2026RE-000002-0031200001 · SICOP 20260802782
Procedimiento para el remate de locales del Mercado Municipal y de Terminal de Buses en el cantón de Montes de Oro
Municipalidad de Montes de Oro
Municipalidad de Montes de Oro ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡700 000. Se abrió el 09/09/2026. En todos los lotes ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡700 000
para todos los lotes
Ofertas recibidas
—
apertura pendiente
Suma de las ofertas más bajas
—
Fechas clave
- Se publicó25/08/2026 11:38 · hace 48 días
- Límite para 27/08/2026 23:59 · hace 46 días
- de ofertas09/09/2026 10:15 · hace 33 días
- (plazo máximo)≈ 23/09/2026 · hace 19 días
Nota de la institución. El administrador del contrato será el responsable de atender las consultas que presenten los posibles oferentes.
Contexto
- Compras parecidas recibieron en promedio 1 oferentes.91 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años, en cualquier institución.
- Municipalidad de Montes de Oro adjudicó ₡1 316,3 millones en 47 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra7 líneas · 7 lotes
- L1Servicio de Alquiler de Local en Edificio Servicio de Alquiler de Local en Edificio1 · ₡100 000,001₡100 000,00
- L2Servicio de Alquiler de Local en Edificio Servicio de Alquiler de Local en Edificio1 · ₡100 000,001₡100 000,00
- L3Servicio de Alquiler de Local en Edificio Servicio de Alquiler de Local en Edificio1 · ₡100 000,001₡100 000,00
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Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1₡85 000 – ₡100 000
- Lote 2₡85 000 – ₡100 000
- Lote 3₡85 000 – ₡100 000
- Lote 4₡85 000 – ₡100 000
- Lote 5₡85 000 – ₡100 000
- Lote 6₡85 000 – ₡100 000
- Lote 7₡85 000 – ₡100 000
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
Lo que exige el cartel
- : 10 %
- : no se exige
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- Sin automático: la institución decide con base en el precio y los requisitos.
SICOP no muestra ofertas para esta licitación.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
El participante debe ofrecer en su puja una diferencia mínima de cinco mil colones
respecto a la última puja que se encuentre en el sistema.
Ser mayor de edad, por lo que deberá aportar cedula de identidad.
Presentar certificaciones que hagan constar que está al día en el pago de los
tributos municipales del cantón.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Serán oferentes las personas físicas o jurídicas que se encuentren registradas en
el sistema SICOP y que realicen la puja electrónica directamente o por medio de
un representante autorizado.
• No serán consideradas las propuestas presentadas vía correo electrónico, fax o
forma física. Únicamente será válidas las ofertas (pujas) que se realicen
electrónicamente mediante el sistema SICOP.
• Una vez vencido el plazo para pujas, en el sistema SICOP no permitirá el acceso o
participación de algún interesado. Se consignará en la gestión de apertura
electrónica los posibles adjudicatarios en cada línea (mejores oferentes en orden
ascendente de las propuestas económicas).
Ser mayor de edad, por lo que deberá aportar cedula de identidad.
• Ser de reconocida buena conducta
• No haber sido procesado anteriormente por delitos o contravenciones contra la
propiedad, por que deberá presentar hoja de delincuencia.
Únicamente podrán ser inquilinos, además de los costarricenses, los extranjeros
que cumplan los requisitos que, para los efectos de ejercer el comercio en el país,
exige el artículo 8 del Código de Comercio.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley General de Contratación
Pública, los oferentes deberán aportar declaración jurada en la que consignen que
no se encuentran cubiertos por el régimen de prohibiciones para contratar con la
Administración Pública, establecidos en los incisos del artículo 28 de la Ley General
de Contratación Pública. Tomando en cuenta que brindar información falsa está
tipificado en el artículo 119 de la Ley General de Contratación Pública.
• Declaración Jurada donde manifieste encontrarse al día en el pago de todo tipo de
impuestos nacionales de acuerdo con el artículo 14 inciso f) de la Ley General de
Contratación Pública.
