2026LD-000054-0000700001 · SICOP 20261000350
Contratación del servicio de reparación para equipos eléctricos de detección de incendios y luces electrobioscopicas, bajo la modalidad según demanda
Municipalidad de Grecia
Municipalidad de Grecia busca contratación del servicio de reparación para equipos eléctricos de detección de incendios y luces electrobioscopicas, bajo la modalidad según demanda en 2 lotes (partidas). Recibe ofertas hasta el 12/10/2026 (mañana).
—
para todos los lotes
Tiempo para ofertar
mañana
cierra el 12/10/2026 10:10
Lotes y líneas
2 lotes
4 líneas en total
Fechas clave
- Se publicó05/10/2026 10:08 · hace 6 días
- Límite para 08/10/2026 16:00 · hace 3 días
- Límite para 07/10/2026 23:59 · hace 4 días
- Cierre de ofertas12/10/2026 10:10 · mañana
- de ofertas12/10/2026 10:15 · mañana
- (plazo máximo)≈ 26/10/2026 · en 15 días
Nota de la institución. Visita al sitio: Se realizara una única visita el día jueves 08 de octubre del 2026 a las 08:00 a.m. en las oficinas administrativas del Mercado Municipal con el Lic. Alejandro Arias Acuña. Se realizara una única visita el día jueves 08 de octubre del 2026 a las 11:30 a.m. en Puente de Piedra, Costado Norte de la Fanal, Edificio principal del Centro de Acopio con el Ing. Juan José Quesada Quesada.
Contexto
- Compras parecidas recibieron en promedio 3,2 oferentes.13 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años, en cualquier institución.
- Municipalidad de Grecia adjudicó ₡1 121,3 millones en 150 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra4 líneas · 2 lotes
- L1Repuestos para Sistema de Alarma Contra Incendios1 c/u · ₡1,001 c/u₡1,00
- L1Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Sistemas de Alarma Contra Incendios1 · ₡2 910 300,001₡2 910 300,00
- L2Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Sistemas de Alarma Contra Incendios1 · ₡607 958,131₡607 958,13
- L2Repuestos para Sistema de Alarma Contra Incendio1 c/u · ₡1,001 c/u₡1,00
Lo que exige el cartel
- : 0 durante 14 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 60 % · Experiencia 40 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 60 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
-
- El oferente deberá estar al día en el pago de las obligaciones con FODESAF según lo establecido en el artículo 22 inciso c) de la Ley 8783, Reforma No. 5662 Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, se verificará a través del SICOP.
- El oferente deberá estar al día con las obligaciones Obrero-Patronales al momento de la apertura de ofertas, de conformidad con la reforma al Art. 74 de la Ley constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social publicado en la gaceta N° 92 del 25 mayo del 2023, y el Art. 14 inciso f) de la LGCP, se verificará a través del SICOP.
- Para el caso de la póliza todo oferente debe contar y estar al día de la recepción de ofertas con la póliza de riesgos de trabajo aportando la certificación en la oferta.
- El oferente deberá estar al día con las obligaciones formales y materiales ante la Administración Tributaria, de conformidad con el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Dicha situación se verificará mediante el sistema correspondiente, dentro del portal de consultas en internet del Ministerio de Hacienda.
- Todo aquel proveedor inscrito en el Sistema Digital Unificado (SICOP), tiene la obligatoriedad de mantener actualizado su registro con toda la información relacionada, la misma debe de indicar la naturaleza y propiedad de las acciones y su beneficiario final, así como la declaración donde indique que no se encuentra sujeto a ninguna de las causales de prohibición establecidas en la ley 9986, conforme lo regulado en el artículo 29 de la Ley General de Contratación Pública y emisión por parte de la Dirección de Contratación Pública mediante Circular MH-DCoP-CIR-0054-2023 y publicación en La Gaceta N.94 del lunes 29 de mayo del 2023.
Adicionalmente a la declaración jurada de no encontrarse en ninguno de los casos de imposibilidad legal para contratar con la Administración de conformidad con lo dispuesto en los artículos 24, 25, 26, 27, 28, 29 de la Ley General de Contratación Pública, adicional debe indicar: que no tiene parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad y afinidad en esta Municipalidad con: El Alcalde Municipal, Regidores propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes y Proveedor Institucional.
- Requisitos específicos para la partida 1:
- El oferente debe contar con al menos un ingeniero que sea mecánico, eléctrico o electromecánico, debidamente inscrito en el colegio respectivo y contar con un mínimo de 12 meses de laborar para el oferente en labores de soporte en el servicio de mantenimiento de sistemas de alarma de incendios, el cual seta el profesional encargado y responsable técnico del servicio a ejecutar. Para esta condición debe aportar el curriculum que demuestren claramente sus condiciones, además de la certificación emitida por el CFIA que no sea superior a un mes de emitida, tomado como referencia la fecha definida para la apertura de ofertas y que haga constar su incorporación, estar activo para ejercer su profesional y no contar con sanción alguna.
