2026LE-000002-0016600012 · SICOP 20260901090
Reconstrucción de la estructura de pavimento con previa demolición parcial en Cuadrantes San Pedro, Calle Sabanilla, Cuadrantes Sarchí Norte y Calle San Rafael
Municipalidad de Sarchí
Municipalidad de Sarchí está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡263,9 millones. Se recibieron 13 ofertas de 4 empresas en 4 lotes (partidas) el 02/10/2026.
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡263,9 millones
para todos los lotes
Ofertas recibidas
13
de 4 empresas en 4 lotes
Suma de las ofertas más bajas
₡230,5 millones
12,7 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó09/09/2026 15:30 · hace 33 días
- Límite para 14/09/2026 23:59 · hace 28 días
- Límite para 14/09/2026 23:59 · hace 28 días
- Cierre de ofertas02/10/2026 11:00 · hace 10 días
- de ofertas02/10/2026 11:00 · hace 10 días
- (plazo máximo)≈ 13/11/2026 · en 32 días
El cartel fue modificado (2 versiones publicadas).
Nota de la institución. La Proveeduría recibirá las aclaraciones y si son de carácter técnico se remitirán a la unidad solicitante. Se adjunta las condiciones específicas junto con su evaluación y condiciones generales, entre otros. Visita a los sitios de las calles, será el día Viernes, 11 de setiembre de 2026, a las 10:00, coordinada con el Ingeniero de la Dirección Técnica de Gestión Vial. Punto reunión en la Municipalidad de Sarchí. Se modifica el pliego, para incorporar al expediente Declaración jurada de ausencia de conflicto de intereses, del departamento Legal y Cronograma de la contratación que por error involuntario no se incluyó en la publicación del pliego.
Contexto
- Municipalidad de Sarchí adjudicó ₡486,4 millones en 29 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra4 líneas · 4 lotes
- L1Servicio de Construccion o Remodelacion de Caminos y Carreteras1 · ₡59 222 800,001₡59 222 800,00
- L2Servicio de Construccion o Remodelacion de Caminos y Carreteras1 · ₡65 466 100,001₡65 466 100,00
- L3Servicio de Construccion o Remodelacion de Caminos y Carreteras1 · ₡59 808 650,001₡59 808 650,00
- L4Servicio de Construccion o Remodelacion de Caminos y Carreteras1 · ₡79 397 800,001₡79 397 800,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1₡50,3 millones – ₡59,2 millones
- Lote 2₡55,6 millones – ₡65,5 millones
- Lote 3₡50,8 millones – ₡59,8 millones
- Lote 4₡67,5 millones – ₡79,4 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 60 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,6 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 6 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 60 días hábiles
- Contrato por 6 meses
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : precio 60 % · CRITERIO SOSTENIBLE: criterio social 15 % · Plazo de entrega 15 % · CRITERIO SOSTENIBLE: Criterio economico 5 % · CRITERIO SOSTENIBLE: Criterio ambiental 5 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡462,29 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Lote 1 · Servicio de Construccion o Remodelacion de Caminos y Carreteras3 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | preciomáx. 60 | CRITERIO SOSTENIBLE: criterio socialmáx. 15 | Plazo de entregamáx. 15 | CRITERIO SOSTENIBLE: Criterio economicomáx. 5 | CRITERIO SOSTENIBLE: Criterio ambientalmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Pavicen | 60 | 15 | 15 | 0 | 5 | 95 |
| Transportes Mapache | 57,47 | 15 | 10 | 5 | 5 | 92,47 |
| Montedes | 49,12 | 15 | 15 | 5 | 5 | 89,12 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 2 · Servicio de Construccion o Remodelacion de Caminos y Carreteras4 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | preciomáx. 60 | CRITERIO SOSTENIBLE: criterio socialmáx. 15 | Plazo de entregamáx. 15 | CRITERIO SOSTENIBLE: Criterio economicomáx. 5 | CRITERIO SOSTENIBLE: Criterio ambientalmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Pavicen | 60 | 15 | 15 | 0 | 5 | 95 |
| Transportes Mapache | 58,69 | 15 | 10 | 5 | 5 | 93,69 |
| Montedes | 50,68 | 15 | 15 | 5 | 5 | 90,68 |
| Consorcio Grupo CBZ | 52,56 | 15 | 10 | 5 | 5 | 87,56 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 3 · Servicio de Construccion o Remodelacion de Caminos y Carreteras3 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | preciomáx. 60 | CRITERIO SOSTENIBLE: criterio socialmáx. 15 | Plazo de entregamáx. 15 | CRITERIO SOSTENIBLE: Criterio economicomáx. 5 | CRITERIO SOSTENIBLE: Criterio ambientalmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Pavicen | 60 | 15 | 15 | 0 | 5 | 95 |
| Transportes Mapache | 57,44 | 15 | 10 | 5 | 5 | 92,44 |
| Montedes | 49,83 | 15 | 15 | 5 | 5 | 89,83 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 4 · Servicio de Construccion o Remodelacion de Caminos y Carreteras3 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | preciomáx. 60 | CRITERIO SOSTENIBLE: criterio socialmáx. 15 | Plazo de entregamáx. 15 | CRITERIO SOSTENIBLE: Criterio economicomáx. 5 | CRITERIO SOSTENIBLE: Criterio ambientalmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Pavicen | 60 | 15 | 15 | 0 | 5 | 95 |
| Transportes Mapache | 58,1 | 15 | 10 | 5 | 5 | 93,1 |
| Montedes | 50,61 | 15 | 15 | 5 | 5 | 90,61 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
No aplica.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Las presentes especificaciones complementan las secciones típicas y cantidades definidas para cada partida. Toda la ejecución deberá ajustarse al Manual de Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras, Caminos y Puentes de Costa Rica CR-2020, oficializado mediante Decreto Ejecutivo N.° 43397-MOPT, en su versión vigente. Cuando exista diferencia entre una referencia histórica del cartel 2026 y el CR-2020, prevalecerá el CR-2020 y la instrucción escrita de la Administración.
El contratista deberá suministrar la base granular y la mezcla asfáltica en caliente, incluyendo materiales, producción, transporte, colocación, compactación, control de calidad y demás recursos necesarios. La emulsión asfáltica corresponde, conforme al estudio de mercado, a una actividad de acarreo y colocación; cualquier condición de suministro deberá ajustarse a lo establecido por la Administración en el expediente y la orden de inicio.
