2026LD-000020-0020450009 · SICOP 20260803619
Compra De Licencias Por Suscripción De Ofimática 365 Y Relacionados por un año con prórroga de tres años
Municipalidad Nandayure
Municipalidad Nandayure ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡10,1 millones y quedó en firme el 30/09/2026. Se recibieron 5 ofertas de 5 empresas. No ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡10,1 millones
Ofertas recibidas
5
de 5 empresas
Oferta más baja
₡17 645
99,8 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 30/09/2026
- Consorcio Novacomp – MR TalentoNo era la más barata (2.ª de 5)₡165 102,60
Informe de recomendación de Ignacio Escobar Bray, 23/09/2026 · adjuntos: Oficio PM-060-2026 Recomend Adj Licencias 365.pdf, 2026 Licencias office 365 Verificación de ofertas.pdf (4.87 MB), 2026 Licencias office 365 Evaluación ofertas.pdf (4.15 MB)
Fechas clave
- Se publicó28/08/2026 18:42 · hace 45 días
- Límite para 01/09/2026 23:59 · hace 41 días
- Límite para 02/09/2026 23:59 · hace 40 días
- Cierre de ofertas03/09/2026 23:59 · hace 39 días
- de ofertas04/09/2026 08:00 · hace 38 días
- publicado25/09/2026 13:47 · hace 17 días
- Adjudicación 30/09/2026 08:48 · hace 12 días
1 recibidas, 1 respondidas.
Contexto
- Municipalidad Nandayure adjudicó ₡2 019,7 millones en 60 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra2 líneas
- Servicio de Licenciamiento de Office Microsoft 365 Empresa Estándar1 · ₡59 068,031₡59 068,03
- Servicio de Licenciamiento de Office Microsoft 365 Empresa Estándar1 · ₡110 886,291₡110 886,29
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡8,6 millones – ₡10,1 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 90 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,9 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 20 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : permitido
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : Precio 90 % · Promoción a Pymes. 10 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡453,79 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 90 | Promoción a Pymes.máx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|
| Instituto Costarricense de Electricidad | 90 | 10 | 100 |
| Consorcio Novacomp – MR TalentoGanó | 9,61 | 10 | 19,61 |
| Kuanta Bridge Group | 9,33 | 10 | 19,33 |
| Segacorp de Costa Rica | 8,86 | 10 | 18,86 |
| Compu Plaza | 8,61 | 10 | 18,61 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se publica el acto de adjudicación
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
- Estar inscrito y al día en la Caja Costarricense del Seguro Social y el Ministerio de Hacienda (con la actividad relacionada al concurso).
- Los oferentes deberán adjuntar con su oferta copia de la Patente de su respectivo municipio (con la actividad relacionada al concurso) que los faculte para brindar el servicio requerido
- Los oferentes deberán de aportar con su oferta certificación o constancia emitida por el departamento de patentes de la municipalidad en donde posee la licencia de funcionamiento donde se indique que se encuentra activa y al día en el pago del impuesto respectivo no se acepta comprobantes de pago, para la actividad en la que se está participando. en el cumplimiento del artículo 88 de código municipal.
- Presentar declaración jurada que el oferente no posee vínculos hasta tercer grado de consanguinidad y afinidad con funcionarios o autoridades que actualmente se encuentren ejerciendo en el municipio.
- Tratándose de personas jurídicas, deberá presentar una declaración jurada de naturaleza y propiedad de las acciones que contenga la cédula jurídica o física de los accionistas según corresponda, el capital social, la naturaleza de sus acciones, y a quién pertenecen. Además, cada proveedor oferente también debe presentar, como parte de esa declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el(los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial.
🔴 Nota importante. La omisión en el pliego de condiciones de aquellas obligaciones impuestas por el ordenamiento jurídico a los potenciales oferentes en atención al objeto contractual, no exime a estos de su obligado cumplimiento. (Artículo 40, párrafo 4° de la Ley General de Contratación Pública)
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Las indicadas en el pliego de condiciones en sus páginas 5,6,7 y 8.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
- Las ofertas deberán presentarse en forma electrónica accediendo a la página de SICOP, autenticándose con el certificado digital de cada proveedor, antes de la hora y fecha previstas para el cierre de recepción de ofertas.
- La oferta económica deberá presentarse en forma total en el sistema SICOP.
- Por el solo hecho de presentar su oferta, el oferente admite conocer y aceptar todos y cada uno de los extremos, condiciones y disposiciones contenidas en este pliego. Todas las condiciones especiales indicadas en los documentos de referencia cartelarias (cuando existan), deberán ser respondidas en la oferta en el mismo orden y secuencia establecida, señalando la aceptación total de cada una de ellas.
- No se recibirán ofertas en papel o cualquier otro medio magnético. Es importante advertir que, si no cuenta con el respectivo certificado digital, debe gestionarlo en los Bancos del Sistema Bancario Nacional autorizados por la autoridad certificadora del SINPE, o bien directamente en las oficinas de Gobierno Digital, antes de ingresar su oferta electrónica. La oferta original debe ser firmada electrónicamente por quien tenga suficiente poder para ese acto.
