2026PX-000010-0013000001 · SICOP 20260900514
Curso virtual de capacitación “Auditor interno en sistemas de gestión de la calidad”
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡682 992 y quedó en firme el 10/09/2026. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡682 992
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
₡682 992
0 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 10/09/2026
- Asociacion Instituto de Normas Tecnicas de Costa Rica₡682 992,00
Informe de recomendación de Ronald Josue Jimenez Benavides, 10/09/2026 · adjuntos: ANALISIS DE OFERTAS CAPACITACION.pdf, Consulta tributación 10-09-2026.pdf, 8. Constancia_Poliza_Vigente_Riesgos_del_Trabajo.pdf
Fechas clave
- Se publicó04/09/2026 14:57 · hace 37 días
- Límite para 08/09/2026 23:59 · hace 33 días
- Cierre de ofertas10/09/2026 08:30 · hace 31 días
- de ofertas10/09/2026 08:30 · hace 31 días
- publicado10/09/2026 11:44 · hace 31 días
- Adjudicación 10/09/2026 11:45 · hace 31 días
Contexto
- Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto adjudicó ₡1 279,6 millones en 308 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Suscripcion a Cursos, Congresos, Talleres, Conferencias y Seminarios4 · ₡682 992,004₡682 992,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡580 543 – ₡682 992
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 35 días hábiles
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡451,08 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Asociacion Instituto de Normas Tecnicas de Costa RicaGanó | 100 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Adjudicación 2026PX-000010-0013000001
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Aportar póliza de riesgos del trabajo y estar al día con la CCSS, FODESAF y Dirección de Tributación del Ministerio de Hacienda.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
El Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto requiere la adquisición de cuatro cupos de capacitación para participar en el curso: Online CGQ-007 “Auditor interno en sistemas de gestión de la calidad”, impartido por la Asociación Instituto de Normas Técnicas de Costa Rica -INTECO-
El curso será impartido con fundamento en las versiones vigentes y homologadas por INTECO de las normas INTE/ISO 9001 e INTE/ISO 19011 al momento de realizarse la capacitación.
Personas participantes:
1.Jéssica Alvarado Lizano, cédula de identidad N° 1-0613-0087.
2.Alexandra Montero Bermúdez, cédula de identidad N° 1-0644-0112.
3.Jorge Arce Aita, cédula de identidad N° 1-1280-0683.
4.Mariela Azofeifa Solano, cédula de identidad N° 4-0212-0681.
Objetivo general
Desarrollar conocimientos, habilidades y actitudes para participar en la planificación, ejecución y seguimiento de auditorías internas de sistemas de gestión de la calidad, mediante la aplicación de las directrices y buenas prácticas establecidas en las normas INTE/ISO 9001 e INTE/ISO 19011.
Contenido temático mínimo del curso:
Tema 1. Introducción a los sistemas de gestión de la calidad y a la auditoría
- Concepto de auditoría y tipos de auditoría.
- Alcance de los requisitos de la norma aplicable.
- Importancia de la auditoría interna.
- Objetivos de la auditoría.
- Determinación de cuándo y qué se debe auditar.
Tema 2. Términos y definiciones
- Términos y definiciones esenciales relacionados con los sistemas de gestión de la calidad y las auditorías.
Tema 3. Competencia de la persona auditora
- Criterios para la calificación de las personas auditoras.
- Funciones y responsabilidades de las personas auditoras.
- Actitudes y conductas requeridas.
- Ética, transparencia y responsabilidad en el ejercicio de la auditoría.
Tema 4. Ejecución de la auditoría
- Planificación y preparación de la auditoría.
- Reunión de apertura.
- Elaboración y utilización de listas de verificación.
- Recopilación y análisis de evidencias.
- Clasificación de hechos.
- Redacción de hallazgos y no conformidades.
- Preparación del informe final.
- Reunión de cierre.
Tema 5. Tratamiento de los hallazgos
- Análisis y tratamiento de los hallazgos de auditoría.
- Acciones correctivas.
- Conclusiones y lecciones aprendidas.
Metodología
La metodología será activa y participativa e incluirá exposición de contenidos, análisis de casos, talleres de aplicación, prácticas, lecturas, recursos interactivos, materiales audiovisuales, pruebas cortas y retroalimentación de la persona facilitadora.