- El oferente debe declarar bajo fe de juramentos que acepta suscribir una póliza de riesgos del trabajo para los trabajadores que realizaran los trabajos solicitados en este pliego previo al inicio de las labores, en el caso de resultar adjudicado en firme en esta contratación, citando el número de procedimiento por el monto adjudicado y la vigencia de la misma.
- El oferente debe de contar con una póliza de responsabilidad civil y de daños a terceros el oferente debe declarar mediante declaración jurada el establecimiento de dicha póliza.
- El oferente deberá aportar certificación de la casa matriz de ser distribuidor autorizado de equipo de detección de incendio marca Siemens para Costa Rica, del tipo de equipo existente en el mercado municipal, de forma que quede demostrada su acreditación para intervenir los equipos existentes, dicha certificación no debe de tener un plazo mayor a dos meses de expedida.
- El oferente debe aportar el o los currículos de al menos dos (2) técnicos capacitados para para hacerse cargo del objeto a contratar y que estén debidamente certificados por Siemens en la línea de Sistemas de Detección de Incendios CERBERUS PRO, se debe aportar CERTIFICADOS como requisito de admisibilidad de la oferta, para asegurar que el equipo de trabajo cuenta con la experiencia necesaria para la ejecución de tareas de mantenimiento y diagnóstico, los técnicos debe de contar con al menos un año de laborar con la empresa para lo que se debe indicar la fecha de ingreso a la empresa.
- El oferente debe de presentar una declaración jurada donde se comprometa a cumplir con todos los plazos de tiempo que en el pliego se indican.
Requisitos específicos para la partida 2:
1. El oferente debe contar con al menos un ingeniero que sea mecánico, eléctrico o electromecánico, debidamente inscrito en el colegio respectivo y contar con un mínimo de 12 meses de laborar para el oferente en labores de soporte en el servicio de mantenimiento de sistemas de alarma de incendios, el cual seta el profesional encargado y responsable técnico del servicio a ejecutar. Para esta condición debe aportar el curriculum que demuestren claramente sus condiciones, además de la certificación emitida por el CFIA que no sea superior a un mes de emitida, tomado como referencia la fecha definida para la apertura de ofertas y que haga constar su incorporación, estar activo para ejercer su profesional y no contar con sanción alguna.
- El oferente debe declarar bajo fe de juramentos que acepta suscribir una póliza de riesgos del trabajo para los trabajadores que realizaran los trabajos solicitados en este pliego previo al inicio de las labores, en el caso de resultar adjudicado en firme en esta contratación, citando el número de procedimiento por el monto adjudicado y la vigencia de la misma.
- El oferente debe declarar mediante declaración jurada, que en caso de resultar adjudicado contará de una póliza de responsabilidad civil y de daños a terceros, la cual declarara para que cubra contratación, y que la mantendrá vigente y al día por lo que dure la contratación.
- Se debe aportar CERTIFICADOS de al menos dos (2) técnicos capacitados, para asegurar que el equipo de trabajo cuenta con la experiencia necesaria para la ejecución de tareas de mantenimiento y diagnóstico.
- El oferente debe aportar el o los currículos de al menos dos (2) técnicos capacitados(los mismos deben ser los mismos que los aportados en el requisito anterior) para para hacerse cargo del objeto a contratar.
- El oferente debe de presentar una declaración jurada donde se comprometa a cumplir con todos los plazos de tiempo que en el pliego se indican.
- El oferente debe de presentar una declaración jurado donde indique que para el caso de mantenimientos correctivos únicamente utilizara repuestos que sean compatibles técnicamente con el sistema ya instalado en el Centro de Acopio Municipal Punto Verde.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Conforme se indica en el documento adjunto llamado pliego de condiciones, a partir del punto 5, "condiciones generales".
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
La Municipalidad de Grecia requiere la contratación del servicio de reparación para equipos eléctricos de detección de incendios y luces electrobioscopicas, bajo la modalidad según demanda, destinados en el Mercado Municipal de Grecia y Centro de Acopio Punto Verde.
La municipalidad de Grecia requiere contratar una persona física o jurídica que suministre y/o brinde los servicios para el mantenimiento preventivo y correctivo, para todos los equipos de detección de incendios y luces electrobioscopias, entre estos equipos están: los sensores de detección de humo, Panel de detección de incendios de la línea Cerberus Pro de la marca Siemens, modelo FC922 del Mercado Municipal como también el que se ubica en Punto Verde atendiendo los dispositivos de luces electroboscopicas y todo el sistema de cableado eléctrico para el funcionamiento del mismo, con el fin de garantizar el funcionamiento correcto de los mismos, ampliando su vida útil y asegurando con ello una prestación adecuada del sistema de emergencia que garantice la seguridad tanto del personal, de los ciudadanos y de las instalaciones físicas. Se contrata bajo la modalidad según demanda, de conformidad con las especificaciones técnicas, del presente documento.
