2026LD-000029-0004611901 · SICOP 20260803379
CONTRATACIÓN PARA LA CONSTRUCCION DE OBRA CIVIL PARA LA PLAZA DE ACCESO TURÍSTICO (KILÓMETRO CERO), HACIA EL PARQUE NACIONAL CHIRRIPÓ, CANTÓN DE PÉREZ ZELEDÓN
Municipalidad de Pérez Zeledón
Municipalidad de Pérez Zeledón ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡20,0 millones y quedó en firme el 25/09/2026. Se recibieron 6 ofertas de 5 empresas. Ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡20,0 millones
Ofertas recibidas
6
de 5 empresas
Oferta más baja
₡19,0 millones
5 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 25/09/2026
- Julio Elias Jimenez JimenezLa más barata de 5₡19 000 000,00
Informe de recomendación de Tatiana de los Angeles Gamboa Mora, 21/09/2026 · adjuntos: Sit. tributaria - Elias Jimenez.pdf
Fechas clave
- Se publicó01/09/2026 08:17 · hace 40 días
- Límite para 08/09/2026 23:59 · hace 33 días
- Límite para 09/09/2026 23:59 · hace 32 días
- Cierre de ofertas10/09/2026 10:00 · hace 31 días
- de ofertas10/09/2026 10:00 · hace 31 días
- publicado22/09/2026 14:33 · hace 19 días
- Adjudicación 25/09/2026 08:40 · hace 16 días
1 recibidas, 1 respondidas.
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Cierre de ofertas: 08/09/2026 10:00 → 10/09/2026 10:00
- Apertura de ofertas: 08/09/2026 10:00 → 10/09/2026 10:00
- Límite de aclaraciones: 02/09/2026 23:59 → 08/09/2026 23:59
- Límite de observaciones a la apertura: 09/09/2026 23:59 → 11/09/2026 23:59
- Condiciones específicas: texto modificado
Nota de la institución. En caso de solicitud de aclaración la misma será trasladada a la oficina solicitante para su criterio técnico, una vez emitido dicho criterio será resuelta la consulta.
Contexto
- Municipalidad de Pérez Zeledón adjudicó ₡3 176,0 millones en 116 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Construccion, Conservacion y Mejora de Vías Acceso1 · ₡20 000 000,001₡20 000 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡17,0 millones – ₡20,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 70 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,7 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 6 % durante 6 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 6 meses
- Ofertar en : permitido
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 70 % · Ubicación física según Licencia Comercial (Patente) 10 % · EXPERIENCIA LABORAL EN INSTITUCIONES PÚBLICAS O PRIVADAS 10 % · PYME +declaración jurada de que al menos el 60 porciento de su planilla tiene domicilio en el cantón de Pérez Zeledón 5 % · Visita pre oferta 5 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 90 de 100 puntos.
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡451,08 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 70 | Ubicación física según Licencia Comercial (Patente)máx. 10 | EXPERIENCIA LABORAL EN INSTITUCIONES PÚBLICAS O PRIVADASmáx. 10 | PYME +declaración jurada de que al menos el 60 porciento de su planilla tiene domicilio en el cantón de Pérez Zeledónmáx. 5 | Visita pre ofertamáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Julio Elias Jimenez JimenezGanó | 70 | 10 | 10 | 5 | 5 | 100 |
| Consorcio Remodelaciones Publicas del Sur. | 67,85 | 10 | 10 | 5 | 5 | 97,85 |
| Constructora Almovar del Valle de el General | 44,51 | 10 | 10 | 5 | 5 | 74,51 |
| 3-101-748418 | 40,3 | 10 | 10 | 5 | 0 | 65,3 |
| Urbanizaciones y Lastrados Urbalas | 40,76 | 0 | 10 | 5 | 0 | 55,76 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Comunicado de acto final de la CONTRATACIÓN PARA LA CONSTRUCCION DE OBRA CIVIL PARA LA PLAZA DE ACCESO TURÍSTICO (KILÓMETRO CERO), HACIA EL PARQUE NACIONAL CHIRRIPÓ, CANTÓN DE PÉREZ ZELEDÓN
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
El oferente deberá cumplir con los siguientes requisitos de admisibilidad:
3.1.1 PATENTE O LICENCIA MUNICIPAL
El oferente en forma individual así como todos los miembros que conformen un consorcio al igual que los sub contratitas de éste, deberán contar y presentar junto con la oferta, copia de la Licencia Municipal bajo su nombre y número de cédula, esto con base a lo estipulado en el artículo 79 del Código Municipal y del artículo 7 del Reglamento para adquisición de bienes y servicios en la Municipalidad de Pérez Zeledón, así como el artículo 40 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 90 de su reglamento. Cabe indicar que la patente municipal deberá ser acorde o similar al objeto contractual en concurso.
Por otra parte, según establece el artículo 40 de la Ley número 8821 Ley de Regulación de Licencias y Patentes de Pérez Zeledón; se indica que para ejercer cualquier actividad lucrativa o productiva el interesado deberá contar con la licencia respectiva y paralelamente cancelar el impuesto de patentes.
Conforme a lo antes citado, debemos tener claro la diferencia que existe entre el concepto de Licencia Municipal que es el derecho de ejercer una actividad lucrativa o productiva otorgado por la Municipalidad y el concepto de Patente Municipal que es el impuesto que se cobra a partir de la tenencia de la Licencia. En esta línea el artículo 64 de la Ley 8821 define las actividades exentas al impuesto donde se extrae textualmente lo siguiente:
ARTÍCULO 64.- Actividades exentas del pago del impuesto
Están exentas del pago del impuesto de patentes de la Municipalidad de Pérez Zeledón, total o parcialmente en la proporción que aquí se indica, las siguientes actividades productivas u organizacionales del cantón:
(…)
c) En cuanto a las actividades de los profesionales liberales estarán exentas. (…)
Como se puede extraer del texto anterior, la Ley 8821 exonera del impuesto de patente a los servicios profesionales que ejerzan de forma liberal, sin embargo en la norma que nos rige, no se exime de la tenencia de la licencia para ejercer la actividad descrita por lo que es criterio de esta dependencia municipal que los profesionales que realicen su profesión de manera liberal eventualmente podrán exonerarse del impuesto de patentes y no así de la obtención de la licencia respectiva.
3.1.2 PÓLIZA DE RIESGOS DE TRABAJO
El oferente debe presentar una certificación emitida por la entidad aseguradora correspondiente, en la que se haga constar que cuenta con un seguro de riesgos del trabajo vigente y que dicho seguro cubre y ampara la actividad adjudicada.
3.1.3 PROFESIONAL RESPONSABLE DE LA DIRECCIÓN TÉCNICA
El oferente deberá aportar un profesional responsable de la dirección técnica de la obra, mismo que deberá estar inscrito ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos. Deberá tener no menos de 5 años de experiencia comprobada mediante certificación del CFIA. Se deberá presentar certificación de que es miembro activo del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos y declaración jurada indicando que no se encuentra sancionado o suspendido por dicho Colegio.
3.1.4 EMPRESA INSCRITA AL CFIA
Como requisito de admisibilidad la empresa participante deberá estar debidamente inscrita o incorporada al Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA), razón por la cual se deberá presentar una certificación que así lo acredite, caso contrario su oferta será excluida del proceso de evaluación y con ello de una posible contratación. Lo anterior basados en la resolución R-DCA-264-2011 emitida por la Contraloría General de la República y lo que señala el artículo 52 de la Ley Orgánica del Colegio Federado de Ingeniero y Arquitectos de Costa Rica.
Se requiere, que los oferentes candidatos posean experiencia en la prestación de servicios profesionales relacionados con el tema, para lo cual deberá demostrar su experiencia en el campo con la aportación de información sobre la ejecución de al menos tres proyectos de naturaleza similar al requerido por la Municipalidad de Pérez Zeledón, como construcción de parques, plazoletas, sitios turísticos, puntos de interés, centros de atención a visitantes o edificios públicos, así como en obras de lozas de concreto mayores a 100 metros cuadrados y que el Oferente haya ejecutado en los últimos cinco años, tanto en instituciones que conformen el Sector Público Costarricense como en el sector privado. Lo cual se acreditará por medio de constancia, certificación o documento formal emitido por la entidad correspondiente. Además, el profesional que llevará a cabo la supervisión de la obra, deberá estar debidamente inscrito en el CFIA y deberá contar con al menos 5 años de estar incorporado.
3.1.5 MAESTRO DE OBRAS ACREDITADO
La empresa participante deberá aportar un maestro de obras acreditado para lo cual deberá presentar el certificado (título) de maestro de obras u operario de la construcción que así lo acredite, caso contrario su oferta será excluida del proceso de evaluación y con ello de una posible contratación.
El maestro de obras deberá demostrar experiencia mínima de cinco (5) años en la ejecución o supervisión de obras de construcción civil. Deberá acreditar participación en al menos dos proyectos similares durante los últimos diez años.
