2026LD-000086-0015500001 · SICOP 20260902815
Compra de Suministros de Papel Bond 20, según Demanda para las Oficinas Territoriales de la Región de Desarrollo Brunca, Inder.
Instituto de Desarrollo Rural
Instituto de Desarrollo Rural está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡5,7 millones. Se recibieron 12 ofertas de 12 empresas el 01/10/2026. La más baja fue de Importadora Mora y Aguilar, ₡1 303 (100 % por debajo del presupuesto).
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡5,7 millones
Ofertas recibidas
12
de 12 empresas
Oferta más baja
₡1 303
100 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó24/09/2026 10:19 · hace 17 días
- Límite para 25/09/2026 23:59 · hace 16 días
- Límite para 28/09/2026 23:59 · hace 13 días
- Cierre de ofertas01/10/2026 09:00 · hace 10 días
- de ofertas01/10/2026 09:00 · hace 10 días
- (plazo máximo)≈ 15/10/2026 · en 4 días
Contexto
- Instituto de Desarrollo Rural adjudicó ₡23 718,7 millones en 181 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Papel Bond, Dimensiones 215,9 Mm X 279,4 Mm, Presentacion Resma de 500 Hojas, 96% Blancura, Tipo de Papel No Perforado, Gramaje 75 G/m21 c/u · ₡3 233,001 c/u₡3 233,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡4,8 millones – ₡5,7 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 90 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,9 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 567000 durante 48 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 60 días hábiles
- Contrato por 48 meses
- Ofertar en : permitido
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 90 % · Certificado del año más reciente de bandera azul y/o cualquier otro documento que demuestre que la empresa física o jurídica contribuye con el medio ambiente. 5 % · PYME 5 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡460,74 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 90 | Certificado del año más reciente de bandera azul y/o cualquier otro documento que demuestre que la empresa física o jurídica contribuye con el medio ambiente.máx. 5 | PYMEmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Importadora Mora y Aguilar | 90 | 5 | 0 | 95 |
| Formularios Estandard Costa Rica | 81,13 | 5 | 5 | 91,13 |
| Importaciones Falmor | 80,86 | 0 | 5 | 85,86 |
| Soluciones Bolher | 85,05 | 0 | 0 | 85,05 |
| Distribuidora de Suministros y Papel Sumitodo | 74,65 | 5 | 5 | 84,65 |
| Grupo Facela Costa Rica Sociedad Anomima | 81,47 | 0 | 0 | 81,47 |
| Espirales & Anillados MC | 69,64 | 0 | 5 | 74,64 |
| 3-101-941043 | 64,32 | 0 | 5 | 69,32 |
| Productive Business Solutions (costa Rica) | 58,65 | 5 | 0 | 63,65 |
| Distribuidora Disfazu | 58,1 | 0 | 5 | 63,1 |
| Corporacion Quimisol | 37,06 | 0 | 5 | 42,06 |
| Grupo Kikocr | 36,27 | 0 | 5 | 41,27 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
- El papel blanco deberá tener un 96% a 98% de blancura y deberá indicarse en su oferta.
- Debe cumplir con el ISO 9001, ISO 14001 y Certificado de Carbono Neutral, aportarlo a su oferta.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
4. CONDICIONES ESPECÍFICAS
4.1. El Precio
En cumplimiento de la Directriz No.44-H denominada "Directriz de uso de la moneda nacional en las contrataciones públicas, dirigida al Sector Público" publicada en el alcance No.156 de la Gaceta No.167 del 10 de septiembre de 2024, el Inder deberá efectuar todas sus contrataciones de bienes y servicios en moneda nacional, estableciendo el requisito desde el pliego de condiciones de las contrataciones públicas, siempre y cuando las circunstancias del mercado lo ameriten y ello no cause un perjuicio a la satisfacción del interés público, lo cual deberá quedar acreditado dentro del expediente de la contratación. Cuando no sea posible adjudicar o renegociar en moneda nacional (colones) deberá motivarse el acto por la instancia pertinente y contar con el aval de la Administración Superior.
