2026LE-000004-0003700001 · SICOP 20260901358
“CONTRATACIÓN PARA EL MANTENIMIENTO Y MEJORAMIENTO DE LA RED VIAL DEL CANTÓN DE SAN PABLO DE HEREDIA”
Municipalidad de San Pablo de Heredia
Municipalidad de San Pablo de Heredia está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡360,0 millones. Se recibieron 8 ofertas de 7 empresas en 3 lotes (partidas) el 22/09/2026.
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡360,0 millones
para todos los lotes
Ofertas recibidas
8
de 7 empresas en 3 lotes
Suma de las ofertas más bajas
₡178 049
100 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó14/09/2026 15:46 · hace 28 días
- Límite para 18/09/2026 23:59 · hace 24 días
- Límite para 18/09/2026 23:59 · hace 24 días
- Cierre de ofertas22/09/2026 11:00 · hace 20 días
- de ofertas22/09/2026 11:01 · hace 20 días
- (plazo máximo)≈ 06/10/2026 · hace 6 días
Nota de la institución. Toda solicitud de aclaración de esta contratación deben ser efectuadas por medios electrónicos, a través de SICOP, misma plataforma informática que será utilizado para toda subsanación, dentro del marco normativo que establecen el RLGCA y las estipulaciones contenidas en el Decreto Ejecutivo #38830-H-MICITT, denominado “La Creación del Sistema Integrado de Compras Públicas como Plataforma Tecnológica de Uso Obligatorio de la Administración Central para la Tramitación de los Procedimientos de Contratación Administrativa, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 19 del 28 de enero del 2015. Las solicitudes presentadas fuera del plazo podrán ser atendidas, pero no impedirán la apertura de ofertas señalada de acuerdo con lo indicado en el RLGCA.
Contexto
- Municipalidad de San Pablo de Heredia adjudicó ₡533,2 millones en 78 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra8 líneas · 3 lotes
- L1Servicio de Colocacion de Pavimento (mezcla Asfaltica en Caliente)1 · ₡74 675,841₡74 675,84
- L1Servicio Colocacion de Imprimacion1 · ₡439,961₡439,96
- L1Servicio de Perfilado de Carretera1 · ₡1 532,791₡1 532,79
- L2Bolsa de Asfalto en Frío de 25 Kg, (mezcla Asfaltica a Base de Pétroleo con Asfalto Modificado) con Baja Susceptibilidad Térmica y Alta Recuperación Elástica, para Reparación de Baches, Cortes de Pavimento, Instalación de Cableados y Tuberias1 c/u · ₡321,001 c/u₡321,00
- L3Excavacion de Gaveta para Estructura de Pavimento1 · ₡8 541,011₡8 541,01
- L3Servicio de Colocacion de Base Estabilizada1 · ₡44 116,471₡44 116,47
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡306,0 millones – ₡360,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
Lo que exige el cartel
- : 10 % durante 2 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 75 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : permitido
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Mejor precio 65 % · Visita al sitio 15 % · Criterio Social 10 % · Criterios ambientales 5 % · Criterios económicos Pyme 5 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡450 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Lote 1 · Servicio de Colocacion de Pavimento (mezcla Asfaltica en Caliente) +24 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Mejor preciomáx. 65 | Visita al sitiomáx. 15 | Criterio Socialmáx. 10 | Criterios ambientalesmáx. 5 | Criterios económicos Pymemáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Consorcio Asfalto San Pablo | 65 | 15 | 10 | 5 | 5 | 100 |
| Consorcio Grupo CBZ | 61,14 | 15 | 10 | 5 | 5 | 96,14 |
| Consorcio Mapache-orosi | 60,75 | 15 | 10 | 5 | 5 | 95,75 |
| Consorcio Conansa-lgc MSPH 2026le-04 | 61,76 | 15 | 10 | 0 | 5 | 91,76 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 2 · Bolsa de Asfalto en Frío de 25 Kg, (mezcla Asfaltica a Base de Pétroleo con Asfalto Modificado) con Baja Susceptibilidad Térmica y Alta Recuperación Elástica, para Reparación de Baches, Cortes de Pavimento, Instalación de Cableados y Tuberias3 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Mejor preciomáx. 65 | Visita al sitiomáx. 15 | Criterio Socialmáx. 10 | Criterios ambientalesmáx. 5 | Criterios económicos Pymemáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Consorcio Grupo CBZ | 65 | 15 | 10 | 5 | 5 | 100 |
| Sur Quimica | 5,15 | 15 | 10 | 5 | 0 | 35,15 |
| Materiales y Ferreteria la Suiza | 3,72 | 0 | 10 | 5 | 5 | 23,72 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 3 · Excavacion de Gaveta para Estructura de Pavimento +31 oferta
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Mejor preciomáx. 65 | Visita al sitiomáx. 15 | Criterio Socialmáx. 10 | Criterios ambientalesmáx. 5 | Criterios económicos Pymemáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Consorcio Orosi-mapache | 65 | 15 | 10 | 5 | 5 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
- ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS.
- La Vigencia de la Oferta deberá ser igual o mayor de 75 días hábiles a partir de la apertura de las ofertas.
- El oferente deberá encontrarse al día en todas sus obligaciones patronales y fiscales incluidas la patente municipal.
Requisitos de Admisibilidad para Partida #1 - SUMINISTRO DE ASFALTO PARA CARPETAS SEGÚN DEMANDA - 2026, 2027 y 2028
En la oferta se deberá presentar como requisitos de admisibilidad:
Diseño de Mezcla Asfáltica:
El oferente deberá presentar, como requisito de admisibilidad:
- Diseño de mezcla asfáltica vigente (antigüedad máxima de tres meses).
- Elaborado por laboratorio acreditado ante el ECA.
- Cumplimiento con las normas AM-01-2001 del CONAVI y CR-2020.
La Administración podrá solicitar la actualización del diseño cuando lo considere necesario.
REQUISITOS DE LAS OFERTAS PARA EL DISEÑO DE MEZCLA ASFALTICA:
El oferente debe presentar el diseño de la mezcla asfáltica y su fórmula de trabajo propuesta, mediante un informe técnico de un laboratorio de control de calidad que esté debidamente acreditado ante el Ente Costarricense de Acreditación (ECA) e inscrito en el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica (CFIA), para lo cual deben de presentar la respectiva certificación que respalde este requerimiento. El citado informe debe tener como fecha de expedición o elaboración efectiva máxima tres meses con respecto al día de la apertura de las ofertas y como mínimo debe incluir:
1- Nombre del proyecto y número de licitación.
2- Nombre, tipo y ubicación de la planta de mezcla asfáltica.
3- Fecha de elaboración del diseño y del informe.
4- Tipo de mezcla asfáltica y el uso que se dará a la misma.
5- Nombre del laboratorio que realizó el diseño y el profesional responsable que certifica el informe.
- Nombre ubicación y número de expediente minero de cada una de las fuentes de agregados propuestos.
- Resultados de todas las pruebas que justifican el estricto cumplimiento de los agregados y la mezcla asfáltica, de los requisitos técnicos establecidos en el presente cartel.
- El oferente debe contar con una planta productora de mezcla asfáltica en caliente, de su propiedad y cuyo año de fabricación.
- En todo caso, el oferente debe comprobar fehacientemente, que la planta productora de mezcla asfáltica, se encuentra en operación normal y funcionando con todos los permisos exigidos por el MINAET, el Ministerio de Salud y la Municipalidad de su jurisdicción territorial. Así mismo, que para el aseguramiento de la calidad de la mezcla asfáltica ofrecida, debe contar con un Laboratorio de Materiales, el cual tiene que estar inscrito en el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica y acreditado por el Ente Costarricense de Acreditación – ECA -.
6- Como la mezcla asfáltica será cancelada por unidad de peso (tonelada métrica), será requisito obligatorio que la planta productora, cuente en su sitio de instalación, con una romana camionera, de capacidad mínima de 60,000 kilogramos de pesaje integral, que cuente con un sistema electrónico de emisión del comprobante de entrega del producto, donde se detalle la tara de la vagoneta de acarreo vacía, su peso total una vez cargada y el peso neto de la cantidad real despachada. No se permitirán comprobantes confeccionados manualmente.
7- Será requisito obligatorio que el oferente presente en su oferta certificado de peso exacto, con los resultados de las pruebas de verificación de peso, que garantice que la romana camionera se encuentra dentro de los rangos establecidos por la norma NCR-179 y donde el plazo de emisión del certificado y la fecha oficial de entrega de la oferta, no sea mayor a 30 días naturales. Sin excepción, no se aceptarán certificados con vigencia mayor a la anterior.
8- El diseño Marshall debe contener al menos 5 puntos con diferentes dosificaciones de asfalto, con variaciones de 0.5 % entre cada una, que permita evaluar el comportamiento de la mezcla asfáltica, en el óptimo de asfalto y el óptimo ±0.5 % (sin extrapolar). Resultados de los ensayos del diseño Marshall para cada espécimen y porcentaje de asfalto utilizado (estabilidad, flujo, vacíos en la mezcla, gravedad específica bruta, vacíos en el agregado mineral y vacíos llenos con asfalto).
9- Gráficos respectivos para los parámetros señalados en el punto anterior en función del contenido de asfalto por peso de la mezcla.
10- Resultados del ensayo de gravedad específica máxima para cada porcentaje de asfalto utilizado.
11- Resultados del ensayo de inmersión - compresión, que incluyan los valores de resistencia a compresión simple para especímenes condicionados y no condicionados, contenido de vacíos en los especímenes e índice de resistencia retenida.
12- Resultado del ensayo de tensión diametral retenida, que incluyan los valores tensión diametral para especímenes condicionados y no condicionados, contenido de vacíos, grado de saturación de los especímenes, e índice de tensión diametral retenida.
Requisitos de calidad que debe cumplir la emulsión asfáltica.
Tipo de emulsión: Emulsión asfáltica CRS-1
|
Propiedad |
Método de ensayo |
CRS-1 |
|
Viscosidad Saybolt Furol a 25 °C |
AASHTO T 59 |
20 – 100 s |
|
Estabilidad al almacenamiento, 24 h |
AASHTO T 59 |
1 % máx. |
|
Demulsibilidad, 35 mL de dioctil sulfosuccinato de sodio al 0,8 % |
AASHTO T 59 |
40 % mín. |
|
Carga de partículas |
AASHTO T 59 |
Positiva |
|
Tamizado — retenido en malla N.° 20 |
AASHTO T 59 |
0,10 % máx. |
|
Destilación — destilado de aceite, % en volumen |
AASHTO T 59 |
3 % máx. |
|
Residuo por destilación |
AASHTO T 59 |
60 % mín. |
|
Penetración del residuo a 25 °C, 100 g, 5 s |
AASHTO T 49 |
100 – 250 × 0,1 mm |
|
Ductilidad del residuo a 25 °C, 50 mm/min |
AASHTO T 51 |
40 mm mín. |
|
Solubilidad en tricloroetileno |
AASHTO T 44 |
97,5 % mín. |
La planta productora de mezcla asfáltica deberá cumplir como requisito de admisibilidad al momento de presentar ofertas, con todos los permisos de funcionamiento establecidos en la legislación vigente.
