2026LD-000217-0006300001 · SICOP 20260802258
ADQUISICIÓN DE SISTEMA MULTICAMARA PARA SALA DE SESIONES DEL CONSEJO INSTITUCIONAL
Instituto Tecnológico de Costa Rica
Instituto Tecnológico de Costa Rica ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡6,0 millones y quedó en firme el 14/09/2026. Se recibieron 2 ofertas de 1 empresa. Ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡6,0 millones
Ofertas recibidas
2
de 1 empresa
Oferta más baja
₡6,0 millones
0,1 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 14/09/2026
- Mas Musica Internacional₡5 995 560,00
Informe de recomendación de Keren Raquel Murillo Lizano, 09/09/2026 · adjuntos: ANALISIS ADMINISTRATIVO 2026LD-000217-0006300001.pdf, ANÁLISIS RAZONABILIDAD 2026LD-000217-0006300001.pdf, Resumen ejecutivo 2026LD-000217-0006300001 ADQUISICIÓN DE SISTEMA MULTICAMARA.pdf, SCI-734-2026 Respuesta AP-624-2026 cámaras_sala.pdf
Fechas clave
- Se publicó26/08/2026 14:49 · hace 46 días
- Límite para 27/08/2026 16:00 · hace 45 días
- Límite para 28/08/2026 23:59 · hace 44 días
- Cierre de ofertas03/09/2026 13:00 · hace 38 días
- de ofertas03/09/2026 13:00 · hace 38 días
- publicado09/09/2026 13:30 · hace 32 días
- Adjudicación 14/09/2026 10:43 · hace 27 días
Contexto
- Instituto Tecnológico de Costa Rica adjudicó ₡3 604,0 millones en 386 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Equipo Profesional de Trasmision y Grabacion de Streaming con Camaras Ptz,con Salida de Video Hdmi y Sdi. con 255 Posiciones Prestablecidas Full HD, con Unidad de Control PTZ, Switcher de Video1 c/u · ₡6 000 000,001 c/u₡6 000 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡5,1 millones – ₡6,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : permitido
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡451,7 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Mas Musica InternacionalGanó | 100 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Firmeza del acto
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
1. REQUISITOS ADMISIBILIDAD
El oferente debe certificar mediante declaración jurada que para la marca ofertada:
- Es distribuidor o vendedor autorizado y debe contar con taller de reparación para la atención de reparaciones de los equipos.
- Cuenta con al menos 5 años de experiencia en la venta de la marca, para demostrar la experiencia, se deberá presentar una declaración jurada con al menos tres (3) clientes como referencia en Costa Rica; la misma debe contener nombre de la empresa, nombre del encargado, teléfono, correo electrónico. El ITCR se reserva el derecho de verificar toda la información solicitada en este punto, por lo que podrá solicitar copia de las facturas de ventas realizadas por el oferente.
- Cuenta con técnicos calificados para la atención de averías, ll personal técnico del oferente debe poseer títulos de técnico, otorgado por las marcas ofertadas, colegio vocacional o cualquier otra institución acreditada para la capacitación de técnicos en esta especialidad.
- Debe indicar nombre del personal que brindará el servicio, se requiere como mínimo 2 técnicos para la prestación del sistema y capacitados (Técnico en Electrónica, Técnico en soporte).
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
1. DESCRIPCIÓN Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
a. Como oferente debe presentar las respectivas fichas técnicas oficiales del equipo ofertado y/o Literatura técnica que permita verificar el cumplimiento de cada especificación solicitada.
b. Las especificaciones solicitadas en el pliego de condiciones deben ser comprobables mediante la ficha técnica presentada o bien mediante manifestación expresa en su oferta, en caso de no poder corroborar su cumplimiento la oferta será descalificada.
