2026PX-000027-0000700001 · SICOP 20260802041
Renovación de licencias Bitdefender
Municipalidad de Grecia
Municipalidad de Grecia publicó esta compra con un presupuesto de ₡2,9 millones, pero terminó sin adjudicar. Se abrió el 25/08/2026.
La licitación terminó sin ganador (desierta, infructuosa o anulada). Es probable que se vuelva a publicar.
₡2,9 millones
Ofertas recibidas
—
apertura pendiente
Oferta más baja
—
Fechas clave
- Se publicó20/08/2026 07:58 · hace 53 días
- Límite para 25/08/2026 08:00 · hace 48 días
- Límite para 24/08/2026 23:59 · hace 49 días
- Cierre de ofertas25/08/2026 08:00 · hace 48 días
- de ofertas25/08/2026 08:05 · hace 48 días
- publicado25/08/2026 14:29 · hace 48 días
- Adjudicación 25/08/2026 14:29 · hace 48 días
Quién ganóen firme 25/08/2026
- Adjudicatario no indicado en el acto final
Informe de recomendación de Karen Tatiana Barrantes Barrantes, 25/08/2026
Contexto
- Municipalidad de Grecia adjudicó ₡1 121,3 millones en 150 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra2 líneas
- Renovación de Licencia de Software Antivirus6 · ₡1 716 000,006₡1 716 000,00
- Renovación de Licencia de Software Antivirus6 · ₡1 190 880,006₡1 190 880,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡2,5 millones – ₡2,9 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 75 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,75 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 10 % durante 8 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 8 meses
- Ofertar en : permitido
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : Precio 75 % · Ambiente 10 % · Pyme 10 % · Igualdad de Genero 5 %
SICOP no muestra ofertas para esta licitación.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD:
- El oferente deberá estar al día en el pago de las obligaciones con FODESAF según lo establecido en el artículo 22 inciso c) de la Ley 8783, Reforma No. 5662 Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, se verificará a través del SICOP.
- El oferente deberá estar al día con las obligaciones Obrero-Patronales, de conformidad con el Art. 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social y el Art. 14 de la Ley General de Contratación Pública, se verificará a través del SICOP y documentación anexa en la oferta económica.
- Para el caso de la póliza todo oferente debe contar y estar al día de la recepción de ofertas con la póliza de riesgos de trabajo aportando la certificación en la oferta.
- El oferente deberá estar al día con las obligaciones formales y materiales ante la Administración Tributaria, de conformidad con el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Dicha situación se verificará mediante el sistema correspondiente, dentro del portal de consultas en internet del Ministerio de Hacienda. (Conforme a la MH-DGT-RES-0011-2025 TRIBU-CR, se requiere aportar una declaración jurada en donde se indique que se encuentra al día, mientras se restablece la nueva plataforma para las consultas respectivas).
- Todo aquel proveedor inscrito en el Sistema Digital Unificado (SICOP), tiene la obligatoriedad de mantener actualizado su registro con toda la información relacionada, la misma debe de indicar la naturaleza y propiedad de las acciones y su beneficiario final, así como la declaración donde indique que no se encuentra sujeto a ninguna de las causales de prohibición establecidas en la ley 9986, conforme lo regulado en el artículo 29 de la Ley General de Contratación Pública y emisión por parte de la Dirección de Contratación Pública mediante Circular MH-DCoP-CIR-0054-2023 y publicación en La Gaceta N.94 del lunes 29 de mayo del 2023.
Adicionalmente adjuntar en la declaración jurada de no encontrarse en ninguno de los casos de imposibilidad legal para contratar con la Administración de conformidad con lo dispuesto en los artículos 24, 25, 26, 27, 28, 29 de la Ley General de Contratación Pública, adicional debe indicar: que no tiene parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad y afinidad en esta Municipalidad con: El alcalde municipal, Regidores propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes y Proveedor Institucional.
6. El oferente deberá proporcionar una declaración jurada que entiende, acepta y cumplirá, con cada uno de los siguientes puntos:
6.1 El oferente debe estar acreditado por el fabricante en la categoría PARTNER SILVER (presentar el documento del fabricante que así lo confirme).
