2026LE-000013-0001102206 · SICOP 20260902706
Servicios Profesionales de Registros y Estadísticas de Salud (Redes)para el Área de Salud Atenas
Caja Costarricense de Seguro Social
Caja Costarricense de Seguro Social busca servicios profesionales de registros y estadísticas de salud (redes)para el área de salud atenas con un presupuesto de ₡303,3 millones. Recibe ofertas hasta el 20/10/2026 (en 9 días).
₡303,3 millones
Tiempo para ofertar
9 días
cierra el 20/10/2026 08:59
Lotes y líneas
1 línea
Fechas clave
- Se publicó22/09/2026 13:25 · hace 19 días
- Límite para 25/09/2026 23:59 · hace 16 días
- Límite para 25/09/2026 23:59 · hace 16 días
- Cierre de ofertas20/10/2026 08:59 · en 9 días
- de ofertas20/10/2026 09:00 · en 9 días
- (plazo máximo)≈ 01/12/2026 · en 51 días
1 recibidas, 1 respondidas.
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Cierre de ofertas: 13/10/2026 08:59 → 20/10/2026 08:59
- Apertura de ofertas: 13/10/2026 09:00 → 20/10/2026 09:00
- Límite de observaciones a la apertura: 13/10/2026 11:00 → 20/10/2026 11:00
Nota de la institución. Tanto para las aclaraciones al pliego de condiciones como para los recursos de objeción, se cuenta con las respectivas herramientas y medios para su presentación, utilizando correctamente los distintos módulos del SICOP se aceptarán trámites por otro medio. Las aclaraciones serán atendidas administrativamente por el sub área de contratación administrativa y técnicamente por el Jefe de Servicio. El plazo para presentar y atender aclaraciones según el tipo de procedimiento (LD, LE y LY) será el indicado en el art. 93 del RLGCP. Las que sean presentadas fuera de ese plazo podrán ser atendidas, pero no impedirán la apertura de ofertas en el día y hora señalados. El plazo para presentar y atender recursos de objeción al pliego de condiciones será el establecido en el artículo 254 y 255 del RLGCP
Contexto
- Caja Costarricense de Seguro Social adjudicó ₡102 517,7 millones en 3 843 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡257,8 millones – ₡303,3 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 80 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,8 puntos.
Qué se compra1 línea
- Servicio Registros Medicos12 · ₡75 816 711,7212₡75 816 711,72
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 16 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 90 días naturales
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 80 % · Experiencia 20 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 80 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
-
Cumplir con todos los aspectos técnicos solicitados en el pliego de condiciones.
-
Cumplir con el plazo de entrega solicitado en el pliego de condiciones.
-
Cumplir con la garantía solicitada en el pliego de condiciones.
-
Vigencia de la oferta: Mínimo 90 días naturales
-
Estar al día con el pago de las cuotas obrero patronales CCSS al momento de la apertura, caso contrario debe adjuntar copia de arreglo de pago con la CCSS con fecha anterior a la fecha de apertura.
-
Cotizar cada partida en su totalidad.
-
Precios firmes y definitivos.
-
Participación única en el procedimiento de compra, art.126 del RLGCP.
-
Precios Razonables (se determinan en el estudio de racionabilidad efectuados por la Sub Área de Contabilidad de Costos Hospitalarios).
-
Oferta firmada digitalmente por quién tenga el poder para realizarlo.
-
No encontrarse inhabilitado en los códigos ofertados.
-
No estar afectado por ninguna de la prohibiciones indicadas en el capítulo V (Régimen de prohibiciones) artículos del 24 al 30 de la LGCP.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Se pueden visualizar en el archivo adjunto al pliego de condiciones con el nombre de FICHA TECNICA SERVICIOS PROFESIONALES DE REGISTROS Y ESTADISTICAS DE SALUD (REDES) PARA EL AREA DE SALUD ATENAS
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
ASPECTOS DE ORDEN ADMINISTRATIVO EN AMPARO A LA LEY GENERAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA Y SU REGLAMENTO
La unidad encargada de tramitar el siguiente procedimiento es el Sub Área de Contratación Administrativa del Hospital San Francisco de Asís, Unidad programática 2206, ubicado en Grecia.
Para la presente compra rigen las Condiciones Condiciones Generales para la Contratación Pública en la CCSS, aprobadas el 14 de marzo del 2024 por Junta Directiva, mediante sesión N° 9418 y sus reformas.
