2026LD-000027-0002100007 · SICOP 20261000390
Mantenimiento y reparación de balsas salvavidas
Instituto Nacional de Aprendizaje
Instituto Nacional de Aprendizaje busca mantenimiento y reparación de balsas salvavidas con un presupuesto de ₡2,3 millones. Recibe ofertas hasta el 14/10/2026 (en 3 días).
₡2,3 millones
Tiempo para ofertar
3 días
cierra el 14/10/2026 09:00
Lotes y líneas
1 línea
Fechas clave
- Se publicó07/10/2026 07:44 · hace 4 días
- Límite para 08/10/2026 23:59 · hace 3 días
- Límite para 09/10/2026 23:59 · hace 2 días
- Cierre de ofertas14/10/2026 09:00 · en 3 días
- de ofertas14/10/2026 09:01 · en 3 días
- (plazo máximo)≈ 28/10/2026 · en 17 días
Contexto
- Instituto Nacional de Aprendizaje adjudicó ₡20 672,1 millones en 664 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡2,0 millones – ₡2,3 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Qué se compra1 línea
- Servicio de Inspección , Mantenimiento y Certificación de Balsas Salvavidas.1 · ₡2 294 811,001₡2 294 811,00
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Requisitos mínimos de admisibilidad.
2.12.1 Perfil requerido de la empresa física o jurídica:
La persona física o jurídica encargada de realizar la inspección y mantenimiento de la balsa, debe cumplir con las regulaciones establecidas en la Resolución A.761 (18) de la Organización Marítima Internacional. Además de tener las certificaciones de las casas clasificadoras internacionales, acreditadas para tal fin por la Organización Marítima Internacional. Además de contar con la autorización del fabricante de la balsa para realizar dicho servicio.
La cual deberá de adjuntar dicho certificado en SICOP.
El Instituto Nacional de Aprendizaje se reserva la potestad de constatar la información presentada por el oferente.
2.12.2 Perfil del personal requerido para la contratación
El oferente deberá presentar para la realización del trabajo el personal con la certificación de la casa de la marca de las balsas salvavidas a las cuales se le realizará el “Servicio de Inspección, Mantenimiento y Certificación de Balsa salvavidas.” De acuerdo con Resolución A.761 (18) de la Organización Marítima Internacional.
Forma de presentar los documentos de la persona profesional propuesta:
El personal técnico que realiza la revisión deberá estar acreditado por el fabricante de la marca de dicha balsa salvavidas de conforme la resolución A.761 (18) 4/11/1993, de la Organización Marítima Internacional.
Presentando el certificado de la casa de la marca de la balsa que lo acredita para tales mantenimientos.
2.12.3 Garantía del servicio
La garantía debe ser de UN AÑO a partir de la fecha de realizado el Servicio y hasta la fecha de vencimiento del certificado de la balsa.
El adjudicatario entregara a la administración el certificado original vigente que establece que a “La balsa salvavidas se le realizo el servicio de inspección, mantenimiento y certificación anual”, conforme a lo establecido en la resolución A.761 (18) de la Organización Marítima Internacional.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
SERVICIO DE INSPECCIÓN, MANTENIMIENTO Y CERTIFICACIÓN DE DOS BALSAS SALVAVIDAS.
CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO A REALIZAR:
1. EL SERVICIO DE INSPECCIÓN, MANTENIMIENTO Y CERTIFICACIÓN DE LAS BALSAS DEBE REALIZARSE
CUMPLIENDO CON LO ESTABLECIDO EN LA RECOMENDACIÓN O.M.I. RESOLUCIÓN A-761 (18) DE FECHA 04/11/93 Y
DE LA FECHA EN QUE FUE FABRICADA LA BALSA Y DEL VENCIMIENTO DE SU CERTIFICADO DE VIGENCIA ANUAL.
2. EL OFERENTE DE ACUERDO CON EL CERTIFICADO DE VIGENCIA ANUAL DE LAS BALSAS, PRESENTARÁ A LA
ADMINISTRACIÓN EN SU OFERTA EL DESGLOSE Y PRECIO DE LOS SERVICIOS, MATERIALES Y REPUESTOS QUE SE
NECESITEN PARA REALIZAR EL SERVICIO ANUAL.
