio: |
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a) Cláusula penal: |
· Por incumplimiento en la hora de llegada al punto de salida. En caso de que el contratista no se presente al punto de salida 30 minutos antes de la hora indicada por el Comité, se le cobrará un 1% del monto total del servicio de transporte en el que ocurra el incumplimiento, por cada 10 minutos de atraso, hasta alcanzar un 25% del monto total del servicio de transporte en cuestión.
En caso de que el contratista incurra en el incumplimiento indicado en el párrafo anterior en tres (3) ocasiones durante un mismo trimestre, se tendrá por incumplido el contrato sin responsabilidad para el CCDRE y se procederá a solicitar la apertura del procedimiento de resolución contractual y sanción administrativa según corresponda.
Cuando el incumplimiento se refiera no a una llegada tardía sino a la cancelación del servicio por parte del contratista sin que acredite ante el Comité mediante la aportación de prueba, que la cancelación se debió a una situación de fuerza mayor o caso fortuito; se considerará causal para iniciar el procedimiento de resolución contractual y sanción administrativa según corresponda. |
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b) Multa: |
· Por incumplimiento de la higiene del transporte. En caso de que el transporte se encuentre en condiciones de desaseo (suciedad) en su parte interna (considerando interno como asientos, piso, ventanas internas), el Comité cobrará un 1% del monto total del servicio de transporte en el que ocurra el incumplimiento, hasta alcanzar un 25% del monto total del servicio de transporte en cuestión.
· Por incumplimiento del estado mecánico del transporte. Cuando se determine que la unidad de transporte del contratista presenta fallas mecánicas por descuido y/o negligencia del contratista, a efectos de salvaguardar la integridad física de los usuarios, el viaje no se realizará y se cobrará al contratista un 1% del monto total del servicio de transporte en el que ocurra el incumplimiento, hasta alcanzar un 25% del monto total del servicio de transporte en cuestión.
· Por conductas que comprometan la reputación del Comité. Durante la prestación del servicio, el contratista deberá abstenerse de realizar conductas que puedan provocar un riesgo reputacional al Comité (peleas en carretera, irrespeto a la regulación de tránsito, irrespeto a los usuarios, consumo de licor y cualquier otro que pueda afectar tanto la imagen del CCDRE como la integridad física de los usuarios). En caso de que se determine que el conductor o su acompañante incumple con este requerimiento; el Comité cobrará un 1% del monto total del servicio de transporte en el que ocurra el incumplimiento, hasta alcanzar un 25% del monto total del servicio de transporte en cuestión.
· Por incumplimiento en las indicaciones relacionadas con paradas no autorizadas, desvíos de ruta, tiempos de espera. En caso de que el contratista incumpla con alguno de los puntos antes indicados en el pliego de condiciones que ampara la presente licitación, el Comité cobrará 1% del monto total del servicio de transporte en el que ocurra el incumplimiento, hasta alcanzar un 25% del monto total del servicio de transporte en cuestión.
En caso de que el contratista incurra en el incumplimiento indicado en los puntos anteriores del presente aparado de multas, en tres (3) ocasiones durante un mismo trimestre, se tendrá por incumplido el contrato sin responsabilidad para el CCDRE y se procederá a solicitar la apertura del procedimiento de resolución contractual y sanción administrativa según corresponda. |
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8. Garantía de cumplimiento |
Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la solicitud que realice el CCDRE mediante el Sistema Digital Unificado, el adjudicatario deberá presentar la garantía de cumplimiento la cual deberá cumplir con todos los requisitos establecidos por el CCDRE. El plazo de vigencia de la garantía de cumplimiento deberá cubrir desde el día de su presentación en SICOP. La devolución de la garantía de cumplimiento al contratista se realizará dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su vencimiento. La persona contratista deberá presentar por escrito al Comité la solicitud de devolución de la garantía, el oficio deberá estar suscrito por el representante legal de la empresa en el cual se deberá indicar el número de la licitación, el número de garantía, el monto de la garantía y el número de cuenta a la que se debe depositar (en caso de depósitos en efectivo).
En el caso de que el Comité se viera obligado a ejecutar la garantía antes del vencimiento del contrato, el contratista rendirá una nueva, de manera que el contrato en todo momento quede garantizado hasta su ejecución total, la no presentación de la nueva garantía será causal de resolución contractual.