Planta de Producción de Mezcla Asfáltica
PLANTAS MEZCLADORAS DE HORMIGÓN ASFÁLTICO EN CALIENTE: Las plantas utilizadas en la preparación de mezclas para hormigón asfáltico en caliente deberán cumplir los requisitos establecidos en Norma AM-03-2001 del CONAVI y AASHTO M-156 y lo siguiente:
Requisitos para todas las plantas:
Balanzas de pesaje: La mezcla asfáltica debe pesarse en balanzas aprobadas, suministradas por el Contratista, o en balanzas públicas, en cuyo caso el costo del pesado correrá por cuenta del Contratista. Las balanzas deberán satisfacer los requisitos establecidos en la sección - 109 de estas especificaciones y lo dispuesto en el decreto N° 24980-MEIC que sea aplicable.
Recolector de polvo: La planta deberá estar equipada con un recolector de polvo construido para absorber o volver a enviar uniformemente, al elevador caliente, la totalidad o cualquier parte del material recogido, sin escape de polvo objetable a la atmósfera.
Para cumplir las regulaciones de la contaminación del aire establecidas, se podrá exigir al Contratista que proporcione y utilice un depurador húmedo, u otro dispositivo protector, para el tratamiento de los gases efluentes cargados de polvo que emanan del recolector de la planta mezcladora. El tratamiento se considerará adecuado cuando el Ministerio del Ambiente mida el contenido de sólidos de los gases efluentes y determine que el contenido de polvo está dentro de las regulaciones establecidas.
Los líquidos de un depurador húmedo no deberán descargarse directamente en una corriente de agua, lago, o estanque. El efluente debe ser primeramente circulado a través de fosos de sedimentación, tanques, o colectores de fango. La sedimentación, junto con todo el material de desecho producido por las operaciones de mezclado, deberá ser dispuesta de alguna forma aceptable.
En el caso de que la planta de mezcla asfáltica cuente con un colector de polvo de tipo “baghouse”, el material colectado deberá disponerse hacia fuera, o reincorporarse todo o en parte uniformemente a la mezcla. El uso de finos colectados en el “baghouse”, en la mezcla asfáltica, requiere la aprobación del ingeniero, a menos que se hayan incluido como parte de la “Fórmula de la mezcla para la obra”.
Cuando los finos de “baghouse” sean usados en plantas de batidas (batch) o en plantas de mezclado continuo, deberán depositarse en el fondo de los elevadores calientes y medirse por volumen o por peso dentro de la cámara de mezclado. El retorno directo del “baghouse” al elevador caliente sólo se permitirá cuando el flujo puede ser controlado a una razón uniforme automáticamente. En plantas de tambor mezclador, el retorno del material al tambor mezclador deberá hacerse en el mismo sitio donde se incorpora el asfalto.
Requisitos para plantas mezcladoras con tambor secador:
Uniformidad de la mezcla: Los tambores mezcladores deberán estar especialmente diseñados y construidos para producir una mezcla uniforme. Deberán contar con un dispositivo para controlar el tiempo de mezclado y la razón de flujo del agregado a través de la mezcladora, por revolución y por minuto, a la velocidad de operación de la planta e inclinación del tambor mezclador.
Medición del peso del agregado: La medición precisa del peso combinado de la alimentación en frío deberá controlarse por medio de la regulación de la compuerta de alimentación y permitir la corrección automática para variaciones en la carga.
Equipo termométrico: se deberán fijar termómetros de registro en la línea de alimentación del asfalto, en las válvulas de carga y en el conducto de descarga de la unidad mezcladora.
Procedimientos de apilamiento: el agregado deberá separarse por lo menos en tres apilamientos: gruesos, intermedios y finos. La separación de los apilamientos deberá realizarse con elementos divisorios aprobados, que impidan el entremezclado de los materiales. A opción del Contratista, los agregados podrán separarse en más de tres apilamientos. El tamaño y la graduación del material de cada apilamiento deberán comunicarse al ingeniero.
Sistema de muestreo automático en la banda transportadora antes de entrar al tambor mezclador.
REQUISITO DE ACATAMIENTO OBLIGATORIO
Como la mezcla asfáltica será cancelada por unidad de peso (tonelada métrica), se requiere que la planta cuente en su instalación, con una romana camionera de capacidad de pesaje integral mínimo que garantice el peso completo del equipo de acarreo de mezcla dentro de la plataforma de la romana, tanto vacío como una vez cargado y se cuente entonces con un Sistema Electrónico de Pesaje integrado a la romana, donde emita el comprobante de despacho con el detalle del peso total del camión cargado, su tara de peso vacío y el peso neto efectivo del producto entregado. En consecuencia el oferente deberá presentar en su oferta, una copia fiel del original, debidamente autenticada por notario público, del certificado informe de peso exacto y los documentos de las pruebas de verificación de peso, que garantice que la romana se encuentra dentro de los rangos establecidos por la norma NCR-179, con un plazo de confección entre ambos documentos y la fecha oficial de entrega de la oferta. No se aceptarán certificados con vigencia mayor a la anterior.
Por cada entrega se debe suministrar al encargado de obras una guía del asfalto que se despacha, como requisitos mínimos:
Cada entrega deberá incluir:
- Cantidad de mezcla
- Temperatura
- Fecha y hora
Ubicación de planta procesadora de mezcla asfáltica.
El oferente deberá presentar declaración jurada autenticada por notario público sobre la distancia real en kilómetros entre el sitio donde está instalada la Planta y el Edificio Municipal, ubicado en el Distrito Primero frente al costado norte de La Plaza Edwin León, San Pablo de Heredia.
Maquinaria y Equipo
Se deberá aportar derechos de circulación y RTV al día para cada equipo. Dichos equipos deberán cumplir con los requerimientos técnicos y estar en buen estado, el contratista debe aportar una lista con toda la maquinaria que utilizará en el proyecto con los siguientes contenidos mínimos de información en la lista:
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Tipo de maquinaria y equipo |
Marca |
Modelo |
Potencia Kw |
No. de matrícula |
Año de fabricación |
RTV |
MARCHAMO |
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La maquinaria mínima que el oferente deberá presentar es la siguiente:
- Equipo de Acarreo (al menos 5 vagonetas de volteo o trailetas).
- Perfiladora de pavimentos.
- Un pavimentador bituminoso (“finisher”), acabadora de asfalto, con tecnología que garantice el acabado.
- Un distribuidor de asfalto.
- Un compactador de llanta de hule para asfalto.
- Un compactador de rodillo vibratorio para asfalto, rodillos lisos tándem, equipado con sistema de vibración, adecuado para la compactación de mezclas asfálticas en caliente, mínimo 8 toneladas.
- Una barredora automatizada.
- Un retroexcavadora “back-hoe”.
Capacidad operativa mínima: El oferente deberá demostrar disponibilidad de:
- Equipo de colocación (cuadrilla operativa).
- Herramientas menores (cortadora de asfalto).
- Personal técnico calificado.
Requisitos de equipo de transporte:
- Disponibilidad de camiones adecuados.
- Góndolas metálicas en buen estado.
- Cobertura (lona o sistema térmico).
- Condiciones que eviten segregación o contaminación.
Requisitos de Admisibilidad para Partida #3: SUMINISTRO, ACARREO, COLOCACION Y COMPACTACION DE MATERIAL GRANULAR PARA ESTRUTURA DE PAVIMENTO SEGÚN DEMANDA - 2026, 2027 y 2028
La oferta se deberá presentar como requisitos de admisibilidad:
Experiencia del Oferente:
Suministro y colocación de quinientos (500) metros cúbicos de bases y subbases granulares colocados en caminos y/o carreteras.
Suministro y colocación de quinientos (500) metros cúbicos de bases estabilizadas con cemento BE-25 colocados en caminos y/o carreteras.
Debe presentarse la información según la tabla de referencia (materiales granulares). La información solicitada debe presentarse de acuerdo con el siguiente formato:
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Nombre del proyecto |
Descripción del proyecto |
Cliente / Contacto |
Fecha de la obra |
Cantidad de unidades ejecutadas por actividad |
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La sola presentación de los proyectos mediante certificación notarial no garantiza su evaluación positiva por parte de la administración. Queda bajo criterio profesional del equipo técnico municipal la interpretación de los datos presentados, así como las verificaciones que se puedan realizar ya sea bajo mecanismos de inspección en los sititos de construcción o entrevistas a los clientes referenciados, donde la Administración contactará directamente a los contactos referenciados. Los proyectos que no dispongan de la información suficiente para su evaluación serán descartados, considerando que el equipo ingenieril municipal debe disponer de la información completa para emitir su criterio técnico
Maquinaria y Equipo:
Se deberá aportar derechos de circulación y RTV al día para cada equipo. Dichos equipos deberán cumplir con los requerimientos técnicos y estar en buen estado, el contratista debe aportar una lista con toda la maquinaria que utilizará en el proyecto con los siguientes contenidos mínimos de información en la lista:
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Tipo de maquinaria y equipo |
Marca |
Modelo |
Potencia Kw |
No. de matrícula |
Año de fabricación |
RTV |
MARCHAMO |
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La maquinaria mínima que el oferente deberá presentar es la siguiente:
- Equipo de Acarreo (al menos 5 vagonetas de volteo o trailetas).
- Un retroexcavador “back-hoe”.
- Tanque de Agua móvil con aspersores para un riego uniforme sobre las capas granulares.
- Una motoniveladora (1) rígida o articulada.
- Un compactador para suelos con tambor liso vibratorio.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Los oferentes podrán participar en una, varias o en la totalidad de las partidas incluidas en la presente contratación.
En cada partida seleccionada, deberá cotizarse la totalidad de los lineas que la componen, no siendo admisible la presentación de ofertas parciales por partida.
Los oferentes deberán indicar los precios unitarios correspondientes en las tablas establecidas para tal efecto, así como la capacidad de entrega/ejecución diaria por Línea, la cuál será un parámetro de referencia para los programas de trabajo del contratista.
Partida #1 - Suministro de asfalto para carpetas según demanda, por los próximos tres años, conforme al CR-2020. Todo lo anterior ofertar según el siguiente cuadro:
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Partida #1 - CUADRO A OFERTAR SUMINISTRO DE ASFALTO PARA CARPETAS SEGÚN DEMANDA - 2026, 2027 y 2028 |
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Línea |
Unidad |
Descripción |
Precio Unitario |
Capacidad de Entrega / Ejecución Diaria |
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1 |
TONELADA |
Suministro, acarreo, colocación y acabado final de carpeta o sobre capa asfáltica. |
₡0,00 |
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2 |
LITRO |
Suministro de emulsión asfáltica. |
₡0,00 |
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3 |
M2 |
Perfilado (fresado) de capas asfálticas de 6cm de espesor. |
₡0,00 |
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Total Oferta: |
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Partida #2 –Suministro, acarreo, colocación y compactación de material granular para estructura de pavimento según demanda - 2026, 2027 y 2028.