3.1.6 CERTIFICACIÓN DE INSCRIPCION EN EL CFIA.
El oferente deberá aportar una certificación emitida por el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica (CFIA), en la que se haga constar que se encuentra debidamente inscrito y al día en el cumplimiento de sus obligaciones. Asimismo, para efectos de la presente contratación, deberá acreditarse una antigüedad mínima de cinco (5) años de incorporación al CFIA.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
OBJETO
La presente contratación tiene como finalidad la ejecución integral del proyecto “Construcción de Obra Civil para la Plaza de Acceso Turístico (Kilómetro Cero) al Parque Nacional Chirripó, cantón de Pérez Zeledón”, comprendiendo el desarrollo de los diseños, el suministro de materiales, la provisión de mano de obra especializada, equipos y servicios complementarios requeridos para la construcción y puesta en funcionamiento de la obra, conforme a los planos, especificaciones técnicas y demás requisitos definidos en el cartel de contratación.
El alcance del proyecto incluye, sin limitarse a, las siguientes obras:
1.Construcción de plataforma adoquinada.
2.Construcción de la estructura para el rótulo principal de identificación.
3.Suministro e instalación de monolitos pétreos ornamentales.
4.Suministro e instalación de mástiles para banderas.
5.Construcción de bases y estructuras informativas.
6.Ejecución e instalación de la placa conmemorativa “Kilómetro Cero”.
7.Construcción del sistema de drenaje pluvial.
8.Suministro e instalación del sistema de iluminación.
9.Ejecución de obras de paisajismo y acondicionamiento de áreas verdes.
La contratación comprende todas las actividades, obras complementarias, materiales, equipos, transporte, permisos, mano de obra y demás elementos requeridos para la entrega del proyecto totalmente terminado y en funcionamiento, conforme a las mejores prácticas constructivas y a la normativa vigente aplicable.
En la siguiente imagen, se muestra un ejemplo del producto deseado, que servirá como referencia para la distribución a seguir de la plazoleta:
( ver imagen en pliego de condiciones)
Las especificaciones, los planos constructivos y otros documentos de licitación se complementarán entre ellos. Lo que se exija en uno será tan obligante como si se exigiera en todos.
Deberá realizarse y registrarse los planos en la plataforma digital APC del CFIA, y partir de dicho registro se brindará un plazo de un mes para la revisión institucional de la APC. Es importante destacar que la inscripción ante el CFIA no se podrá realizar hasta no tener el visto bueno de los planos constructivos definitivos y por escrito por parte de la Fiscalización de la Municipalidad.
a)La descripción que se haga de materiales, equipos y procedimientos por medio de marcas de fábrica,número de catálogo y/o nombre del fabricante, debe tomarse a título de referencia, pues han sido citadas con el propósito de identificar las características de los materiales o equipos deseados y, desde luego, se aceptarán alternativas equivalentes o mejores, previa aprobación escrita de la Ingeniería Municipal.
b)En los planos se seguirán siempre las dimensiones escritas y nunca las medidas a escala. Cualquier dimensión que no aparezca en los planos debe ser consultada a Ingeniería de Obras Municipales.
c)Los detalles típicos, indicaciones de acabados, materiales para un área de la obra, se entenderán como indicados o especificados para todas las áreas o elementos similares del proyecto, aunque no exista indicación o especificación expresa, excepto cuando se indique expresamente de otra forma por Ingeniería de Obras Municipales.
d)La Ingeniería de Obras Municipales, tendrá la responsabilidad de velar por la ejecución e inspección del proceso constructivo, calidad de materiales, cumplimiento de lo indicado en planos y procedimientos constructivos.
e)El contratista deberá de aportar obligatoriamente un cronograma de obra del proyecto donde se establezcan los tiempos y sus respectivas actividades, el cual deberá de ser revisado y aprobado por Ingeniería de Obras Municipales. Todo cambio que se genere, materiales, acabados u otros con respecto a las especificaciones indicadas en los planos constructivos y documentos de especificaciones técnicas, deberá ser emitidos de manera escrita a Ingeniería de Obras Municipales, para su valoración y aprobación.
4.2 NORMATIVA APLICABLE.
La ejecución de las obras deberá ajustarse a lo indicado en:
•Manual de Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras, Caminos y Puentes CR-2020 del Ministerio de Obras Públicas y Transportes y el Consejo Nacional de Vialidad.
•Código Sísmico de Costa Rica vigente.
•Reglamento de Construcciones de Costa Rica.
•Normas ASTM aplicables.
•Normas ACI aplicables para diseño y colocación de concreto.
•Ley General de Contratación Pública y su reglamento.
•Demás normativa técnica vigente aplicable.
4.3 CONSIDERACIONES SOBRE MATERIALES Y EQUIPOS
a)El Contratista deberá verificar cuidadosamente las cantidades medidas y anotaciones que se marcan en los planos, especificaciones y alcance de trabajo y será responsable de cualquier error que resulte de no tomar las precauciones necesarias.
b)Todos los materiales y equipos serán sometidos a la aprobación del Inspector de la obra.
c)El Contratista deberá presentar por escrito, al solicitar la aprobación de equipos a la inspección, los procesos que lo han llevado a seleccionar tales equipos, de modo que cumplan con lo estipulado en planos y especificaciones escritas, lo cual no le releva de cualquier defecto de operación que pudiera ocurrir.
d)Cualquier equipo, material o trabajo no mostrado en los planos, pero mencionado en estas especificaciones necesarios para completar el trabajo y obtener una correcta operación, aún si no estuvieran específicamente indicados, serán suministrados, transportados e instalados por el Contratista sin que esto constituya costo adicional para la Institución.
e)Todo equipo rayado o dañado durante la construcción será retocado al acabado original.
f)El Contratista será responsable por el cuido y protección de todos los materiales y equipos, hasta el recibo final de la instalación.
g)Todo equipo, material o sistema será probado y dejado en perfecto estado de funcionamiento, debiendo ser cambiado sin costo alguno adicional para el propietario, si fallare por causas normales de operación, durante el primer año de operación, tomado a partir de la fecha de recepción definitiva de la instalación.
h)No se aceptará bajo ningún motivo excusas respecto a errores de dibujo, discrepancias en los planos o especificaciones o cualquiera otra de error obvio, como motivo para que una instalación quedare deficiente o antiestética o para cobro extra.
i)Todos los equipos por utilizarse tendrán una garantía mínima de doce meses una vez que se haga la recepción definitiva de la instalación, excepto que se indique lo contrario. El Contratista será el responsable de esta garantía y la deberá entregar por escrito a la entrega de la obra, caso contrario, no se recibirá la obra.
4.4 LOCALIZACIÓN:
El proyecto se desarrollará en el acceso principal al Parque Nacional Chirripó, en el sitio conocido como “Kilómetro Cero”, localizado a la altura del Hotel Urán, Distrito de Rivas, Cantón de Pérez Zeledón. Las condiciones existentes del terreno y el área destinada para la intervención pueden observarse en las siguientes imágenes de referencia.
( ver imagen en pliego de condiciones)
4.5 CONDICIONES ACTUALES
Actualmente este acceso es un camino público Municipal declarado y que abarca desde el kilómetro cero y hasta el kilometro cuatro o límite del parque.
CALIDAD DE LA OBRA
Debe tenerse siempre muy presente que esta obra se ubicará en un área de alto tránsito peatonal, de ahí la importancia de la resistencia de la misma, la cual deberá de resistir las inclemencias climáticas y de uso frecuente por parte de los usuarios. En general, se espera que todo el personal esté debidamente calificado y entrenado para su trabajo. En la lista de personal se deberá incluir el nombre y calificaciones del personal responsable de la calidad y su aprobación dependerá del ingeniero municipal a cargo de la supervisión de la obra.
4.6 MATERIALES Y LABORES PELIGROSAS
Cuando el Contratista deba efectuar trabajos que signifiquen riesgo de daño a sus empleados, a otras personas, a la propiedad de terceros o a la obra a él encomendada, deberá tomar todas las precauciones y las medidas de seguridad que fuesen necesarias, de acuerdo con el Reglamento de Seguridad de Construcciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y de las demás leyes, decretos y reglamentos aplicables.
4.7 EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN
a.El equipo y las herramientas que se usen en los trabajos serán nuevos o deberán estar dentro del período de vida útil y en perfectas condiciones de funcionamiento. También deberán ser adecuados, en cuanto a su capacidad y a otras características importantes, para obtener con ellos el rendimiento que se considere indispensable.
b.Ingeniería de Obras Municipales, podrá ordenar el retiro de cualquier equipo que no consideren adecuado y exigir al Contratista que lo sustituya por uno que satisfaga las necesidades de la obra.
4.8 PREVISIONES EN EL SITIO DE LAS OBRAS
El Contratista deberá realizar en el sitio de las obras el debido cerramiento o cercamiento y señalización de seguridad con el fin de evitar percances o accidentes en el lugar.
a.Hasta la inspección final de la obra y su recepción definitiva, ésta se hallará bajo el cuidado y responsabilidad del contratista, quien deberá tomar todas las precauciones y consideraciones necesarias para evitar daños a la misma, ya fuere por la acción de los elementos naturales o por otra razón cualquiera.
4.9 SUMINISTRO DE MATERIALES
El contratista deberá suplir por su cuenta los materiales necesarios para que la obra quede totalmente terminada, todos los materiales suministrados por el contratista serán de primera calidad y sujetos a las especificaciones.
4.10 CALIDAD DE LO MATERIALES, EQUIPOS Y ACCESORIOS
Todos los materiales y equipos incorporados a la obra por parte del adjudicatario deberán ser de primera calidad. El ingeniero supervisor municipal podrá llevar a cabo inspecciones de los mismos en la fuente de suministro.