Según las recomendaciones técnicas recibidas por proveedores que le han dado mantenimientos a este sistema anteriormente, se recomienda realizar dos mantenimientos preventivos al año, y para detectar en cada uno de las acciones necesarias para los mantenimientos correctivos, por la que la ejecución de esta contratación pretende que se logre mantener y reparar cuando sea necesario el funcionamientos del este sistema y esto constituye únicamente una estimación de consumo, sin garantizar ni un mínimo ni un máximo de consumo.
Mediante las constancias presupuestarias para el mercado MGP-CONST-0497-2026 y MGP-CONST-0462-2026 se cuenta con una asignación de ¢3.850.000,00, garantizando la disponibilidad financiera para esta contratación de la siguiente manera:
Y para Punto Verde Mediante las constancias presupuestarias para el mercado MGP-CONST-0580-2026 y MGP-CONST-0589-2026 se cuenta con una asignación de ¢200.000,00, garantizando la disponibilidad financiera para esta contratación de la siguiente manera:
El monto del contrato no excede la asignación presupuestaria y se gestiona conforme a los principios de eficiencia y control financiero establecidos en la Ley General de Contratación Pública.
Consideraciones para la presentación de su oferta:
- Cada documento que conforma la oferta se debe adjuntar de forma individual (favor no incluir PDF con documentos agrupados).
- El nombre de cada documento incluido en la oferta debe identificar claramente su contenido.
- Los documentos escaneados y firmados en físico o en manuscrito, deberán presentarse conjuntamente con la certificación emitida por notario público, donde se haga constar que es copia fiel y exacta de su original, de conformidad con el artículo 295 de la LGAP.
- En caso de incluir documentos emitidos en el extranjero, estos deben encontrarse apostillados o consularizados, según corresponda, de conformidad con el artículo 294 de la LGAP.
- Oferta:
- Serán oferentes todas aquellas personas que presenten su oferta en forma electrónica por medio del Sistema integrado de compras públicas, actuando por sí mismo o por medio de un representante debidamente acreditado para tales efectos.
- Por el solo hecho de presentar su oferta en el presente concurso, el oferente admite:
- Conocer completamente las condiciones del concurso, sus aclaraciones o modificaciones, y que acepta todos los términos y condiciones que en ellos constan.
- Cumplir estrictamente con las obligaciones laborales y de seguridad social de sus trabajadores y que el contrato que se llegue a suscribir entre las partes no generará responsabilidad alguna para la Administración, en cuanto a dichos rubros.
- En atención al párrafo tercero, inciso 3 del artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social en adelante C.C.S.S., el oferente deberá estar al día con sus obligaciones obrero-patronales ante la C.C.S.S.
- El oferente deberá encontrarse al día en el pago de las obligaciones con FODESAF, esto conforme al artículo 22 inciso c, de la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares No 5662.
- Debe de contar con póliza del INS conforme a la actividad comercial que ejerza y conforme lo solicitado en este pliego de condiciones.
- Conforme a lo establecido en el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, el oferente debe de encontrarse al día con sus obligaciones ante Tributación Directa.
- En los casos cuando se aporten manuales o documentación técnica los mismos deben adjuntarse a la oferta en el sistema integrado de compras públicas en momento procesal oportuno.
- La información técnica o complementaria y los manuales de uso expedidos por el fabricante deberán presentarse en idioma español, salvo que en el pliego de condiciones se permitan otros idiomas con la traducción debidamente consularizada o se acepte una traducción libre de su texto.
- El acto de apertura de las ofertas se realizará mediante el sistema integrado de compras públicas, en la fecha y hora establecida en el pliego de condiciones.
- Los oferentes podrán efectuar observaciones al acta de apertura de ofertas en forma electrónica por medio de sistema integrado de compras públicas dentro del plazo de una hora posterior a la publicación de la apertura.
- El Oferente está obligado a cotizar todo el objeto, salvo que se trate de partidas independientes entre sí, en cuyo caso podrá cotizar en las de su interés, sin que sea necesario que el pliego de condiciones lo autorice. No se permite la cotización parcial de una línea.
- Toda documentación adjunta en la oferta económica que sea emitida del exterior deberá estar apostillada para validar la veracidad del documento, así como en etapas posteriores a ésta que sea requerida por la administración o como respaldo del oferente, adjudicado y/o contratado.
- Oferta Base, Alternativas, en Conjunto o Consorciada: Se regulará conforme lo indicado en el artículo 125 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Los documentos adjuntos al pliego de condiciones forman parte integral de este, de forma tal que en caso de duda sobre las especificaciones técnicas del bien o servicio a adquirir prevalecerán las descripciones que elaboren las áreas técnicas y que se hagan constar en la documentación adjunta al pliego de condiciones en Sistema Integrado De Compras Públicas.
- Acto final:
La Municipalidad de Grecia se reserva el derecho de adjudicar en forma parcial cuando surjan temas de interés público. El plazo para dictar el acto final será el doble del plazo fijado en el pliego para la recepción de ofertas. En casos excepcionales y por acto motivado, se podrá prorrogar hasta por un plazo igual al definido en la recepción de ofertas.