Modalidad: online, de acuerdo con las condiciones previamente establecidas por INTECO.
Naturaleza del curso: teórico-práctica.
Duración: veinte horas.
Fechas: 26, 27, 28, 29 y 30 de octubre y 2 y 3 de noviembre de 2026.
Horario: los días 26, 27, 28, 29 y 30 de octubre y 2 de noviembre de 2026, de 18:00 a 21:00 horas; y el 3 de noviembre de 2026, de 18:00 a 20:00 horas.
Precio unitario: ₡170.748,00, impuestos incluidos, por cada cupo de capacitación.
Monto total: ₡682.992,00, impuestos incluidos, correspondiente a cuatro cupos.
Actividades y evaluación de los aprendizajes
La evaluación estará integrada por:
- Cuatro pruebas cortas, con un valor de 8 % cada una.
- Siete talleres de aplicación, con un valor de 4 % cada uno:
- Taller sobre las cláusulas de la norma INTE/ISO 9001.
- Taller de términos y definiciones.
- Taller sobre competencias de la persona auditora.
- Taller sobre roles de auditoría.
- Elaboración de lista de verificación.
- Clasificación de hechos.
- Redacción de hallazgos o no conformidades.
- Una evaluación final, con un valor de 40 %.
- Total de la evaluación: 100 %.
Condiciones incluidas en cada cupo:
Cada cupo deberá comprender:
- La matrícula y participación en el curso online CGQ-007.
- El acceso a la plataforma virtual seleccionada por INTECO.
- El material didáctico correspondiente.
- Las normas vigentes y homologadas por INTECO en las que se fundamente el curso, conforme con las condiciones comunicadas por la entidad capacitadora.
- La participación en los talleres, pruebas cortas y evaluación final establecidos en el programa.
- La emisión de un certificado digital para cada persona participante.
Los certificados digitales deberán ser entregados en un plazo máximo de veinte días hábiles después de finalizado el curso, de acuerdo con las condiciones establecidas en la cotización.
El programa que se imparta deberá corresponder a la versión vigente del curso CGQ-007 al momento de realizarse la capacitación. Cualquier actualización derivada de la publicación u homologación de nuevas versiones de las normas INTE/ISO 9001 o INTE/ISO 19011 deberá mantener la naturaleza, los objetivos, la duración y los ejes temáticos esenciales del curso contratado, y quedar documentada en el expediente electrónico de la contratación.
Solicitado por la Unidad de Planificación Institucional.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
SOBRE LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS:
En caso de certificaciones o documentos legales deben estar actualizados y deben ser presentados según los términos y condiciones establecidos en este pliego de condiciones.
El Departamento de Proveeduría del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto es la oficina que tramita el procedimiento y que proporcionará la información adicional necesaria respecto de las especificaciones y documentación relacionada, información que deberá ser gestionada y publicada a través del Sistema SICOP.
Toda oferta deberá ser elaborada y presentada en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), a más tardar a la hora y fecha indicada en el cartel electrónico como cierre de recepción de ofertas.
Toda gestión de los interesados en participar en esta contratación, así como de aquellos que hayan presentado oferta, deberá realizarse a través del sistema SICOP. La Administración no admitirá para trámite consultas, documentos, aclaraciones, objeciones u otros que sean presentados por otra vía, salvo que así lo haya solicitado o autorizado explícitamente a través de un comunicado mediante el sistema SICOP.
En los casos de manuales o documentación técnica que no esté disponible en documento electrónico, este se debe incluir como un archivo en el PDF, JPG, entre otros.
El acto de apertura de las ofertas se realizará mediante el sistema, una vez vencida la fecha y hora establecida en el cartel.
Todas las unidades de medidas que se utilicen en la oferta deben estar dadas en el Sistema Internacional (S.I.) de Pesos y Medidas.
El oferente deberá indicar la vigencia de su oferta. Sin embargo, en ningún caso ésta podrá ser inferior a treinta y cinco (35) días hábiles, contados a partir de la fecha señalada para la apertura de las ofertas.