El precio indicado en la Plataforma SICOP debe incluir todos los costos asociados al producto y entregas con los respectivos impuestos. El INDER no reconocerá ningún costo adicional que no haya sido incluido en el precio ofrecido, por lo tanto, debe contemplar impuestos. Tomar en cuenta que el INDER no está exento del pago de impuestos.
De acuerdo con el artículo 42 de la LGCP y el artículo 102 de su Reglamento se deberá detallar con el precio cotizado un desglose porcentual del precio (precio=%MO+%I+%GA+%U) según como se detalla en la siguiente tabla denominada Estructura del Precio, la cual será considerada dentro de análisis de razonabilidad de precios:
P = %MO + % I + %GA + %U
Donde: Concepto Abrev. Porcentaje Monto Mano de Obra MO
Insumos
I
Gastos Administrativos GA
Utilidad
U
Precio
P
100%
Se deben indicar los porcentajes aplicables a cada elemento, totalizando un 100%. Esta misma estructura aplicará para revisiones de precios en caso de ofertas en colones.
4.2.Presupuesto detallado
De acuerdo con el artículo 42 de la LGCP y el 103 de su Reglamento el presupuesto detallado, deberá́ ser presentado únicamente por el oferente dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato. Lo anterior, aplica para cualquier modalidad de cotización y tipo de contrato. Sin embargo, por un tema de celeridad en el proceso, aquellos oferentes que deseen incorporar su presupuesto detallado junto a su oferta podrán hacerlo.
4.3. Rangos de Tolerancia para Razonabilidad del Precio
Con el fin de cumplir con el artículo 44 inciso b) RLGCP, el INDER realiza un estudio de razonabilidad de precios, mediante el formulario de Excel FO-ABS-002 (disponible en el expediente electrónico) denominado Investigación de Precios y Análisis de Razonabilidad en el cual la metodología a utilizar es:
• Sacar la desviación estándar de las fuentes dadas por la Unidad Solicitante (estudio de mercado).
• Una vez dada se le resta al precio más bajo dado por las cuatro fuentes y nos da el precio mínimo y se le suma al precio más alto dado y nos da el precio máximo.
• Confrontar el precio ofertado con el precio mínimo y máximo.
4.4. Evaluación de Ofertas
Las ofertas que cumplan con los aspectos técnicos y legales solicitados serán evaluadas según los siguientes criterios de selección, con el propósito de elegir la oferta adjudicada, las ofertas que no cumplan con los requerimientos técnicos, legales y financieros mínimos serán descalificadas y no serán tomadas en cuenta para esta etapa:
Las ofertas que cumplan con los aspectos técnicos y legales solicitados serán evaluadas según los siguientes criterios de selección, con el propósito de elegir la oferta adjudicada, las ofertas que no cumplan con los requerimientos técnicos, legales y financieros mínimos serán descalificadas y no serán tomadas en cuenta para esta etapa:
CRITERIO DE EVALUACIÓN
PORCENTAJE 1. Precio Ofertado 90%
2.
Pyme
5% 3. Bandera azul 5%
PUNTAJE TOTAL:
100%
4.4.1.Precio Ofertado (90%)
En caso de que la adjudicación sea por partida, la oferta de menor precio total por partida obtendrá 90 puntos, si la adjudicación es por línea, aquella con menor precio obtendrá 90 puntos, para las demás ofertas, el porcentaje disminuirá proporcionalmente la aplicación de la siguiente fórmula, para la asignación de puntos:
𝐶𝑎𝑙𝑖𝑓𝑖𝑐𝑎𝑐𝑖ó𝑛=Precio Menor OfertadoPrecio Oferta a Calificar×90
4.4.2. Pyme (5%)
Con el fin de fomentar la participación de las Pyme según lo establecido en el artículo 23 del RLGCP, se otorgará un 5% a las Pyme de la Región para lo cual deberá presentar documento emitido por el MEIC, para la asignación de los puntos respectivos, caso contrario no habrá puntaje.
4.4.3. Bandera azul (5%)
Obtendrá este puntaje la empresa que cuenta con Certificación de Bandera Azul Ecológica lo que le permitirá demostrar ante terceros que su empresa aporta a la sostenibilidad ambiental, la misma debe estar vigente a día de la apertura.
