2026PX-000112-0018962008 · SICOP 20260803085
L-313-2026 REPUESTOS PARA EQUIPOS DE LABORATORIO CECAPRO
Universidad Técnica Nacional
Universidad Técnica Nacional ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡12,8 millones y quedó en firme el 07/09/2026. Se recibieron 2 ofertas de 1 empresa en 2 lotes (partidas). En todos los lotes ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡12,8 millones
para todos los lotes
Ofertas recibidas
2
de 1 empresa en 2 lotes
Suma de las ofertas más bajas
₡12,7 millones
1,1 % por debajo del presupuesto
Quién ganó cada loteen firme 07/09/2026
- L1Ventas y Servicios de Equipo Medico y Electronico OrgomaJuego (kit) de Repuestos # 9910093000, para Nebulizador de Equipo de Absorcion Atomica₡1 506 330,49
- L2Ventas y Servicios de Equipo Medico y Electronico OrgomaJuego de Repuestos para Cromatografo de Gases 7890a Marca Agilent Technologies # CN12441178₡11 146 306,73
Informe de recomendación de Alejandra Salazar Madrigal, 04/09/2026 · adjuntos: INA.pdf, HACIENDA.pdf
Fechas clave
- Se publicó26/08/2026 13:22 · hace 46 días
- Límite para 27/08/2026 23:59 · hace 45 días
- Límite para 28/08/2026 23:59 · hace 44 días
- Cierre de ofertas03/09/2026 10:00 · hace 38 días
- de ofertas03/09/2026 10:05 · hace 38 días
- publicado07/09/2026 08:25 · hace 34 días
- Adjudicación 07/09/2026 08:25 · hace 34 días
Contexto
- Universidad Técnica Nacional adjudicó ₡2 685,6 millones en 372 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra2 líneas · 2 lotes
- L1Juego (kit) de Repuestos # 9910093000, para Nebulizador de Equipo de Absorcion Atomica1 c/u · ₡1 510 000,001 c/u₡1 510 000,00
- L2Juego de Repuestos para Cromatografo de Gases 7890a Marca Agilent Technologies # CN124411781 c/u · ₡11 280 000,001 c/u₡11 280 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1₡1,3 millones – ₡1,5 millones
- Lote 2₡9,6 millones – ₡11,3 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡451,7 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Lote 1 · Juego (kit) de Repuestos # 9910093000, para Nebulizador de Equipo de Absorcion Atomica1 oferta
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Ventas y Servicios de Equipo Medico y Electronico OrgomaGanó | 100 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 2 · Juego de Repuestos para Cromatografo de Gases 7890a Marca Agilent Technologies # CN124411781 oferta
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Ventas y Servicios de Equipo Medico y Electronico OrgomaGanó | 100 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se comunica el resultado de acto final.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
-
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
- Plazo de entrega. Máximo 60 días hábiles luego de notificado el contrato.
- Cuadro de especificaciones técnicas:
|
Partida |
Línea |
Especificaciones |
|
01 |
01 |
JUEGO (KIT) DE REPUESTOS # 9910093000, PARA NEBULIZADOR DE EQUIPO DE ABSORCION ATOMICA Incluye: • Nebulizer capillary kit Mark 7 s/c, 1/pk • Mark 7 spray chamber O-ring kit, aqueous • Mercury absorption cell VGA 76/77, 1/pk
|
|
02 |
02 |
JUEGO DE REPUESTOS PARA CROMATOGRAFO DE GASES 7890A MARCA AGILENT Incluye: • Gold Plated Inlet Seal with Washer • Split vent trap PM kit,single cartridge • 5977B EI Cal Valve Diff – Support • Fan Assembly • Filament,high temperature EI for GCMS • 5977 EI Inert 350 Repeller Assembly • Drawout Plate, 3mm, for inert source • NEW-SSL Manifold Assembly, 100 PSI • Oil Mist Filter, 3/8 BSP Male Threads
|
|
Analista:
|
Alejandra Salazar Madrigal asalazarm@utn.ac.cr miércoles, 26 de agosto de 2026 |
Teléfono:
|
2455-1000 extensión 3089 |
|
Elaborado por: __________________________________
Analista Compras - Contratación Administrativa
|
|||
Este Pliego de Condiciones se rige bajo la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
PLIEGO DE CONDICIONES DE PX) PROCEDIMIENTO POR EXCEPCIÓN
OBJETO CONTRACTUAL
“L-313-2026 REPUESTOS PARA EQUIPOS DE LABORATORIO CECAPRO”
ESTIMACIÓN PRESUPUESTARIA:
CRC 12 790 000,00
(DOCE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA MIL COLONES CON 00/100)
1. INFORMACIÓN GENERAL DE LA CONTRATACIÓN.
- Fiscalizador técnico. Para la ejecución del objeto de contratación, la UTN designa a las siguientes dependencias:
- Maynor Vargas Vargas - Administración Universitaria Alajuela
- Partida(s) No.1,2 - Línea(s) 1,2
- E-mail: mvargas@utn.ac.cr
- Teléfono: 2435 5000 Ext: 8604
- CONDICIONES GENERALES.
