2026LD-000008-0009400001 · SICOP 20260901928
Contratación del Servicio de Afilado de Cuchillos de Laboratorio, bajo la modalidad de entrega según demanda
Servicio Nacional de Salud Animal (senasa)
Servicio Nacional de Salud Animal (senasa) publicó esta compra con un presupuesto de ₡818 984, pero terminó sin adjudicar. Se abrió el 28/09/2026.
La licitación terminó sin ganador (desierta, infructuosa o anulada). Es probable que se vuelva a publicar.
₡818 984
Ofertas recibidas
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apertura pendiente
Oferta más baja
—
Fechas clave
- Se publicó21/09/2026 11:13 · hace 21 días
- Límite para 22/09/2026 23:59 · hace 20 días
- Límite para 23/09/2026 23:59 · hace 19 días
- Cierre de ofertas28/09/2026 08:00 · hace 14 días
- de ofertas28/09/2026 08:00 · hace 14 días
- publicado28/09/2026 10:12 · hace 14 días
- Adjudicación 02/10/2026 08:03 · hace 10 días
Nota de la institución. En caso de tener alguna consulta de extrema prioridad o de descubrir alguna situación anómala en el pliego de condiciones, después de la fecha límite pactada para recibir aclaraciones por el SICOP, deben ser presentadas mediante nota firmada digitalmente a los correos electrónicos: Marny Cascante Espinoza, correo electrónico: mcascantee@mag.go.cr José Luis Meneses Guevara, correo electrónico jmeneses@mag.go.cr
Quién ganóen firme 02/10/2026
- Adjudicatario no indicado en el acto final
Informe de recomendación de Marny Maria Cascante Espinoza, 28/09/2026
Contexto
- Servicio Nacional de Salud Animal (senasa) adjudicó ₡999,9 millones en 29 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Afilado de Cuchillos1 · ₡2 047,461₡2 047,46
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡696 136 – ₡818 984
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 95 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,95 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : permitido
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 95 % · Criterios Sociales 5 %
SICOP no muestra ofertas para esta licitación.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Condiciones de admisibilidad
- El oferente debe presentar en su oferta información detallada del servicio ofertado, con la finalidad de que el Administrador del Contrato verifique las especificaciones técnicas respectivas.
- Póliza de Riesgos del Trabajo: En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 193 del Código de Trabajo, el oferente deberá adjuntar en su oferta la constancia del Seguro Obligatorio de Riesgos del Trabajo emitida por el Instituto Nacional de Seguros (INS), o cualquier otra aseguradora autorizada, la cual deberá encontrarse vigente al momento de la apertura de ofertas y durante todo el plazo de ejecución contractual, o en su defecto, adjuntar una declaración jurada donde se comprometa aportar la respectiva póliza al momento de la verificación de las condiciones del contrato. Asimismo, deberá tomarse en consideración que actividad registrada ante la aseguradora debe ser acorde con la naturaleza y contemplar el objeto de la presente contratación.
- Patente Municipal: El oferente debe aportar la Patente Municipal, de acuerdo con la Ley 7794, Código Municipal artículo 88, que lo faculte para cumplir con el objeto contractual y estar al día con el pago de impuesto de patente municipal. Para verificar dicha condición deberá aportar copia de la licencia municipal (Patente) vigente y el comprobante del último pago realizado o una certificación de que se encuentra al día con el impuesto de patente municipal. En caso de que al oferente no le asista la obligación de estos títulos habilitantes, deberá aportar en su oferta respaldo emitido por la entidad competente, donde se acredite que no le asiste alguna de estas obligaciones.
- Permiso sanitario de funcionamiento: En atención al Reglamento general para permisos sanitarios de funcionamiento (Decreto N°43432-S punto 3), es obligación de toda persona física o jurídica que desarrolle una actividad comercial, industrial y de servicios contar con el Permiso Sanitario de Funcionamiento vigente. Para la verificación de la condición, debe adjuntar copia del Permiso de funcionamiento sanitario vigente. En caso de que al oferente no le asista la obligación de estos títulos habilitantes, deberá aportar en su oferta respaldo emitido por la entidad competente, donde se acredite que no le asiste alguna de estas obligaciones.