PARTIDA #1
|
Solicitud |
Cantidad |
Descripción |
|
286875 |
|
Sistema multicámara para la sala de sesiones del Consejo Institucional, para el cual se requiere que incluya los siguientes equipos con las características indicadas: |
|
1 |
Switcher de video con encoder de video streaming incluido · Debe incluir al menos 8 entradas SDI 3G · Debe incluir al menos 4 salidas SDI programables · Debe incluir al menos 2 puertos USB tipo 3.1 para conexión de dispositivos de grabación externos, salida como cámara web, control del software y actualización del software · Debe incluir al menos 2 entradas de audio en conexión de 3,5mm · Debe incluir al menos 1 salida de audio en conexión de 3,5mm · Debe soportar incluir al menos 2 reproducciones multimedia · Debe incluir al menos un puerto Ethernet 10/100/1000 BaseT para transmisión en vivo desde el equipo, control de software, actualización del software y conexión con un panel · Debe permitir la transmisión en directo desde el dispositivo mediante protocolo RTMP, red ethernet o conexión USB |
|
|
3 |
Cámaras PTZ HD/SDI HD · Debe soportar Full HD DE 1920x1080 60fps · Debe incluir al menos 1 salida SDI para salida del vídeo · Debe incluir al menos 1 salida HDMI para salida de vídeo · Debe soportar los protocolos VISCA, Pelco-D, Pelco-P, DVIP, DVIP, ONVIF, NDI, RS-232, RS422 y RS-485 para control remoto de la cámara · Debe soportar los formatos de transmisión RTSP, RTMP(S), ONVIF, Multicast, SRT y NDI|Hx · Debe contar con un ángulo de apertura de del menos 54° · Debe incluir una aplicación para control de la cámara desde una tablet o smartphone, con vista en tiempo real de la cámara · Debe soportar un zoom óptico de al menos 20x y un zoom digital de al menos 10x · Debe soportar un paneo de al menos 340° y una inclinación de - 30° a +90° · Debe soportar la configuración de al menos 255 posiciones predeterminadas · Debe incluir una luz LED indicadora del estado en rojo y verde · Debe soportar los formatos de compresión H.264 y H.265 |
|
|
|
1 |
Unidad De Control PTZ Cámaras · Unidad de control multicámara con capacidad de controlar hasta 8 cámaras con control serial y 24 cámaras con control DVIP · Debe soportar los protocolos VISCA, VISCA over IP, DVIP · Debe permitir guardar al menos 14 posiciones predefinidads por cada cámara · Debe incluir al menos un puerto Rs-422 · Debe incluir al menos un puerto Ethernet · Debe permitir controlar el zoom óptico, iris, focus, pan, tilt y posiciones predefinidas · Debe permitir ser controlado (pan, tilt, zoom, iris y posiciones predefinidas) desde una aplicación en una Tablet, Smartphone o computador. |
|
|
4 |
Microconvertidores bidireccionales SDI/HDMI 12G con fuente de alimentación · Convertidor de señales tipo SDI a HDMI y HDMI a SDI · Debe incluir al menos 2 conectores tipo BNC (uno de entrada y uno de salida) · Debe incluir al menos 2 puertos HDMI (uno de entrada y uno de salida) Debe incluir la fuente de poder. |
|
|
1 |
Monitor doble Full HD de 10” para rack · Debe incluir dos monitores de 10,1 pulgadas dentro del mismo chasis · Debe soportar ser instalado en un rack · Debe incluir dos puertos SDI de entrada (una para cada pantalla) · Debe incluir dos puertos HDMI de entrada (una para cada pantalla) · Debe incluir dos puertos SDI de loop out (una para cada pantalla) · Debe incluir dos puertos HDMI de loop out (una para cada pantalla) Debe soporta la conversión cruzada de señales SDI-HDMI. |
|
|
2 |
Tablero USB programable para control avanzado · Debe incluir al menos 32 teclas LCD programables · Debe incluir una interfaz USB-C 3.0/3.1/3.2 Gen 1 Female · Debe incluir el cable de conexión USB-C a USB-A · Debe ser compatible con Windows 10 o superior y con macOS 10.14 o superior Debe estar certificado como un hardware compatible con Zoom Workspace. |
|
|
|
Capacitación e Instalación Tipo llave en mano · La instalación deberá contemplar todos los materiales necesarios para una correcta funcionalidad del Sistema de Video solicitado en este Cartel · Se deben contemplar todos los materiales eléctricos, señales de video y control, señales de audio, todo esto con sus respectivas placas instaladas donde se vayan a colocar los equipos. · Para la señal de las cámaras se debe utilizar cable SDI-hdtv de alta frecuencia con su debido conector BNC (de ser necesario se podrán utilizar Convertidores de SDI a Hdmi) · Para el control de las cámaras se debe utilizar cable UTP Cat 5e con su debido conector · Para los circuitos eléctricos se debe utilizar cable Thhn calibre #12 con tomacorrientes polarizados · Toda canalización necesaria, será realizada por medio de tubería EMT y/o canasta abierta o ducto eléctrico todo con sus debidos accesorios y debidamente anclado e instalado de forma que sea lo más estético posible · Las labores de instalación serán supervisadas por el DATIC y el DAM, y el adjudicado deberá de tener los permisos de la administración para poder realizarlas Las cámaras y demás equipos deben contar con su respectivo soporte para una correcta instalación. |
Los precios deben ser cotizados en plaza (DDP). No se tramitará nota de exoneración.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN
(Incoterm DDP – En plaza)
1. GENERALIDADES
a. Serán personas oferentes todas aquellas personas físicas o jurídicas que presenten
sus ofertas en forma electrónica por medio del Sistema Digital Unificado, actuando por
sí mismo o por medio de un representante.
b. Por el solo hecho de presentar su oferta en el presente concurso, la persona oferente
admite:
• Conocer completamente las condiciones del concurso, sus aclaraciones o
modificaciones, y que acepta todos los términos y condiciones que en ellos constan.