Perfilado de pavimento con máquina autopropulsada (perfiladora)
El trabajo consiste en obtener un nuevo perfil longitudinal y transversal del pavimento asfáltico existente mediante fresado en frío, eliminando el espesor de carpeta indicado en las secciones típicas o el que determine la Administración en campo. El fresado se realizará a temperatura ambiente, sin solventes ni productos ablandadores que alteren los agregados o el ligante existente, y deberá ejecutarse conforme con la Sección 415 del CR-2020.
El contratista deberá utilizar una máquina perfiladora/fresadora autopropulsada, con controles que permitan mantener profundidad, pendiente y regularidad. En proximidad de tapas, cajas, cordones, estructuras u otros sitios inaccesibles, se permitirán métodos complementarios que produzcan una superficie uniforme y técnicamente apta para recibir las capas posteriores.
El equipo deberá operar en sentido longitudinal, utilizando una referencia de nivel o alineamiento adecuada. El contratista será responsable de evitar daños a drenajes, servicios públicos, estructuras, propiedades, vegetación y demás elementos próximos a la zona de trabajo; cualquier daño atribuible a la operación deberá ser reparado a su costo.
a. Acopio y propiedad del material fresado para cada partida.
El material extraído pertenece a la Municipalidad de Sarchí y deberá ser transportado y acopiado por el contratista donde lo indique el Ingeniero de la Dirección Técnica de Gestión Vial, en un radio no mayor a ocho (8) kilómetros del proyecto. Durante el manipuleo del material fresado deberá evitarse su contaminación con suelos u otros materiales extraños.
Se exceptúan de esta disposición los materiales provenientes de capas de una construcción nueva que deban ser fresadas por el constructor como resultado de deficiencias en los trabajos de pavimentación que esté ejecutando y cuyo retiro sea ordenado por la Administración, sin medida ni pago adicional. En tal caso, el material fresado será propiedad del constructor, quien deberá realizar a su costa la carga, transporte, descarga y disposición de dichos materiales en sus instalaciones o en un sitio autorizado.
b. Limitaciones en la ejecución de los trabajos.
Los trabajos de fresado deberán ser suspendidos cuando llueva. Tampoco se permitirá continuar cuando exista agua superficial o cualquier condición que comprometa la seguridad, la regularidad del fresado o la adecuada preparación de la superficie para las actividades posteriores. La reanudación deberá contar con condiciones técnicamente adecuadas.
c. Medición y cantidades de perfilado
La unidad de medida del pavimento asfáltico perfilado será el metro cuadrado (m²), aproximado al entero, de superficie efectivamente fresada y aceptada, de acuerdo con las exigencias de esta especificación, las dimensiones y cotas del proyecto y las instrucciones del Ingeniero. La medición servirá para control de cantidades y del cumplimiento de cada partida; el pago de la partida se regirá por la forma de pago integral establecida en este pliego.
|
Partida |
Calle |
Descripción |
Unidad |
Cantidad |
|
N.° 1 |
Cuadrantes San Pedro |
Perfilado de pavimento con máquina autopropulsada (perfiladora) |
m² |
2.520 |
|
N.° 2 |
Calle Sabanilla |
Perfilado de pavimento con máquina autopropulsada (perfiladora) |
m² |
3.000 |
|
N.° 3 |
Cuadrantes Sarchí Norte |
Perfilado de pavimento con máquina autopropulsada (perfiladora) |
m² |
2.610 |
|
N.° 4 |
Calle San Rafael |
Perfilado de pavimento con máquina autopropulsada (perfiladora) |
m² |
3.000 |
Excavación en la vía
Este trabajo comprende toda la maquinaria, equipo, personal, señalización, carga, transporte y demás recursos necesarios para retirar la estructura existente y alcanzar la profundidad requerida para cada partida, de acuerdo con las secciones típicas y la Sección 204 del CR-2020. La excavación deberá ejecutarse sin afectar innecesariamente las zonas adyacentes y conservando condiciones de drenaje durante la obra.
El material producto de la excavación se considerará material de desecho y no podrá reincorporarse a la estructura de pavimento, salvo autorización escrita de la Administración. El contratista deberá disponerlo en sitio legalmente permitido. Si la Municipalidad solicita la entrega de parte o la totalidad del material, este deberá ser transportado y acopiado en el sitio que indique la Administración, sin costo adicional, dentro de las condiciones que se definan para la partida.
Antes de colocar la base granular, la superficie de subrasante deberá quedar conformada, drenada, estable, uniforme y compactada. Cualquier suelo blando, saturado, orgánico o manifiestamente inadecuado deberá ser informado al administrador del contrato antes de cubrirlo. No se permitirá ocultar condiciones deficientes mediante la colocación de base.
El contratista deberá coordinar oportunamente con las entidades prestadoras de servicios públicos cuando las excavaciones puedan interferir con redes de agua potable, electricidad, telecomunicaciones u otros servicios. En caso de hallazgos arqueológicos, paleontológicos o de interés histórico se suspenderá la actividad en el punto afectado y se procederá conforme con la normativa y las disposiciones pertinentes del CR-2020.
a. Medición y cantidades de excavación
La excavación se controlará en metros cúbicos (m³), conforme con las dimensiones de las secciones típicas, levantamientos y verificaciones de campo aceptadas por la Administración. Las sobre excavaciones no autorizadas y las correcciones derivadas de errores del contratista no generarán reconocimiento adicional.
|
Partida |
Calle |
Descripción |
Unidad |
Cantidad |
|
N.° 1 |
Cuadrantes San Pedro |
Excavación para conformación de la estructura de pavimento |
m³ |
554 |
|
N.° 2 |
Calle Sabanilla |
Excavación para conformación de la estructura de pavimento |
m³ |
450 |
|
N.° 3 |
Cuadrantes Sarchí Norte |
Excavación para conformación de la estructura de pavimento |
m³ |
574 |
|
N.° 4 |
Calle San Rafael |
Excavación para conformación de la estructura de pavimento |
m³ |
770 |
Suministro, acarreo, colocación y compactación de base granular - Graduación C
El contratista deberá suministrar la totalidad del material granular requerido para la base de las cuatro partidas. La base será material triturado Graduación C y deberá cumplir con la Sección 301 y la Subsección 703.05 del CR-2020, particularmente la Tabla 703-07 para bases granulares. El material deberá proceder de una fuente identificada y aprobada, ser uniforme, durable y estar libre de materia orgánica, grumos de arcilla y materiales deletéreos.Aprobación previa de la fuente de material
- Fuente de materiales y acreditación del tajo o cantera
Para el suministro de los materiales granulares requeridos en la ejecución de la obra, el contratista deberá utilizar materiales provenientes de una fuente debidamente autorizada y que se encuentre vigente y a derecho conforme con la normativa aplicable.
