2026LD-000081-0004100001 · SICOP 20260901882
Compra de materiales de fontanería del Acueducto
Municipalidad de Santo Domingo de Heredia
Municipalidad de Santo Domingo de Heredia ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡5,8 millones y quedó en firme el 01/10/2026. Se recibieron 3 ofertas de 3 empresas. No ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡5,8 millones
Ofertas recibidas
3
de 3 empresas
Oferta más baja
₡28 000
99,5 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 01/10/2026
- Hidromedicion G&RNo era la más barata (2.ª de 3)₡6 149 950,00
Informe de recomendación de Maria Celeste Rojas Rodriguez, 28/09/2026
Fechas clave
- Se publicó14/09/2026 14:48 · hace 27 días
- Límite para 17/09/2026 23:59 · hace 24 días
- Límite para 17/09/2026 23:59 · hace 24 días
- Cierre de ofertas18/09/2026 14:50 · hace 23 días
- de ofertas18/09/2026 14:51 · hace 23 días
- publicado28/09/2026 12:14 · hace 13 días
- Adjudicación 01/10/2026 10:29 · hace 10 días
Contexto
- Municipalidad de Santo Domingo de Heredia adjudicó ₡1 709,0 millones en 186 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Adaptador de Plastico (PVC), Diametro: 12,7 Mm (1/2 Pulg), Cedula: SCH 80, Acople: Rosca Macho1 c/u · ₡5 772 750,001 c/u₡5 772 750,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡4,9 millones – ₡5,8 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 95 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,95 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 40 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : permitido
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO MINIMO 95 % · PARTICIPACIÓN DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (PYME) 4 % · Criterio Social 1 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡448,32 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIO MINIMOmáx. 95 | PARTICIPACIÓN DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (PYME)máx. 4 | Criterio Socialmáx. 1 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Corporacion Quimisol | 95 | 4 | 1 | 100 |
| Hidromedicion G&RGanó | 0,43 | 4 | 0 | 4,43 |
| Aquaworks | 0,38 | 0 | 1 | 1,38 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se procede a realizar la comunicación del acto final, al oferente HIDROMEDICION G&R SOCIEDAD ANÓNIMA para Compra de materiales de fontanería del Acueducto
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
1. Presentación completos y llenos para cada partida ofertada, de: primero, “CUADRO 1. DESGLOSE DE PRECIO DE OFERTA”, el cual evidencia la razonabilidad de la oferta, e incluye para cada partida como mínimo: costos directos de materiales, costos directos de mano de obra, otros, costos indirectos de materiales, costos indirectos de mano de obra, utilidad, imprevistos, y costo total, todo según la normativa vigente, sin prestarse a interpretaciones durante la ejecución del contrato, en forma porcentual y sumando un costo total de 100 %; segundo, “CUADRO 2. ESCALA DE PRECIOS Y CANTIDADES”, que facilita la revisión de razonabilidad de los precios ofertados en cada uno de los bienes y servicios ofertados (ítems), e incluye: precio unitario, tiempo de entrega, años de presencia de la marca (y preferiblemente del modelo ofertado) en el mercado nacional en aplicaciones/infraestructura de acueductos públicos nacionales reconocidos (como: AyA, ESPH, Municipalidades), marca, modelo, ID de certificaciones (“detail listings”, como NSF/ANSI 61, UL, FM, AWWA, ISO, entre otras aplicables, que podrán verificarse en sitios web oficiales del fabricante y de organismos referenciados, según el caso), y de forma agrupada monto subtotal por cada Línea de SICOP y monto total por cada Partida; tercero, fichas técnicas de fabricante de los bienes ofertados, donde el oferente resalte/indique sin dar cabida a interpretaciones durante la revisión de ofertas y ejecución del contrato de: la marca, modelo y número de parte ofertados, certificaciones del fabricante (verificables en sitios web oficiales de fabricantes y organismos referenciados). Todos los elementos anteriores: son convenientes, razonables, proporcionales, acordes con la normativa vigente y naturaleza esencial del servicio de agua potable que brinda este Acueducto Municipal; permiten una efectiva revisión y verificación del cumplimiento técnico de las ofertas, en concordancia con el requerimiento y estándar institucional; mitigan riesgos durante el proceso de contratación y ejecución contractual; favorecen la gestión de compras.
