2026LD-000166-0022030101 · SICOP 20260903773
29054 - COMPRA E INSTALACION DE EQUIPO DE INSPECCIÓN RAYOS X
Municipalidad de Cartago
Municipalidad de Cartago busca 29054 - compra e instalacion de equipo de inspección rayos x con un presupuesto de ₡16,1 millones. Recibe ofertas hasta el 12/10/2026 (mañana).
₡16,1 millones
Tiempo para ofertar
mañana
cierra el 12/10/2026 07:29
Lotes y líneas
1 línea
Fechas clave
- Se publicó29/09/2026 15:05 · hace 12 días
- Límite para 01/10/2026 23:59 · hace 10 días
- Límite para 02/10/2026 23:59 · hace 9 días
- Cierre de ofertas12/10/2026 07:29 · mañana
- de ofertas12/10/2026 07:30 · mañana
- (plazo máximo)≈ 26/10/2026 · en 15 días
1 recibidas, 1 respondidas.
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Cierre de ofertas: 07/10/2026 08:00 → 12/10/2026 07:29
- Apertura de ofertas: 07/10/2026 08:01 → 12/10/2026 07:30
- Límite de observaciones a la apertura: 08/10/2026 08:01 → 13/10/2026 07:30
Contexto
- Municipalidad de Cartago adjudicó ₡4 508,2 millones en 242 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡13,7 millones – ₡16,1 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 90 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,9 puntos.
Qué se compra1 línea
- Maquina de Rayos X para Identificar Imagenes en Equipaje Y/o Personas con Software Hitrax 3 y Funciones Inteligentes de Presentacion de Imagen, Dimensiones 615 Mm Ancho X 410 Mm Alto1 c/u · ₡16 089 070,501 c/u₡16 089 070,50
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 8 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 6 meses
- Ofertar en : permitido
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 90 % · CRITERIOS AMBIENTALES 5 % · PYME 5 %
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
3. Requisitos de admisibilidad
3.1 Requisitos de admisibilidad de la contratación
Requisito de admisibilidad
Forma de verificación
Cumplimiento
El oferente deberá ser integrador autorizado de la marca que se ofrezca, con no menos de 5 años para comercializar, instalar y brindar soporte técnico del equipo ofertado, reflejando el aval del diseño y cumplimiento.
Presentar carta vigente, con no más de seis (6) meses de emitida, del fabricante que lo acredite.
El oferente deberá acreditar que el fabricante del equipo cuenta con un sistema de gestión de calidad certificado bajo la norma ISO 9001 vigente, mediante la presentación del certificado correspondiente.
Adjuntar certificaciones vigentes del fabricante.
3.2 Requisitos de admisibilidad del personal.
Requisito de admisibilidad
Forma de verificación
Cumplimiento
El oferente deberá contar con personal, al menos un técnico certificado o capacitado por el
El técnico deberá contar con experiencia mínima de 2 años en instalación, mantenimiento o fabricante para la instalación, configuración y mantenimiento del equipo ofertado.
puesta en funcionamiento de equipos de inspección por rayos X. Presentar copia del currículo
El oferente deberá contar con personal técnico en informático, para validar las conexiones
El técnico deberá contar con experiencia mínima de 2 años en instalación y conexiones de equipos. Presentar copia del currículo
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
4. Especificaciones técnicas
El oferente adjudicado deberá suministrar, instalar y poner en marcha el Equipo de Inspección de equipaje por Rayos X en la entrada del Palacio Municipal de Cartago, siendo este equipo de primera calidad, nuevo y sin uso, que cumpla con las siguientes características técnicas o sus equivalentes funcionales:
4.1 Requerimientos generales mínimos
1.
El equipo deberá ser nuevo de fábrica, original, no remanufacturado, de producción vigente y con fecha de fabricación no mayor a veinticuatro (24) meses al momento de la entrega.
2.
El sistema deberá ser apto para operación continua 24 horas al día, 7 días por semana, en ambientes de operación intensiva.
3.
El sistema deberá incluir máquina principal de rayos X, estación de operación, monitor, teclado o consola de operación, mouse, mesas de entrada y salida, cortinas plomadas y todos los accesorios necesarios para su funcionamiento completo.
4.
El sistema deberá incluir las conexiones eléctricas e informáticas necesarias (incluir toma corrientes, cableado USB , eléctrico y conexiones necesarias )
5.
El oferente deberá suministrar manuales técnicos, manuales de usuario, guías de operación, guías de mantenimiento básico y documentación de seguridad radiológica en formato digital, todo en idioma español.
6.
El sistema deberá permitir actualizaciones de firmware, software y algoritmos emitidas por el fabricante durante el período de garantía.
7.
El sistema deberá contar con soporte técnico local para instalación, puesta en marcha, capacitación, diagnóstico y atención de incidentes en sitio.
8.
El equipo deberá cumplir con la normativa radiológica aplicable y con estándares internacionales de seguridad radiológica para sistemas de inspección por rayos X.
9.
Deberá realizar dos visitas de soporte preventivo al año mientras la garantía este activa.
4.2
Características físicas y del túnel de inspección
1.
La apertura útil mínima del túnel deberá ser de 650 mm de ancho x 500 mm de alto.
2.
La altura de la banda transportadora deberá ser de al menos 678 mm o equivalente operativo conforme al diseño del fabricante.
3.
La capacidad mínima de carga sobre la banda transportadora deberá ser de 100 kg distribuidos uniformemente.
4.
El equipo deberá incluir cortinas plomadas dobles o sistema equivalente de protección radiológica en entrada y salida del túnel.
5.
La estructura deberá ser metálica, robusta y apta para uso intensivo en puntos de control de seguridad.
6.
El equipo deberá incluir mesa plana de entrada de al menos 1,6 m y mesa plana de salida de al menos 0,5 m, o accesorios equivalentes para operación continua de equipaje.
7.
El equipo deberá contar con dimensiones compatibles con instalación en espacios operativos de seguridad, incluyendo estación de trabajo para operador.
8.
El peso neto del sistema, incluyendo estación de operación y mesas de extensión, deberá ser declarado por el fabricante y no deberá ser inferior al requerido para una estructura industrial estable; como referencia mínima se aceptará un equipo de aproximadamente 600 kg netos.
4.3
Generador de rayos X
1.
El sistema deberá contar con generador de rayos X de al menos 160 kV.
2.
La corriente mínima del generador deberá ser de 1,2 mA o superior.
3.
El generador deberá contar con sistema de refrigeración por baño de aceite sellado herméticamente o tecnología equivalente certificada por el fabricante.
4.
El sistema deberá permitir ciclo de operación continuo sin interrupciones programadas por sobrecalentamiento bajo condiciones normales de operación.
5.
El sistema deberá incorporar indicadores visibles del estado de emisión de rayos X y mecanismos de protección que interrumpan la emisión ante condiciones anómalas o activación de parada de emergencia.
6.
Cuando el generador haya permanecido apagado por períodos prolongados, el equipo deberá contar con proceso de precalentamiento automático o manual conforme a las recomendaciones del fabricante, a fin de preservar la vida útil del generador.
4.4
Rendimiento mínimo de inspección
1.
La penetración mínima en acero deberá ser de 32 mm o superior, medida con pieza de prueba estándar del fabricante o estándar equivalente.
2.
La resolución mínima de alambre deberá ser de 40 AWG o superior.
3.
La resolución espacial mínima deberá ser de 1,0 mm en sentido horizontal y vertical.
4.
El sistema deberá permitir detección diferenciada y visualización por color de materiales orgánicos, inorgánicos y mezclas de materiales.
5.
El sistema deberá realizar procesamiento digital de imágenes en tiempo real durante el paso de paquetes por el túnel.
6.
El sistema deberá permitir inspección de maletines, bolsos, paquetes pequeños, encomiendas y equipaje de mano.
4.5
Seguridad radiológica y seguridad operativa
1.
La fuga de radiación deberá ser menor a 1 μSv/h, medida a 50 mm del panel externo del equipo o en una condición más estricta que pueda ser certificada por el fabricante.
2.
La dosis de radiación por inspección deberá ser baja y compatible con equipos de inspección de equipaje para uso en puntos de control de seguridad.
3.
El sistema deberá ser seguro para películas fotográficas estándar ASA/ISO 1600.
4.
El equipo deberá contar con cortinas plomadas en buen estado y el oferente deberá capacitar al usuario en su inspección visual antes de la operación.
5.
El sistema deberá contar con botón de parada de emergencia que corte la alimentación de la fuente de radiación y del sistema de transmisión.
6.
El sistema deberá contar con indicador de fuente de radiación activa, indicador de encendido e indicador de auto prueba o estado del sistema.
7.
El equipo deberá impedir la operación segura si las condiciones de puesta a tierra, alimentación eléctrica, cortinas plomadas, cableado, botón de emergencia o teclado no cumplen con los parámetros requeridos por el fabricante.
8.
El oferente deberá indicar expresamente que ninguna persona, animal u objeto vivo podrá ingresar al túnel durante la operación, e incluir este punto dentro de la capacitación operativa.
9.
El sistema deberá contar con procedimientos de revisión previa para verificar cortinas plomadas, banda transportadora, cable de alimentación, puesta a tierra, botón de emergencia y teclado de operación.
4.6
Sistema de procesamiento de imágenes
1.
El sistema deberá incluir visualización de imágenes en color y en blanco y negro.
2.
El sistema deberá incluir función de imagen negativa.
3.
El sistema deberá incluir realce de bordes.
4.
El sistema deberá incluir realce de contraste, brillo, oscurecimiento y ajuste de absorción.
5.
El sistema deberá incluir modos de realce de penetración alta y baja.
6.
El sistema deberá incluir funciones de eliminación o diferenciación de materiales orgánicos e inorgánicos.
7.
El sistema deberá incluir zoom digital y zoom parcial sobre áreas sospechosas.
8.
El sistema deberá permitir recuperación, visualización, bloqueo, descarga y exportación de imágenes almacenadas.
9.
El sistema deberá permitir almacenamiento local de imágenes, información de alarmas y registros de inspección.
10.
El sistema deberá permitir configuración de dirección de paso de paquetes, dirección de imagen, espejo de visualización, línea de salida del paquete y corrección de distorsión.
11.
