2026PX-000003-0010400001 · SICOP 20260802516
Suscripción, mantenimiento y hospedaje del sistema DELPHOS
Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia
Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡112,0 millones. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa el 28/08/2026. La más baja fue de Desarrollos Informaticos Deinsa, ₡26,0 millones (76,8 % por debajo del presupuesto).
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡112,0 millones
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
₡26,0 millones
76,8 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó21/08/2026 13:55 · hace 51 días
- Límite para 24/08/2026 23:59 · hace 48 días
- Límite para 25/08/2026 23:59 · hace 47 días
- Cierre de ofertas28/08/2026 14:00 · hace 44 días
- de ofertas28/08/2026 14:05 · hace 44 días
- (plazo máximo)≈ 11/09/2026 · hace 30 días
Nota de la institución. Toda petición de aclaración deberá ser gestionada a través del SICOP.
Contexto
- Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia adjudicó ₡1 040,6 millones en 69 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Actualizacion y Soporte de Licencia de Software Delphos Manager, Delphos Analizer1 · ₡28 000 000,001₡28 000 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡95,2 millones – ₡112,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 90 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,9 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 14 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 12 meses
- Ofertar en : no
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 90 % · Pymes y/o Cooperativas 10 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡451,72 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 90 | Pymes y/o Cooperativasmáx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|
| Desarrollos Informaticos Deinsa | 90 | 10 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
- Las ofertas que no aporten en forma completa y detallada todos los documentos y/o información indicados en la presente sección, serán inadmisibles, lo anterior sin detrimento de lo especificado en el artículo 135 incisos f) y h) del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- El IAFA verificará que toda la información consignada en la oferta se ajuste a la realidad. En caso de información no fidedigna comprobada por el IAFA, se haya solicitado o no en el presente pliego de condiciones especiales, facultará al IAFA a excluir la oferta.
- De conformidad con el artículo 134 del R.L.G.C.P, serán excluidas del concurso, las ofertas que incumplan aspectos esenciales de las bases de la contratación o que sean sustancialmente disconformes con el ordenamiento jurídico.
- Todo (a) oferente que utilice la figura de subcontratación, con la oferta deberá aportar un listado de las empresas subcontratadas. En ese detalle, se indicarán los nombres de todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar y se aportará una certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas. De conformidad con el artículo 133 del R.L.G.C.P.
- La Administración no autorizará la subcontratación que supere el 50% del monto a adjudicar, de conformidad con el artículo 133 del R.L.G.C.P.
-
- Toda empresa o personal subcontratado deberá encontrarse al día con las obligaciones ante la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y ante Tributación del Ministerio de Hacienda.
- Aportar el Permiso Sanitario de Funcionamiento de la empresa o persona física, extendido por el Ministerio de Salud, de conformidad con el Decreto 43432-S Reglamento General para Permisos Sanitarios de Funcionamiento, el mismo debe estar emitido a nombre del (la) oferente y la actividad autorizada debe ser atinente al objeto contractual requerido por la Administración; asimismo, debe estar VIGENTE, para demostrar lo anterior debe adjuntar copia en PDF y legible del permiso. Para los casos que estén exentos de contar con el Permiso Sanitario de Funcionamiento deben aportar documento del Ministerio de Salud que así lo acredite.
- Aportar la Patente Comercial y otorgada por la Municipalidad respectiva; la misma debe estar emitida a nombre del (la) oferente y la actividad autorizada debe ser atinente al objeto contractual requerido por la Administración; asimismo, debe estar VIGENTE, para lo que deben aportar copia de los documentos que demuestren tales condiciones; para demostrar lo anterior debe adjuntar copia en PDF y legible de la patente. Para los casos que estén exentos de contar con la Patente Comercial deben aportar documento de la Municipalidad correspondiente que así lo acredite.
- Todo oferente debe contar con una experiencia positiva como mínimo de cinco (05) proyectos en la implementación y acompañamiento de software de Planeación Estratégica, Planes Anuales Operativos y Portafolio de Proyectos en el sector público costarricense. Dichos proyectos deben haberse llevado a cabo con la plataforma ofrecida.