Señor proveedor se le comunica lo siguiente (Art. 40 de la LGCP y art. 90 del RLGCP):
Toda Oferta estará sometida a los siguientes estudios para determinar su elegibilidad:
-
Análisis administrativo,
-
Análisis Técnico,
-
Análisis financiero (Estudio de razonabilidad del precio) y
-
Análisis Legal.
No se acepta la presentación de ofertas por ningún otro medio que no sea el sistema digital unificado (SICOP).
Señor proveedor en toda oferta debe aportar:
-
Declaración jurada de naturaleza y propiedad de las acciones y beneficiario final.
-
Personería jurídica al día con no más de tres meses de emitida.
-
Copia de la cédula de identidad del representante de la empresa o quien firme la oferta.
-
En caso de que la oferta sea firmada por un tercero o apoderado que no sea el representante legal de la empresa, obligatoriamente deberá adjuntarse a la oferta en formato PDF, el respectivo poder especial notarial o protocolizado no inscribible en el Registro Nacional. Así como deberán los apoderados estar debidamente registrados en el sistema electrónico de reconocimiento (SER) dentro de la plataforma digital.
-
Declaraciones juradas, art. 29 de la LGCP y 32 del RLGCP:
-
Certificación de condición PYME
-
En caso de no estar al día con la CCSS, FODEAF o MINISTERIO DE HACIENDA, aportar certificado de arreglo de pago.
-
Desglose de la estructura del precio según se detalla.
-
Indispensable indicar marca y país de origen.
-
Indicar si la moneda del país de origen de sus costos es igual a la moneda ofertada.
-
Permiso de funcionamiento Sanitario vigente (Lo anterior, de conformidad con lo que dicta la Ley General de Salud y el Reglamento General para Autorizaciones y Permisos Sanitarios de Funcionamiento otorgados por el Ministerio de Salud, en la que indica que todos los establecimientos industriales, comerciales y de servicio deben contar con la autorización o permiso sanitario de funcionamiento para operar en el territorio nacional).
-
Patente: También la patente comercial correspondiente, lo anterior de conformidad con el artículo 170 de la Constitución Política y el artículo 88 del Código Municipal. Dado que ninguna persona física o jurídica podrá abrir establecimientos dedicados a actividades lucrativas o comerciales sin contar con la respectiva licencia municipal dentro de la jurisdicción respectiva. Será valorada en la ejecución contractual (según resolución R-DCP-SICOP-01894-2024 de las 15:03 horas del 25 de noviembre de 2024).
Documentación confidencial: Señor proveedor en caso de considerar que existe información confidencial, deberá indicarlo de modo expreso en el sistema digital unificado, al momento mismo de presentar o facilitar la documentación, haciendo señalamiento claro de los folios o archivos que estima confidenciales y los motivos y sustento jurídico. (art. 15 de la LGCP).
Precio (art. 41de la LGCP y art. 98 del RLGCP): El precio deberá ser cierto y definitivo. En caso de divergencia entre el precio cotizado en número y letras, prevalecerá este último, salvo el caso de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real.
Precios unitarios y totales (art. 104 del RLGCP): Señor proveedor se le solicita cotizar precios unitarios y totales.
Desglose del precio: De conformidad con el artículo 42 de la Ley de General de Contratación Pública y el artículo 102 de su Reglamento, así como el artículo 15 del Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, se deberá presentar la siguiente estructura, tanto para productos y/o servicios de producción nacional como aquellos productos y/o servicios importados y aplica para moneda nacional o extranjera, tanto en valores absolutos como porcentuales:
|
Componente |
Valor absoluto |
Valor porcentual |
|
Mano de obra directa |
0,0 |
00,00% |
|
Mano de obra indirecta |
0,0 |
00,00% |
|
Insumos directos |
0,0 |
00,00% |
|
Insumos indirectos |
0,0 |
00,00% |
|
Subcontrataciones |
0,0 |
00,00% |
|
Utilidad |
0,0 |
00,00% |
|
Imprevistos |
0,0 |
00,00% |
|
TOTAL |
0,0 |
100,00% |
Notas:
1-La sumatoria porcentual y absoluta debe totalizar 100.00%, con dos decimales.
2-Los oferentes deberán considerar en los componentes de la estructura anteriormente descrita, todos sus costos.
3-En el caso de productos importados, el proveedor deberá asignar el Valor en Aduanas (entendiéndose como el costo del producto, seguro, flete internacional, entre otros asociados a este rubro)1 dentro de los elementos de la estructura porcentual anterior.
Definiciones:
• Mano de Obra Directa: Son las cargas laborales directamente involucrada en la transformación de materia prima en un producto terminado o bien que estén estrictamente relacionados con la prestación del servicio.
