2026LE-000071-0001101142 · SICOP 20260901198
CRISTALERIA LNCM, CODIGOS VARIOS
Caja Costarricense de Seguro Social
Caja Costarricense de Seguro Social busca cristaleria lncm, codigos varios con un presupuesto de ₡45,7 millones en 163 lotes (partidas). Recibe ofertas hasta el 30/10/2026 (en 19 días).
₡45,7 millones
para todos los lotes
Tiempo para ofertar
19 días
cierra el 30/10/2026 08:59
Lotes y líneas
163 lotes
163 líneas en total
Fechas clave
- Se publicó18/09/2026 09:26 · hace 23 días
- Límite para 09/10/2026 23:59 · hace 2 días
- Límite para 09/10/2026 23:59 · hace 2 días
- Cierre de ofertas30/10/2026 08:59 · en 19 días
- de ofertas30/10/2026 09:00 · en 19 días
- (plazo máximo)≈ 25/12/2026 · en 75 días
2 recibidas, 1 respondidas.
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Cierre de ofertas: 09/10/2026 08:59 → 30/10/2026 08:59
- Apertura de ofertas: 09/10/2026 09:00 → 30/10/2026 09:00
- Límite de aclaraciones: 23/09/2026 23:59 → 09/10/2026 23:59
- Límite de observaciones a la apertura: 09/10/2026 11:00 → 30/10/2026 11:00
- Plazo del acto final: 30 → 40
Nota de la institución. Estimado proveedor, se le recuerda utilizar correctamente los distintos módulos del SICOP, según los distintos actos a los cuales se tiene en una etapa específica. Cabe destacar, que tanto para las aclaraciones al Pliego de Condiciones como para los recursos de objeción, los potenciales oferentes cuentan con las respectivas herramientas y medios para su presentación, a saber, los siguientes manuales: P-PS-098-06-2014, Manual para presentar aclaraciones y P-PS-097-06-2014, Manual presentar recursos de objeción. Dichos manuales están disponibles en la página principal del SICOP y son de acceso libre para cualquier oferente que así lo requiera. Esta Administración se verá obligada a rechazar modificaciones al Pliego de Condiciones mediante módulos que no están precisados para dicho trámite.
Contexto
- Compras parecidas de esta institución recibieron en promedio 3,1 oferentes.54 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años.
- Caja Costarricense de Seguro Social adjudicó ₡102 517,7 millones en 3 843 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1₡406 337 – ₡478 044
- Lote 2₡963 584 – ₡1,1 millones
- Lote 3₡176 563 – ₡207 722
- Lote 4₡333 777 – ₡392 679
- Lote 5₡394 244 – ₡463 817
- Lote 6₡585 319 – ₡688 611
- Lote 7₡967 470 – ₡1,1 millones
- Lote 8₡74 069 – ₡87 140
- Lote 9₡165 364 – ₡194 546
- Lote 10₡1,0 millones – ₡1,2 millones
- Lote 11₡324 102 – ₡381 297
- Lote 12₡170 641 – ₡200 754
- Lote 13₡628 856 – ₡739 830
- Lote 14₡221 059 – ₡260 069
- Lote 15₡99 166 – ₡116 666
- Lote 16₡496 796 – ₡584 466
- Lote 17₡18 350 – ₡21 588
- Lote 18₡25 783 – ₡30 333
- Lote 19₡100 931 – ₡118 743
- Lote 20₡105 333 – ₡123 921
- Lote 21₡38 560 – ₡45 365
- Lote 22₡105 333 – ₡123 921
- Lote 23₡135 446 – ₡159 348
- Lote 24₡67 078 – ₡78 915
- Lote 25₡143 589 – ₡168 928
- Lote 26₡180 796 – ₡212 701
- Lote 27₡203 330 – ₡239 212
- Lote 28₡6 772 – ₡7 967
- Lote 29₡62 886 – ₡73 983
- Lote 30₡19 380 – ₡22 800
- Lote 31₡54 553 – ₡64 180
- Lote 32₡66 612 – ₡78 366
- Lote 33₡76 893 – ₡90 463
- Lote 34₡46 378 – ₡54 562