• Cumplir estrictamente con las obligaciones laborales y de seguridad social de sus
trabajadores y que el contrato que se llegue a suscribir entre las partes no generará
responsabilidad alguna para el ITCR, en cuanto a dichos rubros.
• Someterse a la jurisdicción y a los Tribunales Nacionales.
c. El ITCR verificará la situación de la persona oferente con sus obligaciones con el
Ministerio de Hacienda, mediante el sitio
https://www.hacienda.go.cr/ATV/frmConsultaSituTributaria.aspx. En caso de duda con
la información obtenida, el funcionario encargado de este proceso remitirá la
prevención respectiva a la persona oferente.
2. OFERTAS ELECTRÓNICAS
a. Toda oferta debe ser elaborada y presentada en el Sistema Digital Unificado, a más
tardar a la hora y fecha indicada en el pliego de condiciones como cierre de recepción
de ofertas.
b. En los casos cuando se aporten manuales o documentación técnica que no esté
disponible en documento electrónico o no cuente con firma digital certificada, este se
debe incluir como un archivo PDF o JPG.
c. La información técnica o complementaria y los manuales de uso expedidos por el
fabricante deberán presentarse en idioma español, según se indica en el artículo 118,
del Reglamento de la Ley General de Contratación Pública (RLGCP), salvo que en el
pliego de condiciones se permitan otros idiomas con la traducción debidamente
consularizada o se acepte una traducción libre de su texto.
d. La persona oferente debe tener una cuenta domiciliada, cuenta que utilizará para
realizar el pago del monto correspondiente por los timbres y a los depósitos o
transferencias en efectivo correspondiente a garantías de cumplimiento o colateral.
e. El acto de apertura de las ofertas se realizará mediante el Sistema Digital Unificado, en
la fecha y hora establecida en el pliego de condiciones.
f. Las personas oferentes podrán efectuar observaciones al acta de apertura de ofertas
en forma electrónica por medio del Sistema Digital Unificado dentro del plazo de un día
hábil posterior a la publicación de la apertura.
g. Todas las unidades de medidas que se utilicen en la oferta deben estar dadas en el
Sistema Internacional (S.I.) de Pesos y Medidas.
h. No se autoriza la presentación de ofertas en conjunto.
i. Oferta Base y Ofertas Alternativas:
2
Formulario
AP- 01
Nov 2023
• La oferta base es aquella que cumple con los requisitos establecidos en el pliego de
condiciones (Condiciones Generales, Especificaciones Técnicas y Planos cuando
correspondan).
• En el pliego de condiciones se indicará cuando se aceptan ofertas alternativas, se
entenderá por oferta alternativa una propuesta distinta a la definida en el pliego de
condiciones, respetando el núcleo del objeto y la necesidad a satisfacer, que puede
ser conveniente y oportuna para la entidad. La Institución en la sección [5.Oferta]
del pliego de condiciones indicará la cantidad máxima de ofertas base y alternativas
que se permitirán.
j. Cantidad de Ofertas: Para efectos de presentar varias ofertas, la persona oferente
deberá registrarlas de forma separada en el Sistema Digital Unificado.
k. Cuando la Institución requiera muestras del producto a ofertar, en la sección [11.
Información, bien, servicio u obra] en el detalle de línea del pliego de condiciones se
indicará cómo se llevará a cabo la entrega, la custodia, el análisis y la devolución de
las muestras.
3. PÓLIZA
Para contratar con la Administración es obligatorio cumplir con lo establecido en los
artículos 193 y 201 del Código de Trabajo, en cuanto a la obligación de asegurar a sus
trabajadores contra riesgos del trabajo en todas las actividades laborales. Lo cual será
verificado con la presentación de la correspondiente Certificación de Riesgos de
Trabajo al presentar la oferta y durante todo el período de ejecución contractual.
4. GARANTÍA SOBRE LOS BIENES Y SERVICIOS
a. La oferta debe indicar claramente y por escrito el plazo de la garantía de los bienes o
servicios.
b. La garantía debe ser real y domiciliaria (se debe realizar en las instalaciones del
Instituto Tecnológico de Costa Rica). Para efectos de garantía no se aceptarán bienes
o servicios con características o calidades menores a las adjudicadas.
5. EJECUCIÓN DE GARANTÍA DE FUNCIONAMIENTO
a. La persona contratista quedará comprometida a reponer, por su cuenta y riesgo,
incluyendo el transporte y cualquier otro gasto adicional, los bienes o servicios que se
compruebe se han dañado o bien que presenten problemas durante el período de
garantía como consecuencia de defectos de fabricación, por mala calidad de los
materiales empleados, por funcionamiento defectuoso, por deficiente embalaje o por
cualquier otra causa imputable a la persona contratista, incluyendo los faltantes de
fábrica.
b. Los bienes o servicios reemplazados por las causas mencionada anteriormente
gozarán de las mismas garantías de reemplazo por cuenta de la persona contratista.
