2026LD-000043-0018800001 · SICOP 20260803243
Determinación de fuentes de materiales pétreos en los cantones de Abangares, Bagaces, Cañas, Carrillo, Liberia, Nicoya y Santa Cruz
Servicio Nacional de Aguas Subterráneas Riego y Avenamiento
Servicio Nacional de Aguas Subterráneas Riego y Avenamiento ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡28,9 millones y quedó en firme el 24/09/2026. Se recibieron 4 ofertas de 4 empresas. Ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡28,9 millones
Ofertas recibidas
4
de 4 empresas
Oferta más baja
₡21,8 millones
24,7 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 24/09/2026
- Materiales LabdenLa más barata de 4₡21 753 727,46
Informe de recomendación de Luis Alejandro Monge Arias, 21/09/2026 · adjuntos: consulta tributaria.jpg, SENARA-DIGH-0115-2026-Informe técnico licitación 2026LD-000043-0018800001.pdf
Fechas clave
- Se publicó26/08/2026 14:32 · hace 47 días
- Límite para 02/09/2026 23:59 · hace 40 días
- Límite para 28/08/2026 23:59 · hace 45 días
- Cierre de ofertas10/09/2026 23:59 · hace 32 días
- de ofertas11/09/2026 07:00 · hace 31 días
- publicado21/09/2026 14:29 · hace 21 días
- Adjudicación 24/09/2026 07:13 · hace 18 días
Contexto
- Servicio Nacional de Aguas Subterráneas Riego y Avenamiento adjudicó ₡5 585,7 millones en 139 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicios de Prospección de Sitios para la Extracción de Materiales1 · ₡28 896 284,161₡28 896 284,16
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡24,6 millones – ₡28,9 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 80 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,8 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 4 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Ofertar en : permitido
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 80 % · EXPERIENCIA 20 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 80 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡450,06 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 80 | EXPERIENCIAmáx. 20 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|
| Edwin Garita Segura | 77,4 | 20 | 97,4 |
| Materiales LabdenGanó | 80 | 7 | 87 |
| Yannie Fallas Rodriguez | 76,48 | 7 | 83,48 |
| Geotectica | 60,65 | 15,55 | 76,2 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se comunica el acto final.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Presentar un mínimo de tres cartas de instituciones públicas o entidades privadas, que acrediten la experiencia satisfactoria del oferente en labores geológicas mineras como regencias geológicas, informes anuales de labores presentados ante la Dirección de Geología y Minas (DGM) y reevaluación de reservas, realizados exclusivamente en tajos o canteras ubicados en Costa Rica, durante los últimos diez años. La carta debe incluir la ubicación del proyecto donde se brindó el servicio, la descripción de los servicios brindados, indicación de conformidad o no conformidad por parte del contratista y números telefónicos para corroborar la información. Además, deberá presentar los estudios y/o informes de respaldo mencionados en dichas cartas, en los cuales debe constar el nombre de la persona física o jurídica oferente, así como la cantidad de sitios prospectados para acreditar la experiencia de la persona física o jurídica. Si los documentos de respaldo no se aportan, NO se validarán las cartas.
2.
Aportar currículum vitae del geólogo residente encargado del proyecto.
Presentar un mínimo de tres cartas de aceptación emitidas por personas físicas o jurídicas que hayan recibido el servicio, en las que se acredite la experiencia satisfactoria del geólogo residente en labores geológicas mineras como regencias geológicas, informes anuales de labores presentados ante la Dirección de Geología y Minas (DGM) y reevaluación de reservas, realizados exclusivamente en tajos o canteras ubicados en Costa Rica, durante los últimos diez años. Además, deberá presentar los estudios y/o informes de respaldo mencionados en las cartas de aceptación, en los cuales debe constar el nombre y la firma del geólogo residente, así como la cantidad y tipo de sitios prospectados para acreditar la experiencia del geólogo residente. Las cartas deben incluir la ubicación del proyecto donde se brindó el servicio, la descripción de los servicios brindados, indicación de conformidad o no conformidad por parte del contratista y números telefónicos para corroborar la información. Si los documentos de respaldo no se aportan, NO se validarán las cartas.
4.
Aportar documento probatorio donde se compruebe que, los laboratorios de suelos, agregados y rocas a utilizar cuentan con acreditación ante el Ente Costarricense de Acreditación (ECA).
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
ANEXO AL PLIEGO
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
especificaciones técnicas, el objeto de la contratación y sus anexos, de conformidad con lo dispuesto en las cláusulas contenidas en este pliego de condiciones.
6.1.2
Por el solo hecho de presentar oferta, se entenderá como una manifestación inequívoca de la voluntad del oferente de contratar con pleno sometimiento a las condiciones y especificaciones de este pliego de condiciones, así como a las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes de la República de Costa Rica.
6.1.3
El SENARA se reserva la potestad de adjudicar parcialmente de conformidad con el artículo 104 del R.L.G.C.P.
6.1.4
Se prohíbe la cotización parcial de una línea. (Art. 123 R.L.G.C.P). No se permite la cotización parcial de las partidas, el oferente deberá tener presente que al momento de cotizar deberá realizarlo para todos los renglones de pago.