Es obligación del contratista mantener vigente la garantía de cumplimiento durante todo el plazo de ejecución contractual. Si un día hábil antes del vencimiento de la garantía, el contratista no ha prorrogado su vigencia, la Administración podrá hacerla efectiva en forma preventiva y mantener el dinero en una cuenta bajo custodia, el cual servirá como medio resarcitorio en caso de incumplimiento. En este caso el contratista podrá presentar una nueva garantía sustitutiva.
En ofertas en consorcio se presentará una única garantía. La garantía de cumplimiento deberá rendirse por medios electrónicos, de acuerdo con lo establecido en artículo 44 del Decreto No. 36242-MP-Plan. Cuando se trate de una garantía de cumplimiento otorgada mediante un depósito de bono de garantía, el obligado, para rendir la garantía electrónica deberá acudir a una entidad emisora de este tipo de garantías. La entidad garante deberá transmitirla a SICOP en el mismo acto de su emisión. Cuando la garantía de cumplimiento se rinda mediante certificados de depósito a plazo, bonos del Estado y sus Instituciones y cheques certificados o de gerencia de un banco del Sistema Bancario Nacional, el obligado deberá entregar estos valores al banco asignado para este efecto en las condiciones particulares del cartel para que dicha entidad se encargue de su custodia. Cuando la garantía de cumplimiento se rinda mediante dinero en efectivo, el obligado, utilizando el sistema SICOP deberá transferir el dinero a una cuenta domiciliada de la Institución. |
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9. Prórrogas |
Al tenor del artículo 280 del RLGCP, en caso de que desee realizar la prórroga, con 3 meses de antelación al vencimiento del contrato, el área de Mantenimiento deberá remitir un oficio a la Proveeduría en el que indique razones de conveniencia y oportunidad para realizar la prórroga.
En dicho oficio deberá acreditar como mínimo lo siguiente:
ü Si la necesidad persiste. ü Si el precio en relación con el mercado en el momento actual no es excesivo ni ruinoso. ü Si el contratista ha cumplido a satisfacción. ü Si se han generado incumplimientos, cobro de sanciones económicas o aplicación de sanciones administrativas.
En caso de que no operar la prórroga, dentro del plazo antes indicado (3 meses previo al vencimiento del contrato), el área de Mantenimiento remitirá a Proveeduría el documento en el que acredite las razones por las que no se continuará.
Mediante una solicitud de información en el Sistema Digital Unificado, la Proveeduría informará al contratista la decisión de prorrogar o no el contrato.
En caso de que la Proveeduría no reciba la nota por parte del área administradora del contrato en el plazo antes indicado, se tendrá como acreditado que la oficina administradora no desea realizar la prórroga y así se la hará saber al contratista. |
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10. Tipos de oferta: |
a) En el presente procedimiento licitatorio no se aceptará la presentación de ofertas en conjunto. b) En el caso de presentación de ofertas en la modalidad de consorcio, deberán cumplir con todo lo dispuesto los artículos 125 inciso c), 126 y siguientes del RLGCP. |
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11. Mantenimiento del equilibrio económico del contrato: |
REVISIÓN DE PRECIOS. Los precios establecidos en el presente procedimiento licitatorio estarán sujetos a reajustes y revisiones conforme a lo dispuesto en la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, así como lo previsto en el Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, Decreto Ejecutivo N° 44937-H-MICITT-MIDEPLAN.
El oferente deberá aportar la información de los índices oficiales de precios y costos asociados con los costos directos e indirectos de la estructura de precio. Dichos índices deberán ser elaborados y emitidos por la entidad oficial del país de origen de los costos y corresponder a la misma moneda con que se presenta el precio de oferta. En caso de que no exista un índice oficial para determinado costo directo, el oferente deberá advertirlo en la oferta y aportar la documentación pertinente. Si no existe un índice oficial para determinado costo indirecto, el oferente podrá proponer un índice oficial general de precios para el reajuste o revisión de dicho costo. La Administración se reserva el derecho de revisar la pertinencia de los índices oficiales de precios y costos propuestos en la oferta, con el propósito de establecer los índices que serán utilizados en la ejecución contractual.