Conforme a los artículos 104 y 139 del Reglamento a la Ley General de Contratación pública la Municipalidad se reserva el derecho de aumentar o disminuir las cantidades, conforme al disponible presupuestario, así mismo conforme al artículo 90 inciso h) se reserva el derecho de no adjudicar aquella (s) líneas que tengan precios fuera del mercado nacional en la línea afectada.
Conforme al artículo 8 del Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, el adjudicatario deberá entregar un programa de trabajo y se designa a el administrador del contrato como encargado de emitir la “no objeción” de:
- El programa de trabajo preliminar, inicial y sus eventuales actualizaciones.
- La pertinencia de los índices de precios y la documentación probatoria presentada.
- El presupuesto detallado y su concordancia con la estructura del precio.
- Cronograma de trabajo.
El encargado de emitir la “no objeción” será el encargado de velar por la correcta aplicación de esta cláusula y del régimen de revisión de precios.
Es importante considerar que el programa de trabajo que contempla las fechas acordadas por las partes en los contratos de bienes y servicios y de sus actualizaciones, adicionalmente deberá otorgar la “no objeción” de los índices de precios y de la documentación probatoria del método analítico-documental, según corresponda.
La Administración contará con un plazo de cinco (5) días hábiles para revisar y resolver sobre la pertinencia del programa de trabajo y emitir la respectiva no objeción. En caso de devolución, el adjudicatario dispondrá de tres (3) días hábiles para corregir y reenviar el programa de trabajo, y la Administración de otros tres (3) días hábiles para su resolución definitiva.
Superada la etapa anterior, el adjudicatario deberá presentar el programa de trabajo inicial dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la orden de inicio, el cual también deberá obtener la no objeción de la Administración en un plazo máximo de tres (3) días hábiles.
Durante toda la ejecución contractual, el contratista estará obligado a mantener actualizado el programa de trabajo vigente, presentando solicitudes de actualización en casos de prórroga, suspensión, modificación unilateral ordinaria o excepcional del contrato, o incorporación de nuevos renglones de pago. En estos supuestos, la Administración contará con un plazo de cinco (5) días hábiles, prorrogables excepcionalmente hasta por quince (15) días hábiles, para resolver.
Queda debidamente informado y aceptado el oferente con la sola presentación de su oferta para cualquier procedimiento de contratación, la administración señale en el pliego de condiciones la contratación de un año con opción de renovación en periodos iguales hasta cubrir los cuatro años, la potestad de la Municipalidad de Grecia en NO RENOVAR esos periodos adicionales por ser prórrogas facultativas y en caso de tomar esa decisión, se notificará al contratado por el medio señalado en la oferta y/o sistema integrado de compras públicas, con al menos dos meses de anticipación de la fecha en que fue notificado el contrato que dio origen a la relación contractual, adjuntando la decisión tomada por el órgano competente.
El período de esta contratación será de 1 (un) año, prorrogable por 3 (tres) períodos adicionales de un año, es decir, el período total de la contratación podría ser por un máximo de 4 (cuatro) años. El cual iniciará a partir de la comunicación de la orden de inicio en SICOP a través de la funcionalidad “Comunicación de la ejecución del contrato”.
El tope para la presente contratación es el monto designado para la Licitación Reducida. Se entenderá por alcanzado dicho tope cuando la sumatoria de todas las órdenes de pedido emitidas al o los adjudicados, alcance dicho monto. Por tal razón habiéndose alcanzado el tope fijado, se dará por concluido el contrato independientemente del plazo que haya transcurrido.
El adjudicado en firme previo a la firma del contrato debe de presentar una garantía de cumplimiento por un monto ₡291.030,00 con una vigencia de 14 meses para la partida 1 y para la partida 2 por un monto ₡196.300,00 con una vigencia de 14 meses. Si la garantía cumplimiento se rinde mediante dinero en efectivo, el obligado, utilizando el Sistema Integrado de Compras Públicas deberá transferir el dinero a una cuenta domiciliada de la Institución previamente establecida y asociada a este procedimiento.
La Garantías de cumplimiento deben de ser rendidas en forma electrónica, podrán rendirse en cualquier moneda extranjera o bien en su equivalente en moneda nacional, al tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al día anterior a la presentación de la oferta o la suscripción del contrato. En este último caso el contratista está obligado a mantener actualizado el monto de la garantía durante toda la contratación.
Es una obligación del contratista mantener vigente la garantía de cumplimiento mientras no se haya recibido el objeto del contrato. Si un día hábil antes del vencimiento de la garantía, el contratista no ha prorrogado su vigencia, la Administración podrá hacerla efectiva en forma preventiva y mantener el dinero en una cuenta bajo custodia, el cual servirá como medio resarcitorio en caso de incumplimiento. En este caso el contratista podrá presentar una nueva garantía sustitutiva.
En el caso de que la institución contratante se viera obligada a ejecutar la garantía antes del vencimiento del contrato, el adjudicatario rendirá una nueva, de manera que el contrato en todo momento quede garantizado hasta su ejecución total. En caso de no rendir la nueva garantía, será motivo suficiente para resolver el contrato.
En caso de contrataciones de más de una línea, la garantía debe rendirse con base en el monto global ofertado y no por línea.
