2026LD-000022-0006700001 · SICOP 20260802705
Licenciamiento y soporte técnico de Laserfiche
Tribunal Registral Administrativo
Tribunal Registral Administrativo ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡6,0 millones y quedó en firme el 14/09/2026. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡6,0 millones
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
—
Quién ganóen firme 14/09/2026
- Aplicom$12 167,84
Informe de recomendación de Jeffrey Alonso Ureña Garita, 09/09/2026
Fechas clave
- Se publicó21/08/2026 15:09 · hace 51 días
- Límite para 24/08/2026 23:59 · hace 48 días
- Límite para 25/08/2026 23:59 · hace 47 días
- Cierre de ofertas28/08/2026 16:00 · hace 44 días
- de ofertas28/08/2026 16:00 · hace 44 días
- publicado09/09/2026 10:50 · hace 32 días
- Adjudicación 14/09/2026 08:03 · hace 27 días
Contexto
- Tribunal Registral Administrativo adjudicó ₡317,9 millones en 54 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Renovación de Licencias Laserfiche.1 · ₡6 000 000,001₡6 000 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡5,1 millones – ₡6,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 85 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,85 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 12 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días naturales
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 85 % · Política Ambiental 5 % · Plan de Manejo de Residuos 5 % · PYME 5 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP. Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 85 | Política Ambientalmáx. 5 | Plan de Manejo de Residuosmáx. 5 | PYMEmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|
| AplicomGanó | 85 | 5 | 5 | 5 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se comunica el acto de adjudicación.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Serán admisibles aquellas ofertas que sean legal, técnica y económicamente conforme a los establecido en este pliego de condiciones y la normativa correspondiente.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
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Todas las especificaciones que seguidamente se señalan, son las mínimas para ser tomadas en cuenta, sin perjuicio de las mejoras que puedan ofrecer los eventuales oferentes, por lo tanto, los códigos de las líneas indicadas en el sistema SICOP son meramente referencias del bien solicitado, debiendo el adjudicatario ofertar según las características que se detallan a continuación.
El oferente se compromete a la entrega de los servicios de acuerdo con especificaciones aquí consignadas.
La administración advierte la posibilidad de adjudicar una menor o mayor cantidad de servicios según el presupuesto asignado y si la necesidad así lo justifica.
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Línea 1: |
Licenciamiento y soporte técnico de Laserfiche |
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Cantidad: |
1 |
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Código SICOP |
8111220292407632 |
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El Tribunal Registral Administrativo requiere renovar el licenciamiento anual del Sistema Gestor Documental Laserfiche, herramienta mediante la cual se gestiona el Sistema de Gestión Documental. Con esta renovación se busca acceder a las versiones más recientes del producto, garantizando la compatibilidad con los entornos de ejecución actuales de las aplicaciones y asegurando, de esta manera, el uso de las últimas funcionalidades disponibles.
Adicionalmente, la renovación incluye el servicio de soporte, que cubre no solo fallas en la aplicación, sino también en los flujos de trabajo parametrizados dentro del sistema.
La licencia es necesaria para optimizar la gestión interna de los funcionarios, facilitando el desempeño de sus labores diarias y contribuyendo a la mejora del servicio público que se ofrece.
Especificaciones técnicas.
Esta contratación debe contemplar los siguientes productos y servicios dentro de su oferta.
1. Renovación de las siguientes licencias. El contratista deberá entregar:
El contratista deberá detallar el precio de cada uno de los productos solicitados.
2. Vigencia del licenciamiento: La vigencia de las licencias será de 12 meses, desde el 09 de noviembre de 2026 hasta el 08 de noviembre de 2027, con posibilidad de prórrogas anuales hasta por tres periodos adicionales, de conformidad con las necesidades de la institución.
3. Certificación de soporte: El contratista deberá entregar el certificado del contrato de soporte correspondiente.
4. Servicio de soporte técnico y mantenimiento: El contratista deberá proporcionar soporte técnico y mantenimiento correctivo, tanto de la aplicación como de los 21 flujos de trabajo parametrizados y los que se puedan llegar a crear nuevos en el Sistema de Gestión Documental del Tribunal Registral Administrativo.