-
- La oferta debe estar debidamente firmada por la persona facultada para ello.
- El OFERENTE, ADJUDICATARIO, CONTRATISTA o SUBCONTRATISTA, según corresponda dentro del tiempo, DEBERÁ estar AL DÍA en todo momento, con: C.S.S., Ley Nº9024 (Impuesto Personas Jurídicas), FODESAF, Situación Tributaria con la Hacienda Pública e INA.
- Documentos a aportar mediante el sistema digital unificado.
- Fichas técnicas u otros documentos que se considere oportuno acompañar, según la naturaleza del objeto licitado.
- Información Bancaria: BANCO, MONEDA y Cuenta IBAN.
- Justificación de razonabilidad de precios: ofertas fuera de los márgenes establecidos en este pliego de condiciones (Piso – techo, apartado 1.16).
- Patente comercial:
- Estructura de precios: Establecido en este pliego de condiciones (Apartado 1.14).
- Beneficiarios Finales. A fin de cumplir con lo establecido en el artículo 29 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 32 de su Reglamento, se aclara que tanto para la Persona física como para la Persona Jurídica que desee participar en la presente licitación, se entenderán como BENEFICIARIO(S) FINAL(ES) las personas establecidas en el Registro de Proveedores del Sistema de Compras Públicas (SICOP).
- Documentos
- La excepción a la publicidad de la información se encuentra contenida en el artículo 15 de la Ley General de Contratación Pública, No.9986; así como en el artículo 30 de su Reglamento.
- En caso de que un participante considere que existen datos en su oferta con excepción a la publicidad, deberá separar esa información en ARCHIVOS INDEPENDIENTES, para luego INDIVIDUALMENTE categorizar esos documentos como “CONFIDENCIALES” dentro del sistema digital unificado.
- El oferente deberá argumentar sobre los motivos que lo llevan a clasificar sus documentos como confidenciales, haciendo señalamiento claro del sustento jurídico por los cuales realiza esta excepción.
- En caso de que el oferente NO cumpla con lo anteriormente señalado o que esta administración, tras realizar la evaluación pertinente, considera que dichos archivos NO merecen la condición de CONFIDENCIALIDAD, se procederá dentro del plazo establecido en la normativa supra citado a cambiar a un estatus de “PÚBLICO” todos aquellos documentos involucrados en esta gestión.
- Tipos de oferta. Las ofertas presentadas podrán ser las siguientes:
- Ofertas base. Todo oferente deberá presentar una oferta base que responda al llamado de la Administración, pudiendo limitar la entidad contratante en el pliego de condiciones la cantidad de ofertas alternativas que aceptará de un mismo oferente.
- Vigencia del Contrato
- La vigencia del contrato derivado de esta licitación será de UN (01) año.
- Sistema de Evaluación de Ofertas. Una vez determinado que las ofertas cumplen con los aspectos legales y técnicos (cumplimiento de los requerimientos solicitados en el pliego de condiciones y cuando así la UTN lo requiera mediante la revisión, verificación de las muestras), se procederá a realizar la calificación de cada oferta, bajo la siguiente metodología de evaluación:
|
Factores de evaluación |
Porcentaje |
|
|
A |
Precio |
100% |
|
Total |
100% |
|
- PRECIO (100%):
Se calificará según la siguiente fórmula:
Donde:
PP: Puntaje por precio.
P oferta: Precio de la oferta en estudio.
P min: Menor precio ofrecido de cada producto.
PT: Máximo puntaje por precio alcanzable (100%)
- Estructura de precios.
TODOS los interesados en participar, deberán especificar la estructura de costos del precio ofertado (por línea o partida, según corresponda), según lo indicado en el siguiente cuadro:
|
RUBRO |
VALOR ABSOLUTO |
PROCENTAJE |
|
Costos Directos (CD) |
- |
- |
|
Costos Indirectos (CI) |
- |
- |
|
Utilidad (U) |
- |
- |
|
Imprevistos (I) |
- |
- |
|
TOTAL SIN IVA |
- |
100,00 |
|
IVA ** |
- |
|
|
TOTAL CON IVA |
- |
|
** De acuerdo con la Ley 9635, la UTN está gravada con un 2%; en el caso de productos servicios que estén afectos a tarifas menores como los agroquímicos, la UTN pagará la tasa que dicte la citada Ley y sus reformas.