El sistema deberá permitir guardar imágenes localmente o exportarlas a dispositivo de almacenamiento externo autorizado.
4.7
Inteligencia artificial y alarmas
1.
El sistema deberá incorporar algoritmos de reconocimiento inteligente basados en aprendizaje profundo o tecnología equivalente integrada al software de imágenes de rayos X.
2.
El sistema deberá permitir reconocimiento asistido de objetos prohibidos y artículos sospechosos mediante análisis de forma, densidad y atributos del material.
3.
El sistema deberá permitir identificación automática de al menos 41 clases de bienes prohibidos agrupados en al menos 15 tipos principales, o una capacidad superior demostrada mediante ficha técnica oficial del fabricante.
4.
El sistema deberá permitir alarma por objetos sospechosos detectados por reconocimiento inteligente.
5.
El sistema deberá permitir alarma por objetos no penetrables o de alta densidad que no puedan ser atravesados adecuadamente por rayos X.
6.
El sistema deberá permitir alarma por materiales orgánicos, con sensibilidad configurable cuando la función esté habilitada.
7.
El sistema deberá permitir configurar modo de alarma, color del marco de alarma, tipo de línea, tamaño del marco, nombre del objeto detectado y nivel de sospecha mostrado al operador.
8.
El sistema deberá permitir detener automáticamente la banda transportadora ante una alarma, cuando esta función sea habilitada por el administrador o mantenedor.
9.
El sistema deberá permitir alarma visual mediante luz y alarma sonora ante eventos configurados.
10.
El sistema deberá permitir carga, actualización o vinculación de librerías/modelos de inteligencia artificial cuando el modelo lo soporte.
4.8
Sistema de monitoreo integrado y correlación de eventos
1.
El sistema deberá incluir monitoreo integrado mediante al menos cuatro (4) canales de video IP asociados al proceso de inspección, integrados a la red de video vigilancia interna, no deberá conectarse a la RED LAN municipal por ningún motivo.
2.
Cada canal de video deberá soportar resolución máxima de al menos 1920 x 1080.y deberá ser remitido por medio de la red WAN o el enlace inalámbrico al centro de monitoreo ubicado en e
3.
El sistema de video deberá soportar compresión H.265, H.264 y MJPEG.
4.
El sistema deberá contar con sensor CMOS de escaneo progresivo o tecnología equivalente para las cámaras integradas.
5.
El sistema deberá soportar al menos 25 fps a resolución 1920 x 1080 en sistemas de 50 Hz o rendimiento equivalente certificado por el fabricante.
6.
El sistema deberá permitir almacenamiento de video por un período mínimo de treinta (30) días, sujeto a la configuración y capacidad suministrada.
7.
El sistema deberá permitir la correlación entre la imagen de rayos X, el video de la persona que introduce las pertenencias y los eventos de inspección.
8.
El sistema deberá permitir configuración de canales IPC, vista previa de cámaras, asociación de cámaras con la escena de inspección y monitoreo de estado de conexión.
9.
El sistema deberá permitir exportación de video vinculado a eventos o inspecciones, conforme a los permisos del usuario.
4.9
Control de acceso, usuarios y auditoría
1.
El sistema deberá permitir inicio de sesión mediante contraseña.
2.
El sistema deberá permitir inicio de sesión mediante huella dactilar.
3.
El sistema deberá permitir inicio de sesión mediante reconocimiento facial, cuando la función esté soportada por el modelo ofertado.
4.
Las contraseñas deberán requerir un mínimo de catorce (14) caracteres, incluyendo letras y números.
5.
El sistema deberá permitir gestión de usuarios por niveles de privilegio, como mínimo: superadministrador, administrador, mantenedor y operador, o niveles equivalentes.
6.
El sistema deberá permitir que los permisos de gestión de usuarios, archivos, imágenes, mantenimiento, alarmas, configuración avanzada, canales, logs, información del sistema, plataforma de IA y capacitación sean diferenciados según el perfil del usuario.
7.
El sistema deberá permitir congelar, activar, editar, eliminar, importar y exportar usuarios según privilegios de administración.
8.
El sistema deberá mantener registros de auditoría que incluyan logs de operación, logs anómalos, logs de alarmas, logs de usuario, información del dispositivo e información de versión.
9.
El sistema deberá permitir búsqueda de logs por fecha, usuario u otros criterios disponibles, así como descarga de registros seleccionados o completos.
10.
El sistema deberá permitir cierre de sesión del usuario desde la interfaz de operación.
4.10
Pantalla, estación y consola de operación
1.
El sistema deberá incluir estación de operación para uso continuo del operador.
2.
El monitor deberá tener tamaño mínimo de 21,5 pulgadas y resolución mínima Full HD 1920 x 1080.
3.
La estación de trabajo deberá incluir monitor, mouse, teclado o consola especializada de operación y los accesorios necesarios para uso del sistema.
4.
La consola deberá contar con controles dedicados para encendido, inicio, parada de emergencia, avance, retroceso, alto, zoom, cambio de modo de imagen, guardado, menú y navegación de imágenes.
5.
La consola deberá incluir indicador de fuente de radiación activa, indicador de auto prueba e indicador de encendido.
6.
La consola deberá permitir operación bidireccional de banda transportadora, detención, cambio de velocidad y revisión de imágenes hacia adelante y hacia atrás.
7.
El sistema deberá contar con interfaz gráfica que muestre imagen de rayos X, video en tiempo real, estado de fuente de radiación, estado de red/cámaras, alarmas, estado de banda, usuario activo, fecha/hora y contador acumulado de paquetes.
4.11
Banda transportadora 1.
La banda transportadora deberá contar con velocidades ajustables mínimas de 0,2 m/s, 0,3 m/s y 0,4 m/s.
2.
La banda deberá permitir movimiento bidireccional para avance y retroceso del paquete.
3.
El sistema deberá permitir control electrónico de velocidad.
4.
El sistema deberá permitir detención de la banda mediante consola y mediante parada de emergencia.
5.
El sistema deberá contar con sensores fotoeléctricos o barreras de luz para detección de paso de paquetes y control de inspección.
6.
El sistema deberá contar con procedimiento de autoprueba de barreras de luz, limpieza de canal, calentamiento y corrección/calibración antes de la operación normal.
7.
El sistema deberá incluir función de detección o aviso ante desviación, bloqueo, sobrecarga o funcionamiento anómalo de la banda, según las capacidades del fabricante.
4.12
Alimentación eléctrica y condiciones ambientales
1.
El equipo deberá operar con alimentación 110 VAC o 220 VAC, con tolerancia mínima de ±10%, según configuración suministrada.
2.
El oferente deberá garantizar por escrito la compatibilidad del equipo ofertado con la red eléctrica e informatica disponible en el sitio de instalación, incluyendo frecuencia y protecciones eléctricas requeridas. Ademas deberá realizar las conexiones necesaria para su funcionamiento en conjunto con la Municipalidad de Cartago
3.
El consumo máximo del sistema deberá ser inferior a 0,8 kVA.
4.
El sistema deberá operar en temperatura ambiente mínima de 0 °C a 45 °C.
5.
El sistema deberá operar con humedad relativa mínima de 10% a 90%, sin condensación.
6.
El sistema deberá contar con conexión a tierra adecuada y no deberá operar si la condición de puesta a tierra no cumple los requerimientos del fabricante.
7.
El equipo deberá instalarse evitando exposición directa al sol, humedad excesiva, polvo conductor, gases químicos, obstrucción de ventilación o ingreso de líquidos.
4.13
Integración con plataforma de monitoreo
1.
El equipo deberá integrarse de forma nativa con la plataforma Hik Central existente en el Centro de Video Protección de la Policía Municipal de Cartago, garantizando compatibilidad total sin licencias adicionales, plugins externos ni software intermedio no certificado por el fabricante del equipo.
2.
La empresa deberá de realizar las acciones y configuraciones necesarias para que dicha comunicación sea factible, por ningún motivo deber integrase este dispositivo a la red LAN, deberá utilizarse una red WAN o bien la red de seguridad dedicada para fines de cámaras y seguridad
3.
La integración deberá permitir gestión centralizada, eficiente y en tiempo real de eventos generados por el sistema de inspección, incluyendo visualización, registro y consulta desde una única interfaz operativa.
4.
El sistema deberá soportar acceso a plataforma superior de administración de inspección de seguridad para carga, gestión o consulta de datos, eventos, estado y alarmas, según las capacidades del fabricante.
5.
El sistema deberá permitir habilitar carga de información o alarmas hacia centro/plataforma de recepción cuando esta función sea configurada.
4.14
Gestión de archivos, almacenamiento y reportes
1.
El sistema deberá permitir búsqueda de archivos por fecha de inicio, fecha final, estado de bloqueo, tipo de artículo peligroso, tipo de imagen, usuario u otros criterios disponibles.
2.
El sistema deberá permitir bloqueo y desbloqueo de archivos para evitar eliminación automática de evidencias seleccionadas.
3.
El sistema deberá permitir descarga de archivos seleccionados o de todos los resultados de búsqueda, conforme a permisos del usuario.
4.
El sistema deberá permitir exportación de imágenes guardadas, video vinculado, datos y reportes conforme a los permisos del usuario.
5.
El sistema deberá incluir reporte estadístico de paquetes inspeccionados, con filtros por fecha y exportación de resultados.
6.
Cuando la capacidad de almacenamiento se complete, el sistema deberá administrar sobreescritura por antigüedad, conservando los archivos bloqueados.
7.
El sistema deberá permitir gestión de disco duro o almacenamiento interno, incluyendo consulta de estado e inicialización por usuario autorizado.
4.15
Diagnóstico, mantenimiento y autocomprobaciones
1.
El sistema deberá realizar autocomprobación al encender y listar el estado de salud de módulos críticos, incluyendo comunicación del controlador principal, botón de emergencia, estado de manipulación, fuente de radiación, rodillo motorizado y comunicación interna o módulos equivalentes.
2.
El sistema deberá permitir prueba del detector y visualización de curvas o parámetros de diagnóstico por usuario autorizado.
3.
El sistema deberá permitir prueba de la fuente de rayos X y verificación de curvas de voltaje y corriente por usuario autorizado.
4.
El sistema deberá permitir prueba de teclado o consola de operación por usuario autorizado.
5.