5. Actualizaciones y ajustes: Durante la vigencia del contrato, la empresa contratada deberá entregar, sin costo adicional, todas las nuevas versiones de los productos adquiridos y realizar los ajustes necesarios en los flujos de trabajo implementados en el TRA, para que siempre se cuente con las ultimas versiones mas estables y no perder funcionalidades.
6. Instalación y configuración: El contratista deberá realizar la instalación y configuración de las nuevas versiones y actualizaciones de los productos Laserfiche ya adquiridos por el TRA, garantizando su correcta operación e integración con el sistema existente. Sin que esto represente un costo adicional para el TRA.
7. Capacitación: El contratista deberá brindar la capacitación correspondiente sobre las nuevas versiones y actualizaciones a fin de asegurar la transferencia de conocimiento al personal del Tribunal; sin que esto represente un costo adicional para el TRA. Asimismo, el TRA tendrá derecho a participar en las sesiones anuales de entrenamiento a usuarios finales de Laserfiche.
8. Confidencialidad de la información: Toda la información que se genere en cada una de las etapas de la contratación será de carácter confidencial y para el uso del TRA en lo que corresponda. El Contratista se obliga a manejar con absoluta confidencialidad la información y datos que se deriven de la contratación y su ejecución, sean escritos, orales, magnéticos o de cualquier otra índole, durante y posterior a la contratación, obligación que se extiende a sus representantes y personal, bajo su responsabilidad. Tampoco podrá utilizar dicha información para otros fines distintos a los establecidos en el objeto del contrato. Toda la información y documentación que se gestione será manejada de manera controlada por los medios de comunicación que se establezca previo a iniciar la contratación. Por ello, se entiende este documento como un acuerdo de confidencialidad en sí mismo. Por lo tanto, el contratista debe respetar y guardar la confidencialidad de la información y de los datos a los que tenga acceso con motivo de esta contratación y que no sean de conocimiento público y emplearla únicamente en los fines de la contratación y abstenerse de divulgarla sin la autorización del TRA, bajo pena de las implicaciones jurídicas atinentes por una actuación contraria, según la ley y regulaciones de Costa Rica en esta materia. Por la naturaleza de la información que pueda recibir la contratación con ocasión del presente contrato, específicamente aquella relacionada con datos de las personas, el deber de confidencialidad en relación con dicha información se mantendrá aún y cuando la relación contractual haya cesado, sea por las causas que fueren, de conformidad con el artículo 3, incisos b), c), d) y e) de la Ley de Protección de la persona frente al tratamiento de sus datos personales (Ley 8968). En caso de que alguna de las partes posea información comercial o industrial protegida por el Registro de Propiedad Intelectual o Industrial, y la comparta con la otra parte, y sobre cuya confidencialidad se le haya prevenido en forma expresa, la obligación de confidencialidad subsistirá respecto a esos datos, aún después de finalizada la relación comercial entre las partes, según lo establecen los artículos 2 y 7 de la Ley de información no divulgada (Ley 7975). Toda otra información confidencial de distinta naturaleza a los dos casos mencionados deberá quedar protegida por el régimen de confidencialidad aquí establecido, durante todo el plazo de la contratación, y por un plazo fijo de DOS AÑOS después de terminada la relación contractual. De esta forma, ambas partes declaran que no revelarán, salvo que sea requerida por ley, orden judicial, o por acuerdo escrito entre las partes (i) cualquier hecho o contenido de discusiones negociaciones entre las partes, en forma directa o indirecta, oral o por escrito sobre los hechos y obligaciones presentes y/o futuros relativos a la presente contratación; (ii) cualquier información secreta o confidencial, concerniente a los productos, políticas de la institución y en general de cualquier información relativa a las partes, adquirida antes, durante o después de la ejecución contractual; (iii) cualquier información de configuración, contraseñas diseños lógicos y físicos propios de la infraestructura de seguridad y telecomunicaciones pertenecientes al TRA o información o documentación que se genere producto de la implementación de esta contratación. Para los efectos de esta obligación del contratista, se definirá como formas contrarias a los usos comerciales honestos, entre otras, las prácticas de incumplimiento de contratos, el abuso de confianza, la instigación a la infracción y la adquisición de información no divulgada por terceros que hayan sabido que la adquisición implicaba tales prácticas o que, por negligencia grave, no lo hayan sabido. Toda la documentación que se gestione deberá ser de carácter confidencial y será manejada de manera controlada por los medios y protocolos que se establezca entre las partes. El contratista acordará que todo trabajo, software, aplicación, o en general, servicios relacionados para el TRA, realizado por cualquier de las personas que conforma su equipo de trabajo serán de exclusivo uso y propiedad del TRA.