3. EL OFERENTE PRESENTARÁ EN SU OFERTA EL O LOS CERTIFICADOS RESPECTIVOS QUE HACEN CONSTAR QUE
LA ESTACIÓN EN DONDE SE REALIZARÁ EL SERVICIO A LAS BALSAS ESTÁ AUTORIZADA Y AVALADA
INTERNACIONALMENTE DE ACUERDO CON LO ESTIPULADO EN EL PUNTO 5 DE LA RESOLUCIÓN A-761 (18) DE
FECHA 4/11/1993 RECOMENDACIÓN SOBRE LAS CONDICIONES PARA LA APROBACIÓN DE ESTACIONES DE
SERVICIO DE BALSAS SALVAVIDAS INFLABLES DE LA ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL.
4. EL OFERENTE APORTARÁ LOS REPUESTOS Y MATERIALES QUE SE NECESITEN PARA REALIZAR EL SERVICIO,
LOS CUALES TIENEN QUE SER ESTIPULADOS EN EL DESGLOSE Y PRECIO DE LOS SERVICIOS, MATERIALES Y
REPUESTOS PRESENTADOS A LA ADMINISTRACIÓN.
5. LA ADMINISTRACIÓN NO TIENE OBLIGACIÓN DE FACILITAR COPIA DE LA RESOLUCIÓN A-761 (18) DE FECHA
4/11/1993 DE LA OMI AL OFERENTE PUES QUIEN REALICE ESTE TIPO DE SERVICIO DEBE ESTAR AL DÍA CON TODOS
LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LA MENCIONADA RESOLUCIÓN.
6. SI AL MOMENTO DE REALIZAR LA INSPECCIÓN LA PERSONA TÉCNICA DE LA EMPRESA QUE ESTÉ REALIZANDO
EL SERVICIO DETERMINA QUE LA BALSA SALVAVIDAS ESTÁ DAÑADA Y NO ES APTA PARA REALIZAR EL SERVICIO
DE MANTENIMIENTO Y CERTIFICACIÓN ESTIPULADO, LA ADMINISTRACIÓN SOLO RECONOCERÁ EL PAGO POR LA
INSPECCIÓN REALIZADA, SIEMPRE Y CUANDO ESTA HAYA SIDO ESTIPULADA EN EL DESGLOSE Y PRECIO DE LOS
SERVICIOS, MATERIALES Y REPUESTOS PRESENTADOS A LA ADMINISTRACIÓN POR LA PERSONA OFERENTE EN
SU OFERTA. ADEMÁS DE PRESENTAR EL INFORME RESPECTIVO DEL DAÑO DE LA BALSA.
7. EL OFERENTE DEBE PRESENTAR CERTIFICADO DE MARCA DE LAS BALSAS, EN DONDE EL FABRICANTE
GARANTIZA QUE EL MANTENIMIENTO SERÁ REALIZADO POR UNA PERSONA TÉCNICA Y EMPRESA AVALADOS POR
EL FABRICANTE DE LAS BALSAS SALVAVIDAS. ADEMÁS DE SER UN REQUISITO DEL CONVENIO INTERNACIONAL
PARA LA SEGURIDAD DE LA VIDA HUMANA EN EL MAR Y SUS ENMIENDAS.
8. EL OFERENTE PRESENTARÁ CERTIFICACIÓN VIGENTE DE CUALQUIERA DE LAS SIGUIENTES CASAS
CLASIFICADORAS: GERMANISCHER LLOYD, LLOYDS REGISTER, DESK NORSKE VERITAS, BUREAU VERITAS,
AMERICAN BUREAU OF SHIPPING, NIPPON KAIJI KYOKAI O USCG, QUE LOS ACREDITAN PARA REALIZAR ESTE TIPO
DE REVISIÓN Y MANTENIMIENTO.
9. EL OFERENTE SE COMPROMETE A DEVOLVER A LA ADMINISTRACIÓN LOS MATERIALES Y REPUESTOS QUE
SEAN SUSTITUIDOS UNA VEZ REALIZADO EL SERVICIO.