• Mano de Obra Indirecta: son las cargas laborales del personal que no trabaja directamente relacionado con la producción o la prestación del servicio, sino que realizan tareas de apoyo, administrativas o de gestión.
Insumos directos: son todos los componentes o materiales que se pueden identificar plenamente con el producto o servicio y transforman parte intrínseca de éste.
• Insumos indirectos: son componentes o materiales que se consumen durante el proceso de producción o prestación del servicio, pero no forman parte del producto final y se deben asignar a través de método de costeo. • Subcontrataciones: son los costos de los servicios, trabajos y obras que una empresa contrata a terceros para ejecutar una parte de su bien o servicio principal.
• Imprevistos: monto destinado a cubrir gastos inesperados que surgen durante la ejecución del contrato, de forma tal que pueda mitigar riesgos y asegurar que pueda afrontarlos sin poner en peligro la entrega del bien o servicio.
Importante: De conformidad con la circular GL-DABS-1718-2025 de fecha 18 de septiembre del 2025, en las contrataciones de medicamentos e insumos médicos se excluye del desglose de precios el rubro de imprevistos, bajo los siguientes argumentos:
1. La previsibilidad y estandarización del objeto contractual.
2. La existencia de mecanismos normativos para revisión de precios.
3. La aplicación de principios de eficiencia y buen uso de fondos públicos.
4. El respaldo normativo y jurisprudencial que valida esta decisión.
Sustento Normativo
La exclusión del rubro de imprevistos se fundamenta en:
Reglamento a la Ley 9986
Artículo 102: El rubro de imprevistos aplica a contratos de obra y servicios, no a bienes, salvo justificación técnica.
Verificación de la información presentada: La verificación del cumplimiento de estos requisitos será realizada por la Unidad encargada de efectuar los estudios de razonabilidad de precios, quienes recomendarán a los analistas encargados del trámite de la compra, requerir la información adicional que sea necesaria.
Derecho al mantenimiento del equilibrio económico del contrato: El mantenimiento del equilibrio económico de la presente contratación se regirá conforme lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley General de Contratación Pública (LGCP) así los numerales 107 y 109 del Reglamento a dicha Ley (RLGCP), el Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios (RRRP), así como el Voto 6432-98 emitido por la Sala Constitucional.
Adicionalmente al elemento de la estructura porcentual, cada oferente deberá presentar lo siguiente:
-
Índices y fuentes de información: El oferente deberá aportar en la oferta la información de todos los índices de precios oficiales, ya sean específicos o similares, de los costos directos e indirectos de la estructura de precio, los cuales deberán estar estrechamente vinculados con la variación de los costos que desea medir. Los índices deberán ser concordantes con la moneda en que se presentó la oferta.
-
En el caso de indicadores aplicables a ofertas en moneda nacional, el oferente deberá aportar los siguientes elementos:
-
El nombre, nivel, código y cualquier otra característica que identifique el índice de precios de todos los costos directos e indirectos de la estructura de precio.
-
Ente público competente que divulga el índice.
-
El enlace del sitio web del ente competente que emite el índice en donde se accede a la información aportada. Este enlace debe llegar al sitio exacto donde se encuentra el índice.
-
En caso de que la oferta se haya realizado en moneda extranjera, y cuyos costos directos e indirectos de la estructura de precio sea de origen extranjero y cotizados en la misma moneda de ese país, los índices de precios a utilizar se regularán conforme a lo establecido en el artículo 12 del RRRP. Los elementos que deben presentarse son:
-
El país de origen y unidad monetaria de los costos.
-
El nombre, nivel, código y cualquier otra característica que identifique el índice de precios oficial de los costos directos e indirectos de la estructura de precio.
-
La periodicidad con que se determina el valor de cada índice
-
El ente competente que publica el índice
-
El enlace del sitio web del ente competente que emite el índice, en donde se accede a la información aportada. Este enlace debe llegar al sitio exacto donde se encuentra el índice.
Todo lo anterior deberá ser aportado por el oferente mediante una declaración jurada en la oferta donde acrediten la veracidad de la información aportada, donde se indiquen los aspectos regulados en los artículos 12 del Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios.
Si la información se encuentra en un idioma distinto al español, se requerirá que el oferente bajo su responsabilidad aporte una traducción libre al español de dicha información, dicha traducción únicamente para corroborar la información aportada por el oferente.
-
Expresión Algebraica:Adjuntar la Formual de revisión de precios, indicada en el Art. 51 del Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios. Publicado en el Diario Oficila la Gaceta: Alcance No.46 a la Gaceta No.64. Jueves 03 de abril del 2025.