El sistema deberá permitir registro de mantenimiento, descarga de registros y exportación de bitácora de mantenimiento.
6.
El sistema deberá permitir diagnóstico general y exportación de información de diagnóstico por usuario autorizado.
7.
El sistema deberá permitir prueba de módulos, temperatura de tarjeta principal, lámparas de estado, motor/rodillo, velocidades de banda, barreras de luz e I/O, cuando estas funciones estén disponibles en el modelo ofertado.
8.
El adjudicatario deberá entregar un plan de mantenimiento preventivo mínimo que incluya limpieza externa, limpieza de sensores fotoeléctricos, limpieza de pantalla, revisión de banda transportadora, revisión de cortinas plomadas, verificación de indicadores de rayos X y encendido, y verificación del botón de emergencia.
9.
El adjudicatario deberá indicar que cualquier intervención interna, apertura de blindajes, ajuste de fuente de rayos X o reemplazo de componentes críticos deberá ser realizada únicamente por personal técnico calificado y autorizado.
4.16
Procedimientos mínimos de operación segura
1.
El sistema deberá contar con procedimiento de limpieza de canal antes de iniciar operación normal.
2.
El sistema deberá contar con auto prueba de barreras de luz antes de operación normal.
3.
El sistema deberá contar con calentamiento/precalentamiento de fuente de rayos X según tiempo de apagado del equipo.
4.
El sistema deberá realizar corrección/calibración automática posterior al calentamiento o permitir corrección manual por usuario autorizado.
5.
El oferente deberá capacitar al usuario en el siguiente esquema mínimo de precalentamiento del generador, salvo que la versión ofertada establezca un procedimiento más estricto: sin precalentamiento para apagado de 0 a 12 horas; al menos 4,5 minutos para apagado mayor a 12 horas y menor a 7 días; al menos 12 minutos para apagado mayor a 7 días; al menos 27 minutos para apagado mayor a 14 días.
6.
El sistema deberá detenerse y quedar fuera de operación cuando se detecten daños en cortinas plomadas, banda transportadora, indicador, cableado externo, botón de emergencia o teclado de operación, hasta ser revisado por personal técnico autorizado.
4.17
Capacitación y puesta en marcha
1.
El adjudicatario deberá incluir instalación física completa del equipo en el sitio indicado por la Administración, además deberá incluir toda la instalación eléctrica de forma Segura y responsable (mano de Obra y materiales).
2.
El adjudicatario deberá incluir configuración inicial, activación, selección de escena, configuración de dirección de paso, configuración de cámaras y verificación de estado de módulos.
3.
El adjudicatario deberá ejecutar pruebas de funcionamiento, pruebas de aceptación, calibración inicial y verificación de alarmas.
4.
El adjudicatario deberá incluir capacitación presencial mínima de doce (12) horas lectivas para personal operativo, técnico y administrativo designado por la Administración, la cual será impartida de acuerdo a coordinación con el administrador del contrato, al menos para 15 personas. Generar acta de asistencia y reporte de evidencia de haberse impartido, con fotografías en el informe.
5.
La capacitación deberá incluir seguridad radiológica, operación básica, interpretación de imágenes, herramientas avanzadas de análisis, detección asistida por inteligencia artificial, video integrado, gestión de usuarios, registros, exportación de evidencias y mantenimiento preventivo básico.
6.
El adjudicatario deberá entregar material de apoyo, manuales digitales, programa de capacitación y constancia de temas cubiertos, todo en idioma en español y la capacitación debe ser brindada en la Escuela Vial Municipal de Cartago, la cual inclusive puede darse cualquiera de los 7 días de la semana.
4.18
Cronograma mínimo de capacitación
Módulo Contenido mínimo Duración mínima
Inducción y seguridad radiológica
Principios de radiación ionizante, normas de seguridad aplicables, procedimientos de operación segura, zonas de seguridad, cortinas plomadas, restricciones de uso y actuación ante emergencias.
2 horas
Operación básica del sistema
Encendido, apagado, activación, inicio de sesión, limpieza de canal, calentamiento, corrección, interfaz de usuario, manejo de banda transportadora y flujo de inspección.
2 horas
Interpretación y procesamiento de imágenes
Interpretación de imágenes de rayos X, materiales orgánicos/inorgánicos/mezclas, paletas de color, blanco y negro, negativo, zoom, realce de bordes, contraste, brillo, absorción y penetración alta/baja.
2 horas
Detección asistida e inteligencia artificial
Alertas automáticas, objetos sospechosos, objetos no penetrables, alarmas orgánicas, niveles de sospecha, marcos de alarma, limitaciones del sistema y criterio del operador.
2 horas
Video integrado y evidencias
Correlación imagen RX-video, revisión de eventos, búsqueda de imágenes, bloqueo de archivos, descarga/exportación de imágenes, video y reportes.
2 horas
Gestión, auditoría y mantenimiento básico
Usuarios y perfiles, logs, reportes estadísticos, respaldo, limpieza externa, sensores, pantalla, banda, cortinas plomadas, indicadores y botón de emergencia.
2 horas
Las capacitaciones deberán realizarse en la Municipalidad de cartago, con el equipo ya instalado, dichas capacitaciones deberán incluir al menos el siguiente personal que lo utilizara: policías municipales, personal de recepción , personal de servicios generales y personal área de TIC
4.19
Recepción del equipo
1.
El adjudicatario deberá entregar acta de instalación, acta de configuración, resultados de pruebas de funcionamiento, evidencia de capacitación, manuales digitales, garantía, contactos de soporte y recomendaciones de mantenimiento preventivo.
2.
La recepción definitiva deberá estar sujeta a la verificación de cumplimiento de las especificaciones mínimas, funcionamiento de la banda, generación de imágenes, alarmas, usuarios, video integrado, almacenamiento, exportación de evidencias, seguridad radiológica documental e integración con plataforma de monitoreo.
3.
Deberá instalársele una calcomanía (etiqueta) en un punto del equipo donde sea visible el nombre de la empresa adjudicataria, fecha de instalación y puesta en funcionamiento y teléfono de contacto para casos de emergencia.
4.
Deberá rotular el dispositivo con el nombre de la Municipalidad de Cartago
4.20
Instalación de circuito eléctrico y cableado estructurado
1.
El adjudicatario deberá considerar en su oferta la instalación de un circuito eléctrico completo desde el equipo a instalar por medio de tubería de aluminio hasta el tablero en el Centro de Carga ubicado en la caseta de seguridad del oficial de seguridad del Palacio Municipal.
2.
Debe contemplar el cableado DGV 3x12 (alrededor de 20 metros), breaker dedicado independiente y rotulado, tomacorrientes dobles aterrizados.
3.
El oferente debe verificar este punto en la visita técnica para lo que corresponda en su oferta.
4.
Deberá incluir los puntos de cableado de red informatica necesarios tipo 6ª conectados los switches de la red de cámaras y realizar el envió de información por medio de la red WAN o la conexión inalámbrica de dicha red. NO se debe de colocar en la red LAN.
4.21
Otras condiciones
1.
Previo a la entrega de la máquina, el contratista deberá indicar vía correo electrónico al Administrador del contrato, la dirección exacta del taller de reparación y el nombre completo del o los técnicos (así como su currículo donde se evidencie que son certificados por la fábrica en la instalación y manipulación de estos equipos) y con los cuales se realizará al menos dos mantenimientos preventivos por año durante la garantía que ofrezcan en su oferta, todo ello deberá estar incluido en la oferta.
2.
El oferente deberá contar con soporte técnico local y tener capacidad para atender incidentes en sitio dentro del plazo de garantía y como mínimo por los tres años siguientes después del plazo de garantía, en caso de que la administración requiera contratar algún servicio relativo al equipo. Para ello debe presentar una declaración Jurada, con firma válida verificable, sea digital o autógrafa (esta última deberá ser autenticada por abogado), indicando lo solicitado.
3.
El oferente deberá contar con garantía de la disponibilidad de repuestos y actualizaciones de software por un período mínimo de cinco (5) años posteriores a la recepción definitiva. Deberá presentar la carta del fabricante que garantice disponibilidad, la carta deberá contar con firma válida verificable, sea digital o autógrafa (esta última deberá ser autenticada por abogado), indicando lo solicitado.
4.
El oferente deberá contar con garantía de la disponibilidad de repuestos y actualizaciones de software por un período mínimo de cinco (5) años posteriores a la recepción definitiva. Deberá adjuntar carta del fabricante que garantice disponibilidad, la carta deberá contar con firma válida verificable, sea digital o autógrafa (esta última deberá ser autenticada por abogado), indicando lo solicitado.
5.
El equipo ofertado deberá cumplir con la normativa radiológica aplicable y niveles de fuga de radiación inferiores a 1 μSv/h en la distancia certificada por el fabricante. Deberá aportar una declaración jurada que demuestre el cumplimiento de la normativa.
6.
El equipo ofertado debe ser completamente nuevo, original de fábrica, no remanufacturado y de producción vigente. Deberá presentar una Declaración Jurada, con firma válida verificable, sea digital o autógrafa (esta última deberá ser autenticada por abogado), indicando lo solicitado.
7.
El oferente deberá garantizar que el Sistema del equipo ofertado admite actualizaciones de firmware, software y algoritmos emitidos por el fabricante durante el período de garantía. Deberá presentar una Declaración Jurada, con firma válida verificable, sea digital o autógrafa (esta última deberá ser autenticada por abogado), indicando lo solicitado.
8.
El oferente deberá comprometerse a dar una capacitación mínima de doce (12) horas, según el cronograma que se presenta en este pliego de condiciones, sin obviar temas ni en menos del tiempo planteado para cada aspecto. Deberá presentar una Declaración Jurada, con firma válida verificable, sea digital o autógrafa (esta última deberá ser autenticada por abogado), indicando lo solicitado.
9.
El oferente deberá de cumplir con todos los requerimientos de ciberseguridad que indique el área de TIC para funcionamiento. Deberá presentar una Declaración Jurada, con firma válida verificable, sea digital o autógrafa (esta última deberá ser autenticada por abogado), indicando lo solicitado
10.
Deberá incluir todos los cables, conexiones eléctricas, cableado estructurado 6A y de uso internet necesarias para su adecuado funcionamiento, Deberá presentar una Declaración Jurada, con firma válida verificable, sea digital o autógrafa (esta última deberá ser autenticada por abogado), indicando lo solicitado
11.