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Partida #2 - CUADRO A OFERTAR SUMINISTRO DE ASFALTO PARA CARPETAS SEGÚN DEMANDA - 2026, 2027 y 2028 |
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Línea |
Unidad |
Descripción |
Precio Unitario |
Capacidad de Entrega / Ejecución Diaria |
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4 |
Kg |
Suministro de Asfalto en Frio |
₡0,00 |
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Total Oferta: |
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Partida #3 –Suministro, acarreo, colocación y compactación de material granular para estructura de pavimento según demanda - 2026, 2027 y 2028. Ofertar según el siguiente cuadro:
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PARTIDA #3 - CUADRO A OFERTAR PARA SUMINISTRO, ACARREO, COLOCACION Y COMPACTACION DE MATERIAL GRANULAR PARA ESTRUTURA DE PAVIMENTO SEGÚN DEMANDA - 2026, 2027 y 2028 |
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Línea |
Unidad |
Descripción |
Precio Unitario |
Capacidad de Entrega / Ejecución Diaria |
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5 |
M3 |
Sub-excavación (gaveta para estructura de pavimento) |
₡0,00 |
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6 |
M3 |
Suministro, acarreo, colocación y compactación de base granular con cemento “portland”, BE-25 (30kg/cm2). |
₡0,00 |
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7 |
M3 |
Suministro, acarreo, colocación y compactación base granular graduación C |
₡0,00 |
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8 |
M3 |
Suministro, acarreo, colocación y compactación de sub-base granular graduación B |
₡0,00 |
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Total Oferta: |
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CONSIDERACIONES GENERALES:
- Las obras por construir se ubican en caminos contenidos dentro de los límites de los dos distritos que conforman el cantón San Pablo de Heredia, según se requiera.
- Modalidad de la contratación: La presente contratación se realiza bajo la modalidad de entrega según demanda, por lo que no se adjudicarán cantidades ni montos definidos en cada una de las líneas. Los datos consignados se presentan únicamente como referencia para efectos del sistema.
- Especificaciones Generales para la Construcción de Caminos, Carreteras y Puentes, CR-2020 (y sus actualizaciones).
- Queda obligado el contratista a suministrar en la forma prevista los bienes que correspondan, sin que pueda ser motivo de justificación en la generalidad de los casos la inexistencia de bienes en el mercado, la ausencia de terceros proveedores, o el exceso en los consumos por parte de la Administración.
- Decreto N° 40632-MOPT Incorporación obligatoria del componente de seguridad vial en todas las labores de planificación y construcción de obras viales y su eventual conservación, mejoramiento y/o rehabilitación.
- Decreto N° 38799-MOPT Reglamento de dispositivos de seguridad y control temporal de tránsito para la ejecución de trabajos en las vías.
- Control de Calidad de Materiales y Procedimientos Constructivos de conformidad con Disposición General N.º CM-002-97, del Área de Obras Públicas del MOPT.
- En todos los casos, la Administración comunicará al contratista las solicitudes de suministro mediante orden de compra, para esta acción se dispone de un plazo mínimo de 3 (tres) días hábiles.
- Por su parte, el plazo máximo de entrega/ejecución estará determinado por la capacidad de entrega o ejecución diaria declarada por el oferente en su oferta.
- Todas las fechas de inicio y finalización de las actividades se establecerán en la orden de inicio de cada orden de compra, conforme al cronograma o plan de trabajo aprobado por la Administración.
- La Administración garantiza al contratista o contratistas la exclusividad en la adquisición de los bienes comprendidos en cada partida durante la vigencia del contrato, en la medida en que se mantengan las condiciones originalmente establecidas en el pliego de condiciones y en la oferta adjudicada.
- Para los suministros entregados directamente en el sitio de ejecución, la persona inspectora o el funcionario designado por la Administración será responsable de verificar y recibir los bienes conforme a las especificaciones técnicas establecidas. Los controles se llevaran a partir de los informes diarios y bitácora de proyecto, así como cualquier otro documento de control de transporte (marchamo, boleta, otro).
- La recepción física de los bienes no implica su aceptación definitiva, la cual quedará sujeta al cumplimiento de los criterios de calidad y especificaciones técnicas definidos en el pliego de condiciones y a la verificación posterior por parte de la Departamento de Obras Municipales u órgano competente.
- Plazo de la contratación: El plazo será de tres años.
- En caso de incumplimiento, la Municipalidad de San Pablo de Heredia podrá rescindir el contrato sin responsabilidad y cobrar los daños y perjuicios ocasionados.
- La Municipalidad no será responsable por el deterioro, pérdida o sustracción de instrumentos del contratista.
- Causas de resolución contractual: Las causas indicadas en el Artículo 293 del RLGCP.
- En cuanto a la forma de pago, se podrán realizar facturaciones parciales, realizando una recepción provisional de las obras alcanzadas, y con una expresa solicitud por escrito, la cual será analizada y aprobada por el Ingeniero y administrador del contrato.
- La actual contratación incluye el suministro de todos los insumos necesarios referentes a las actividades constructivas.
- Con respecto a la cantidad de mezcla asfáltica a entregar quedan entera responsabilidad del proveedor adjudicado el suministrar la cantidad de mezcla que el ingeniero del proyecto requiera para la realización adecuada de las obras.
- Las anteriores tablas corresponden a los precios unitarios de cada elemento cotizado, esto no significa que se deban adquirir todos, esto depende de la demanda a la hora de intervenir las vías, de igual forma el contrato se firma por el valor de cada costo unitario, y no por la suma total de estos costos.
- La ausencia del desglose del precio podrá convertir la oferta en inelegible, de conformidad con el artículo 26 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
- El contratista deberá presentar, previo a pagos, informes técnicos, respaldo fotográfico y resultados de control de calidad.
- El oferente debe demostrar por medio de una Declaración Jurada que su planta es capaz de abastecer sin demora a los equipos de la Municipalidad o los que este designe, gracias a su capacidad de procesamiento y/o almacenamiento de tal forma que no exceda en 10 minutos la espera de cada vehículo de transporte. El incumplimiento de lo anterior, o la negativa de entrega de mezcla a causa de otros compromisos será razón suficiente para que se aplique la cláusula penal.
Multas y Clausula Penal :
Si existiera una defectuosa ejecución del objeto del contrato y/o incumplimiento parcial o total de las características de la obra contratada establecidas en el pliego cartelario y/o especificaciones técnicas, el contratista deberá pagar un monto hasta del 25% por concepto de multa del valor total de la línea ofertada que presente el incumplimiento. (Art. 116 y art.117 RLGCP).
El cobro de las multas podrá hacerse con cargo a las facturas del pago a realizar que se hayan presentado. En caso de que esta alternativa no resulte viable, se podrá ejecutar la garantía de cumplimiento hasta por el monto respectivo. El oferente deberá entregar con su oferta la aceptación de esta cláusula.
Con el fin de cubrir eventuales sanciones económicas, la Administración podrá retener sobre los pagos un dos por ciento (2%) del total facturado. (Art. 115 RLGCP)
Los incumplimientos que originan el cobro de la multa son los siguientes:
- Bajos rendimientos en el cronograma ofertado: Entrega tardía de MAC. (Mezcla Asfáltica en Caliente) por este incumplimiento un 2% por cada día hábil de atraso.
- Si durante el proceso de las obras la maquinaria sufre algún desperfecto mecánico, este deberá ser sustituido por uno igual o de mayor capacidad dentro de las siguientes 24 horas, si no se le aplicará por este incumplimiento un 2% por cada día hábil de atraso.
- No presentar el Programa de control de calidad de materiales indicado en este cartel, se le aplicara por este incumplimiento un 2% por cada día hábil de atraso.
- No cumplir con las medidas de seguridad establecidas por ley para esta clase de obra, tales como: rótulos, señalización preventiva y personal (banderilleros), con ello se ponga en riesgo la seguridad y la calidad del trabajo a la hora de ejecutar y supervisar los mismos, se le aplicara por este incumplimiento un 2% por cada día hábil de incumplimiento.
- La colocación de material suministrado por otra planta asfáltica sin previa autorización de la administración, se le aplicara por este incumplimiento un 2% por cada día hábil de incumplimiento.
- De resultar incumplimiento en los informes de laboratorio, al que el contratista no le realice las medidas correctivas debidamente aprobadas por la administración se aplicará una multa de 2%, al material colocado en el rango muestreado, entiéndase con ello que se aplicara la multa a la cantidad de material (toneladas) colocado entre prueba y prueba que demuestre lo contrario.
- Por cualquier tipo defecto que presente el proyecto al que el contratista no le realice las medidas correctivas debidamente aprobadas por la administración se aplicará una multa de 2% de las toneladas defectuosa.
Por ejecución tardía o prematura de las obligaciones contractuales, se aplicará una clausula penal correspondiente al 2% por cada día hábil de atraso hasta llegar a un máximo de un 25% del monto total de la contratación.
La unidad encargada de la fiscalización del contrato demostrará el incumplimiento y procederá a realizar el cálculo correspondiente. Únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, por fuerza mayor, o por hechos imputables a la Municipalidad, debidamente demostradas por escrito.
Cualquier condición no prevista en el presente pliego de condiciones se regirá conforme a la LGCP y los artículos 116 y 117 del RLGCP.
El cobro de la cláusula podrá hacerse con cargo a las facturas del pago a realizar que se hayan presentado. En caso de que esta alternativa no resulte viable, se podrá ejecutar la garantía de cumplimiento hasta por el monto respectivo.
Responsabilidad en caso de reclamos por daños y perjuicios
Durante la realización de la obra, el CONTRATISTA será responsable de todo daño o perjuicio ocasionado a cualquier persona o propiedad, de cualquier carácter (público o privado), que resulte por omisión, negligencia o conducción inadecuada de los procedimientos o métodos de ejecución, así como debido a trabajos o materiales defectuosos.
El CONTRATISTA estará obligado a proteger a la Administración y a sus representantes, de todas las consecuencias, acciones o demandas de cualquier índole originadas por causa de daños o perjuicios que pueda ocasionarse, por causa de cualquier acto u omisión del CONTRATISTA o de sus dependientes, así como contra toda reclamación o pedidos de indemnización que surjan y estén amparados por las leyes de compensación obrera, u otras leyes, estatutos, ordenanzas, reglamentos, órdenes o decretos vigentes en el país.
Atrasos por Lluvia
A continuación se detalla el único procedimiento bajo el cual se consideraran posibles ampliaciones de plazo por lluvia, las cuales serán autorizadas únicamente por el encargado del contrato bajo análisis técnico previo a solicitud:
- Solo se consideraran días registrados por medio escrito por el ingeniero encargado de la empresa detallando la hora de inicio y fin de la lluvia y la actividad afectada.