• Con sustento en lo dispuesto en el artículo 14 inciso f) de la Ley General de
Contratación Pública, aportar certificación original con la que se demuestre que se
encuentra al día en el pago de las cuotas obrero-patronales con la Caja
Costarricense de Seguro Social, o bien, que tiene un arreglo de pago aprobado por
ésta, vigente al momento de la firma del contrato.
• En caso de que la certificación acredite que no se encuentra inscrito como patrono
ante la CCSS, y del objeto licitado se derive tal obligación, la Administración le
solicitará explicación, la que, en caso de resultar insatisfactoria de acuerdo con los
lineamientos establecidos por la CCSS, provocará la exclusión del concurso y la
denuncia ante las autoridades correspondientes de cobro de la CCSS.
• De conformidad con la normativa vigente sobre la materia, durante toda la ejecución
del objeto contractual, la Administración verificará que la empresa contratante se
encuentre al día en el pago de sus obligaciones con la CCSS, para lo que podrá
solicitar, que se le proporcionen las certificaciones correspondientes.
• De acuerdo con el artículo 14 inciso f) de la Ley General de Contratación Pública,
aportar certificación original con la que se demuestre que se encuentra al día con
el Fondo de Desarrollo y Asignaciones Familiares (FODESAF).
• De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 la Ley General de Contratación
Pública, presentar declaración jurada de que no se encuentra inhibido o inhabilitado
para contratar con la administración pública y que no se encuentre inhabilitado para
el ejercicio del comercio o se encuentra declarado en estado de insolvencia o
quiebra.
• En caso de no poder cumplir con alguna de estas declaraciones o que le alcancen
prohibiciones o no este al día con la caja, se declarará insubsistente la adjudicación
sin responsabilidad para la municipalidad y se adjudicará al segundo mejor postor.
• Para este contrato la Municipalidad de Montes de Oro estará exenta de toda
responsabilidad directa o indirecta y laboral que pueda surgir como consecuencia
de la ejecución de las actividades que originan este procedimiento.
READJUDICACIÓN
Si el adjudicatario no efectuara la cancelación total del precio, la Administración Municipal
declarará de inmediato insubsistente la adjudicación, sin perjuicio de la pérdida de la
garantía de cumplimiento que quedará a favor de la Administración Municipal. En el
momento de constatarse la falta de cancelación, se adjudicará el bien al segundo mejor
postor, si este manifiesta su anuencia, y se le conferirá un plazo de tres días hábiles para
que cancele la totalidad del precio.
1.8 CONTRATO
Una vez cancelado el precio respectivo por el adjudicatario, la Administración Municipal, para la mejor comprensión de los alcances de los derechos y obligaciones de las partes, formalizará el contrato en SICOP con los datos pertinentes y lo suscribirá conjuntamente con el primero. La formalización del contrato se realizará dentro del plazo de un mes a partir de la terminación del remate.
Una vez realizado el contrato mencionado anteriormente, y el cual corresponde al remate, la administración municipal elaborará un contrato de arrendamiento; puesto que los locales comerciales ubicados en las instalaciones del Mercado Municipal del Cantón de Montes de Oro se someten a las siguientes descripciones:
a. Considérese el Mercado Municipal, para cualquier efecto jurídico y en específico los que
regula el Reglamento correspondiente, como bienes demenciales municipales existentes
dentro del Patrimonio Público de la Municipalidad de Montes de Oro.
b. Por esta misma naturaleza estos inmuebles estarán sujetos a los principios de
inembargabilidad, imprescriptibilidad e inmatriculación conforme lo determina el
Ordenamiento Jurídico vigente, tanto en las relaciones propias de la Municipalidad, como
de ésta con terceros y con los concesionarios de locales comerciales y de servicios allí
instalados y de éstos últimos con terceros o con cualquier otro sujeto de derecho público o
privado.
c. Las personas sujetas que operen locales comerciales en el Mercado y Terminal de la
Municipalidad de Montes de Oro serán consideradas como personas concesionarias a
quienes se ha otorgado un derecho de uso en precario de la porción del inmueble dicho
para un fin específico y que se encuentra debidamente regulado por normas internas
municipales y por los procedimientos de naturaleza pública.