El oferente debe conocer y compartir en la oferta el consumo eléctrico del equipo que está ofertando con respaldo de un ingeniero eléctrico, este consumo debe ser presentado teniendo en cuenta cuando está en espera y cuando está en funcionamiento. Deberá presentar una Carta con la información clara del equipo ofertado (marca, modelo), donde específicamente se indica cuanto es el eléctrico del equipo tanto en espera (Stan by) como en funcionamiento, y deberá estar firmado por un ingeniero eléctrico. Las firmas deben ser válidas y verificables, sea digital o autógrafa (esta última deberá ser autenticada por abogado)
12.
La instalación deberá efectuarse de conformidad con las recomendaciones del fabricante y la normativa vigente del Ministerio de Salud de Costa Rica en materia de protección radiológica.
13.
En caso de que el contratista requiera cambiar algún técnico, deberá informar al Administrador del contrato y enviar el currículo de la nueva persona que cumpla con los mismos requisitos solicitados inicialmente
14.
El adjudicatario dejar todas las áreas intervenidas totalmente limpias, libres de residuos o materiales.
15.
Deberá mantener los materiales, equipos y herramientas debidamente ordenados, sin bloquear pasos ni accesos evitando cualquier accidente.
16.
La Municipalidad de Cartago no se obliga a aceptar la oferta de menor precio si considera que ésta contraviene sus intereses o la misma resulta ruinosa.
17.
La violación parcial o total de cualquiera de las estipulaciones contenidas en esta contratación u oferta facultan al municipio a rescindir administrativamente del contrato y cobrar daños y perjuicios al oferente, según lo previsto en el artículo No. 288 Terminación del contrato del Reglamento a la Ley No. 9986, Ley General de Contratación Pública.
18.
Es obligación ineludible del oferente ceñirse estrictamente a las exigencias de la contratación o pliego y a los términos de su oferta. Consecuentemente, el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas contempladas en dichos instrumentos dará lugar a la rescisión del respectivo contrato si la Municipalidad lo estima pertinente, sin perjuicio de accionar en la vía jurisdiccional el resarcimiento de daños y perjuicios.
19.
Todas las ofertas que cumplan con los requisitos de admisibilidad y técnicos pasarán a la etapa de evaluación de factores a ponderar.
20.
Se adjudicará tomando en cuenta la puntuación más alta obtenida.
21.
Cualquier omisión no libera al contratista de concluir el alcance total indicado según los requerimientos de la Municipalidad.
22.
Es importante agregar que para el presente proyecto fungirán como fiscalizadores funcionarios de la Municipalidad de Cartago. No se aceptarán cambios, salvo que se hayan solicitado por escrito y cuenten con su respectivo visto bueno por parte de la inspección. Cualquier omisión deberá ser notificada a los fiscalizadores antes de presentar la oferta formal por la ejecución de los trabajos. De lo contrario, cualquier situación durante el proceso de ejecución no añadirá ningún cargo adicional al monto original del contrato. Cualquier otra situación de este tipo será resuelta por los inspectores del proyecto y su resolución será definitiva.
23.
Cualquier aparato, máquina, material o trabajo, no mencionado en las especificaciones pero que fuere necesario para completar el trabajo anteriormente descrito será suministrado por el contratista sin significar un costo adicional para la Municipalidad.
24.
El proveedor deberá incluir aparatos, máquinas, material o trabajo y todos los accesorios adicionales que garanticen el óptimo desempeño técnico y estético de los trabajos, en concordancia con el término llave en mano, de no haber contemplado algún detalle, deberá aportarlo sin ningún costo para la Municipalidad.
25.
La reparación y/o reposición de elementos presentes en el sitio de los levantamientos que sean dañados durante el proceso será responsabilidad del Contratista.
26.
Cualquier tipo de empate especial que fuera necesario para la descarga y puesta en uso de las imágenes contratadas será suministrado por el contratista sin significar costo adicional.
27.
La entrega de los trabajos tecnológicos deberá ser coordinada y verificada por personal del área de TIC municipal bajo las reglas definidas por esta área.
28.
La entrega de los trabajos eléctricos deberá ser coordinada y verificada por personal del servicios generales
4.22
Desglose del precio:
Todo oferente debe presentar junto con su oferta el desglose del precio ofertado, presentando y completando el siguiente cuadro, esto debe hacerse por cada línea ofertada, por lo cual deben aparecer los seis cuadros de las seis líneas mencionadas
en este pliego de condiciones específicamente detalladas en el apartado de Especificaciones Técnicas
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURIA
(Licitación Reducida - LD)
“ COMPRA E INSTALACION DE EQUIPO DE INSPECCIÓN RAYOS X”
SECCION I
CONDICIONES GENERALES
- OBJETO DEL CONTRATO.
Fortalecer los controles de seguridad en los puntos de acceso de la Municipalidad de Cartago mediante la adquisición e implementación de un equipo de inspección de rayos X, con el fin de prevenir el ingreso de objetos peligrosos, armas o sustancias ilícitas, garantizando la integridad física de los funcionarios y usuarios del edificio municipal.
VISITA AL SITIO DE LOS TRABAJOS
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Se llevará a cabo una única visita al sitio de los trabajos (obra), la cual se ha programado para las 09.00 horas del día 01 de octubre del 2026, teniendo como punto de partida el Lobby del Palacio Municipal de Cartago y siendo coordinada por Alexander Quesada Brenes, Encargado del presente proceso. |
- ADMINISTRADORES DEL CONTRATO:
Se definen a Giovanna Siles Pérez y Alexander Quesada Brenes como Administradores de este contrato, quienes tendrán las funciones definidas en el Artículo 15 del Reglamento Interno Contratación Pública de la Municipalidad de Cartago y Circular PROV-CIR-003-2024, del 26 de abril del 2024, emitida por el Área Administrativa Financiera y la Proveeduría.
- CONSULTAS AL PLIEGO DE CONDICIONES:
EL Departamento de Proveeduría es la dependencia encargada de tramitar esta contratación, por lo tanto, cualquier consulta deben ser presentadas única y exclusivamente por la Plataforma de SICOP.
Toda comunicación, consultas, aclaraciones se realizarán únicamente por SICOP, no se tomarán como válido consultas o aclaraciones por teléfono o correo electrónico. (Artículo 9 del Reglamento Interno Contratación Pública de la Municipalidad de Cartago).
- FINANCIAMIENTO Y FORMA DE PAGO:
La Municipalidad financia esta contratación con recursos propios, incorporados en el presupuesto ordinario, los cuales se encuentran debidamente aprobados.
Que de conformidad con lo establecido en los Artículos 38 LGCP y 87 RLGCP, en (Expediente Electrónico/Listado de Expediente/Número de procedimiento/Descripción/Expediente [2. Información del cartel]Número de procedimiento/Ingreso al pliego de condiciones/ [F. Documento del cartel]Archivo adjunto), consta certificación o comprobante de contenido presupuestario.
El presente proceso licitatorio es de:
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1. Suministro de bienes: (Artículo 74 LGCP y 191 RLGCP), se deberá indicar Modalidad, Artículo 78LGCP y 192, 193,194,195 del RLGCP) (cantidad definida). |
Que, en (Expediente Electrónico/Listado de Expediente/Número de procedimiento/Descripción/Expediente [2. Información del cartel]Número de procedimiento/Ingreso al pliego de condiciones/[1. Información general] presupuesto total estimado) se detalla presupuesto total estimado del presente procedimiento. Y cuenta con un disponible de ¢16,089,070.50. (dieciséis millones ochenta y nueve mil setenta colones, con cincuenta céntimos)
Forma de pago: El pago se hará con giro a 30 días naturales mediante transferencia electrónica, (forma de pago en un solo tracto), todo de acuerdo con el recibido conforme y el visto bueno de la factura por parte del Administrador del Contrato. Y de conformidad a lo establecido en el Art. 18 inciso a) Pago por Resultados del RLGCP.
El pago podrá realizarse en la moneda fijada en la contratación o bien en colones costarricenses, todo de conformidad con lo que establece la Ley General de Contratación Pública y su reglamento, conforme a los artículos 18 y 19 RLGCP.
Los tipos de cambio usados en este proceso son los del BCCR.
Que el Contratista deberá tomar en cuenta, al momento en que la Municipalidad le realice el pago, lo estipulado en el artículo 30 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que en lo que interesa reza de la siguiente manera:
Artículo 30.- Retenciones en la fuente. Toda empresa pública o privada, sujeta o no a uno o varios de los impuestos contenidos en la Ley, así como los entes no sujetos y las demás instituciones y sujetos a los que hacen referencia los artículos 3, 23, 28 ter y 31 quater de la misma ley, están obligadas a actuar como agentes de retención o percepción del impuesto que surja cuando se paguen o acrediten, según corresponda, rentas percibidas por el trabajo personal dependiente o por concepto de jubilación o pensión u otras remuneraciones por servicios personales, rentas sujetas a los impuestos sobre rentas del capital y ganancias y pérdidas del capital, rentas remesadas al exterior, o cuando se dé alguno de los demás supuestos enumerados en este artículo.
Las rentas a que hace referencia el párrafo anterior se entenderán pagadas en el momento en que el beneficiario de estas reciba las sumas dinerarias de manera efectiva y se considerarán acreditadas cuando el beneficiario de tales rentas tenga derecho a exigirlas.
Según sea el caso, deberán observarse las siguientes disposiciones:
[…
vii. Rentas originadas en licitaciones, contrataciones, negocios u operaciones realizadas por el Estado, instituciones autónomas o semiautónomas, municipalidades, empresas públicas y otros entes públicos establecidos en el inciso g) del artículo 23 de la Ley. Están obligados a retener el Estado, instituciones autónomas o semiautónomas, municipalidades, empresas públicas y otros entes públicos, por las rentas que se originen en licitaciones, públicas o privadas, contrataciones, negocios u operaciones realizadas por estos y que se paguen o acrediten a favor de personas físicas o jurídicas domiciliadas en el país. En estos casos, la retención será del dos por ciento (2%) sobre el monto total de tales rentas puestas a disposición del contribuyente, excepto cuando se trate de:
- i) Transacciones que se efectúen entre entes públicos que se encuentren exentos o no sujetos al impuesto sobre las utilidades.