6.2 El oferente debe poseer mínimo 10 años de experiencia en el mercado vendiendo y brindando soporte de la solución ofertada.
6.3 El oferente debe demostrar que ha vendido y brindado soporte de una solución equivalente en al menos 5 instituciones o empresas.
6.4 La consola administrativa para ofrecer debe estar instalada de manera obligatoria en la Nube de la marca ofrecida y brindar acceso vía web.
6.5 El oferente deberá garantizar la asignación de un profesional en Ingeniería en Sistemas de Información o carrera afín, quien asumirá la responsabilidad de dirigir el servicio.
Para cumplir con este requisito, se deberá adjuntar a la oferta:
- Copia del título universitario correspondiente del ingeniero propuesto.
- Laboral. Formar parte de la planilla actual de la empresa oferente. Para verificar que el personal ofrecido pertenece a su empresa, el proveedor debe entregar una copia de la planilla de la C.C.S.S.
- 6.6 Se requiere que el oferente asigne al servicio un técnico especializado que cumpla de forma concurrente con los siguientes requisitos admisibles:
- Certificación de la Marca: Poseer certificación técnica oficial y vigente del fabricante del antivirus ofertado. Adjuntar el certificado correspondiente.
- Experiencia: Acreditar una experiencia mínima de cinco (5) años en la administración, soporte o implementación de la solución propuesta. Esta experiencia se podrá comprobar mediante la presentación 3 constancias de clientes de empresas donde se brinde una solución como la requerida.
- Condición Laboral: Formar parte de la planilla actual de la empresa oferente. Para verificar que el personal ofrecido pertenece a su empresa, el proveedor debe entregar una copia de la planilla de la CCSS.
- 6.7 El producto ofertado debe cumplir con las certificaciones: ISO/IEC 27001:2015, ISO/IEC 9001:2015, ISO/IEC 27018:2019, SOC 2 Tipo 2.
- 6.8 El fabricante del producto debe tener presencia local en Costa Rica, para lo mismo deberá demostrarlo adjuntando una Cédula Jurídica o bien Personería Jurídica con no más de 3 meses de emitida. Esto garantiza a la Administración que contará con respaldo comercial y técnico de la marca ofertada durante la vigencia del contrato, así como sus prorrogas respectivas. Para demostrarlo, la carta deberá indicar el lugar físico donde el fabricante tiene sus oficinas y los respectivos medios para contactarlo.
- 6.9 Para la instalación y configuración se incluirá el personal técnico especializado y certificado por la solución para su debida implementación.
SLA: El oferente debe indicar que se compromete en forma incondicional a cumplir con las disponibilidades, tiempos de respuesta, tiempos de resolución y esquemas de escalamiento estipulados en otras especificaciones.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Conforme se indica en el documento adjunto llamado pliego de condiciones.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
La Municipalidad de Grecia requiere contratar por la vía de excepción, la adquisición de licenciamiento para la solución de antivirus de seguridad Bitdefender, destinada a la protección integral de la infraestructura tecnológica y los activos de información de la institución.
Que conforme a la solicitud presentada por la MSc. Marisol Álvarez Segura por medio del oficio TIC-073-2026 solicitando la aprobación por el órgano competente para el proceso de contratación por vía de excepción conforme a oficio ALC-1125-2026 a la razón social Job Solutions S.A.
Fundamento de Procedencia
La presente contratación se justifica bajo la modalidad de Procedimiento por Excepción, fundamentada en la necesidad de estandarización técnica, eficiencia administrativa y seguridad nacional/institucional, conforme a los siguientes criterios:
Ampliación de Cobertura y Unificación de Plazos (Homologación)
Actualmente, existe una brecha de seguridad crítica: la contratación vigente no cubre la totalidad de la demanda de servicios, dejando equipos municipales desprotegidos.
- Cobertura Total: Este procedimiento permitirá dotar al 100% de los equipos informáticos municipales de licenciamiento activo, eliminando puntos ciegos en la red.