4.11 MANO DE OBRA, EQUIPO, TRANSPORTE Y ACARREO
El contratista deberá suplir la totalidad de la mano de obra calificada o no para la realización de la obra, así como el equipo necesario. Además, deberá asumir la responsabilidad del transporte y acarreo en su totalidad.
4.12 CALIDAD DE LA OBRA
Toda la mano de obra deberá ser suficientemente calificada y el trabajo que ejecuta de primera calidad a juicio del ingeniero supervisor municipal. El ingeniero supervisor municipal podrá exigir al adjudicatario la destitución de cualquiera de sus empleados por juzgarlo incompetente, descuidado, insubordinado u objetante en cualquier aspecto que vaya contra el éxito de la obra y no se le empleará de nuevo en parte alguna de la obra.
4.13 FINALIZACIÓN E INSPECCIÓN FINAL
a.Cuando el Contratista haya terminado totalmente los trabajos, lo comunicará por escrito a Ingeniería de Obras Municipales, solicitando una inspección final y adjuntando las facturas correspondientes, debidamente timbradas por el Ministerio de Hacienda.
b.En caso de que Ingeniería de Obras Municipales considere que la obra no ha sido total y adecuadamente terminada, emitirán una lista de los detalles o trabajos pendientes a corregir y el contratista deberá actuar de inmediato para terminarlos.
c.Si después de efectuada la inspección final, Ingeniería de Obras Municipales determina que la obra ha sido concluida en su totalidad, la misma emitirá un "certificado de aceptación final" y autorizará el pago de las facturas por obras realizadas que en ese momento no hayan sido tramitadas o pagadas.
4.14 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
El contratista deberá contar cumplir con lo indicado a continuación:
•El contratista acepta todas las condiciones de esta licitación y se compromete a ajustarse a los planos, especificaciones, cronograma de ejecución y a las observaciones que haga Ingeniería de Obras Municipales.
•Cualquier parte de la obra que no estuviera de acuerdo con los planos y las especificaciones, así como cualquier trabajo defectuoso por la calidad de los materiales, por descuido o por deficiencia de la mano de obra, a juicio de Ingeniería de Obras Municipales, deberá ser repuesto inmediatamente por el contratista.
•El hecho de que la Ingeniería de Obras Municipales hubiese aprobado, verbalmente o por escrito, la calidad de los materiales y de los trabajos realizados, no releva al contratista de su obligación legal en el caso de que la obra resultase defectuosa posteriormente.
•Será responsabilidad del contratista cumplir con todas las disposiciones reglamentarias relativas a la seguridad de sus trabajadores, atendiendo por su cuenta este tipo de obligaciones.
•El contratista obrará de acuerdo con todas las leyes, reglamentos y normas relacionadas con la ejecución del trabajo, según ha sido trazado y especificado. Si el contratista advirtiera que los planos, las especificaciones o ambos no se ajustan en algo a tales leyes, reglamentos o normas, lo notificará inmediatamente a la Ingeniería de Obras Municipales, por escrito. Si hubiese cualquier variación indispensable, se efectuará según lo establecido en la cláusula referente a cambios en el trabajo.
•Si el contratista ejecuta un trabajo contrario a dichas disposiciones legales, será el único y directo responsable.
•Durante la obra deberá mantener la vía pública libre de escombros, materiales constructivos o bien cualquier elemento propio de las labores constructivas.
•Al finalizar la obra reparará los daños en pavimentos, áreas verdes, etc.; efectuados por las obras constructivas, removerá la totalidad de los escombros y basura del área de las labores; retirará sus herramientas, formaletas y materiales sobrantes de su pertenencia y dejará el sitio y sus alrededores, en un estado de limpieza a satisfacción de Ingeniería de Obras Municipales.
•Será responsabilidad del contratista realizar los trámites pertinentes y correspondientes ante el Instituto Costarricense de Electricidad para el abastecimiento de electricidad necesaria para la construcción de las obras.
•Será responsabilidad de la empresa constructora adjudicada el abastecimiento de agua, la cual requiera para la ejecución de la obra, esto liberando a la Municipalidad de la obligación de abastecer de agua potable propia.
4.15 OTRAS RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA
•El Contratista será responsable de cualquier riesgo del trabajo, así como de los daños en las personas o en las cosas que se produzcan con motivo u ocasión del trabajo. Estará obligado a asegurar contra riesgos del trabajo a todo su personal y a tener una póliza de protección por daños a terceros.
•El Contratista deberá efectuar el pago de las cuotas del Seguro Social, así como las del Instituto Nacional de Aprendizaje, del Instituto Mixto de Ayuda Social y del Banco Popular, obligándose a hacerlo conforme a las fechas establecidas por cada institución.
•La Municipalidad podrá retener, de las facturas que presente el Contratista, la suma que estime necesaria para esos efectos, de acuerdo con la Ley.
•El Contratista debe cumplir con las disposiciones de la Ley Sobre Riesgos del Trabajo N° 6717 y con el Reglamento de Seguridad de Construcciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (Decreto #6 del 16 de febrero de 1955) y con todos los reglamentos adicionales del citado Ministerio que sean aplicables a esta construcción.
•Corresponden asimismo al Contratista, en forma amplia, total y general todas las obligaciones y responsabilidades del patrono, derivadas del Código de Trabajo y leyes conexas, debiendo cubrir cualquier suma en que resulte sentenciado en su condición de PATRONO UNICO.
•El Contratista será el único responsable por daños a terceros y por deterioros y perjuicios que pueda sufrir la obra, cualesquiera que sean las causas de su origen, dentro del plazo que dure la construcción y durante todo el lapso que determina el artículo 1185 del Código Civil.
•El Contratista deberá en consecuencia adoptar todas las precauciones necesarias para evitar que tales hechos se produzcan. En caso de suscitarse algún deterioro, daño o perjuicio, a que se refieren los párrafos anteriores, el Contratista queda obligado a reconstruir, restaurar o reparar según sea el caso, el daño, perjuicio o deterioro sufrido en la obra total o en cualquiera de sus partes, corriendo por su cuenta los gastos correspondientes.
4.16 LIMPIEZA FINAL
El Contratista deberá dejar la obra en que ha trabajado completamente limpia, libre de escombros, materiales o desechos y en perfectas condiciones antes de entregarla.
4.17 REQUISITOS PARA ACEPTACIÓN FINAL
•En todas las secciones de estas especificaciones y en todos los planos se indican las normas, guías, detalles y otros tendientes a un resultado final.
•Este resultado es el perfecto funcionamiento de todos los sistemas incluidos en el contrato. Antes de la fecha de entrega todos deben ser aceptados por Ingeniería de Obras Municipales.
•Cuando el Contratista haya probado y verificado la obra, solicitará a la inspección por escrito, que realice la inspección.
4.18 NORMAS APLICABLES
•“A.C.I.” El instituto norteamericano del concreto. (American Concrete Institute)
•“A.S.A” La Asociación Norteamericana de Normas. (American Standards Asociation)
•“A.S.T.M.” La Sociedad Norteamericana para pruebas de Materiales (American Society for Testing Materials) “I.N.S.” Instituto Nacional de Seguros de la República de Costa Rica.
•“S.N.E” Servicio nacional de Electricidad de la República de Costa Rica. “I.C.E.” Instituto Costarricense de Electricidad.
•“I.C.A.A.” Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados de la República de Costa Rica. “C.S.C.R.” Código Sísmico de Costa Rica.
•“C.E.C.R.” Código Eléctrico de Costa Rica.
•Ley 7600 igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad.
4.19 PROGRAMA DE TRABAJO
El contratista deberá dar inicio a los trabajos previa coordinación con el Coordinador de Obras Municipales y a más tardar 30 días naturales posteriores a la orden de inicio extendida por la Oficina.
Antes de comenzar las obras, e inmediatamente después de haber recibido posesión del trabajo, el Contratista preparará y someterá al Ingeniero Inspector, para su aprobación, un programa de trabajo o cronograma, obtenido del análisis del proceso de construcción por ejecutarse, empleando para dicho análisis cualquiera de los métodos de programación en uso. En él se indicarán las actividades más importantes, las cuales deberán coincidir con la tabla de pagos aprobada, así como las fechas en que proyecta iniciarlas y terminarlas. En caso de que éste no satisficiese al Inspector, será reformado de manera que disponga el uso de equipo y de personal suficiente y adecuado, de tal forma que asegure la terminación de la obra dentro del plazo estipulado en el contrato. El cronograma aceptado deberá mantenerse en la Oficina de supervisión de la obra.
El programa de trabajo deberá fundamentarse en un análisis formal de la estrategia para llevar a cabo las obras. Deberá presentarse a la inspección la siguiente información:
•Tabla de relaciones entre actividades.
•Tiempos de inicio y término temprano y tardío de las actividades.
•Duración de cada actividad.
•Diagrama de precedencia de las actividades
•Diagrama de barras.
El contratista deberá hacer un corte mensual del avance real contra el programado, e informar a la inspección del resultado cuando lo soliciten los Inspectores, deberá actualizar el programa de trabajo donde se incluyan todos los cambios resultantes por el avance real del proyecto, a su vez, mensualmente o al serle requerido, el Contratista presentará al Inspector el programa de actividades que desarrollará en el siguiente mes o período determinado, con indicación de horarios de trabajo y fechas en que se ejecutarán las distintas operaciones. Los horarios, fechas y programas no podrán ser alterados sin la autorización del Inspector, ya que servirán a este como guía para las operaciones de verificación.