- Desglose del precio: Según lo estipulado en los artículos 42 de la LGCP y 102 del RLGCP, el oferente deberá presentar desglose del precio tanto en valores absolutos como porcentuales, y de presentarse discrepancias entre los valores absolutos y los porcentuales prevalecerán los primeros. Los valores absolutos deberán ser concordantes con la o las monedas con que se presenta el precio.
El desglose del precio del producto debe indicar al menos: mano de obra directa, insumos directos, mano de obra indirecta, insumos indirectos y utilidad.
La estructura del precio y los índices que afectan cada rubro, deben ser presentados en la oferta según el siguiente formato:
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Rubro |
Valor Porcentual |
Valor Absoluto |
Índice oficial asociado al rubro¹ y ² |
Entidad oficial quien emite el índice ¹ |
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Costos directos |
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Mano de Obra |
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Insumos |
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Costos indirectos |
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Imprevistos |
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Imprevistos |
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Utilidad |
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Utilidad |
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N/A |
N/A |
El oferente debe señalar los tributos que afectan su propuesta, se presume que el monto total cotizado los contiene, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local. (Artículo. 41 LGCP) y en el párrafo final del artículo 98 RLGCP (impuestos que se deben desglosar).
Nota ¹: como ejemplo, en el caso de mano de obra que labore dentro del país, se puede utilizar, como índice Lista de salarios mínimos del sector privado emitido por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social o bien, el Índice de salarios mínimos nominales (ISMN) emitido por el Banco Central de Costa Rica BCCR.
Nota ²: en el caso que, para un rubro del desglose no se cuente con un índice oficial, por favor indicar en el espacio del índice lo siguiente: “Método Analítico Documental”
En el caso que los oferentes requieran detallar de manera específica los componentes de cada rubro de los costos directos e indirectos (transporte, nacionalización de productos importados, bodegaje, subcontratos, entre otros) pueden hacerlo agregando los espacios en la tabla anterior, indicando para cada uno de ellos el valor porcentual, el valor absoluto y el índice oficial asociado al rubro. El oferente deberá aportar la información de los índices oficiales de precios y costos asociados con los costos directos e indirectos de la estructura de precio. Dichos índices deberán ser elaborados y emitidos por la entidad oficial del país de origen de los costos y corresponder a la misma moneda con que se presenta el precio de oferta y los valores absolutos de la estructura de precio.
En caso de que no exista un índice oficial para determinado costo directo o indirecto, el oferente deberá advertirlo así en la oferta y aportar la documentación pertinente a efectos de que las partes puedan aplicar el método analítico documental contemplado en el artículo 109 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, según corresponda. Adicionalmente, en caso de que no exista un índice oficial para determinado costo indirecto, el oferente deberá advertirlo así en la oferta y podrá proponer un índice oficial general de precios para el reajuste o revisión de dicho costo.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Condiciones Específicas
Línea N° 1: Servicio de afilado de cuchillos de acero inoxidable con mango de plástico.
- Presentación: Servicio
- Plazo de Entrega: Máximo 15 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a notificación de la Orden de Pedido mediante el SICOP.
- Garantía Técnica: Mínimo 1 mes, contados a partir del recibo a satisfacción del servicio brindado.
- Lugar de Entrega: LANASEVE, Oficinas Centrales del SENASA.
- Administrador de Contrato: Juan Manuel Estrada McDermott
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Condiciones Generales
- El oferente deberá cotizar el precio unitario correspondiente al servicio requerido en el presente pliego de condiciones, considerando la aplicación del IVA o no, según sea el caso, contemplando lo indicado en el punto N° 10.
- El oferente deberá indicar el nombre, número de teléfono, correo electrónico y cargo que ocupa la persona que actuará como representante ante SENASA, el cual será responsable de coordinar las entregas, atender reclamos y cualquier otra situación que se presente durante la ejecución contractual.
- Garantía Técnica: Mínimo 1 mes, contado a partir del recibo a satisfacción del servicio brindado por parte del Administrador del Contrato.