De igual manera se le asignarán los puntos a la empresa que cuente con la Certificación Carbono Neutral al igual que la anterior, debe estar vigente al día de la apertura y ambas deberán ser emitidas por el ente competente autorizado para este fin.
4.5. Criterio de Desempate
En caso de presentarse un empate entre dos o más ofertas, en la suma de los factores evaluados, el criterio a utilizar para seleccionar a los proveedores es el siguiente:
i. PYMES: De acuerdo con el Decreto Ejecutivo número 37427-H, publicado en La Gaceta el 12 de diciembre 2012 y al artículo 97 del Reglamento a la Ley de Contratación Pública, se procederá a asignar de forma adicional la siguiente puntuación:
a) PYME de Industria: 5 puntos.
b) PYME de Servicio o agropecuaria: 5 puntos.
c) PYME de Comercio: 2 puntos.
ii. De persistir el empate, se efectuará un sorteo en presencia de un representante de los oferentes que ostentan esa condición, un abogado de la Institución y el encargado del proceso licitatorio; previa convocatoria. Su inasistencia se entenderá como renuncia a participar, quedando excluido del sorteo, el cual se realizará con los presentes. Para el sorteo se utilizarán papeles, uno de ellos tendrá la palabra "Ganador", cada representante sacará de una bolsa un papel y resultará adjudicatario el que saque el papel con la palabra "Ganador". El sorteo se efectuará en la Proveeduría Institucional del Inder y se levantará el acta respectiva.
4.6. Sobre la adjudicación
La adjudicación será aprobada por la Gerencia General o Junta Directiva, según corresponda como Órganos Competentes según Ley 9036 “Transformación del Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural (INDER) y oficios GG-1377-2016 del 15 de noviembre de 2016 e INDER -PE-AJ-939-2022 del 13 de diciembre 2022.
Opción 1: Por conveniencia institucional y por un tema de logística y coordinación de entregas con el contratista, la Administración se reserva el derecho de adjudicar la totalidad de líneas de una partida a un solo proveedor, siempre y cuando cumpla con los aspectos técnicos y legales solicitados en el cartel, así como también se reserva la posibilidad de aumentar o disminuir la cantidad por contratar de unidades de una o varias líneas dentro de una misma partida, dependiendo de la disponibilidad presupuestaria y de la razonabilidad del precio.
Opción 2: Si en una contratación, las ofertas elegibles para la evaluación en una partida no han ofertado la totalidad de las líneas, se procederá con la evaluación por línea, adjudicando aquellas que hayan obtenido la mayor calificación. La adjudicación parcial de una partida también será posible, siempre y cuando se cumpla con la satisfacción del interés público que se persigue y que las líneas que no se adjudiquen no afecten la integralidad del proyecto.
4.7. Readjudicación
El INDER readjudicará a la segunda mejor oferta calificada en caso de incumplimiento por parte del adjudicatario, ya sea en:
• No presentar la garantía de cumplimiento en el plazo legal establecido.
• Renuncia de la adjudicación.
• No entregar el objeto contractual sin justificación válida para la administración.
Esta readjudicación será aprobada por la Gerencia General como Órgano Competente según Ley 9036 “Transformación del Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural (INDER) y oficio GG-1377-2016 del 15 de noviembre de 2016.
4.8. Pólizas
El OFERENTE deberá presentar junto con su oferta la siguiente póliza vigente al momento de la apertura esto aplica a cualquier objeto contractual:
a. Riesgos de Trabajo
Si el OFERENTE ya dispone de pólizas suscritas que cubran esos riesgos, bastará con que así lo demuestre.
• Si es trabajador independiente y así se encuentra registrado ante Caja Costarricense del Seguro Social no es necesario poseer un Seguro de Riesgos de Trabajo.
• Si es una persona jurídica y por lo tanto tiene trabajadores debe contar con un Seguro de Riesgos del Trabajo vigente al momento de ofertar y durante la ejecución contractual en caso de resultar adjudicado.
El ADJUDICADO deberá suscribir y mantener vigente durante la ejecución del contrato la siguiente póliza esto aplica a cualquier objeto contractual:
a. Riesgos de Trabajo
4.9. Coordinación Ejecución Contractual y Vigencia del Contrato
Le corresponderá al Administrador del Contrato y en conjunto con su Jefatura inmediata, cumplir con las funciones dictadas en el Reglamento Interno de Contratación Administrativa y en la Circular INDER -GG-AF-ADM-PI-002-2022 comunicada el 28 de febrero de 2022.
