2026LD-000046-0018800001 · SICOP 20260900546
Mantenimiento, mejoras y acondicionamiento de Oficinas de la Región Brunca (Pintura Interna)
Servicio Nacional de Aguas Subterráneas Riego y Avenamiento
Servicio Nacional de Aguas Subterráneas Riego y Avenamiento ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡8,5 millones y quedó en firme el 30/09/2026. Se recibieron 11 ofertas de 10 empresas. Ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡8,5 millones
Ofertas recibidas
11
de 10 empresas
Oferta más baja
₡7,5 millones
12,3 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 30/09/2026
- Servicios Integrales de Costa RicaLa más barata de 10₡7 458 000,00
Informe de recomendación de Luis Alejandro Monge Arias, 24/09/2026 · adjuntos: consulta tributaria.jpg, SENARA~1.pdf
Fechas clave
- Se publicó04/09/2026 10:42 · hace 38 días
- Límite para 11/09/2026 23:59 · hace 31 días
- Límite para 08/09/2026 23:59 · hace 34 días
- Cierre de ofertas17/09/2026 23:59 · hace 25 días
- de ofertas18/09/2026 08:00 · hace 24 días
- publicado25/09/2026 08:13 · hace 17 días
- Adjudicación 30/09/2026 07:15 · hace 12 días
1 recibidas, 1 respondidas.
Contexto
- Servicio Nacional de Aguas Subterráneas Riego y Avenamiento adjudicó ₡5 585,7 millones en 139 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Mantenimiento y Reparacion Edificios1 · ₡8 500 000,001₡8 500 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡7,2 millones – ₡8,5 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 45 días hábiles
- Ofertar en : permitido
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡448,32 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Servicios Integrales de Costa RicaGanó | 100 | 100 |
| Hugo Navas Obando | 99,77 | 99,77 |
| Constructora y Servicios Multiples Lycsa | 97,3 | 97,3 |
| Pablo Vargas Bustamante | 96,63 | 96,63 |
| Constructora Almovar del Valle de el General | 93,9 | 93,9 |
| Keylor Yohet Aguilar Gonzalez | 93,22 | 93,22 |
| Interdix | 92,04 | 92,04 |
| Bucknor Consultores y Asociados | 90,98 | 90,98 |
| Construpavones VZ | 90,95 | 90,95 |
| Construcciones y Remodelaciones S y M | 68,53 | 68,53 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se comunica el acto final.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
11.1 Declaración jurada con un detalle de la experiencia obtenida mayor o igual a tres años,
por la empresa o persona física, adjuntando los documentos que así lo acrediten (Certificaciones
o Cartas de experiencia). Se aceptará en el tanto ésta haya sido positiva, entendida ésta, como
los servicios recibidos a entera satisfacción.
11.2 Aportar un mínimo de tres cartas de instituciones públicas o entes privados, en donde se
acredite la experiencia satisfactoria que han tenido en relación con el servicio brindado de parte
del oferente, en cuanto a la prestación de servicios de mantenimiento correctivo y preventivo de
edificios y oficinas. Estas cartas deberán indicar el nombre de las empresas o personas a las
cuales se realizó el servicio y el número de teléfono para corroborar la información.
11.3 Presentar una declaración jurada donde se acredite que cuenta con el personal
profesional y técnico, el equipo y la maquinaria para la ejecución de las obras objeto de esta
licitación.
11.4 Presentar una declaración jurada de que cuenta con los recursos financieros suficientes y
la liquidez monetaria necesaria para hacer frente las obras objeto de esta licitación durante la
etapa de ejecución.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
ANEXO AL PLIEGO
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
7.1.1 Los oferentes deben presentar su oferta de acuerdo con los requerimientos y
especificaciones técnicas, el objeto de la contratación y sus anexos, de conformidad con
lo dispuesto en las cláusulas contenidas en este pliego de condiciones.
7.1.2 Por el solo hecho de presentar oferta, se entenderá como una manifestación inequívoca
de la voluntad del oferente de contratar con pleno sometimiento a las condiciones y
especificaciones de este pliego de condiciones, así como a las disposiciones legales y
reglamentarias pertinentes de la República de Costa Rica.
7.1.3 El SENARA se reserva la potestad de adjudicar parcialmente de conformidad con el
artículo 104 del R.L.G.C.P.
7.1.4 Se prohíbe la cotización parcial de una línea. (Art. 123 R.L.G.C.P). No se permite la
cotización parcial de las partidas, el oferente deberá tener presente que al momento de
cotizar deberá realizarlo para todos los renglones de pago.
7.1.5 Todo documento adjunto forma parte integral del pliego de condiciones, de forma tal que
en caso de duda sobre las especificaciones técnicas del bien o servicio a adquirir
prevalecerán las descripciones que elaboren las áreas técnicas y que se hagan constar
en el Sistema Digital Unificado.
7.1.6 Los oferentes deben emprender una conducta activa en relación con aquellas
cláusulas que le obligan a manifestar qué ofrece, cómo lo ofrece y cuándo hará
entrega de lo requerido por la Administración, indicando de forma clara y precisa los
términos respecto a garantías, plazos de entregas y qué ofrece como producto,
además de toda la información requerida por la Administración para determinar con
claridad los términos del contrato. Lo anterior en atención al DECRETO EJECUTIVO
N° 41243-H publicado el 10 de julio de 2018, en alcance N° 155 a La Gaceta N°162.