La Garantía de Cumplimiento será devuelta al contratista en el plazo indicado en las condiciones particulares del pliego de condiciones o en su defecto dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha en que la Administración haya recibido de forma definitiva y a satisfacción el contrato, comprobado mediante documento suscrito por el Administrador del Contrato debidamente justificado y se haya realizado la recepción provisional y definitiva en Sistema Integrado de Compras Públicas.
En ofertas conjuntas cada oferente podrá respaldar solo el componente que cotiza o aportar una garantía para todo el monto ejecutable indistintamente de quien incumpla. En ofertas en consorcio se presentará una única garantía.
Tanto para la garantía de cumplimiento y colateral, el monto o porcentaje, así como su vigencia se establecerá en el pliego de condiciones.
Cuando se trate de una garantía de cumplimiento o colateral otorgada mediante un depósito de bono de garantía, el obligado, para rendir la garantía electrónica deberá acudir a una entidad emisora de este tipo de garantías. La entidad garante deberá transmitirla a Sistema Integrado de Compras Públicas en el mismo acto de su emisión.
El reajuste de precios se regula mediante el reglamento para el reajuste de precios en los contratos de obra pública y la revisión de precios en los contratos de bienes y servicios, Decreto Ejecutivo No.44937-H-MICITT-MIDEPLAN (Alcance No.46 Gaceta No.64 03 abril 2025, entrada en vigencia a partir del 04 de agosto del 2025).
El oferente debe aportar en su estructura de precios, todos aquellos índices de precios que se componen de su oferta inicial, bajo el amparo de lo regulado en el artículo 9 y/o 12 de este Decreto.
Cuando haya ausencia del índice de precios el oferente deberá advertirlo en su oferta y se podrá aplicar bajo el método analítico – documental de conformidad con lo regulado en los artículos 102, 107, 108 y 109 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Trámite de exoneración:
En caso de no tener los bienes ya ingresados al país, seguirá el siguiente proceso:
- Solicitud escrita de exoneración suscrita por el Adjudicatario o su representante, en esta hará referencia a la contratación que da origen a la solicitud y deberá indicar el número de documento de embarque, el tipo de transporte (vapor, avión o terrestre), el país de procedencia, el consignatario, el remitente, el peso bruto en kilos y el valor CIF en dólares moneda de Estados Unidos de América.
- Una copia de la (s) factura (s) del o los suministros a exonerar, la misma debe ser redactada en español o en su defecto debe venir acompañada con la traducción correspondiente. En el caso de que en una misma factura se consignen otros suministros, se debe indicar claramente, cuales son los equipos que serán entregados a la Institución.
- Una copia del documento de embarque o guía aérea, el cual debe cumplir con todos los requisitos legales que exigen las aduanas del país, para cumplir con los trámites de exoneración. Asimismo, debe contener un “Endoso comercial a favor de la Institución“, firmado por el apoderado Generalísimo, o su representante legal, indicando el nombre, número de cédula y firma. Esto, por cuanto los documentos de embarque deben estar consignados a nombre del adjudicatario o su representante y no de la Administración.
- La administración entregará al contratista o su representante en Costa Rica, la documentación pertinente a la exoneración para que realicen en la Aduana o Almacén Fiscal los trámites de desalmacenaje y posterior entrega del bien en las bodegas de la Institución o en el lugar acordado.
- Es responsabilidad del contratista correr con todos los gastos, que ocasione el internamiento, desalmacenaje, transporte dentro y fuera del país, hasta entregar el bien en las bodegas de la Institución, si así se ha establecido en las condiciones del contrato.
- En el caso de desalmacenaje de vehículos, una vez realizado el desalmacenaje por parte del contratista, este deberá hacer entrega a la Institución de la Póliza de Desalmacenaje y Riteve al día.
- La Institución procederá con el trámite de exoneración de los derechos de inscripción e impuesto a la propiedad.
- La Institución entregará al contratista la documentación necesaria para que proceda con los trámites de inscripción y placas metálicas ante el Registro Nacional.
- En el caso de bienes ya ingresados al país que cancelaron esos impuestos, deberá el bien ofrecerse cumplir con lo regulado en la directriz.
Aplicará este documento como un trámite a lo interno en aquellas contrataciones que ameriten acreditar los registros a nivel presupuestario que se origen en sistema integrado de compras públicas, quedando claro para el adjudicado en firme que no será un documento mandatorio para esta Municipalidad para iniciar con el plazo de entrega. Queda en claro que es un trámite único y exclusivo a lo interno, prevaleciendo lo señalado en el sistema integrado de compras públicas en la notificación de la formalización del contrato.
El contratado debe realizar la solicitud provisional a través del sistema integrado de compras públicas para este procedimiento, del cual el administrador de esa contratación confrontará el objeto contratado y podrá tramitarlo sin condicionamiento alguno o bajo protesta, Debe estar la solicitud en sistema integrado de compras públicas previo a la entrega del objeto con al menos un día hábil antes de la entrega del objeto o de lo contrario no se recibirá.