Para el caso del tajo o cantera de donde se obtendrá el material, el oferente deberá presentar certificación emitida por la Dirección de Geología y Minas del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), en la cual se indique claramente, como mínimo:
- Número de concesión.
- Nombre y ubicación o dirección exacta del sitio de extracción.
- Titular de la concesión.
- Indicación de que la concesión se encuentra vigente y a derecho.
Cuando la concesión se encuentre a nombre de una persona física o jurídica distinta del oferente, deberá aportarse adicionalmente una autorización de explotación o suministro del material, suscrita por el concesionario o por su representante legal, mediante la cual se acredite que el oferente se encuentra autorizado para obtener y suministrar materiales provenientes de dicha fuente para la ejecución de la contratación. Para tales efectos aportar certificación literal de registro dónde conste la representación.
La certificación emitida por la Dirección de Geología y Minas deberá tener una fecha de emisión no mayor a ocho (8) meses, contados con respecto a la fecha establecida para la apertura de las ofertas. Sobre este aspecto, la Administración se reserva la potestad de verificar la información con la Dirección de Geología y Minas del MINAE.
La presentación de esta documentación no exime al contratista de demostrar que el material suministrado cumple integralmente con los requisitos de calidad establecidos en el CR-2020, incluyendo granulometría, abrasión, durabilidad, límites de consistencia, CBR, caras fracturadas y demás propiedades y ensayos exigibles para la base granular.
Asimismo, cualquier cambio de la fuente de materiales durante la ejecución contractual deberá ser previamente comunicado y sometido a aceptación de la Administración, aportando nuevamente la documentación legal y técnica correspondiente a la nueva fuente, así como los ensayos que permitan verificar el cumplimiento del CR-2020.
Antes del ingreso de material al proyecto, el contratista deberá identificar la fuente mediante nombre, ubicación y coordenadas, y aportar resultados de laboratorio representativos que demuestren el cumplimiento de la Graduación C y de los requisitos de calidad. La aceptación inicial de la fuente no releva al contratista de mantener la calidad durante toda la producción. Un cambio de fuente o una variación significativa del material requerirá nueva documentación y aprobación previa.
Granulometría - Base Graduación C, Tabla 703-07 CR-2020
|
Tamiz |
% pasando - Graduación C |
Desviación máxima admisible respecto a la granulometría aprobada |
|
50 mm |
100 |
- |
|
25 mm |
80 - 100 |
± 6 |
|
19,0 mm |
64 - 94 |
± 6 |
|
9,5 mm |
40 - 69 |
± 6 |
|
4,75 mm (N.° 4) |
31 - 54 |
± 6 |
|
0,425 mm (N.° 40) |
- |
- |
|
75 µm (N.° 200) |
4,0 - 7,0 |
± 3 |
Los límites anteriores corresponden a la Graduación C del CR-2020. Las desviaciones se aplicarán respecto de la granulometría propuesta por el contratista y aprobada por la Administración, sin exceder los límites máximo y mínimo de la banda especificada.
Requisitos físicos y mecánicos del material de base
|
Propiedad / ensayo |
Norma |
Requisito |
|
Límite líquido, material pasando malla N.° 40 |
AASHTO T89 |
25 máximo |
|
Índice plástico, material pasando malla N.° 40 |
AASHTO T90 |
6 máximo |
|
Pérdida por abrasión Los Ángeles |
AASHTO T96 |
50 % máximo |
|
Índice de durabilidad, material grueso y fino |
AASHTO T210 |
35 mínimo |
|
Caras fracturadas |
ASTM D5821 |
50 % mínimo |
|
Capacidad soportante CBR |
AASHTO T193 / Proctor modificado AASHTO T180 |
80 % mínimo para base, conforme CR-2020 |
|
Materia orgánica, grumos de arcilla y materiales deletéreos |
Inspección / ensayos aplicables |
No permitidos |
Los límites de Atterberg indicados corresponden a una base granular que recibirá una capa de ruedo. El contratista deberá aportar los ensayos de caracterización y aquellos adicionales que solicite la Administración para verificar la uniformidad del material.
Tramo de prueba de base granular
Antes de iniciar la colocación general de base, el contratista deberá construir un tramo de prueba con material previamente aprobado. Conforme con el CR-2020, el tramo tendrá una longitud mínima de 100 m y el ancho total de un carril. Su ubicación deberá ser aprobada por la Administración. El propósito será establecer el procedimiento de homogeneización, contenido de humedad, equipo, velocidad, número y secuencia de pasadas y demás variables necesarias para alcanzar la densidad y acabado exigidos.
El informe del tramo de prueba deberá registrar, como mínimo: proyecto y ubicación; fuente del material; técnicos responsables; espesores; humedad; densidad; resistencia en sitio cuando corresponda; identificación del equipo de compactación; velocidad; número y orden de pasadas; y resultados de laboratorio. Si no se obtiene la densidad, homogeneidad o acabado requeridos, el contratista deberá corregir el procedimiento y ejecutar un nuevo tramo de prueba a su costo.
Colocación y compactación
La superficie subyacente deberá estar previamente aprobada. El material se distribuirá de manera uniforme, evitando segregación o concentraciones de finos. El contenido de humedad óptimo y la densidad máxima se determinarán mediante AASHTO T180, método D; el agregado se ajustará dentro de ±2 % de la humedad óptima.
Cada capa de base granular deberá compactarse en todo el ancho hasta obtener una densidad de 97,5 % ± 2,5 % de la densidad máxima del Proctor Modificado. La densidad en sitio y humedad se determinarán mediante AASHTO T310 / ASTM D6938 u otro procedimiento aprobado. El espesor de cada capa individual no deberá exceder 150 mm una vez compactada; cuando el espesor total sea mayor, se construirá en capas sucesivas, cada una aprobada antes de colocar la siguiente.