- Junto a la solicitud formal de ampliación de plazo se debe adjuntar el registro del Instituto Meteorológico Nacional de la estación más cercana con los promedios diarios de los últimos días, donde se registre la actividad lluviosa de ese día.
- Solo se justificaran los días en los cuales se exceda el promedio de precipitación diario.
En cualquier otro supuesto de ampliación se deberá solicitar mediante el proceso indicado en el artículo 198 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
Desglose de Precios:
Con relación al desglose de precios, este deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 102 del “Reglamento de la Ley General de Contratación Pública (RLCP)” y a lo dispuesto en el artículo 4, inciso 21, del Decreto Ejecutivo N.° 44937-H-MICITT-MIDEPLAN, Reglamento para el Reajuste de Precios, en los contratos de obra pública, así como para cualquier otro objeto contractual, exceptuando suministros, según se establezca en el pliego de condiciones, el oferente deberá presentar la estructura de precio tanto en valores absolutos como porcentuales, y de presentarse discrepancias entre los valores absolutos y los porcentuales prevalecerán los primeros. Los valores absolutos deberán ser concordantes con la o las monedas con que se presenta el precio de oferta con el detalle de al menos los siguientes componentes: los costos directos, los costos indirectos, la utilidad y los imprevistos. El oferente deberá detallar cada línea a participar su estructura del precio general sugerida conforme se establece en el Art. 42 de la LGCP. Se deberá entregar la estructura de presupuesto como se menciona a continuación, sumando un total de 100 %.
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Desglose de Precio: |
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Actividad |
Valor Absoluto (₡) |
Valor Porcentual |
Índice de Reajuste |
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1 |
Costo Directo de Mano de Obra |
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2 |
Costo Directos de Insumos y Materiales: |
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2.1 |
Materiales Asfálticos % |
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2.2 |
Costo de Posesión Maquinaria % |
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2.3 |
Combustibles % |
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2.4 |
Llantas % |
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2.5 |
Lubricantes % |
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2.6 |
Repuestos % |
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2.7 |
Herramientas /Seguridad % |
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2.8 |
Cemento Portland % |
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2.9 |
Áridos % |
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2.10 |
Encofrados % |
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2.11 |
Otros Materiales % |
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3 |
Costo Directo Subcontratos |
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4 |
Costo Indirecto de Mano de Obras |
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5 |
Costo Indirecto de Insumos |
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6 |
Utilidad |
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7 |
Imprevistos |
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Total: |
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Nota: En la tabla anterior, cuando un costo directo no sea aplicable a la obra por ejecutar, el valor de la casilla correspondiente deberá indicarse en cero.
El oferente deberá completar dicha tabla con los montos y porcentajes que conforman el precio, así como con los índices que incidirán en eventuales reajustes.
Presupuesto Detallado:
De acuerdo al artículo Nº 103 del RLGCP, el oferente que resulte adjudicado para cada una de las líneas deberá presentar un presupuesto detallado de la línea adjudicada, en un plazo máximo de plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato.
En caso de no presentarse en ese plazo, la Administración declarará insubsistente la adjudicación y procederá conforme a lo establecido en el artículo 52 de la Ley General de Contratación Pública.
El oferente podrá adjuntar el presupuesto detallado junto con la estructura de precios en su oferta, el cual será validado la administración, posterior a notificado el acto final de adjudicación y una vez en firme.
El presupuesto detallado desglosará los componentes de cada actividad o unidad de la obra, unidad del bien, o unidad de servicio, según corresponda, indicando al menos sus costos directos, que considere como mínimo los recursos de materiales, mano de obra con el detalle de cargas sociales, equipos y maquinaria e identificación de los subcontratos, sus costos indirectos, su utilidad e imprevistos. Todo lo anterior según la plantilla a continuación:
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Formato de Presentación |
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Memoria de cálculo oferta económica |
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Licitación N° : |
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Empresa : |
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PROYECTO : |
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LINEA |
DESCRIPCION |
UNIDAD DE MEDIDA |
CANTIDAD |
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1 |
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MAQUINARIA |
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N° equipos |
DESCRIPCION / MARCA / MODELO / POTENCIA (HP) |
Rendimiento Total |
Unidad de medida de rendimiento |
Cantidad de horas |
Costo por hora |
MONTO (₡) |
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SUB- TOTAL: |
¢ - |
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PERSONAL |
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N° personas |
DESCRIPCION |
Rendimiento Total |
Unidad de medida de rendimiento |
Cantidad de horas |
Costo por hora |
MONTO (₡) |
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SUB- TOTAL: |
¢ - |
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MATERIAL |
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Longitud de acarreo (km) |
DESCRIPCION |
Unidad |
Rendimiento |
Unidad de medida de rendimiento |
Cantidad de horas |
Costo por Unidad |
MONTO (₡) |
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SUB- TOTAL: |
¢ - |
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Sub total |
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₡ |
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Sub total Costos Unitarios |
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₡ |
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Imprevi stos |
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₡ |
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Administración Mano O Indirecta |
₡ |
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Administración |
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₡ |
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Utilidad |
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₡ |
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Precio unitario en colones |
₡ |
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Para el presupuesto detallado, solicitado para el adjudicado deberá presentar el formulario para cada una de las actividades a ejecutar.
Condiciones Técnicas Previas al Inicio de las Obras
El contratista deberá acatar las condiciones establecidas por la Administración para el inicio de la ejecución de las obras, con el propósito de asegurar un desarrollo constructivo ordenado, eficiente y conforme a lo establecido en el objeto contractual del presente proceso de contratación administrativa.
Reunión Pre-inicio.
La reunión pre-inicio de obras tiene como propósito coordinar previamente las labores entre las partes, así como revisar y aprobar la documentación técnica y administrativa que forma parte de las condiciones y especificaciones contratadas.
La documentación requerida deberá ser entregada a la Administración el día de la reunión pre-inicio, la cual tendrá carácter obligatorio para el contratista.
Esta reunión será coordinada una vez emitida la orden de pedido. Dado que la contratación se ejecuta bajo la modalidad de entrega según demanda, la Administración podrá convocar múltiples reuniones pre-inicio conforme a las diferentes órdenes de pedido que se generen. Cada entrega por demanda será comunicada mediante una Orden de Pedido, en la cual se indicarán los renglones de pago, cantidades, ubicaciones y detalles específicos de las actividades a ejecutar.
En esta reunión, el contratista deberá entregar, para aprobación al administrador del contrato los siguientes documentos:
- Programa de Trabajo: Cuando la Administración comunique al contratista una orden de pedido, este contará con un plazo máximo de tres (3) días hábiles para presentar el Programa de Trabajo o Cronograma de Obras, considerando todas las actividades solicitadas.
La revisión y aprobación del programa de trabajo estará a cargo del Administrador del Contrato. Una vez aprobado, el documento adquirirá carácter formal y será considerado el programa oficial para la ejecución de la entrega correspondiente. El Programa de Trabajo deberá incluir una descripción general del alcance de las labores, el desglose detallado de todas las actividades, con sus respectivos plazos de ejecución, horarios y jornadas de trabajo.
El Administrador del Contrato dispondrá de un plazo máximo de dos (3) días hábiles para aprobar o rechazar la propuesta. En caso de rechazo, el programa será devuelto al contratista con las observaciones correspondientes, quien dispondrá de tres (3) días hábiles adicionales para entregar la versión corregida.
El incumplimiento de este requisito impedirá el inicio o reanudación de las actividades, según corresponda. Mientras el programa no sea aprobado, el contratista no podrá iniciar las labores de construcción.
El Programa de Trabajo aprobado será la base de control para:
- El seguimiento físico y financiero del proyecto.
- El cumplimiento de plazos establecidos.
- El control de suspensiones totales o parciales que afecten la ruta crítica.
- La asignación y control de recursos por actividad.
- El análisis de rendimientos y productividad.
- La verificación de fechas de entrega y eventuales reclamos administrativos.
El contratista deberá actualizar el Programa de Trabajo conforme avance la ejecución de las distintas entregas por demanda. Dicha actualización será requisito indispensable para la gestión de estimaciones físicas y económicas relacionadas con los pagos.
El programa deberá presentarse en formato físico y digital, utilizando software especializado de programación de obras que permita visualizar la secuencia y duración de las actividades mediante un diagrama de Gantt, incluyendo sus relaciones de precedencia y sucesión.
Estructura Técnico- Administrativa: El contratista debe indicar la estructura técnico-administrativa que muestre los nombres, la jerarquía y responsabilidades de cada uno de los encargados de la ejecución del proyecto.
La capacidad diaria declarada constituye el parámetro máximo/base para elaborar el programa, y el programa aprobado fija el plazo específico de cada orden.
- Plan de Manejo de Tránsito:
El contratista deberá elaborar e implementar un Plan de Manejo de Tránsito Temporal para cada una de las entregas del proceso constructivo. En caso de que alguna entrega requiera condiciones especiales, el contratista deberá presentar un plan adicional posterior a la manifestación de dicha entrega.
El plan deberá ajustarse estrictamente a lo especificado en el Decreto Ejecutivo N.º 38799-MOPT, “Reglamento de Dispositivos de Seguridad y Control Temporal de Tránsito para la Ejecución de Trabajos en las Vías”, así como al CR2020 y SIECA 2014. El plan deberá considerar también la protección de peatones y población vulnerable, incluyendo medidas que faciliten su paso provisional seguro por las zonas de obra, resguardando siempre la integridad de todas las personas.
Durante los períodos no laborales, se deberán adoptar todas las medidas necesarias para que las vías intervenidas queden habilitadas y seguras, evitando riesgos tanto para peatones como para vehículos y residentes colindantes.
El Administrador del Contrato dispondrá de un plazo máximo de dos (3) días hábiles para aprobar o rechazar la propuesta. En caso de rechazo, el programa será devuelto al contratista con las observaciones correspondientes, quien dispondrá de tres (3) días hábiles adicionales para entregar la versión corregida.
El incumplimiento de este requisito impedirá el inicio o reanudación de las actividades, según corresponda.
Mientras el programa no sea aprobado, el contratista no podrá iniciar las labores de construcción.
- Declaración Jurada que exonera de responsabilidad a la Administración por relación laboral con el personal del contratista.
- Declaración Jurada emitida por el contratista en la cual se responsabilice por los daños materiales o físicos que resulten de perjuicios a la infraestructura pública y a terceros.
- Declaración Jurada por el contratista en la cual asume toda responsabilidad penal y civil en que llegara a incurrir el contratista o su personal en la prestación de los servicios.
Obligaciones del Contratista:
Durante la ejecución del contrato, el contratista debe cumplir las siguientes obligaciones:
- Aplicación del Plan de Manejo de Tránsito en Obra.