9. Modalidad de soporte: El servicio de soporte y actualización deberá brindarse mediante alguna de las siguientes vías:
Este soporte cubrirá emergencias y situaciones que el TRA considere pertinentes durante toda la vigencia del contrato.
10. Horario de atención: La atención de consultas y reportes de casos deberá operar, como mínimo, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., horario del TRA.
11. Número de incidentes: No existirá limitación en el número de incidencias que el TRA pueda reportar.
12. Tiempo de solución y cláusula penal: El tiempo de solución dependerá del nivel de severidad asignado, según el cuadro de severidad definido en el contrato. Este tiempo empezará a contarse desde el inicio de la atención por el técnico asignado. Por cada hora de retraso en la resolución, se aplicará la cláusula penal correspondiente.
13. Garantía de servicios: El contratista garantizará los servicios brindados por el plazo de un (1) año, contado a partir de la recepción del acta de entrega del servicio prestado.
14. Cobertura de errores: Cualquier error derivado de la atención de un caso se considerará dentro del alcance de la garantía, incluyendo la reparación o corrección del error, sin que esto genere costos adicionales para el TRA.
15. Fiscalización y rectificación: la persona encargada del Archivo Central supervisará la ejecución de las labores. En caso de inconformidades con los resultados, dicha persona se comunicará con el contratista para indicar las acciones correctivas necesarias, las cuales deberán ser ejecutadas sin costo adicional para el TRA.
16. Persona de contacto: El contratista deberá designar una persona de contacto, indicando su número de teléfono y/o dirección de correo electrónico, para que el TRA pueda remitir solicitudes de información o requerimientos de servicio de manera directa.
17. Capacitación por actualizaciones: El contratista deberá impartir, a solicitud del TRA, al menos una sesión de capacitación dirigida al personal designado, cada vez que se introduzcan modificaciones, nuevas funcionalidades o se implementen nuevos módulos del sistema durante la vigencia del contrato. Dicha capacitación deberá ser impartida por personal certificado en la herramienta, a realizarse de forma presencial o virtual, según lo determine el TRA.
18. Material de apoyo: El contratista deberá entregar material de apoyo (manuales, guías, presentaciones u otro formato equivalente) que facilite la transferencia de conocimiento y sirva como referencia posterior para el personal capacitado.
19. Acceso a recursos del fabricante: El servicio deberá incluir acceso a recursos de documentación técnica, bases de conocimiento y materiales de apoyo para usuarios de la herramienta, disponibles directamente desde el fabricante, con el fin de que el personal del TRA pueda consultar información oficial y actualizada.
20. Reemplazo de personal y notificación de cambios: El contratista deberá notificar al Tribunal Registral Administrativo (TRA) cualquier cambio en la persona designada como contacto y en el personal técnico o equipo de trabajo asignado para la prestación del servicio. La notificación deberá realizarse con anticipación mínima de 24 horas y deberá incluir los datos completos del nuevo personal, así como las funciones que desempeñará, garantizando que no se interrumpa la continuidad y calidad del servicio.
21. Cumplimiento de condiciones contractuales: El contratista deberá cumplir con todos los compromisos y condiciones establecidos en este pliego de condiciones y en la oferta presentada.
22. Responsabilidad de transporte y conectividad: El transporte de personal, equipo, materiales y el acceso a internet serán totalmente responsabilidad del contratista.