- Se busca corregir la dispersión de fechas de vencimiento actuales mediante la consolidación de las licencias, ya que estas deben trabajar en forma sincronizada. Al unificar todos los licenciamientos en un solo periodo de renovación, se asegura una protección simultánea del parque informático. Esto evita periodos de desprotección por vencimientos parciales y, al mismo tiempo, simplifica significativamente la gestión presupuestaria futura.
Conforme a la constancia presupuestaria número MGP-CONST-0073-2026 se cuenta con una asignación de ¢ 4.404.400,00 dentro del rubro de bienes intangibles garantizando la disponibilidad financiera para esta contratación. El monto del contrato no excede la asignación presupuestaria y se gestiona conforme a los principios de eficiencia y control financiero establecidos en la Ley General de Contratación Pública.
- Consideraciones para la presentación de su oferta:
- Cada documento que conforma la oferta se debe adjuntar de forma individual (favor no incluir PDF con documentos agrupados).
- El nombre de cada documento incluido en la oferta, debe identificar claramente su contenido.
- Los documentos escaneados y firmados en físico o en manuscrito, deberán presentarse conjuntamente con la certificación emitida por notario público, donde se haga constar que es copia fiel y exacta de su original, de conformidad con el artículo 295 de la LGAP.
- En caso de incluir documentos emitidos en el extranjero, estos deben encontrarse apostillados o consularizados, según corresponda, de conformidad con el artículo 294 de la LGAP.
- Oferta:
- Serán oferentes todas aquellas personas que presenten su oferta en forma electrónica por medio del Sistema Integrado de Compras Públicas, actuando por sí mismo o por medio de un representante debidamente acreditado para tales efectos.
- Por el solo hecho de presentar su oferta en el presente concurso, el oferente admite:
- Conocer completamente las condiciones del concurso, sus aclaraciones o modificaciones, y que acepta todos los términos y condiciones que en ellos constan.
- Cumplir estrictamente con las obligaciones laborales y de seguridad social de sus trabajadores y que el contrato que se llegue a suscribir entre las partes no generará responsabilidad alguna para la Administración, en cuanto a dichos rubros.
- En atención al párrafo tercero, inciso 3 del artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social en adelante C.C.S.S., el oferente deberá estar al día con sus obligaciones obrero-patronales ante la C.C.S.S.
- El oferente deberá encontrarse al día en el pago de las obligaciones con FODESAF, esto conforme al artículo 22 inciso c, de la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares No 5662.
- Debe de contar con póliza del INS conforme a la actividad comercial que ejerza y conforme lo solicitado en este pliego de condiciones.
- Conforme a lo establecido en el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, el oferente debe de encontrarse al día con sus obligaciones ante Tributación Directa.
- En los casos cuando se aporten manuales o documentación técnica los mismos deben adjuntarse a la oferta en el sistema integrado de compras públicas en momento procesal oportuno.
- La información técnica o complementaria y los manuales de uso expedidos por el fabricante deberán presentarse en idioma español, salvo que en el pliego de condiciones se permitan otros idiomas con la traducción debidamente consularizada o se acepte una traducción libre de su texto.
- El acto de apertura de las ofertas se realizará mediante el sistema integrado de compras públicas, en la fecha y hora establecida en el pliego de condiciones.
- Los oferentes podrán efectuar observaciones al acta de apertura de ofertas en forma electrónica por medio de sistema integrado de compras públicas dentro del plazo de una hora posterior a la publicación de la apertura.
- El Oferente está obligado a cotizar todo el objeto, salvo que se trate de partidas independientes entre sí, en cuyo caso podrá cotizar en las de su interés, sin que sea necesario que el pliego de condiciones lo autorice. No se permite la cotización parcial de una línea.
- Toda documentación adjunta en la oferta económica que sea emitida del exterior deberá estar apostillada para validar la veracidad del documento, así como en etapas posteriores a ésta que sea requerida por la administración o como respaldo del oferente, adjudicado y/o contratado.
- Oferta Base, Alternativas, en Conjunto o Consorciada: Se regulará conforme lo indicado en el artículo 125 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Los documentos adjuntos al pliego de condiciones forman parte integral de este, de forma tal que en caso de duda sobre las especificaciones técnicas del bien o servicio a adquirir prevalecerán las descripciones que elaboren las áreas técnicas y que se hagan constar en la documentación adjunta al pliego de condiciones en Sistema Integrado De Compras Públicas.