2. Para garantizar la correcta gestión técnica de los bienes, la formación continua del personal institucional y la resolución efectiva de problemáticas complejas de alto impacto en la red de acueducto, los oferentes deberán cumplir con lo siguiente:
2.1. Experiencia del oferente: el oferente debe demostrar una experiencia mínima de 7 años en la venta y asesoría técnica de los bienes ofertados a acueductos públicos (AyA, ESPH o Municipalidades). Para ello, aportará una certificación o constancia emitida por el comprador que indique: número de contratación, nombre de la institución, contacto (nombre, correo teléfono) y fecha de entrega de los bienes.
Los requerimientos anteriores son acordes con los principios de eficiencia, eficacia, conveniencia, salvaguardo de la Salud e interés público, proporcionales, convenientes y razonables, porque: primero, contemplan el impacto e importancia que tienen los materiales sobre el funcionamiento de la red municipal, dado que: son empleados para reparaciones, instalaciones de servicios e hidrantes, ampliaciones de la red municipal, que aseguran la continuidad del servicio, reducen el agua no contabilizada, optimizan la distribución de agua a los usuarios; segundo, facilitan la comprobación del dominio profundo sobre aspectos teórico-prácticos, alto grado de especialización del oferente sobre aspectos como análisis, diagnóstico, mantenimiento y operación de válvulas hidráulicas y sus afines tanto en campo como en su taller de servicio (cuando sea necesario), en aplicaciones semejantes para acueductos públicos reconocidos, como AyA, ESPH y Municipalidades; tercero, aseguran mejores soluciones a la institución en el mediano y largo plazo, debidamente motivadas en las mejores prácticas del mercado, experiencia y soporte de proveedores y fabricantes 7 años de presencia en el mercado nacional, conforme al requerimiento institucional; cuarto, no limitan la libre concurrencia y establecen un umbral de experiencia técnica y presencia de la contratista en acueductos públicos nacionales reconocidos, dentro de un plazo razonable que permite: identificar fortalezas y debilidades de proveedores, marcas y modelos, tiempo de respuesta o entrega, disponibilidad de inventario de repuestos y accesorios para el mantenimiento expedito de estos equipos, disponibilidad del contratista en brindar soporte técnico y desarrollo de competencias a la Administración sobre el funcionamiento, mantenimiento, operación y solución profesional a problemáticas operativas diarias.
Para efectos en SICOP, se indicará (de forma agrupada) el monto subtotal por cada Línea de SICOP.
En el Cuadro 2 deberá también indicarse (de forma agrupada) el monto total por cada Partida.
-
Asimismo;
- Presentar la estructura de precioal menos con los siguientes rubros:
Rubro
Valor absoluto
Porcentaje
Índice de precios
Ente emisor del Indice
Costos Directos
Mano de obra
Insumos
Subcontratación
Costos Indirectos
Mano de obra
Insumos
Imprevistos
Utilidad
Total
- Presentar copia del Certificado de Patente Comercial, vigente a la fecha y hora de apertura de ofertas, el cual debe ser a fin al objeto del contrato y a nombre de la persona física o jurídica que presenta la oferta. Presentar COPIA DEL RECIBO DE PAGO DE LA PATENTE COMERCIAL O CONSTANCIA en el cual se demuestre que no tiene morosidad con el gobierno local correspondiente
- Presentar Póliza de riesgos de trabajo vigente
- Presentar póliza civil vigente
- Se exime del requisito de la licencia comercial a los profesionales liberales que oferten en contrataciones cuyo objeto sea la contratación de su profesión liberal, con fundamento en lo dispuesto por la Sala Constitucional en la resolución Nº.2006-015492 emitida a las diecisiete horas y trece minutos del veinticinco de octubre del dos mil seis, siempre y cuando el concurso sea para tal fin Además, en las contrataciones cuyo objeto contractual NO sea la contratación de Servicios Profesionales Liberales (OBRA Y BIENES); las Personas Físicas NO están exentas de tener LICENCIA COMERCIAL y encontrase al día con el impuesto de PATENTE MUNICIPAL
- En el caso de no contar con el certificado de patente comercial, el oferente deberá indicar expresamente los motivos del por qué no requiere, así como las pruebas que lo demuestren.
- Presentar comprobante del permiso sanitario de funcionamiento.