En caso de presentarse en la entrega del objeto, anomalías, incongruencias, o su estado el administrador de la contratación dejará consignado al contratado por escrito y en sistema integrado de compras públicas, con el detalle de los aspectos a corregir y el plazo en que deberá hacerlo, el cual no podrá exceder de la mitad del plazo de ejecución original.
El plazo de entrega rige a partir de la notificación del documento “Contrato” que se emite y notifica el sistema integrado de compras públicas En el caso de compras por demanda, el documento correspondiente para los plazos de entrega será de la notificación de cada “Orden de Pedido” que sea tramitada por la Administración al contratado en sistema integrado de compras públicas.
La modalidad de entrega será la establecida para cada línea en particular, siendo que dentro de un mismo contrato se puede encontrar líneas con entregas parciales y otras con entregas totales.
El plazo de entrega se da por medio de la disponibilidad inmediata, referente de acuerdo con las condiciones y necesidades indicadas en el pliego de condiciones.
Esta Municipalidad una vez generada la recepción provisional y definitiva lo comunicará por sistema integrado de compras públicas al contratado.
El adjudicado debe de solicitar por medio de sistema integrado de compras públicas, la recepción Provisional y Definitiva. La recepción definitiva sería en aplicación de lo regulado en el artículo 188 y 189 para los casos de obra pública y los artículos 284 y 285 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, en las condiciones generales se detalla este punto.
En contrataciones que se estipulen pagos por avance en obra, las solicitudes de pago se realizaran por medio de “Solicitud de Información” en la etapa de contrato y se realizara una única recepción provisional y definitiva en el último pago del proyecto.
La factura de pago deberá ser remitida vía Sicop por medio de gestión de pago así como al correo facturas_electronicas@grecia.go.cr., esta debe de tener fecha igual o posterior a la aprobación de la recepción definitiva en sistema integrado de compras públicas.
El código de actividad referente a la Municipalidad de Grecia es el 8411.0
Las Municipalidades de este país se encuentran exentas de todo tipo de impuestos conforme a la Ley 9635, del transitorio X ”Fortalecimiento de las Finanzas Públicas”.
De conformidad con el artículo de la Ley 7558, para aquellas contrataciones adjudicadas en una moneda diferente al colón, se aplicara el tipo de cambio de referencia para la venta emitido por el Banco Central de Costa Rica vigente al día en se efectuara el pago.
De conformidad con el artículo 277 del Reglamento de la Ley General de Contratación Pública, la cual cita “Los derechos y las obligaciones derivados de un contrato en ejecución podrán ser cedidos a un tercero, previa autorización de la Administración, siempre que no se trate de una obligación personalísima.
El jerarca o quien éste designe contará con un plazo de hasta diez días hábiles para resolver la solicitud de cesión planteada, la cual debe acompañarse como mínimo de la solicitud formulada por el cedente la aceptación del cesionario y cualquier documentación que resulte pertinente en relación con sus condiciones. La autorización que emita el jerarca o quien este designe, deberá adoptarse mediante acto debidamente motivado en el que al menos se analicen los aspectos indicados en el artículo 102 de la Ley General de Contratación Pública”.
Conforme se establece en el artículo 278 del Reglamento la Ley General de Contratación Pública, los documentos deberán ser presentados en el Sistema digital unificado.
“La cesión de pago recibida por la Administración no exonera al contratista de sus obligaciones y tampoco convierte al cesionario en parte contractual”.
En caso de ausencia temporal del funcionario designado como órgano supervisor del contrato, quien asuma el puesto o en su defecto el superior jerárquico inmediato continuará con la labor de control, supervisión y coordinación de este. En caso de ausencia permanente se constituirá como nuevo órgano supervisor del contrato quien asuma el puesto ya sea de forma interina o permanente. Dicha situación será comunicada al contratado.
Salvo que se disponga cosa distinta en las condiciones específicas del Pliego de condiciones, para los efectos de subcontratar se aplicará lo dispuesto en el artículo 49 del LGCP y 133 de su reglamento.
Todas las prohibiciones, así como las cláusulas de confidencialidad que se establezcan en el pliego de condiciones para el oferente, aplican de la misma forma para aquel a quien se subcontrata, no obstante, la Municipalidad no asume ningún tipo de compromiso para con este. Asimismo, el oferente deberá presentar junto con su oferta un desglose de las posibles empresas o personas a quienes subcontratará.
Durante la ejecución del contrato el subcontratado debe cumplir con todos los requisitos.
La Administración se reserva el derecho de verificar el cumplimiento de dichos requisitos durante la ejecución contractual.
El oferente podrá subcontratar hasta en un 50% del monto adjudicado. En todo caso, la subcontratación no relevará al contratista de su responsabilidad.
En los documentos adjuntos a la oferta, el (la) oferente debe realizar la indicación de si requiere subcontratistas Sí_________ No__________
En caso de que existan subcontratistas, en la oferta se deberá:
- Indicar los nombres de las personas físicas o jurídicas a quienes se pretende subcontratar.