23. Suministro de equipos adecuados: El contratista deberá proporcionar a su personal el equipo necesario y adecuado para la correcta ejecución de las tareas encomendadas.
24. Reuniones de seguimiento: Reuniones trimestrales con la persona encargada del Archivo Central para revisar la ejecución del servicio, incidencias y avances.
25. Reporte de casos atendidos: En cada reunión, el contratista deberá presentar un reporte que resuma y consolide la información de los casos atendidos durante el período, facilitando la interpretación de los datos y la toma de decisiones por parte del TRA. Adicionalmente, deberá entregar un archivo Excel con la información previamente coordinada con el TRA, que permita la realización de filtros y análisis de manera ágil.
26. Medidas correctivas: Con base en los resultados del seguimiento, el TRA podrá solicitar acciones correctivas al contratista sin costos adicionales.
27. Servicio de soporte técnico y niveles de severidad: El servicio de soporte deberá cumplir con los niveles de acuerdo de servicio del TRA, atendiendo las solicitudes de manera prioritaria según la criticidad del caso. Al recibir una solicitud de soporte por parte del TRA, la empresa contratista deberá brindar atención en el menor tiempo posible, de acuerdo con las siguientes especificaciones:
Requisitos de la empresa y personal propuesto:
1. Representación del software: La empresa debe entregar un documento que demuestre la representación del software Laserfiche de un mínimo de diez años en el mercado nacional.
2. Experiencia de la empresa: La empresa deberá haber ejecutado a satisfacción del cliente al menos cuatro servicios de soporte técnico y mantenimiento del sistema Laserfiche, en instituciones públicas.
3. Acreditación de experiencia: Para comprobar lo anterior, el contratista deberá aportar constancias de recepción a satisfacción emitidas por las instituciones contratantes, que incluyan como mínimo la siguiente información: a) Nombre de la institución o cliente donde se prestó el servicio. b) Nombre del proyecto o contratación. c) Fecha de implementación. d) Nombre de la persona de contacto en la institución. e) Teléfono o medio de contacto.
4. Administrador del proyecto: a) Deberá poseer, como mínimo, grado académico de bachiller universitario en Ciencias de la Computación, Ingeniería Industrial o afines. b) b) Deberá acreditar al menos tres (3) años de experiencia en la administración de proyectos similares, aportando las certificaciones y constancias que lo respalden.
5. Consultores: a) Deberán poseer, como mínimo, grado académico de bachiller universitario en Ciencias de la Computación o afines. b) Deberán acreditar al menos tres (3) años de experiencia en instalación, configuración, desarrollo, soporte y mantenimiento del sistema Laserfiche, aportando certificaciones y constancias que respalden su experiencia.
6. Validación: El Tribunal se reserva el derecho de verificar la veracidad de las constancias y documentos aportados. En caso de que no se compruebe la experiencia o se determine información falsa o inconsistente, el requisito se tendrá por incumplido.
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Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
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1. Administrador del Contrato
El funcionario designado por la Dirección Administrativa como responsable del cumplimiento de las condiciones del contrato será la señorita Cynthia Pamela Arguedas Loaiza 0113560547, encargada del Archivo Central y será la administradora del contrato durante el plazo que dure su ejecución.
2. Horario, plazo y lugar de entrega de los servicios:
2.1. Los servicios deberán iniciar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la notificación de la orden de inicio, previa coordinación con la administradora del contrato, por medio del correo carguedas@tra.go.cr o del teléfono 2459-2255. El horario de prestación será de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 4:00 p. m.
2.2. La prestación de los servicios no significa el recibo conforme de la Institución en cuanto a su calidad y características. Una vez recibidos, el administrador del contrato, verificará que los mismos coincidan con las especificaciones del pliego y las ofrecidas.
2.3. Los servicios se deben brindar de ser necesario en las instalaciones del Tribunal ubicadas en San José, Zapote, 50 m Norte de Plaza del Castillo en coordinación con el administrador del contrato.
3. Precio
3.1. Estructura del precio
El oferente debe presentar un desglose de la estructura del precio tanto en términos absolutos como porcentuales. Los valores absolutos deberán ser concordantes con la o las monedas con que se presenta el precio de oferta.