-
- Se aceptará en el tanto ésta haya sido positiva, o sea, que los mismos se hayan recibido a entera satisfacción. Para verificar lo anterior, deberá presentar las cartas emitidas por los clientes, pueden ser originales o fotocopias certificadas. Las cartas que certifican la experiencia de la persona o empresa deben incluir la siguiente información:
- Nombre de cliente
- Teléfonos
- Correo electrónico
- Descripción de los servicios brindados
- Y la indicación que los servicios fueron recibidos a entera satisfacción del cliente.
- Deben estar firmadas por un responsable autorizado por la institución.
- Los proyectos que se encuentran en proceso a la fecha de vencimiento para recibir ofertas no serán considerados.
- Se requiere que el oferente sea fabricante e implementador de la solución, por tanto, deberá aportar la documentación que lo valide. Se requiere que sea fabricante para asegurar que la Institución reciba los tiempos de respuesta oportunos para los requerimientos que surjan.
- Los profesionales aportados para el proyecto encargados de impartir la capacitación y el acompañamiento deberán estar certificados en la solución ofrecida, por lo cual deberán presentar la documentación que lo valide.
- Deberán haber implementado la metodología de Gestión para Resultados en el Desarrollo en al menos un proyecto en una Institución Pública, lo cual deberá ser certificado mediante carta emitida por la institución respectiva.
- Deberá tener personal certificado en ISO 27001, ISO 22301 y COBIT 2019 para asegurar que el servicio que se brindará esta soportado por personal certificado en las mejores prácticas del mercado.
- La solución SaaS ofrecida deberá tener la certificación ISO 27001:2022 vigente.
- La Nube sobre la que está soportada la solución SaaS ofertada deberá ser de clase mundial, con una disponibilidad mínima del 99.5%, y estar certificada ISO 27001 e ISO 22301 en su última versión.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
LÍNEA ÚNICA. Se requiere adquirir la suscripción para un sistema de gestión de planificación estratégica y Control Interno, de conformidad a las siguientes especificaciones y condiciones:
Especificaciones técnicas de la plataforma:
- La suscripción será anual y por un plazo de 12 meses, prorrogable en plazos iguales hasta por 36 meses adicionales. (Plazo total: 48 meses).
- La suscripción comprenderá el uso de la plataforma para 45 usuarios, de manera concurrente para los módulos de la plataforma Delphos en Planificación y Proyectos, Control Interno, Delphos BI, Delphos AI, Delphos Mobile y Delphos Portal, todos para el uso por parte de IAFA.
- Deberá realizar sesiones de capacitación tipo taller para al menos 45 usuarios finales y 05 usuarios administradores. Por lo tanto, deberán presentar en la oferta un plan de capacitación en el cual indique la cantidad horas necesarias por cada grupo de usuarios para el uso correcto del software.
- Se deberá incluir Licencia de Base de Datos relacional, con motor multiusuario para ser ejecutada en Sistema operativo GNU/Linux o Windows, últimas versiones y permitirá que los sistemas sean compatibles con cualquier versión o servidor Linux disponible en el mercado, así como con las versiones del Sistema Operativo Windows.
- La plataforma desarrollada deberá permitir ejecutarse directamente desde Internet. La solución ofertada deberá estar soportada en una plataforma tecnológica 100% Web.
- El sistema deberá ser compatible con los navegadores: Microsoft Edge, Google Chrome y Mozilla Firefox, para ser accedido desde cualquier lugar por medio de una computadora o dispositivo móvil, no requiere de la instalación de ningún software adicional en la máquina.
- La solución deberá ser compatible con varias plataformas: capacidad de operar de manera adecuada sobre diversos Sistemas Operativos (Windows 11 o superior), a partir de la actual plataforma tecnológica propia de IAFA.
- El sistema de planificación debe estar desarrollado en herramientas de Microsoft (.NET) y utilizar la base de datos SQL Server 2016 o superior y permitir la interacción de 45 usuarios nombrados garantizando al IAFA la posibilidad de incrementar los mismos conforme al avance de su implementación. La base de datos SQL SERVER totalmente compatible con la utilizada en IAFA.
- La solución ofertada debe permitir la migración de datos SQL Server, MS Access.
- La solución ofertada debe ser totalmente parametrizable, modular e integrada, cumpliendo a cabalidad con la normativa vigente.
- Debe tener un esquema propio de seguridad, que considere los procesos involucrados, la definición de los roles por grupos y usuarios, en cuanto al acceso, registro, modificación y actualización de datos, así como una bitácora de operación y transacciones.