Si el daño se repitiera se suspenderá la vigencia del periodo que la persona contratista
tarda en reemplazar el producto adjudicado una vez comprobado que no existan
defectos, la garantía vuelve a correr por lo que resta del periodo de vigencia. Los bienes
o servicios reemplazados gozarán del mismo periodo de garantía originalmente
solicitado.
c. La persona contratista, en todos los casos, cubrirá los costos de envío, sustitución y
devolución.
3
Formulario
AP- 01
Nov 2023
d. En caso de que corresponda la persona contratista deberá garantizar la existencia y el
suministro de piezas de repuesto, incluyendo los componentes que no sean de su
manufactura.
e. En caso de contratación de servicios, éstos deben responder a los fines expuestos en
el contrato, sin perjuicio de las mejoras que puedan sobrevenir, pero nunca podrá ser
en detrimento de la necesidad pública contratada.
6. ESPECIES FISCALES
a. El ITCR establecerá en el pliego de condiciones el monto o porcentaje correspondiente
a las especies fiscales de conformidad con lo establecido en el artículo 272 del Código
Fiscal, corresponde a la persona adjudicataria realizar el pago respectivo, previo a la
formalización del contrato. indicado en la sección [6. Timbres] del pliego de
condiciones.
b. Toda persona adjudicataria debe cubrir los costos de especies fiscales que requiere la
contratación (Art. 275 del Reglamento a la Ley General de Contratación Públicas).
7. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
a. Debe ser presentada en forma electrónica, en cualquier moneda extranjera o bien en
su equivalente en moneda nacional, al tipo de cambio de referencia para la venta,
calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al día anterior de la suscripción
del contrato. En este último caso la persona contratista está obligado a mantener
actualizado el monto de la garantía.
b. Deberá estar vigente por el plazo indicado en la sección [4. Garantías] del pliego de
condiciones o en su defecto hasta por el plazo de dos meses adicionales a la fecha
probable de la recepción definitiva del objeto contractual.
c. Será devuelta por medio del sistema digital unificado a la persona contratista en el plazo
indicado en las condiciones del pliego de condiciones o en su defecto dentro de los 20
días hábiles siguientes a la fecha en que la Administración haya recibido de forma
definitiva y a satisfacción el contrato, comprobado mediante documento suscrito por el
Administrador del Contrato, previa solicitud del contratista.
d. En el caso de que el ITCR se viera obligado a ejecutar la garantía antes del vencimiento
del contrato, la persona adjudicataria rendirá una nueva, de manera que el contrato en
todo momento quede garantizado hasta su ejecución total. En caso de no rendir la
nueva garantía, será motivo suficiente para resolver el contrato.
e. Es una obligación de la persona contratista mantener vigente la garantía de
cumplimiento hasta por el plazo de dos meses adicionales a la fecha probable de la
recepción definitiva del objeto contractual. Si un día hábil antes del vencimiento de la
garantía, la persona contratista no ha prorrogado su vigencia, el ITCR podrá hacerla
efectiva en forma preventiva y mantener el dinero en una cuenta bajo custodia, el cual
servirá como medio resarcitorio en caso de incumplimiento. En este caso la persona
contratista podrá presentar una nueva garantía sustitutiva.
f. Tanto para la garantía de cumplimiento y colateral, el monto o porcentaje, así como su
vigencia se establecerán en la sección (4. Garantías) del pliego de condiciones.
g. Las garantías de cumplimiento y colateral deberán rendirse por medios electrónicos, de
acuerdo con lo establecido en artículo 44 del Decreto No. 36242-MP-Plan.
h. Cuando se trate de una garantía de cumplimiento o colateral otorgada mediante un
depósito de bono de garantía, el obligado, para rendir la garantía electrónica deberá
4
Formulario
AP- 01
Nov 2023
acudir a una entidad emisora de este tipo de garantías. La entidad garante deberá
transmitirla al Sistema Digital Unificado en el mismo acto de su emisión.
i. Cuando la garantía de cumplimiento se rinda mediante certificados de depósito a plazo,
bonos del Estado y sus Instituciones y cheques certificados o de gerencia de un banco
del Sistema Bancario Nacional, el obligado deberá entregar estos valores al banco
asignado para este efecto en las condiciones particulares del pliego de condiciones para
que dicha entidad se encargue de su custodia.
j. Cuando la garantía de cumplimiento se rinda mediante dinero en efectivo, el obligado,
utilizando el Sistema Digital Unificado deberá transferir el dinero a una cuenta
domiciliada de la Institución.