- Lote 35₡116 096 – ₡136 584
- Lote 36₡295 078 – ₡347 151
- Lote 37₡123 006 – ₡144 713
- Lote 38₡203 169 – ₡239 022
- Lote 39₡166 889 – ₡196 340
- Lote 40₡244 689 – ₡287 870
- Lote 41₡259 201 – ₡304 943
- Lote 42₡155 309 – ₡182 716
- Lote 43₡526 465 – ₡619 371
- Lote 44₡314 428 – ₡369 915
- Lote 45₡314 428 – ₡369 915
- Lote 46₡27 512 – ₡32 368
- Lote 47₡23 268 – ₡27 374
- Lote 48₡16 523 – ₡19 439
- Lote 49₡78 607 – ₡92 479
- Lote 50₡417 625 – ₡491 323
- Lote 51₡672 392 – ₡791 049
- Lote 52₡764 301 – ₡899 178
- Lote 53₡51 253 – ₡60 297
- Lote 54₡105 490 – ₡124 106
- Lote 55₡404 010 – ₡475 306
- Lote 56₡133 890 – ₡157 518
- Lote 57₡131 012 – ₡154 131
- Lote 58₡94 642 – ₡111 343
- Lote 59₡132 221 – ₡155 554
- Lote 60₡47 164 – ₡55 487
- Lote 61₡185 754 – ₡218 534
- Lote 62₡52 321 – ₡61 554
- Lote 63₡372 476 – ₡438 207
- Lote 64₡1,1 millones – ₡1,3 millones
- Lote 65₡69 174 – ₡81 381
- Lote 66₡304 753 – ₡358 533
- Lote 67₡391 825 – ₡460 971
- Lote 68₡86 468 – ₡101 727
- Lote 69₡18 766 – ₡22 078
- Lote 70₡1 711 – ₡2 013
- Lote 71₡8 930 – ₡10 506
- Lote 72₡2 621 – ₡3 083
- Lote 73₡13 269 – ₡15 610
- Lote 74₡204 378 – ₡240 445
- Lote 75₡169 267 – ₡199 138
- Lote 76₡22 010 – ₡25 894
- Lote 77₡52 405 – ₡61 653
- Lote 78₡7 546 – ₡8 878
- Lote 79₡5 502 – ₡6 474
- Lote 80₡84 106 – ₡98 948
- Lote 81₡61 837 – ₡72 750
- Lote 82₡212 119 – ₡249 552
- Lote 83₡20 564 – ₡24 192
- Lote 84₡250 750 – ₡295 000
- Lote 85₡12 388 – ₡14 575
- Lote 86₡35 373 – ₡41 615
- Lote 87₡10 926 – ₡12 855
- Lote 88₡86 992 – ₡102 343
- Lote 89₡73 366 – ₡86 314
- Lote 90₡60 265 – ₡70 900
- Lote 91₡76 617 – ₡90 138
- Lote 92₡173 692 – ₡204 343
- Lote 93₡212 843 – ₡250 404
- Lote 94₡435 362 – ₡512 190
- Lote 95₡118 515 – ₡139 430
- Lote 96₡299 916 – ₡352 842
- Lote 97₡167 683 – ₡197 274
- Lote 98₡217 681 – ₡256 095
- Lote 99₡420 849 – ₡495 117
- Lote 100₡449 874 – ₡529 263
- Lote 101₡222 518 – ₡261 786
- Lote 102₡222 518 – ₡261 786
- Lote 103₡178 336 – ₡209 808
- Lote 104₡541 783 – ₡637 392
- Lote 105₡222 518 – ₡261 786
- Lote 106₡14 149 – ₡16 646
- Lote 107₡16 284 – ₡19 158
- Lote 108₡157 214 – ₡184 958
- Lote 109₡232 677 – ₡273 737
- Lote 110₡106 536 – ₡125 336
- Lote 111₡231 628 – ₡272 504
- Lote 112₡119 483 – ₡140 568
- Lote 113₡211 882 – ₡249 273
- Lote 114₡353 127 – ₡415 443
- Lote 115₡483 735 – ₡569 100
- Lote 116₡667 554 – ₡785 358
- Lote 117₡139 920 – ₡164 612
- Lote 118₡420 849 – ₡495 117
- Lote 119₡357 964 – ₡421 134
- Lote 120₡753 014 – ₡885 899
- Lote 121₡527 271 – ₡620 319
- Lote 122₡597 413 – ₡702 839
- Lote 123₡93 872 – ₡110 437
- Lote 124₡102 189 – ₡120 222
- Lote 125₡594 994 – ₡699 993
- Lote 126₡161 930 – ₡190 506
- Lote 127₡199 138 – ₡234 280
- Lote 128₡104 809 – ₡123 305
- Lote 129₡30 505 – ₡35 888
- Lote 130₡178 176 – ₡209 619
- Lote 131₡251 542 – ₡295 932
- Lote 132₡138 348 – ₡162 762
- Lote 133₡104 809 – ₡123 305
- Lote 134₡45 068 – ₡53 021
- Lote 135₡156 113 – ₡183 663
- Lote 136₡340 630 – ₡400 741
- Lote 137₡144 314 – ₡169 782
- Lote 138₡78 607 – ₡92 479
- Lote 139₡60 795 – ₡71 523
- Lote 140₡42 448 – ₡49 939
- Lote 141₡77 821 – ₡91 554
- Lote 142₡81 751 – ₡96 178
- Lote 143₡188 657 – ₡221 949
- Lote 144₡53 453 – ₡62 886