Con fundamento en la Directriz N.° 044-H sobre el uso de la moneda nacional en las contrataciones públicas, se solicita a los oferentes presentar sus ofertas en colones. En caso de presentar la oferta en dólares, deberán justificar los motivos y aportar las evidencias correspondientes.
En caso de presentarse discrepancias entre la estructura del precio y el presupuesto detallado, prevalecerán los valores absolutos de la estructura del precio, para ello el adjudicatario deberá ajustar el presupuesto a dichos valores.
En los contratos en los que procede la aplicación del reajuste o revisión de precios, de conformidad con lo regulado en los artículos 102, 103, 107, 108 y 109 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, el oferente deberá aportar la información de los índices oficiales de precios y costos asociados con los costos directos e indirectos de la estructura de precio. Dichos índices deberán ser elaborados y emitidos por la entidad oficial del país de origen de los costos y corresponder a la misma moneda con que se presenta el precio de oferta y los valores absolutos de la estructura de precio.
En caso de que no exista un índice oficial para determinado costo directo, el oferente deberá advertirlo en la oferta y aportar la documentación pertinente, a efectos de que las partes puedan aplicar el método contemplado en los artículos 102, 103, 107, 108 o 109 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, según corresponda. Si no existe un índice oficial para determinado costo indirecto, el oferente deberá advertirlo en la oferta y podrá proponer un índice oficial general de precios para su reajuste o revisión.
Para lo cual deberá seguir y completar el siguiente formato:
*Ejemplos de índices de referencia del Banco Central de Costa Rica:
Fuente: https://www.bccr.fi.cr/indicadores-economicos/%C3%ADndices-de-precios
3.2. Presupuesto detallado:
El adjudicatario deberá presentar Presupuesto Detallado del objeto de esta contratación y deberá contener al menos los siguientes elementos, los cuales deberán ser coincidentes con la estructura del precio indicado en el numeral 3.1.:
COSTOS DIRECTOS: Son los costos que involucran lo esencial y lo sustantivo del objeto de la contratación.
Debe considerar como mínimo los recursos de materiales, mano de obra con el detalle de cargas sociales (considerar los porcentajes mínimos de Ley vigentes al momento de presentar la oferta), equipos y maquinaria e identificación de los subcontratos.
COSTOS INDIRECTOS: Son los costos accesorios y necesarios para poder desarrollar lo esencial y sustantivo que persigue la relación contractual, pueden ser muy diversos. Ejemplo los gastos administrativos.
IMPREVISTOS: Son los costos asociados a posibles costos originados en contingencias naturales, económicas y humanas, que quedan bajo la responsabilidad del contratista y que ni fueron previstos dentro de los costos del precio.
UTILIDAD: Es el beneficio que persigue lograr el contratista al celebrar un contrato administrativo que se calcula considerando el tipo de trabajo, el esfuerzo para llevarlo a cabo, el riesgo intrínseco en el negocio, la inversión que el contratista realizará para ejecutarlo.
Deberá considerar todos los porcentajes mínimos de Ley vigentes en un plazo no mayor a los 8 días hábiles posteriores a la firmeza del acto de adjudicación. En caso de no presentarse en ese plazo, la Administración declarará insubsistente la adjudicación y procederá conforme a lo establecido en el artículo 52 de la Ley General de Contratación Pública.
El Presupuesto Detallado debe contener como mínimo, los siguientes valores, sin embargo, el adjudicatario podrá adecuarlo de la mejor forma en que se ajuste al desglose del precio ofertado y al objeto contractual del presente pliego:
3.3. Razonabilidad del precio
Se estima esta contratación en un valor aproximado a los ¢5,600,000.00 según el sondeo realizado por la administración en el mercado y contrataciones realizadas durante los últimos años por la administración (Visto en el expediente electrónico), para lo cual se establecen las siguientes bandas como rangos de tolerancia:
Línea 1 Licenciamiento y soporte técnico de Laserfiche
El Tribunal Registral Administrativo no se encuentra exento del impuesto al valor agregado; por tanto, las bandas indicadas incluyen dicho impuesto y los interesados deberán considerarlo en su oferta.