6.1.5
Todo documento adjunto forma parte integral del pliego de condiciones, de forma tal que en caso de duda sobre las especificaciones técnicas del bien o servicio a adquirir prevalecerán las descripciones que elaboren las áreas técnicas y que se hagan constar en el Sistema Digital Unificado.
6.1.6
Los oferentes deben emprender una conducta activa en relación con aquellas cláusulas que le obligan a manifestar qué ofrece, cómo lo ofrece y cuándo hará entrega de lo requerido por la Administración, indicando de forma clara y precisa los términos respecto a garantías, plazos de entregas y qué ofrece como producto, además de toda la información requerida por la Administración para determinar con claridad los términos del contrato. Lo anterior en atención al DECRETO EJECUTIVO N° 41243-H publicado el 10 de julio de 2018, en alcance N° 155 a La Gaceta N°162.TODO (A) oferente deberá presentar su oferta contemplando, el “Impuesto al Valor Agregado, esto de acuerdo con la Ley N°9635 denominada “Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas” y el Reglamento de la Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA). Lo anterior, para todos los bienes y servicios sujetos a dicha legislación.
6.1.8
El SENARA verificará que toda la información consignada en la oferta se ajuste a la realidad. En caso de información no fidedigna comprobada por el SENARA, se haya solicitado o no en el presente pliego de condiciones especiales, facultará al SENARA a excluir la oferta.
6.1.9
Todo (a) oferente que utilice la figura de subcontratación, con la oferta deberá aportar un listado de las empresas subcontratadas. En ese detalle, se indicarán los nombres de todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar y se aportará una certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas. De conformidad con el artículo 133 del R.L.G.C.P.
6.1.10
Confidencialidad: La condición de "documento confidencial" suministrada por los oferentes en sus anexos será regulada acorde con los artículos 15 de la Ley General de Contratación Pública y 30 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública. Por tanto, la condición de "documento confidencial" que brinda el Sistema Digital Unificado para adjuntar anexos a su oferta puede ser utilizada en la casilla correspondiente en tanto dichos documentos cumplan esa condición y el oferente adjunte la justificación correspondiente, de lo contrario la Administración lo reclasificará como "documento público".
6.1.11
Ofertas consorciales: Dos o más oferentes podrán participar presentando una oferta en consorcio, sin que ello implique crear una persona jurídica diferente, con el objetivo de cumplir y fortalecer los requisitos dispuestos por la Administración en el pliego de condiciones. Las obligaciones que asume cada uno de los miembros que conforman el consorcio, deberán quedar plasmados en el respectivo acuerdo consorcial. La responsabilidad derivada de la participación consorcial es solidaria.
6.1.12
Desglose del precio: El oferente deberá presentar de conformidad con los artículos 42 de la LGCP y 102 del RLGCP la estructura del precio tanto en términos absolutos como porcentuales. Se deberá presentar de manera obligatoria la estructura de precios para cada Línea de pago de la oferta.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. deberá pagar al SENARA por concepto de multa, la suma de 0,78% del monto de la contratación, por cada día natural que requiera para realizar las correcciones debidas. A solicitud debidamente fundamentada del Administrador de la Contratación y establecidos los días de entrega tardía debidos a correcciones en las especificaciones técnicas, el SENARA iniciará el procedimiento administrativo tendiente a hacer efectiva la multa correspondiente. El SENARA se reserva el derecho de hacer efectiva la aplicación de las multas sobre el monto del pago a realizar. Una vez efectuada la recepción provisional no correrán multas por atraso en la entrega. Sin embargo, en caso de incumplimiento de las especificaciones técnicas, se procederá a efectuar la multa correspondiente. Las multas se establecen, debido a que el atraso en la entrega de los productos implica un atraso en el proceso de generación del estudio técnico relacionado a la búsqueda de fuentes de materiales pétreos para la construcción y el mantenimiento de los principales canales de riego del proyecto Agua para La Bajura - PAACUME y el Distrito de Riego Arenal Tempisque (DRAT) y por lo tanto implica un atraso en el cumplimiento de las metas y objetivos establecidos por la Unidad de Investigación en el POI 2026.
Cláusula penal. Si existiera atraso en el cumplimiento del plazo total de entrega establecido en el contrato para la conclusión de la licitación y este atraso no fuera justificado satisfactoriamente ante el SENARA, el Contratista deberá pagar al SENARA por concepto de cláusula penal, la suma de 0,78% del monto de la licitación, por cada día natural de atraso en la entrega del objeto de la licitación a entera satisfacción del SENARA. Si al vencer el plazo de entrega, el SENARA determina que el servicio no está concluido, detecta defectos en la calidad atribuibles al Contratista o afectaciones ambientales significativas, comenzará a correr el plazo que se contabilizará como entrega tardía del proyecto. Este plazo terminará en el momento en el que el SENARA reciba los servicios terminados. A solicitud debidamente fundamentada del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO y establecido los días de entrega tardía, el SENARA iniciará el procedimiento administrativo tendiente a hacer efectiva la cláusula penal.
Documentos del cartel2
- PliegoPDF · 1,1 MB
- AnexosZIP · 666 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Juan Pablo Solano Mong
DIGEP
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 27/09/2026 05:51. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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