- Lote 145₡6 551 – ₡7 707
- Lote 146₡411 175 – ₡483 735
- Lote 147₡393 035 – ₡462 394
- Lote 148₡346 797 – ₡407 997
- Lote 149₡443 321 – ₡521 554
- Lote 150₡452 188 – ₡531 985
- Lote 151₡804 935 – ₡946 982
- Lote 152₡330 673 – ₡389 027
- Lote 153₡137 102 – ₡161 296
- Lote 154₡877 605 – ₡1,0 millones
- Lote 155₡498 247 – ₡586 173
- Lote 156₡1,2 millones – ₡1,4 millones
- Lote 157₡953 191 – ₡1,1 millones
- Lote 158₡116 967 – ₡137 608
- Lote 159₡71 544 – ₡84 170
- Lote 160₡126 086 – ₡148 336
- Lote 161₡79 896 – ₡93 996
- Lote 162₡68 085 – ₡80 100
- Lote 163₡657 880 – ₡773 976
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 94 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,94 puntos.
Qué se compra163 líneas · 163 lotes
- L1Balon Aforado, Material Vidrio Borosilicato, Capacidad de 20 Ml, con Tapa, Clase A, Tolerancia 0,03 Ml, para Uso en Laboratorio, Presentacion Individual12 c/u · ₡478 044,0012 c/u₡478 044,00
- L2Balón Aforado de Vidrio, Clase A, de 100 Ml, Material de Fabricación Vidrio Borosilicato 3,3 o Astm e 438 Capacidad 100 Ml Clase a Tipo de Fondo Plano Tolerancia Menor o Igual a ±0,08 Ml Tipo de Tapón Número 13, Fabricado en Polietileno de Alta Densidad (hdpe) Presentación Paquete de 1 Ud36 c/u · ₡1 133 628,1236 c/u₡1 133 628,12
- L3Balon Aforado, Material Vidrio Borosilicato, Baja Expansion, Clase A, Capacidad 1 Ml, Boca Acoplable a Tapon # 8, Tolerancia Max ± 0,01 Ml, Rotulacion de Alto Contraste, Resistente y Legible, Area para Escritura, Resistentes al Choque Termico, Presentacion Individual6 c/u · ₡207 721,506 c/u₡207 721,50
- L4Balon Aforado, Material Vidrio Borosilicato, Baja Expansion, Clase A, Capacidad 10 Ml, Boca Acoplable a Tapon # 9, Tolerancia Max ± 0,02 Ml, Rotulacion de Alto Contraste, Resistente y Legible, Area para Escritura, Resistentes al Choque Termico, Presentacion Individual12 c/u · ₡392 679,0012 c/u₡392 679,00
- L5Balon Aforado de Vidrio Transparente Borosilicato 3.3, Capacidad 1000 Ml, Diametro Interno 23 ± 2 Mm, Tolerancia Maxima ± 0,30 Ml, Clase A, con Tapa de Polipropileno, para Laboratorio6 c/u · ₡463 816,506 c/u₡463 816,50
- L6Balón Aforado de Vidrio, Clase A, de 200 Ml, con Tapón de Polietileno, para Preparación de Disoluciones de Concentración Conocida, Presentación Paquete de 1 Unidad12 c/u · ₡688 611,0012 c/u₡688 611,00
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 16 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 90 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 94 % · Acciones afirmativas en materia de integridad, ética y prevención del soborno 6 %
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Según Pliego de Condiciones
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Según Ficha Técnica
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Con la oferta se debe presentar y/o indicar lo siguiente:
- De conformidad con lo regulado en los artículos 15 de la Ley General de Contratación Pública y 30 de su Reglamento, en caso de presentar o facilitar documentación considerada como “confidencial”, se deberá aportar justificación de los motivos y su sustento jurídico para mantener la documentación confidencial.