- Toda la documentación requerida en el pliego de condiciones, que se aporte con la oferta (cartas, constancias, declaraciones juradas, títulos de estudios (incluidas las capacitaciones) y demás documentos) deberá aportarse en un documento en pdf, con firma digital (dispositivo digital de firma el cual se puede verificar con el lector de firmas digitales
- En caso de que se aporten los documentos indicados en el párrafo anterior, con firma estampada a mano o escaneados (se da cuando se escanea un documento firmado con dispositivo de firma digital o es un recorte que se le puso al documento que se está presentando en la licitación para hacer ver que está firmado.), deberán ser AUTENTICADA POR NOTARIO PÚBLICO, con no más de UN MES de emitida. Dicha AUTENTICACIÓN NOTARIAL, deberá cumplir con las formalidades estipulados en el Código Notarial y los lineamientos para el ejercicio y control del Servicio Notarial vigentes. Se solicitan con este requisito ya que por la forma en que se presenta no permite verificar por medios electrónicos su autenticidad.
- FICHAS TECNICAS: Para las contrataciones de adquisición de BIENES O PRODUCTOS: En las contrataciones en que la Administración Municipal defina como objeto la adquisición de bienes o productos, el oferente deberá indicar con la oferta LA MARCA, MODELO y aportar la documentación que describa las características de lo que se ofrece (FICHA TÉCNICA). Todo oferente, deberá presentar en forma digital DEBIDAMENTE IDENTIFICADA EN IDIOMA ESPAÑOL O TRADUCIDO POR TRADUCTOR OFICIAL la FICHA TÉCNICA, catalogo, o alguna información para corroborar el correcto cumplimiento de las especificaciones técnicas solicitadas. Así toda la información técnica o complementaria y los manuales de uso expedidos por el fabricante deberán presentarse en idioma español.
- Presentar la estructura de precioal menos con los siguientes rubros:
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Favor verificar especificaciones técnicas y todos los aspectos de la decision inicial.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Favor verificar especificaciones técnicas y todos los aspectos de la decision inicial.
Revisar el oficio de aclaración a la linea 2 de la partida 1.DA-IA2-OF-054-2026.
El adjudicatario, una vez notificado el contrato y brindado el servicio a satisfaccion, al momento de facturación favor para mayor facilidad en el trámite de pago y que se realice mediante transferencia, adjuntar el número de cuenta IBAN de preferencia BCR y BN en la factura.
Declaraciones juradas:
- Las declaraciones deben ser marcadas en el sistema de SICOP según lo solicitado en el pliego de condiciones.
- Presentar declaración de que no les alcanzan ni personalmente, ni a la empresa representada, ni a los personeros, ni a los accionistas de la sociedad que se representa; ninguno de los casos de prohibiciones para contratar con la Municipalidad de Santo Domingo.
- Todo oferente deberá mantener vigente el registro de proveedores en El sistema de compras públicas donde deberá constar las declaraciones juradas en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final en el caso de personas físicas y en el caso de personas jurídicas la una declaración jurada de la naturaleza y propiedad de las acciones que contenga la cédula jurídica o física de los accionistas según corresponda, el capital social, la naturaleza de las acciones, y a quién pertenecen. Además, cada proveedor oferente también debe presentar, como parte de las declaraciones juradas, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el(los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiarios(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial.
- En caso de que los accionistas del oferente y del subcontratista sean a su vez personas jurídicas, igualmente deberán tener en el registro de proveedores la declaración jurada señaladas anteriormente
CONDICIONES DE LA OFERTA:
- Conforme las numerales 14 Y 16 de la Ley General de Contratación Pública, toda ofertas deberán presentarse de forma electrónica por medio del Sistema SICOP.
- No se aceptará documentos confidenciales excepto en casos que estipula la norma. En caso de que un participante considere que existe información confidencial, así deberá indicarlo de modo expreso en el sistema digital unificado, al momento mismo de presentar o facilitar la documentación, haciendo señalamiento claro de los folios o archivos que estima confidenciales y de los motivos y su sustento jurídico. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la advertencia de confidencialidad, mediante acto motivado suscrito por funcionario competente y con apego al principio de transparencia, la Administración deberá señalar si procede o no la declaratoria de confidencialidad y, en caso de que así proceda, realizará un resumen del contenido de los documentos sin revelar los aspectos confidenciales e indicará por cuánto plazo ha de mantenerse esta. Durante el lapso de los cinco días antes señalado, la información se tendrá como confidencial.