Toda ampliación o prórroga al plazo de ejecución o de entrega debe darse estando vigente el plazo del contrato.
El plazo del contrato, según lo definido en la Decisión Inicial será de 48 meses.
Para contrataciones de servicios plurianuales el plazo de vigencia de los contratos puede ser de 1 año con prorrogas iguales, puede ser de dos años con prorrogas iguales, tres años con prorrogas de uno, máximo del contrato 4 años.
Para la compra de bienes el plazo de entrega rige a partir de la notificación del contrato por SICOP. Para el caso de obras y servicios el plazo máximo de ejecución rige a partir de la orden de inicio emitida por parte del Administrador de Contrato, por medio de un documento debidamente firmado que debe ser del conocimiento del Conductor con el fin de que este registre dicha fecha en SICOP. Todo plazo de ejecución o de entrega debe darse estando vigente el plazo del contrato.
4.10. Reajustes o Revisiones de Precios.
De conformidad con lo estipulado en el Artículo 8 del Decreto Ejecutivo N° 44937-H-MICITT-MIDEPLAN denominado “Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios”, y con lo regulado en el artículo 43 de la Ley General de Contratación Pública y los artículos 107, 108 y 109 del Reglamento de la Ley General de Contratación Pública, el oferente deberá aportar la información de todos los índices de precios oficiales asociados a los costos directos e indirectos de la estructura de precio, los cuales deberán estar estrechamente vinculados con la variación de los costos que desea medir.
Todo oferente debe incluir dentro de su oferta el siguiente desglose del precio por cada línea ofertada, indicando como mínimo lo siguiente:
Concepto
Valor Absoluto
Valor Relativo
Índice de Reajuste (**)
Emisor
Fuente URL)
Costos Directos
Costos Indirectos
Utilidad
Imprevistos
TOTAL (*)
(*) El porcentaje correspondiente al IVA no forma parte del desglose porcentual de precios
(**) Decreto Ejecutivo N° 44937-H-MICITT-MIDEPLAN denominado “Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios”.
De conformidad con lo estipulado en el Decreto Ejecutivo N° 44937-H-MICITT-MIDEPLAN denominado “Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios”, a continuación, se indica la definición de cada uno de los conceptos de costos mínimos por incluir en cuadro anterior como costos directos e indirectos:
• Costos directos: son los costos en los que incurre el contratista para materializar el objeto contractual, son:
❖ Costos directos de los insumos: son los costos necesarios para materializar el objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de materiales, materias primas, así como equipos, maquinaria, herramientas y las depreciaciones y seguros de éstos, pago de servicios públicos, entre otros.
❖ Costos directos de mano de obra: son los costos necesarios para materializar el objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones, así como los costos de las cargas sociales, prestaciones legales y obligaciones laborales correspondientes.
❖ Costos directos por subcontrataciones: son los costos en los que incurre el contratista por concepto de subcontrataciones con terceros, para la realización de labores o trabajos especializados requeridos para materializar el objeto contractual, de conformidad con lo regulado en el artículo 49 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 13 3 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
• Costos indirectos: son los costos generales en que incurre el contratista para la administración del objeto contractual, en sus oficinas matrices y/o en el sitio de la ejecución del contrato, no atribuibles a una actividad contractual en particular, pero necesarios para la ejecución del contrato, son:
-
❖ Costos indirectos de los insumos: son los costos requeridos para la administración del objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de materiales, equipos, herramientas, depreciaciones y seguros de edificios, vehículos y equipo de oficina, costos financieros, pago de servicios públicos, entre otros.
❖ Costos indirectos de mano de obra: son los costos requeridos para la administración del objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones de su personal directivo, técnico, de soporte y administrativo, entre otros, así como los costos de las cargas sociales, prestaciones legales y obligaciones laborales correspondientes.