- Plazo de Entrega: Máximo 15 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a notificación de la Orden de Pedido mediante el SICOP. Esta contratación se llevará a cabo bajo la Modalidad de Entrega Según Demanda, por tanto, el plazo de entrega indicado es considerado el tiempo máximo que posee el contratista para brindar el servicio solicitado y empezará a regir a partir del día hábil siguiente a notificación de la Orden de Pedido mediante el SICOP. Cualquier cobro de multa quedará suspendido sí el Administrador de Contrato coordina con el contratista dichos servicios en fechas posteriores al tiempo respuesta máximo previamente descrito, de lo cual deberá informar oportunamente a la Proveeduría Institucional.
- Lugar de entrega: El contratista debe brindar el servicio en el LANASEVE, ubicado en las Oficinas Centrales del SENASA, Lagunilla de Heredia, de Jardines del Recuerdo 1. 5 km al oeste y 400 metros al norte en el Campus Universitario Benjamín Núñez, previa coordinación con el Administrador del Contrato, en horas y días hábiles, sin perjuicio de que por razones especiales y previo acuerdo entre las partes pueda efectuarse en días y horas no hábiles.
- Todo el material, recursos, consumibles y equipos necesarios para llevar a cabo el servicio solicitado deberá ser suministrado por el Contratista.
- La recepción de los trabajos realizados será llevada a cabo por el Administrador del Contrato, o bien en su defecto a quien este designe.
- La factura electrónica, debe ser remitida al correo: servicios@senasa.go.cr, una vez haya sido emitida el Acta de Recepción Definitiva por parte del Administrador de Contrato.
- El contratista debe indicar en cada factura electrónica el número de cuenta IBAN, con el fin de que el SENASA pueda proceder con la gestión de pago respectiva.
- Debido a que con la entrada en vigor de la Ley N° 9635 Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, se deroga el Impuesto General sobre las Ventas y se crea el Impuesto al Valor Agregado (IVA), las personas interesadas en participar en el presente concurso deberán tomar en consideración que, al momento de incluir su oferta en el SICOP, se debe contemplar el porcentaje del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que corresponda. En aquellos casos en los cuales el oferente tenga productos o servicios con tarifa reducida, deberá aportar en su oferta el documento que respalde dicha tarifa.
- La Institución se reserva el derecho de rechazar al momento de la recepción, aquel servicio que no cumpla con los requisitos de calidad y cumplimiento de condiciones técnicas pactadas en este Pliego de Condiciones; la Administración indicará al contratista por escrito, con el mayor detalle posible los aspectos a corregir y el plazo en que deberá hacerlo, el cual no podrá superar el plazo de dos meses, según la complejidad del objeto.
- La ejecución contractual dará inicio el día hábil siguiente a la notificación del contrato por el SICOP.
- Administrador de Contrato: el encargado de la fiscalización contractual es el funcionario Juan Manuel Estrada McDermott, correo electrónico: jestrada@senasa.go.cr, teléfono 2587-1371
- El Administrador del Contrato podrá solicitar la realización del servicio en cualquier momento durante el periodo de vigencia del contrato, siempre y cuando exista una Orden de Pedido que respalde dicha solicitud; por lo que el Contratista se encontrará en la obligación de brindar el servicio cada vez que sea requerido por el SENASA.
- El periodo de esta contratación será de 1 año, con la posibilidad de prorrogarse por 3 años más, para un total de 4 años de ejecución del contrato. Previo a acordar cualquier tipo de prórroga, ya sea facultativa o automática, con una antelación de al menos dos meses al vencimiento del plazo contractual, la Administración deberá acreditar, mediante acto motivado, su conveniencia, debiendo ponderar la buena ejecución del contrato. En el SICOP se deberá visualizar, el listado de prórrogas aplicadas por la Administración. En caso de que alguna de las partes considere que el contrato no será prorrogado, deberá comunicarlo a la otra parte, con una anticipación mínima de 60 días naturales, previo al vencimiento del contrato, de lo contrario se entenderá que se encuentran anuentes a que se haga efectiva la prórroga prevista.
