2026LD-000019-0001102206 · SICOP 20260900649
BOLSAS DE ILEOSTOMÍA PARA ADULTOS
Caja Costarricense de Seguro Social
Caja Costarricense de Seguro Social ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡994 511 y quedó en firme el 03/10/2026. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡994 511
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
—
Quién ganóen firme 03/10/2026
- Sumedco de Costa Rica$1 944,00
Informe de recomendación de Lina Maria Rodriguez Solis, 01/10/2026 · adjuntos: Estados del Proveedor.pdf, Estados del proveedor-Adjudicación.pdf
Fechas clave
- Se publicó04/09/2026 13:55 · hace 38 días
- Límite para 07/09/2026 23:59 · hace 35 días
- Límite para 08/09/2026 23:59 · hace 34 días
- Cierre de ofertas18/09/2026 08:59 · hace 24 días
- de ofertas18/09/2026 09:00 · hace 24 días
- publicado03/10/2026 08:23 · hace 9 días
- Adjudicación 03/10/2026 08:24 · hace 9 días
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Cierre de ofertas: 11/09/2026 08:59 → 18/09/2026 08:59
- Apertura de ofertas: 11/09/2026 09:00 → 18/09/2026 09:00
- Límite de observaciones a la apertura: 11/09/2026 11:00 → 18/09/2026 11:00
Nota de la institución. Tanto para las aclaraciones al pliego de condiciones como para los recursos de objeción, se cuenta con las respectivas herramientas y medios para su presentación, utilizando correctamente los distintos módulos del SICOP según los distintos actos a los cuales se tiene en una etapa específica, dichos manuales están disponibles en la página principal del SICOP y son de acceso libre para cualquier oferente que así lo requiera. No se aceptarán trámites por otro medio. Las aclaraciones serán atendidas administrativamente por el sub área de contratación administrativa y técnicamente por el Jefe de Servicio. El plazo para presentar y atender aclaraciones según el tipo de procedimiento (LD, LE y LY) será el indicado en el art. 93 del RLGCP. El plazo para presentar y atender recursos de objeción al pliego de condiciones será el establecido en el artículo 254 y 255 del RLGCP
Contexto
- Caja Costarricense de Seguro Social adjudicó ₡108 747,5 millones en 4 189 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Bolsa de Ileostomia Fecal para Adultos, Sistema de Dos Piezas, Parche Flexible, con Medida de Aro Plano 39 Mm ± 3 Mm o Aro Flotante Medida 44 Mm ± 3 Mm360 c/u · ₡994 510,80360 c/u₡994 510,80
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡845 334 – ₡994 511
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 60 días naturales
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP. Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Sumedco de Costa RicaGanó | 100 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Señor Proveedor: Se le comunica que el procedimiento de compra 2026LD-000019-0001102206 tramitada para la compra de: BOLSAS DE ILEOSTOMÍA PARA ADULTOS Fue adjudicado por el Lic. Jeffrey Emanuel Castro Herrera, Director Administrativo y Financiero del Hospital San Francisco de Asís, a favor de: SUMEDCO DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA Cumplimos así con lo previsto en el art. 141 del R.L.G.C.P (Ley 9986) Sin más por el momento, les saluda. Atentamente, SUB ÁREA DE PLANIFICACIÓN Y CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Licda. Lina María Rodríguez Solís Profesional 2
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
-
Cumplir con todos los aspectos técnicos técnicos solicitados en el pliego de condiciones.
-
Cumplir con el plazo de entrega solicitado en el pliego de condiciones.
-
Cumplir con la garantía solicitada en el pliego de condiciones.
-
Vigencia de la oferta: Mínimo60 días naturales
-
Estar al día con el pago de las cuotas obrero patronales CCSS al momento de la apertura, caso contrario debe adjuntar copia de arreglo de pago con la CCSS con fecha anterior a la fecha de apertura.
-
Cotizar cada partida en su totalidad.
-
Precios firmes y definitivos.
-
Participación única en el procedimiento de compra, art.126 del RLGCP.
-
Precios Razonables (se determinan en el estudio de racionabilidad efectuados por el Servicio de Ingeniería y Mantenimiento de este centro hospitalario).
-
Oferta firmada digitalmente por quién tenga el poder para realizarlo.
-
No encontrarse inhabilitado en los códigos ofertados.
-
No estar afectado por ninguna de la prohibiciones indicadas en el capítulo V (Régimen de prohibiciones) artículos del 24 al 30 de la LGCP.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
-
Se pueden visualizar en los archivos adjuntos al pliego de condiciones con el nombre de Ficha Técnica
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
ASPECTOS DE ORDEN ADMINISTRATIVO EN AMPARO A LA LEY GENERAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA Y SU REGLAMENTO
La unidad encargada de tramitar el siguiente procedimiento es el Sub Área de Contratación Administrativa del Hospital San Francisco de Asís, Unidad programática 2206, ubicado en Grecia.
Para la presente compra rigen las Condiciones Condiciones Generales para la Contratación Pública en la CCSS, aprobadas el 14 de marzo del 2024 por Junta Directiva, mediante sesión N° 9418 y sus reformas.