- Por el solo hecho de presentar su oferta en el presente concurso, el oferente admite:
-
- Conocer completamente las condiciones del concurso, sus aclaraciones o modificaciones, y que acepta todos los términos y condiciones que en el constan.
- Cumplir estrictamente con las obligaciones laborales y de seguridad social de sus trabajadores y que el contrato que se llegue a suscribir entre las partes no generará responsabilidad alguna para la Administración, en cuanto a dichos rubros.
- Toda oferta deberá suministrar la información completa y suficiente que permita su análisis y estudio comparativo para efectos de evaluación y determinación del adjudicatario.
- Los oferentes podrán solicitar aclaraciones y efectuar observaciones al procedimiento de contratación en forma electrónica por medio de SICOP
- El oferente junto a su oferta debe aportar manuales o documentación técnica en idioma español de los bienes o servicios ofertados, en caso de requerirse en otro idioma se realizará la solicitud directamente al oferente en la etapa de análisis de ofertas
- Los documentos adjuntos el pliego de condiciones electrónico forman parte integral de este, de forma tal que en caso de duda sobre las especificaciones técnicas del bien o servicio a adquirir prevalecerán las descripciones que elaboren las áreas técnicas y que se hagan constar en la documentación adjunta al pliego de condiciones en SICOP.
- De los documentos que se anexan a la oferta ninguno de ellos debe ser confidencial y en caso de que los suban con esta condición el analista durante el proceso de la apertura los hará públicos, esto con el fin de poder continuar con el estudio de ofertas, con excepción de los estados financieros, cuando el oferente así lo haya dispuesto en su oferta con la justificación requerida en el artículo No. 15 del LGCP
- El oferente está obligado a cotizar todas las líneas de una misma partida.
- El oferente podrá ofertar parcialmente en las partidas de su interés, salvo que la administración indique lo contrario
DERECHO DE ADJUDICAR PARCIALMENTE: La administración se reserva el derecho de adjudicar parcialmente una misma línea o bien parte de un mismo objeto de conformidad con lo establecido en la decisión inicial, lo cual es aceptado por el oferente con la presentación de su oferta.
SUBCONTRATACIÓN: El oferente podrá subcontratar hasta en un cincuenta por ciento (50%) del monto adjudicado y con la oferta se aportará un listado de las empresas subcontratadas, así como el objeto de subcontratación. En ese detalle, se indicarán los nombres de todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar y se aportará una certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas. No se considera subcontratación, la adquisición de suministros, aun cuando éstos conlleven su propia instalación, ni tampoco los compromisos asumidos por cada uno de los participantes consorciados o que presentan oferta en conjunto.
PARTICIPACION UNICA: Una persona física o jurídica únicamente podrá figurar para un mismo concurso en una única oferta ya sea como subcontratista, oferente individual o participar de forma conjunta o consorciada. La condición anterior también resultará aplicable a las personas físicas o jurídicas que conformen un mismo grupo de interés económico en los términos establecidos en el artículo 49 de la Ley General de Contratación Pública. Lo anterior a excepción de lo establecido en el artículo 133 de este Reglamento.
CONSORCIOS: Dos o más oferentes podrán participar presentando una oferta en consorcio, sin que ello implique crear una persona jurídica diferente, con el objetivo de cumplir y fortalecer los requisitos dispuestos por la Administración en el pliego de condiciones. Las obligaciones que asume cada uno de los miembros que conforman el consorcio, deberán quedar plasmados en el respectivo acuerdo consorcial. La responsabilidad derivada de la participación consorcial es solidaria. Para efecto de los procedimientos será suficiente que una sola de las empresas consorciadas haya sido invitada, para que el grupo pueda participar. Además de lo anterior, se podrá exigir en el pliego de condiciones, los requisitos de capacidad y solvencia técnica y financiera para cada uno de los miembros del consorcio, sin perjuicio de que para cumplir ciertos requisitos se admita la sumatoria de elementos. Para esto se deberá indicar con toda precisión cuáles requisitos deben ser cumplidos por todos y cada uno de los integrantes y cuáles por el consorcio. Los integrantes del consorcio responderán frente a la Administración de manera solidaria, como si fuesen una única contraparte. En caso de adjudicación, la formalización contractual será firmada digitalmente por todos los consorciados, salvo que se haya conferido poder suficiente a determinada persona, sin perjuicio de que también comparezca una sociedad constituida al efecto, cuando ello haya sido requerido en el pliego de condiciones o las partes así lo hayan solicitado en su oferta. En aquellos casos en que se constituya una sociedad anónima esta responderá de manera solidaria, junto con los integrantes del consorcio, frente a la Administración contratante.