A efectos de analizar las ofertas, se tendrán por inadmisibles aquellas ofertas que se encuentren fuera de las bandas indicadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
La oferta será rechazada cuando presente un precio inaceptable según lo dispuesto en el Artículo 106 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública. A fin de determinar la razonabilidad del precio ofertado se requiere que los oferentes presenten desglose detallado de la estructura del precio el cual debe contar con la totalidad de los costos asociados. El Tribunal no cancelará montos adicionales al precio que no se hayan considerado en la estructura del precio indicado.
Cuando la oferta se presente en dólares, la factura se cancelará en colones costarricenses, al tipo de cambio de referencia para la venta emitido por el Banco Central de Costa Rica, vigente al día en que se efectuará el pago, de conformidad con el artículo 48 de la citada Ley N°7558. El Tribunal no asumirá el diferencial cambiario por entrega tardía imputable al adjudicatario o por entrega de facturas para pago después de 5 días de entregado el bien.
En lo que respecta a la forma de pago, se pagará en colones costarricenses dentro de los treinta (30) días naturales siguientes a la presentación de las facturas en la Tesorería del Tribunal, previo recibido conforme por escrito del administrador del contrato.
El pago de los servicios se realizará una vez que los mismos hayan sido recibidos a entera satisfacción por parte del administrador del contrato, entendiéndose esto que se hayan verificado técnicamente conforme a lo especificado en la respectiva oferta, que se encuentren operacionales y con el recibido conforme definitivo del administrador del contrato quien será el responsable de la revisión y recibo a satisfacción de los equipos. El Administrador del Contrato deberá notificar, a la Tesorería, que los servicios han sido recibidos a entera satisfacción y que su funcionamiento es el esperado de acuerdo con los términos del cartel, la oferta y el contrato respectivo.
Para efectos de pagos por transferencia el adjudicatario deberá indicar en su oferta la entidad bancaria, el número de cuenta IBAN, moneda, el nombre con el que aparece inscrita la cuenta y el número de cédula física o jurídica según corresponda.
El Tribunal como ente recaudador deducirá del total de la factura el 2% por concepto de impuesto de renta.
El Tribunal no se encuentra exento del impuesto al valor agregado IVA por lo tanto deberá el oferente contemplarlo en el precio ofertado.
Una vez verificado el cumplimiento de las condiciones pactadas, recibido el conforme de la administradora del contrato y presentada la factura correspondiente, se tramitará el pago dentro de los 30 días naturales siguientes a la recepción de la factura.
4. Forma de pago:
La facturación deberá ser tramitada por medio del módulo de Recepción de SICOP. Al no contar con interfaz de SIGAF no se tramitará el pago por medio del módulo de pago de SICOP, solamente se realizará por medio del módulo de Recepción de SICOP.
5. Derechos y prerrogativas del Tribunal
Queda a criterio del Tribunal, durante el plazo de estudio de las ofertas, requerir a los participantes la ejecución de las pruebas, explicaciones y aclaraciones que se consideren necesarias.
El Tribunal se reserva el derecho de verificar si la información brindada por el oferente se ajusta a la realidad.
6. Documentación adicional
En caso de persona jurídica deberá adjuntar a su oferta certificación de personería vigente donde se demuestre la capacidad de actuar del firmante de la oferta.
Tratándose de personas jurídicas, deberá presentar una declaración jurada de naturaleza y propiedad de las acciones que contenga la cédula jurídica o física de los accionistas según corresponda, el capital social, la naturaleza de sus acciones, y a quién pertenecen. Además, como parte de esa declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el(los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial. En caso de que los accionistas del oferente y del subcontratista sean a su vez personas jurídicas, la declaración jurada deberá comprender, además, la información señalada anteriormente respecto de estas últimas”.
En caso de actuar mediante poder especial, se deben detallar claramente los actos jurídicos específicos para los cuales se faculta al apoderado, con la indicación expresa del número de contratación para la cual se le está otorgando el mandato, conforme lo establecido en el artículo 1256 del Código Civil.