La Municipalidad de Grecia se reserva el derecho de adjudicar en forma parcial cuando surjan temas de interés público. El plazo para dictar el acto final será el doble del plazo fijado en el pliego para la recepción de ofertas. En casos excepcionales y por acto motivado, se podrá prorrogar hasta por un plazo igual al definido en la recepción de ofertas.
Conforme a los artículos 104 y 139 del Reglamento a la Ley General de Contratación pública la Municipalidad se reserva el derecho de aumentar o disminuir las cantidades, conforme al disponible presupuestario, así mismo conforme al artículo 90 inciso h) se reserva el derecho de no adjudicar aquella (s) líneas que tengan precios fuera del mercado nacional en la línea afectada.
- Presupuesto detallado:
El presupuesto detallado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato. En caso de no presentarse en ese plazo, la Administración procederá con la insubsistencia del concurso.
El adjudicado en firme previo a la firma del contrato debe de presentar una garantía de cumplimiento por un porcentaje de un 10% con una vigencia de 8 meses. Si la garantía cumplimiento se rinde mediante dinero en efectivo, el obligado, utilizando el Sistema Integrado de Compras Públicas deberá transferir el dinero a una cuenta domiciliada de la Institución previamente establecida y asociada a este procedimiento.
La Garantías de cumplimiento deben de ser rendidas en forma electrónica, podrán rendirse en cualquier moneda extranjera o bien en su equivalente en moneda nacional, al tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al día anterior a la presentación de la oferta o la suscripción del contrato. En este último caso el contratista está obligado a mantener actualizado el monto de la garantía durante toda la contratación.
Es una obligación del contratista mantener vigente la garantía de cumplimiento mientras no se haya recibido el objeto del contrato. Si un día hábil antes del vencimiento de la garantía, el contratista no ha prorrogado su vigencia, la Administración podrá hacerla efectiva en forma preventiva y mantener el dinero en una cuenta bajo custodia, el cual servirá como medio resarcitorio en caso de incumplimiento. En este caso el contratista podrá presentar una nueva garantía sustitutiva.
En el caso de que la institución contratante se viera obligada a ejecutar la garantía antes del vencimiento del contrato, el adjudicatario rendirá una nueva, de manera que el contrato en todo momento quede garantizado hasta su ejecución total. En caso de no rendir la nueva garantía, será motivo suficiente para resolver el contrato.
En caso de contrataciones de más de una línea, la garantía debe rendirse con base en el monto global ofertado y no por línea.
La Garantía de Cumplimiento será devuelta al contratista en el plazo indicado en las condiciones particulares del pliego de condiciones o en su defecto dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha en que la Administración haya recibido de forma definitiva y a satisfacción el contrato, comprobado mediante documento suscrito por el Administrador del Contrato debidamente justificado y se haya realizado la recepción provisional y definitiva en Sistema Integrado de Compras Públicas.
En ofertas conjuntas cada oferente podrá respaldar solo el componente que cotiza o aportar una garantía para todo el monto ejecutable indistintamente de quien incumpla. En ofertas en consorcio se presentará una única garantía.
Tanto para la garantía de cumplimiento y colateral, el monto o porcentaje, así como su vigencia se establecerá en el pliego de condiciones.
Cuando se trate de una garantía de cumplimiento o colateral otorgada mediante un depósito de bono de garantía, el obligado, para rendir la garantía electrónica deberá acudir a una entidad emisora de este tipo de garantías. La entidad garante deberá transmitirla a Sistema Integrado de Compras Públicas en el mismo acto de su emisión.
- Orden de compra:
Aplicará este documento como un trámite a lo interno en aquellas contrataciones que ameriten acreditar los registros a nivel presupuestario que se origen en sistema integrado de compras públicas, quedando claro para el adjudicado en firme que no será un documento mandatorio para esta Municipalidad para iniciar con el plazo de entrega. Queda en claro que es un trámite único y exclusivo a lo interno, prevaleciendo lo señalado en el sistema integrado de compras públicas en la notificación de la formalización del contrato.