8. PATENTE Y PERMISO SANITARIO DE FUNCIONAMIENTO
a. Patente respectiva donde acredite la actividad comercial, debe ser a fin al objeto
contractual y a nombre de la persona física o jurídica que presenta la oferta. Para
comprobar el requisito debe presentar Copia de la Patente o en su defecto la nota
emitida por la Municipalidad respectiva en donde expresamente se indique que se
exonera de la patente para la actividad comercial ofertada. No se aceptan
declaraciones juradas.
b. Todo oferente deberá contar con el Permiso Sanitario de Funcionamiento de la
empresa o persona física, extendido por el Ministerio de Salud, de conformidad con los
Decretos D-34728-S y D- 6985-S, Reglamento General de Otorgamiento de Permisos
de Funcionamiento y sus reformas; el mismo debe estar emitido a nombre del oferente
y la actividad autorizada debe ser atinente a lo requerido por la Administración;
asimismo, debe estar vigente, para lo cual deben aportar copia de los documentos
que demuestren tales condiciones. Para los casos que estén exentos de contar con el
Permiso Sanitario de Funcionamiento deben aportar documento del Ministerio de Salud
que así lo acredite.
9. PRECIOS
a. Para la evaluación y análisis del precio presentado en la oferta, el ITCR aplicará lo
establecido en el artículo 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
b. Los precios cotizados serán firmes, definitivos y en plaza (Incoterm DDP -
nacionalizados). Lo anterior, sin perjuicio de la aplicación de los mecanismos de revisión
de precios vigentes, o que se indiquen, en lo que se refiere únicamente a cotizaciones
en colones.
c. Cuando se trate de la contratación de obras y servicios la persona oferente deberá
indicar en la sección (Información de bienes servicios u obras) el desglose de la
estructura del precio. En el caso de bienes, cuando se solicite en el pliego de
condiciones.
d. El precio total cotizado debe presentarse en números con no más de dos decimales y
en letras coincidentes, en caso de duda prevalecerá el precio cotizado en letras. Las
ofertas presentadas en moneda extranjera serán comparadas con respecto a las
cotizaciones en moneda nacional, según el tipo de cambio de referencia para la venta,
calculado por el BCCR, vigente al día de apertura de las ofertas, según lo establecido
en el artículo 98 del Reglamento de la Ley General de Contratación Pública.
e. La persona oferente debe detallar con claridad y en forma expresa, todo tipo de
erogación a cargo del ITCR que se derive de la adjudicación de esta contratación.
5
Formulario
AP- 01
Nov 2023
10. NORMATIVA INTERNA
a. Los Campus y Centros Académicos del ITCR son 100% Espacios Libres de Humo de
Tabaco, acordado en la sesión ordinaria del Consejo Institucional No. 2754, del 8 de
marzo del 2012, por lo tanto: No se permite fumar dentro de las instalaciones incluido
parqueos y zonas verdes.
b. Se debe acatar lo establecido en el artículo 39 del Reglamento contra el Hostigamiento
Sexual en el Empleo y la Academia del ITCR.
c. Se deben acatar las normas vigentes del "Reglamento contra el Acoso Laboral en
el Instituto Tecnológico de Costa Rica".
d. Todos los Campus y Centros Académicos del ITCR están cubiertos por el “Reglamento
contra la Discriminación por orientación sexual, identidad y expresión de género”,
aprobado por el Consejo Institucional, en la Sesión Ordinaria No. 3247, Artículo 7, del
15 de diciembre de 2021 el cual se encuentra en la página web del ITCR. En dicho
reglamento en el artículo 25 inciso g, se establecen las sanciones que en
incumplimiento de este Reglamento serán aplicadas.
e. Todos los reglamentos mencionados en esta cláusula pueden ser consultados en la
página web del ITCR en la sección reglamentos.
11. PARTICIPACIÓN EN CONSORCIO
a. En concordancia con los artículos 125 inciso d) y del 127 al 130 (ambos inclusive) del
Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, el ITCR permitirá la
presentación de ofertas en consorcio, bajo los siguientes términos:
b. Las personas físicas o jurídicas que participen formando un consorcio, deben presentar
sus documentos o atestados en forma individual con la presentación de la plica, para
su respectivo análisis.
c. Si uno o varios de los miembros del consorcio fuesen empresas o personas físicas
extranjeras, la documentación que presenten para el análisis de la Administración debe
venir en original o copia certificada.
d. El ITCR podrá solicitar, a su discreción, la ampliación de la información, así como las
aclaraciones que considere razonables, en aras de lograr una adecuada comparación
entre los oferentes.
e. La documentación debe incluir toda aquella información necesaria para la adecuada
interpretación, usando terminología aceptada que pueda expresar mejor su significado
y el carácter de dicha información.
f. Para efectos de análisis, cada empresa o persona física que conforme el consorcio,
debe ser estudiada en forma separada, para luego determinar su idoneidad en forma
conjunta.
12. SUBCONTRATACIÓN
Se debe aportar junto con la oferta un listado de las empresas o persona física
subcontratadas. En ese detalle, se indicarán los nombres de todas las personas físicas y
jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en
las prestaciones a realizar y se aportará una certificación de los titulares del capital social y
de los representantes legales de aquellas.