La compactación se iniciará en los bordes y avanzará hacia el centro. En zonas inaccesibles al rodillo se utilizarán compactadores apropiados. La superficie terminada deberá cumplir niveles y regularidad; para base granular, desviaciones superiores a 10 mm entre puntos de contacto de un escantillón de 3 m serán consideradas defectuosas y deberán corregirse.
Control de calidad y aceptación de la base
El contratista deberá presentar un Plan de Control de Calidad conforme con la Sección 153 y la Subsección 301.08 del CR-2020. Como mínimo deberá controlar granulometría, límites de Atterberg, abrasión, durabilidad, caras fracturadas, CBR, relación humedad-densidad, densidad y humedad en sitio, espesores, niveles y regularidad. La Administración podrá aumentar frecuencias o efectuar verificación independiente cuando lo estime necesario.
No se permitirá cubrir una capa de base que no haya sido inspeccionada y aceptada. La presencia de segregación, zonas flojas, contaminación, densidad insuficiente, espesores deficientes o incumplimientos granulométricos será causa de rechazo o corrección a costo del contratista.
Medición y cantidades de base granular
La base granular se controlará en metros cúbicos (m³) de material suministrado, colocado, compactado y aceptado conforme con las secciones típicas. La cantidad incluye suministro, acarreo, descarga, extendido, humectación, conformación, compactación, ensayos, tramo de prueba y todas las operaciones necesarias. La medición no modifica la condición de pago integral de cada partida.
|
Partida |
Calle |
Descripción |
Unidad |
Cantidad |
|
N.° 1 |
Cuadrantes San Pedro |
Suministro, acarreo, colocación y compactación de material granular (Base Graduación C) |
m³ |
762 |
|
N.° 2 |
Calle Sabanilla |
Suministro, acarreo, colocación y compactación de material granular (Base Graduación C) |
m³ |
618 |
|
N.° 3 |
Cuadrantes Sarchí Norte |
Suministro, acarreo, colocación y compactación de material granular (Base Graduación C) |
m³ |
789 |
|
N.° 4 |
Calle San Rafael |
Suministro, acarreo, colocación y compactación de material granular (Base Graduación C) |
m³ |
1.058 |
Acarreo y colocación de emulsión asfáltica
La actividad comprende el acarreo y aplicación uniforme de emulsión asfáltica sobre la superficie preparada, conforme con la Sección 414 del CR-2020. La tasa de referencia definida en el estudio de mercado es de 1,2 L/m². Antes de la aplicación, la superficie deberá estar limpia, libre de polvo, material suelto, agua y contaminantes.
El distribuidor deberá estar calibrado y ser capaz de aplicar el producto uniformemente en todo el ancho requerido. Se deberá realizar la comprobación o punto de riego correspondiente para verificar la tasa real de aplicación y uniformidad. No se permitirá la aplicación durante lluvia, sobre superficie con agua libre o cuando las condiciones ambientales impidan el rompimiento y curado adecuado de la emulsión.
El contratista deberá proteger cordones, tapas, estructuras y superficies que no deban recibir emulsión, y corregir a su costo cualquier aplicación excesiva, deficiente o contaminada. El tránsito no podrá circular sobre el riego salvo autorización y bajo medidas de protección definidas por la Administración.
Medición y cantidades de emulsión asfáltica
La actividad se controlará en litros (L) efectivamente acarreados y aplicados de forma uniforme y aceptados. Las cantidades se calcularon a una razón de 1,2 L/m². Cualquier ajuste de tasa que resulte técnicamente necesario deberá ser previamente autorizado y documentado por la Administración.
|
Partida |
Calle |
Descripción |
Unidad |
Cantidad |
|
N.° 1 |
Cuadrantes San Pedro |
Acarreo y colocación de emulsión asfáltica, a razón de 1,2 L/m² |
L |
3.024 |
|
N.° 2 |
Calle Sabanilla |
Acarreo y colocación de emulsión asfáltica, a razón de 1,2 L/m² |
L |
3.600 |
|
N.° 3 |
Cuadrantes Sarchí Norte |
Acarreo y colocación de emulsión asfáltica, a razón de 1,2 L/m² |
L |
3.132 |
|
N.° 4 |
Calle San Rafael |
Acarreo y colocación de emulsión asfáltica, a razón de 1,2 L/m² |
L |
4.200 |
Suministro, acarreo, colocación y compactación de mezcla asfáltica en caliente
El contratista deberá suministrar la totalidad de la mezcla asfáltica en caliente requerida para las cuatro partidas. El diseño se realizará por el método Marshall conforme con la Sección 401 del CR-2020 y la producción, transporte, colocación, compactación, control y aceptación conforme con la Sección 405. La mezcla indicada en el estudio de mercado corresponde a capa de rodamiento preparada en planta con tamaño máximo nominal de 12,5 mm.
Agregados para mezcla asfáltica
Los agregados deberán cumplir la Subsección 703.07 y la Tabla 703-08 del CR-2020. Deberán ser duros, durables, resistentes y estables, provenientes de piedra o grava triturada, uniformemente graduados y libres de materia orgánica, grumos de arcilla y materiales deletéreos. No se permitirá arena natural como agregado fino.
|
Agregado / propiedad |
Norma |
Requisito CR-2020 - mezcla Tipo AB |
|
Grueso - Abrasión Los Ángeles |
AASHTO T96 / INTE 06-02-27 |
40 % máximo |
|
Grueso - Sanidad, 5 ciclos |
AASHTO T104 / INTE 06-02-24 |
15 % máx. con sulfato de sodio; 20 % máx. con sulfato de magnesio |
|
Grueso - Caras fracturadas en capa de rodamiento, una cara / dos o más caras |
ASTM D5821 |
95 % / 90 % mínimo |
|
Grueso - Índice de durabilidad |
AASHTO T210 |
35 mínimo |
|
Grueso - Grumos de arcilla y partículas friables |
AASHTO T112 |
Según Tabla 703-08 y condición de tránsito |
|
Grueso - Partículas planas o alargadas, cuando aplique |
ASTM D4791 |
10 % máximo |
|
Fino - Índice de durabilidad |
AASHTO T210 |
35 mínimo |
|
Fino - Angularidad |
AASHTO T304 |
45 % mínimo |
|
Fino - Sanidad, 5 ciclos |
AASHTO T104 / INTE 06-02-24 |
15 % máx. con sulfato de sodio; 20 % máx. con sulfato de magnesio |
|
Fino - Equivalente de arena |
AASHTO T176 |
50 % mínimo |
Cuando se utilicen agregados con carbonato soluble o cuando por el nivel de tránsito resulten aplicables requisitos adicionales, deberán cumplirse las condiciones y notas de la Tabla 703-08 del CR-2020.