Solamente se autorizarán prórrogas para la ejecución del contrato, por razones especiales, con motivo de emergencias motivadas por razones de hecho fortuito, fuerza mayor, conmoción nacional o cualquier causal autorizada por Ley o por demoras ocasionados por la propia Municipalidad. En uno y otro caso, el Contratista solicitará dicha prórroga a más tardar dentro de los ocho días siguientes al conocimiento del hecho que demandará la ejecución.
No se concederán prórrogas vencidos los términos de ejecución previstos, sin perjuicio del derecho de justificar el incumplimiento por los medios legales establecidos, en caso de alterarse los programas, fechas y horarios, el Contratista deberá dar aviso inmediatamente al Inspector y asumirá toda responsabilidad sobre las consecuencias del cambio en el programa aprobado.
El Contratista debe mantener en la obra al menos un juego de planos completos adicionales, en buen estado, en los que señalará cualquier modificación o ampliación ocurrida durante la ejecución de la obra.
Estos planos deben verificarse mensualmente con los Inspectores, para constatar las variaciones ocurridas en la obra. En caso de haber variaciones y no haberlas indicado en dichos planos, da derecho al Inspector o la Municipalidad de Pérez Zeledón para retener el pago correspondiente al avance del mes hasta cumplir con dicho requisito.
4.20 DEMORAS Y PRÓRROGAS
Si en el progreso del trabajo, el Contratista fuera demorado algún tiempo por cualquier acto o negligencia del Inspector o de la Municipalidad o de sus delegados; por demoras autorizadas por el Inspector, mientras esté pendiente un arbitraje, o en cualquier otro caso en que a juicio del Inspector se justifique una demora, entonces el plazo fijado para terminar el trabajo podrá ser aumentado por un tiempo razonable, según decisión del Director de la Oficina de Obras Municipales, pero en ningún caso el aumento del plazo será mayor que la demora causada.
4.21 CORRECCIÓN DEL TRABAJO ANTES DE LA RECEPCIÓN
El Contratista retirará con prontitud y al primer requerimiento, todos los materiales y equipos que rechace el Inspector porque no estén conformes al contrato, estén o no incorporados en la obra. El Contratista sustituirá los materiales y ejecutará de nuevo y sin costo adicional para la Municipalidad, todo el trabajo rechazado. Costeará además todos los gastos y trabajos adicionales que se deriven de las correcciones, remociones o reemplazos necesarios.
Si el Contratista no retira de la obra, al ser requerido para ello de parte del Inspector, todos los materiales o trabajos rechazados por éste, dentro de un plazo razonable notificado por escrito, la Municipalidad podrá hacerlo y cargar el costo a cuenta del Contratista.
El Contratista tendrá, producto de la recepción provisional, que realizar todos los trabajos que a criterio de la Inspección deban corregirse, mejorarse o bien finalizarse correctamente. El Contratista dispondrá de un tiempo mínimo óptimo y de común acuerdo con la Inspección, para realizar los trabajos antes mencionados y preparar así una recepción definitiva.
4.22 USO DEL SITIO
El Contratista hará uso únicamente del sitio que le sea asignado por el Inspector, de acuerdo con los documentos del contrato, respetando el resto de la propiedad. Dentro del sitio asignado deberá acondicionar sus instalaciones, almacenar los materiales y efectuar los distintos trabajos preparatorios para la ejecución de las obras.
El sitio se pone a disposición del Contratista únicamente para los fines específicos indicados en los documentos del contrato; el Contratista no podrá ejecutar, dentro del sitio asignado, otras obras o actividades que las que le hayan sido expresamente encomendadas o que se deriven de ellas.
En el sitio asignado sólo se permitirá el almacenamiento de materiales o equipos que sean usados directamente en la obra.
El sitio de la obra, dentro de límites razonables de acuerdo con la naturaleza de los trabajos, debe permanecer limpio. Debe evacuarse los desechos y basura en general con cierta periodicidad y atender las observaciones que hagan, en este sentido, el Inspector y la Municipalidad. En caso de incumplimiento, no se tramitará el pago solicitado en ese periodo hasta tanto no se cumpla este requisito.
Cuando se entregue la obra, debe estar el sitio completamente limpio, libre de escombros y cualquier material sobrante que no sea de utilidad para la Municipalidad.
El Adjudicatario no cargará ni permitirá que cualquier sección de las obras se cargue con un peso que ponga en peligro la seguridad de éstas. Cumplirá y hará cumplir las instrucciones del Inspector en lo referente a anuncios, prevención de incendios y cumplir con las leyes y reglamentos vigentes.
El Adjudicatario será el responsable de todos los gastos y equipo necesario para el transporte e ingreso de los materiales al sitio de la obra. El ingreso de estos materiales se efectuará en el sitio, día y hora que la Inspección haya aprobado con anterioridad por solicitud del adjudicatario.
4.23 RESPONSABILIDAD SOBRE DAÑOS A TERCEROS
En caso de daños a terceros durante la realización de los trabajos objeto de estas Especificaciones, se entiende que la responsabilidad total corresponde asumirla al Contratista.
En general, para efecto de responsabilidad sobre lo que ocurra en la construcción, se aplicarán las disposiciones del artículo 1186 del Código Civil.
El Adjudicatario será el único responsable por los daños, deterioros y perjuicios que pueda sufrir la obra, dentro del plazo comprendido entre el inicio y la formal aceptación de la misma por parte del Inspector o funcionarios de la Municipalidad.
El adjudicatario deberá tomar todas las precauciones necesarias para evitar el deterioro de las edificaciones existentes, así como cualquier accidente con personal, trabajadores, usuarios y o visitantes autorizados. Deberá, en consecuencia, adoptar todas las precauciones necesarias para evitar que tales hechos se produzcan.
En caso de que haya daños, deterioros o perjuicios, el Adjudicatario queda obligado a reconstruir, restaurar o reparar por su cuenta, según criterios del Inspector y sin costo alguno para la Municipalidad.
4.24 DEL SERVICIO DE BODEGAJE Y VIGILANCIA DE LOS MATERIALES, EQUIPOS Y SUMINISTROS REQUERIDOS PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
Quedará bajo responsabilidad del contratista encargar la vigilancia y resguardo de los materiales, equipos y suministros requeridos para la ejecución de los trabajos objeto de esta contratación, según las indicaciones emitidas en este pliego de condiciones.
El contratista deberá colocar al frente de los trabajos a un Maestro de Obras calificado, que fungirá como encargado de la coordinación de la obra, así como proveer el servicio de dirección técnica que asumirá la responsabilidad civil por la construcción de la obra y deberá velar por el cumplimiento de las disposiciones del contrato respectivo.
Las especificaciones citadas en este documento tienen por objeto el establecer una serie de normas y procedimientos, para complementar los detalles anexos y garantizar que el proceso constructivo cumpla con lo requerido por la inspección y por la normativa vigente.
En vista de lo anterior el oferente debe conocer y aceptar las consecuencias y responsabilidad de las mismas en todos sus extremos, aún y cuando por omisión en este documento no se halla indicado.
En todo caso las especificaciones, siempre y cuando sean atinentes y consecuentes con el proyecto planteado pueden ser ampliadas durante el proceso de construcción.
Es indispensable contar con respaldo técnico en el área de ingeniería para resguardar el proyecto y en el caso que lo amerite mejorar las condiciones preestablecidas en este documento. Es indispensable que el contratista asista al sitio de la obra.
En cada sección se especifican la forma de trabajo, tomando en cuenta los requerimientos de seguridad tanto de los trabajadores como para las edificaciones situadas en el lugar de la construcción.
Cualquier omisión no libera al contratista de dejar la obra totalmente terminada según los requerimientos de la municipalidad.
Cualquier omisión deberá ser notificada a los inspectores antes de presentar la oferta formal por la ejecución de los trabajos. De lo contrario cualquier situación durante el proceso de construcción no añadirá ningún cargo adicional al monto original del contrato. Cualquier otra situación de este tipo será resuelta por el inspector del proyecto y su resolución será definitiva.
Los detalles típicos, las indicaciones de acabado, materiales y accesorios, equipos y otras partes de la obra, se considerarán como indicados o especificados para todas las áreas o elementos similares de la obra, aunque no exista una indicación o especificación expresa.
Cualquier aparato, material o trabajo, no mostrado en los planos, pero mencionado en las especificaciones, o viceversa que fuere necesario para completar el trabajo de construcción será suministrado por el contratista sin significar un costo adicional para la municipalidad.
Cualquier tipo de empate especial que fuera necesario entre materiales diferentes será suministrado por el contratista a su costo.
Algunos de los equipos, artículos, materiales y procedimientos que son designados por marcas de fábricas o por nombres de catálogo, son de esta forma con el único objeto de establecer el tipo, el funcionamiento y la calidad como base de comparación y no de preferencia exclusiva.
Podrán emplearse con la aprobación previa de los inspectores, materiales, o procedimientos similares, de igual funcionamiento, construcción y acabado al indicado en los detalles adjuntos, sin representar un costo adicional para la municipalidad.