- ii) Pagos efectuados a personas no domiciliadas en el país, cuando estos estuviesen gravados con el impuesto sobre remesas al exterior.
iii) Créditos o pagos efectuados a personas o entidades exentas del Impuesto sobre las Utilidades.
- iv) Pagos sobre los cuales se hubiere efectuado la retención del tres por ciento (3%) a que se refiere el inciso e) del artículo 23 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
- v) Operaciones que no excedan de un salario base según lo establecido en el artículo 2 de la Ley No. 7337.
La Administración se encuentra facultada para modificar por resolución, el monto establecido.
La retención a que alude este acápite será considerada como un pago a cuenta del impuesto sobre las utilidades que corresponda cancelar al contribuyente. Asimismo, a solicitud del contribuyente, la Administración Tributaria podrá autorizarla aplicación de los montos retenidos a los pagos parciales del impuesto sobre las utilidades del período correspondiente.
Las retenciones de impuesto descritas en todos los incisos anteriores deberán practicarse por parte del agente retenedor en el momento en que se efectúe o acredite el pago respectivo, lo que ocurra primero…]
DE LA FACTURA Y SU TRAMITACIÓN
Toda factura derivada de esta licitación, que deba tramitarse ante este Municipio, deberá ser cargada, junto con los archivos XML, en el Sistema Digital Unificado (S.D.U.), y remitida posteriormente al correo electrónico facturaelectronica@muni-carta.go.cr, cumpliendo con los siguientes requisitos:
- Número de cuenta IBAN.
- Indicar el nombre del departamento al que se le brinda la adquisición del activo, servicio o suministro.
- Indicar en la factura el número de contratación (no el número de contrato).
- Consignar como medio de pago "transferencia".
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Información sobre Facturación |
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Razón Social |
Municipalidad de Cartago |
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Cédula jurídica |
3-014-042080 |
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Teléfono |
2550-4475 / 2550-4668 |
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Correo |
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Dirección |
Cartago, Distrito |
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Actividad comercial |
Municipalidades y Concejos de distrito |
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Código de actividad |
751103 |
DE LA RECEPCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL
Para coordinar la entrega de bienes (activos o suministros), debe realizar la solicitud de recepción en el S.D.U. y, una vez aprobada por el administrador del contrato, debe escribir al correo electrónico almacen@muni-carta.go.cr, indicando el número de contrato notificado y el número de solicitud de recepción registrado en el S.D.U. Para flexibilizar la agenda de recepción de bienes, debe indicar al menos dos fechas y horas tentativas para la entrega de estos.
El día coordinado para la entrega, debe presentarse el representante de la empresa o quien este designe, con una copia del contrato que incluya únicamente las líneas a entregar, así como la factura o remito del entregable.
- PRESENTACION DE LA OFERTA:
La oferta se presentará únicamente por el sistema Integrado de Compras (SICOP), (Artículo 16 LGCP, 25 RLGCP), asumiendo el oferente las consecuencias que se puedan generar por su falta de cuidado o cualquier error imputable a él en el momento de ingresar su oferta y la documentación complementaria. Lo anterior basado en el artículo 40 del Reglamento de SICOP y Artículo 119 RLGCP.
La Administración no autoriza la presentación de ofertas por medios electrónicos de transmisión de datos como casilleros electrónicos, correos electrónicos u otros medios.
Por el solo hecho de presentar la oferta, se entenderá como una manifestación inequívoca de la voluntad del oferente de contratar con pleno sometimiento a las condiciones y especificaciones de este pliego de condiciones, así como a las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes de la República de Costa Rica. Según el Art 123 del RLGCP
Forman parte de la oferta, la información ingresada en el sistema y los documentos que la acompañen (entiéndase los archivos anexos que adjunto el oferente). Una vez presentada la oferta en el sistema SICOP, no podrá ser retirada, entendiéndose que la misma pertenece a la Municipalidad. (Artículo 48 LGCP,118 y 119 RLGCP)
La Administración, según lo indicado en los Artículos 125 inciso d), 129 al 131 del RLGCP, aceptará Ofertas en Consorcio cumpliendo con las siguientes condiciones:
- Se aceptarán la participación de dos (2) o más personas jurídicas y/o físicas en consorcio, con el objetivo de cumplir y fortalecer los requisitos dispuestos en el pliego de condiciones. Las obligaciones que asume cada uno de los miembros que conforman el consorcio, deberán quedar plasmadas en el respectivo acuerdo consorcial. Alguna de las personas Consorciadas deberá tener la experiencia en el objeto del contrato. Los integrantes del consorcio responderán frente a la Administración de forma solidaria, como si fuesen una única contraparte. Artículo 48 LGCP y 125 RLGCP.
- Incorporar en el SICOP, anexo a la oferta, el acuerdo del consorcio debidamente protocolizado en el que consten los términos que regularán las relaciones de las partes y de éstas con la Administración, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 129 del RLGCP.
El acuerdo consorcial cubrirá al menos los siguientes aspectos:
- Calidades, incluido domicilio y medio para recibir notificaciones y capacidad de las partes.
- Designación de los representantes, con poder suficiente para actuar durante la fase de estudio de ofertas, de formalización, de ejecución contractual y para trámites de pago.(Líder)
- Detalle de los aportes de cada uno de los miembros, sea en recursos económicos o bienes intangibles, experiencia, compromisos y obligaciones que asumiría cada integrante en las fases del procedimiento contractual.
- El porcentaje de la participación de cada uno de ellos.
- Plazo del acuerdo que deberá cubrir la totalidad del plazo contractual.
- Cada uno de los Integrantes del Consorcio debe aportar las declaraciones firmadas digitalmente, en caso de que las firmas sean autógrafas, deberán estar debidamente autenticadas por abogado.
- De resultar adjudicado el Consorcio, se rendirá una garantía que respalde el cumplimiento de manera solidaria. Esta garantía de cumplimiento deberá cumplir con lo indicado en el pliego de condiciones.
NOTA: Si el oferente presenta en su oferta algún documento anexo en estado “CONFIDENCIAL”, debe adjuntarse en un archivo completamente por aparte y de forma independiente de la oferta y demás documentos solicitados por la administración y deberá indicar mediante acto motivado justificación de forma clara, detallada y con fundamento legal, las razones del por qué considera que dicha información debe ser tenida como “CONFIDENCIAL”. En caso de que un participante considere que existe información confidencial, así deberá indicarlo de modo expreso en el sistema digital unificado, al momento mismo de presentar o facilitar la documentación, haciendo señalamiento claro de los folios o archivos que estima confidenciales y de los motivos y su sustento jurídico. Artículo 15 LGCP y 30 de su Reglamento. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la advertencia de confidencialidad, mediante acto motivado suscrito por funcionario competente y con apego al principio de transparencia, la Administración deberá señalar si procede o no la declaratoria de confidencialidad y, en caso de que así proceda, realizará un resumen del contenido de los documentos sin revelar los aspectos confidenciales e indicará por cuánto plazo ha de mantenerse esta. Durante el lapso de los cinco días antes señalado, la información se tendrá como confidencial.
IMPORTANTE
En caso de que el Oferente ofrezca en su propuesta, personal Profesional Técnico, operario, entre otros, deberá adjuntar copia de la planilla de la CCSS actualizada, en la cual conste que estos, forman parte de su equipo de trabajo, en caso de no serlo, indicar si será subcontratado, debiendo aportar la información correspondiente, señalada en el apartado 6 del pliego de condiciones, en caso de que no se encuentre en la planilla, y tampoco sea subcontratado, favor adjuntar declaración jurada firmada digitalmente en la cual, se indique que de resultar adjudicatario del presente procedimiento licitatorio, se compromete a adjuntar, previo a la formalización del contrato, copia de la planilla de la CCSS, con la incorporación del personal propuesto.
- DE LA SUBCONTRATACIÓN:
Indicar si en la propuesta se da la figura de la Subcontratación, de ser positiva la respuesta, aportar, los requerimientos contenidos en los artículos, 18, 29, 49 de la LGCP y 21, 32, 33, 126 y 133 RLGCP. (Listado de los subcontratistas, objeto de la subcontratación, y porcentaje de la subcontratación, el cual no puede superar el 50% del monto total del contrato). Así como debidamente firmadas digitalmente, las declaraciones juradas que constan en (Expediente electrónico/Listado de Expediente/Número de procedimiento/Descripción/Expediente[2. Información del pliego de condiciones] Ingreso del pliego de condiciones/[F. Documento del pliego de condiciones] Declaración jurada Actualizada).
De relevancia indicar que una persona física o jurídica únicamente podrá figurar para un mismo concurso en una oferta, como subcontratista, oferente individual o participar de forma conjunta o consorciada.
Asimismo deberá el Subcontratista estar inscrito en SICOP. Debiendo estar al día con (CCSS, FODESAF, Tributación Directa/Hacienda) y aportar copia de la Licencia comercial y constancia emitida por el Departamento de Patentes de la Municipalidad en donde posee la licencia (s) de funcionamiento, donde se indique que se encuentra activa y al día en el pago del impuesto respectivo, o adjuntar norma que lo exonere.
Deberá adjuntar el Subcontratista carta de compromiso actualizada, con indicación del número de Licitación, en la cual se indique, que en caso de que el Oferente resulte Adjudicatario fungirá como subcontratista en el cumplimiento del objeto contractual de la Licitación, la cual debe estar firmada digitalmente y en un formato en el cual se pueda validar, en caso de que la firma sea autógrafa, esta debe estar autenticada por abogado.
El subcontratista deberá aportar póliza de Riesgos del Trabajo vigente a la fecha y permiso sanitario en caso de que corresponda.
En caso de que el Subcontratista sea persona jurídica, adjuntar personería jurídica notarial con un mes de expedida con respecto a la fecha de apertura de las ofertas y estar al día con el impuesto de personas jurídicas.
Si es una Persona Física aportar declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
Si es una Persona Jurídica aportar:
Declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el(los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial.
En caso de que los accionistas del oferente y del subcontratista sean a su vez personas jurídicas, la declaración jurada deberá comprender, además, la información señalada anteriormente respecto de estas últimas”. Artículo 32 inciso c) punto vi. RLGCP.