El contratado debe realizar la solicitud provisional a través del sistema integrado de compras públicas para este procedimiento, del cual el administrador de esa contratación confrontará el objeto contratado y podrá tramitarlo sin condicionamiento alguno o bajo protesta, Debe estar la solicitud en sistema integrado de compras públicas previo a la entrega del objeto con al menos un día hábil antes de la entrega del objeto o de lo contrario no se recibirá.
En caso de presentarse en la entrega del objeto, anomalías, incongruencias, o su estado el administrador de la contratación dejará consignado al contratado por escrito y en sistema integrado de compras públicas, con el detalle de los aspectos a corregir y el plazo en que deberá hacerlo, el cual no podrá exceder de la mitad del plazo de ejecución original.
El plazo de entrega rige a partir de la notificación del documento “Contrato” que se emite y notifica el sistema integrado de compras públicas En el caso de compras por demanda, el documento correspondiente para los plazos de entrega será de la notificación de cada “Orden de Pedido” que sea tramitada por la Administración al contratado en sistema integrado de compras públicas.
La modalidad de entrega será la establecida para cada línea en particular, siendo que dentro de un mismo contrato se puede encontrar líneas con entregas parciales y otras con entregas totales.
En el caso de ser obra, salvo disposición expresa en el pliego de condiciones, la orden de inicio se tiene por dada con la notificación del contrato que emite el sistema integrado de compras públicas y para aquellos bienes y servicios que sean establecido por cantidad definida. En el caso que se especifique un inicio distinto, la parte técnica coordinará con el contratado la fecha de inicio, a partir de la cual comienza a correr el plazo para la entrega definitiva de la obra. La coordinación que se realice entre la parte técnica y el proveedor deberá constar en el sistema integrado de compras públicas.
El plazo de entrega inmediato, se refiere al día hábil siguiente después de la comunicación señalada en sistema integrado de compras públicas.
Esta Municipalidad una vez generada la recepción provisional y definitiva lo comunicará por sistema integrado de compras públicas al contratado.
El adjudicado debe de solicitar por medio de sistema integrado de compras públicas, la recepción Provisional y Definitiva. La recepción definitiva sería en aplicación de lo regulado en el artículo 188 y 189 para los casos de obra pública y los artículos 284 y 285 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, en las condiciones generales se detalla este punto.
En contrataciones que se estipulen pagos por avance en obra, las solicitudes de pago se realizaran por medio de “Solicitud de Información” en la etapa de contrato y se realizara una única recepción provisional y definitiva en el último pago del proyecto.
- Factura:
La factura de pago deberá ser remitida vía Sicop por medio de gestión de pago así como al correo facturas_electronicas@grecia.go.cr., esta debe de tener fecha igual o posterior a la aprobación de la recepción definitiva en sistema integrado de compras públicas.
El código de actividad referente a la Municipalidad de Grecia es el 8411.0
Las Municipalidad de este país se encuentran exentas de todo tipo de impuestos conforme a la Ley 9635, del transitorio X ”Fortalecimiento de las Finanzas Públicas”.
De conformidad con el artículo de la Ley 7558, para aquellas contrataciones adjudicadas en una moneda diferente al colón, se aplicara el tipo de cambio de referencia para la venta emitido por el Banco Central de Costa Rica vigente al día en se efectuara el pago.
- Cesión:
De conformidad con el artículo 277 del Reglamento de la Ley General de Contratación Pública, la cual cita “Los derechos y las obligaciones derivados de un contrato en ejecución podrán ser cedidos a un tercero, previa autorización de la Administración, siempre que no se trate de una obligación personalísima.
El jerarca o quien éste designe contará con un plazo de hasta diez días hábiles para resolver la solicitud de cesión planteada, la cual debe acompañarse como mínimo de la solicitud formulada por el cedente la aceptación del cesionario y cualquier documentación que resulte pertinente en relación con sus condiciones. La autorización que emita el jerarca o quien este designe, deberá adoptarse mediante acto debidamente motivado en el que al menos se analicen los aspectos indicados en el artículo 102 de la Ley General de Contratación Pública”.