Al inicio de las obras de construcción el contratista definirá el área o perímetro de trabajo, que se expresa en los detalles suministrados, tomando en cuenta los requerimientos de seguridad para el inmueble, las necesidades de operación de los operarios y el desplazamiento seguro de los peatones. Cualquier daño a la propiedad pública o privada durante el proceso de construcción deberá ser reparado por el contratista. No se brindará bodega o lugar de almacenamiento de materiales y equipo al contratista, para ello el contratista deberá coordinar lo pertinente.
4.25 ESPECIFICACIONES PARA LAS OBRAS A CONSTRUIR
4.25.1 MOVIMIENTO DE TIERRAS Y PREPARACIÓN
a)Desmonte y limpieza
Retiro de capa vegetal: espesor mínimo 20 cm
Eliminación de material orgánico e inestable
Compactación inicial del terreno al 95% Proctor Modificado (ASTM D1557)
b)Subrasante
Nivelación con pendiente mínima del 1.5% para drenaje superficial
Capacidad portante mínima requerida: CBR ≥ 8%
4.25.2 ESTRUCTURA DE PAVIMENTO (PLAZOLETA)
Plazoleta de Adoquines Rústicos:
•Capa de rodadura: Adoquines de piedra natural granítica o canto rodado seleccionado (forma irregular/sub-rectangular). Resistencia mínima a la compresión de la piedra 35 MPa
•Capa de sello: Sello de juntas con mortero de arena y cemento fluido (proporción 1:3) para evitar el crecimiento de vegetación y la erosión por escorrentía pluvial superficial.
•Capa de asiento: Cama de arena de río limpia y lavada de 3 cm a 4 cm de espesor, con granulometría según norma ASTM C33.
•Base granular: Base estabilizada de material granular (crusher run) de 15 cm de espesor mínimo, compactada al 95% de la densidad máxima seca (Proctor Modificado ASTM D1557).
•Sub-base: Capa de sub-base de 10 cm (según CBR del suelo natural). El suelo natural (subrasante) debe ser escarificado, nivelado y compactado al 95% del Proctor Estándar.
4.25.3 Obras de Retención y Estructuras de Soporte (Piedra Ciclópea)
Muros de Contención y Jardineras
•Material estructural: Concreto ciclópeo compuesto por un 60% de concreto estructural (\(f'_c = 21 MPa y un 40% de piedra block o piedra braza limpia de cantera, con diámetros entre 15 cm y 30 cm.
•Sistema de drenaje: Colocación de "lloraderos" (tubos de PVC de 50 mm de diámetro) espaciados a cada 1.5 m en forma de tresbolillo. Capa filtrante posterior con geotextil no tejido y grava drenante para evacuar la presión hidrostática del terreno posterior.
•Fundación: Cimiento corrido de concreto ciclópeo desplantado sobre suelo firme, respetando la profundidad de desplante mínima para evitar fallas por socavación debido a las pendientes del terreno.
Recubrimiento de taludes
Comprende la estabilización superficial y protección contra la erosión de dos estructuras de corte/relleno mediante un revestimiento de concreto ciclópeo, compuesto de concreto ciclópeo compuesto por un 60% de concreto estructural (\(f'_c = 21 MPa y un 40% de piedra block o piedra braza limpia de cantera, con diámetros entre 15 cm y 30 cm. así como malla electrosoldada para el amarre y la sujeción con pines anclados al terreno. Las superficies netas de intervención se desglosan a continuación:
• Talud Oeste: Con una configuración geométrica de 2.80 de altura por 6.00 de longitud
• Talud Norte: Con una configuración geométrica de 5.60 de longitud por 1.30 de altura
Los empalmes entre paneles de malla se ejecutarán con un traslape mínimo equivalente a dos cuadros de la retícula (mínimo 15 a 20cm, asegurando la continuidad del refuerzo mediante amarres con alambre recocido.
Pernos de Sujeción Pasivos (Pines de Anclaje)
Varillas de acero estructural corrugado introducidas en perforaciones previamente ejecutadas en el talud, confinadas o inyectadas mediante lechada de cemento o resina epóxica según las condiciones del suelo, Los extremos sobresalientes de los pines se doblarán o amarrarán sólidamente a la malla electrosoldada antes del vaciado del concreto, garantizando un comportamiento monolítico del sistema suelo-estructura.
Mojones o Bolardos de Piedra
•Dimensiones: Columnas cilíndricas prefabricadas de piedra o vaciadas en sitio mediante formaleta tubular, con un diámetro de 30 cm y una altura libre de 50 cm.
•Anclaje: Empotramiento mínimo de 40 cm bajo el nivel de acabado del pavimento dentro de un dado de concreto pobre (f'_c = 14MPa.
4.25.4 PINTURA PARA EXTERIORES.
Para superficies con acabado de repello nuevo o restauradas como los pedestales de banderas, se debe colocar una mano de sellador impregnante para muros Húmedos diluido a un 15% con agua limpia. Acabado debe de complementarse con la pintura acrílica Goltex Antihongos mate igual o superior diluido de un 10% a 15% con agua limpia, color a escoger por la Inspección. Ambos aplicados con brocha o rodillo.
4.25.5 LUMINARIAS.
Las luminarias deberán ser de uso exterior permanente, aptas para ambientes de alta humedad y exposición a lluvia, radiación ultravioleta y condiciones ambientales propias de zonas montañosas.
Poste ornamental
•Altura total: 4,50 m a 5,00 m.
•Material: acero galvanizado en caliente conforme ASTM A123.
•Espesor mínimo: 3,0 mm.
•Acabado: pintura electrostática color negro mate o grafito.
•Base con placa de anclaje soldada de fábrica.
•Incluye pernos de anclaje de acero galvanizado grado estructural.
Cabezal decorativo
•Diseño tipo colonial o patrimonial compatible con el entorno turístico y arquitectónico del Parque Nacional Chirripó.
•Fabricado en aluminio fundido o acero inoxidable.
•Difusor de policarbonato antivandálico estabilizado contra rayos UV.
•Acceso para mantenimiento mediante apertura superior o lateral.
4.25.6 Luminaria LED
Cada farola deberá incorporar una luminaria LED integrada de alta eficiencia.
Requisitos mínimos
•Potencia nominal: 50 W a 80 W.
•Flujo luminoso mínimo: 7.500 lúmenes.
•Eficiencia luminosa mínima: 130 lm/W.
•Temperatura de color:
✓3.000 K (blanco cálido) o
✓4.000 K (blanco neutro).
•Índice de reproducción cromática (CRI): ≥70.
•Vida útil mínima:
✓L80 ≥ 100.000 horas.
•Factor de potencia:
✓≥ 0,95.
•Distorsión armónica total:
✓THD ≤ 15%.
Protección eléctrica de la luminaria
La luminaria deberá contar con:
•Protección contra sobretensiones (SPD) de mínimo 10 kV.
•Protección térmica interna.
•Driver electrónico de corriente constante.
•Protección contra cortocircuito.
•Protección contra sobrecarga.
•Protección contra circuito abierto.
Alimentación eléctrica
Características del sistema
•Alimentación: 120 V monofásica.
•Frecuencia: 60 Hz.
•Sistema de puesta a tierra independiente.
•Conductores de cobre.
Conductores
Se utilizarán:
•Alimentación: Cable THHN/THWN calibre #12 AWG cobre.
•Tierra física: Cable verde THHN #10 AWG cobre.
Todos los conductores deberán cumplir con los requisitos del Código Eléctrico de Costa Rica y la normativa NFPA 70 (NEC).
Canalización subterránea
El cableado deberá instalarse mediante canalización subterránea.
Requisitos
•Tubería PVC eléctrico Schedule 40.
•Diámetro mínimo: 32 mm (1 ¼").
•Profundidad mínima de enterramiento: 60 cm.
•Cama de arena de 10 cm.
•Cinta de advertencia para redes eléctricas colocada a media profundidad.
Las uniones deberán ser herméticas y resistentes a la humedad.
Sistema de control
El sistema de iluminación deberá operar en forma automática mediante:
Opción recomendada
•Fotocelda electrónica industrial.
•Voltaje nominal 120 V.
•Capacidad mínima 1.000 W.
La iluminación deberá encender automáticamente al anochecer y apagarse al amanecer.
Cimentación de los postes
Cada farola deberá instalarse sobre una cimentación de concreto armado.
Dimensiones mínimas
•0,80 m × 0,80 m × 1,00 m de profundidad.
Concreto
•Resistencia mínima: 28 MPa (280 kg/cm²).
Refuerzo
•Varilla #3 o #4 según diseño estructural.
•Pernos de anclaje embebidos en la cimentación
4.25.7 INSTALACIÓN DE BEBEDEROS DE AGUA
Estación Hidro-Sanitaria (Bebedero de Agua)
•Pedestal: Cuerpo circular de mampostería confinada o piedra ciclópea asentada con mortero impermeable.
•Fontanería interna: Tubería de alimentación en PVC de presión (17.2 Bar / 250 PSI) de 12.7 mm (1/2 pulgada). Tubería de desagüe en PVC Sanitario de 50 mm (2 pulgadas).
•Grifería y Recipiente: Pileta de recolección en concreto vaciado con agregado fino expuesto (bushed hammer) y rejilla de acero inoxidable. Grifo de pulsar temporizado para optimización del recurso hídrico.
•Caja de registro: Caja de registro exterior para llaves de paso y caja de inspección de aguas grises conectada a un pozo de absorción filtrante localizado fuera de la plazoleta.
Limpieza general del área: Se retiran escombros, herramientas y se limpia el bebedero para su uso inmediato.