- Permiso sanitario de funcionamiento vigente.
- Dado el análisis del objeto contractual, el requisito legal de la patente de la actividad comercial, quedará para ser validado en la etapa de ejecución contractual, aspecto que deberá ser corroborado por el solicitante (acreditándose el cumplimiento de la circular DABS-AABS-0678-2026).
- De conformidad con el artículo 42 de la Ley de General de Contratación Pública y el artículo 102 de su Reglamento, así como el artículo 15 del Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, todo oferente deberá presentar la siguiente estructura, tanto para productos y/o servicios de producción nacional como aquellos productos y/o servicios importados y aplica para moneda nacional o extranjera, tanto en valores absolutos como porcentuales. Adicionalmente debe indicar la moneda origen de los costos por elemento del costo (rubro) tal y como se indica a continuación:
|
Elemento o Componente del costo |
Valor Absoluto |
Valor porcentual |
Moneda origen del costo |
|
Mano de obra directa |
0,00 |
00,00% |
|
|
Mano de obra indirecta |
0,00 |
00,00% |
|
|
Insumos directos |
0,00 |
00,00% |
|
|
Insumos indirectos |
0,00 |
00,00% |
|
|
Subcontrataciones |
0,00 |
00,00% |
(*) |
|
Imprevistos |
0,00 |
00,00% |
n/a |
|
Utilidad |
0,00 |
00,00% |
n/a |
|
Total: |
0,00 |
100.00% |
n/a |
(*) Indicar cuando corresponda
Notas:
1.La suma de los valores absolutos y porcentuales deberá corresponder al precio total ofertado y totalizar 100,00 %, utilizando dos decimales.
- El oferente deberá incluir dentro de la estructura todos los costos directos e indirectos necesarios para la correcta ejecución del objeto contractual.
- No podrán incorporarse componentes distintos de los establecidos en la presente estructura. Cuando existan otros costos asociados a la oferta, estos deberán incorporarse dentro del componente que corresponda según su naturaleza.
- En el caso de bienes importados, el Valor en Aduanas, entendido como el costo del producto, seguro, flete internacional y demás conceptos que lo integran conforme a la normativa aduanera aplicable, deberá incorporarse dentro del componente que corresponda según su naturaleza.
- El oferente para efectos de realizar la descomposición del precio puede utilizar las definiciones del artículo 4 del Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios (RRRP) dentro de las que destacan las siguientes:
- Mano de Obra Directa: Son las cargas laborales directamente involucrada en la transformación de materia prima en un producto terminado o bien que estén estrictamente relacionados con la prestación del servicio.
- Mano de Obra Indirecta: son las cargas laborales del personal que no trabaja directamente relacionado con la producción o la prestación del servicio, sino que realizan tareas de apoyo, administrativas o de gestión.
- Insumos directos: son todos los componentes o materiales que se pueden identificar plenamente con el producto o servicio y transforman parte intrínseca de éste.
- Insumos indirectos: son componentes o materiales que se consumen durante el proceso de producción o prestación del servicio, pero no forman parte del producto final y se deben asignar a través de método de costeo.
- Subcontrataciones: son los costos de los servicios, trabajos y obras que una empresa contrata a terceros para ejecutar una parte de su bien o servicio principal.
- Imprevistos: monto destinado a cubrir gastos inesperados que surgen durante la ejecución del contrato, de forma tal que pueda mitigar riesgos y asegurar que pueda afrontarlos sin poner en peligro la entrega del bien o servicio.
- País de origen del costo: corresponde al país, en donde el oferente proyecta comprar o adquirir un bien o servicio.