- Indicar el porcentaje de participación, el cual no podrá superar el 50% del contrato que se pretende obtener en el costo total de la oferta, salvo autorización previa y expresa de la Administración a través de sus representantes técnicos, cuando a juicio de esta última existan circunstancias muy calificadas que así lo justifiquen.
- Presentar nota suscrita por el subcontratado, donde éste último muestre conformidad a prestar sus servicios para el (la) oferente y en el proyecto de interés.
- Aportar las mismas declaraciones juradas presentadas por el (la) oferente que se muestran en el apartado de “Condiciones y Declaraciones” del pliego de condiciones del expediente, y deberán aportar una certificación de los titulares de su capital social y de sus representantes legales, cuando ello corresponda.
Se realizará consulta de estar al día en sus obligaciones ante la Caja Costarricense del Seguro Social, Fondo de Desarrollo y Asignaciones Familiares y Ministerio de Hacienda.
De autorizarse al contratista alguna subcontratación, éste se obliga solidariamente con el eventual subcontratista por la responsabilidad emanada de los derechos laborales de los trabajadores empleados por el o la subcontratista. Además, la subcontratación no releva al contratista de su responsabilidad por la ejecución defectuosa en el servicio que se realice. La no aprobación de algún subcontratista no da derecho alguno al adjudicatario en cuanto a prórrogas, obras extras, aumentos, etc.
Una vez notificada al contratado el acta de recepción definitiva por sistema integrado de compras públicas, podrá generar la factura electrónica y remitirse por ese sistema para el inicio del trámite respectivo de pago.
Las dependencias usuarias no recibirán las facturas junto con los bienes, servicios y/o obra; debe atenderse por el sistema integrado de compras públicas.
La factura electrónica debe cumplir con los requisitos que exige el Ministerio de Hacienda, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Impuesto General sobre las Ventas y adicionalmente en “otros” el proveedor debe indicar información del número de contrato que se solicita cancelar y el número de procedimiento.
El pago tendrá lugar dentro de los treinta días naturales a partir de la presentación de la factura en sistema integrado de compras públicas, la cual debe ser la fecha de notificación por ese sistema y después de notificada el Acta de Recepción Definitiva del objeto contractual de conformidad con lo establecido en la Ley vigente. Esta disposición aplica también para pagos parciales derivados de contratos de servicios continuados o compras por demanda.
- Resolución contractual: Con fundamento en el artículo 113 de la Ley General de Contratación Pública, La municipalidad podrá resolver unilateralmente el contrato por incumplimiento grave imputable al contratista. Para Garantizar el debido proceso, se seguirá el procedimiento previsto en el numeral 114 de la misma Ley.
- Rescisión Contractual: Con fundamento en el artículo 115 de la Ley General de Contracción Pública, la municipalidad podrá rescindir unilateralmente el contrato por razones de interés público, caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditadas; para ello, seguirá el procedimiento dispuesto en el propio artículo 115, así como, en el ordinal 114 de la Ley.
De igual manera, conforme lo establece el artículo 116 ídem, podrá convenirse la recesión por mutuo acuerdo cuando existan razones de interés público y no incurra causa de resolución imputable al contratista.
El Administrador del Contrato está en la obligación de tramitar el finiquito ante los representantes de las partes y atender lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 44937-H-MICITT-MIDEPLAN. Esta condición aplicará de manera obligatoria para los contratos de obra pública y facultativamente en aquellos contratos de bienes y servicios que por sus características sean sometidos a una vigencia igual o superior a los seis meses o en contratos continuos hasta cubrir los cuatro años.
Las partes tendrán la responsabilidad de mantener el equilibrio económico en todo momento, siendo necesario advertir esas variaciones y se consolide ese registro en el finiquito.
Se adjuntara formato para el finiquito.
No podrán realizarse finiquitos de los contratos bajo protesta ni incorporarse enmiendas posteriores toda vez que este acuerdo impide reclamos patrimoniales futuros, a excepción de la responsabilidad por vicios ocultos de la obra o servicios, conforme a lo previsto en el artículo 111 de la ley general de Contratación Pública.