Por el solo hecho de presentar su oferta en el presente concurso, el oferente admite conocer completamente las condiciones del concurso, sus aclaraciones o modificaciones, y que acepta todos los términos y condiciones que en ellos constan, así como cumplir estrictamente con las obligaciones laborales y de seguridad social de sus trabajadores y que el contrato que se llegue a suscribir entre las partes no generará responsabilidad alguna para la Administración, en cuanto a dichos rubros y someterse a la jurisdicción y a los Tribunales nacionales.
En caso de disconformidad justificada por el pliego de condiciones de esta licitación, los oferentes podrán presentar recurso de objeción en contra del cartel de la licitación dentro del plazo de 2 días hábiles contados a partir del día siguiente hábil a la publicación de la licitación, de conformidad con el artículo N° 255 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN
Con las ofertas admisibles para una eventual adjudicación, se procederá a realizar la calificación de cada oferta bajo la siguiente metodología de evaluación:
Precio: …………………………………………….…………………100%
Total:………………………………………….…………………..…100%
Para determinar el puntaje correspondiente en el factor precio se aplicará la siguiente fórmula:
En donde: PF =Puntaje obtenido por la empresa para el Factor Precio.
Px= Precio Total ofrecido por la empresa en evaluación.
Pmin= Precio de la oferta con el monto más bajo.
Los oferentes deberán indicar expresamente que el precio es firme y definitivo.
El Ministerio no reconocerá ningún costo adicional que no esté incluido en el precio total ofrecido.
IMPUESTOS:
El contratista será el responsable por el pago de los impuestos directos e indirectos, cargas sociales, contribuciones o cualquier otro tipo de obligación tributaria que establezca el ordenamiento jurídico costarricense; derivados de la ejecución de la presente contratación.
De conformidad con la Ley N° 9635 de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, este Ministerio debe cancelar el Impuesto de Valor Agregado.
Para el caso de pagos que se deban acreditar en Costa Rica, la Administración realizará la retención correspondiente del Impuesto sobre la Renta vigente al momento de acreditar el pago, y cuyo detalle se encuentra incluido en el artículo N° 23 inciso g) de la Ley del Impuesto sobre la Renta N° 7092.
El contratista deberá mantenerse al día con sus obligaciones ante la Dirección de Tributación del Ministerio de Hacienda.
OBLIGACIONES OBRERO PATRONALES:
Los patronos y las personas que realicen total o parcialmente actividades independientes o no asalariadas, deberán estar al día en el pago de sus obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), así como con otras contribuciones sociales que recaude esta Institución conforme a la ley. Para realizar los siguientes trámites administrativos, será requisito estar inscrito como patrono, trabajador independiente o en ambas modalidades, según corresponda, y al día en el pago de las obligaciones, de conformidad con el artículo 74 de la Ley orgánica de la Caja Costarricense de Seguro Social.
El oferente se debe encontrar al día con las obligaciones de la ley 8783, reforma a la ley 5662 del FODESAF en su artículo 22 inciso c.
La condición de estar al día para con las obligaciones obrero patronales (CCSS y FODESAF), se mantendrá para el contratista, durante todo el periodo de vigencia del contrato, y durante todas las fases del proceso (desde la adjudicación y hasta la finalización del contrato). La Administración podrá validar tal condición en cualquier momento de la relación contractual.
Todas las obligaciones y cargas sociales correspondientes al personal que la eventual contratista designe para atender las obligaciones emanadas de esta contratación corren por cuenta de la contratista, sin ningún tipo de responsabilidad imputable a la Administración.
DEL PAGO Y DOCUMENTACION:
Las facturas deben presentarse en idioma español, no se dará trámite de pago a la factura si no cuenta con el recibido conforme y el visto bueno del funcionario con competencia para ello.
La forma de pago será Usual de Gobierno (mediante acuerdo de pago y depósito en cuenta bancaria del contratista). La misma se entiende como aquel pago que efectúa el Gobierno Central de la República de Costa Rica, para cancelar sus obligaciones ante los proveedores locales e internacionales, por concepto de compra de bienes y servicios; dentro de los 45 días naturales (Resolución N° 770-2016 Ministerio de Hacienda), a partir de la fecha de recibo a satisfacción del servicio y previa autorización con visto bueno en factura por el Administrador del Contrato.