- Unidad monetaria: Es la moneda de circulación oficial establecida en el ordenamiento jurídico de determinado país, que es utilizada como unidad de valor y que se usa para la compra o adquisición de insumos, bienes o servicios por parte de las instituciones, empresas y personas
Regla especial para contrataciones de medicamentos e insumos médicos
De conformidad con la Circular GL-DABS-1718-2025, de fecha 18 de septiembre de 2025, en las contrataciones de medicamentos e insumos médicos no será aplicable el componente "Imprevistos" dentro de la estructura del precio, en virtud de:
- a) La previsibilidad y estandarización del objeto contractual.
- b) La existencia de mecanismos normativos para el mantenimiento del equilibrio económico mediante revisión de precios.
- c)La aplicación de los principios de eficiencia, eficacia y uso racional de los recursos públicos.
- d)El respaldo normativo y jurisprudencial que sustenta dicha exclusión.
En consecuencia, el oferente deberá consignar un valor absoluto de cero (0,00) y un valor porcentual de cero por ciento (0,00 %) en el componente "Imprevistos", distribuyendo los demás costos entre los componentes que correspondan según su naturaleza. La omisión de este requisito o la asignación de un porcentaje distinto de cero exclusivamente para las contrataciones de medicamentos e insumos médicos podrá dar lugar a la aplicación de las reglas de exclusión previstas en la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, según corresponda.
- b) MANTENIMIENTO EQUILIBRIO ECONÓMICO DE LAS CONTRATACIONES
El mantenimiento del equilibrio económico de la presente contratación se regirá por lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley General de Contratación Pública (LGCP), los artículos 107 y 109 de su Reglamento (RLGCP), el Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios (RRRP), así como por la jurisprudencia aplicable de la Sala Constitucional.
- c) Revisión de precios
Las revisiones de precios aplicarán, según lo establecido en el Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios (RRRP), cuando exista correspondencia y concordancia entre la moneda ofertada y las monedas origen de los costos por elemento del costo (RUBRO), el oferente además del desglose de la estructura del precio deberá presentar la información que se detalla a continuación, la cual será utilizada para la eventual aplicación de revisiones de precios:
- a) Índices y fuentes de información
El oferente deberá identificar, para cada uno de los componentes de la estructura del precio que resulte susceptible de variación, el índice oficial de precios que utilizará para sustentar una eventual revisión de precios, según lo indicado en los artículos del 8 al 14 del RRRP. Los índices de precios seleccionados deberán guardar relación directa con el costo que representan y ser concordantes con la moneda en que se presentó la oferta.
Cuando la oferta se presente en moneda nacional, el oferente deberá indicar para cada índice:
- Nombre, nivel, código u otra referencia que permita su identificación.
- Ente público competente que lo publica.
- Enlace al sitio web oficial donde pueda verificarse la información.
Cuando la oferta se presente en moneda extranjera, el oferente deberá indicar:
- País de origen de los costos.
- Unidad monetaria correspondiente.
- Nombre, nivel, código u otra referencia que identifique el índice oficial.
- Periodicidad de publicación del índice.
- Ente competente que lo publica.
- Enlace al sitio web oficial donde pueda verificarse la información (ruta completa que conduzca a los valores).
- b) Declaración jurada
La información indicada en el apartado anterior deberá incorporarse en la oferta mediante una declaración jurada, en la cual el oferente manifieste, bajo su responsabilidad, la veracidad de la información suministrada y el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 12 del Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, cuando resulte aplicable.
Cuando la documentación o la información de respaldo se encuentre en un idioma distinto al español, el oferente deberá aportar una traducción libre, bajo su responsabilidad, con el único propósito de facilitar la verificación de la información presentada por parte de la Administración.
- c) No objeción a la pertinencia de los índices de precios:
La información presentada por el adjudicatario será remitida a la Subárea Contabilidad de Costos Industriales, con el fin de valorar la “no objeción” a la pertinencia de los índices de precios (siempre que exista correspondencia y concordancia entre la moneda ofertada y la moneda origen de los costos por elemento de costo -rubro-), dicho procedimiento se realizará una vez que el acto de adjudicación haya adquirido firmeza, mediante la solicitud de información que la Administración gestione por medio del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), no pudiendo notificarse el inicio de ejecución contractual sin contar con el presente requisito.
La presentación de los índices de precios como parte de la oferta no implica su aprobación automática, sino que constituye un requisito para que la Administración pueda efectuar la validación técnica correspondiente.