Precio: El precio deberá ser cierto y definitivo. En caso de divergencia entre el precio en número y en letras, prevalecerá este último; salvo caso de errores materiales evidentes en cuyo caso prevalecerá el valor real. Artículo No. 98 del RLGCP. Para la comparación de ofertas expresadas en unidades monetarias diferentes al colón costarricense, se utilizará la siguiente regla de convertibilidad:
- Si los precios están expresados en dólares americanos, éstos se pasarán a colones costarricenses, utilizando como referencia el tipo de cambio interbancario de venta que reporte en Banco Central de Costa Rica al día de la apertura de las ofertas. Si los precios están dados en cualesquiera otras monedas, éstos se pasarán inicialmente a dólares americanos, referenciado el tipo de cambio oficial que para esa moneda reporte el Banco Central de Costa Rica, el día hábil previo a la apertura de las ofertas, y luego, se hará la conversión a colones costarricenses bajo el mismo parámetro del punto anterior.
Desglose de precios:Todo oferente debe adjuntar el desglose de la estructura del precio junto con todos los elementos que lo componen, lo anteriormente expuesto, para que el encargado dé su criterio técnico de manera satisfactoria y tome las ofertas presentadas en consideración.
LA ESTRUCTURA DEL PRECIO
Presentar la estructura de precioal menos con los siguientes rubros:
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Rubro |
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Valor absoluto |
Porcentaje |
Índice de precios |
Ente emisor del indice |
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Costos Directos |
Mano de obra |
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Insumos |
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Subcontratos |
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Costos Indirectos |
Mano de obra |
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Insumos |
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Imprevistos |
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Utilidad |
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Total |
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Facturación: Con la recepción definitiva debidamente registrada, una vez el sistema le notifique, el proveedor debe remitir la factura electrónica con los dos archivos xml. al correo electrónico facturadigital@munisantodomingo.go.cr y al administrador del contrato jcastillo@munisantodomingo.go.cr para su debido trámite de pago. Adicionalmente deberá adjuntar copia de dicha factura en el módulo correspondiente del sistema SICOP en formato pdf (REALIZAR LA GESTION DE RECEPCION EN SICOP y GESTION DE PAGO). No se admiten facturas físicas.La factura electrónica debe cumplir con los requisitos que exige el Ministerio de Hacienda, de conformidad con lo establecido en el artículo No. 18 del Reglamento de la Ley de Impuesto General sobre las Ventas y adicionalmente en el nodo “otros”. El Contratista deberá indicar información del número de contrato que se solicita cancelar y el número de procedimiento, la cual debe anotarse de la forma que se ilustra a continuación, es decir sin ningún otro comentario o anotación, en el primer renglón el dato de contrato y en el segundo el dato de la contratación.
Criterio para revisión de ofertas: En caso de que se reciban más de una oferta se puede analizar las tres ofertas de menor precio en orden de mérito para determinar si cumplen administrativa, legal y técnicamente según los requisitos de admisibilidad solicitados en el pliego de condiciones y términos de referencia. Si a partir del análisis realizado se determina que deberán subsanar algún aspecto se realizará la solicitud de subsanación a esas tres ofertas solamente, en caso de que las tres ofertas cumplan con todo lo requerido resultara adjudicado la oferta de mayor puntuación. Si del análisis realizado de las tres ofertas de menor precio se determina que ninguna de ellas cumple con lo requerido y son descalificadas del proceso, se analizará la siguiente oferta de menor precio en orden de mérito y si cumple con todo lo requerido se procederá a adjudicar esa oferta o bien la siguiente por orden de mérito.