10. AL MOMENTO DE LA INSPECCIÓN, MANTENIMIENTO Y CERTIFICACIÓN DE LAS BALSAS SALVAVIDAS, DEBE
ESTAR PRESENTE UNA PERSONA TÉCNICA DEL PROCESO DE NAVEGACIÓN ASIGNADO POR LA ADMINISTRACIÓN,
PARA DAR FE QUE EL SERVICIO SE REALIZÓ DE ACUERDO CON LO ESTIPULADO, ASÍ COMO RECOGER LOS
MATERIALES Y REPUESTOS QUE SE CAMBIEN, CON EL FIN DE QUE SEAN UTILIZADOS PARA FINES DIDÁCTICOS.
11. EL TRASLADO DE LAS BALSAS AL LUGAR QUE ESTABLEZCA EL OFERENTE PARA REALIZAR EL SERVICIO, SERÁ APORTADO POR EL INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE, ÚNICAMENTE DENTRO DEL TERRITORIO
COSTARRICENSE.
12. EL OFERENTE ENTREGARÁ LAS BALSAS DEBIDAMENTE EMPACADAS EN SU CONTENEDOR Y LISTAS PARA SER
COLOCADA EN UNA EMBARCACIÓN.
13. EL OFERENTE ENTREGARÁ A LA ADMINISTRACIÓN LOS CERTIFICADOS ORIGINALES VIGENTES QUE
ESTABLECEN QUE A CADA BALSA SE LE REALIZÓ EL SERVICIO DE INSPECCIÓN, MANTENIMIENTO Y
CERTIFICACIÓN ANUAL.
14. EL RECIBIDO A SATISFACCIÓN DEL SERVICIO ESTARÁ A CARGO DE LA PERSONA FUNCIONARIA ENCARGADA
DEL CENTRO NACIONAL ESPECIALIZADO NÁUTICO PESQUERO, POSTERIOR AL VISTO BUENO DE INSPECCIÓN DE
LA PERSONA TÉCNICA DEL PROCESO DE NAVEGACIÓN DEL INA QUE HAYA ASIGNADO LA ADMINISTRACIÓN.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
CONDICIONES GENERALES
2.1
Observaciones al acto de apertura de ofertas: se establece un plazo de un (1) día hábil después de la apertura de ofertas para que los oferentes puedan efectuar observaciones.
2.2
Términos de pago.
El INA cancelará las facturas dentro de los treinta días naturales siguientes al recibo del servicio a satisfacción, previo visto bueno, por medio de la modalidad: Transferencia bancaria en la cuenta cliente bancaria. Debe entenderse que el recibo a satisfacción incluye la aceptación por parte del Centro Nacional Especializado Náutico Pesquero del INA, e informe positivo del técnico respectivo, según los requerimientos del INA. Todo de conformidad con el artículo 18 del RLGCP.
El pago podrá realizarse en la moneda fijada en la contratación, o bien, en colones costarricenses, salvo lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley N°7558, Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, de 3 de noviembre de 1995.
Para efectos del pago en colones, en contrataciones pactadas parcial o totalmente en moneda extranjera, la Administración deberá utilizar el tipo de cambio de referencia para la venta emitido por el Banco Central de Costa Rica, vigente al día en que se efectuará el pago, de conformidad con el artículo 48 de la citada Ley N°7558.
Se deberá remitir la factura electrónica a la dirección de correo eriverajimenez@ina.ac.cr al Centro Nacional Especializado Náutico Pesquero.
2.3
El oferente podrá subcontratar hasta en un cincuenta por ciento (50%) del monto adjudicado, lo cual procederá únicamente para la realización de cuestiones especializadas y ello no relevará al contratista de su responsabilidad. Con la oferta se aportará un listado de las empresas subcontratadas. En ese detalle, se indicarán los nombres de todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar y se aportará una certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas. Todo de acuerdo con el Artículo 133 del RLGCP. En caso de NO utilizar la figura de subcontratación, el oferente debe de manifestar y justificarlo en su oferta respectiva. Además se recuerda que todos los subcontratistas aportados en el listado deberán estar registrados en SICOP, cumpliendo a cabalidad con los requisitos exigidos para ser proveedor de este sistema.
2.4
Sobre aplicación del IVA
Para efectos de este concurso los proveedores participantes deberán presentar sus ofertas económicas con el impuesto (IVA) correspondiente, ya que el INA no se encuentra exonerado.