Señalización: Se colocan señalizaciones visibles que indiquen “agua potable” y normas de uso.
Accesibilidad: En caso de incluir bebederos inclusivos, se verifica cumplimiento con normativas para personas con discapacidad (altura, accesibilidad lateral, botones accesibles, etc.).
4.25.8 ACABADO SUPERFICIAL
Piedra natural irregular
El acabado superficial deberá ejecutarse mediante la colocación de piedra natural irregular, de acuerdo con las siguientes especificaciones:
•Tipo de material: Se utilizará piedra tipo laja o piedra cantera, de adecuada resistencia, durabilidad y calidad estética, libre de fisuras o defectos que comprometan su desempeño.
•Sistema de colocación: Las piezas deberán instalarse sobre una cama de mortero compuesta por arena y cemento en proporción 1:4, debidamente nivelada y compactada, garantizando una correcta adherencia y estabilidad.
•Tratamiento de juntas: Las juntas entre piezas deberán rellenarse con mortero cemento–arena, asegurando una adecuada compactación y acabado superficial uniforme.
•Ancho de juntas: El ancho de las juntas deberá mantenerse en un rango de 1 a 2 cm, procurando una distribución homogénea en toda el área intervenida.
•Sellado final: Se deberá aplicar una lechada final para sellado de juntas y uniformidad del acabado, eliminando vacíos y mejorando la apariencia superficial.
El contratista será responsable de garantizar la correcta ejecución de los trabajos, así como la alineación, nivelación y acabado final conforme a las mejores prácticas constructivas.
4.25.9 PLACA CON TEXTO “KILÓMETRO CERO”
El contratista deberá suministrar y ejecutar una placa conmemorativa con la leyenda “KILÓMETRO CERO”, conforme a las siguientes especificaciones técnicas:
•Material: La placa será de concreto pulido, con una resistencia mínima especificada de f’c = 280 kg/cm², cumpliendo con los estándares de calidad y durabilidad requeridos para elementos expuestos a la intemperie.
•Espesor: El elemento deberá contar con un espesor mínimo de 12 cm, debidamente uniforme en toda su extensión.
•Refuerzo: Se deberá incorporar malla electrosoldada 6x6 – 10/10, colocada adecuadamente dentro de la sección, con el fin de controlar fisuración y garantizar el comportamiento estructural del elemento.
•Acabado: El acabado será tipo concreto pulido, liso y uniforme, libre de irregularidades, fisuras visibles, oquedades o defectos que afecten su funcionamiento o apariencia.
oRotulación (letras): Texto: “KILÓMETRO CERO”.
oTécnica: Las letras se ejecutarán mediante bajo relieve en el concreto o mediante incrustación metálica, según se defina en planos o apruebe la inspección.
oProfundidad: La profundidad del grabado o incrustación será de 1.5 a 2 cm, garantizando adecuada legibilidad y permanencia en el tiempo.
•Protección superficial: Se deberá aplicar una membrana acrílica protectora con resistencia a rayos UV, que garantice la protección contra agentes ambientales, desgaste y humedad, sin alterar las características del acabado.
Previo a la confección de la placa, se debe enviar el respectivo diseño y características para su aprobación.
4.25.10 COLUMNAS ESTRUCTURALES
Las columnas estructurales del rótulo principal deberán ser suministradas e instaladas por el contratista, cumpliendo estrictamente con las siguientes especificaciones técnicas:
•Material: Las columnas deberán fabricarse en madera dura tratada, tipo teca, almendro o equivalente aprobado por la inspección, garantizando resistencia estructural, durabilidad y adecuado desempeño en condiciones exteriores.
•Sección mínima: La sección transversal de cada columna será de 25 x 25 cm como mínimo, manteniéndose constante en toda su altura y libre de defectos que comprometan su capacidad estructural.
•Tratamiento de protección: La madera deberá someterse a los siguientes tratamientos:
oInmunización contra xilófagos, conforme a normas técnicas aplicables tipo AWPA o equivalente, asegurando protección contra agentes biológicos.
oSellado superficial, mediante la aplicación de barniz de poliuretano para exteriores con protección UV, con el fin de garantizar resistencia a la intemperie y prolongar la vida útil del elemento.
•Cimentación: Cada columna deberá anclarse a una cimentación independiente que cumpla con las siguientes condiciones:
oZapata aislada de concreto, con resistencia mínima de f’c = 210 kg/cm².
oDimensiones mínimas: 0,80 x 0,80 x 0,40 m.
oPlaca base: Se deberá disponer de una placa metálica galvanizada, que funcione como elemento de transición entre la columna y la cimentación, protegiendo la madera del contacto directo con la humedad.
oAnclaje: Se utilizarán pernos de anclaje de diámetro mínimo ¾”, debidamente embebidos en la zapata y alineados conforme a la ubicación de la placa base.
El contratista será responsable de la correcta ejecución de los trabajos, garantizando la verticalidad, alineación, firmeza estructural y acabado final de las columnas, conforme a las mejores prácticas constructivas y las indicaciones de la inspección.
4.25.11 PANELES DEL RÓTULO Y TIPOGRAFÍA
El contratista deberá suministrar e instalar los paneles del rótulo principal, así como ejecutar la rotulación correspondiente, conforme a las siguientes especificaciones técnicas:
Paneles del rótulo
Material: Los paneles deberán ser fabricados en madera sólida tratada, adecuada para uso exterior, garantizando resistencia estructural, durabilidad y comportamiento adecuado frente a la intemperie.
Espesor: El espesor de los paneles deberá estar comprendido entre 5 cm y 8 cm, uniforme en toda su superficie.
Sistema de fijación: Los paneles deberán fijarse a la estructura mediante:
o Pernos galvanizados ocultos, o Tornillería de acero inoxidable asegurando una adecuada sujeción estructural, durabilidad y un acabado estético sin elementos visibles expuestos.
•Acabado superficial:
Los paneles deberán recibir:
oAplicación de tinte natural, que conserve y resalte la textura de la madera, y
oAplicación de sellador antihumedad, que garantice protección frente a agentes ambientales, humedad y deterioro.
Tipografía (rotulación)
Sistema de ejecución: La rotulación deberá ejecutarse mediante tallado en la madera, ya sea con equipo CNC o de forma manual, garantizando precisión en el diseño y uniformidad en el acabado.
Profundidad: La profundidad del tallado deberá ser de 1,5 cm como mínimo, asegurando adecuada visibilidad, legibilidad y durabilidad.
•Acabado de letras:
Las letras deberán acabarse mediante la aplicación de:
oEsmalte poliuretano mate en color claro, y
oCon propiedades de resistencia a radiación UV y humedad, garantizando la permanencia del acabado y la durabilidad ante condiciones exteriores.
Elementos de piedra (monolitos decorativos)
El contratista deberá suministrar, transportar e instalar elementos de piedra natural tipo monolitos decorativos, conforme a las siguientes especificaciones técnicas:
•Material:
Los monolitos deberán ser de roca natural, preferiblemente granito, basalto o material equivalente aprobado por la inspección, que garantice resistencia mecánica, durabilidad y comportamiento adecuado frente a condiciones exteriores.
•Dimensiones:
Los elementos deberán tener una altura comprendida entre 2,00 m y 3,00 m, según lo indicado en planos o conforme lo disponga la inspección.
•Cimentación:
Cada monolito deberá anclarse mediante un sistema de cimentación adecuado a sus dimensiones y peso, el cual podrá consistir en:
oZapata corrida o pedestal de concreto,
oConsiderando un empotramiento mínimo de 0,60 m, para garantizar estabilidad.
•Estabilización:
La estabilidad del elemento deberá asegurarse mediante:
oAnclajes internos de acero, o colocación con mortero ciclópeo, o de forma que se garantice su correcta fijación, verticalidad y seguridad estructural.
Mástiles de bandera
El contratista deberá suministrar, transportar e instalar los mástiles de bandera, conforme a las siguientes especificaciones técnicas:
•Material: Los mástiles deberán ser fabricados en acero galvanizado o aluminio, aptos para exposición a la intemperie, con adecuada resistencia mecánica y protección contra la corrosión.
•Altura: La altura de los mástiles deberá tener una altura de 6,00 m, según lo indicado en planos o conforme lo disponga la inspección.
•Cimentación (base):
Cada mástil deberá instalarse sobre una base de concreto que cumpla con los siguientes requisitos:
oResistencia mínima: f’c = 280 kg/cm².
oDimensiones mínimas: 0,60 x 0,60 x 0,80 m, o conforme a diseño estructural aprobado.
•Sistema de izado:
El sistema de izado deberá incluir:
oPolea fabricada en acero inoxidable, resistente a la intemperie, y
oCable trenzado anticorrosión, adecuado para uso exterior, que garantice durabilidad y correcto funcionamiento del sistema.
Paneles informativos
El contratista deberá suministrar, fabricar y colocar los paneles informativos, conforme a las siguientes especificaciones técnicas:
•Estructura: Los paneles deberán contar con una estructura conformada por:
oMarco metálico galvanizado, que garantice resistencia estructural y protección contra la corrosión, y
oPostes en madera tratada, aptos para uso exterior, debidamente inmunizados y protegidos contra agentes ambientales.
•Altura de instalación:
Los paneles deberán colocarse de forma que la información sea legible a una altura comprendida entre 1,20 m y 1,50 m, medida desde el nivel de piso terminado.