Granulometría para TMN 12,5 mm
Para la presente contratación, la mezcla asfáltica en caliente destinada a la capa de rodamiento deberá diseñarse con un Tamaño Máximo Nominal (TMN) de 12,5 mm, de conformidad con los requisitos establecidos en el CR-2020.
La combinación de los agregados deberá producir una granulometría continua, uniforme y compatible con las bandas granulométricas establecidas en la Tabla 703-09 del CR-2020 para mezclas con TMN de 12,5 mm, según el tipo de mezcla seleccionado para la capa de rodamiento.
El contratista deberá definir y justificar la granulometría seleccionada mediante el correspondiente Diseño de Mezcla y Fórmula de Trabajo, demostrando el cumplimiento de todos los parámetros y propiedades exigidos por el CR-2020.
Previo al inicio de la producción de mezcla asfáltica destinada al proyecto, el contratista deberá presentar a la Administración el Diseño de Mezcla y la Fórmula de Trabajo, acompañados de los resultados de laboratorio y documentación técnica que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en el CR-2020.
No se permitirá el suministro, colocación ni incorporación de mezcla asfáltica a la obra hasta que el Diseño de Mezcla y la Fórmula de Trabajo hayan sido revisados y aceptados por la Administración.
Una vez aceptada la Fórmula de Trabajo, la producción deberá mantenerse dentro de las tolerancias establecidas por el CR-2020. Cualquier modificación en la fuente o características de los agregados, granulometría, proporciones de combinación, tipo o contenido de ligante asfáltico, o cualquier otro componente que pueda modificar las propiedades de la mezcla, deberá ser previamente evaluada y requerirá la presentación de los ajustes o de un nuevo Diseño de Mezcla, según corresponda, para su aceptación por la Administración.
|
Tamiz |
DF-12 (% pasando) |
DG-12 (% pasando) |
|
19 mm (3/4") |
100 |
100 |
|
12,7 mm (1/2") |
85 - 100 |
85 - 100 |
|
9,50 mm (3/8") |
77 - 90 |
70 - 90 |
|
4,76 mm (N.° 4) |
57 - 74 |
42 - 55 |
|
2,35 mm (N.° 8) |
40 - 58 |
28 - 39 |
|
1,18 mm (N.° 16) |
28 - 47 |
16 - 26 |
|
0,63 mm (N.° 30) |
18 - 38 |
9 - 19 |
|
0,315 mm (N.° 50) |
10 - 30 |
5 - 14 |
|
0,16 mm (N.° 100) |
6 - 20 |
3 - 10 |
|
0,075 mm (N.° 200) |
3 - 10 |
2 - 8 |
El CR-2020 establece para DF-12 un rango de colocación de 40 a 65 mm y para DG-12 de 40 a 75 mm; si el espesor de 70 mm de las secciones típicas se construye en una sola capa, la fórmula de trabajo deberá ser compatible con el rango de colocación autorizado por el CR-2020. Cualquier solución mediante colocaciones sucesivas deberá ser previamente aprobada y cumplir los rangos de espesor de la granulometría seleccionada.
Diseño Marshall y requisitos volumétricos/de desempeño
El contratista deberá presentar el Diseño de Mezcla y la Fórmula de Trabajo con antelación suficiente para su revisión. El diseño deberá clasificar el tránsito conforme con el CR-2020 y cumplir los parámetros aplicables de las Tablas 401-02, 401-03 y 401-04. No podrá iniciarse producción para el proyecto sin aceptación del diseño y de la fórmula de trabajo por la Administración.
|
Parámetro |
Requisito CR-2020 |
|
Golpes por cara |
75 tránsito pesado / 50 tránsito mediano / 35 tránsito liviano |
|
Vacíos de aire de diseño |
3,0 % a 5,0 % |
|
VMA mínimo para TMN 12,5 mm |
13 % con 3 % vacíos; 14 % con 4 %; 15 % con 5 % |
|
VFA |
65-75 % pesado; 65-78 % mediano; 70-80 % liviano |
|
Relación polvo/asfalto |
0,6-1,3 pesado; 0,8-1,6 mediano; según CR-2020 para liviano |
|
Estabilidad |
≥ 8.000 N |
|
Flujo |
2,5 ± 1 mm |
|
Resistencia al daño inducido por humedad, Tipo AB |
≥ 75 % |
|
Tensión diametral de especímenes sin acondicionar |
≥ 700 kPa |
Verificación del diseño y cambios en la fórmula de trabajo
La Administración podrá reproducir y verificar el diseño conforme con la Subsección 401.04 del CR-2020. Entre otros parámetros, las diferencias aceptables de verificación comprenden ±3,0 puntos porcentuales para retenidos individuales de tamices mayores al N.° 200 según corresponda; ±1,0 para el porcentaje pasando N.° 200; ±0,5 % para contenido de asfalto; ±1,0 % para vacíos de especímenes de laboratorio; y las tolerancias específicas del CR-2020 para estabilidad, flujo, VMA, VFA, relación polvo/asfalto y resistencia al daño por humedad.
Si cambian las fuentes o características de los materiales, o si las variaciones granulométricas o de ligante exceden la fórmula de trabajo aceptada, el contratista deberá presentar un nuevo diseño o ajuste formal para aprobación antes de continuar la producción. Ningún cambio tendrá efecto retroactivo para aceptar material previamente producido fuera de especificación.
Tramo de prueba de mezcla asfáltica
Una vez aceptado el diseño, el contratista deberá ejecutar el tramo de prueba requerido por la Sección 405 del CR-2020 para demostrar el proceso de colocación y compactación. Deberá documentar fecha, ubicación, extensión, maquinaria, número de pasadas, velocidad, vibración, secuencia y rango de temperaturas. El patrón aceptado será de aplicación durante la producción mientras no cambien materiales, fórmula, planta, espesor o equipo.