- La presente contratación queda sujeta a la disponibilidad presupuestaria de cada uno de los periodos. Se estima un presupuesto inicial, para cada año de aproximadamente ₡204 746,00, esté monto puede aumentar o disminuir de acuerdo con las necesidades reales del SENASA y la disponibilidad de los recursos asignados durante el periodo de ejecución contractual, por lo tanto, el monto total de la contratación no podrá superar el límite máximo previsto para una Licitación Reducida. Dicha información es meramente referencial y no compromete a la Administración a adquirir esa misma cantidad, siendo posible adquirir más o menos cantidades según las necesidades de la Institución.
- De previo a solicitar la elaboración de órdenes de pedido, el Administrador del Contrato deberá verificar que la partida 1.04.06 cuente con el contenido económico suficiente en el centro de costos respectivo, con el fin de hacerle frente a la obligación, por lo que, una vez notificado el contrato, la Unidad técnica solicitante deberá dotar de contenido al trámite especifico, para que cada orden de pedido que se genere.
- Consumos Históricos y Proyección de Consumo: A continuación, se establece el Estudio de Consumo y la Proyección de Consumo Anual del producto solicitado. Se debe indicar que dicha información es meramente referencial y no compromete a la Administración a adquirir esa misma cantidad, siendo posible adquirir más o menos cantidades según las necesidades de la Institución.
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Partida |
Descripción |
Presentación |
Histórico Consumo por año |
Proyección Consumo Anual |
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2023 |
2024 |
2025 |
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1 |
Servicio de Afilado de Cuchillos |
Servicio |
100 |
100 |
100 |
100 |
- Dadas las características de esta modalidad de contratación, en la ejecución contractual se podrán excluir servicios dentro de los adjudicados, según la necesidad del SENASA y la normativa que rige esta modalidad de contratación.
- En cuanto a la exclusividad, estará sujeta a la disponibilidad de brindar el servicio al momento de solicitarlo, sin alterar los tiempos de entrega de acuerdo con lo establecido en el contrato. Si en algún momento el contratista no puede brindar el servicio que la Administración le solicita, este puede buscar con otro proveedor el servicio respectivo, sin que esto genere un incumplimiento contractual por parte de este. En caso de que el contratista indique que no puede brindar el servicio solicitado, la Administración podrá obtener de otra empresa los servicios requeridos (siguiendo los procesos internos establecidos para tales efectos) sin que esto genere un incumplimiento contractual por parte del SENASA.
- Las cifras de cantidades y montos únicamente se incluyen para efectos informativos, de modo tal que el SENASA no asegura al contratista ningún volumen mínimo de consumo de servicios, por lo que dicho volumen podrá aumentar o disminuir según la demanda real del servicio, sin que ello implique variación alguna de las condiciones contractuales ni otorgue derecho alguno de resarcimiento al Contratista. Por lo que en consecuencia no se asegura tampoco un mínimo de ingresos por concepto de la presente contratación, dado que se cancelarán los montos que procedan conforme al volumen real efectivamente suministrado por el contratista y recibido a satisfacción del SENASA, por medio del Administrador del Contrato.
- Cláusula Penal: La siguiente cláusula penal se calculó basada en criterios predefinidos que consideran la repercusión del incumplimiento, los riesgos asociados, la preponderancia del plazo de entrega y el monto del contrato.
- Si existiera atraso imputable al contratista en la entrega del bien, éste autoriza a la Proveeduría Institucional para que, por concepto de cláusula penal y como indemnización, le rebaje del pago respectivo por el bien, la suma correspondiente al 1% (uno por ciento) del valor no entregado, por cada día hábil de atraso (con respecto al plazo ofrecido), hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe total de la orden de pedido, momento en el cual se tendrá por definitivo el incumplimiento contractual.
- Asimismo, en caso de existir atrasos en la reposición del bien adjudicado que haya sido reportado con un incumplimiento técnico, el contratista deberá pagar por concepto de cláusula penal, la suma correspondiente al 1% (uno por ciento) del valor unitario del mismo, por cada día hábil de atraso, hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe total de la orden de pedido. La Proveeduría Institucional se reserva la posibilidad de cobrar otros daños y perjuicios no derivados del atraso en la entrega del bien adjudicado, además de iniciar el respectivo proceso de cobro, una vez demostrada en instancia administrativa la culpa del contratista, si el incumplimiento se da fuera del plazo de vigencia de la garantía de cumplimiento.