En el caso de los proveedores de pequeñas y medianas empresas (PYME) y de conformidad con la reforma del artículo 34 del Reglamento General a la Ley de Contratación Administrativa publicada en el Alcance N° 202 Gaceta N° 240 y registrados en el Ministerio de Economía Industria y Comercio (MEIC), que han demostrado esta condición, la Ley N° 8262 Ley de Fortalecimiento de las pequeñas y medianas empresas y sus reglamentos, la Administración Central tendrá un plazo de 30 días naturales para pagar.
La Dirección General de Tributación, mediante Resolución DGT-R-48-2016 de fecha 7 de octubre del 2016, autoriza el uso de la factura electrónica, siempre que cumplan con los requisitos y características indicadas en la página de Hacienda (http://www.hacienda.go.cr/contenido/13383-requisitos-de-las-facturas- comprobantes–de ingresos).
Además, dicha entidad, publicó el 20 de marzo del 2018 la Resolución N° DGT-R-012-2018, denominada “Obligatoriedad general para el uso de comprobantes electrónicos”.
De conformidad con el artículo N° 278 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, los derechos de cobro frente a la Administración podrán cederse en cualquier momento, sin que sea necesario el consentimiento de ésta. Sin embargo, deberá informarse a la entidad contratante, una vez que la cesión sea convenida, sin detrimento de los montos que por concepto de multas y cláusulas penales se deban resarcir con dicho pago, los cuales se deducirán automáticamente del monto. El documento de cesión de derechos de pago deberá ser presentado ante la Administración mediante el sistema digital unificado.
Antes de esa comunicación cualquier pago hecho a nombre del contratista surtirá efecto liberatorio.
La Administración no podrá negarse a pagar al cesionario, pero si podrá oponer la excepción de falta de cumplimiento o cumplimiento defectuoso o tardío de lo pactado.
La cesión de pago recibida por la Administración no exonera al contratista de sus obligaciones y tampoco convierte al cesionario en parte contractual. El cesionario del crédito asume por completo el riesgo por el no pago de la obligación por parte de la Administración, originado en las excepciones antes dichas.
Carecen de efecto legal las leyendas incluidas en las facturas comerciales que supongan aceptación del objeto contractual o renuncia a reclamos posteriores derivados de la simple recepción del documento de cobro.
SOBRE EL CONTRATISTA:
El contratista no podrá rechazar las solicitudes de órdenes de pedidos válidamente emitidas, salvo la existencia de deuda vencida por parte de la Administración, o que el valor de la orden de pedido sea inferior al valor mínimo indicado por el oferente en su oferta.
El contratista se compromete que sus funcionarios, se conduzcan con rectitud, respeto y cortesía. Asimismo, deberán observar y respetar las disposiciones que contemplan la Ley y el Reglamento contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. El incumplimiento a esta cláusula facultará al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto a rescindir el contrato sin ningún tipo de responsabilidad.
El contratista asumirá todas las obligaciones laborales contenidas en el código de trabajo y demás leyes y regulaciones conexas, así como póliza de seguros contra riesgos del trabajo u otros.
El contratista asumirá las obligaciones fiscales, municipales y de cualquier índole tributaria que sean aplicables y cualquier otra que le afecte durante la vigencia del presente contrato.
El contratista está obligado a cumplir estrictamente con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestación formal documentada que haya aportado adicionalmente en el curso del procedimiento o en la formalización de la adjudicación.
El contratista deberá apegarse en todo momento a todas las condiciones establecidas en este cartel sean estas del tipo técnicas, jurídicas o financieras.
El contratista deberá cumplir fielmente con lo que estipule en su oferta y con la presentación de los documentos que la Administración le solicite en el presente cartel u aquellos que además le permitan garantizar la satisfacción del interés público.
El servicio será prestado por el contratista sin que medie ninguna relación laboral ni estatutaria; el adjudicatario y sus empleados no se considerarán funcionarios del Ministerio.
El servicio que sea brindado de forma incompleta, defectuosa, impuntual o no los haya realizado del todo por causas imputables al contratista, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto pagará únicamente a la empresa contratada el servicio prestado a satisfacción y conforme con lo convenido entre las partes.
Es responsabilidad del contratista verificar la corrección del procedimiento de contratación administrativa y la ejecución contractual. En virtud de esta obligación, para fundamentar gestiones resarcitorias, no podrá alegar desconocimiento del ordenamiento aplicable ni de las consecuencias de la conducta administrativa.