d. Estas concesiones de locales municipales constituyen efectivos “derechos reales
administrativos”, cuyo ejercicio no constituye una simple relación de alquiler sometida al
derecho privado, sino que conlleva para el particular una forma de uso y aprovechamiento
de una cosa pública que tiñe de carácter público determinadas facetas de la actividad
comercial o de servicio desarrollada en virtud del propio servicio público prestado.
e. Quien explota un local comercial en estos inmuebles demaniales desempeña entonces
una actividad de doble naturaleza a saber:
a) Es una actividad comercial privada con todos los derechos y obligaciones que de ella
derivan.
b) Se trata de una actividad de servicio público desarrollada en un inmueble municipal ad
hoc y con una inmediata finalidad que constituye la causa misma de que el puesto se le
haya adjudicado y que consiste en mantener un centro de intercambio a nivel local para
facilitar el expendio y abastecimiento de artículos de primera necesidad lo que a su vez
viene a ser un servicio público municipal típico y tradicional.
f. En su condición de personas concesionarias de derechos en precario se encuentran en
una relación de sujeción especial con la Administración Municipal conforme lo establece el
artículo 14 de la Ley General de Administración Pública.
g. Las actividades comerciales no autorizadas son las establecidas en el Reglamento que
regula el Mercado Municipal como la venta de licores, cigarros, armas, pólvora.
* Deben tramitar una licencia comercial “patente”, conforme a su actividad comercial para
poder funcionar.
* El pago de servicios públicos corre por cuenta de cada inquilino (agua, basura, electricidad
y demás servicios que requiera).
Debe de solicitar el número de medidor de electricidad y número de paja según el local
adjudicado en el procedimiento de remate, para los pagos respectivos.
* Horario del mercado: De lunes a sábado de 6:00 a.m. a 7:00 p.m., Domingos hasta
12:00md; y los feriados que caen de lunes a sábado se abre a las 6:00 am y se cierra a las
12:00 md.
* Los locales no pueden ser cedidos, subarrendados, ni vendidos.
* La renuncia del local se debe de hacer por escrito con un mes de anticipación a la fecha
de entrega del local.
* Para ser inquilino deberá estar al día con el pago de impuestos, tasas y contribuciones
municipales.
Las prohibiciones de los inquilinos del mercado se regulan según el artículo 25 y
26 del Reglamento del Mercado Municipal de Montes de Oro.
* El funcionamiento del Mercado Municipal se encuentra regulado conforme al Reglamento
del Mercado Municipal de Montes de Oro y legislación atinente
NOTA: SE ADJUNDA A LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y EL CROQUIS
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
CONDICIONES GENERALES
* El expediente del procedimiento del remate se encontrará en forma digital en el sistema SICOP para su consulta.
* Los oferentes interesados deberán estar inscritos en el registro de proveedores de SICOP.
De no estar registrados y cuentan con certificado digital podrán registrarse en línea
www.sicop.go.cr Para más información pueden comunicarse al teléfono 800-00SICOP
(800-0074267)
* Posterior a cerrar el acto de remate se declarará adjudicatario a quien presente la mejor oferta (mayor puja), comunicando la adjudicación al correo electrónico que el oferente tenga registrado en la plataforma SICOP.
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
El adjudicatario o rematante deberá cancelar en ese mismo acto, en concepto de garantía de cumplimiento, al menos el equivalente al 10% del monto adjudicado del local rematado para perfeccionar la adjudicación (dicho depósito deberá ser realizado el mismo día del cierre de las pujas del remate). La garantía de cumplimiento será depositada a la cuenta corriente de la Municipalidad de Montes de Oro. Para cancelar el resto del precio, el interesado dispondrá de tres días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación.
El depósito o transferencia electrónica podrá ser realizada la cuenta del Banco Nacional de la Municipalidad de Montes de Oro, CÉDULA JURÍDICA Nº: 3-014-042118 Cuenta cliente:
15104610010015669 (Banco Nacional de Costa Rica) Nº cuenta: 100-01-046-001566-1 IBAN CR13015104610010015669 Se debe presentar copia de los respectivos comprobantes bancarios en el acceso de pago del sistema SICOP
Documentos del cartel1
- ESPECIFICACIONESPDF · 645 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Johnny Francisco Badilla Soto
Gestión de Servicios
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 29/09/2026 02:08. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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