Durante la ejecución de las obras, se deberá garantizar la circulación continua del tránsito en al menos un carril, aplicando las regulaciones necesarias a lo largo de todo el período de intervención. Para ello, se contará con banderilleros y dispositivos de señalización que orienten y adviertan oportunamente a los usuarios de los trabajos en la vía. Bajo ninguna circunstancia se permitirá la interrupción total del tránsito por jornadas completas o periodos prolongados. En caso de requerirse suspender el tránsito de manera continua, el contratista deberá coordinar cierres parciales programados.
El contratista será responsable de garantizar la seguridad de peatones y conductores en todas las áreas de obra, cumpliendo con la normativa vigente y con lo establecido en el plan de control de tránsito.
Cuando sea posible habilitar una ruta alterna, que permita al contratista disponer de la totalidad de la vía a intervenir, deberá encargarse de:
- Señalizar temporalmente los desvíos provisionales o dentro de la ruta en intervención.
- Retirar los dispositivos de señalización una vez finalice la obra o se inhabilite la ruta alterna.
Está prohibido dejar desniveles expuestos entre la superficie de ruedo y los accesos peatonales o viviendas. Todas las áreas de construcción expuestas deberán estar claramente señalizadas, delimitadas y protegidas mediante los dispositivos de seguridad necesarios.
- En caso de averías en las plantas productoras, se otorgará un plazo máximo de tres (3) días naturales para solucionar el problema, debiendo comunicarse formalmente al Administrador del Contrato mediante correo electrónico u oficio. Si la avería persiste, el Contratista no podrá comprometer la continuidad de las obras y deberá proveer el material por cualquier otro medio disponible. El incumplimiento continuado de esta obligación podrá ser considerado como causa de rescisión del contrato.
- Si eventualmente ocurriera por cualquier motivo algún tipo de falla en los equipos de acarreo y colocación de la mezcla asfáltica en sitio, el contratista en un plazo máximo de un día natural está obligado a continuar las obras mediante un Plan de Contingencia alternativo, que debe ser aprobado por el Ingeniero responsable designado por la Municipalidad. El plazo contractual ofrecido seguirá corriendo y el contratista se expone a las multas establecidas en el presente pliego de condiciones.
- El Contratista deberá atender cualquier solicitud del Administrador del Contrato para participar en reuniones administrativas e inspecciones de obra conjuntas, con el fin de controlar y dar seguimiento a la ejecución de las obras.
- Asumir cualquier daño o perjuicio que se produzca a la Municipalidad por la ejecución del contrato.
- Asumir la responsabilidad durante la construcción de la obra ante todo daño, o perjuicio ocasionado a la propiedad o personas público o privado.
- Se deberán reparar, si fuera el caso, los elementos que se dañen en el proceso de construcción, manteniendo como mínimo las calidades encontradas.
- El contratista debe reparar los elementos que se dañen en el proceso de construcción, como acera o cordón de caño existentes.
- Reparar cualquier prevista potable que se dañe y coordinar con el “A y A” o acueducto municipal en caso de ser necesario para que lo reparen adecuadamente y en la posición necesaria, con los materiales aprobados por el “A y A”, ya que son activos de esta institución, de manera que la persona adjudicada no deje el problema sin resolver por más de veinticuatro (24) horas.
- Se deberá tener por parte del contratista, un funcionario destinado a limpieza de cunetas, caños, cajas de registro, además de encargarse de reparar las tuberías potables dañadas en el proceso, para lo cual deberá tener experiencia en el tramo reparando tuberías potables con diámetros menores o iguales a dos (2) pulgadas y coordinar en caso de ser necesario con el “A y A” o acueducto municipal. Es importante tomar en cuenta que en caso de ocurrir algún daño en activos del “A y A” o de acueducto municipal, la contratista está en la obligación de reparar todo daño apegándose a las normas técnicas.
- El área del proyecto se deberá mantener libre de escombros, polvo, materiales excedentes y basura, durante el proyecto de construcción. No se efectuará ningún tipo de pago adicional por el concepto de limpieza final, o limpieza durante el proceso de reparación o mantenimiento.
- Los residuos sólidos ordinarios que genere el personal de las instalaciones temporales y en los frentes de trabajo, deberán ser recolectados en el punto de generación, para posteriormente darles disposición final en los sitios autorizados. Se deberán utilizar medios de disposición final aprobados para cada tipo de desechos, salvo excepciones autorizadas por las entidades competentes, en caso de inexistencia de servicios locales acordes.
- La destrucción, accidente o cualquier otro tipo de incidentes que ocurra durante la ejecución de la obra, será responsabilidad total del contratista. La reparación de daños de cualquier índole que pueda causar el personal del adjudicatario a terceros, debido a la contratación de la Municipalidad de San Pablo, deberá ser asumido de inmediato por el mismo contratista, los cuales deberán ser de la aceptación del afectado, sin que esta institución tenga injerencia directa. Esto incluye accidentes ocasionados por señalización preventiva deficiente o ausente durante la ejecución de los trabajos.
- Asegurarse que el personal mantenga un comportamiento adecuado de respeto al personal administrativo y público en general, de acuerdo con la Ley contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia. El incumplimiento de esta norma por parte de algún trabajador dará derecho a la supervisión de solicitar al contratista la destitución o remoción inmediata del trabajador del sitio de la obra.
- Al finalizar las obras, se llevará a cabo una inspección de verificación y recepción de obra, previa solicitud mediante oficio remitido por el Contratista. Esta inspección tiene como objetivo constatar la completa ejecución de los trabajos y su recibido a satisfacción.
Como resultado de la inspección se levantará el acta de recepción provisional de obra o, en su defecto, recepción bajo protesta, según corresponda.
Posteriormente, el Contratista deberá acatar y ejecutar todas las indicaciones establecidas en el acta dentro del plazo definido en la misma.
Especificaciones técnicas:
Partida #1 - Cuadro a ofertar suministro de asfalto para carpetas según demanda, por los próximos tres años, conforme al CR-2020.
- Línea 1: Suministro, acarreo, colocación y compactación de concreto asfáltico en caliente, capa de rodamiento, preparado en planta, de tamaño máximo nominal de 12,7 mm.
Consiste en el suministro de materiales para la producción, almacenamiento, transporte, colocación, conformación y compactación de mezcla asfáltica en caliente en capas, de conformidad con los espesores que indique la Administración.
A la hora de la entrega de la mezcla deberá tener una temperatura no menor a 110º ni mayor de 155º centígrados, según las especificaciones técnicas.
Deberá cumplir con las secciones del CR-2020: 401 “Diseño de mezcla asfáltica por el método Marshall” y 405 “Suministro y colocación de mezcla asfáltica en caliente”
Requerimientos mínimos de personal y maquinaria:
- Equipo de acarreo (es necesario para asegurar la continuidad de las obras, de acuerdo con el programa de trabajo)
- 1 pavimentado Bituminoso (Finisher)
- 1 distribuidor de asfalto con aspersores ajustables
- 1 compactador Vibratorio de Rodillos
- 1 compactador de “Llanta de hule”
- 1 barredora mecánica
- 1 equipo para cortar bordes (disponibilidad)
- 1 encargado
- 3 Rastrilleros
- 3 peones
Medición y pago
La mezcla asfáltica suministrada, acarreada, colocada y compactada se medirá en tonelada métrica (Tm).
Los pagos de la mezcla asfáltica serán realizados en función de los resultados obtenidos por la verificación de la calidad del proyecto. Los resultados del control de calidad, que por obligatoriedad debe realizar el Contratista, deben ser presentados a la Administración con el fin de garantizar la uniformidad y demostrar el cumplimiento de las especificaciones contractuales.
El pago constituirá la plena compensación por todos los recursos involucrados para su ejecución: suministro y acarreo de todos los materiales agregados, ligante asfalticos y aditivos si se requieren, operaciones necesarias para la obtención, producción, apilamiento, almacenamiento y colocación de la mezcla asfáltica; maquinaria, equipo y personal necesarios, así como la señalización preventiva de protección de obra y cualquier otra actividad necesaria para la adecuada y correcta realización de las actividades contempladas en esta sección.
- Línea 2: Suministro, acarreo y colocación de emulsión asfáltica rápida CRS-1 para riego de imprimación y/o riego de liga, para carpeta asfáltica.
Los trabajos consisten en el suministro, acarreo y colocación de una película de emulsión asfáltica con diferentes características especificadas, según sea su uso, sobre capas de material granular compactado, mezclas asfálticas, mezclas asfálticas perfiladas, entre capas de mezcla asfáltica, sobre losas de concreto hidráulico, entre otros.
El suministro de emulsión asfáltica a lo que se refiere es a un servicio COMPLETO de imprimación, el cual debe de incluir obviamente la emulsión, el distribuidor, la mano de obra y todo lo requerido para ejecutar la imprimación, también importante mencionar que la emulsión primeramente deberá de transportarse hasta el proyecto en estañones para posteriormente ser vaciados dentro del distribuidor, eso con el fin de llevar un control más cerrado de la emulsión que se utilice para la colocación de la carpeta asfáltica.
En el caso de que el camión distribuidor de emulsión no este diseñado para ser cargado por la parte superior mediante el vertido de los estañones de emulsión, dicho camión deberá presentar la boleta con la cantidad de litros que contiene al momento de llegar al proyecto y además presentar el marchamo que será el ingeniero de la obra el que recibe esta información, con el fin de constatar que el camión no ha sido manipulado y que contiene la cantidad de emulsión requerida.
El desarrollo de esta actividad debe cumplir con lo establecido en la Sección 414 “Riegos de emulsión asfáltica” y la Subsección 702.03 “Emulsión Asfáltica” del CR 2020.
La dosificación por aplicar será definida por la Unidad Supervisora de acuerdo con lo indicado en el CR-2020.
Medición y pago
Se debe medir la emulsión asfáltica, por litros (L) colocado y efectivamente consumido.
El pago constituirá la plena compensación por todos los recursos involucrados para su ejecución: suministro y acarreo de todos los materiales, operaciones necesarias para la obtención, producción, apilamiento, almacenamiento y colocación de materiales; maquinaria, equipo y personal necesarios, así como la señalización preventiva de protección de obra y cualquier otra actividad necesaria para la adecuada y correcta realización de las actividades contempladas en esta sección.
- Línea 3: Perfilado (fresado) de capas asfálticas
Este trabajo consiste en la obtención de un nuevo perfil longitudinal y transversal de un pavimento asfáltico existente, mediante la escarificación por molienda (perfilado) parcial o total del espesor de la capa asfáltica, de acuerdo con los alineamientos, cotas y dimensiones indicados por el ingeniero responsable de la municipalidad. Incluye también la cargada de los materiales perfilados y el barrido de la superficie perfilada para eliminar el polvo y otros materiales indeseables.
El material perfilado será depositado en el plantel municipal ubicado 75 m norte del edificio municipal, indicado por el ingeniero responsable de la municipalidad.
La superficie resultante del perfilado debe limpiarse de todo material suelto o polvo, y prepararse para las labores posteriores de colocación de sobre capa de asfalto.