Los precios ofertados deben cumplir con:
- Deben ser firmes y definitivos, de acuerdo con el artículo 98 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, No.9986.
- Los precios deben ser unitarios y totales, según lo establecido en el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública, No.9986; así como en el artículo 104 de su Reglamento.
- La UTN requiere que los ACARREOS estén incluidos en el precio de cada artículo, no se aceptan propuestas que lo indiquen en la casilla ACARREOS del Sistema Digital Unificado.
- La plica que sea presentada con el IVA incluido o costo de los ACARREOS en la casilla del Sistema Digital Unificado, será descalificada del concurso.
- Estudios a realizar por esta Administración. Con base en el artículo 90, apartado 3, inciso c del Reglamento de la Ley General de Contratación Pública, No.9986; esta Administración señala a continuación los estudios a realizar:
- Estudios Legales
- Estudios Técnicos
- Estudios Económicos
- Análisis de la razonabilidad del precio.
- La UTN realizará el análisis de razonabilidad del precio de las ofertas recibidas para la(s) PARTIDA(S) que compone el concurso.
- Se considerarán razonables y por lo tanto aceptables los precios TOTALES / UNITARIOS que se ubican a continuación:
**Precio incluye el 2% el IVA
|
Partida |
Producto |
Precio Referencia |
Porcentaje Razonabilidad |
PISO |
TECHO |
|
1 |
Juego (Kit) de repuestos para nebulizador de equipo de absorción atómica |
₡1 506 330,49 |
2,00% |
₡1 476 203,88 |
₡1 536 457,10 |
|
|
Juego de repuestos para cromatógrafo de gases |
₡11 146 306,73 |
2,00% |
₡10 923 380,60 |
₡11 369 232,86 |
- El presente APARTADO será evaluado según lo establecido en el del artículo 41 de la Ley General de Contratación Pública, No.9986; así como en el artículo 106 de su Reglamento.
- Posterior a la revisión de los fundamentos que externó la evaluación anterior; esta ADMINISTRACIÓN determinará cuales propuestas serán inaceptables y no formarán parte de las ofertas elegibles según los criterios establecidos en el artículo 41 de la Ley General de Contratación Pública, No.9986; así como en el artículo 106 de su Reglamento.
- Todas las ofertas que queden seleccionadas en el análisis de razonabilidad de precios pasarán a la siguiente evaluación.
- Plazo de adjudicación. El plazo MÁXIMO de adjudicación será de (10) día(s) hábiles, posterior(es) a la fecha de recepción de ofertas.
- Forma de adjudicación.
- La UTN se reserva el derecho de realizar la adjudicación total, parcial o bien declarar desierto el concurso por conveniencia de sus intereses.
- Al momento de la adjudicación, en tanto la oferta favorecida se ajuste al contenido presupuestario; esta Administración podrá aplicar las facultades contenidas en el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública, No.9986; así como en el artículo 104 de su Reglamento.
- CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL.
- Garantía de cumplimiento. Dentro de la presente Licitación, esta Administración NO solicitará la rendición de Garantías de Cumplimiento.
- Regulaciones que deben observarse. La empresa contratada no podrá ceder o transferir los derechos u obligaciones derivados del contrato, ni los términos y condiciones aplicables, sin previa autorización por escrito por parte de la UTN.
- Ejecución del contrato.
- El contratista se sujetará a las disposiciones contempladas en los artículos 12, 14, 43, 101, 106, 113, 115 siguientes y concordantes de la Ley General de Contratación Pública, No.9986; así como en los artículos 273, 274, 275, 293 del Reglamento, y demás normativas que rige la materia de Contratación Pública.
- Los siguientes aspectos se regirán por la normativa vigente aplicable, tales como:
- Orden de Inicio: se emitirá por parte de la Proveeduría Institucional en los siguientes 15 días hábiles a la formalización contractual y / o Refrendo si fuese requerido.
- Solicitud de Recepción de los Bienes y Servicios vía Sistema Digital Unificado
- Conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la ley general de contratación pública y el artículo 25 de su reglamento, para esta contratación el contratista deberá usar los casilleros estipulados para la Recepción de Bienes y Servicios.