En el caso de que el INDER debiera reconocer reajustes de precios, se regirá por lo establecido en el Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicio, según Decreto Ejecutivo No. 44937-H-MICITT-MIDEPLAN publicado en el Alcance No. 46 a la Gaceta No. 64 del 03 de abril de 2025.
4.10.1. Solicitud de Reajuste de Precios por parte del Adjudicatario:
El adjudicatario podrá solicitar por escrito ante al Encargado General del Contrato su solicitud de reajuste de precios cuando corresponda, para lo cual es necesario que desarrolle la fórmula matemática indicada anteriormente, indicando en detalle la forma de cálculo realizada sobre las cual se sustenta la petición de revisión de precio y adjunte fotocopia de los índices utilizados, posterior a que la administración revisa los cálculos y determina que están bien, se procederá a coordinar la entrega de la factura respectiva al Administrador del Contrato para el trámite respectivo ante la Proveeduría Institucional.
NO se podrá emitir la factura por parte del adjudicatario antes de que la Administración haya revisado los cálculos presentados y verificado que los mismos se encuentran correctos.
4.11. Forma de Pago
El pago se realizará por cada orden de pedido de los bienes entregados correctamente, tras el recibido a satisfacción de parte de la Administrador del Contrato. La factura deberá presentarse en el tipo de moneda adjudicada en el respectivo contrato.
Los pagos que realice la Institución serán mensuales, estos abarcaran la cantidad de bienes solicitados mediante orden de pedido mensualmente, lo cual debe ser tomado en cuenta por los oferentes, por motivos de logística, coordinación y administración del contrato.
El INDER realiza los pagos en moneda costarricense; en contrataciones pactadas parcial o totalmente en moneda extranjera, se utilizará el tipo de cambio de referencia para la venta emitido por el Banco Central de Costa Rica, vigente al día en que se efectuará el pago, de conformidad con el artículo 48 de la Ley N°7558.
Todo pago producto de esta contratación, está sujeto a las retenciones que la Ley 7092 Ley del Impuesto Sobre la Renta y su Reglamento, establece en su artículo 23 inciso g) “dos por ciento (2%) de impuesto del producto bruto, cuando corresponda”; además de que se encuentre al día con la CCSS y FODESAF y las respectivas pólizas. Para efecto de solicitar una constancia sobre este rebajo debe solicitarse directamente a la oficina de Tesorería Institucional al correo tesoreria@inder.go.cr ya que es la única unidad competente para emitirlas.
El pago se efectuará mediante Caja Única del Ministerio de Hacienda por transferencia electrónica a la cuenta del adjudicatario, 30 días naturales posteriores a la entrega del “Acta de Recibido a Satisfacción para Pago (Recepción Definitiva)” en la Proveeduría Institucional.
4.12. Aspectos a Cumplir en Materia de Salud Ocupacional
Es obligación del adjudicatario velar porque sus empleados cuenten con todos los equipos y material necesario en materia salud ocupacional, por lo que el INDER no tendrá ninguna responsabilidad al respecto.
4.13. Sanciones
Multa
En el caso de entrega que no cumple con lo solicitado y que ocasione una erogación presupuestaria adicional para el INDER, el contratista será responsable de cubrir los costos inherentes en que incurra el Inder para poder cubrir la necesidad pública que se está buscando.
Clausula penal
Si existiera atraso imputable al contratista en la entrega del equipo ofrecido objeto de esta contratación, según los plazos establecidos en el presente cartel, éste autoriza al INDER para que por concepto de cláusula penal, le rebaje del pago respectivo, la suma correspondiente al 0,5% (cero punto cinco por ciento) por cada línea del cartel afectada y por cada día hábil de atraso en la entrega del equipo (con respecto al plazo ofrecido), hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe total del contrato, momento en el cual se tendrá por definitivo el incumplimiento contractual y se ejecutará la garantía de cumplimiento, sin detrimento de otros procedimientos sancionatorios como daños y perjuicios.
Queda entendido que toda suma por concepto de penalización será rebajada de la factura presentada a cobro en relación con cada orden de pedido objeto de contratación, caso contrario, las mismas serán ejecutables por medio de los mecanismos legales existentes, una vez realizado el correspondiente debido proceso.