- d) Reclamo Administrativo
De conformidad con el artículo 3 del Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios El mantenimiento del equilibrio económico de la contratación se aplicará por la vía del reclamo administrativo, cuando NO exista correspondencia y concordancia entre la moneda ofertada y las monedas origen de los costos por elemento del costo (RUBRO). No pudiendo alegar variaciones sobrevinientes en los costos directos e indirectos, por el tipo de cambio de la moneda ofertada con relación al colón como unidad monetaria de Costa Rica.
Así mismo según lo establecido en el artículo 13 del RRRP, en caso de que por motivos atribuibles al contratista la Administración no emita la “NO objeción” a la pertinencia de los índices de precios, ello impedirá la aplicación de revisiones de precios regulados en el RRRP. En consecuencia, el contratista podrá recurrir al reclamo administrativo para garantizar el equilibrio económico.
- e) Método analítico documental
Según lo establecido en el artículo 14 del RRRP, cuando un oferente manifieste que no existe un índice de precios específico oficial o similar que represente las variaciones de un determinado costo directo, deberá advertirlo así desde su oferta y podrá proponer como índice general el índice de precios al consumidor (IPC) del país de origen del costo; sin embargo cuando tampoco exista el IPC, podrá aplicar el método analítico documental de conformidad con lo regulado en los artículos del 58 al 60 del RRRP.
- Para la presente compra rigen las Condiciones Generales para la Contratación Pública en la C.C.S.S.” Ver condiciones y declaraciones para la completez de su oferta.
- Declaración jurada de los beneficiarios finales y naturaleza y propiedad de las acciones (sea persona física o jurídica), según art. 32, inciso c), punto vi. del RLGCP y debe estar registrada en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas de SICOP.
- Indicar los empaques del producto de acuerdo con la ficha técnica.
- Indicar país de origen, marca y fabricante.
- De acuerdo con el oficio GL-DABS-0708-2023 de fecha 11 de mayo 2023, señor oferente favor tomar en cuenta lo siguiente: “Una vez iniciada la fase de ejecución de los contratos es obligación del contratista utilizar los formularios establecidos en el Sistema único de compras públicas SICOP durante toda la fase de ejecución contractual. La asignación de citas para entrega, recepción de consultas y otras gestiones, está sujeta a la comunicación que se realice por esta vía como UNICO medio autorizado para la tramitación de actos relacionadas con esta etapa”.
- Es obligación de los contratistas cumplir a cabalidad con las característica requeridas del bien contratado, por lo que, en caso de solicitar a la administración la exención de algún requisito, tales como variaciones en los meses de caducidad, cambio en requisitos de embalajes, empaques y necesidad de otros insumos para el consumo de los productos, entre otros, deberá comprometerse a reponer el producto en caso de materializarse riesgos asociados a dicho exención así como aportar y/o reponer los accesorios y/o bienes adicionales que se requieran para el consumo del mismo o en su defecto, reconocer los costos adicionales en los que incurra la institución.
- Desglose garantía de cumplimiento, el 5% del monto adjudicado.
- CLÁUSULA DE DESEMPATE: De conformidad con el artículo 97 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, en caso de empate en la puntuación final de dos o más ofertas, se otorgará la preferencia correspondiente a las empresas que acrediten la condición de PYME, conforme a la puntuación adicional prevista en el citado reglamento. De persistir el empate, la Administración realizará un sorteo público en las instalaciones del Laboratorio de Normas y Calidad de Medicamentos (LNCM), dejando constancia en el expediente electrónico de las condiciones, participantes y resultado final. La ausencia de alguno de los interesados debidamente convocados no impedirá la realización del acto ni afectará la validez de sus resultados.
- Cualquier cambio en la representación legal de una persona jurídica, previa suscripción contractual deberá acompañarse de una personería que acredite la respectiva facultad.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. NO APLICA
Cláusula penal. Segun documentos en pliego de condiciones.
Documentos del cartel1
- Pliego de condicionesZIP · 19,9 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Francisco J. Palma Soto
LABORATORIO DE NORMAS Y CALIDAD DE MEDICAMENTOS
Jennifer Castellon Ruiz
LABORATORIO DE NORMAS Y CALIDAD DE MEDICAMENTOS
David Solano Molina
Laboratorio de Normas y Calidad de la CCSS
Sonia Valverde Mora
Encargado del concurso · DIRECCIÓN PRODUCCIÓN INDUSTRIAL
Katherine Fallas Gamboa
Area de Adquisiciones
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 11/10/2026 13:38. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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