Desempate
De conformidad con el artículo 97 del Reglamento a la Ley de Contratación Pública en el pliego de condiciones deberán fijarse las cláusulas de desempate y en caso de que éste persista, lo definirá la suerte. En este último supuesto, si el pliego de condiciones no definiera otro método, se convocará a los oferentes cuya propuesta tenga la misma puntuación a un sorteo público, el cual se realizará en el lugar, fecha y hora que defina la Administración, utilizando para ello los dados, monedas o cualquier otro sistema que cumpla con el principio de transparencia. De todo ello se levantará un acta que será suscrita por los asistentes al evento y posteriormente se adoptará el acto de adjudicación, todo lo anterior deberá constar en el sistema digital unificado.
Cláusulas de desempate
- Preferencia a PYMES:
La Administración considerará como factor de desempate la asignación de una puntuación adicional a las pequeñas y medianas empresas (PYMES) que hayan acreditado debidamente su condición ante la Administración, conforme a lo establecido en la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, Ley N.º 8262 de 02 de mayo de 2002 y sus reformas, su Reglamento, así como el artículo 34 de la Ley de Desarrollo, Promoción y Fomento de la Actividad Agropecuaria Orgánica, Ley N.º 8591 de 28 de junio de 2007 y sus reglamentos, y el Decreto Ejecutivo N.º 37911-MAG del 19 de agosto de 2013, relativo al Sistema de Registro del Ministerio de Agricultura y Ganadería para certificar la condición de pequeño y mediano productor agropecuario (PYMPA).
En consecuencia, en caso de empate se aplicará la siguiente puntuación adicional:
- a) PYME de industria: 5 puntos.
- b) PYME de servicios o agropecuaria: 5 puntos.
- c) PYME de comercio: 2 puntos.
- Experiencia específica en servicios similares:
De mantenerse la igualdad, se dará preferencia a la empresa u oferente que demuestre mayor experiencia en la ejecución de proyectos o en la prestación de servicios directamente relacionados con el objeto contractual definido en el presente pliego de condiciones, acreditada mediante contratos previamente ejecutados y certificados de conformidad por la Administración contratante correspondiente.
- Mejor garantía ofrecida:
Si aún persiste la igualdad, se otorgará prioridad a la oferta que presente un mayor plazo de garantía respecto de la obra.
Y por último, se procederá al azar.
Acto final del procedimiento: La Municipalidad podrá adjudicar, declarar desierto, infructuoso o revocar el acto final de conformidad con lo establecido en el artículo No. 51 de la Ley General de Contratación Pública, acto que deberá tomarse antes de la firmeza del concurso o previo al vencimiento del plazo otorgado para la audiencia inicial.
FORMALIZACIÓN PARA LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Obligaciones del contratista: Las establecidas en el numeral 14 de la Ley General de Contratación Pública
Presupuesto detallado:
El presupuesto detallado de la obra, bien o servicio contratado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato. Lo anterior, aplica para cualquier modalidad de cotización y tipo de contrato. En caso de no presentarse se procede a la Re-adjudicación derivada de la declaratoria de insubsistencia del concurso. La Administración, posterior a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato, procederá a revisar el presupuesto detallado aportado por el adjudicatario, verificando que sea concordante con la estructura de precio de la oferta, tanto en valores absolutos como en la o las monedas en que cotizó su precio. En caso de presentarse discrepancias entre la estructura del precio y el presupuesto detallado, prevalecerán los valores absolutos de la estructura del precio, para ello el adjudicatario deberá ajustar el presupuesto a dichos valores. Asimismo, en los casos que procedan la aplicación del reajuste o la revisión de precios, la Administración revisará la pertinencia de los índices oficiales de precios y costos propuestos en la oferta, eso con el propósito de establecer los índices que serán utilizados en la ejecución contractual. El presupuesto detallado corresponde a la memoria de cálculo efectuada y que sustenta el precio cotizado, todo lo cual se refleja en la estructura del precio presentada con la oferta El presupuesto detallado desglosará los componentes de cada actividad o unidad de la obra, unidad del bien, o unidad de servicio, según corresponda, indicando al menos:
- costos directos, que considere como mínimo los recursos de materiales, mano de obra con el detalle de cargas sociales, equipos y maquinaria e identificación de los subcontratos, (costos administrativos)
- costos indirectos,
- utilidad,
- imprevistos.