La máquina debe contar con dispositivos para aplicar agua a presión para controlar la producción de polvo. Esta deberá disponer de un sistema de controles hidráulicos para aplicar presión al elemento cortador, asimismo, disponer de un sistema para recoger y levantar el material perfilado para su transporte a los sitios indicados.
En sitios que resulten inaccesibles al equipo de perfilado, el pavimento deberá removerse empleando otros métodos que den lugar a una superficie apropiada y estén aprobados por la Administración.
El tiempo máximo permisible entre la perfilación de un área específica y la colocación de la capa asfáltica de ruedo del pavimento será de 24 horas (un día natural), “sin excepción”, por considerar que un tiempo mayor puede generar problemas en la superficie resultante, por el tránsito de vehículos y/o condiciones climáticas.
En la eventualidad de que al término de una jornada de trabajo no se complete el perfilado en todo el ancho de la calzada deberán colocarse señales de prevención. Cuando la Administración así lo disponga, los bordes verticales en sentido longitudinal, cuya altura supere 50 mm, deberán ser suavizados de manera que no impliquen peligro para el tránsito automotor. Igual precaución se tomará en todos los bordes transversales que queden al final de cada jornada.
Deberá de cumplir con las subsecciones del CR-2020: 415.01, 415.02, 415.03, 415.04, 415.06, 415.07, 415.08, 415.09.
Se debe contar con el servicio de depósito de relleno sanitario en el caso que debido al perfilado de las capas asfálticas se genere algún tipo de escombro o material perfilado grueso de más de una pulgada que no sea utilizable para el municipio, esto será determinado por el Ingeniero a cargo del proyecto mediante inspección de las actividades.
Requerimientos mínimos de personal y maquinaria:
- 1 camión brigada
- 1 perfiladora
- 1 tanque de agua
- 1 retroexcavador
- 1 tanque de agua para abastecer a la perfiladora
- 1 barredora mecánica
- Equipo de Acarreo
- 1 Encargado
- 2 Ayudantes
- 6 peones (2 de 6 peones pueden colaborar con el control de tránsito)
- 2 controladores de transito
Material producto del perfilado
Todo el material producto de las labores de perfilado o fresado de las capas asfálticas existentes será considerado propiedad de la Municipalidad y deberá ser recuperado, cargado, transportado y descargado por el contratista en el plantel municipal que sea indicado previamente por el ingeniero responsable de la Municipalidad.
El contratista deberá adoptar las medidas necesarias para evitar la pérdida, contaminación, mezcla con materiales ajenos o disposición no autorizada del material producto del perfilado. Dicho material deberá entregarse en condiciones que permitan su posterior almacenamiento, manejo y eventual aprovechamiento por parte de la Municipalidad.
El contratista no podrá disponer, vender, trasladar a terceros, reutilizar, incorporar a nuevas mezclas asfálticas ni destinar a ningún otro uso el material producto del perfilado, salvo que exista autorización previa y expresa, por escrito, de la Municipalidad.
El transporte del material perfilado desde el sitio de trabajo hasta el plantel municipal designado será responsabilidad del contratista y se considerará incluido dentro del precio unitario correspondiente al perfilado, sin que proceda pago adicional por concepto de carga, acarreo, descarga, limpieza u otras actividades necesarias para la entrega del material en el sitio indicado por la Municipalidad.
La Municipalidad podrá disponer posteriormente del material perfilado para los fines que estime convenientes, incluyendo, entre otros, su almacenamiento, procesamiento, clasificación, utilización en obras municipales o eventual aprovechamiento como material recuperado de pavimento asfáltico, siempre que para dicho uso se cumplan las especificaciones técnicas y requisitos aplicables.
El eventual aprovechamiento posterior del material por parte de la Municipalidad no modifica su condición de material proveniente de la obra ni genera derechos de propiedad, compensación o aprovechamiento económico a favor del contratista, salvo que la Administración disponga expresamente lo contrario mediante autorización escrita.
Cuando la Administración determine un sitio distinto al plantel municipal inicialmente señalado para la entrega del material, comunicará dicha instrucción al contratista y establecerá las condiciones correspondientes para su transporte y disposición.
El contratista deberá llevar un control de las cantidades de material producto del perfilado transportadas y entregadas en el plantel municipal, mediante los mecanismos de control y verificación que establezca la Administración.
Medición y pago
La unidad de medida del perfilado de pavimento asfáltico será en metros cuadrados (m2), aproximado al entero, de superficie perfilada al espesor definido de acuerdo con las exigencias de esta especificación y las dimensiones y cotas señaladas por la Administración. El pago constituirá la plena compensación por todos los recursos involucrados para su ejecución: suministro y acarreo de todos los materiales, operaciones necesarias para la obtención, producción, apilamiento, almacenamiento y colocación de materiales; maquinaria, equipo y personal necesarios, así como la señalización preventiva de protección de obra y cualquier otra actividad necesaria para la adecuada y correcta realización de las actividades contempladas en esta sección.
Partida #2 –Suministro de Asfalto en Frio según demanda - 2026, 2027 y 2028.
Línea 4: Suministro de Asfalto en Frio
Esta actividad tiene como objetivo principal el suministrar asfalto en frio según requerimiento, en la bodega municipal y el encargado de la contratación de la Municipalidad de San Pablo de Heredia.
Debe contemplar en el precio el acarreo hasta la municipalidad donde será recibida por el administrador de la contratación.
El contratista será responsable de cumplir con las específicas técnicas descritas, de lo contrario, la administración podrá rechazar el objetivo contractual.
Mezcla asfáltica a base de petróleo con asfalto modificado con baja susceptibilidad térmica y alta recuperación elástica.
El asfalto en frio es un agregado negro, compuesto de aglomeraciones bituminosas especiales en emulsión catiónica, agregados seleccionados y adecuadamente calibrados por el tamaño y aditivos específicos que mejoran la adhesión, fluidez y trabajabilidad del producto.
Compuesto de agregados, aglomerantes bituminosos y aditivos específicos que cumplan con las normas AASHTO T 30, AASHTO T 182, AASHTO T 308 y AASHTO T329.
- Rendimiento teórico (Kg/m2 a 1 cm de espesor): 15 a 20 Kg/m2
- Granulometría del agregado: 9,5 mm hasta máximo 12,5 mm.
- Temperatura aplicación (c°): 5 – 40 °C
- Densidad: aproximadamente 1500 kg/m³
- Volumen medio de la masa compactada: 2000 kg/m³
- Porcentaje de emulsión asfáltica entre 2 % - 10 %
- Porcentaje de áridos entre 91 % - 97 %
- Porcentaje de diluyente y aditivos entre 1 % - 5 %
- Presentación: sacos entre 20kg - 30kg.
- Vida útil del producto: 12 meses en su envase original.
EQUIPO DE ACARREO:
Los vehículos destinados al acarreo de la mezcla asfáltica deberán contar con compartimentos (góndolas) metálicos, limpios, lisos y completamente ajustados, revestidos con una capa fina de material aprobado que impida la adherencia de la mezcla a las superficies internas. Dicho material no deberá contaminar ni alterar las propiedades físicas o químicas de la mezcla asfáltica. Bajo ninguna circunstancia se permitirá el uso de derivados del petróleo como material de revestimiento. Asimismo, los compartimentos deberán drenarse adecuadamente antes de ser cargados.
Cada unidad de transporte deberá disponer de una cubierta de lona o de otro material apropiado que proteja la mezcla asfáltica de la intemperie y de las variaciones climáticas durante el traslado.
Con el fin de preservar las características y calidad de la mezcla, no podrán utilizarse materiales que contaminen o modifiquen sus propiedades. Además, la superficie interna de la góndola deberá mantenerse en condiciones óptimas para evitar segregaciones o adherencias del material transportado.
Todos los vehículos transportadores de mezcla asfáltica deberán contar con manteados o cobertores adecuados que permitan proteger el material de las condiciones ambientales. Cuando las condiciones climáticas sean adversas —tales como bajas temperaturas, presencia de lluvia o tiempos de acarreo superiores a dos horas— deberán emplearse góndolas con aislamiento térmico y cobertores ajustables, a fin de conservar la temperatura de trabajo de la mezcla. Igualmente, las unidades deberán disponer de orificios o puntos de acceso que permitan verificar la temperatura interna de la mezcla asfáltica durante el transporte.
Cualquier camión que genere segregación excesiva del material debido a deficiencias en su sistema de suspensión, pérdidas de asfalto en cantidades perjudiciales o atrasos injustificados en la operación, será retirado inmediatamente de las labores hasta que se corrijan las anomalías detectadas.
Cuando resulte necesario garantizar que la mezcla sea entregada dentro de los rangos de temperatura especificados, las tolvas de los camiones deberán contar con aislamiento térmico adecuado y sus tapas deberán permanecer debidamente aseguradas durante todo el traslado.
Durante el transporte de la mezcla asfáltica, el contratista deberá adoptar todas las medidas necesarias para asegurar que, al momento de la descarga sobre la máquina pavimentadora, la temperatura de la mezcla no sea inferior a la mínima establecida en las especificaciones técnicas.
LIMITACIONES METEOROLÓGICAS:
La mezcla asfáltica en caliente deberá colocarse sobre una superficie seca, a una temperatura atmosférica en la sombra superior a 10 °C y sin la presencia o amenaza de lluvia.
ACONDICIONAMIENTO DE LA SUPERFICIE EXISTENTE:
Las áreas destinadas deberán prepararse utilizando backhoe, azadones, picos, palas y escobones, de manera que queden completamente libres de partículas orgánicas, agua y material suelto. Una vez finalizadas las labores de preparación y limpieza, podrá iniciarse el proceso de aplicación del riego de liga.
La preparación del área incluirá, además, el corte del pavimento mediante una cortadora especializada para asfalto, con el propósito de conformar un bache de geometría regular. Los cortes deberán ejecutarse en línea recta y los bordes internos resultantes deberán presentar superficies planas y uniformes, evitando irregularidades. Asimismo, el fondo del bache deberá nivelarse adecuadamente para garantizar una superficie regular y estable.
Todo material de desecho generado durante la preparación de los baches deberá ser recolectado, transportado y dispuesto por el contratista en un sitio autorizado que cuente con los permisos correspondientes.
Previo a la colocación de la mezcla asfáltica, todas las superficies que estarán en contacto con esta —incluyendo bordes del bache, cunetas, cordones y caños, cajas de registro, alcantarillas y demás estructuras existentes— deberán recubrirse mediante una capa fina y uniforme de asfalto emulsionado, con el fin de asegurar una adecuada adherencia entre materiales.
El bache deberá mantener una forma regular y uniforme, evitando cambios bruscos en sus dimensiones principales.
COMPACTACIÓN:
Inmediatamente después de la colocación y extendido de la mezcla asfáltica, y una vez corregidas todas las irregularidades superficiales, se deberá proceder con la compactación mediante una aplanadora vibratoria de rodillo liso, cubriendo el ancho total de la superficie de manera uniforme y continua.