- Cesión Derechos de Pago: De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°8660, Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones y la Ley N°9691, Ley Marco del Contrato de Factoreo, todas las cesiones derecho de pago deben gestionarse a través del sistema TRÁMITE ¡YA! de RACSA. El SENASA no tramitará cesiones de derecho de pago por otro medio.
- Los derechos de cobro frente a la Administración podrán ser cedidos por el contratista en cualquier momento, sin embargo, es responsabilidad del contratista informar oportunamente a la Administración, una vez que la cesión sea convenida. Antes de esta comunicación cualquier pago hecho a nombre del contratista surtirá efecto liberatorio a la Administración.
- La cesión de pago aceptada por la Administración no exonera al contratista de sus obligaciones y tampoco convierte al cesionario en parte contractual, sin embargo, el cesionario del crédito asume por completo el riesgo por el no pago de la obligación por parte de la Administración ante un eventual incumplimiento por parte del contratista.
- El cedente y el cesionario se sujetará a las disposiciones contempladas en el artículo 278 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, y demás normativas que rigen las compras relacionadas en la materia de Contratación Pública.
- El contratista o cesionario debe adjuntar en el sistema TRÁMITE ¡YA!, al momento de generar la solicitud de cesión, la siguiente documentación:
- Carta de Notificación de la Cesión, donde al menos conste lo siguiente: nombre de cesionario, persona encargada, teléfonos, correos electrónicos, nombre del cedente, persona encargada, teléfonos, correos electrónicos, número de factura de la cesión (cuando corresponda), monto a cancelar, número de procedimiento de contratación, número de contrato y/o orden de pedido, número de Cuenta IBAN del cesionario.
- Contrato de cesión de los derechos económicos, debidamente protocolizado por notario público.
- Fotocopia de las cédulas de identidad de los representantes de las partes (cesionario y cedente).
- Fotocopia de la factura (En aquellos casos en los que se esté cediendo facturas), orden de pedido y/o contrato que se haya cedido, autenticado por abogado.
- Personerías jurídicas de las partes (cesionario y cedente).
- El acto de recepción de la cesión no implica un compromiso de pago, hasta tanto se verifique la documentación recibida, y en el caso de cesiones de facturas, hasta que las mismas cumplan, con todos los requisitos establecidos para la recepción definitiva a satisfacción del bien y/o servicio por parte del Administrador de Contrato del SENASA, y no se haya cancelado la factura al contratista.
- Las partes (cesionario y cedente) deben de estar al día con la CCSS, FODESAF y el Ministerio de Hacienda, en todo el proceso.
- Derecho al mantenimiento del equilibrio económico: Según lo indicado en el artículo 107 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública:
“En los contratos que se realicen al amparo de la Ley General de Contratación Pública, tanto la Administración como el contratista, tendrán derecho al mantenimiento del equilibrio económico de los costos directos e indirectos del contrato.
…Para efectos de reajustes y revisiones de precios la Administración utilizará fórmulas matemáticas para calcularlos, conforme a las disposiciones que emita la Autoridad de Contratación Pública según lo establecido en el artículo 128 inciso f) de la Ley General de Contratación Pública...”
Según lo indicado en el artículo 109 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública:
“… En contratos de suministro de bienes y servicios, la revisión de precios se determinará con base en los índices oficiales de precios del mes de presentación de las ofertas y los índices oficiales de precios correspondientes al mes de las entregas recibidas de conformidad con las fechas programas y acordadas por las partes siempre y cuando el bien o servicio cumpla en tales fechas con las condiciones contractuales.
…Si las entregas de los suministros de bienes y servicios se atrasan por causa del contratista, con respecto a las fechas programadas y acordadas por las partes, se utilizarán los índices oficiales de precios de los meses en que estaba programada su entrega.
En caso de que las entregas de bienes o servicios se adelanten en relación con las fechas programadas y acordadas por las partes, el precio se revisará con base en los índices de precios del mes en que efectivamente se efectuaron.