•Superficie del panel:
La superficie informativa deberá ser de:
oPanel tipo ACM (Aluminum Composite Material) o lámina con impresión directa UV, adecuados para uso exterior y resistentes a la intemperie.
•Protección:
La superficie deberá contar con protección mediante:
oLámina de policarbonato, o Vidrio laminado, que garantice resistencia al impacto, durabilidad y protección de la información frente a agentes climáticos y posibles actos vandálicos.
Paisajismo
Vegetación
El contratista deberá ejecutar las labores de paisajismo mediante la siembra y establecimiento de vegetación, conforme a las siguientes especificaciones técnicas:
•Especies vegetales:
Se deberán utilizar especies nativas de baja mantención, tales como helechos, bromelias y arbustos tropicales, o equivalentes aprobados por la inspección, que garanticen adecuada adaptación al entorno, sostenibilidad y bajo requerimiento de mantenimiento.
•Preparación del terreno y plantación:
Las áreas destinadas a siembra deberán ser previamente acondicionadas mediante el empleo de una mezcla que incluya:
oSuelo vegetal, y
oCompost orgánico, en proporciones adecuadas que aseguren la fertilidad del sustrato y favorezcan el crecimiento y desarrollo de las especies vegetales.
•Sistema de riego:
El sistema de riego deberá implementarse de acuerdo con las condiciones del sitio, pudiendo ser:
oRiego manual, o Sistema de riego por goteo, debiendo garantizar el suministro suficiente de agua para el adecuado establecimiento y mantenimiento de la vegetación.
Sistema de iluminación
El contratista deberá suministrar, instalar y poner en funcionamiento el sistema de iluminación del proyecto, conforme a las siguientes especificaciones técnicas:
•Tipo de luminarias:
Las luminarias deberán ser tipo LED para uso exterior, con un grado de protección mínimo IP65, garantizando resistencia a la humedad, polvo y condiciones ambientales adversas.
•Ubicación del sistema:
El sistema de iluminación deberá disponerse de manera estratégica, conforme a lo siguiente:
oInstalación de luminarias empotradas en piso tipo uplight, destinadas a resaltar elementos arquitectónicos y paisajísticos.
oImplementación de iluminación indirecta dirigida al rótulo, asegurando adecuada visibilidad sin generar deslumbramientos.
•Alimentación eléctrica:
El sistema deberá operar mediante Voltaje de 110 V, o Sistema solar híbrido, según se indique en planos o lo determine la inspección.
•Canalización eléctrica:
El cableado deberá instalarse mediante:
oTubería de PVC tipo SCH 40,
oColocada a una profundidad mínima de 60 cm, garantizando protección mecánica y durabilidad del sistema.
Sistema de drenaje
El contratista deberá ejecutar el sistema de drenaje del proyecto, conforme a las siguientes especificaciones técnicas:
•Pendiente superficial:
Las superficies deberán conformarse con una pendiente mínima de 1,5%, que permita la adecuada evacuación de aguas pluviales y evite la acumulación de escorrentías.
•Drenaje superficial:
Se deberán incorporar cunetas ocultas perimetrales, debidamente integradas al diseño, que faciliten la conducción eficiente del agua sin afectar la estética del proyecto.
•Drenaje subterráneo (dren francés):
Se deberá instalar un sistema de drenaje tipo dren francés, el cual deberá cumplir con las siguientes características:
oTubería perforada de diámetro mínimo Ø 4”, adecuada para la conducción de aguas subterráneas.
oEnvoltura con material geotextil, que evite la colmatación del sistema y permita el adecuado filtrado del agua.
Accesibilidad
El contratista deberá garantizar que todas las obras y elementos del proyecto cumplan con criterios de accesibilidad universal, conforme a las siguientes especificaciones técnicas:
•Rampas: Se deberán disponer rampas de acceso donde sea necesario, con una pendiente máxima del 8%, asegurando condiciones adecuadas de tránsito para todas las personas, incluyendo usuarios con movilidad reducida.
•Superficie de tránsito:
Las superficies deberán ser antideslizantes, aptas para condiciones de intemperie, a fin de garantizar la seguridad de los usuarios.
•Circulaciones: El ancho libre mínimo de las áreas de circulación deberá ser de 1,20 m, permitiendo un adecuado desplazamiento y accesibilidad.
•Desniveles:No se permitirán resaltes o irregularidades superiores a 1,5 cm en las superficies de tránsito, a fin de evitar obstáculos y riesgos para los usuarios.
Control de calidad
El contratista deberá implementar y garantizar un adecuado control de calidad durante la ejecución de los trabajos, conforme a las siguientes especificaciones técnicas:
•Ensayos de compactación:
Se deberán realizar ensayos de compactación tipo Proctor u otros equivalentes, con el fin de verificar que los suelos y rellenos cumplan con los niveles de densidad y estabilidad requeridos.
•Control de resistencia del concreto:
Se deberán efectuar ensayos de resistencia a compresión mediante cilindros de concreto, conforme a la normativa aplicable, a fin de comprobar que las mezclas cumplen con la resistencia especificada.
•Inspección de anclajes:
Se deberá realizar la verificación e inspección de los sistemas de anclaje, asegurando su correcta colocación, alineación, fijación y desempeño estructural.
•Verificación de niveles y pendientes:
Se deberá comprobar la correcta nivelación y conformación de pendientes, asegurando el cumplimiento de las especificaciones de diseño y la adecuada funcionalidad de los elementos constructivos.
El contratista deberá documentar los resultados de los ensayos y controles realizados, y ponerlos a disposición de la inspección cuando le sean requeridos, garantizando el cumplimiento de las normas técnicas aplicables y las mejores prácticas.
4.26 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
En la presente contratación y una vez adjudicada la obra, se deberán realizar algunas acciones propias del contratista, las cuales se detallan a continuación, y se deja claro que cada una de las obligaciones que deberá cumplir el proveedor que resulte adjudicado:
•Es obligación de contar con una póliza de responsabilidad civil por aquello de algún accidente contra tercero.
•Es obligación del contratista el pago de los daños y perjuicios que ocasione su personal a la Municipalidad de Pérez Zeledón, a sus funcionarios, usuarios y terceros; igualmente correrá con la responsabilidad en caso de que se produzcan lesiones a la integridad física de las personas y a la infraestructura y activos institucionales durante la instalación de los productos.
•El contratista queda obligado a comunicar cualquier cambio que sea necesario de realizar durante la ejecución de la obra al personal que realice a la persona encargada de la Municipalidad de Pérez Zeledón, según lo establecido. Todo cambio deberá contar con la autorización del ingeniero de Obras Municipales de la Municipalidad de Pérez Zeledón.
•El contratista contratará la totalidad del personal requerido para la realización del servicio y al efecto, será el único responsable por su contratación.
•Es obligación del contratista reemplazar inmediatamente los equipos de seguridad electrónicos y perimetrales si existieran, que sufran de algún tipo daño que entorpezca la funcionabilidad de estos y velar por que el funcionamiento de todos los equipos y sistemas sea del 100%.
•El contratista libera a la Municipalidad de Pérez Zeledón de cualquier responsabilidad civil o penal por actos ejecutados por su personal en la prestación del servicio.
•Es obligación del contratista Ejecutar, dirigir, supervisar y controlar en forma debida y satisfactoria el servicio contratado.
•Garantizar que el personal destacado, mantenga en todo momento la cordialidad y respeto hacia los usuarios, funcionarios y público en general.
4.27 GARANTÍA DEL BIEN O SERVICIO SOLICITADO
Todos los equipos a instalarsen en la obra tendrán una garantía mínima de doce meses una vez que se haga la recepción definitiva de la instalación, excepto que se indique lo contrario. El Contratista será el responsable de esta garantía y la deberá entregar por escrito a la entrega de la obra, caso contrario, no se recibirá la obra.
El hecho de que la obra sea recibida a satisfacción en el acto de recepción oficial no exime al Contratista de su responsabilidad por vicios ocultos; si éstos afloran durante los diez años posteriores a la fecha de la recepción definitiva, el oferente deberá reparar cualquier daño ocasionado por la obra a la infraestructura existente y toda reparación necesaria correrá por su cuenta.
4.28 DETALLE DEL BIEN O SERVICIO SOLICITADO
Para este caso se adjunta la distribución en donde se definió una Partida, conformada de la siguiente manera:
4.28.1 PARTIDA #1 (línea #1) (CONTRATACIÓN PARA LA CONSTRUCCION DE OBRA CIVIL PARA LA PLAZA DE ACCESO TURÍSTICO (KILÓMETRO CERO), HACIA EL PARQUE NACIONAL CHIRRIPÓ, CANTÓN DE PÉREZ ZELEDÓN.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
ARTÍCULO 14- Obligaciones del oferente y del contratista
Serán obligaciones de los oferentes y de los contratistas las siguientes:
a) Someterse plenamente al ordenamiento jurídico costarricense, debiendo verificar que el procedimiento utilizado por la Administración se ajuste a las disposiciones de la presente ley.
b) Presentar una oferta completa a partir de las reglas del pliego de condiciones.
c) Ser diligente en la atención de cualquier requerimiento y ser proactivo y dirigir todas sus actuaciones a la ejecución del contrato. Una vez que el sistema digital unificado notifique al oferente que la Administración emitió los estudios de ofertas, este deberá proceder en la forma prevista en el artículo 50 de esta ley.
d) Cumplir con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestación formal documentada que hayan aportado adicionalmente en el curso del procedimiento o en la formalización del contrato.
e) Aportar a la Administración, si resultara adjudicatario, los contratos que acuerde con los subcontratistas, así como cualquier otra información que requiera la Administración para la toma de decisiones, según la etapa del procedimiento de contratación en la que se encuentre. El tratamiento de la información suministrada se regirá por el principio de transparencia, sin perjuicio de la excepción establecida en el artículo 15 de la presente ley.
f) Cumplir con las obligaciones de la seguridad social, tanto de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf), así como con los impuestos nacionales; lo anterior comprende cualquier contratación en el territorio nacional que realicen entes de derecho público internacional u organismos internacionales, incluidos los contemplados en el inciso a) del artículo tercero de esta ley, con respecto a las personas trabajadoras que presten sus servicios en el país.
g) Verificar que los subcontratistas se encuentren al día con las obligaciones de la seguridad social, tanto de la Caja Costarricense de Seguro Social y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares.
h) Abstenerse de realizar acuerdos colusorios.