El finiquito deberá formar parte del expediente electrónico de la contratación.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Multa: En caso de que el adjudicatario incumpla en el contrato con lo requerido en el pliego de condiciones y no proceda a realizar las correcciones que le indique la Administración en el plazo señalado por esta última, iniciará el procedimiento para aplicar la multa respectivo por el hecho de conformidad con la matriz de cláusula penal y multa adjunta en el pliego de condiciones, por cada día de atraso en la no corrección de lo indicado, hasta un máximo de 25% (veinticinco por ciento). El cobro de multas se hará reteniendo su equivalente en la facturación a cancelar al contratado conforme a la gestión por parte del Administrador del Contrato debidamente acreditada para tal fin, y quedará retenido hasta cumplir el proceso respectivo y resolución misma para la decisión final. Para fines de la multa se considera como incumplimiento lo siguiente: Partida 1: Multa diaria Descripción de la multa Multa 1 0,38% Uso de repuestos no originales o no autorizados por la Administración. Multa 2 0,38% No presentar el informe técnico del mantenimiento preventivo dentro de los tres días hábiles establecidos. Multa 3 0,38% No atender una avería dentro del plazo máximo de un día hábil establecido en el cartel. Multa 4 0,38% No atender una emergencia catalogada como grave dentro del plazo máximo de doce horas. Multa 5 0,38% Incumplir el plazo máximo de reparación autorizado por la Administración. Multa 6 0,38% No sustituir componentes defectuosos detectados durante el mantenimiento preventivo cuando exista autorización administrativa Multa 7 0,38% Ejecutar labores sin coordinación previa con el Administrador del Contrato cuando ésta sea requerida. Multa 8 0,38% No entregar la garantía escrita del mantenimiento preventivo o correctivo Multa 9 0,38% Reincidir en una falta ya sancionada durante la vigencia contractual Partida 2: Multa diaria Descripción de la multa 0,38% Por el uso de repuestos incompatibles técnicamente con el equipo instalado durante la reparación. 0,38% No presentar el informe técnico del mantenimiento preventivo dentro de los tres días naturales establecidos. 0,38% No atender una avería dentro del plazo máximo de un día hábil establecido las especificaciones técnicas. 0,38% No atender una emergencia catalogada como grave dentro del plazo máximo de doce horas. 0,38% Incumplir el plazo máximo de reparación autorizado por la Administración. 0,38% No sustituir componentes defectuosos detectados durante el mantenimiento preventivo cuando exista autorización administrativa 0,38% Ejecutar labores sin coordinación previa con el Administrador del Contrato cuando ésta sea requerida. 0,38% No entregar la garantía escrita del mantenimiento preventivo o correctivo. 0,38% Reincidir en una falta ya sancionada durante la vigencia contractual. 0,38% No intervenir alguno de los componentes en el mantenimiento preventivo.
Cláusula penal. Cláusula penal: En caso de existir atrasos en el plazo de entrega del objeto de la contratación el adjudicatario deberá pagar por concepto de cláusula penal un 1.50% del valor del monto de la orden de pedido por cada día de atraso, hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe total del contrato. El contratado previo a finalizar el plazo contractual debe dejar constar al Administrador del contrato las razones por las cuales no podrá cumplir debido a situaciones de fuerza mayor, caso fortuito y/o negligencia de la administración, mismas que debe tramitar en sistema integrado de compras públicas durante el plazo contractual, del cual será ese momento jurídico de hacer constar la oportunidad del contratado para que no se aplique la cláusula penal. El contratado debe tener claro que para no incumplir en la cláusula penal debe solicitar la recepción provisional por sistema integrado de compras públicas, para que el administrador del contrato valide esta condición de cumplimiento y se deje constar la correcta ejecución contractual. En caso de que el contratado olvide o no trámite en sistema integrado de compras públicas esta solicitud, no será responsabilidad de la Municipalidad ni del Administrador del Contrato, acreditar por otra vía distinta al sistema integrado de compras públicas esa recepción provisional, quedando así claro que para esta etapa contractual sólo atenderá la administración esta gestión por dicho sistema. La fórmula y el detalle del porcentaje consignado en este punto se encuentran en el Excel adjunto.
Documentos del cartel5
- FRAUDEPDF · 809 KB
- COMPORTAMIENTO ÉTICOPDF · 1,7 MB
- CLÁUSULA DE HOSTIGAMIENTODOCX · 20 KB
- PLIEGO DE CONDICIONESPDF · 1,6 MB
- DOCUMENTOSZIP · 8,1 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Alejandro Rolando Arias Acuña
Administrador del Mercado
Juan José Quesada Quesada
Servicios Ambientales
Kristin Conejo Solís
Encargado del concurso · Administración de Bienes y Servicios
Alejandro Rolando Arias Acuña
Administrador del Mercado
Juan José Quesada Quesada
Servicios Ambientales
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 06/10/2026 06:07. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
Licitaciones parecidas
Sin adjudicarmisma institución y producto · 25/08/2026
Municipalidad de Grecia · 2 oferentes
Adjudicadamismo producto · 07/09/2026
Instituto Mixto de Ayuda Social · 2 oferentes
Adjudicada por ₡3,6 M a Soporte Critico y 1 más
Adjudicadamismo producto · 26/08/2026
Caja Costarricense de Seguro Social · 5 oferentes
Adjudicada por ₡23 M a Igpcr
Adjudicadamismo producto · 19/08/2026
Municipalidad de Alajuela · 3 oferentes
Adjudicada a Materiales Sarapiqui del Norte
Adjudicadamismo producto · 10/08/2026
Servicio de Ingeniería, de las Centrales Hidroeléctricas de JASEC
Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago · 2 oferentes
Adjudicada por ₡40,5 M a Ste Costa Rica Sociedad de Responsabilida y 2 más
Adjudicadamismo producto · 29/07/2026
Refinadora Costarricense de Petróleo Sociedad Anónima · 10 oferentes
Adjudicada por ₡67,3 M a Vas Technology