Señor proveedor se le comunica lo siguiente (Art. 40 de la LGCP y art. 90 del RLGCP):
Toda Oferta estará sometida a los siguientes estudios para determinar su elegibilidad:
-
Análisis administrativo,
-
Análisis Técnico,
-
Análisis financiero (Estudio de razonabilidad del precio) y
-
Análisis Legal.
No se acepta la presentación de ofertas por ningún otro medio que no sea el sistema digital unificado (SICOP).
Señor proveedor en toda oferta debe aportar:
-
Declaración jurada de naturaleza y propiedad de las acciones y beneficiario final.
-
Personería jurídica al día con no más de tres meses de emitida.
-
Copia de la cédula de identidad del representante de la empresa o quien firme la oferta.
-
En caso de que la oferta sea firmada por un tercero o apoderado que no sea el representante legal de la empresa, obligatoriamente deberá adjuntarse a la oferta en formato PDF, el respectivo poder especial notarial o protocolizado no inscribible en el Registro Nacional. Así como deberán los apoderados estar debidamente registrados en el sistema electrónico de reconocimiento (SER) dentro de la plataforma digital.
-
Declaraciones juradas, art. 29 de la LGCP y 32 del RLGCP:
-
Certificación de condición PYME
-
En caso de no estar al día con la CCSS, FODEAF o MINISTERIO DE HACIENDA, aportar certificado de arreglo de pago.
-
Desglose de la Estructura del precio según se detalla.
-
Indispensable indicar Marca y país de Origen.
-
Indicar si la moneda del país de origen de sus costos es igual a la moneda ofertada.
-
Permiso de funcionamiento Sanitario vigente (Lo anterior, de conformidad con lo que dicta la Ley General de Salud y el Reglamento General para Autorizaciones y Permisos Sanitarios de Funcionamiento otorgados por el Ministerio de Salud, en la que indica que todos los establecimientos industriales, comerciales y de servicio deben contar con la autorización o permiso sanitario de funcionamiento para operar en el territorio nacional).
-
Patente: También la patente comercial correspondiente, lo anterior de conformidad con el artículo 170 de la Constitución Política y el artículo 88 del Código Municipal. Dado que ninguna persona física o jurídica podrá abrir establecimientos dedicados a actividades lucrativas o comerciales sin contar con la respectiva licencia municipal dentro de la jurisdicción respectiva. Será valorada en la ejecución contractual (según resolución R-DCP-SICOP-01894-2024 de las 15:03 horas del 25 de noviembre de 2024).
Documentación confidencial: Señor proveedor en caso de considerar que existe información confidencial, deberá indicarlo de modo expreso en el sistema digital unificado, al momento mismo de presentar o facilitar la documentación, haciendo señalamiento claro de los folios o archivos que estima confidenciales y los motivos y sustento jurídico. (art. 15 de la LGCP).
Precio (art. 41de la LGCP y art. 98 del RLGCP): El precio deberá ser cierto y definitivo. En caso de divergencia entre el precio cotizado en número y letras, prevalecerá este último, salvo el caso de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real.
Precios unitarios y totales (art. 104 del RLGCP): Señor proveedor se le solicita cotizar precios unitarios y totales.
Desglose de la estructura del precio: De conformidad con el artículo 42 de la Ley de General de Contratación Pública y el artículo 102 de su Reglamento, así como el artículo 15 del Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, se deberá presentar la siguiente estructura, tanto para productos y/o servicios de producción nacional como aquellos productos y/o servicios importados y aplica para moneda nacional o extranjera, tanto en valores absolutos como porcentuales:
|
Componente |
Valor absoluto |
Valor porcentual |
|
Mano de obra directa |
0,0 |
00,00% |
|
Mano de obra indirecta |
0,0 |
00,00% |
|
Insumos directos |
0,0 |
00,00% |
|
Insumos indirectos |
0,0 |
00,00% |
|
Subcontrataciones |
0,0 |
00,00% |
|
Utilidad |
0,0 |
00,00% |
|
Imprevistos |
0,0 |
00,00% |
|
TOTAL |
0,0 |
100,00% |
Notas:
1-La sumatoria porcentual y absoluta debe totalizar 100.00%, con dos decimales.
2-Los oferentes deberán considerar en los componentes de la estructura anteriormente descrita, todos sus costos.
3-En el caso de productos importados, el proveedor deberá asignar el Valor en Aduanas (entendiéndose como el costo del producto, seguro, flete internacional, entre otros asociados a este rubro)1 dentro de los elementos de la estructura porcentual anterior.
Definiciones:
• Mano de Obra Directa: Son las cargas laborales directamente involucrada en la transformación de materia prima en un producto terminado o bien que estén estrictamente relacionados con la prestación del servicio.
• Mano de Obra Indirecta: son las cargas laborales del personal que no trabaja directamente relacionado con la producción o la prestación del servicio, sino que realizan tareas de apoyo, administrativas o de gestión.