7.1.7 TODO (A) oferente deberá presentar su oferta contemplando, el “Impuesto al Valor
Agregado, esto de acuerdo con la Ley N°9635 denominada “Ley de Fortalecimiento de
las Finanzas Públicas” y el Reglamento de la Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado
(IVA). Lo anterior, para todos los bienes y servicios sujetos a dicha legislación.
7.1.8 El SENARA verificará que toda la información consignada en la oferta se ajuste a la
realidad. En caso de información no fidedigna comprobada por el SENARA, se haya solicitado o no en el presente pliego de condiciones especiales, facultará al SENARA a
excluir la oferta.
7.1.9 Todo (a) oferente que utilice la figura de subcontratación, con la oferta deberá aportar un
listado de las empresas subcontratadas. En ese detalle, se indicarán los nombres de
todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su
porcentaje de participación en las prestaciones a realizar y se aportará una certificación
de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas. De
conformidad con el artículo 133 del R.L.G.C.P.
7.1.10 Confidencialidad: La condición de "documento confidencial" suministrada por los
oferentes en sus anexos será regulada acorde con los artículos 15 de la Ley General de
Contratación Pública y 30 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública. Por
tanto, la condición de "documento confidencial" que brinda el Sistema Digital Unificado
para adjuntar anexos a su oferta puede ser utilizada en la casilla correspondiente en tanto
dichos documentos cumplan esa condición y el oferente adjunte la justificación
correspondiente, de lo contrario la Administración lo reclasificará como "documento
público".
7.1.11 Ofertas consorciales: Dos o más oferentes podrán participar presentando una oferta en
consorcio, sin que ello implique crear una persona jurídica diferente, con el objetivo de
cumplir y fortalecer los requisitos dispuestos por la Administración en el pliego de
condiciones. Las obligaciones que asume cada uno de los miembros que conforman el
consorcio, deberán quedar plasmados en el respectivo acuerdo consorcial. La
responsabilidad derivada de la participación consorcial es solidaria.
7.1.12 Desglose del precio: El oferente deberá presentar de conformidad con los artículos 42
de la LGCP y 102 del RLGCP la estructura del precio tanto en términos absolutos como
porcentuales. Se deberá presentar de manera obligatoria la estructura de precios para
cada Línea de pago de la oferta.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Las sanciones o multas por incumplimientos específicos del contrato se aplicarán según se indican a continuación: Ítems Acciones de incumplimiento que ameritan el cobro por concepto de la multa Según lo estipulado en el numeral del Pliego de condiciones: 1. Por realizar sustituciones de personal sin la debida comunicación previa al administrador del contrato. 24 inciso h) 2. Por detectarse que el contratista no tiene debidamente asegurado a algún empleado a través de CCSS y/o del INS. 24 inciso e) 32.1 La base para la aplicación de multas se hará sobre el salario mínimo de un trabajador no calificado genérico, por mes, establecido en el Decreto de Salarios Mínimos del MTSS. Cálculo: Salario “trabajador no calificado genérico” del Decreto de Salarios Mínimos del MTSS 30 días naturales 32.2 El valor porcentual de la sanción será como máximo el 25% del monto total del contrato. La aplicación de esta cláusula es conforme al artículo N°117 del Reglamento de la Ley de Contratación Pública, Aplicación de multas y cláusulas penales, no pudiendo acumular el contratista 2 (dos) faltas por mes de la lista mencionada anteriormente pues en tal caso se considerará un incumplimiento del contrato por parte del contratista y el Senara estará facultada para resolver unilateralmente el contrato de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Contratación Pública. 32.3 El pago de las multas se cobrará reteniendo su equivalente de la facturación final que deba cancelársele al adjudicatario, según la circunstancia particular que genero la sanción. 32.4 El Administrador del contrato no gestionara el cobro de multa, únicamente en el caso de que el incumplimiento del contratista obedezca a motivos de caso fortuito, fuerza mayor o culpa de la Administración debidamente comprobadas y acreditados
Cláusula penal. Si existiera atraso en el cumplimiento del plazo total de entrega establecido en el contrato para la conclusión de la licitación y este atraso no fuera justificado satisfactoriamente ante el SENARA, el Contratista deberá pagar al SENARA por concepto de cláusula penal, la suma de uno por mil (1/1000) del monto de la licitación, por cada día natural de atraso en la entrega del objeto de la licitación a entera satisfacción del SENARA. Si al vencer el plazo de entrega, el SENARA determina que el servicio no está concluido, detecta defectos en la calidad atribuibles al Contratista o afectaciones ambientales significativas, comenzará a correr el plazo que se contabilizará como entrega tardía del proyecto. Este plazo terminará en el momento en el que el SENARA reciba los servicios terminada. A solicitud debidamente fundamentada del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO y establecido los días de entrega tardía, el SENARA iniciará el procedimiento administrativo tendiente a hacer efectiva la cláusula penal. La Administración deberá emitir un acto motivado con indicación de la prueba que lo sustente. En contra de esa decisión, el afectado podrá interponer los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del acto. La Administración deberá resolver la revocatoria dentro de los tres días hábiles siguientes a su interposición y la apelación dentro de los cinco días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para resolver el recurso de revocatoria. La aplicación de este procedimiento no incidirá en la continuidad de la ejecución del contrato.
Documentos del cartel1
- Anexo PliegoPDF · 1,5 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Javier Zuñiga Obando
Region Brunca
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 02/10/2026 02:54. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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