En caso de que no exista un índice oficial del país de origen de determinado costo directo o indirecto, las partes podrán demostrar las variaciones de ese costo, mediante el método analítico-documental. Esto tomando en consideración la diferencia en el precio del insumo o servicio entre el día de la compra y el día de la oferta, ello con base en documentación probatoria válida y pertinente”.
Las partes emplearán en las fórmulas matemáticas para el cálculo de la revisión de precios, los valores porcentuales de los costos directos e indirectos, que serán revisados mediante índices, según cada moneda en que se presentó el precio unitario ofertado, así como los respectivos índices de precios concordantes con la moneda en que se presentó el precio de tales costos.
En caso de que el precio unitario contractual para cada línea o renglón de pago se haya pactado en más de una moneda, las partes deberán aplicar la fórmula matemática para cada moneda y de manera concordante a su respectiva estructura de precios.
Las variaciones en los costos directos e indirectos del precio de una línea o un renglón de pago, para un mes calendario específico, se determinarán de acuerdo con la siguiente fórmula, dispuesta en el Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, Decreto Ejecutivo N° 44937-H-MICITT-MIDEPLAN.
En donde,
Rpc: Representa el monto de la revisión del precio unitario contractual para cada línea o renglón de pago en un mes calendario específico, conforme a la moneda ofertada.
PC : Representa el monto del precio unitario contractual de la línea o del renglón de pago.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos directos de mano de obra, que serán revisados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de mano de obra directa. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos directos de insumos, que serán revisados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de los insumos directos. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos por subcontrataciones, multiplicada por la variación del índice general (IPG), y en su ausencia, siempre y cuando se demuestre que no existe un índice de precio general estrechamente vinculado con la variación de los costos que desea medir para la subcontratación, se podrá utilizar el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Dicha variación se obtiene de dividir el valor del IPG, o IPC según corresponda, de un mes calendario específico entre el valor del IPG, o IPC según corresponda, del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos indirectos de mano de obra, que serán revisados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de mano de obra indirecta. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos indirectos de insumos, que serán revisados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de los insumos indirectos. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
Para efectos de la aplicación de la fórmula, cada ponderación en valor porcentual de los costos deberá ser expresada en forma decimal con aproximación a la cifra diezmilésima, esto es que la cifra numérica tendrá cuatro dígitos después de la coma.
- Rangos de tolerancia: El rango de tolerancia para la variación de precios fue definido en el sondeo de mercado, elaborado por cada Administrador del Contrato, y corresponde a un 30%.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Cláusula penal. Cláusula Penal: La siguiente cláusula penal se calculó basada en criterios predefinidos que consideran la repercusión del incumplimiento, los riesgos asociados, la preponderancia del plazo de entrega y el monto del contrato. a. Si existiera atraso imputable al contratista en la entrega del bien, éste autoriza a la Proveeduría Institucional para que, por concepto de cláusula penal y como indemnización, le rebaje del pago respectivo por el bien, la suma correspondiente al 1% (uno por ciento) del valor no entregado, por cada día hábil de atraso (con respecto al plazo ofrecido), hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe total de la orden de pedido, momento en el cual se tendrá por definitivo el incumplimiento contractual. b. Asimismo, en caso de existir atrasos en la reposición del bien adjudicado que haya sido reportado con un incumplimiento técnico, el contratista deberá pagar por concepto de cláusula penal, la suma correspondiente al 1% (uno por ciento) del valor unitario del mismo, por cada día hábil de atraso, hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe total de la orden de pedido. La Proveeduría Institucional se reserva la posibilidad de cobrar otros daños y perjuicios no derivados del atraso en la entrega del bien adjudicado, además de iniciar el respectivo proceso de cobro, una vez demostrada en instancia administrativa la culpa del contratista, si el incumplimiento se da fuera del plazo de vigencia de la garantía de cumplimiento.
Documentos del cartel3
- Manual de Condiciones Generales Contratación PúblicaDOCX · 307 KB
- Condiciones y especificaciones técnicas de la contratación-Afilado Cuchillos FinalDOCX · 236 KB
- Cronograma de Actividades Licitación Reducida-Afilado CuchillosXLSX · 41 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Juan Manuel Estrada MC Dermott
LANASEVE
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 03/10/2026 07:11. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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