Insumos directos: son todos los componentes o materiales que se pueden identificar plenamente con el producto o servicio y transforman parte intrínseca de éste.
• Insumos indirectos: son componentes o materiales que se consumen durante el proceso de producción o prestación del servicio, pero no forman parte del producto final y se deben asignar a través de método de costeo. • Subcontrataciones: son los costos de los servicios, trabajos y obras que una empresa contrata a terceros para ejecutar una parte de su bien o servicio principal.
• Imprevistos: monto destinado a cubrir gastos inesperados que surgen durante la ejecución del contrato, de forma tal que pueda mitigar riesgos y asegurar que pueda afrontarlos sin poner en peligro la entrega del bien o servicio.
Importante: De conformidad con la circular GL-DABS-1718-2025 de fecha 18 de septiembre del 2025, en las contrataciones de medicamentos e insumos médicos se excluye del desglose de precios el rubro de imprevistos, bajo los siguientes argumentos:
1. La previsibilidad y estandarización del objeto contractual.
2. La existencia de mecanismos normativos para revisión de precios.
3. La aplicación de principios de eficiencia y buen uso de fondos públicos.
4. El respaldo normativo y jurisprudencial que valida esta decisión.
Sustento Normativo
La exclusión del rubro de imprevistos se fundamenta en:
Reglamento a la Ley 9986
Artículo 102: El rubro de imprevistos aplica a contratos de obra y servicios, no a bienes, salvo justificación técnica.
Verificación de la información presentada: La verificación del cumplimiento de estos requisitos será realizada por la Unidad encargada de efectuar los estudios de razonabilidad de precios, quienes recomendarán a los analistas encargados del trámite de la compra, requerir la información adicional que sea necesaria.
Derecho al mantenimiento del equilibrio económico del contrato: El mantenimiento del equilibrio económico de la presente contratación se regirá conforme lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley General de Contratación Pública (LGCP) así los numerales 107 y 109 del Reglamento a dicha Ley (RLGCP), el Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios (RRRP), así como el Voto 6432-98 emitido por la Sala Constitucional.
Apertura de ofertas (art. 120 del RLGCP): Los oferentes podrán efectuar observaciones únicamente a través del sistema digital unificado, dos horas hábiles posteriores a la hora de apertura de ofertas. Es caso de que se presenten observaciones, éstas se consignarán en el expediente electrónico y serán valoradas por la administración.
Forma de Pago (art.11 de la LGCP y art. 18 del RLGCP):
Pago por resultados. La Administración efectuará el pago por resultados una vez que haya recibido a satisfacción la obra, el bien o el servicio.
Plazo de pago (art.19 del RLGCP): El trámite de pago será efectuado en un plazo máximo de 30 días naturales, a partir de la fecha de recepción definitiva.
Método de pago: Transferencia electrónica de fondos.
Facturación: El contratista debe emitir la factura electrónica de acuerdo al formato establecido por el Ministerio de Hacienda. Deberán cargar los tres archivos correspondiente en la oficina virtual de la página de la C.C.S.S, esto una vez que haya sido notificada la recepción definida del bien y/o servicio.
Impuestos: Con base en la Ley N° 7293 del 31 de marzo de 1992, Ley reguladora de todas la Exoneraciones vigentes, Gaceta N° 66 del 03 de abril de 1992, la Caja Costarricense de Seguro Social está exenta de todo tributo y sobretasas, incluidos los impuestos selectivos de consumo y ventas. Por lo tanto, la facturación correspondiente NO DEBE incluir el monto por dichos impuestos.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. No aplica
Cláusula penal. 1. Aplicación de cláusulas penales según lo indicado en los artículos 46 y 47 de la LGCP , artículos 116 y 117 del RLGCP y en el punto 5.2 (5.2.1 al 5.2.4) de las Condiciones Generales para la Contratación Pública en la C.C.S.S. aprobadas el 14 de marzo del 2024 por Junta Directiva. 2. Se adjunta como un archivo la memoria de cálculo que determina el quantum de la cláusula penal (Esta fórmula cuenta con el aval de los órganos técnicos institucionales: Dirección Actuarial mediante DAF-0529-2018 y área de Contabilidad de Costos Industriales ACC-0678-05-2018.)
Documentos del cartel3
- Ficha TécnicaPDF · 584 KB
- Memoria de calculoPDF · 225 KB
- Condiciones AdministrativasPDF · 338 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Maria de los Angeles Marquez Rodriguez
Dirección Administrativa, Hospital San Francisco de Asís
Susan Ivannia Chaverri Salazar
SERVICIO ENFERMERIA
Lina Maria Rodriguez Solis
Encargado del concurso · Área de Gestión de Bienes y Servicios
Diana Chacón Gamboa
Financiero Contable
Susan Ivannia Chaverri Salazar
SERVICIO ENFERMERIA
Maria de los Angeles Marquez Rodriguez
Dirección Administrativa, Hospital San Francisco de Asís
Joseph Barrantes Bogantes
AREA GESTION BIENES Y SERVICIOS
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 06/10/2026 10:55. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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