- El contratista deberá una vez confirmada la cita, realizar la solicitud de recepción correspondiente en el sistema sicop, adjuntando a este trámite la factura, los tres XML y el correo enviado por el analista con la cita asignada, todo según el artículo 284 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, No.9986 y posterior Recepción definitiva: según el artículo 285 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, No.9986.
- En caso de que el proveedor comercial NO adhiera al trámite el correo enviado por el analista con la cita asignada, el administrador de contrato deberá rechazar la solicitud indicando las razones.
- Rechazo del objeto contratado: todo según el artículo 286 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, No.9986.
- Recepción de Líneas Pendientes
- Cuando se reciben líneas de forma parcial o se realiza un rechazo total de la línea, el sistema le notifica al proveedor comercial para que realice la entrega de forma correcta.
- Ante esta situación, el proveedor comercial envía nuevamente una solicitud de recepción mediante el SICOP para que el administrador de contrato (Analista Compras) proceda con la aceptación de la solicitud, gestión del acta de recepción provisional y acta de recepción definitiva siguiendo el proceso anteriormente señalado en el apartado 3.4.2.2.1 y 3.4.2.2.2.
- Aplicación del Artículo 276 del RGCA. La UTN se reserva el derecho de aumenta o disminuir esta contratación según convenga a la institución.
- Administrador del Contrato. Dentro de la ejecución del contrato, la UTN designa a las siguientes dependencias:
- Maynor Vargas Vargas - Administración Universitaria Alajuela
- Partida(s) No.1,2 - Línea(s) 1,2
- E-mail: mvargas@utn.ac.cr
- Teléfono: 2435 5000 Ext: 8604
- Facturación.
- Impuestos: Con base en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas N°9635, según el “Artículo 11 - Tarifa Reducida”. Punto 2. Se cancelará por concepto del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) un DOS POR CIENTO (2%) sobre el monto total adjudicado, para los siguientes bienes o servicios: Inciso d. compra y la venta de bienes y servicios que hagan las instituciones estatales de educación superior, sus fundaciones, las instituciones estatales, el Consejo Nacional de Rectores (CONARE) y el Sistema Nacional de Acreditación de la Educación Superior (SINAES), siempre y cuando sean necesarios para la realización de sus fines”.
- De tratarse de un impuesto diferente al IVA la UTN se encuentra exenta de los mismos, según Artículo No. 13 de la Ley No. 8638, del 14 de mayo de 2008 y publicada el 14 de junio de 2008.
- En caso de encontrarse bajo el amparo de un transitorio que los exonere del IVA, deben aportar dicho documento vigente a la oferta, en caso de no contar con el mismo se aplicaría el 2% correspondiente a la dispuesto para la UTN.
- El adjudicatario deberá facturar digitalmente, enviando el documento electrónico al correo de: felectronica@utn.ac.cr
- El correo enviado a dicha dirección, deberá contener los tres documentos adjuntos que todo sistema de facturación electrónica debe emitir:
- La factura en formato PDF.
- Dos archivos XML.
- La factura deberá presentarse en el tipo de moneda cotizado, cuando se trate de una moneda distinta al colón, el pago se realizará en colones costarricenses y de acuerdo a lo establecido en el artículo 98 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, No.9986.
- Recepción definitiva. La recepción definitiva se emitirá dentro de los TREINTA (30) días naturales, posterior(es) a la fecha de la recepción provisional.
- Formas de pago. El pago se realizará dentro de los TREINTA (30) días naturales, posterior(es) a la fecha de recepción definitiva de los bienes y/o servicios.
- Mantenimiento del equilibrio económico de los costos directos e indirectos del contrato.
- Para la solicitud de reajustes o revisión del precio, es necesario demostrar la variación de los respectivos costos que conforman el precio. El derecho a reajuste de los precios rige desde la presentación de la oferta y podrá ser solicitado una vez que dé inicio la ejecución contractual. No obstante, es necesario y obligatorio documentar y justificar dicha solicitud aportando todas las pruebas necesarias.
- Para el cumplimiento del artículo 43 de la Ley General de Contratación Pública, No.9986; así como del artículo 103 de su Reglamento se requiere que el CONTRATISTA aporte el presupuesto detallado de la obra o servicio.
- Dentro de los Gastos Administrativos deben considerarse el gasto de transporte de los productos, así como cualquier gasto relacionado con los procesos de despacho de mercadería, facturación, etc.
- El índice base a utilizar en el análisis de reajuste, así como el de revisión de precios será el correspondiente a la fecha de la apertura de ofertas.
- El cálculo se deberá realizar de forma mensual de acuerdo a la fecha de inicio de los bienes y/o servicios y hasta la fecha de cada factura, según corresponda.
