2026LD-000025-0002100007 · SICOP 20260903476
Artículos de industria textil
Instituto Nacional de Aprendizaje
Instituto Nacional de Aprendizaje publicó esta compra con un presupuesto de ₡307 360, pero terminó sin adjudicar. Se abrió el 07/10/2026.
La licitación terminó sin ganador (desierta, infructuosa o anulada). Es probable que se vuelva a publicar.
₡307 360
para todos los lotes
Ofertas recibidas
—
apertura pendiente
Suma de las ofertas más bajas
—
Fechas clave
- Se publicó30/09/2026 08:13 · hace 11 días
- Límite para 01/10/2026 23:59 · hace 10 días
- Límite para 02/10/2026 23:59 · hace 9 días
- Cierre de ofertas07/10/2026 09:00 · hace 4 días
- de ofertas07/10/2026 09:01 · hace 4 días
- (plazo máximo)≈ 21/10/2026 · en 10 días
Contexto
- Instituto Nacional de Aprendizaje adjudicó ₡20 672,1 millones en 664 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra5 líneas · 5 lotes
- L1Paño, Material en Algodón, Medidas de 60 Cm +/-5 Cm de Ancho por 1,20 Cm +/- 5 Cm de Largo, Colores Varios, Presentación por Unidad20 c/u · ₡102 460,0020 c/u₡102 460,00
- L2Toalla Tipo Paño Absorbente de Microfibra de 40 Cm de Ancho X 40 Cm Largo Paquete de 8 Unidades50 c/u · ₡34 050,0050 c/u₡34 050,00
- L3Paño, para Limpieza Piso, con Medidas de 95 +/-5 Cm X 50 +/-5 Cm, Material en Algodón, Presentación por Unidad20 c/u · ₡45 600,0020 c/u₡45 600,00
- L4Paño, Material de Algodón, Tamaño de 36 Cm de Ancho X 63 Cm de Largo, Color Blanco, Presentación por Unidad30 c/u · ₡79 500,0030 c/u₡79 500,00
- L5Pañuelo Triangular, Dimensiones 100 Cm (+/-10 Cm) de Base X 70 Cm (+/-5 Cm) de Altura, Tela Manta, Composicion Algodon 100%, Ruedo 1 Cm15 c/u · ₡45 750,0015 c/u₡45 750,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1₡87 091 – ₡102 460
- Lote 2₡28 943 – ₡34 050
- Lote 3₡38 760 – ₡45 600
- Lote 4₡67 575 – ₡79 500
- Lote 5₡38 888 – ₡45 750
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
SICOP no muestra ofertas para esta licitación.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
2.9
Requisitos mínimos de admisibilidad.
2.9.1 Marca
El oferente obligatoriamente deberá indicar la marca del bien ofrecido; según resolución RC-006-2000 del 1 de febrero del 2000 de la Contraloría General de la República. Si tiene marca y no está impresa, deberá indicarse tal condición sin omitir indicar la marca en cada línea a ofertar.
2.9.2
Experiencia de la empresa
De acuerdo con el artículo 94 del RLGCP, podrán participar todas aquellas personas físicas o jurídicas legalmente constituidas que cuenten con un mínimo de 2 años de experiencia en el mercado nacional, adicionalmente deberán adjuntar en la Plataforma el SICOP. al menos 2 cartas comerciales debidamente firmadas, en la venta de productos iguales o similares al requerido en este concurso. Las cartas podrán ser de clientes, fabricantes o distribuidores mayoristas, entre otros.
En el caso de presentarse ofertas en Consorcio, se deberá explicar con detalle el componente que desarrollará cada una de las firmas que conforman la agrupación y AL MENOS UNA de ellas deberá tener TODA la experiencia indicada en el párrafo anterior. Por esa razón, no se admitirán cartas de experiencia en contratos donde el oferente se haya a su vez consorciado con otras empresas, salvo que demuestre que desarrolló al menos el 80% del objeto del contrato por ella misma.
Las cartas comerciales deberán cumplir con los siguientes requisitos:
•
Indicar los datos de la Empresa o Institución Pública en que se brindó la venta del producto: razón social, dirección y número telefónico.
•
La referencia debe ser suscrita por el encargado de velar por la ejecución del contrato.
•
Indicar los datos de la persona que suscribe la referencia: nombre, número de cédula y puesto que desempeña.