-
- La solución deberá contar con integración de forma transparente para los usuarios con otros desarrollos y plataformas del Sector Gobierno: Ministerio de Planificación, Contraloría General de la República, Autoridad Presupuestaria, entre otros.
- La solución deberá tener integrado un motor OLAP, independiente de la base de datos, que permita conectarse a cualquier fuente de datos para realizar múltiples análisis en línea. Este motor debe ser independiente del motor OLAP del Analysis Services del SQL Server, aunque también deberá tener la capacidad de conectarse y explotar los cubos desarrollados en esa plataforma, en caso de que el IAFA lo requiera.
- La plataforma deberá trabajar en forma parametrizada y jerarquizado en subsistemas, módulos y funciones, en idioma español y multiusuario. Que permita establecer niveles de permisos relacionando perfiles de usuarios.
- Debe ser totalmente escalable, desde base de datos portátiles, hasta las robustas versiones empresariales.
- Deberán mostrar todas las interfaces del software de aplicación de modo gráfico, mediante la tecnología de ventanas y menús. Interfaz de usuario totalmente amigable, aprovechando los estándares de los sistemas gráficos, con pantallas simples y claras orientadas a web. Además de, mensajes claros de error en español y mensajes o alertas de vencimiento de documentos o procesos.
- Deberá permitir el intercambio de información entre herramientas informáticas y la base de datos utilizada en cualquiera de las modalidades solicitadas. Además, con cualquier tipo de archivo.
- El sistema no debe requerir para su ejecución la virtualización de alguno de sus componentes o la instalación de máquinas virtuales o emuladores para plataforma Windows.
- Que permita exportar e importar información y que el sistema esté disponible a los usuarios 24 x 7 días al año.
- Con sistema de arquitectura abierta que garantice la total implementación de todos sus requerimientos y procesos.
Otras especificaciones de software requerido:
- Requerirá de acceso vía SSH (Secure SHell - intérprete de órdenes segura). No se permite otro mecanismo de acceso diferente al SSH.
- Se requerirá de acceso ilimitado (**), para realizar cualquier tipo de administración del Servidor.
- Se requerirá de Firewall con acceso únicamente para servicio SSH (con restricciones de acceso) y libre a través del puerto 80 o 443.
- Se requerirá que la plataforma permita ejecutar y configurar el entorno JAVA (JRE, JVM).
- Se requerirá de configuración ilimitada (**) y sin restricciones de la base de datos MYSQL.
(**) Entiéndase como "ilimitada" hasta el límite que el hardware permita, si fuera necesario, por el potencial crecimiento del uso del sistema). -
Especificaciones técnicas soporte y mantenimiento:
- Deberá considerarse soporte técnico y mantenimiento preventivo y correctivo a la aplicación, vía teléfono, por Internet (chat o correo electrónico) y/o presencial en caso de requerirse.
- No existirá limitación en el número de incidencias que puede reportar el IAFA, no obstante, se designará personas funcionarias específicas para remitir los reportes.
- Durante la vigencia del contrato, sin costo alguno, se incluirán las nuevas versiones que se liberen de los productos adquiridos con anterioridad. Contemplando la asesoría o capacitación de las nuevas funcionalidades.
- Deberá brindarse mantenimiento a la aplicación, revisar sus tiempos de respuesta, las cargas de trabajo, generar estadísticas de acceso y rendimiento.
- El servicio de soporte deberá identificar y reportar posibles “cuellos de botella”, así como las posibles causas: problemas de escalabilidad, función o proceso mal construido.
Tiempo para reparaciones y recuperación:
La atención de incidencias y reportes se deberá realizar de acuerdo con la siguiente escala de tiempo y priorización:
- De 2 - 4 horas Urgente
Un problema que afecta una aplicación crítica del negocio, que tiene plazos que se pueden vencer (problema sensible al tiempo) y tiene impacto directo e inmediato sobre el usuario final, no hay “solución alternativa” (alternativas que suplan la aplicación o componente afectado o que mitiguen la criticidad del problema) conocido y disponible.
- De 5 - 8 horas Alta
Un problema que afecta aplicaciones críticas del funcionamiento del Instituto es sensible al tiempo, tiene impacto indirecto sobre usuario final, pero una solución interina y/o transitoria “solución alternativa” está disponible.