El presupuesto detallado deberá desglosar los componentes de cada actividad o unidad de la obra, bien o servicio, indicando al menos sus costos directos, costos indirectos, utilidad e imprevistos. Se entiende que, con la presentación de la oferta, el oferente entiende y acepta que la decisión de cotizar en divisas recae en su exclusiva y responsabilidad y, por ende, cualquier afectación que sufra el
contratista por baja en el tipo de cambio de la divisa a colones durante la ejecución del contrato, no será reajustada ni compensada por el banco, conforme a lo previsto en el artículo 3 del Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios. Tampoco serán reajustables conforme a lo previsto en el artículo 3 del Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, todas aquellas variaciones que resulten de riesgos implícitos del negocio que debieron ser asumidos, proyectados, cubiertos e incorporados como parte del precio ofertado conforme a criterios de debida diligencia en la formulación de la oferta, independientemente de la moneda en que se pacte el precio. Corresponderá al Administrador del Contrato por parte del banco, emitir la no objeción a que alude el artículo 7 del el Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios. En lo no previsto en la presente cláusula, aplicará lo dispuesto en el Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios. Para lo anterior los oferentes deberán presentar una declaración jurada en donde acrediten la veracidad de la información aportada, indicando al menos los aspectos regulados en los artículos 9 y 12 del reglamento, según corresponda. Asimismo, los oferentes deberán presentar en la oferta una declaración jurada en donde acrediten la veracidad de la información que deben aportar conforme a lo regulado en el artículo 33. Documentación probatoria del método analítico-documental para contratos de obra pública y artículo 58. Documentación probatoria del método analítico-documental para contratos de bienes y servicios del Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios. |
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12. Subcontratación: |
La subcontratación se regirá por lo dispuesto en el artículo 133 del RLGCP. El oferente deberá declarar en su oferta la lista de subcontratación, los subcontratistas deberán cumplir con todos los requisitos previstos en la LGCP y su Reglamento. |
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13. Verificación y análisis de las ofertas: |
Las ofertas serán evaluadas según el siguiente procedimiento: 1. Elegibilidad Legal y Administrativa. Todos los Oferentes y sus respectivas ofertas deberán cumplir los requisitos legales y administrativos exigidos en el presente pliego de condiciones y en la Legislación vigente para poder continuar en el proceso de análisis de las ofertas. La Proveeduría institucional será la encargada de analizar el cumplimiento de requisitos de admisibilidad legal de la(as) oferta(s) recibida(s) y constatar el cumplimiento así mismo, solicitará los subsanes cuando corresponda según la normativa vigente.
En caso de que la persona oferente no atienda la solicitud de subsane en tiempo y forma, operará la caducidad y la oferta será excluida del procedimiento licitatorio.
2. Elegibilidad técnica. Todas las ofertas deberán cumplir con los requisitos mínimos y especificaciones técnicas básicas exigidas en el presente pliego de condiciones y en la legislación vigente para poder continuar en el proceso de análisis de las ofertas. El área técnica será la encargada de determinar el cumplimiento de estos requisitos así como los de admisibilidad.
3. Evaluación de ofertas. Una vez que se determine cuáles ofertas cumplen con los requisitos de idoneidad legal y técnica descritos en los dos puntos de la primera etapa, éstas serán evaluadas por el área técnica de conformidad con lo indicado en el documento “Requisitos de admisibilidad y metodología de evaluación”, el cual se adjunta en SICOP y forma parte integral del presente procedimiento licitatorio. Resultará adjudicatario el oferente que obtenga la calificación más alta resultante de la sumatoria de todos los criterios de evaluación.