Los tramos de prueba rechazados y las correcciones necesarias serán por cuenta del contratista y no generarán pago adicional. Cuando cambien condiciones relevantes de producción o colocación, la Administración podrá exigir un nuevo tramo de prueba.
2.6.5.6 Producción, transporte, colocación, juntas y compactación
La mezcla deberá producirse en planta con control de dosificación y transportarse protegida contra pérdida excesiva de temperatura, segregación y contaminación. La colocación deberá ser continua en la medida de lo posible, mediante pavimentadora adecuada. Las juntas transversales se formarán con corte vertical del espesor y tratamiento de la cara de contacto conforme con el CR-2020; los bordes deberán ajustarse a las líneas y secciones típicas.
Las temperaturas de mezclado y compactación deberán corresponder a las especificaciones del productor del ligante y a la fórmula de trabajo aceptada. No se permitirá compactar por debajo de la temperatura mínima definida en el tramo de prueba. La superficie se compactará uniformemente, sin desplazamientos laterales, grietas, corrugaciones, segregación ni marcas persistentes de rodillo.
La compactación y los vacíos en sitio se verificarán mediante los métodos establecidos en el CR-2020 y normas INTE/AASHTO aplicables, incluyendo densímetro nuclear debidamente correlacionado y/o extracción de núcleos. La Administración podrá suspender la producción cuando los resultados de compactación o calidad se aparten de la especificación hasta que se implementen medidas correctivas.
2.6.5.7 Romana y trazabilidad del suministro
La planta productora deberá contar con un dispositivo de pesaje de camiones (romana) debidamente calibrado. Previo al inicio del suministro de mezcla asfáltica, el contratista deberá aportar a la Administración el certificado de calibración vigente del equipo utilizado para determinar las cantidades suministradas.
Cada viaje de mezcla asfáltica deberá estar respaldado mediante la respectiva boleta de pesaje, la cual deberá identificar, como mínimo, la fecha y hora de despacho, placa del vehículo, peso bruto, tara, peso neto, planta productora, tipo de mezcla y partida/proyecto de destino. Las boletas deberán ser entregadas a la inspección y formarán parte del expediente de control y trazabilidad de las cantidades suministradas.
Como mecanismo de verificación y control independiente, la Municipalidad de Sarchí podrá disponer, en cualquier momento durante la ejecución contractual, que uno o varios vehículos sean pesados en romanas distintas a la utilizada por la planta productora, siempre que estas se encuentren debidamente calibradas y cuenten con la documentación que acredite dicha condición.
Estos pesajes podrán realizarse de manera aleatoria o cuando la Administración lo considere necesario para comprobar la correspondencia entre las cantidades consignadas en las boletas de despacho y las cantidades efectivamente transportadas y suministradas al proyecto.
El contratista deberá brindar las facilidades necesarias para efectuar dichas verificaciones. Los resultados obtenidos podrán ser utilizados por la Administración como parte de sus mecanismos de control, verificación de cantidades y trazabilidad del suministro.
En caso de detectarse diferencias significativas o inconsistencias entre los registros de la planta productora y los pesajes de control efectuados por la Municipalidad, la Administración podrá solicitar las verificaciones, aclaraciones o comprobaciones adicionales que resulten necesarias antes de aceptar las cantidades correspondientes.
2.6.5.8 Medición y cantidades de mezcla asfáltica
La mezcla asfáltica se controlará por tonelada (t) efectivamente suministrada, transportada, colocada, compactada y aceptada, respaldada por boletas de pesaje y controles de campo. La medición no habilita pagos parciales por actividad; el pago se realizará conforme con la recepción integral de la partida establecida en este pliego.
|
Partida |
Calle |
Descripción |
Unidad |
Cantidad |
|
N.° 1 |
Cuadrantes San Pedro |
Suministro, acarreo, colocación y compactación de mezcla asfáltica en caliente, capa de rodamiento, TMN 12,5 mm |
t |
444 |
|
N.° 2 |
Calle Sabanilla |
Suministro, acarreo, colocación y compactación de mezcla asfáltica en caliente, capa de rodamiento, TMN 12,5 mm |
t |
529 |
|
N.° 3 |
Cuadrantes Sarchí Norte |
Suministro, acarreo, colocación y compactación de mezcla asfáltica en caliente, capa de rodamiento, TMN 12,5 mm |
t |
437 |
|
N.° 4 |
Calle San Rafael |
Suministro, acarreo, colocación y compactación de mezcla asfáltica en caliente, capa de rodamiento, TMN 12,5 mm |
t |
586 |
Plan de Control de Calidad, autocontrol y verificación
El contratista deberá presentar, antes del inicio de la producción de materiales, un Plan de Control de Calidad ajustado al programa de trabajo y a las condiciones de cada partida, conforme con la Sección 153 del CR-2020. El laboratorio que realice ensayos deberá cumplir los requisitos de competencia y acreditación aplicables. Los resultados deberán identificar claramente muestra, fecha, ubicación, lote, fuente, ensayo, norma, resultado y criterio de aceptación.
Para base granular, el plan deberá cubrir como mínimo: granulometría, límites de Atterberg, abrasión, durabilidad, caras fracturadas, CBR, Proctor Modificado, humedad, densidad en sitio, espesores, niveles y regularidad. Para mezcla asfáltica deberá cubrir como mínimo: caracterización de agregados, granulometría, contenido de asfalto, propiedades volumétricas, estabilidad, flujo, VMA, VFA, relación polvo/asfalto, resistencia al daño por humedad, temperaturas, compactación, espesores y regularidad superficial, además de los requisitos de las Secciones 401 y 405.
La Administración podrá realizar muestreos y ensayos de verificación independientes. La aprobación de una fuente, diseño, tramo de prueba o resultado de autocontrol no limita la facultad de la Municipalidad para rechazar materiales o trabajos que posteriormente demuestren incumplimiento.