La compactación inicial deberá ejecutarse cuando la mezcla se encuentre en condiciones adecuadas de trabajabilidad, de modo que el proceso no genere desplazamientos, grietas ni fisuras indebidas en la carpeta asfáltica.
La cantidad, peso y tipo de aplanadoras utilizadas tanto para la compactación inicial como para el acabado deberán ser suficientes para alcanzar el grado de compactación requerido mientras la mezcla permanezca en condiciones óptimas.
El tipo de aplanadora seleccionado y la secuencia de compactación deberán garantizar la densidad especificada para la mezcla asfáltica. Salvo indicación contraria, la compactación deberá iniciarse en los bordes de la superficie y continuar longitudinalmente, en forma paralela al eje central de la vía, cubriendo en cada pasada al menos la mitad del ancho del rodillo y avanzando gradualmente hacia el centro o coronamiento de la calzada.
Cuando se pavimente un carril adyacente a otro previamente colocado, deberá compactarse primero la junta longitudinal y posteriormente continuar con el procedimiento de compactación descrito anteriormente.
En curvas peraltadas, la compactación deberá comenzar en el lado inferior y avanzar progresivamente hacia el lado superior, manteniendo recorridos longitudinales paralelos al eje de la vía.
Las aplanadoras deberán desplazarse a velocidad constante, sin exceder los 4,5 km/h, manteniendo el rodillo o rueda motriz orientada hacia el lado de la pavimentadora. El proceso de compactación deberá continuar hasta eliminar por completo las marcas producidas por los equipos y alcanzar la densidad mínima especificada.
El contratista deberá controlar permanentemente la densidad de compactación mediante instrumentos nucleares de medición de densidad u otros equipos aprobados, con el fin de verificar el cumplimiento de los valores mínimos establecidos.
No se permitirá realizar maniobras bruscas de cambio de velocidad o dirección sobre la mezcla que se encuentre en proceso de compactación. Cualquier desplazamiento o deformación ocasionada durante las labores deberá corregirse inmediatamente mediante el uso de rastrillos y la incorporación de mezcla fresca cuando sea necesario.
Asimismo, deberá prestarse especial atención a la conservación de la alineación y rasante de los bordes de la mezcla colocada, evitando desplazamientos durante la compactación.
Las aplanadoras vibratorias deberán operarse conforme a la velocidad y frecuencia recomendadas por el fabricante, con el propósito de obtener una compactación óptima y uniforme.
Para evitar que la mezcla asfáltica se adhiera a los rodillos de las aplanadoras, estos deberán mantenerse continuamente humedecidos con agua o con agua mezclada con pequeñas cantidades de detergente u otro producto aprobado. No se permitirá el uso excesivo de líquidos.
En áreas próximas a aceras, cabezales, muros u otros sitios inaccesibles para los equipos mecánicos, la compactación deberá ejecutarse completamente mediante apisonadores manuales previamente calentados.
La compactación de la mezcla asfáltica no deberá realizarse cuando la temperatura de esta sea inferior a 80 °C.
Cualquier mezcla que se encuentre suelta, fría, contaminada con tierra o defectuosa por cualquier motivo deberá retirarse y reemplazarse inmediatamente por mezcla fresca, la cual deberá compactarse y ajustarse adecuadamente al área circundante.
JUNTAS, RECORTE DE BORDES Y LIMPIEZA:
La colocación de la mezcla asfáltica deberá realizarse de manera continua, procurando minimizar interrupciones durante el proceso de pavimentación.
Las aplanadoras no podrán transitar sobre juntas transversales desprotegidas de mezcla recién colocada, salvo autorización expresa del ingeniero responsable.
Las juntas transversales deberán conformarse mediante el corte vertical de todo el espesor de la capa asfáltica. Previo a la colocación de mezcla adicional contra la superficie previamente cortada, deberá aplicarse una capa uniforme de emulsión asfáltica sobre la cara vertical de contacto, con el propósito de garantizar una adecuada adherencia entre ambas secciones.
Los bordes de la capa terminada deberán recortarse de acuerdo con la línea de borde establecida en la sección típica del proyecto. Todo material proveniente del recorte de bordes, así como cualquier excedente o mezcla asfáltica desechada, deberá ser retirado de la calzada y dispuesto por el contratista en un sitio autorizado y aceptado por el ingeniero responsable.
Asimismo, todas las superficies de contacto con cunetas, cordones y caños, cajas de registro, alcantarillas y demás estructuras existentes deberán recubrirse previamente con una capa fina y uniforme de asfalto emulsionado antes de colocar la mezcla asfáltica en contacto con ellas, con el fin de asegurar una correcta adherencia y sellado.
NORMATIVA APLICABLE
Se deberá cumplir con lo establecido en el Manual CR-2020, específicamente:
- Sección 402: Pavimento de concreto asfáltico en caliente
- Sección 414: Riego de liga asfáltica
Adicionalmente para todo lo que se refiere a las especificaciones técnicas se debe cumplir para el acarreo desde boca de planta y logística constructiva para realizar el mantenimiento rutinario mediante bacheo formal se deberá cumplir con lo dispuesto en las secciones 402 denominada Pavimento de concreto asfaltico en caliente y sección 414 denominada - Riego de liga asfáltica del manual de especificaciones técnicas Generales Para La Construcción De Carreteras y Puentes CR-2020.
Adicionalmente para todo lo que se refiere a las especificaciones técnicas se debe cumplir la manofactura y producto final entregable en boca de planta se deberá cumplir con lo dispuesto en del manual de especificaciones técnicas Generales Para La Construcción De Carreteras y Puentes CR-2020.
Partida #3 – Cuadro a ofertar para suministro, acarreo, colocación y compactación de material granular para estructura de pavimento según demanda - 2026, 2027 y 2028.
Línea 5: Sub-excavación (gaveta para estructura de pavimento)
Consiste en la excavación y disposición final de material existente dentro de los límites designados por la administracion. Cuando sea aplicable, se tomarán secciones transversales de acuerdo con la Sección 152 del CR2020. Se debe evitar que el material inadecuado llegue a mezclarse con el material de relleno. Se desechará el material inadecuado de acuerdo con la subsección 204.14. Se rellenará la sub-excavación con material adecuado. Se compactará el material de acuerdo con la subsección 204.11.
Medición y pago
Contempla la excavación por debajo del nivel de la subrasante natural y el acarreo del material, así como su colocación en los sitios de botaderos aprobados por la Administración. Se mide el volumen de material en su posición original en metros cúbicos (m3) y con medición topográfica por medio de secciones transversales.
El pago constituirá la plena compensación por todos los recursos involucrados para su ejecución: suministro y acarreo de todos los materiales, operaciones necesarias para la obtención, producción, apilamiento, almacenamiento y colocación de materiales; maquinaria, equipo y personal necesario, así como la señalización preventiva de protección de obra y cualquier otra actividad necesaria para la adecuada y correcta realización de las actividades contempladas en esta Sección.
Línea 6: Suministro, acarreo, colocación y compactación de base granular con cemento “portland”, BE-25 (30kg/cm2).
Los trabajos corresponden al procedimiento de construcción de una base estabilizada con cemento (nueva), equivalente a BE-25, sobre una superficie subyacente previamente preparada, ajustada a los alineamientos, rasantes, espesores, secciones típicas, entre otros, indicados por la Administración.
La capa de base estabilizada con cemento a construir podrá ser mezclada en planta o en sitio. Deberá cumplir con las subsecciones del CR-2020: 302.01, 302.02, 302.03, 302.04, 302.05, 302.06, 302.07, 302.08, 302.09, 302.10, 302.11, 302.12.
Medición y pago
La capa se medirá por metros cúbicos (m3) colocado en su posición final (conformado, compactado y acabado) con medición topográfica por medio de secciones transversales, la cual deberá incluir todas las cantidades de materiales indicados en el diseño de la base estabilizada con cemento.
El pago será la compensación total por el trabajo descrito en esta Sección, los cuales incluyen: suministro de materiales (cemento hidráulico, agua, agregado nuevo, agregado de aporte, aditivos, material de secado u otros materiales aprobados por la Administración), homogenización por cualquiera de los métodos descritos, la colocación y conformación con el equipo adecuado, humedecido, compactación y acabado final de acuerdo con los procedimientos constructivos definidos y todo lo que se requiera para recibir la capa de agregados estabilizados con cemento a satisfacción de la Administración y de acuerdo con el diseño de mezcla de la base estabilizada y de conformidad con la Subsección 110.05 Alcance de pago.
Línea 7: Suministro, acarreo, colocación y compactación base granular graduación C y Línea 8: Suministro, acarreo, colocación y compactación de sub-base granular graduación B.
Este trabajo consiste en la construcción de una subbase o base granular sobre una fundación ya preparada, de acuerdo con estas especificaciones y en conformidad con el trazado, rasante, espesor y secciones transversales establecidos por la Administración.
Deberá cumplir con las subsecciones del CR-2020: 301.01, 301.02, 301.03, 301.04, 301.05,
301.08, 703.05
Medición y pago
La medición se realizará por metros cúbicos (m3), en sitio una vez conformado, compactado y acabado.
El pago constituirá la plena compensación por todos los recursos involucrados para su ejecución: suministro y acarreo de todos los materiales, operaciones necesarias para la obtención, producción, apilamiento, almacenamiento y colocación de materiales; maquinaria, equipo y personal necesario, así como la señalización preventiva de protección de obra y cualquier otra actividad necesaria para la adecuada y correcta realización de las actividades contempladas en esta Sección. Lo anterior, con excepción de aquellos casos para los cuales algunos de esos recursos se paguen de forma separada, indicados así en el Contrato o en este manual.
No se reconocerá pago alguno de volumen de material por sobreespesor de la capa de agregado.
Estimación de la Contratación.
Monto total de: - ₡ 120.000.000°° colones exactos anuales
Monto total en tres años: ₡ 360.000.000°° colones exactos en tres años
Procedimientos de Control de Calidad. Cuando corresponda por la naturaleza del objeto, los procedimientos de control de calidad que se aplicarán durante la ejecución del contrato y para la recepción de la obra, suministro o servicio.
- Supervisión de ejecución por el administrador del contrato.
- Informe de avance de obra.
- Recepción provisional y definitiva.
- Inspección diaria del proyecto.
- Verificación de calidad mediante Laboratorio Certificado
Autocontrol de calidad por parte de adjudicatario
Procedimientos de control de calidad que se requieren
Generalidades: El oferente deberá presentar, como parte de su oferta, un Programa de Control de Calidad detallado para cada una de las líneas del cartel, conforme a lo establecido en la normativa vigente CR-2020 y demás normativa aplicable.
El laboratorio encargado del control de calidad deberá estar debidamente acreditado ante el Ente Costarricense de Acreditación (ECA), en cumplimiento de la Ley N.° 8279. Para tales efectos, el oferente deberá aportar una carta de compromiso emitida por el laboratorio, en la que se indique que asumirá la ejecución del control de calidad en caso de resultar adjudicado.