•
La referencia debe presentarse en papelería oficial de la Empresa o Institución Pública según corresponda.
•
Indicar con claridad la fecha de inicio y finalización del contrato. En el caso de que la venta de los productos (contrato) se continué prestando al momento de presentación de la oferta, se tomará como fecha de finalización la fecha de apertura de las ofertas.
•
Brindar información sobre el tipo de contrato realizado
•
NO se aceptarán referencias brindadas a título personal.
•
Indicar si el contrato fue recibido a satisfacción.
•
Debidamente firmada.
El Instituto Nacional de Aprendizaje se reserva la potestad de constatar la información presentada por el oferente.”
2.9.3
Garantía de fabricación
La garantía de fabricación es aquella mediante la cual el proveedor / fabricante garantiza sus productos contra defectos de materiales, procesos de fabricación y estándares de calidad o dispositivos utilizados en la fabricación, entre otros elementos propios del proceso de confección, siempre y cuando el uso de los bienes haya sido el correcto.
Es el compromiso que asume el fabricante de sustituir el bien o partes únicamente por daños de fabricación que sufran.
Esta garantía deberá tener una vigencia mínima a 3 meses previa coordinación con la regional o unidad del INA, donde se encuentre el bien.
Esta garantía empieza a regir una vez recibido a satisfacción el bien respectivo.
Nota: El contratista deberá presentar certificado de la garantía que ofrezca para el bien al momento de entregarlos en el sitio que el INA indique como lugar de entrega.
2.9.4
Muestras
1.En atención al artículo 95 del RLGCP, se requieren Muestras (Aplica para todas las partidas involucradas en esta contratación).
2.Para el siguiente código:
29904-0204-0006 de forma adicional se requiere presentar una muestra de cada articulo terminado, para verificar todas las características de confección, además del bien debe presentar una muestra de la tela de al menos 15X15 cm, para que los mismos no sean dañados en el estudio.
3.Cabe especificar que las muestras de tela a presentar deben de ser acorde a los colores solicitados en cada línea, por ejemplo si una línea específica un solo color, la muestra de tela deberá ser de dicho color solamente, no obstante, si en la línea se detalla que las prendas deberán ser elegidas entre los colores institucionales permitidos por la asesoría de la comunicación: negro, blanco, gris, azul y azul rey, el oferente debe presentar para esa línea una muestra de tela de 15X15cm de cada uno de los colores institucionales solicitados, para que la administración pueda verificar el cumplimiento de las especificaciones de los productos ofrecidos y asegurar la satisfacción de la necesidad propuesta.
4.Para los códigos
29904-0105-0015
29904-0105-0030
29904-0105-0034
29904-0105-0090
29905-0090-0005
Se requiere la presentación solamente del artículo, NO SE REQUIERE LA PRESENTACION DE MUESTRA DE TELA.
5.La verificación de muestras será realizada por parte de un técnico asignado por el Núcleo Textil, unidad técnica rectora para dicha compra, en sus instalaciones.
La muestra de cada bien es con la finalidad de valorar que la confección se ajuste a las especificaciones técnicas; así como se analizarán las características de la tela en la cual se confeccionaron algunos de los bienes, las cuales se deben ajustar a las especificaciones técnicas solicitadas.
6.Las muestras deberán de presentarse el día de la apertura de las ofertas, debidamente identificadas con el nombre del proveedor, título del cartel y número de línea que representa, en el Núcleo Textil, San José, la Uruca, INA Sede Central frente al Parque de Diversiones, edificio CIINA (centro infantil del INA), contacto colaboradores del Proceso de Gestión Administrativa. En un horario de lunes a viernes de 7:00am a 2:45pm.
La solicitud de las telas es para que dichos bienes no sean dañados en el estudio, cabe especificar que las muestras de tela a presentar deben de ser acorde a los colores solicitados en cada línea, así mismo cada muestra de tela o grupo de muestras de tela, deberán presentarse debidamente identificadas con el nombre del proveedor, título del cartel y número de línea que representa.), junto con la oferta para cada tipo de bien de las partidas cotizadas.
De no presentar las muestras el día y la hora de la apertura el Núcleo Textil realizará prevención en la plataforma de SICOP al oferente para que presente las mismas.