De todo lo anterior se dejará constancia en los informes que deberán someter para conocimiento de la Junta Directiva los cuales también deberá constar en el expediente electrónico del procedimiento licitatorio. |
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14. Modificaciones y exclusiones |
La persona contratista deberá estar en disposición de modificar y excluir, aquellos servicios, que la Administración determine de acuerdo con su conveniencia, durante la vigencia de la contratación, conforme con las especificaciones, que sobre el particular se adjuntan y forman parte integral del presente procedimiento licitatorio. Las modificaciones y exclusiones se realizarán únicamente bajo la coordinación y autorización del área fiscalizadora del contrato, quien comunicará lo correspondiente, para que dentro de un plazo máximo de treinta (30) días naturales se implemente lo respectivo; siendo, necesario que previo al consumo de dicho término, la persona contratista haya realizado los ajustes necesarios (dentro y fuera de su empresa) para asegurar la continuidad del servicio. |
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15. Exclusividad |
Una vez que el contrato entre en ejecución se mantendrá la exclusividad de la compra del servicio al contratista, sin embargo, en caso de incumplimientos por parte del contratista se podrá recurrir a compras del servicio menores con otros proveedores, con el fin de cubrir la necesidad y satisfacer el interés público. Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones al contratista según corresponda. |
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16. Procedimiento para cada pedido: |
1. El área de Gestión Deportiva remitirá un oficio a la Proveeduría en el que indique el tipo y cantidad de servicio de alimentación que requiere solicitar al contratista, junto con este oficio deberá remitir la certificación presupuestaria en la que se acredite que se cuenta con los fondos para hacer referente al pago.
2. La Proveeduría procederá a confeccionar la orden de pedido en el SDU.
3. Una vez se hayan cumplido los requisitos para su formalización, la Proveeduría comunicará la orden de pedido a la persona contratista mediante el SDU.
4. Contra esa orden de pedido, Gestión Deportiva solicitará coordinará con el contratista el servicio de transporte n según sea el caso. Una vez ejecutada esa orden de pedido, la administradora del contrato deberá solicitar a la Proveeduría la generación de una nueva para lo cual deberá cumplir con lo indicado en los puntos anteriores.
El proceso de solicitud se repetirá tantas veces como el CCDRE lo requiera, siempre y cuando esté vigente el contrato; el Comité podrá solicitar pedidos de servicio de transporte con una antelación de 2 días hábiles.
El Comité podrá realizar pedidos en el período comprendido desde el día efectivo en que entre en ejecución el contrato hasta el último día del mes doce del año de vencimiento del contrato, por lo cual el contratista deberá tomar las previsiones correspondientes para que durante ese lapso pueda satisfacer las necesidades del CCDRE sin contratiempos.
Así mismo, en relación con la cantidad de servicios el contratista deberá considerar que el Comité podrá solicitar desde 1 sin tener un máximo establecido, por lo que en relación con este punto el contratista deberá tomar las medidas necesarias a efectos de evitar incumplimientos. El Comité no queda obligado a solicitar determinada cantidad de servicios de transporte.
En caso de que se realicen las prórrogas facultativas al contrato, se aplicarán las mismas condiciones indicadas en este mismo punto. |
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“SERVICIO DE TRANSPORTE DE LOS EQUIPOS DEPORTIVOS Y/O RECREATIVOS DEL CCDR DE ESCAZÚ” |
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ANEXO 1. TABLA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
El oferente deberá incluir en su oferta una tabla según el siguiente ejemplo:
La oferta deberá presentarse con número de página e indicar el apartado, capítulo o título.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Sanciones económicas. De conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley General de Contratación Pública y 116 de su Reglamento, el Comité se reserva el derecho de proceder con el cobro de cláusula penal y/o multa en caso de incumplimientos por parte del contratista en relación con las características del objeto contractual o bien, por ejecución tardía o anticipada del objeto contractual. El cobro de las sanciones económicas se realizará con cargo a los saldos de facturas pendientes de pago; en caso de que no existan facturas pendientes de pago, el Comité procederá a ejecutar la garantía de cumplimiento hasta por el monto respectivo. El oferente entiende, acepta y reconoce que en caso de resultar contratista y no existan facturas pendientes de pago ni garantía de cumplimiento contra las cuales ejecutar el cobro de las sanciones