- La oferta electrónica deberá contener DIGITALMENTE todos los documentos técnicos (fichas técnicas, catálogos o manuales de uso expedidos por el fabricante) y legales (certificaciones, declaraciones juradas, copia de cédulas) solicitados en el presente pliego cartelario. Los documentos deben subirse de manera ordenada, nombrados adecuadamente para identificar su contenido. Nota aclaratoria: En ocasiones los oferentes envían carpetas genéricas que poseen con una gran cantidad de documentos, que no suelen estar relacionados en su totalidad con el procedimiento de contratación. El orden de la documentación y carpetas debe ser acorde a los requisitos de admisibilidad y factores de evaluación de este concurso. Aportando solamente lo que resulte pertinente.
- Toda oferta deberá suministrar la información completa y suficiente que permita su análisis y estudio comparativo para efectos de adjudicación. El no suministro de la información sustancial que permita verificar su ajuste a las condiciones significativas del Pliego de Condiciones, descalificará la oferta para efectos del análisis y adjudicación. La oferta deberá contener, además de los datos generales, toda la información necesaria haciendo detalle e indicando cada particularidad como plazo entrega, vigencia, precio y garantías.
- Todos los costos relacionados con la preparación y presentación de la oferta serán sufragados por el oferente. La Municipalidad de Nandayure no reconocerá ningún costo por estos conceptos.
- El precio cotizado debe presentarse en números y letras coincidentes. En caso de divergencia, prevalecerá la suma consignada en letras, salvo el caso de errores materiales evidentes, cuyo caso prevalecerá el valor real, de acuerdo con el Artículo 98 del RLGCP.
- Para efectos de cotización y facturación, el oferente y adjudicatario debe tener en cuenta que la Municipalidad de Nandayure está exenta del pago de todo tipo de impuestos. Sin embargo, esta exoneración no será trasladada a las adquisiciones de bienes y servicios que realice el adjudicatario, por lo que no se emitirán documentos de exoneración de impuestos a favor de terceros. Además, conforme a la Ley 9635, específicamente en el Capítulo III, Artículo 9, Inciso 2, las municipalidades están exentas del IVA para los bienes y servicios que vendan, presten o adquieran las corporaciones municipales.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. En caso de que la adjudicataria entregue bienes/servicios que no cumplan con lo requerido en el cartel y no proceda a realizar las correcciones que le indique la Administración en el plazo señalado por esta última, se procederá a cobrar una multa equivalente al 1% (uno por ciento) por cada día de atraso en la no corrección de lo indicado, hasta un máximo de 25% (veinticinco por ciento) sobre el costo de los productos en los que haya disconformidad por parte de la Administración, luego de lo cual se procederá a realizar el proceso para determinar la eventual ejecución de garantía de cumplimiento o resolución contractual
Cláusula penal. CLÁUSULA PENAL POR INCUMPLIMIENTO Y ATRASO EN LA CORRECCIÓN DE BIENES O SERVICIOS En caso de que la persona adjudicataria entregue bienes, suministre materiales o ejecute servicios que no cumplan con las especificaciones técnicas, condiciones, características, calidad, cantidades o demás requerimientos establecidos en el pliego de condiciones y/o en el contrato, la Administración Municipal procederá a comunicar formalmente al contratista las disconformidades detectadas y le señalará el plazo razonable que corresponda para realizar las correcciones, sustituciones, reparaciones o ajustes necesarios, sin costo adicional para la Municipalidad. Cuando, vencido el plazo otorgado por la Administración, el contratista no haya subsanado total y satisfactoriamente las deficiencias señaladas, se aplicará una cláusula penal equivalente al uno por ciento (1%) por cada día natural de atraso, contado a partir del día siguiente al vencimiento del plazo concedido para efectuar la corrección y hasta que la obligación sea cumplida a satisfacción de la Administración. La cláusula penal se calculará sobre el valor de los bienes, servicios o prestaciones que presenten la disconformidad, siempre que se trate de una prestación individualizable. Cuando el incumplimiento afecte una línea o prestación independiente, el cálculo se realizará sobre el valor correspondiente a dicha línea o prestación, de conformidad con las reglas aplicables. El monto acumulado por concepto de cláusula penal no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del precio del contrato, incluidas sus modificaciones, conforme a lo establecido en el artículo 46 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 116 de su Reglamento. Al alcanzarse el límite máximo del veinticinco por ciento (25%), la Administración podrá valorar la procedencia de iniciar el procedimiento correspondiente para determinar la eventual resolución contractual, ejecución de la garantía de cumplimiento y/o el reclamo de los daños y perjuicios que correspondan, según la naturaleza y gravedad del incumplimiento. La aplicación de la cláusula penal no exime al contratista de su obligación de corregir, sustituir, reparar o completar, según corresponda, los bienes o servicios que hayan sido recibidos en disconformidad, ni de asumir los demás efectos jurídicos que deriven del incumplimiento contractual. La imposición y cobro de la cláusula penal se realizará mediante acto administrativo debidamente motivado, con indicación de los hechos, la obligación incumplida, la prueba correspondiente y el cálculo del monto a cobrar, garantizando al contratista el debido proceso y los recursos administrativos que legalmente correspondan.
Documentos del cartel7
- Decisión inicialPDF · 4 MB
- Contenido presupuestarioPDF · 164 KB
- Estudio mercadoXLSX · 10 KB
- Exención IVAPDF · 225 KB
- Directriz haciendaPDF · 471 KB
- Alerta fraudePDF · 225 KB
- Pliego de condicionesPDF · 4,1 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Javier Hernández Alfaro
Departamento de TI
Yicxa Fajardo de la o
Departamento de Tesorería
Marlen Moreno
Departamento Legal
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 02/10/2026 03:46. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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