4.14. Garantía de Cumplimiento
Según la normativa para procesos por licitación reducida es facultativo se incluya, pero para licitaciones menores y mayores es obligatorio. Será facultativa para aquellas contrataciones efectuadas con pymes derivadas del procedimiento de licitación menor, siempre y cuando no alcancen el diez por ciento (10%) del umbral establecido para esta licitación.
El adjudicatario, dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que se le solicite luego de la firmeza del acto de adjudicación, debe depositar una garantía de cumplimiento por un monto de ¢567.000,00 el cual representa el 10% de la proyección de consumo durante el periodo del contrato, esta deberá rendirse por cualquiera de los medios que se indican expresamente en la Ley de Contratación Pública. Esta garantía tendrá una vigencia de 48 meses.
Deberá rendirse electrónicamente a través del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), de conformidad con lo establecido en el Reglamento de uso del Sistema sobre la rendición de garantías, por cualquiera de los medios que se indican expresamente en la Ley de Contratación Pública.
La devolución de la garantía o su ejecución se regirán según lo establecido en los artículos 44 y 45 LGCP y artículo 113 y 116 RLGCP.
4.15. Formalización de finiquitos
Con la recepción total del objeto contractual y canceladas las obligaciones, será obligatorio la firma del finiquito en todos los procesos de contratación, (artículo 291 RLGCP).
4.16. Compromisos de integridad y actuaciones anticorrupción
Con la presentación de la oferta, los participantes se comprometen a actuar de manera proba, íntegra, transparente, con rectitud y buena fe, bajo el más alto cumplimiento de los principios éticos y jurídicos, durante todas las etapas del procedimiento de contratación, incluyendo la ejecución contractual en caso de adjudicación.
4.17. Documentación
Toda documentación que se genere de esta contratación ya sea por parte del Administrador del Contrato y/o por el Adjudicatario, deberá subirse al expediente electrónico respectivo en el SICOP, con el fin de mantener un expediente actualizado, esta gestión en la etapa de ejecución contractual la realizará el Administrador del Contrato o en su defecto, su superior inmediato.
En todo lo no previsto en estas especificaciones se aplicará la Ley de General de Contratación Pública Ley No.9986, el Reglamento a la Ley General de la Administración Pública (Decreto Ejecutivo Nº 43808-H) y el Reglamento Interno de Contratación Pública del Inder.
Las constancias sobre bienes o servicios ejecutados ante el INDER deben ser solicitados ante el Administrador del Contrato designado en SICOP.
Las consultas sobre pago de facturas y devolución de Garantías de Cumplimiento deben tramitarse ante el Administrador del Contrato designado en SICOP con copia al Elaborador (Encargado de publicación, gestión de objeciones y apertura).
Las constancias de Retención de la Renta deben ser solicitadas a la Tesorería Institucional al correo tesoreria@inder.go.cr ya que es la única unidad competente para emitirlas. Toda documentación que se genere de esta contratación ya sea por parte del Administrador del Contrato y/o por el Adjudicatario, deberá subirse al expediente electrónico respectivo en el SICOP, con el fin de mantener un expediente actualizado, esta gestión en la etapa de ejecución contractual la realizará el Administrador del Contrato o en su defecto, su superior inmediato.
En todo lo no previsto en estas especificaciones se aplicará la Ley de General de Contratación Pública Ley No.9986, el Reglamento a la Ley General de la Administración Pública (Decreto Ejecutivo Nº 43808-H) y el Reglamento Interno de Contratación Pública del Inder.
Las constancias sobre bienes o servicios ejecutados ante el INDER deben ser solicitados ante el Administrador del Contrato designado en SICOP.
Las consultas sobre pago de facturas y devolución de Garantías de Cumplimiento deben tramitarse ante el Administrador del Contrato designado en SICOP con copia al Elaborador (Encargado de publicación, gestión de objeciones y apertura).
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
CONDICIONES GENERALES
3.1. Presentación e información que deben contener las ofertas:
La oferta debe especificar lo siguiente:
• Nombre de la persona física o jurídica del oferente.
• Número cédula de persona física o cédula jurídica.
• Escaneada la cédula de identidad. En caso de ser una sociedad mercantil adjuntar personería jurídica.
• Dirección exacta, número de teléfono, dirección postal y correo electrónico.