En cuanto al Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas, deberá cumplir con lo estipulado en el artículo 18 de la LGCP, el cual define:
La Dirección de Contratación Pública conformará, en el sistema digital unificado, un registro electrónico oficial de proveedores y subcontratistas, en el cual se inscribirán todas las personas, físicas o jurídicas, que manifiesten interés en contratar con la Administración o para fungir como subcontratistas. En tal registro se acreditará la declaración jurada del régimen de prohibiciones y sus actualizaciones, la experiencia para prestar el objeto que se llegue a licitar, los antecedentes y las sanciones, el historial de cumplimiento de contrataciones con la Administración Pública, las fusiones o transformaciones de la empresa, entre otros, según lo determine el reglamento de la presente ley.
- CAPÍTULO I. CONDICIONES GENERALES
DECLARACIONES JURADAS
El oferente deberá presentar las siguientes declaraciones juradas:
a) Previo a la participación en todo procedimiento de contratación pública, la declaración jurada deberá formar parte del Registro de Proveedores que conformará la Dirección de Contratación Pública, el cual será de acceso público y estará disponible para su consulta y verificación por parte de cualquier interesado, a través del sistema digital unificado.
b) Para poder participar en los procedimientos de contratación pública es deber de los oferentes, contratistas y subcontratistas mantenerla actualizada.
c) En todos los concursos en que presenten sus propuestas, los oferentes y subcontratistas deberán manifestar expresamente en su oferta que la información contenida en la declaración jurada, presentada en el registro que al efecto lleve la Dirección de Contratación Pública, se mantiene invariable.
d) Los proveedores y subcontratistas registrados, están obligados a mantener actualizada la información que hayan aportado al momento de solicitar su inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas para cada proceso de contratación en el que quieran participar.
e) Además, de generarse cualquier variación en los términos consignados en las declaraciones juradas que constan en ese Registro deberán rendir oportunamente una nueva que deberá constar en el sistema digital unificado.
f) Actualizar cada veinticuatro meses la información suministrada en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas del Sistema Digital Unificado, incluyendo los nuevos documentos vigentes al momento de realizarla.
g) Si el oferente presenta en su oferta algún documento anexo en estado “CONFIDENCIAL”, debe adjuntarse en un archivo independiente de la oferta y demás documentos solicitados por la administración y deberá indicar mediante acto motivado justificación de forma clara, detallada y con fundamento legal, las razones del por qué considera que dicha información debe ser mantenida como “CONFIDENCIAL”. En caso de que un participante considere que existe información confidencial, así deberá indicarlo de modo expreso en el sistema digital unificado, al momento mismo de presentar o facilitar la documentación, haciendo señalamiento claro de los folios o archivos que estima confidenciales y de los motivos y su sustento jurídico. Artículo 15 LGCP y 30 de su Reglamento. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la advertencia de confidencialidad, mediante acto motivado suscrito por funcionario competente y con apego al principio de transparencia, la Administración deberá señalar si procede o no la declaratoria de confidencialidad y, en caso de que así proceda, realizará un resumen del contenido de los documentos sin revelar los aspectos confidenciales e indicará por cuánto plazo ha de mantenerse esta. Durante el lapso de los cinco días antes señalado, la información se tendrá como confidencial.
h) Declaración jurada en donde acrediten la veracidad de la información aportada acerca de los índices de precios nacionales y detallando en su oferta al menos:
a) el nombre, nivel, código y cualquier otra característica que identifique el índice de precios de todos los costos directos e indirectos de la estructura de precio.
b) Ente público competente que divulga el índice.
c) El enlace del sitio web del ente competente que emite el índice en donde se accede a la información aportada.
Para aquellos costos directos e indirectos de la estructura de precio expresados en la oferta en una moneda de un país extranjero, el oferente deberá aportar en su oferta información acerca de: a) el país de origen y unidad monetaria de los costos, b) el nombre, nivel, código y cualquier otra característica que identifique el índice de precios oficial de los costos directos e indirectos de la estructura de precio, c) la periodicidad con que se determina el valor de cada índice, d) el ente competente que publica el índice y e) el enlace del sitio web del ente competente que emite el índice, en donde se accede a la información aportada.
En caso de que la información se encuentre en un idioma distinto al español, se requerirá que el oferente bajo su responsabilidad, aporte una traducción libre al español de dicha información, dicha traducción únicamente para corroborar la información aportada por el oferente.
Dichos índices deberán ser elaborados y emitidos por un ente competente del país de origen de los costos, y concordantes con la moneda con que se presenta el precio y los valores absolutos de la estructura de precio, lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 107 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Las multas aplican por defectos en la ejecución del contrato y para que su aplicación resulte procedente deben estar tipificadas en el pliego de condiciones. El monto máximo a cobrar es del 25% del total del acto final y para su aplicación no se requiere la demostración del daño o perjuicio. El cobro de la aplicación de la multa se hará a las retenciones del precio o bien a los saldos pendientes de pago.
Cláusula penal. Se determina la cláusula penal de acuerdo con: Art. 46 y 47 LGCP, Art. 116 y 117 RLGCP y Art. 24, 25, 26, 27 y 28 del Reglamento de Adquisiciones de bienes y Servicios de la Municipalidad de Pérez Zeledón. La cláusula penal procede en casos de ejecución tardía o prematura de las obligaciones. El monto máximo a cobrar es del 25% del total del acto final y para su aplicación no será necesaria la demostración del daño o perjuicio. El cobro de la aplicación de la multa se hará a las retenciones del precio o bien a los saldos pendientes de pago. Las partes técnicas o administradores designados, serán los competentes para la verificación, instrucción y resolución de los procedimientos que pudieran dar origen a la aplicación de una sanción económica, sea esta una multa o cláusula penal, según corresponda. De conformidad con la LGCP, se determinarán las sanciones económicas de acuerdo con los siguientes parámetros la variación, producidas por defectos de ejecución, días de retraso o premura al completar el entregable: BAJO, MEDIO, MÁXIMO. En cada categoría se aplicarán los porcentajes de sanción que se detallan a continuación: Impacto BAJO: El impacto no detiene la ejecución del proyecto ni pone en riesgo el logro del objetivo general definido. Es un entorpecimiento leve pero asimilable dentro de las acciones de contingencia que puedan implementarse. Sanción: 10% del valor máximo sancionable por Ley Impacto MEDIO: El impacto tiene consecuencias moderadas en el logro del objetivo en los plazos previstos. Requiere acciones de contingencia que podrían requerir costos adicionales, pero solventables para la corrección de la desviación experimentada en la ruta crítica. Se vislumbra alguna posibilidad de que no se logre cumplir con el plazo previsto para la totalidad del proyecto sin ser ésta una posibilidad inminente. Sanción: 50% del valor máximo sancionable por Ley. Impacto MÁXIMO: El impacto es severo, las consecuencias generan una imposibilidad de lograr el objetivo en el plazo previsto, puede existir una afectación en costos importante, podría indicar la imposibilidad de materializar los beneficios del proyecto y hasta crear pérdidas de recursos. Sanción: 100% del valor máximo sancionable por Ley SANCIÓN: La cantidad máxima de días para aplicar la cláusula penal respectiva será del 30% del plazo para el entregable. Es decir, si debe aplicarse la cláusula penal, la sanción diaria se calculará dividiendo el total de la sanción entre los días resultantes de multiplicar el plazo del entregable por un 30%. El cálculo es el siguiente: Sanción Diaria = (Sanción máxima / (plazo del entregable * 30%))* días de variación. Este 30% de variación se estima razonable de acuerdo con los principios de buena fe y sana planificación con enfoque preventivo. Una vez superado este plazo se deberá valorar la posibilidad de resolución del contrato. Cualquier condición no prevista en el presente pliego de condiciones, regirá conforme a lo dispuesto por la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, así como cualquier otra Ley o Decreto aplicable a la materia.
Documentos del cartel2
- Acta Visita PreofertaPDF · 215 KB
- Pliego de Condiciones V.1PDF · 1,7 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Juan Carlos Fonseca Ramirez
Obras Municipales
Juan Carlos Fonseca Ramirez
Obras Municipales
Tatiana de los Angeles Gamboa Mora
Encargado del concurso · Proveeduría
Jimmy Arias Davila
Asesoria Legal
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 06/10/2026 11:55. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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