Criterios generales de rechazo y medidas correctivas
Serán objeto de rechazo o corrección, según corresponda, los materiales o trabajos que incumplan las especificaciones del CR-2020, las secciones típicas, el diseño de mezcla aprobado, la fórmula de trabajo, densidades, espesores, niveles, regularidad, granulometría, propiedades de calidad o cualquier requisito contractual. Las correcciones, reposiciones, fresados por defectos, retiro de material y nuevos ensayos derivados de incumplimientos imputables al contratista serán ejecutados a su costo y sin ampliación automática de plazo.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
- Personas físicas
En el caso de personas físicas, deberá aportar copia del documento de identificación, nombre completo, domicilio y demás calidades.
- Personas jurídicas
En el caso de personas jurídicas, deberá aportar una certificación notarial con no mas de tres meses se emitida en la que indique:
- Quien ostenta la representación judicial y extrajudicial, indicando sus calidades y si puede actuar de forma conjunta o separada.
- La naturaleza y propiedad de las acciones.
- Las citas de inscripción en el Registro Público, de la sociedad, del personero acreditado y el domicilio social.
- En caso de que las acciones pertenezcan a varias personas jurídicas, deberá indicarse el nombre de los accionistas de estas.
- Extranjeros
Si el oferente es extranjero, los documentos que presenten deben estar legalizados de acuerdo con la Ley de Seguridad Consular de Costa Rica o autenticados por un notario público costarricense actuando en el extranjero. Aportar documento de identificación de Migración y Extranjería para personas físicas extranjeras residentes y aquellas acreditadas en una categoría especial.
- Condiciones y declaraciones juradas
El oferente, así como los subcontratistas propuestos en la oferta, deben de presentar y cumplir con lo siguiente:
- Presentar declaración jurada sobre: Declarar el tipo de proveedor de que se trate, es decir, proveedor nacional o extranjero. Si el proveedor es extranjero, deberá indicar el país de origen. Si el proveedor es extranjero deberá declarar que acepta someterse a los Tribunales y Leyes de Costa Rica, en todo lo concerniente a los trámites del procedimiento licitatorio, la ejecución del contrato y los reclamos por responsabilidad que se derivan del mismo, con renuncia expresa de su jurisdicción. En caso de que el proveedor sea una micro, pequeña o mediana empresa, debe acreditar esa condición, conforme lo establece la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, Ley N.º 8262 del 02 de mayo de 2002, y su Reglamento, así como su categoría, fecha de inscripción. En el caso de que se trate de una cooperativa que comparta características de micro, pequeñas y medianas empresas, deberá acreditar dicha condición, según los lineamientos establecidos por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y las instituciones que por su competencia corresponda.
- Presentar declaración jurada sobre: Que no le alcanza ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración y que no está inhabilitado para participar en los procedimientos de contratación pública, de conformidad con la Ley N.° 9986 y el reglamento a la Ley. En caso de que le alcance alguna de las prohibiciones establecidas en dichas normas, deberá indicar con cuál institución tiene esta afectación y que cuenta con la desafectación por alguno de los supuestos previstos en el artículo 30 de la Ley N.° 9986.
- Presentar declaración jurada sobre: Los oferentes que se presenten utilizando la figura de empresas PYMES con el objetivo de obtener estos beneficios, inclusive lo relacionado a la metodología de evaluación, deberán de declarar bajo fe de juramento que no pertenecen a empresas de grupos de interés económico.
- Presentar declaración jurada sobre: El oferente y el subcontratista deben presentar la declaración del compromiso del actuar ético e íntegro [Se adjunta en formato editable].
- Presentar declaración jurada sobre: Si el oferente y el subcontratista son personas físicas, deben presentar una declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
- Presentar declaración jurada sobre: Si el oferente o subcontratista son personas jurídicas deben presentar una declaración jurada de naturaleza y propiedad de las acciones que contenga la cédula jurídica o física de los accionistas, según corresponda, la naturaleza de sus acciones y a quien pertenecen. Además, deben presentar como parte de esta declaración, información precisa y completa sobre sus beneficiarios finales, incluido el nombre completo y documento de identificación. En los supuestos donde los accionistas sean a su vez personas jurídicas, la declaración jurada deberá de comprender, además, la información señalada anteriormente respecto a estas últimas. La declaración de los beneficiarios finales debe de ajustarse a lo estipulado en el Decreto Ejecutivo N.° 44390-H, Reglamento del registro de transparencia y beneficiarios finales.
- Los oferentes y subcontratistas deberán estar al día, o con arreglo de pago vigente, con las obligaciones tributarias nacionales. Dicha condición será verificada en los sitios digitales de las siguientes entidades e instituciones:
- Caja Costarricense de Seguro Social. Obligación obrero-patronal del oferente y subcontratistas de estar al día o con arreglo de pago vigente. En el caso de oferentes físicos o extranjeros, deben cumplir con los Lineamientos para la aplicación de los incisos 1) y 3) del artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social.
- Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares.
- Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda.
En el caso de entes de derecho público internacional u organismos internacionales, incluidos los contemplados en el inciso a) del artículo 3 de la Ley N.° 9986, y cualesquiera empresa extranjera, de conformidad con el artículo 14, inciso f) de la ley citada, que contraten en el territorio nacional deberán declarar que respecto a las personas trabajadoras que contraten para realizar los servicios que presten en el país se encuentran al día con las obligaciones obrero patronales con la Caja Costarricense de Seguro Social y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares.
- En todos los concursos en que presenten sus propuestas, los oferentes y subcontratistas deberán manifestar expresamente en la oferta que la información contenida en la declaración jurada presentada en el registro que al efecto lleve la Dirección de Contratación Pública, se mantiene invariable. Todo lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley N.° 9986 y artículo 32 inciso c) y 33 del reglamento a la Ley. Por lo que, en caso de que no se pueda constatar a través del SICOP, se solicitará por medio de una prevención a subsanar. Es obligación del oferente y de los subcontratistas al momento de participar en un procedimiento licitatorio, mantener actualizada la sección del SICOP en que se solicitan las siguientes declaraciones juradas:
- Que no se encuentra sujeto a ninguna de las causales de prohibición establecidas en la Ley N.° 9986 y el reglamento a la Ley.
- Que, en caso de encontrarse en alguno de los supuestos de prohibición regulados en los incisos j) y k) del artículo 28 de la Ley N.° 9986, cumple con alguno de los supuestos de desafectación establecidos en el artículo 30 de la misma Ley.
- Tratándose de personas jurídicas deberán indicar, en la declaración jurada, la naturaleza y propiedad de las acciones.