- De 9 - 12 horas Media
Un problema que afecta la capacidad de los usuarios de realizar operaciones normales inhibe productividad, pero hay una “solución alternativa” disponible, el problema no es sensible al tiempo.
- De 12 - 24 horas Baja
Un problema que afecta documentación, procesos o procedimientos, no tiene impacto en la capacidad de los usuarios de realizar operaciones normales y/o hay una “solución alternativa” disponible.
Especificaciones técnicas Hosting - Servicio en la Nube:
- La solución deberá comprender el sistema informático, su hospedaje y respaldo en la Nube con disponibilidad 24x7x365, accesible desde cualquier lugar y con cualquier dispositivo con conectividad a Internet, con certificado SSH incluido.
-
- La solución ofertada deberá considerar la modalidad de hospedaje en la Nube y accesible desde cualquier parte y con cualquier tipo de terminal con acceso Web. Siendo potestad de IAFA solicitar su traslado a Servidores locales o de un tercero, en caso de así requerirse.
- Se deberá contar con respaldo de las bases de datos del Sistema debe generarse mínimo una vez al día.
- Deberá contar con la facilidad de almacenamiento y entrega de los respaldos vía proceso automático hacia el servidor que el IAFA destine, si así se requiere.
- Las características técnicas mínimas para el servicio será responsabilidad del contratista definir los requerimientos mínimos para el Servidor que soportará la herramienta garantizando un eficiente tiempo de respuesta en procesamiento de Memoria RAM, así como de Disco Duro y Transacciones que debe soportar el equipo. El proveedor asumirá los costos de aumento en el tamaño en espacio en disco o aumento de la cantidad de memoria en el caso que la aplicación así lo requiera (Lo que podría ocurrir potencialmente por el aumento de usuarios que usen el sistema, por ejemplo, o al aumento en el tamaño de la base de datos del sistema). En este caso el IAFA no deberá incurrir en nuevos costos.
Características mínimas del Data Center donde se hospedará la herramienta:
El Data Center o Centro de Datos donde se hospede la solución deberá contar con al menos las siguientes características y condiciones:
- Con una disponibilidad de 99.9 % mínimo.
- Conexiones redundantes de Internet, de fibra óptica, de 10 GB.
- Capacidad para más de 40000 servidores dedicados.
- Redundancia en sistema de soporte ininterrumpido de potencia energética (UPS).
- Control anti-fuego con tuberías en seco.
- Seguridad y sensores de acceso por tarjeta de identificación.
- Vigilancia monitoreada por circuito de video digital.
- Generador de Electricidad, dedicado y redundantes.
- Conexión redundante eléctrica.
- 2 interfaces de red: pública y red privada (la privada es usada para la replicación y comunicación interna en el caso que existan varios servidores), de 1GB.
- Equipo y hardware actualizado, que garantiza el mejor desempeño y confiabilidad.
- Software Antivirus y EDR.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
- Recepción de bienes y servicios: El contratista tiene la obligación de gestionar a través de la plataforma SICOP, lo siguiente:
Recepción provisional y/o definitiva: El contratista debe realizar esta gestión en el apartado denominado Gestión de Recepción, disponible en la plataforma SICOP.
Gestión de facturación: El contratista debe realizar esta gestión en el apartado denominado Gestión de pago, disponible en la plataforma SICOP.
Nota 1: En caso de que el contratista no gestione dicha obligación, este podría sufrir retrasos en su gestión de pago, por lo tanto, se le insta al cumplimiento de lo establecido en los puntos anteriores.
Nota 2: Es obligación del fiscalizador del contrato, realizar las aceptaciones correspondientes en cada uno de los apartados indicados anteriormente.
Lo anterior de conformidad con lo establecido en el procedimiento señalado en el manual de procesos P-PS-101-07-2014, descargable en el siguiente link: https://www.sicop.go.cr/atDocs/manuales_proveedor/P-PS-101-07-2014_INSTRUCTIVO_PARA_SOLICITAR_RECEPCION_DE_BIENES_Y_SERVICIOS.pdf
- Envío de facturas: Las empresas contratistas deberán remitir las facturas autorizadas por la Dirección General de Tributación, a través de la plataforma SICOP, Módulo Gestión de Recepción. Las facturas deberán contener, al menos, la siguiente información:
- Nombre del proveedor.
- Número de cédula jurídica.
- Número cuenta cliente/IBAN.