No se admitirán documentos denominados “Poder Especial” cuando en estos se otorguen facultades propias de poderes generales o generalísimos, dado que el tipo de poder no lo define el título o denominación que se le asigne al documento, sino las facultades otorgadas en él.
Para acreditar la validez de los poderes que se otorguen con el fin de participar en este procedimiento de contratación pública, la administración verificará, si el poderdante está facultado para otorgar el poder con o sin limitaciones, (por ejemplo en cuanto a suma o facultades) o si para su otorgamiento se requiere la firma conjunta de dos o más mandantes y las especificaciones propias de cada mandato conforme la normativa vigente.
7. El oferente deberá encontrarse al día con:
a. CCSS b. INA c. IMAS d. FODESAF e. Tributación Directa f. Impuesto a personas jurídicas g. Impuestos municipales (deberá aportar comprobante de encontrarse al día con la municipalidad correspondiente). |
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8. Reajuste de precios |
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El oferente tendrá como medio principal por el cual se garantiza a las partes contratantes el derecho al mantenimiento del equilibrio económico ante las variaciones en los costos directos e indirectos en los contratos de bienes y servicios, realizados al amparo de la Ley General de Contratación Pública, el Reglamento a la Ley General de Contratación Pública y el presente reglamento.
La anterior obligación no excluye la posibilidad de que el Tribunal solicite información adicional atinente al cálculo de los precios contemplados en la oferta cuando ello resulte necesario. Podrá subsanarse la omisión del desglose de la estructura de precios únicamente si ello no genera una ventaja indebida para el oferente que no cumpla.
Para las solicitudes de revisión de precio, se aplicará según lo normado en el Decreto Ejecutivo N° 44937-H-MICITT-MIDEPLAN, que se refiere al Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, publicado en el Alcance N° 46 de la GACETA N° 64 del 03 de abril de 2025.
9. Garantía de Cumplimiento
Con el fin de garantizar la correcta ejecución del contrato la administración requiere que el adjudicatario presente una garantía de cumplimiento equivalente al 5% del monto total adjudicado. |
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10. Sanciones
Se aplicará una multa por cada día hábil de atraso en la entrega del bien adjudicado, de conformidad con la METODOLOGÍA PARA LA DEFINICIÓN Y ESTIMACIÓN DE LAS PENALIZACIONES A APLICAR EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION PÚBLICA adjunta. El tope máximo de multa será de 25% del monto de la factura, una vez superado este porcentaje se iniciarán los procedimientos correspondientes descritos en los artículos del 116 y 117 del Decreto 43808-H. Para los efectos de este aparte, se considerarán justificados atrasos, únicamente por circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, por fuerza mayor o hechos de la propia Administración debidamente demostradas por escrito ante el área de Tecnologías de Información, dentro del impostergable plazo de cinco (05) días hábiles posteriores a la fecha en que se detectó el problema, de acuerdo con los términos ofertados.
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Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Cláusula penal. Se aplicará una multa por cada día hábil de atraso en la entrega del bien adjudicado, de conformidad con la METODOLOGÍA PARA LA DEFINICIÓN Y ESTIMACIÓN DE LAS PENALIZACIONES A APLICAR EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION PÚBLICA adjunta. El tope máximo de multa será de 25% del monto de la factura, una vez superado este porcentaje se iniciarán los procedimientos correspondientes descritos en los artículos del 116 y 117 del Decreto 43808-H. Para los efectos de este aparte, se considerarán justificados atrasos, únicamente por circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, por fuerza mayor o hechos de la propia Administración debidamente demostradas por escrito ante el área de Tecnologías de Información, dentro del impostergable plazo de cinco (05) días hábiles posteriores a la fecha en que se detectó el problema, de acuerdo con los términos ofertados.
Documentos del cartel1
- CONDICIONES GENERALES Y ESPECÍFICASPDF · 614 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Cynthia Pamela Arguedas Loaiza
Administrativo
Cynthia Pamela Arguedas Loaiza
Administrativo
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 29/09/2026 03:35. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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