13. IMPUESTOS
a. La persona oferente deberá presentar en la sección (Información de bienes, servicios u
obras) de la oferta un desglose de los bienes o servicios ofrecidos junto con los
6
Formulario
AP- 01
Nov 2023
impuestos. En caso de que el pliego de condiciones se refiera a algún rubro sujeto a
exenciones o exoneraciones establecidas en alguna ley especial, se entenderá que esto
aplica para el ITCR, salvo si la ley respectiva disponga que la exención o exoneración
aplica también para la persona contratista.
b. Si se omite esta referencia se tendrán por incluidos en el precio cotizado, tanto los
impuestos, tasas, sobretasas y aranceles de importación, como los demás impuestos
del mercado local.
c. Con el fin de verificar el monto de los impuestos correspondientes, la persona contratista
deberá presentar dentro de sus facturas un desglose de los bienes y/o servicios
adquiridos y los impuestos en forma separada.
d. Para el caso de pagos de servicios que se deban acreditar en el extranjero, el ITCR
realizará la retención correspondiente del Impuesto sobre las Remesas al exterior
vigente al momento de acreditar el pago, y cuyo detalle se encuentra incluido en el
artículo 59 de la Ley de Impuesto sobre la Renta No. 7092.
e. Para el caso de pagos que se deban acreditar en Costa Rica, el ITCR realizará la
retención correspondiente del Impuesto sobre la Renta vigente al momento de acreditar
el pago, y cuyo detalle se encuentra incluido en el artículo 23 inciso g) de la Ley del
Impuesto sobre la Renta No. 7092.
f. El ITCR es contribuyente del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA), el cual grava los
bienes y servicios con un 2% para las Universidades Estatales esto de acuerdo con el
Reglamento de la Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado Decreto Ejecutivo N°41779,
artículo 23 inciso e). Aplicación de tarifas reducidas, del Ministerio de Hacienda. Por lo
que los impuestos deben indicarse por separado, según artículo 98 del Reglamento a
la Ley General de Contratación Pública, caso contrario se presume que el monto
cotizado los contempla.
14. INFORMACION TÉCNICA
a. Toda oferta debe suministrar la documentación técnica, expedida por el fabricante y
suficiente que permita su análisis y estudio comparativo para efectos de adjudicación.
b. Tratándose de la adquisición de bienes, cuando únicamente puedan ser caracterizados
total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no
universales, o marca, ello se hará a manera de referencia. Únicamente podrá ser
estricta la aplicación de estas referencias cuando el objeto de contratación se trate de
repuestos genuinos o la fabricación de piezas que por su aplicación dentro del proyecto
pueda tener el carácter de "especial".
c. La persona oferente debe indicar marcas, modelos, códigos y descripción del producto
ofrecido según corresponda, de lo contrario su oferta quedará excluida, según
resoluciones RC-006-2000 del 1 de febrero del 2000 y R-DCA-263-2011, ambas de la
Contraloría General de la República.
d. Toda descripción en el pliego de condiciones de: catálogos, nombres, marcas,
especificaciones y otras indicaciones que correspondan a determinadas casas
comerciales deben tomarse únicamente como referencia, ya que han sido citados
solamente con el propósito de identificar, describir e indicar las características del
objeto deseado para mayor claridad de los oferentes. Cuando se mencione la marca
de un objeto o característica inherente a él, se entenderá que puede ser suplido en
forma equivalente, pero de calidad y especificaciones iguales o superiores a las de las
marcas señaladas.
7
Formulario
AP- 01
Nov 2023
e. En caso de que el oferente detecte en el presente pliego de condiciones que se carece
de algún elemento para su correcta ejecución, funcionalidad o cumplimiento del bien,
deberá advertirlo oportunamente al ITCR antes de la apertura del concurso, de lo
contrario no podrá invocar esa circunstancia para eximirse de responsabilidad durante
una eventual ejecución contractual, en atención a lo dispuesto en el RLGCP.
f. Para la adquisición de bienes todo oferente debe adjuntar la Ficha Técnica en cada
una de las partidas ofertadas.
15. NORMAS DE CALIDAD
a. Cuando se trate de la adquisición de bienes o servicios, la persona oferente, deberá
indicar las normas bajo las cuales se rigen los bienes o servicios ofrecidos. Cualquier
discrepancia con lo especificado por la Administración, en cuanto a estas normas,
deberá ser indicada por la persona oferente agregando la norma a utilizar y la
equivalencia con las normas que la Administración indicó en el Pliego de condiciones.
b. Donde quiera que se mencione una norma o especificación, debe entenderse que se
aceptará, a criterio exclusivo del ITCR cualquier otra internacionalmente reconocida
que garantice una calidad igual o superior a lo estipulado.
c. En lo que atañe a las regulaciones de calidad se deberán respetar las
regulaciones de la Ley del Sistema Nacional de la Calidad. De acuerdo con el Artículo
90 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, contenido del pliego de
condiciones. sección 3 inciso a.