- Nombre y número de procedimiento.
- Número de contrato.
- Número de orden de pedido.
- Detalle y desglose del monto facturado.
- Detalle del bien o servicio facturado.
- Fecha de emisión de la factura.
- Fecha o período correspondiente al servicio brindado o bien entregado.
Posterior a la recepción efectuada por el Administrador del contrato, el contratista deberá incluir en el Módulo de Gestión de Pago, la solicitud a la Institución del pago de los bienes o servicios correspondientes.
- Forma de pago: Se cancelará de la forma usual del IAFA, mediante pago a 30 días naturales, plazo que rige a partir del recibido conforme del bien o servicio por parte de la unidad solicitante.
- El pago se realizará en colones costarricenses calculados al tipo de cambio de venta, establecido por el Banco Central de Costa Rica en la fecha en que se hace efectivo el pago.
- El (la) contratista deberá asegurarse de que su capital de trabajo le permita cubrir el período de recuperación de la inversión.
- Toda documentación solicitada en el presente pliego de condiciones debe ser anexada a la oferta en la plataforma del SICOP.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. El IAFA cobrará por concepto de multas y cláusula penal, cuando el contratista incurra en algunos de los siguientes incumplimientos: - En caso de atraso de incumplimientos los plazos de atención de incidencias y requerimientos, según lo establecido en “Requerimientos Generales”, se procederá a cobrar una multa equivalente al 0.050% sobre el monto de la contratación por cada día de atraso, hasta un máximo del 25% del monto de la compra. - En atraso no justificado previamente en la entrega de informes y documentación solicitada. En un primer incumplimiento la multa será de 0.025%, para un segundo incumplimiento será de 0.050%, para un tercer incumplimiento la multa será de 0.075%. Después del tercer incumplimiento, se procederá a la resolución del contrato. - Cuando se evidencie obstrucción (cuando se limiten las coordinaciones, respuestas oportunas, el no contar con el personal que se pactó en el contrato y su disponibilidad para la contratación) para el desarrollo; válido, eficiente y oportuno del proceso de trabajo, se’ procederá a cobrar una multa equivalente al 0.5% sobre el monto de la compra, hasta un máximo del 25% del monto de la compra. Las multas y cláusulas penales serán aplicadas de conformidad con lo dispuesto en los artículos 46 y 47 de la Ley General de Contratación Pública y los artículos 116 y 117 del Reglamento de dicha Ley, los cuales regulan la imposición de estas. Estas penalizaciones se harán efectivas sobre la facturación, por lo que la Administración estará en facultad de rebajar de la factura que se presente a cobro el monto correspondiente por concepto de las penalizaciones antes señaladas. El cobro por concepto de multas o cláusula penal no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del precio del contrato incluidas sus modificaciones. Para efectos de determinar la entrega tardía, se entenderá que el contratista incumple cuando no entregue el servicio adjudicado a satisfacción en el término de tiempo a que se haya obligado, sin que de previo al vencimiento haya solicitado una prórroga debidamente fundamentada. Otros aspectos importantes: • El cobro de las multas podrá hacerse con cargo a las retenciones del precio que se hubieran practicado y los saldos pendientes de pago. • Para el cobro de las multas, no será necesario demostrar la existencia del daño o perjuicio. • En caso de incumplimiento total de las obligaciones por parte del contratista, no procede el cobro de multas, posteriores a ese momento, sino la resolución del contrato, sin perjuicio de otras responsabilidades administrativas y civiles que se deriven de dicho incumplimiento. • El cobro por concepto de multas o cláusula penal no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del precio del contrato incluidas sus modificaciones, caso en el cual la Administración podrá valorar la resolución del contrato. • Las multas y cláusulas penales serán aplicadas de conformidad con lo dispuesto en los artículos 46 y 47 de la Ley General de Contratación Pública y los artículos 116 y 117 del Reglamento de dicha Ley, los cuales regulan la imposición de estas. • Con el fin de cubrir eventuales sanciones económicas, la Administración podrá practicar retenciones sobre los pagos entre un uno por ciento (1 %) y un cinco por ciento (5%) del total facturado, lo cual deberá constar así en el pliego de condiciones. • Para ejecutar tales sanciones, la Administración deberá emitir un acto motivado con indicación de la prueba que lo sustente. En contra de esa decisión, el afectado podrá interponer los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del acto. • La Administración deberá resolver la revocatoria dentro de los tres días hábiles siguientes a su interposición y la apelación dentro de los cinco días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para resolver el recurso de revocatoria. La aplicación de este procedimiento no incidirá en la continuidad de la ejecución del contrato.