O bien adjuntar oficio donde se indique que se acepta la Fórmula de revisión de precios establecida en el Art. 51 del Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios. Publicado en el Diario Oficila la Gaceta: Alcance No.46 a la Gaceta No.64. Jueves 03 de abril del 2025.
La no objeción de estos índices será brindada por la Subárea Contabilidad de Costos Industriales, una vez que se cuente con la adjudicación en firme del concurso. Dicho trámite será efectuado a través de una solicitud de información en el sistema SICOP.
Apertura de ofertas (art. 120 del RLGCP): Los oferentes podrán efectuar observaciones únicamente a través del sistema digital unificado, dos horas hábiles posteriores a la hora de apertura de ofertas. Es caso de que se presenten observaciones, éstas se consignarán en el expediente electrónico y serán valoradas por la administración.
Garantía de cumplimiento (art. 44 de la LGCP y art.110 del RLGCP): La garantía de cumplimiento será exigible en todos los contratos de la licitación mayor y la licitación menor, y será facultativa para la licitación reducida. Dicha garantía se establecerá entre un 5% y un 10% del monto de la adjudicación, conforme lo defina el pliego de condiciones. Para este concurso la garantía de cumplimiento será un 5% del monto adjudicado
Vigencia de la garantía de cumplimiento (art.114 del RLGCP): La Administración establecerá en el pliego de condiciones la vigencia mínima de la garantía de cumplimiento.
Para este concurso la vigencia de la garantía de cumplimiento es de 16 meses (12 meses del año de ejecucución contractual y 4 meses adicionales a la fecha probable de la recepción definitiva del objeto contractual o terminación del plazo de la contratación). Deberá encontrarse vigente para el momento procesal de la formalización contractual y durante el plazo que se estipule en las bases de la contratación, en los términos expuestos en la normativa que regula la materia.
Plazo para presentar la garantía de cumplimiento: Una vez solicitada la Garantía de Cumplimiento el adjudicatario deberá presentarla en un plazo máximo de 8 días hábiles.
Forma de Pago (art.11 de la LGCP y art. 18 del RLGCP):
Pago por resultados. La Administración efectuará el pago por resultados una vez que haya recibido a satisfacción la obra, el bien o el servicio.
Plazo de pago (art.19 del RLGCP): El trámite de pago será efectuado en un plazo máximo de 30 días naturales, a partir de la fecha de recepción definitiva.
Método de pago: Transferencia electrónica de fondos.
Facturación: El contratista debe emitir la factura electrónica de acuerdo al formato establecido por el Ministerio de Hacienda. Deberán cargar los tres archivos correspondiente en la oficina virtual de la página de la C.C.S.S, esto una vez que haya sido notificada la recepción definida del bien y/o servicio.
Impuestos: Con base en la Ley N° 7293 del 31 de marzo de 1992, Ley reguladora de todas la Exoneraciones vigentes, Gaceta N° 66 del 03 de abril de 1992, la Caja Costarricense de Seguro Social está exenta de todo tributo y sobretasas, incluidos los impuestos selectivos de consumo y ventas. Por lo tanto, la facturación correspondiente NO DEBE incluir el monto por dichos impuestos.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. De acuerdo a lo establecido en el punto 15 de las especificaciones Técnicas.
Cláusula penal. No aplican
Documentos del cartel6
- FICHA TECNICA SERVICIOS PROFESIONALES DE REGISTROS Y ESTADISTICAS DE SALUD (REDES) PARA EL AREA DE SALUD ATENASPDF · 543 KB
- QUANTUM 1 TARDÍA 1 A 30PDF · 492 KB
- QUANTUM 2 TARDÍA 31 A 60 MINPDF · 492 KB
- QUANTUM 3 TARDÍA 60 MIN O MÁSPDF · 481 KB
- VISITA AL SITIOPDF · 215 KB
- CONDICIONES ADMINISTRATIVASPDF · 348 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Luis Manuel Arguedas León
Registros Médicos y Estadísticas en Salud
Michael Alfaro Jinesta
REGISTRO MEDICOS
Luis Manuel Arguedas León
Registros Médicos y Estadísticas en Salud
Lina Maria Rodriguez Solis
Encargado del concurso · Área de Gestión de Bienes y Servicios
Carmen Guiselle Rodríguez Núñez
Área Contabilidad de Costos
Michael Alfaro Jinesta
REGISTRO MEDICOS
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 02/10/2026 06:02. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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Adjudicada a Tecnomedica (precios unitarios)