En caso de que el Subcontratista, tenga la obligación de encontrarse incorporado a un Colegio Profesional, deberá aportar certificación vigente, emitida por el Colegio, en la cual se indique que se encuentra habilitado y al día con sus obligaciones. (cuotas).
__________________
El Oferente debe aportar en caso de que se dé la subcontratación, todas las declaraciones juradas y certificaciones requeridas en el pliego de condiciones, con respecto a esté.
- DEL PAGO DE TIMBRE DEL COLEGIO DE PERIODISTAS
Conforme a lo establecido en la Ley 5527, “Ley de Creación del Timbre del Colegio de Periodistas de Costa Rica” y la Circular MH-DCoP-CIR-0079-2024, de fecha 29 de octubre del 2024, la cual establece el cálculo y registro en el SDU, del Timbre del Colegio de Periodistas de Costa Rica en los procesos de Contratación pública de servicios de publicidad. Debiéndose entender, que “…debe pagarse cuando se factura publicidad en espacios informativos, ya sean en prensa, radio, televisión o medios digitales. Esto aplica para medios con multiplataformas. Por ejemplo: En el caso de periódicos digitales, -según criterio de la Procuraduría-, el pago procede si se considera un medio de circulación diaria y la pauta no está incluida en la factura del medio impreso de publicación semanal o mensual. Si ya fue cobrado como parte del impreso, no se debe pagar nuevamente para evitar doble imposición…”.
Asimismo según criterio de la Institución de cita en importante tener claro que, “...la Internet es un soporte…”, ósea no es un medio de comunicación, por si sola, como lo es una emisora de radio, un canal de televisión o un periódico impreso. La Internet puede ser el “canal” o “vehículo” (soporte) a través del cual un medio formal, difunde contenido publicitario institucional.
Por tanto, El Oferente deberá incluir en su precio, cuando corresponda, el monto referente a dicho Timbre. El mismo debe desglosarse en la oferta económica de manera separada. En caso de no cumplir con el requerimiento, podrá la oferta considerarse incompleta para efectos del análisis económico y la adjudicación correspondiente.
Para efectos de pago, el Administrador del Contrato, el Almacén Municipal y la Tesorería, deberán verificar de previo, que el monto por concepto de Timbre aparezca en la factura, desglosado adecuadamente, y que se encuentre cancelado según lo exige la normativa y conforme al precio adjudicado. El Contratista debe adjuntar constancia del pago o adhesión del timbre.
En caso de que no se presente constancia o está, esté incompleta. La Municipalidad no tramitará el pago al Contratista, hasta tanto no se acredite debidamente el pago del timbre por el monto correspondiente.
De relevancia señalar que el Oferente, es quien debe incluir el monto del timbre como parte del precio total ofertado de manera separada. Y es a quien le corresponde realizar la cancelación.
- MEJORA DE PRECIOS
En atención a lo indicado por la norma en los artículos 90 y 99 respecto a la mejora de precios con el objeto de priorizar el principio del valor por el dinero, el principio de conservación del acto administrativo y el principio de eficiencia y eficacia en la gestión de compras públicas se establece el siguiente procedimiento:
- El analista técnico del proceso deberá gestionar por escrito mediante oficio formal, solicitud a proveeduría de convocatoria a mejora de precios, indicando las causales que dan justificación a dicha solicitud.
- La proveeduría a través del colaborador asignado procederá en plazo no mayor a un día hábil a generar mediante la plataforma SICOP, convocatoria formal a gestionar la mejora de precios de las ofertas presentadas.
- Se brindará para la presentación de dichas mejoras por parte de los oferentes, un plazo de un día hábil en caso de licitaciones reducidas, un plazo de tres días hábiles en caso de las licitaciones menores y un plazo de cuatro días hábiles en caso de las licitaciones mayores, para la presentación de las nuevas propuestas económicas, las cuales deberán contener manifestación expresa de que con dicha mejora de precios no se están afectando o bien desmejorando las calidades, cantidades, características y las condiciones originalmente ofertadas.
- Cada oferente en caso de que se presente a la convocatoria a mejora de precios deberá incorporar la estructura del precio descontado, considerando todos los elementos que los componen, además, de la estructura del precio sin descuento.
- Para efectos de evaluación de precios, se tomarán los ofertados en la sección mejora de precios, los cuales serán confidenciales hasta el momento de apertura de la mejora de precios.
- El procedimiento en el sistema SICOP será conforme lo establece el módulo especial para dicha finalidad.
La oferta deberá presentarse en idioma español, no obstante, la literatura técnica, podrán presentarse en otro idioma con la correspondiente traducción oficial al español. Artículo 118 RLGCP.
- DECLARACIONES JURADAS, CERTIFICACIONES, CONSTANCIAS Y OTROS
Todas las certificaciones requeridas en este pliego de condiciones deben de haber sido expedidas de la siguiente manera: en un plazo no mayor a 30 días naturales (Notario) o 15 días naturales (Registro Nacional) con respecto a la fecha programada para la apertura de ofertas
DECLARACIONES JURADAS
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Las declaraciones juradas requeridas en del presente proceso se regirán y deberán ser rendidas, por los Oferentes y subcontratistas, según lo estipulado en los artículos 18, 28 y 29 LGCP, 32 inciso c), y 33 del RLGCP. Así como también se deberá mediante declaración jurada, declarar si se encuentran inhabilitados o en proceso de inhabilitación con la Administración Pública. Artículo 118 LGCP.
En (Expediente Electrónico/Listado de Expediente/Número de procedimiento/Descripción/Expediente [2. Información del cartel]Número de procedimiento/Ingreso al pliego de condiciones/ [F. Documento del cartel] Archivo adjunto), consta machote de declaraciones juradas. |
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En todos los concursos en que presenten sus propuestas, los oferentes y subcontratistas deberán manifestar expresamente en la oferta que la información contenida en las declaraciones juradas, presentadas en el registro que al efecto lleve la Dirección de Contratación Pública, se mantienen invariables Artículo 29 LGCP. |
Además, cada oferente y subcontratista debe aportar:
Si es una Persona Física: declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
Si es una Persona Jurídica aportar:
Declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el(los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial.
En caso de que los accionistas del oferente y del subcontratista sean a su vez personas jurídicas, la declaración jurada deberá comprender, además, la información señalada anteriormente respecto de estas últimas”.
Artículo 32 inciso c) punto vi. RLGCP.
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En el caso de las declaraciones juradas, serán rendidas bajo fe de juramento con las responsabilidades y delitos que ello conlleva en caso de indicar información falsa. No será necesario rendirlas ante notario público, deberán estar firmadas digitalmente, y en caso de que las firmas sean autógrafas, las mismas deberán estar autenticadas por abogado. |
CERTIFICACIONES
- Persona Física
Si se trata de una persona física, se debe consignar claramente todas las calidades el nombre completo, estado civil, profesión u oficio, número de cédula de identidad, copia de la cédula de identidad y dirección exacta, números telefónicos y correo electrónico.
- Persona Jurídica
Si es una persona jurídica, deberá aportar una Certificación de Personería expedida por Notario Público que consigne: citas de inscripción y personería, denominación o razón social, plazo social, domicilio, nombre y calidades de los representantes y las facultades de su representación, naturaleza y propiedad de las acciones o cuotas. Tal certificación no podrá exceder de un mes de expedida con respecto a la fecha de apertura de las ofertas y cumplir con lo establecido en los artículos 77 y 110 del Código Notarial.
CONSTANCIAS
- Constancia de estar al día con el Pago de las cuotas obrero-patronales de la Caja Costarricense del Seguro Social. La misma será verificada en la página web de dicha Institución.
Esta sección se regirá conforme a lo establecido en el artículo 14 inciso f, del LGCP.
- En caso de que al momento de verificarlo en el SICOP o el portal de consultas de la CCSS no se encuentra inscrito como patrono ante la CCSS, y del objeto licitado se derive tal obligación, la Administración le solicitará explicación, la que, en caso de resultar insatisfactoria de acuerdo con los lineamientos establecidos por la CCSS, provocará la exclusión del concurso y la denuncia ante las autoridades correspondientes de cobro de la CCSS.
- De conformidad con la normativa vigente sobre la materia, durante toda la ejecución del objeto contractual, el administrador del servicio verificará que la empresa contratante se encuentre al día en el pago de sus obligaciones con la CCSS, para lo que verificara de oficio dicho estatus en la página oficial, o ante circunstancias particulares podrá solicitar, que se le proporcionen las certificaciones correspondientes.
- Constancia de estar al día con FODESAF e Impuestos Nacionales (Situación Tributaria/Hacienda). (Las mismas serán verificadas en las páginas web de cada Institución).
Si se determina que no están al día con dichas obligaciones, se realizará una única prevención para que corrijan dicha situación, de no corregirse en el plazo otorgado se dará la descalificación de la oferta del proceso de licitación, esto conforme al artículo 50 del LGCP.
- Patente Municipal:
Patente Municipal:
- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 del Código Municipal y el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, los oferentes y subcontratistas deberán cumplir con las disposiciones legales aplicables para el ejercicio de actividades lucrativas en el territorio nacional.
- En ese sentido, los oferentes deberán contar con una licencia municipal de funcionamiento (patente) vigente y al día presentando una constancia para acreditar su estatus, emitida por la municipalidad correspondiente al domicilio fiscal de la persona física o jurídica, o bien acreditar su cumplimiento previo al inicio de la ejecución contractual, cuando así corresponda conforme a la naturaleza de la contratación y al lugar donde se materialice el hecho generador. El Departamento de Proveeduría solicitará el criterio tanto técnico como legal al Área Tributaria mediante el Departamento de Patentes, para que indique si la patente aportada junto a la oferta o bien la verificada para la formalización contractual está acorde en todos sus extremos a este proceso de licitación.
- La Administración verificará el cumplimiento de este requisito ya sea en la apertura de las ofertas si cumple o en la fase de ejecución contractual, por tratarse de un requisito de cumplimiento legal accesorio y no de idoneidad técnica o sustantiva de la oferta, de conformidad con la jurisprudencia reiterada de la Contraloría General de la República R-DCP-SICOP-00305-2025, por lo que la omisión, diferencia o falta de acreditación de la patente municipal al momento de la apertura de ofertas no será causal de exclusión.