- Cesión de derecho de pago:
Conforme se establece en el artículo 278 del Reglamento la Ley General de Contratación Pública, los documentos deberán ser presentados en el Sistema digital unificado.
“La cesión de pago recibida por la Administración no exonera al contratista de sus obligaciones y tampoco convierte al cesionario en parte contractual”.
- Sustitución del administrador del contrato:
En caso de ausencia temporal del funcionario designado como órgano supervisor del contrato, quien asuma el puesto o en su defecto el superior jerárquico inmediato continuará con la labor de control, supervisión y coordinación de este. En caso de ausencia permanente se constituirá como nuevo órgano supervisor del contrato quien asuma el puesto ya sea de forma interina o permanente. Dicha situación será comunicada al contratado.
Salvo que se disponga cosa distinta en las condiciones específicas del Pliego de condiciones, para los efectos de subcontratar se aplicará lo dispuesto en el artículo 49 del LGCP y 133 de su reglamento.
Todas las prohibiciones, así como las cláusulas de confidencialidad que se establezcan en el pliego de condiciones para el oferente, aplican de la misma forma para aquel a quien se subcontrata, no obstante, la Municipalidad no asume ningún tipo de compromiso para con este. Asimismo, el oferente deberá presentar junto con su oferta un desglose de las posibles empresas o personas a quienes subcontratará.
Durante la ejecución del contrato el subcontratado debe cumplir con todos los requisitos.
La Administración se reserva el derecho de verificar el cumplimiento de dichos requisitos durante la ejecución contractual.
El oferente podrá subcontratar hasta en un 50% del monto adjudicado. En todo caso, la subcontratación no relevará al contratista de su responsabilidad.
En los documentos adjuntos a la oferta, el (la) oferente debe realizar la indicación de si requiere subcontratistas Sí_________ No__________
En caso de que existan subcontratistas, en la oferta se deberá:
- Indicar los nombres de las personas físicas o jurídicas a quienes se pretende subcontratar.
- Indicar el porcentaje de participación, el cual no podrá superar el 50% del contrato que se pretende obtener en el costo total de la oferta, salvo autorización previa y expresa de la Administración a través de sus representantes técnicos, cuando a juicio de esta última existan circunstancias muy calificadas que así lo justifiquen.
- Presentar nota suscrita por el subcontratado, donde éste último muestre conformidad a prestar sus servicios para el (la) oferente y en el proyecto de interés.
- Aportar las mismas declaraciones juradas presentadas por el (la) oferente que se muestran en el apartado de “Condiciones y Declaraciones” del pliego de condiciones del expediente, y deberán aportar una certificación de los titulares de su capital social y de sus representantes legales, cuando ello corresponda.
Se realizará consulta de estar al día en sus obligaciones ante la Caja Costarricense del Seguro Social, Fondo de Desarrollo y Asignaciones Familiares y Ministerio de Hacienda.
De autorizarse al contratista alguna subcontratación, éste se obliga solidariamente con el eventual subcontratista por la responsabilidad emanada de los derechos laborales de los trabajadores empleados por el o la subcontratista. Además, la subcontratación no releva al contratista de su responsabilidad por la ejecución defectuosa en el servicio que se realice. La no aprobación de algún subcontratista no da derecho alguno al adjudicatario en cuanto a prórrogas, obras extras, aumentos, etc.
- Tramite y forma de pago:
Una vez notificada al contratado el acta de recepción definitiva por sistema integrado de compras públicas, podrá generar la factura electrónica y remitirse por ese sistema para el inicio del trámite respectivo de pago.
Las dependencias usuarias no recibirán las facturas junto con los bienes, servicios y/o obra; debe atenderse por el sistema integrado de compras públicas.
La factura electrónica debe cumplir con los requisitos que exige el Ministerio de Hacienda, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Impuesto General sobre las Ventas y adicionalmente en “otros” el proveedor debe indicar información del número de contrato que se solicita cancelar y el número de procedimiento.
El pago tendrá lugar dentro de los treinta días naturales a partir de la presentación de la factura en sistema integrado de compras públicas, la cual debe ser la fecha de notificación por ese sistema y después de notificada el Acta de Recepción Definitiva del objeto contractual de conformidad con lo establecido en la Ley vigente. Esta disposición aplica también para pagos parciales derivados de contratos de servicios continuados o compras por demanda.