16. TRAMITE DE EXONERACIÓN
a. Cuando el pliego de condiciones indique modalidad DDP y habilite expresamente el
trámite de exoneración ante el Ministerio de Hacienda, la persona contratista debe
presentar al ITCR la siguiente documentación:
i. Solicitud escrita de exoneración suscrita por la persona contratista o su
representante, en esta hará referencia a la contratación que da origen a la solicitud
y deberá indicar el número de documento de embarque, el tipo de transporte
(vapor, avión o terrestre), el país de procedencia, el consignatario, el remitente, el
peso bruto en kilos y el valor CIF en dólares moneda de Estados Unidos de
América.
ii. Una copia de la (s) factura (s) del o los suministros a exonerar, la misma debe ser
redactada en español o en su defecto debe venir acompañada con la traducción
correspondiente. En el caso de que en una misma factura se consignen otros
suministros, se debe indicar claramente, cuáles son los bienes que serán
entregados a la Institución.
iii. Cuando un contratista nacional intermedie en la importación: Una copia del
documento de embarque o guía aérea, el cual debe cumplir con todos los requisitos
legales que exigen las aduanas del país, para cumplir con los trámites de
exoneración. Asimismo, debe contener un “Endoso comercial a favor del ITCR”,
firmado por el apoderado Generalísimo, o su representante legal, indicando el
nombre, número de cédula y firma.
iv. Cuando un contratista internacional intermedie en la importación: Una copia
del documento de embarque o guía aérea, el cual debe cumplir con todos los
requisitos legales que exigen las aduanas del país, para cumplir con los trámites
de exoneración. Asimismo, puede estar consignado al ITCR o en su defecto
contener un “Endoso comercial a favor del ITCR”, firmado por el apoderado
8
Formulario
AP- 01
Nov 2023
Generalísimo, o su representante legal, indicando el nombre, número de cédula y
firma.
b. El ITCR entregará al contratista o su representante en Costa Rica, la documentación
pertinente a la exoneración para que realicen en la Aduana o Almacén Fiscal los
trámites de desalmacenaje y posterior entrega del bien en las bodegas de la Institución
o en el lugar acordado.
c. Es responsabilidad del contratista cubrir con todos los gastos, que ocasione el
internamiento, desalmacenaje, transporte dentro y fuera del país, hasta entregar el bien
en las bodegas de la Institución.
17. MODALIDADES DE PAGO
a. El ITCR cancelará a la persona contratista el monto respectivo dentro de los 30 días
naturales siguientes a la recepción a satisfacción del contrato. Para ello, una vez
recibido el bien, obra o servicio a satisfacción por el Administrador de contrato, la
persona contratista debe enviar la factura a la dirección de correo electrónico
pagostecapro@itcr.ac.cr (Campus Tecnológico Central Cartago) o
pagostecsc@itcr.ac.cr (Campus Tecnológico Local San Carlos) . Se debe contar con
el visto bueno de la persona Administradora del contrato, para así proceder con el pago
correspondiente.
b. Cuando la adjudicación se consigne en moneda extranjera, el pago se realizará en
colones calculados al tipo de cambio interbancario de venta emitido por el Banco Central
de Costa Rica para las operaciones con el Sector Público no bancario, vigente al día en
que se realice la transferencia respectiva, según Directriz N°DFC-001-2017 “Uso del
tipo de cambio en las operaciones del ITCR”. En caso de que la persona contratista
solicite una prórroga originada por motivos no imputables al ITCR, el pago se calculará
al tipo de cambio establecido en la fecha de entrega inicial.
c. El ITCR indicará en la sección [11. Información de bien, servicio u obra] del pliego de
condiciones, en el detalle de partida las modalidades de pago que utilizará para cumplir
su obligación.
18. CONFIDENCIALIDAD
La condición de “documento confidencial” suministrada por los oferentes en sus
anexos será regulada acorde al artículo 15.- Excepción a la publicidad de la
información de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 30.- De la
información confidencial en el sistema digital unificado del Reglamento para la
utilización del Sistema Integrado de Compras Públicas "SICOP":
Artículo 15.- Excepción a la publicidad de la información: En caso de que un
participante considere que existe información confidencial, así deberá indicarlo de modo
expreso en el sistema digital unificado, al momento mismo de presentar o facilitar la
documentación, haciendo señalamiento claro de los folios o archivos que estima
confidenciales y de los motivos y su sustento jurídico (…)
Artículo 30.- De la información confidencial en el sistema digital unificado: En el
supuesto que un participante considere que la información aportada para un procedimiento de
contratación es de carácter confidencial, deberá indicarlo en el sistema digital unificado con
sus motivos y sustento jurídico con la finalidad de cumplir lo preceptuado en el artículo 15 de
la Ley General de Contratación Pública, salvo solicitud de la Contraloría General de República
(…)
9
Formulario
AP- 01
Nov 2023
Por tanto, la condición de “documento confidencial” que brinda el sistema SICOP para
adjuntar anexos a su oferta puede ser utilizado en la casilla correspondiente en
tanto dichos documentos cumplan esa condición y el oferente adjunte la justificación
correspondiente, de lo contrario la Administración lo reclasificará como “documento
público”.
19. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS, DIFERENCIAS, DISPUTAS O RECLAMOS
Se podrá acudir al arbitraje en los casos en los que así lo autorice previa y expresamente
el Consejo Institucional o el Departamento de Aprovisionamiento, siguiendo la normativa
dictada por la Ley y su Reglamento.
Todas las controversias, diferencias, disputas o reclamos de carácter patrimonial que
pudieran derivarse de la presente contratación administrativa, su ejecución, incumplimiento,
liquidación; podrán ser resueltas bajo la modalidad de un Proceso de Arbitraje, el cual se
hará de conformidad con la Ley Sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la
Paz Social. El arbitraje será de derecho. Los árbitros serán designados uno por cada Parte
y el tercero en conjunto por los dos árbitros designados por las partes contratantes. El laudo
arbitral se dictará por escrito, será definitivo, vinculante para las partes e inapelable, salvo
el recurso de revisión o de nulidad. Una vez que el laudo se haya dictado y se encuentre
firme, producirá los efectos de cosa juzgada material y las partes deberán cumplirlo sin
demora. Los gastos relacionados con el arbitraje y los honorarios de los árbitros serán
asumidos por las partes en igual proporción. Los montos y porcentajes de las costas serán
los que se establezcan en la reglamentación del Centro de Arbitraje que al efecto
escogieran las partes. En caso de que las partes no acuerden bilateralmente la realización
del arbitraje, deberán acudir a los mecanismos y procesos administrativos y judiciales
previstos en la legislación.
20. DERECHOS DEL INSTITUTO
El oferente autoriza expresamente al Departamento de Aprovisionamiento, para que
verifique si toda la información brindada por su representada se ajusta a la realidad.
21. FINIQUITO
Las partes se encuentran facultadas para acordar la suscripción del finiquito del contrato,
el cual podrá realizarse dentro del año siguiente o plazo aplicable según normativa, a la
recepción definitiva del bien, servicio u obra.
La suscripción del finiquito por quien tenga capacidad legal para ello impedirá reclamos
futuros, salvo la responsabilidad que corresponda por vicios ocultos.
22. TERMINACIÓN DEL CONTRATO
El ITCR podrá aplicar las disposiciones referidas a la rescisión y resolución contractual, de
conformidad con lo estipulado en la Ley General de Contratación Pública según los artículos
del 113 al 116 y su Reglamento.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Según pliego de condiciones
Cláusula penal. Según pliego de condiciones
Documentos del cartel3
- CronogramaPDF · 82 KB
- Condiciones generalesPDF · 287 KB
- Pliego de condicionesPDF · 717 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Evelyn Bonilla Cervantes
Aprovisionamiento
Keren Raquel Murillo Lizano
Encargado del concurso · Administrativo San Carlos
Keren Raquel Murillo Lizano
Encargado del concurso · Administrativo San Carlos
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 28/09/2026 23:32. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
Licitaciones parecidas
Adjudicadamisma institución y categoría · 22/09/2026
291378-adquisición de Radios de Comunicación para el Área de Vigilancia, CTLSC
Instituto Tecnológico de Costa Rica · 3 oferentes
Adjudicada por ₡1,3 M a Holst Van Patten
Adjudicadamisma institución y categoría · 10/09/2026
Adquisición de Equipo Impresoras 3d y Equipo Cortador”
Instituto Tecnológico de Costa Rica · 3 oferentes
Adjudicada por ₡17,7 M a Fauca Comercializadora y Distribuidora y 4 más
Adjudicadamisma institución y categoría · 09/09/2026
Adquisición de Generador de Tonos y Kit Liq-duo con ID Remotos
Instituto Tecnológico de Costa Rica · 2 oferentes
Adjudicada por ₡2,5 M a Spectrum Multimedia
Adjudicadamisma institución y categoría · 04/09/2026
Adquisición de Equipo de Comunicación para la Institución
Instituto Tecnológico de Costa Rica · 4 oferentes
Adjudicada por ₡5,4 M a Distribuidora de Suministros y Papel Sumitodo y 4 más
Adjudicadamisma institución y categoría · 03/09/2026
Renovación de Licencia Académica Comsol al Amparo del Artículo 3, Inciso K) LGCP
Instituto Tecnológico de Costa Rica
Adjudicadamisma institución y categoría · 24/08/2026
Adquisición de Repuestos y Accesorios para Equipo de Laboratorio.
Instituto Tecnológico de Costa Rica · 3 oferentes
Adjudicada por ₡5,2 M a Desarrollos Internacionales de Salud y 2 más