- En caso de que el oferente o adjudicatario goce de algún régimen de exoneración legal respecto de este requisito, deberá acreditarlo oportunamente.
- No se permitirá la utilización de licencias de funcionamiento que no se encuentren a nombre de la persona física o jurídica adjudicataria para efectos de la ejecución contractual.
- Los oferentes y subcontratistas que se encuentren patentados en este Municipio o que posean propiedades en el cantón central de Cartago deberán encontrarse al día en el pago de la licencia comercial, servicios municipales y el tributo de bienes inmuebles, lo cual será verificado por la Administración previo al inicio de la ejecución del contrato.
- Cuando el adjudicatario pertenezca a otro cantón y realice el hecho generador en el cantón central de Cartago, deberá tramitar la licencia de funcionamiento temporal, únicamente en los casos en que legalmente corresponda, previo al inicio de la ejecución contractual, a través de la Plataforma de Servicios de la Municipalidad de Cartago, a efectos del pago del impuesto respectivo por el monto adjudicado.
- Para los casos de oferentes o adjudicatarios domiciliados fuera del territorio nacional, la exigencia de la patente municipal y demás permisos de funcionamiento será verificada previo al inicio de las labores contractuales, en caso de que la actividad objeto del contrato se desarrolle en el país, siendo responsabilidad de la Administración constatar su cumplimiento en el momento procesal oportuno.
Definición de Hecho Generador: El hecho generador o sea el ejercicio de una actividad lucrativa en una jurisdicción territorial determinada esto es en un cantón específico.
- OTROS
- Seguros y obligaciones patronales:
El Oferente y el Subcontratista, deberán aportar junto con la oferta copia de la póliza de Riesgos del Trabajo, en la cual conste que mantienen vigente y al día los pagos por concepto dicho concepto y el Contratista, copia de la póliza de Responsabilidad Civil en el caso de que resulten adjudicatarios. (lesión o muerte a terceras personas).
- El contratista deberá asumir y mantener al día en forma amplia total y general todas las obligaciones y responsabilidades que correspondan al patrono por concepto de cargas sociales, derivados del Código de Trabajo o reglamentos y leyes conexas.
- Se entiende que la responsabilidad patronal será única y exclusivamente del contratista, por lo que no existirá ninguna relación laboral entre la Municipalidad y los trabajadores o empleados del contratista o subcontratistas.
- Si durante la ejecución del servicio por supervisión propia o denunciada se comprueba que las pólizas no se tienen o están vencidas, la Municipalidad podrá rescindir el contrato por el incumplimiento del Contratista.
- El contratista deberá cumplir las disposiciones de la Ley sobre Riesgos del Trabajo N° 6727.
- Se debe presentar por parte de los Contratistas las pólizas correspondientes de previo a iniciar la Contratación y en caso de que se deba suscribir un contrato de previo a la ratificación de este.
- La copia de la póliza adquirida por el Contratista deberá ser presentada ante el Supervisor respectivo y una copia a la Proveeduría Municipal a efecto de ser incorporada al Expediente Administrativo respectivo.
- Lo anterior según lo establecen los Art. 201, 203, 209 del CÓDIGO DE TRABAJO y los Art. 2 y 7 del REGLAMENTO GENERAL DE LOS RIESGOS DEL TRABAJO (LEY 6727).
- Permiso Sanitario
El Oferente y el Subcontratista, deberán aportar junto con la oferta copia, del permiso sanitario, el cual deberá estar vigente al día de la apertura.
- GARANTIA DE CUMPLIMIENTO
En cuanto a las formas de rendir la garantía de cumplimiento (si así se solicitara en el formulario SICOP), así como sus vigencias y devolución, se tramitaran según lo disponen los artículos 44 de la LGCP,110 al 115 del RLGCP.
- Devolución de la garantía
El Contratista deberá realizar la solicitud de devolución de la garantía de cumplimiento u otra que le haya sido requerida, en el sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), dirigiendo la solicitud al departamento de Tesorería Municipal, el cual será el encargado de realizar las gestiones correspondientes, de conformidad con el artículo 11 inciso e) y f) RICPM.
La garantía de cumplimiento será devuelta a solicitud del interesado, dentro de los veinte días hábiles siguientes a la fecha en que la Municipalidad haya recibido de forma definitiva y a satisfacción el objeto contractual. Artículo 113 RLGCP
.
NOTA: Toda garantía presentada a favor de la Municipalidad de Cartago, deberá estar libre de cualquier condicionamiento y su ejecutoriedad debe estar consignada como inmediata a favor de la Administración, misma que debe quedar expresada en el documento expedido por la entidad financiera correspondiente.
- ELEGIBILIDAD DE OFERTAS
Es elegible la oferta que se ajuste a las condiciones formales, legales, económicas y especificaciones técnicas del pliego de condiciones, de tal manera que cualquier incumplimiento de orden significativo a éste, constituye motivo de exclusión de concurso. Artículo 137 RLGCP.
- Cualquier condición no prevista en el presente pliego de condiciones, regirá conforme a lo dispuesto por la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, así como la restante normativa aplicable a la materia.
- Los potenciales oferentes podrán presentar objeciones o plantear las consultas según los artículos 95 LGCP, 253, 254 y 255 RLGCP.
- CLAUSULAS PARA PREVENIR LA CORRUPCIÓN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.
Que el artículo 24 del RLCP, establece el actuar ético e íntegro de los sujetos distintos a la Administración, señalando que las actuaciones que con ocasión de la actividad de contratación pública realicen deberán ser de manera proba, íntegra, transparente, con rectitud y buena fe, bajo el más alto cumplimiento de los principios éticos y jurídico, durante todas las etapas del procedimiento de contratación. Por lo que:
- La Municipalidad en sus procesos de contratación pública, NO PERMITIRÁ que a su personal, profesional, administrativo, técnico y operativo, se les solicite realizar actos contrarios a sus deberes y obligaciones como funcionarios públicos, se les soborne, se le ofrezca o suministre cualquier tipo de obsequio o donación, conforme al art. 20 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, así como cualquier tipo de dádiva, comisión, gratificación o liberalidad semejante, que puedan comprometer la transparencia e imparcialidad en las distintas fases del procedimiento de contratación, o se les solicite influir indebidamente en cualquier etapa de la contratación, en beneficio de los Oferentes o Contratistas ( Artículos 119 LGCP incisos a), e), s).) De detectarse algún tipo de corrupción inmediatamente, se realizarán las denuncias ante la instancia correspondientes, En caso de que se encuentre en la etapa de apertura, análisis y recomendación del acto final, la ofertas será descalificada del concurso y si se encuentra en la etapa de Ejecución, se procederá a realizar las diligencias necesarias para la Resolución del contrato y en caso de que proceda la inhabilitación
- Los Oferentes y Contratistas deberán abstenerse de ejercer influencia o presiones indebidas sobre los funcionarios públicos de la Administración contratante.
- No se tolerará actos de corrupción de ninguna naturaleza dentro de los procedimientos de contratación de bienes, obras y servicios. No podrán participar en dichos procedimientos personas físicas o jurídicas que tengan conflictos de interés con los funcionarios institucionales y autoridades que formen parte del Concejo Municipal.
En por lo que con base en los antes expuesto los Oferentes deberán aportar junto con su oferta, mediante declaración jurada, compromiso anticorrupción y de buenas prácticas comerciales, con fundamento en lo establecido en el Artículo 24 inciso c) RLGCP).
- ADJUDICACION
- La Municipalidad de Cartago tomará la decisión de adjudicación según plazo indicado en el sistema Integrado de Compras (SICOP).
- Para resultar adjudicatario, debe el oferente haber cumplido con lo dispuesto en la normativa vigente sobre Contratación Pública, haber cumplido con cada una de las Condiciones y Características solicitadas en el pliego de condiciones; así como de resultar su oferta como la mejor calificada.
- La Adjudicación quedará en firme, transcurrido el plazo para la interposición de los recursos respectivos de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Contratación Pública y el Reglamento a dicha ley.
- En caso de presentarse recurso en contra del acto de adjudicación, la Administración procederá a solicitar al recurrente y al adjudicatario que prorroguen la vigencia de la oferta, las cuales deberán ser otorgadas dentro del plazo perentorio que se les concede para la presentación de estas.
- FORMALIZACION CONTRACTUAL
La formalización contractual se llevará a cabo conforme lo establecen los artículos 274 y 275 RLGCP.
- La ejecución contractual derivada de esta contratación estará sujeta a la emisión previa de una orden de compra y/o contrato mediante SICOP, que constituye el documento formal que emite la Municipalidad de Cartago suscrita por los funcionarios competentes y refrendo en caso de que corresponda.
- Con base en el Reglamento de Refrendo de Contratos de la Contraloría General de la República, esta contratación deberá contar con el Refrendo correspondiente.
- El pago de los timbres podrá realizarlo mediante entero a favor del Gobierno de Costa Rica y deberá subir el comprobante al Sistema SICOP.
El proceso establecido para la formalización contractual es el siguiente:
|
Primero: Adjudicación en firme. |
|
Segundo: Presentación de la garantía de cumplimiento, timbres fiscales y demás documentos a solicitarse. |
|
Tercero: Redacción de contrato por parte de la Municipalidad. |
|
Cuarto: Firma de contrato entre las partes mediante SICOP. |
|
Quinto: Refrendo Interno o contralor, según corresponda. |
|
Sexto: Notificación de contrato refrendado. (si corresponde el refrendo) |
|
Séptimo: Notificación de la Orden de Inicio. |
- NOTIFICACIONES
Todas las notificaciones se realizarán por medio de la Plataforma de SICOP.