- Finiquito:
El Administrador del Contrato está en la obligación de tramitar el finiquito ante los representantes de las partes y atender lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 44937-H-MICITT-MIDEPLAN. Esta condición aplicará de manera obligatoria para los contratos de obra pública y facultativamente en aquellos contratos de bienes y servicios que por sus características sean sometidos a una vigencia igual o superior a los seis meses o en contratos continuos hasta cubrir los cuatro años.
Las partes tendrán la responsabilidad de mantener el equilibrio económico en todo momento, siendo necesario advertir esas variaciones y se consolide ese registro en el finiquito.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Multa: En caso de que el adjudicatario incumpla en el contrato con lo requerido en el pliego de condiciones y no proceda a realizar las correcciones que le indique la Administración en el plazo señalado por esta última, iniciará el procedimiento para aplicar la multa respectivo por el hecho de conformidad con la matriz de cláusula penal y multa adjunta en el pliego de condiciones, por cada día de atraso en la no corrección de lo indicado, hasta un máximo de 25% (veinticinco por ciento). El cobro de multas se hará reteniendo su equivalente en la facturación a cancelar al contratado conforme a la gestión por parte del Administrador del Contrato debidamente acreditada para tal fin, y quedará retenido hasta cumplir el proceso respectivo y resolución misma para la decisión final. Para fines de la multa se considera como incumplimiento lo siguiente: Multa diaria Descripción de la multa Multa 1 0,38% Cuando se incumpla o se detecte incumplimiento de los requisitos de admisibilidad. Multa 2 0,38% El contratista incorpora personal no idóneo o distinto a brindar el servicio contratado, según los requerimientos del pliego de condiciones. Multa 3 0,38% Incumplimiento de los tiempos de respuesta establecidos en el SLA.
Cláusula penal. Cláusula Penal: En caso de existir atrasos en el plazo de entrega del objeto de la contratación el adjudicatario deberá pagar por concepto de cláusula penal un 1,50% del valor del monto total adjudicado, o del pago correspondiente al avance del proyecto, hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe total del contrato. El contratado previo a finalizar el plazo contractual debe dejar constar al Administrador del contrato las razones por las cuales no podrá cumplir debido a situaciones de fuerza mayor, caso fortuito y/o negligencia de la administración, mismas que debe tramitar en sistema integrado de compras públicas durante el plazo contractual, del cual será ese momento jurídico de hacer constar la oportunidad del contratado para que no se aplique la cláusula penal. El contratado debe tener claro que para no incumplir en la cláusula penal debe solicitar la recepción provisional por sistema integrado de compras públicas, para que el administrador del contrato valide esta condición de cumplimiento y se deje constar la correcta ejecución contractual. En caso de que el contratado olvide o no trámite en sistema integrado de compras públicas esta solicitud, no será responsabilidad de la Municipalidad ni del Administrador del Contrato, acreditar por otra vía distinta al sistema integrado de compras públicas esa recepción provisional, quedando así claro que para esta etapa contractual sólo atenderá la administración esta gestión por dicho sistema. La fórmula y el detalle del porcentaje consignado en este punto se encuentran en el Excel adjunto.
Documentos del cartel10
- Alerta sobre FraudePDF · 809 KB
- Comportamiento éticoPDF · 1,7 MB
- Cláusula hostigamientoDOCX · 20 KB
- TIC-0081-2026PDF · 3,3 MB
- ALC-1125-2026PDF · 420 KB
- Multas y cláusulasXLSX · 92 KB
- Constancia presupuestariaPDF · 297 KB
- Estudio de mercadoXLSM · 430 KB
- CronogramaXLSX · 20 KB
- Pliego de condicionesPDF · 471 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Maria Marisol Alvarez Segura
Tecnologías de la Información
Maria Marisol Alvarez Segura
Tecnologías de la Información
Karen Tatiana Barrantes Barrantes
Encargado del concurso · Administración de Bienes y Servicios
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 05/10/2026 05:12. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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