- Debe considerarse que la utilidad y los imprevistos no están sujetos de reajuste ni revisión.
- El precio base se mantendrá durante todo el periodo de la contratación, el cual será el mismo de la adjudicación.
- Las solicitudes de revisión o de reajuste de precio deben ser acompañadas de los siguientes documentos, sin los cuales no serán atendidas por la Administración:
- El desarrollo de la fórmula matemática propiamente dicha que se utiliza para calcular la revisión del precio y su correspondiente desarrollo.
- La presentación de los documentos en donde consten los índices y cualquier otro documento que demuestre las variaciones en las condiciones del precio.
- Fórmula matemática aplicable a la revisión del precio: El oferente deberá tener presente los elementos que componen el precio, que son:
P = MO + I + GA + U
Donde:
|
P |
100% Precio cotizado. |
|
MO |
Porcentaje de costo de mano de obra del precio cotizado. |
|
I |
Porcentaje de costos de insumo del precio cotizado. |
|
GA |
Porcentaje de costo de gastos administrativos del precio cotizado. |
|
U |
Porcentaje de utilidad del precio cotizado.
*Nota: para el caso de las LICITACIONES por SERVICIOS CONTINUADOS, la utilidad no podrá ser inferior a un DIEZ POR CIENTO (10%). |
- Los elementos “MO” y “GA” se entenderán referidos sobre el precio cotizado originalmente en caso de no haberse dado ya una revisión, y sobre el último precio reajustado en caso de haberse producido anteriormente una revisión del precio.
- Con estos elementos se plantea la fórmula de variación de precios de la siguiente manera:
EXPRESIÓN ALGEBRAICA
Donde:
|
Pv |
Precio variado. |
|
Pc |
Precio de cotización. |
|
MO |
Porcentaje de costo de mano de obra del precio de cotización. |
|
GA |
Porcentaje de gastos administrativos del precio de cotización (Se utilizará el índice de precios al consumidor – IPC). |
|
iMO tv |
Índice del costo de la mano de obra en el momento considerado para la variación. |
|
iMO tc |
Índice del costo de la mano de obra en el momento de la cotización. |
|
iLtv |
Índice del costo de los insumos en el momento considerado para la variación. |
|
iLtc |
Índice del costo de los insumos en el momento de la cotización. |
|
iGA tv |
Índice del costo de gastos administrativos en el momento considerado para la variación. |
|
iGA tc |
Índice del costo de gastos administrativos en el momento de la cotización. |
|
U |
Porcentaje de utilidad del precio de cotización. |
Fuente: Índice de salarios mínimos nominales (ISMN) del Banco Central de Costa Rica para el rubro MO, Índice de precios al consumidor (IPC) - nivel general elaborado por el INEC para el rubro GA, Índice de precios al productor de la manufactura (IPP-MAN) para el rubro I en caso de adquisición de bienes, o Índice de precios al productor de servicios (IPP-S) para el rubro I en caso de adquisición de servicios, publicados por el Banco Central de Costa Rica en su página Web.
- Para el cálculo y aplicación de la fórmula de reajuste de precios, lo realizará la Dirección de Gestión Financiera, de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 108, 109 y el TRANSITORIO IX del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, No.9986.
- Cláusula Penal. Esta Administración NO aplicará cláusulas penales en la presente Licitación.
- Multas y sanciones. Esta Administración NO aplicará multas y sanciones en la presente Licitación.
- Resolución Contractual.
- En caso de incumplimiento de cualquiera de las cláusulas del pliego de condiciones, la oferta o del contrato, la UTN queda facultada a realizar el debido proceso para rescindir o resolver unilateralmente el contrato, sin responsabilidad alguna para la Institución y sin perjuicio de la aplicación de la normativa correspondiente, que podría derivar igualmente en la aplicación de una sanción administrativa según los artículos 118, 119, 120, 121, 122 y 123 de la Ley General de Contratación Pública, No.9986; así como en los artículos 279, 293 y 313 de su Reglamento.
- En cumplimiento de la Política contra el Hostigamiento o Acoso Sexual; la UTN, podrá resolver el contrato en aquellos casos en que se demuestre la práctica de actos de hostigamiento o acoso sexual, por parte de personal de la empresa adjudicataria en contra de cualquier estudiante, visitante o funcionario de la UTN.
Documentos del cartel2
- ANEXO AL PLIEGO DE CONDICIONESPDF · 307 KB
- CRONOGRAMAPDF · 123 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Alejandra Salazar Madrigal
Encargado del concurso · CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 28/09/2026 23:35. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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