- RECURSOS
Los recursos del presente proceso serán presentados en el plazo definido por la norma, siendo competente para su resolución, la Instancia que define la ley ´General de Contratación Pública y su Reglamento. (Título IV, Capítulo I, Régimen Recursivo, RLGCP)
- DESGLOSE ESTRUCTURA DEL PRECIO Y PRESUPUESTO DETALLADO
18.1 EN RELACION CON LA ESTRUCTURA DEL PRECIO, el oferente deberá completar el siguiente cuadro, en cada línea de pago conforme al artículo 102 RLGCP.
|
COMPONENTE |
MONTO ¢ |
PORCENTAJE % |
|
Costos Directos |
|
|
|
Costos Indirectos |
|
|
|
Imprevistos |
|
|
|
Utilidad |
|
|
|
TOTAL |
|
|
18.2 PRESUPUESTO DETALLADO
El ADJUDICATARIO deberá presentar un PRESUPUESTO DETALLADO, en el cual se haga referencia al desglose de cada uno de los componentes de la estructura del precio. Dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato, todo de conformidad con lo establecido en el Art. 103 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, siguiendo el formato adjunto:
|
De relevancia indicar que, en los contratos de servicios, cuando la remuneración no se encuentre regulada por tarifas (aranceles obligatorios), la oferta deberá contener la estructura del precio, y quien resulte adjudicatario, deberá adjuntar el presupuesto detallado. Artículo 214 RLGCP |
G
|
Tipo de costo |
Componente |
Monto |
Porcentaje |
Índice asociado |
Emisor / País |
Moneda / fuente |
|
CD de Mano de Obra |
Mano de obra |
¢ |
% |
ISMN |
BCCR |
|
|
CD de Insumos |
Maquinaria |
¢ |
% |
Costos de posesión |
INEC |
|
|
|
Repuestos |
¢ |
% |
Repuestos |
INEC |
|
|
|
Combustibles |
¢ |
% |
Combustibles |
INEC |
|
|
|
Lubricantes |
¢ |
% |
Lubricantes |
INEC |
|
|
|
Equipo |
¢ |
% |
IPC |
BCCR |
|
|
|
Otros Insumos |
¢ |
% |
IPC |
BCCR |
|
|
CD de Subcontratos |
Subcontratos |
¢ |
% |
IPC |
BCCR |
|
|
CI de Mano de Obra |
Mano de obra |
¢ |
% |
ISMN |
BCCR |
|
|
CI de Insumos |
Insumos indirectos |
¢ |
% |
IPC |
BCCR |
|
|
|
Imprevistos |
¢ |
% |
No aplica |
|
|
|
|
Utilidad |
¢ |
|
No aplica |
|
|
|
|
Subtotal |
¢ |
|
|
|
|
|
|
IVA |
¢ |
13% |
|
|
|
|
|
Total, precio IVA. |
¢ |
113% |
|
|
|
Los costos incluidos en la estructura de precios son una propuesta y el oferente debe considerar los costos que mejor se ajusten al objeto del contrato de la contratación, la definición de los conceptos de costos incluidos en la estructura del precio se presenta a continuación:
- Costos directos de los insumos: son los costos necesarios para materializar el objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de materiales, materias primas, así como equipos, maquinaria, herramientas y las depreciaciones y seguros de éstos, pago de servicios públicos, entre otros.
- Costos directos de mano de obra: son los costos necesarios para materializar el objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones, así como los costos de las cargas sociales, prestaciones legales y obligaciones laborales correspondientes.
- Costos directos por subcontrataciones: son los costos en los que incurre el contratista por concepto de subcontrataciones con terceros, para la realización de labores o trabajos especializados requeridos para materializar el objeto contractual, de conformidad con lo regulado en el artículo 49 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 133 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Costos indirectos de los insumos: son los costos requeridos para la administración del objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de materiales, equipos, herramientas, depreciaciones y seguros de edificios, vehículos y equipo de oficina, costos financieros, pago de servicios públicos, entre otros.
- Costos indirectos de mano de obra: son los costos requeridos para la administración del objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones de su personal directivo, técnico, de soporte y administrativo, entre otros, así como los costos de las cargas sociales, prestaciones legales y obligaciones laborales correspondientes.
Además, como parte de la estructura del precio, con la oferta se deberá aportar la información de los índices oficiales de precios y costos asociados a los costos directos e indirectos de la estructura de precio.
Dichos índices deberán ser elaborados y emitidos por la entidad oficial del país de origen de los costos, y corresponder a la misma moneda en que se presenta el precio de la oferta y los valores absolutos de la estructura
NOTA IMPORTANTE: En caso de no presentarse en ese plazo, La Municipalidad declarará insubsistente la adjudicación y procederá conforme a lo establecido en el artículo 52 de la LGCP.
19. CRITERIO DE DESEMPATE DE LAS OFERTAS
En caso de empate de las ofertas, se considerará como factor de evaluación de desempate, una puntuación adicional a las PYME que hayan demostrado su condición a la Administración, de acuerdo con el artículo 97 Reglamento de la Ley General de la Contratación Pública, mediante el siguiente detalle:
- PYME de industria: 5 puntos
- PYME de servicio o agropecuaria: 5 puntos
- PYME de comercio: 2 puntos
En caso de que el empate persista, el desempate se definirá según lo dispuesto en el artículo 97 Reglamento de la Ley General de la Contratación Pública.
- REAJUSTE DE PRECIO
Todo según lo establecido en los artículos del 107 al 109 RLGCP. Derecho al mantenimiento del equilibrio económico de los costos directos e indirectos en contratos de suministro de bienes y servicios y obra.
- OTRAS CONDICIONES
- Objetivo de las Especificaciones Técnicas Generales.
Las especificaciones establecidas en el pliego de condiciones tienen por objeto el establecer los requerimientos de los bienes, servicios y obras que la Municipalidad desea adquirir.
En vista de lo anterior, el oferente debe conocer y aceptar las mismas, así como las consecuencias y responsabilidades en todos sus extremos, aún y cuando por omisión en el pliego de condiciones no se hallan indicado. Artículo 90 RLGCP.
Es indispensable que la empresa oferente cuente durante todo el proceso previo y de ejecución, con el respaldo técnico de expertos en las distintas áreas, esto con el objetivo de amparar, y si es del caso, mejorar las condiciones preestablecidas en este documento.
- Alcance de las Especificaciones Técnicas Generales.
Si se identificara la posible existencia de algún tipo de omisión, ésta deberá ser notificada, antes de presentar la oferta formal para la ejecución de los trabajos, por medio escrito y a través de la Plataforma SICOP. De lo contrario cualquier situación durante el proceso de la contratación no añadirá ningún cargo adicional al monto original del contrato, por concepto de omisiones sin resolver.
No se aceptan cambios en los requerimientos, salvo que se hayan solicitado por escrito y cuenten con su respectivo visto bueno por parte de los Administradores asignados por la Municipalidad de Cartago, o bien exista una justificación de peso en la que medie el juicio experto y que sea completamente demostrable.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. 7. Clausulas penales y multas aplicables al presente proceso de contratación. Las cláusulas penales y/o multas se aplicarán según se establecen en esta sección Sanciones económicas Se definirán para el presente proceso de contratación una multa del 1% del presupuesto de contratación, por incumplimiento del pliego de especificaciones técnicas que se especificaron en el cartel, lo anterior se motiva debido a que el cumplimiento de estas características debe ser acatado en un 100% ya que de lo contrario la salud e integridad de los funcionarios de puede ver afectada. Con base a lo anterior, esta unidad de valoró para este proceso de contratación cada riesgo, con los criterios de consecuencia y probabilidad, todo según el Marco Orientador SEVRI, estableciendo el control declarado a continuación para este caso específico. Será aplicada: 1. Por cada día hábil de atraso imputable al contratista en la entrega del equipo. 2. Por cada día hábil de atraso imputable al contratista en la instalación, configuración y puesta en funcionamiento del equipo. 3. Si el contratista no atiende una falla dentro del plazo establecido en el cartel, podrá aplicarse una penalidad por cada día de atraso, a partir del vencimiento del tiempo máximo de respuesta establecido. 4. Si el contratista no brinda la capacitación ofrecida dentro del plazo establecido, podrá aplicarse una penalidad previamente definida en el cartel, sin perjuicio de exigir posteriormente su cumplimiento. 5. Atraso en las pruebas de funcionamiento, cuando el contratista no realice las pruebas requeridas dentro del plazo establecido. 6. Al incumplir las especificaciones técnicas del producto que ha sido contratado. 7. Al entregar un producto con características diferentes e inferiores al adjudicado en el contrato. 8. Al incumplir con las características de diseño del producto adjudicado.
Cláusula penal. Clausula Penal El artículo Articulo 46 de la ley y 116 del reglamento de la Ley de Contratación Pública, establece que, para el caso de la ejecución tardía o prematura de obligaciones contractuales, lo que procede es la Cláusula penal, cuyos supuestos y montos deben estar incluidos en el cartel, aplicándose las mismas disposiciones de la multa. La Administración podrá establecer, de forma motivada, en el pliego de condiciones multas por ejecución defectuosa o cláusulas penales por la ejecución prematura o tardía de las obligaciones contractuales, conforme a las condiciones que se definan en el reglamento de esta ley. El cobro de la cláusula penal o de las multas será como máximo un veinticinco por ciento (25%) del precio del contrato, incluidas sus modificaciones, caso en el cual la Administración podrá valorar la resolución del contrato. Con el fin de cubrir eventuales sanciones económicas, la Administración podrá practicar retenciones sobre los pagos de un uno por ciento (1 %) por atraso de una semana, un cinco por ciento (5%) del total facturado por atraso de dos semanas, un diez por ciento por atraso de tres semanas y un veinticinco por ciento por atrasos iguales o superiores a cuatro semanas. Por lo tanto: Si existiera atraso o ejecución tardía de las obligaciones contractuales estipulado de acuerdo con las condiciones del cartel y de la oferta, siempre y cuando el atraso sea imputable al contratista, este deberá pagar un uno por ciento (1 %) por atraso de una semana, un cinco por ciento (5%) del total facturado por atraso de dos semanas, un diez por ciento por atraso de tres semanas y un veinticinco por ciento por atrasos iguales o superiores a cuatro semanas.
Documentos del cartel1
- Doc pliego de condicionesRAR · 6,9 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Giovanna Siles Pérez
Área de Seguridad Comunitaria
Alexander Quesada Brenes
Area de Seguridad Ciudadana y Escuela Vial Municipal
Alexander Quesada Brenes
Area de Seguridad Ciudadana y Escuela Vial Municipal
Valeria Maria Diaz Peralta
PROVEEDURIA
Valeria Maria Diaz Peralta
PROVEEDURIA
Esteban González Monge
Encargado del concurso · Proveeduría
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 09/10/2026 05:49. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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