El oferente deberá presentar en la sección información de bienes servicios u obras en SICOP un desglose de la oferta de los servicios ofrecidos junto con el impuesto antes mencionado.
En caso de encontrarse el bien o servicio ofertado exonerado por medio de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y decretos, el oferente deberá indicarlo.
Para efectos de este trámite el IVA que corresponde según lo indicado por la Unidad Técnica Especializada en su sondeo de mercado es de: 13%
2.5
Desglose de tributos.
Si en el pliego de condiciones se pide un desglose de los tributos que afectan la propuesta y ésta no lo indica, se presume que el monto total cotizado los contempla, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local todo conforme a lo previsto en el artículo 41 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 98 del RLGCP.
2.6
Adjudicación parcial.
Acorde con el artículo 104 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, el
Instituto Nacional de Aprendizaje se reserva la posibilidad de adjudicación parcial de una misma línea.
Cuando una partida esté compuesta por varias líneas y se solicita la adjudicación de esa partida a un solo oferente y en caso de no cumplir el oferente mejor calificado con la totalidad de las líneas, el Instituto Nacional de Aprendizaje se reserva el derecho de adjudicar parcialmente la partida a los otros oferentes, por calificación.
2.7
Desglose del precio
En atención al artículo 102 del RLGCP, el oferente deberá presentar la estructura de precio tanto en valores absolutos como porcentuales, y de presentarse discrepancias entre los valores absolutos y los porcentuales prevalecerán los primeros. Los valores absolutos deberán ser concordantes con la o las monedas con que se presenta el precio de oferta.
Para la presentación de la estructura del precio de la oferta deberá estar compuesto al menos de la siguiente manera:
RUBRO
PORCENTAJE
MONTO
1.
Costos Directos (mano de obra directa)
2.
Costos Directo (insumos directos)
3.
Subcontrataciones (cuando corresponda)
4.
Costos Indirectos (mano de obra indirecta)
5.
Costos Indirectos (insumos indirectos)
6.
Imprevistos
7.
Utilidad
TOTAL
100%
Para mejor entendimiento se indica las siguientes terminologías:
▪
Costos directos de mano de obra: Son los costos necesarios para materializar el objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones, así como los costos de las cargas sociales, prestaciones legales y obligaciones laborales correspondientes.
▪
Costos directos de Insumos: Son los costos necesarios para materializar el objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de materiales, materias primas, así como equipos, maquinaria, herramientas y las depreciaciones y seguros de éstos, pago de servicios públicos, entre otros.
▪
Costos directos por subcontrataciones: Son los costos en los que incurre el contratista por concepto de subcontrataciones con terceros, para la realización de labores o trabajos especializados requeridos para materializar el objeto contractual, de conformidad con lo regulado en el artículo 49 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 133 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
▪
Costos indirectos de mano de obra: Son los costos requeridos para la administración del objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones de su personal directivo, técnico, de soporte y administrativo, entre otros, así como los costos de las cargas sociales, prestaciones legales y obligaciones laborales correspondientes.
▪
Costos indirectos de los insumos: son los costos requeridos para la administración del objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de materiales, equipos, herramientas, depreciaciones y seguros de edificios, vehículos y equipo de oficina, costos financieros, pago de servicios públicos, entre otros.
▪
Imprevistos: Son los costos asociados a posibles costos originados en contingencias naturales, económicas y humanas, que quedan bajo la responsabilidad del contratista y que ni fueron previstos dentro de los costos del precio.
▪
Utilidad: Es el beneficio que persigue lograr el contratista al celebrar un contrato administrativo que se calcula considerando el tipo de trabajo, el esfuerzo para llevarlo a cabo, el riesgo intrínseco en el negocio, la inversión que el contratista realizará para ejecutarlo, etc.
Nota importante: Con relación al rubro de imprevistos, no es posible considerar que, en una estructura de precios de este tipo de contratos que solicita desglose de precios, la cotización se muestre con cero, se omita el rubro, o de existir el rubro se deje en blanco, ya que esto implica que no se está cotizando el rubro, y con ello se maximiza la posibilidad de problemas en la ejecución del contrato. El concepto del rubro de imprevistos está intrínsecamente ligado a la búsqueda de asegurar la consecución del interés público en la contratación, pues resulta claro que su propósito es cubrir cualquier situación imprevista que pueda presentarse durante la ejecución contractual y no deben confundirse con una mala planificación o cálculo de costos, sino que surgen del riesgo implícito en todo contrato. Y su cotización lo que pretende es evitar que el contratista consuma otros rubros del precio y con ello se ponga en riesgo la ejecución del objeto a razón de la onerosidad que podría representar la ejecución del objeto contractual.