- Otros
Impuestos: El contratista será responsable por el pago de los impuestos directos e indirectos, cargas sociales, contribuciones o cualquier otro tipo de obligación tributaria que establezca el Ordenamiento Jurídico Costarricense, derivados de la ejecución de la contratación, para lo cual deberá indicar dentro de su oferta el monto y la naturaleza de los impuestos que la afectan. La Municipalidad, como agente recaudador, informa que deducirá el dos por ciento (2%) del monto facturado, correspondiente al impuesto de renta. La Municipalidad se encuentra exenta de impuestos, contribuciones, tasas, y derechos, amparada por la Ley 7794, Art. 8.
Terminación del Contrato: El contrato se extinguirá por la vía normal por el acaecimiento del plazo, ejecución del objeto contractual y por mutuo acuerdo. Por la vía anormal, se extinguirá por resolución contractual según los artículos No. 113 y 114 de la LGCP, rescisión según lo artículos No. 115 y 116 de la LGCP, caducidad conforme el artículo No. 112 de la LGCP y su reglamento. Declaratoria de nulidad, muerte del contratista, declaratoria de insolvencia, cesión de contrato, supresión del servicio, rescate del servicios y sentencia penal condenatoria en contra del contratista según los artículos No. 172, 102 y 114 de LGCP.
Resolución de Controversias: Las controversias que puedan surgir durante la ejecución del contrato serán resueltas con base en las previsiones de la LGCP y su reglamento; y con las condiciones reguladas en este documento y adoptadas en el contrato. Aquellas controversias que no pudiesen ser resueltas por medio de negociación directa, se someterán a un comité de expertos con competencia para conocer y resolver cualquier controversia.
Comportamiento ético institucional, de los oferentes y contratistas: El comportamiento ético institucional, de los oferentes se regirá conforme a la nueva Ley General de Contratación Pública, en su numeral 8, donde se define el principio de integridad, asimismo, con el reglamento N° 43808-H, definen el actuar ético y de probidad en la contratación pública, y en su numeral 17, se define el comportamiento de la relación con los proveedores, los cuales son de acatamiento obligatorio en el desarrollo de todo procedimiento de contratación.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Cláusulas de Sanciones Pecuniarias Las siguientes cláusulas establecen las sanciones pecuniarias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales (ver más listado de incumplimientos técnicos en “8. CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN” y su apartado “ENTREGA DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS”): . Multa por Defectos en Especificaciones Técnicas Por cada especificación técnica descrita en el pliego de condiciones que sea cumplida defectuosamente, se aplicará una multa equivalente al 5% del monto total del contrato. Se entenderá por "defectuosamente" cualquier desviación o incumplimiento de las características, calidades o funcionalidades detalladas en las especificaciones técnicas, así tipificadas arriba en “8. CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN” y su apartado “ENTREGA DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS”. Tope Integrado de Sanciones El monto total acumulado de las sanciones pecuniarias aplicadas por concepto de la Cláusula Penal por Atraso en la Entrega y la Multa por Defectos en Especificaciones Técnicas, no podrá superar en ningún caso el 25% del monto total del contrato. Una vez alcanzado este tope, no se aplicarán sanciones adicionales, sin perjuicio de las demás acciones legales que correspondan por el incumplimiento contractual.
Cláusula penal. Cláusula Penal por Atraso en la Entrega En caso de atraso en el plazo de entrega de los bienes y servicios del presente contrato, se aplicará una multa equivalente al 0,5% del monto total deL CONTRATO, y cada día de atraso. Esta cláusula penal se calculará desde el día siguiente a la fecha de entrega establecida hasta la fecha de entrega efectiva. El monto máximo a cobrar por concepto de esta cláusula penal no excederá el 25% del monto total del contrato
Documentos del cartel4
- Cronograma del procesoXLSX · 317 KB
- Estudio de mercadoPDF · 686 KB
- Constancia presupuestariaPDF · 123 KB
- Decisión InicialPDF · 2,4 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
José Luis Castilo Cerdas
Acueducto
José Luis Castilo Cerdas
Acueducto
Maria Celeste Rojas Rodriguez
Encargado del concurso · PROVEEDURIA
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 09/10/2026 09:19. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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Adjudicada a Inversiones la Rueca (precios unitarios)
Adjudicadamismo producto · 24/08/2026
Municipalidad de Pérez Zeledón · 2 oferentes
Adjudicada por ₡2,1 M a Ferreteria Palmares
Adjudicadamismo producto · 20/08/2026
Municipalidad de Heredia · 6 oferentes
Adjudicada por ₡13,1 M a PSM Proyectos y Suministros Modernos y 6 más