La información declarada respecto a los beneficiarios finales será únicamente para consulta y verificación por parte de la Administración contratante a fin de verificar las prohibiciones establecidas en el artículo 28 incisos c) y k) de la Ley General de Contratación Pública. No deberán presentar la declaración jurada de beneficiarios finales quienes estén expresamente exceptuados en la Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal, Ley N.º 9416, del 14 de diciembre de 2016. Esta condición deberá ser acreditada mediante el documento emitido por el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales al momento de realizar el registro, o mediante otro documento idóneo que respalde dicha excepción.
No se requiere que las declaraciones juradas sean autenticadas con por notario público, pero sí firmadas por la persona que tenga el poder para hacerlo.
- Subcontratación
El contratista podrá subcontratar parcialmente la ejecución del objeto contractual, siempre que dicha posibilidad haya sido indicada expresamente en su oferta y se ajuste a las condiciones establecidas en la N.° 9986, el reglamento a la Ley, el presente pliego de condiciones y el pliego de especificaciones técnicas. La totalidad de la subcontratación no podrá exceder el cincuenta por ciento (50%) del monto total de la oferta.
Para tales efectos, deberán cumplirse y, en lo conducente, aportar las siguientes condiciones u obligaciones:
- Cumplir y presentar las obligaciones señaladas en el punto “I.6. Condiciones y declaraciones juradas” del presente pliego de condiciones generales.
- La subcontratación es el contrato por el que el contratista encomienda a un tercero la realización de una parte esencial del objeto del contrato, con organización de medios y riesgos a cargo del subcontratista. No se considera subcontratación, los contratos de aprovisionamiento necesarios para la realización de lo pactado frente a la Administración, sean estos bienes o servicios. No se considera subcontratación, la adquisición de suministros, aun cuando éstos conlleven su propia instalación, ni tampoco los compromisos asumidos por cada uno de los participantes consorciados que presentan oferta en conjunto.
- La subcontratación no relevará al contratista de su responsabilidad integral frente a la Administración por la correcta ejecución del objeto contratado, manteniendo la responsabilidad exclusiva sobre todas las obligaciones contractuales asumidas. El contratista tampoco podrá alegar cláusulas de confidencialidad con los subcontratistas para impedir el acceso a la información que le sea requerida por la Administración, salvo los casos expresamente protegidos por ley.
- Con la oferta deberá aportarse el listado de las personas físicas o jurídicas propuestas como subcontratistas, indicando para cada una de ellas el objeto de la subcontratación y el porcentaje de participación en las prestaciones a realizar junto con el costo total de la oferta.
- Deberá aportarse carta de aceptación suscrita por el representante legal del subcontratista o por la persona física correspondiente, en la que manifieste expresamente su conformidad para participar como subcontratista en el presente procedimiento.
- El oferente deberá de indicar el porcentaje de subcontratos en el desglose de precio, lo cual podrá ser subsanado únicamente si la justificación del oferente en la etapa de revisión de las ofertas aclara el rubro en el cual se incluye originalmente, sin que exista variación o ventaja indebida. Entiéndase que el oferente deberá de justificar, si es así solicitado por la Administración, todos los componentes del desglose de precio que justifiquen lo anterior.
- La identificación del subcontratista y su porcentaje de participación deberán registrarse en los formularios correspondientes del Sistema Digital Unificado (SICOP) al momento de la presentación de la oferta. Según lo dispuesto en los artículos 49 de la Ley N.° 9986 y 133 del reglamento a la Ley, se reconoce la posibilidad de subsanar el listado de subcontratistas, en el tanto la referencia de los mismos con sus respectivos porcentajes de participación se encuentre definidos en la oferta; es decir, ante la omisión total desde la oferta de un subcontrato, no se puede incorporar en un momento posterior, dado que se afectaría la estructura de costos y el esquema de negocio propuesto por el oferente desde la oferta, salvo acto motivado en contrario. De manera que es factible subsanar el tema de los subcontratos ofertados, siempre y cuando la corrección del error u omisión no implique una variación de los elementos esenciales de la oferta [precio]y con ello se coloque a un oferente en posibilidad de obtener una ventaja indebida.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Se adjunta excel.
Cláusula penal. Se adjunta excel.
Documentos del cartel10
- DECLARACION JURADA ACTUA ETICO OFERENTESDOCX · 20 KB
- CONDICIONES GENERALESPDF · 922 KB
- MULTA Y CLAUSULAXLSX · 31 KB
- DECLARACION JURADA INGENIEROPDF · 195 KB
- ESTUDIO DE PREFACTIBILIDADPDF · 502 KB
- ESPECIFICACIONES TECNICASPDF · 727 KB
- DECISION INICIALPDF · 799 KB
- DECLARACION JURADA PROVEEDORAPDF · 215 KB
- CRONOGRAMAPDF · 1,3 MB
- DECLARACION JURADA LEGALPDF · 195 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Mauricio Salazar Molina
Unidad Tecnica de Gestion Vial
Mauricio Salazar Molina
Unidad Tecnica de Gestion Vial
Lineth Arce Valverde
Legal
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 03/10/2026 08:06. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
Licitaciones parecidas
Adjudicadamismo producto · 11/09/2026
Municipalidad de Paraíso · 3 oferentes
Adjudicada por ₡96,6 M a Grupo Orosi
Adjudicadamismo producto · 04/09/2026
Colocación de Asfalto en Caliente Recarpeteo y Bacheo en Varias Calles del Cantón.
Municipalidad de Atenas · 4 oferentes
Adjudicada por ₡73,2 M a Constructora Blanco Zamora y 1 más
Adjudicadamismo producto · 01/09/2026
Municipalidad del Cantón de León Cortes · 1 oferente
Adjudicada por ₡150 M a Grupo Orosi
Adjudicadamismo producto · 01/09/2026
Municipalidad de Bagaces · 4 oferentes
Adjudicada a Asfaltos Laboro (precios unitarios)
Adjudicadamismo producto · 26/08/2026
Concejo Municipal de Distrito de Peñas Blancas de San Ramon · 3 oferentes
Adjudicada a Servicios de Maquinaria y Constructora a & R (precios unitarios)
Adjudicadamismo producto · 19/08/2026
Municipalidad Nandayure · 3 oferentes
Adjudicada por ₡192,3 M a Asfaltos Laboro y 1 más