CLAÚSULA PENAL
En caso de haber atrasos en el plazo de entrega del servicio, el adjudicatario deberá pagar las multas, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y comprobados por la Administración (artículos 116 y 117 del Reglamento a la Ley de Contratación Pública).
En caso de haber atrasos en el plazo de entrega del servicio solicitado, el adjudicatario deberá pagar la cláusula penal, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y comprobados por la Administración (artículos 116 y 117 del Reglamento a la Ley de Contratación Pública).
Se aplicará una penalización de un 1% sobre el monto adjudicado, por cada día de atraso en la entrega del servicio solicitado.
No se gestionará el cobro de la Cláusula Penal, en el caso de que el incumplimiento del contratista se deba a motivos de fuerza mayor o caso fortuito.
MULTA
Se aplicará de conformidad con los artículos N° 116 y N°117 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
Para la ejecución de la presente contratación, se establece una multa de hasta un 25% a criterio de la Administración por incumplimiento en caso de presentarse algunos de los siguientes supuestos:
- No cumplir a cabalidad con los temarios ofrecidos, se aplicará una multa del 15% sobre el total del pedido de compra.
- Que la persona encargada del curso no dé las clases en las fechas programadas o que incumpla con el mínimo de horas de formación, se aplicará una multa del 20% sobre el total de la orden de pedido.
- Cambio de la persona encargada de la capacitación sin previo aviso, se aplicará una multa del 20% sobre el total del pedido de compra.
- Que la persona responsable del curso no aporte constancias o títulos de su carrera profesional y experiencia, se aplicará una multa del 20% sobre el total del pedido de compra.
- Material didáctico o no atinente al tema de la capacitación, se aplicará una multa del 15% sobre el total del pedido de compra.
- Que los medios o canales de comunicación (medios tecnológicos utilizados por el capacitador) sean poco eficientes o no adecuados para realizar la capacitación, se aplicará una multa del 15% sobre el total del pedido de compra.
- Que la persona encargada del curso no tenga expertise en el tema, se aplicará una multa del 20% sobre el total de la orden de pedido.
- No entrega de los certificados de aprovechamiento y participación se aplicará una multa del 25% sobre el total del pedido de compra. No aplica para los que no aprueben el curso como componente de módulo de ascenso para las primeras categorías del escalafón diplomático.
FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
De conformidad con el artículo N° 283 del Reglamento a la Ley de Contratación Pública, los funcionarios encargados de los contratos deberán fiscalizar en la ejecución contractual al menos los siguientes aspectos:
a) Realizar un control objetivo de la ejecución contractual, aplicando las medidas de control de forma eficiente en los procesos involucrados a fin de que el objeto contractual se cumpla a cabalidad.
b) Verificar mediante control técnico que el objeto contractual sea de la calidad y cumpla los requerimientos establecidos en la contratación en procura de que el contratista se ajuste a las condiciones y plazos establecidos en el contrato. Para tal efecto, podrá solicitar asistencia a las unidades técnicas respectivas, cuando sea necesario.
c) Comunicar en forma inmediata al contratista el incumplimiento de la programación de las actividades, de conformidad con el plan de ejecución vigente y autorizado, a fin de que el contratista adopte las medidas pertinentes para su corrección y se apliquen las multas, según corresponda.
d) Llevar el control de la vigencia de las garantías de cumplimiento, así como las colaterales.
e) En caso de posibles faltas e incumplimientos de gravedad cometidas por el contratista durante la ejecución del contrato, procederá a comunicarlo al órgano competente, para que éste tome las medidas legales y contractuales correspondientes.
f) Solicitar los criterios técnicos necesarios para una mejor fiscalización de los contratos, cuando se requiera por la naturaleza de la materia o especialidad.
g) Cualquier otro aspecto que la Administración contratante considere necesaria para la correcta fiscalización del contrato.
Documentos del cartel2
- ANEXO DE PLIEGO CONDICIONESPDF · 471 KB
- ANEXO DE PLIEGO CONDICIONESPDF · 113 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Jessica Alvarado Lizano
Planificación Institucional
Ronald Josue Jimenez Benavides
Encargado del concurso · Proveeduría Institucional
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 28/09/2026 00:19. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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