7.El proveedor tendrá un plazo de veinte días hábiles para retirar las misma en el Núcleo Textil después de la firmeza del acto de adjudicación del presente concurso si no fueron adjudicados, con excepción de los proveedores adjudicados, para los cuales el mismo plazo empezará a correr a partir del recibo a satisfacción de los bienes por parte de un técnico del Núcleo Textil del INA y las mismas serán retiradas en la Unidad Regional Pacifico Central.
En ambos casos una vez vencido los plazos descritos anteriormente, la Administración se reserva el derecho de disponer libremente de ellas.
8.Debe quedar claro que el oferente que no presente la muestra no será considerado en las etapas de selección y adjudicación.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
PAÑO DE ALGODON
-DE 60 CENTIMETROS (+/-5 CM) DE ANCHO POR 1.20CENTIMETROS (+/- 5 CM) DE LARGO.
-COLORES LISOS, EXCEPTO BLANCO.
PAÑO DE MICROFIBRA
-TAMAÑO:40CM X 40CM
-TEXTURA SUAVE Y DELICADA
-RESISTENTE, IDEAL PARA EL SECADO Y ENCERADO.
-100% POLIESTER.
-EXTREMOS CON OVERLOCK TIPO REPULGO, E HILASA.
ACABADOS DE CALIDAD
RUEDOS SIMETRICOS
EXTREMOS NO TORCIDOS
PUNTAS SIMETRICAS
COLORES A ELEGIR POR LA UNIDAD SOLICITANTE.
PAÑO PARA LIMPIAR PISO,
CON MEDIDAS DE 95 (+/-5) CM X 50 (+/-5)CM,
EN ALGODON 100%
CON ORILLOS DE FABRICA DE 1CM DE ANCHO
ACABADOS DE PRIMERA CALIDAD
ROTULADO CON MARQUILLA DEL FABRICANTE, CARACTERISTICAS Y CUIDADOS DEL BIEN.
PAÑO DE ALGODON, DE 360 MILIMETROS DE ANCHO POR 630
MILIMETROS DE LARGO APROXIMADAMENTE, COLOR BLANCO,
MARFIL O CREMA, CON RUEDOS U ORILLOS DE FABRICA DE 1CM EN TODO EL CONTORNO.
ACABADOS DE PRIMERA CALIDAD
PAÑUELO TRIANGULAR
-TAMAÑO 100+/-(10) CMS DE BASE POR 70+/-(5) DE ALTURA.
-TELA MANTA CRUDA
COMPOSICION DE LA TELA
-ALGODON 100%
-DENSIDAD DE LA TELA: TRAMA 46+-3 HILOS POR PULGADA Y 63 +3 HILOS POR PULGADA.
-COLOR BEIGE
-RUEDO REDOBLADO DE 1 CM.
ACABADOS DE PRIMERA CALIDAD, COSTURAS BIEN DEFINIDAS, NO CORRIDAS, NI TORCIDAS, NI FRUNCIDAS, NI
DESPRENDIDAS DE LA TELA , SIN UNIONES DE TELA, SIN AÑADIDOS DE TELA, CON HILOS DEL MISMO TONO Y
COLOR DE LA TELA, LATERALES SIMETRICOS, LATERALES NO CURVOS, RUEDOS SIMETRICOS, PLANCHADO GENERAL.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
CONDICIONES GENERALES
2.1
Observaciones al acto de apertura de ofertas: se establece un plazo de un (1) día hábil después de la apertura de ofertas para que los oferentes puedan efectuar observaciones.
2.2
Términos de pago.
El INA cancelará las facturas dentro de los treinta días naturales siguientes al recibo del equipo a satisfacción, previo visto bueno, por medio de la modalidad: Transferencia bancaria en la cuenta cliente bancaria. Debe entenderse que el recibo a satisfacción incluye la aceptación por parte del Almacén Regional de la Unidad Regional Pacífico Central, del INA, e informe positivo del técnico respectivo, según los requerimientos del INA. Todo de conformidad con el artículo 18 del RLGCP.
El pago podrá realizarse en la moneda fijada en la contratación, o bien, en colones costarricenses, salvo lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley N°7558, Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, de 3 de noviembre de 1995.
Para efectos del pago en colones, en contrataciones pactadas parcial o totalmente en moneda extranjera, la Administración deberá utilizar el tipo de cambio de referencia para la venta emitido por el Banco Central de Costa Rica, vigente al día en que se efectuará el pago, de conformidad con el artículo 48 de la citada Ley N°7558.