Cláusula penal. El IAFA cobrará por concepto de multas y cláusula penal, cuando el contratista incurra en algunos de los siguientes incumplimientos: - En caso de atraso de incumplimientos los plazos de atención de incidencias y requerimientos, según lo establecido en “Requerimientos Generales”, se procederá a cobrar una multa equivalente al 0.050% sobre el monto de la contratación por cada día de atraso, hasta un máximo del 25% del monto de la compra. - En atraso no justificado previamente en la entrega de informes y documentación solicitada. En un primer incumplimiento la multa será de 0.025%, para un segundo incumplimiento será de 0.050%, para un tercer incumplimiento la multa será de 0.075%. Después del tercer incumplimiento, se procederá a la resolución del contrato. - Cuando se evidencie obstrucción (cuando se limiten las coordinaciones, respuestas oportunas, el no contar con el personal que se pactó en el contrato y su disponibilidad para la contratación) para el desarrollo; válido, eficiente y oportuno del proceso de trabajo, se’ procederá a cobrar una multa equivalente al 0.5% sobre el monto de la compra, hasta un máximo del 25% del monto de la compra. Las multas y cláusulas penales serán aplicadas de conformidad con lo dispuesto en los artículos 46 y 47 de la Ley General de Contratación Pública y los artículos 116 y 117 del Reglamento de dicha Ley, los cuales regulan la imposición de estas. Estas penalizaciones se harán efectivas sobre la facturación, por lo que la Administración estará en facultad de rebajar de la factura que se presente a cobro el monto correspondiente por concepto de las penalizaciones antes señaladas. El cobro por concepto de multas o cláusula penal no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del precio del contrato incluidas sus modificaciones. Para efectos de determinar la entrega tardía, se entenderá que el contratista incumple cuando no entregue el servicio adjudicado a satisfacción en el término de tiempo a que se haya obligado, sin que de previo al vencimiento haya solicitado una prórroga debidamente fundamentada. Otros aspectos importantes: • El cobro de las multas podrá hacerse con cargo a las retenciones del precio que se hubieran practicado y los saldos pendientes de pago. • Para el cobro de las multas, no será necesario demostrar la existencia del daño o perjuicio. • En caso de incumplimiento total de las obligaciones por parte del contratista, no procede el cobro de multas, posteriores a ese momento, sino la resolución del contrato, sin perjuicio de otras responsabilidades administrativas y civiles que se deriven de dicho incumplimiento. • El cobro por concepto de multas o cláusula penal no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del precio del contrato incluidas sus modificaciones, caso en el cual la Administración podrá valorar la resolución del contrato. • Las multas y cláusulas penales serán aplicadas de conformidad con lo dispuesto en los artículos 46 y 47 de la Ley General de Contratación Pública y los artículos 116 y 117 del Reglamento de dicha Ley, los cuales regulan la imposición de estas. • Con el fin de cubrir eventuales sanciones económicas, la Administración podrá practicar retenciones sobre los pagos entre un uno por ciento (1 %) y un cinco por ciento (5%) del total facturado, lo cual deberá constar así en el pliego de condiciones. • Para ejecutar tales sanciones, la Administración deberá emitir un acto motivado con indicación de la prueba que lo sustente. En contra de esa decisión, el afectado podrá interponer los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del acto. • La Administración deberá resolver la revocatoria dentro de los tres días hábiles siguientes a su interposición y la apelación dentro de los cinco días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para resolver el recurso de revocatoria. La aplicación de este procedimiento no incidirá en la continuidad de la ejecución del contrato.
Documentos del cartel4
- JustificaciónPDF · 451 KB
- Decisión inicialPDF · 584 KB
- BoletaPDF · 532 KB
- Pliego de condicionesPDF · 1,1 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Ana Patricia Araya Sancho
Organismos Regionales
Daniel Saenz Hernandez
Servicios Informáticos
Ana Patricia Araya Sancho
Organismos Regionales
Silvia Navarro Mora
Encargado del concurso · Subproceso de Bienes y Servicios
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 04/10/2026 13:34. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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