Por lo tanto si una oferente omite incluir un porcentaje al rubro de imprevistos, en el análisis que se haga de parte del Instituto Nacional de Aprendizaje, podría quedar excluido del concurso de licitación. Ante esto, la omisión de dicho rubro será analizada por la Administración conforme a la normativa aplicable y a las reglas de subsanación y admisibilidad que correspondan.
2.8
Presupuesto detallado:
De conformidad a lo indicado en el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública (LGCP) y el artículo 103 del c) el presupuesto detallado del bien y/o servicio contratado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato.
El presupuesto detallado deberá contener al menos sus costos directos, donde se considere como mínimo los recursos de materiales, mano de obra con el detalle de cargas sociales (deberá considerar los porcentajes mínimos de Ley vigentes al momento de presentar la oferta), equipos y maquinaria e identificación de los subcontratos, sus costos indirectos, su utilidad e imprevistos.
El adjudicatario debe presentar un desglose del presupuesto detallado del bien y/o servicio, deberá considerar todos los porcentajes mínimos de Ley vigentes al momento de presentar la oferta. En caso de no presentarse en ese plazo, la Administración declarará insubsistente la adjudicación y procederá conforme a lo establecido en el artículo 52 de la Ley General de Contratación Pública.
2.9
Póliza de Riegos del trabajo.
El adjudicatario en firme dentro de los ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación deberá presentar antes de la confección del contrato respectivo, copia certificada de la Póliza de Riesgos de Trabajo, emitida por el Instituto Nacional de Seguros o por otra entidad aseguradora autorizada en el país.
Dicha póliza deberá cubrir a todos los colaboradores del contratista que intervengan en la ejecución del contrato, independientemente de si realizan sus labores dentro de las instalaciones del INA, en las instalaciones del propio contratista, o en cualquier otro lugar donde se desarrollen actividades vinculadas con la prestación del servicio.
En caso de prórroga o ampliación contractual, el contratista deberá extender la vigencia de la póliza en igual término.
La no presentación o mantenimiento de esta póliza en condiciones vigentes constituirá causal de incumplimiento.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Multas por la presentación de recursos temerarios Se aplicará lo dispuesto en los artículos 93 y 94 de la LGCP en cuanto a los recursos que les corresponda conocer para la aplicación de las multas a la Contraloría General de la República o la Administración, así como el procedimiento para imponer la multa.
Cláusula penal. Clausula penal El atraso en la entrega del servicio dará lugar a una sanción económica del 1% por día hábil que se aplicará con base en el monto facturado de la línea donde se presente el incumplimiento, en atención al artículo 116 del RLGCP y al artículo 46 de la LGCP. Para ejecutar la cláusula penal la Administración deberá emitir un acto motivado, con indicación de la prueba que lo sustente. En contra de esa decisión, el afectado podrá interponer los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del acto. La resolución de dichos recursos agota la vía administrativa. El cobro por concepto de cláusula penal no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del precio del contrato incluidas sus modificaciones. La omisión de cobro ocasionará responsabilidad civil y administrativa del funcionario omiso, conforme a lo previsto en el artículo 125, inciso k) de la Ley General de Contratación. esto en atención al artículo 117 del RLGCP y el artículo 47 de la LGCP.
Documentos del cartel3
- Certificados de balsasPDF · 840 KB
- Descripción ampliaPDF · 10 KB
- Pliego de condicionesPDF · 338 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Erick Andrés Rivera Jiménez
Centro Nacional Especializado Nautico Pesquero
Jose Efrain Gomez Segura
PROCESO ALMACEN URPC
Alex Jose Quesada Alvarado
NÚCLEO NÁUTICO PESQUERO
Abraham Esteban Rojas Zuñiga
Núcleo Náutico Pesquero - PGA
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 09/10/2026 06:49. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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