Se deberá remitir la factura electrónica a la dirección de correo fact.almacen007@ina.ac.cr al Almacén de la Unidad Regional Pacífico Central.
2.3
En atención al artículo 104 del RLGCP el INA se reserva el derecho de adjudicar parcialmente una misma línea.
2.4
Será necesario indicar en su oferta el nombre del representante o distribuidor en nuestro país que rendirá en Costa Rica la garantía de Fabricación, siendo la responsabilidad solidaria entre la empresa fabricante o extranjera que rinde la garantía y la empresa nacional que se encarga de ejecutarla o cumplirla.
2.5
El oferente podrá subcontratar hasta en un cincuenta por ciento (50%) del monto adjudicado, lo cual procederá únicamente para la realización de cuestiones especializadas y ello no relevará al contratista de su responsabilidad. Con la oferta se aportará un listado de las empresas subcontratadas. En ese detalle, se indicarán los nombres de todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar y se aportará una certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas. Todo de acuerdo con el Artículo 133 del RLGCP. En caso de no manifestar en la oferta que se vaya a utilizar la figura de subcontratación, se entenderá por parte de la Administración que la empresa licitante no la utilizará.
2.6
Sobre aplicación del IVA
Para efectos de este concurso los proveedores participantes deberán presentar sus ofertas económicas con el impuesto (IVA) correspondiente, cuando aplique. Se indica que el INA no se encuentra exonerado.
El oferente deberá presentar en la sección información de bienes, servicios u obras en SICOP un desglose de la oferta de los servicios ofrecidos junto con el impuesto antes mencionado.
En caso de encontrarse el bien ofertado exonerado por medio de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y decretos, el oferente deberá indicarlo
Para efectos de este trámite el IVA que corresponde según lo indicado por la Unidad Técnica Especializada en su sondeo de mercado es de: 13%
2.7
Desglose de tributos: Si en el pliego de condiciones se pide un desglose de los tributos que afectan la propuesta y ésta no lo indica, se presume que el monto total cotizado los contempla, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local todo conforme a lo previsto en el artículo 41 de la Ley General de
Contratación Pública y el artículo 98 del RLGCP. Caso contrario se indique que el bien o servicio es exonerado por Ley.
Notas:
•
En atención al artículo 123 del RLGCP el oferente está obligado a cotizar todo el objeto, salvo que se trate de líneas independientes entre sí, en cuyo caso podrá cotizar las de su interés. No se admitirá la cotización parcial de una línea.
•
En atención al artículo 98 del RLGCP El precio deberá ser cierto y definitivo. En caso de divergencia entre el precio cotizado en números y letras, prevalecerá este último, salvo el caso de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real.
2.8
Modalidad para presentar ofertas:
Las ofertas deberán ser presentadas en modalidad de plaza: Mercaderías ya nacionalizadas en bodegas del oferente.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Multas por la presentación de recursos temerarios Se aplicará lo dispuesto en los artículos 93 y 94 de la LGCP en cuanto a los recursos que les corresponda conocer para la aplicación de las multas a la Contraloría General de la República o la Administración, así como el procedimiento para imponer la multa.
Cláusula penal. Clausula penal El atraso en la entrega de los bienes dará lugar a una sanción económica del 1% por día hábil que se aplicará con base en el monto facturado de la línea donde se presente el incumplimiento, en atención al artículo 116 del RLGCP y al artículo 46 de la LGCP. Para ejecutar la cláusula penal la Administración deberá emitir un acto motivado, con indicación de la prueba que lo sustente. En contra de esa decisión, el afectado podrá interponer los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del acto. La resolución de dichos recursos agota la vía administrativa. El cobro por concepto de cláusula penal no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del precio del contrato incluidas sus modificaciones. La omisión de cobro ocasionará responsabilidad civil y administrativa del funcionario omiso, conforme a lo previsto en el artículo 125, inciso k) de la Ley General de Contratación. esto en atención al artículo 117 del RLGCP y el artículo 47 de la LGCP.
Documentos del cartel3
- Descripción ampliaPDF · 10 KB
- Pliego de condicionesPDF · 256 KB
- Razonabilidad de cláusula penalPDF · 338 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Hayrrol Moraga Martinez
PROCESO SEGUIMIENTO APOYO Y CONTROL
Jose Efrain Gomez Segura
PROCESO ALMACEN URPC
Clarisa Aguirre Chavarria
Núcleo Textil
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 08/10/2026 08:51. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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