económicas, el CCDRE se reserve el derecho a recurrir a los Tribunales de Justicia para resarcirse de cualquier costo en que pudiera incurrir, así como el pago de daños y perjuicios que le fueren ocasionados en virtud de dicho atraso o falta, e iniciar el debido proceso para sancionar al contratista de acuerdo con los artículos 118 y 119 de la Ley General de Contratación Pública. Las sanciones económicas que se indican a continuación serán las aplicables para cada concurso que promueva el Comité al amparo de este procedimiento licitatorio: • Por incumplimiento de la higiene del transporte. En caso de que el transporte se encuentre en condiciones de desaseo (suciedad) en su parte interna (considerando interno como asientos, piso, ventanas internas), el Comité cobrará un 1% del monto total del servicio de transporte en el que ocurra el incumplimiento, hasta alcanzar un 25% del monto total del servicio de transporte en cuestión. • Por incumplimiento del estado mecánico del transporte. Cuando se determine que la unidad de transporte del contratista presenta fallas mecánicas por descuido y/o negligencia del contratista, a efectos de salvaguardar la integridad física de los usuarios, el viaje no se realizará y se cobrará al contratista un 1% del monto total del servicio de transporte en el que ocurra el incumplimiento, hasta alcanzar un 25% del monto total del servicio de transporte en cuestión. • Por conductas que comprometan la reputación del Comité. Durante la prestación del servicio, el contratista deberá abstenerse de realizar conductas que puedan provocar un riesgo reputacional al Comité (peleas en carretera, irrespeto a la regulación de tránsito, irrespeto a los usuarios, consumo de licor y cualquier otro que pueda afectar tanto la imagen del CCDRE como la integridad física de los usuarios). En caso de que se determine que el conductor o su acompañante incumple con este requerimiento; el Comité cobrará un 1% del monto total del servicio de transporte en el que ocurra el incumplimiento, hasta alcanzar un 25% del monto total del servicio de transporte en cuestión. • Por incumplimiento en las indicaciones relacionadas con paradas no autorizadas, desvíos de ruta, tiempos de espera. En caso de que el contratista incumpla con alguno de los puntos antes indicados en el pliego de condiciones que ampara la presente licitación, el Comité cobrará 1% del monto total del servicio de transporte en el que ocurra el incumplimiento, hasta alcanzar un 25% del monto total del servicio de transporte en cuestión. En caso de que el contratista incurra en el incumplimiento indicado en los puntos anteriores del presente apartado de multas, en tres (3) ocasiones durante un mismo trimestre, se tendrá por incumplido el contrato sin responsabilidad para el CCDRE y se procederá a solicitar la apertura del procedimiento de resolución contractual y sanción administrativa según corresponda.
Cláusula penal. • Por incumplimiento en la hora de llegada al punto de salida. En caso de que el contratista no se presente al punto de salida 30 minutos antes de la hora indicada por el Comité, se le cobrará un 1% del monto total del servicio de transporte en el que ocurra el incumplimiento, por cada 10 minutos de atraso, hasta alcanzar un 25% del monto total del servicio de transporte en cuestión. En caso de que el contratista incurra en el incumplimiento indicado en el párrafo anterior en tres (3) ocasiones durante un mismo trimestre, se tendrá por incumplido el contrato sin responsabilidad para el CCDRE y se procederá a solicitar la apertura del procedimiento de resolución contractual y sanción administrativa según corresponda. Cuando el incumplimiento se refiera no a una llegada tardía sino a la cancelación del servicio por parte del contratista sin que acredite ante el Comité mediante la aportación de prueba, que la cancelación se debió a una situación de fuerza mayor o caso fortuito; se considerará causal para iniciar el procedimiento de resolución contractual y sanción administrativa según corresponda.
Documentos del cartel11
- Consumo históricoPDF · 338 KB
- Estimación sanciones económicasPDF · 307 KB
- Bandas razonabilidadPDF · 338 KB
- Acuerdo Junta Directiva (aprobación pliego de condiciones)PDF · 297 KB
- Declaración jurada compromiso ético personas físicasDOCX · 31 KB
- Declaración jurada compromiso ético personas jurídicasDOCX · 31 KB
- No sujeción al IVAPNG · 82 KB
- Admisibilidad y evaluaciónPDF · 461 KB
- Condiciones generalesPDF · 625 KB
- Partida 6PDF · 410 KB
- Especificaciones técnicasPDF · 614 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Miguel Vargas Calderón
Area Deportiva
Raquel Paola Corrales Leon
Encargado del concurso · Proveeduría
Leonardo Vargas Solano
Gerencia
Miguel Vargas Calderón
Area Deportiva
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 04/10/2026 13:25. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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