• Declaraciones juradas: El oferente debe tener como archivo adjunto en su expediente de Sicop la declaración jurada y mantenerla actualizada cada 24 meses de conformidad con lo dispuesto en los artículos 18 y 29 de la Ley General de Contratación Pública, Ley 9986 y Así mismo deberá manifestar expresamente en la oferta que la información contenida en la declaración jurada, presentada en el Registro de proveedores se mantiene invariable.
• Será obligación del oferente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 193 del Código de Trabajo, presentar prueba documental de que ha adquirido un seguro contra riesgos de trabajo.
• Tratándose de personas jurídicas, deberá presentar una declaración jurada de naturaleza y propiedad de las acciones que contenga la cédula jurídica o física de los accionistas según corresponda, el capital social, la naturaleza de sus acciones, y a quién pertenecen.
• Tratándose de personas físicas, deberá presentar una declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
• El oferente deberá aportar documentos emitidos por la Municipalidad respectiva que se encuentra al día con la licencia comercial y con las obligaciones tributarias ante la Municipalidad del cantón donde se encuentra domiciliada la empresa. No se aceptarán patentes que no correspondan al giro comercial correspondientes al objeto del concurso.
3.2. Impuestos:
El INDER NO se encuentra exento del pago de impuestos. Las ofertas deberán presentarse con el impuesto al valor agregado que corresponda según el objeto contractual que se esté solicitando, dispuesto en la legislación vigente y sus transitorios (Ley 9635 de Fortalecimiento a las Finanzas Públicas, directriz DGABCA-0064-2019 del 05 de diciembre 2019 del Ministerio de Hacienda, CIRCULAR INDER -GG-AF-025-2019, de fecha 10 de diciembre de 2019 y Circular INDER -GG-AF-ADM-PI-480-2020 del 04 de junio 2020 del Instituto de Desarrollo Rural). El impuesto respectivo debe incluirse en el apartado de la plataforma SICOP designado para tal efecto; es decir, debe venir separado del precio unitario.
En caso de que el oferente pertenezca a algún segmento con excepción de porcentaje que contemple la ley, deben presentar las certificaciones o comprobantes que justifiquen las razones por las cuales la oferta tiene una tarifa del IVA diferenciada.
El precio ofertado final y definitivo por línea debe incluir todos los elementos que componen el mismo, tales como transporte, acarreo, fletes o similares.
En caso de presentar rubros adicionales deben realizarlos de conformidad a lo indicado en la Directriz DGABCA-0013-2020 del 04 de setiembre 2020.
En caso de que el adjudicatario requiera constancia de la devolución del 2% se debe solicitar a la Oficina de Tesorería.
3.3. Información confidencial en las ofertas
Se informa que, para el presente proceso de contratación, debe tomar en consideración -al momento de generar su oferta en el Sistema Digital Unificado- lo siguiente:
La condición de “confidencial” que brinda dicho Sistema para adjuntar los anexos de las ofertas, es para uso exclusivo del oferente y puede ser seleccionado con un “SI” en la casilla correspondiente, en tanto en la oferta se introduzcan “documentos” que cumplían esa condición.
(…) Documento confidencial: Es aquel documento calificado, mediante acto razonado por la institución usuaria de oficio a solicitud de la parte interesada, como secreto comercial, industrial o económico, según lo regulado por la normativa especial aplicable a la institución usuaria, el cual será de acceso restringido. Incluye los procedimientos para la adquisición de objetos con seguridades calificadas.
De acuerdo con el artículo 15 de la Ley Nº 9986 y artículo 30 del RLGCP, los documentos no se deben incluir como “confidenciales” ya que únicamente aplica para los documentos supracitados; así el oferente deberá indicarlo de modo expreso en el sistema digital unificado, indicando los folios o archivos que estiman confidenciales, la justificación y el sustento jurídico respectivo.
ADVERTENCIA DOCUMENTOS CONFIDENCIALES
Se le solicitará al proveedor vía correo electrónico que brinde la fundamentación jurídica correspondiente para considerar los archivos en las partidas indicados como confidenciales de conformidad con el artículo 15 de la LGCP y se brindará un plazo de 1 día hábil para que presente su respuesta, de lo contrario se cambiarán los archivos a modo público.