Requisitos del Laboratorio de Ensayo:
El laboratorio propuesto deberá:
- a) Contar con alcances acreditados vigentes ante el ECA para los ensayos requeridos.
b) Estar debidamente aceptado por la Administración previo al inicio de las labores.
c) Permitir inspecciones por parte de la Administración, previa solicitud formal con al menos cinco (5) días calendario de anticipación.
La Administración verificará, entre otros aspectos:
- Instalaciones físicas.
- Equipamiento: Equipo de moldeo y falla de especímenes Marshall (debe incluir mínimo 12 moldes Marshall debidamente calibrados, el collarín y la base metálica, filtros de papel, un mazo eléctrico de compactación debidamente empotrado, una plantilla calentadora para el mazo, muelas Marshall, un medidor de flujo (transductor), una celda de carga y un ploteador Marshall. Todo este equipo debidamente calibrado.
- Personal técnico: Personal calificado, con acondicionamiento de muestreo, preparación y cuarteo de muestras, así como ejecución de ensayos. La administración podrá hacer uso de las instalaciones y del equipo de laboratorio, sin previo aviso necesario, para realizar y falla de especímenes Marshall, cuarteo y preparación de muestras, contenidos de asfalto, etc.
- Programa de calibración y mantenimiento: En el programa de revisión y calibración de equipos se debe incluir el nombre del equipo (con su identificación), ubicación (laboratorio de planta ó móvil), y la frecuencia de la revisión de las calibraciones, por ejemplo para sus baños de agua, anillos de carpa, hornos, moldes Marshall termómetros, entre otros. La administración está facultada para realizar a discreción, verificaciones del equipo y metodología de trabajo, así como de comprobar el trabajo de los experimentadores, durante la ejecución de los trabajos.
Programa de Autocontrol de Calidad:
Previo al inicio del proyecto, el Contratista deberá presentar el Programa de Autocontrol de Calidad, el cual deberá incluir:
- Tipo de ensayos.
- Frecuencia (mínimo 1 prueba cada 100 toneladas de asfalto).
- Frecuencia material granular (mínimo 1 prueba cada 60 m3 colocados).
- Ubicación de muestreo.
- Metodología aplicada.
- En la(s) fuente(s) de material(es).
- En el sitio de fabricación de los materiales.
Según sean los materiales a incorporar en el contrato u orden de compra para cumplir con el objeto de tal contratación.
Los gastos que conlleve su aplicación serán sufragados por el contratista, por lo que se entenderán incorporados en su oferta técnico-económica.
También deberá suministrar una bitácora de control de calidad (libro de actas debidamente foliado.)
Este programa deberá ser aprobado por la Administración.
Asimismo, el Contratista deberá presentar un Plan de Muestreo, el cual garantice la aleatoriedad de las muestras en planta.
El control de calidad propuesto por el contratista debe incluir verificaciones de calidad para todos los materiales a utilizar en este contrato, incluyendo la carpeta asfáltica, material granular.
Verificación y Control por la Administración:
Para el aseguramiento de la calidad, la administración, por el medio y oportunidad que considere adecuados, verificará que efectivamente la calidad que se incorpora al Proyecto sea la definida y pactada, según los términos contractuales.
La Administración se reserva el derecho de:
- Realizar verificaciones de calidad en cualquier momento
- Controlar materiales, procesos y plantas de producción
- Ejecutar ensayos mediante laboratorios externos
En caso de discrepancias entre resultados:
- Se recurrirá a un tercer laboratorio acreditado
- Su criterio será definitivo
- El costo será asumido por el Contratista
Acciones Correctivas:
En caso de detectarse incumplimientos o defectos, tales como:
- Segregación
- Exudación
- Grietas
- Deformaciones
- Desprendimientos
- Marcas de rodillo
El Contratista deberá presentar:
- Informe técnico detallado
- Análisis de causas
- Medidas correctivas
- Programa de ejecución
La Administración evaluará y aprobará las acciones a implementar.
Condiciones de Pago:
No se autorizarán pagos cuando:
- Existan incumplimientos en el control de calidad
- No se hayan ejecutado las medidas correctivas
- No exista aprobación de la Administración
El incumplimiento de estas disposiciones podrá dar lugar a:
- Aplicación de multas
- Resolución contractual
Control y Verificación de Materiales:
La Municipalidad podrá:
- Realizar pesajes aleatorios de vagonetas
- Verificar correspondencia con reportes
En caso de inconsistencias, que perjudicare los intereses municipales, el contratista deberá reponer la proporción de material faltante de todas las vagonetas que hayan sido colocadas antes de realizarse el chequeo.
Costos Asociados:
Todos los costos asociados al control de calidad, incluyendo:
- Ensayos
- Muestreos
- Informes
- Equipos
Se considerarán incluidos en la oferta económica del oferente.
Normativa Aplicable:
El Contratista deberá cumplir con:
- Normas INTE vigentes
- ASTM
- AASHTO
- CR-2010 y CR-2020
- Normativa CONAVI aplicable
Recursos Humanos:
- Profesionales responsables Departamento de Obras Municipales.
- Supervisores e inspectores Departamento de Obras Municipales
Encargado del Contrato: Ing. Andrés Brenes Ovares, Jefe Departamento de Obras y Caminos, correo electrónico: abrenes@sanpablo.go.cr; Teléfono: 2277-07 43
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
1. DOCUMENTOS LEGALES QUE DEBEN ACOMPAÑAR LA OFERTA
- Declaraciones Juradas: La oferta deberá contener las siguientes declaraciones juradas del oferente:
- La declaración debe establecer que no se encuentra sujeto a ninguna de las causales de prohibición establecidas en el artículo 28 de la LGCP. De encontrarse en algunos de los supuestos hay que indicar que cumple con alguno de los supuestos de desafectación establecidos en el art 30 de la LGCP.
- Que no le alcanza ninguna de las prohibiciones que prevén los artículos 28 de la LGCP y 32 del RLGCP
- Que se encuentra al día en el pago de los impuestos nacionales según lo dispuesto en el artículo 14 de la LGCP.
- Declaración de que el oferente se encuentra al día en el pago de las obligaciones obrero-patronales con la C.C.S.S, o bien que tiene arreglo de pago aprobado por esta y vigente al momento de la apertura de las ofertas
- Declaración jurada de que se encuentra el día con FODESAF o bien que tiene arreglo de pago suscrito con esta entidad, lo anterior de conformidad con el artículo 22 de la Ley 8783, que reformó la Ley 5662.
- Que se encuentra al día en el pago del impuesto a personas jurídicas, de conformidad con la Ley 8024, si así corresponde.
- Estar inscrito y al día como Patrono o trabajador independiente, de conformidad con el artículo 14 inciso f) de la Ley de General Contratación Pública, (esta información será validada en línea en la página de consulta respectiva).
- De acuerdo con la Directriz Presidencial No.34 de la Gaceta No. 153. Que cumple estrictamente las obligaciones laborales y de seguridad social, incluyendo el salario mínimo establecido en el decreto de Salarios Mínimos.
- Tratándose de personas físicas, deberá presentar una declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
- Tratándose de personas jurídicas, deberá presentar una declaración jurada de naturaleza y propiedad de las acciones que contenga la cédula jurídica o física de los accionistas, según corresponda, el capital social, la naturaleza de sus acciones y a quién pertenecen. Además, cada proveedor también debe presentar, como parte de esa declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el (los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial.
- Si el oferente subcontrata el servicio a terceros, deberá indicarlo expresamente en su oferta y presentar una constancia y dar fe del tipo de contrato que se tiene para con estos terceros. Igualmente, los subcontratados deberán presentar (al igual que el oferente), una declaración jurada de los artículos 14 y 28 de la Ley General de Contratación Pública, además de encontrarse al día con el pago de los impuestos nacionales, contar con licencia comercial que lo habilite a ejercer la actividad por la que está ofertando, dicho subcontratista debe encontrarse inscrito en la respectiva plataforma SICOP. Adicionalmente, dicha subcontratación deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 14 del este mismo cuerpo normativo.
- El oferente deberá comprometerse en un actuar ético y un compromiso anticorrupción, según lo establecido en el artículo 24 inciso c) del Reglamento a la Ley de Contratación Pública.
- La administración queda en potestad de verificar la información aportada por los oferentes respectivos y en caso de detectar inconsistencias se las hará saber al oferente.
- Póliza de Riegos de trabajo y Póliza de Responsabilidad civil: El OFERENTE deberá presentar junto con su oferta la siguiente póliza vigente al momento de la apertura esto aplica a cualquier objeto contractual:
- El OFERENTE deberá presentar junto con su oferta la Póliza Riesgos de Trabajo que cubra la actividad ofertada, según lo establecido en el artículo 194 del Código de Trabajo, la cual deberá estar vigente al momento de la apertura y mantenerla vigentes durante toda la ejecución de la contratación de resultar adjudicado
- El contratista debe adquirir y mantener por la duración de la contratación, es decir, mantener al día las siguientes pólizas con alguna de las entidades autorizadas por la Superintendencia General de Seguros las siguientes pólizas:
- Póliza de Riesgos de Trabajo, emitida por el Instituto Nacional de Seguros.
- Póliza de Responsabilidad civil, contra daños a terceros y propiedad a terceros: en caso de ocurrir daños a terceros durante la realización de los trabajos, la responsabilidad que se derivare de ellos corresponderá en su totalidad al contratista
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. En caso de que la contratista brinde bienes y/o servicios que no cumplan con lo requerido en este pliego de condiciones y no proceda a realizar las correcciones que le indique la Administración en el plazo señalado, se procederá a cobrar una multa equivalente al 2% (dos por ciento) sobre el monto de la factura por cada día hábil de atraso en la no corrección de lo indicado, hasta un máximo de 25% (veinticinco por ciento) sobre el valor de la línea en la que haya disconformidad por parte de la Administración, de acuerdo con lo establecido en los artículos 46 y 47 de la LGCP, así como, lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de su Reglamento.
Cláusula penal. En caso de atraso en el plazo de entrega de los bienes y/o servicios objeto de la presente contratación, que sea imputable a la contratista, éste autoriza a la Municipalidad de San Pablo para que por concepto de cláusula penal, rebaje del pago respectivo la suma equivalente al 2% (dos por ciento) sobre el monto de la factura por cada día hábil de atraso en la entrega de los bienes y/o servicios con respecto al plazo establecido, hasta un máximo de un 25% (veinticinco por ciento) del importe total de la factura, momento en el cual se tendrá por definitivo el incumplimiento de esta contratación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 46 y 47 de la LGCP, así como, lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de su Reglamento.
Documentos del cartel6
- AnexoDOCX · 10 KB
- AnexoPDF · 389 KB
- CronogramaXLSX · 20 KB
- Certificación PresupuestariaPDF · 379 KB
- Acto de InicioPDF · 1,1 MB
- Pliego de CondicionesPDF · 1,8 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Andrés Brenes Ovares
Infraestructura Pública
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 11/10/2026 03:11. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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