3.4. Participación de los oferentes
Una persona física o jurídica únicamente podrá figurar para un mismo concurso en una única oferta ya sea como subcontratista, oferente individual o participar de forma conjunta o consorciada (Artículo 126 RLGCP).
3.5. Subcontratos
Con la oferta se aportará un listado de las empresas subcontratadas, con los nombres de todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar y certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas (artículo 133 RLGCP).
3.6. Prácticas de Hostigamiento
En cumplimiento con lo establecido en la Política Institucional para la prevención del Hostigamiento Sexual aprobada por Acuerdo de Junta Directiva N° 40, Sesión Ordinaria 02, las contrataciones que tengan por objeto la prestación de servicios o concesiones que introduzcan personas externas dentro del funcionamiento de la institución, se establece como causal de rompimiento del contrato con responsabilidad para la persona contratista, la práctica de actos de hostigamiento sexual.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. En el caso de entrega que no cumple con lo solicitado y que ocasione una erogación presupuestaria adicional para el INDER, el contratista será responsable de cubrir los costos inherentes en que incurra el Inder para poder cubrir la necesidad pública que se está buscando.
Cláusula penal. Si existiera atraso imputable al contratista en la entrega del equipo ofrecido objeto de esta contratación, según los plazos establecidos en el presente cartel, éste autoriza al INDER para que por concepto de cláusula penal, le rebaje del pago respectivo, la suma correspondiente al 0,5% (cero punto cinco por ciento) por cada línea del cartel afectada y por cada día hábil de atraso en la entrega del equipo (con respecto al plazo ofrecido), hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe total del contrato, momento en el cual se tendrá por definitivo el incumplimiento contractual y se ejecutará la garantía de cumplimiento, sin detrimento de otros procedimientos sancionatorios como daños y perjuicios. Queda entendido que toda suma por concepto de penalización será rebajada de la factura presentada a cobro en relación con cada orden de pedido objeto de contratación, caso contrario, las mismas serán ejecutables por medio de los mecanismos legales existentes, una vez realizado el correspondiente debido proceso.
Documentos del cartel2
- DECLARACION JURADADOC · 297 KB
- PLIEGO CONDICIONESPDF · 860 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Wilber Rodríguez Parra
Región de Desarrollo Brunca
Wilber Rodríguez Parra
Región de Desarrollo Brunca
Wilber Rodríguez Parra
Región de Desarrollo Brunca
Wilber Rodríguez Parra
Región de Desarrollo Brunca
Doris Picado Corrales
ODT San Isidro
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 02/10/2026 08:54. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
Licitaciones parecidas
Adjudicadamismo producto · 18/09/2026
[b] Adquisición de Papel por Demanda
Municipalidad del Cantón Central de San José · 4 oferentes
Adjudicada a Suministradora de Papeles Su Papel (precios unitarios)
Adjudicadamismo producto · 10/09/2026
Útiles y Materiales de Oficina, Productos de Papel, Cartón y Tintas para la Conagebio
Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad · 7 oferentes
Adjudicada a Distribuidora de Suministros y Papel Sumitodo (precios unitarios)
Adjudicadamismo producto · 09/09/2026
Compra de Materiales y Suministros de Oficina y Computo.
Concejo Municipal del Distrito de Paquera Puntarenas · 4 oferentes
Adjudicada a Compubetel (precios unitarios)
Adjudicadamismo producto · 08/09/2026
Adquisicion de Materiales de Oficina y Papelería
Municipalidad de Tarrazú · 11 oferentes
Adjudicada por ₡1,9 M a Formularios Estandard Costa Rica y 2 más
Adjudicadamismo producto · 01/09/2026
Adquisición de Suministro de Papel para el Teatro Popular Melico Salazar y Sus Programas.
Teatro Popular Melico Salazar · 11 oferentes
Adjudicada por ₡333 644 a Espirales & Anillados MC
Adjudicadamismo producto · 01/09/2026
[b] Adquisición de Materiales para Bibliotecas
Municipalidad del Cantón Central de San José · 4 oferentes
Adjudicada por ₡2,9 M a Inversiones la Rueca y 1 más