2026PX-000016-0023300001 · SICOP 20261000677
Curso de Especialización como Inspectores Municipales de Tránsito para la Municipalidad de San Rafael de Heredia
Municipalidad de San Rafael de Heredia
Municipalidad de San Rafael de Heredia busca curso de especialización como inspectores municipales de tránsito para la municipalidad de san rafael de heredia con un presupuesto de ₡4,1 millones. Recibe ofertas hasta el 13/10/2026 (mañana).
₡4,1 millones
Tiempo para ofertar
mañana
cierra el 13/10/2026 10:00
Lotes y líneas
1 línea
Fechas clave
- Se publicó06/10/2026 14:01 · hace 6 días
- Cierre de ofertas13/10/2026 10:00 · mañana
- de ofertas13/10/2026 10:05 · mañana
- (plazo máximo)≈ 27/10/2026 · en 15 días
Contexto
- Municipalidad de San Rafael de Heredia adjudicó ₡687,0 millones en 183 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡3,5 millones – ₡4,1 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Qué se compra1 línea
- Cursos de Capacitación para Personal Policial y Administrativo de la Policía4 · ₡4 080 000,004₡4 080 000,00
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 180 días naturales
- Contrato por 12 meses
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
12. Requisitos admisibilidad: Lo mismo que se ha descrito hasta el momento, siendo
exigente y cuidadoso en aras de la protección de los recursos públicos y velando
por el interés público. Se admite a concurso la oferta que cumpla con todos los
aspectos de admisibilidad, requerimientos legales y documentación solicitada
en el pliego de condiciones, y demás jurisprudencia en materia de contratación
administrativa que aplique la sola presentación de la oferta se entenderá como
una manifestación inequívoca de la voluntad del oferente de contratar con pleno
sometimiento al pliego de condiciones, disposiciones legales y reglamentarias
vigentes. La sumisión operará de pleno derecho e implicará la incorporación
dentro del contenido de la relación contractual de las normas constitucionales, los principios y prohibiciones establecidos en la Ley de Contratación Pública,
su Reglamento y el presente pliego de condiciones.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
SECCIÓN III
Requerimientos Técnicos del Proceso de Contratación
1. Especificaciones Técnicas
Partida 1
Línea 1
Nombre del servicio: Curso modalidad internado para Inspectores de Tránsito
Municipal
Detalles, cuadros, imagenes, fotos, otros en especificaciones técnicas Oficio No. CARTA-MSRH-USC-048-2026
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Nombre Del Proceso De Contratación Publica
“Curso de Especialización como Inspectores Municipales de Tránsito para la Municipalidad
de San Rafael de Heredia”
SECCIÓN I
Información General de la Contratación
1. Nombre de la obra o servicio: “Curso de Especialización como Inspectores
Municipales de Tránsito para la Municipalidad de San Rafael de Heredia”
2. Dependencia solicitante y ejecutora: Policía de Tránsito Municipal, Dirección
Administrativa Financiera
3. Tipo de procedimiento: PROCEDIMIENTO POR EXCEPCIÓN Proveedor único
(Inciso c del artículo 3 LGCP 9986)
4. Tipo de modalidad: Cantidad definida
5. Clasificación del objeto: Servicios
6. Justificación de la procedencia de la contratación: El Proceso de Seguridad
Cantonal, requiere capacitar a 04 policías municipales para que sean
acreditados como inspectores municipales de tránsito y contribuyan a labores
de seguridad vial dentro del cantón de San Rafael de Heredia. El curso
“Especialización para inspectores institucionales y municipales de tránsito”,
únicamente es impartido por la Academia Nacional de Policías, ente adscrito al
Ministerio de Seguridad Pública y constituye un requisito previo establecido por el COSEVI para otorgar la habilitación a legal a nuevos inspectores municipales
de tránsito.
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento a la Ley
General de Contratación Pública (Decreto Ejecutivo N.º 43808 -H), los servicios
de capacitación abierta están exceptuados de los procedimientos ordinarios de
contratación, siempre que cumplan con los fines institucionales y sean ofrecidos
al público en general.
Así las cosas, se deja acreditado que la Academia Nacional de Policía, es el único
ente competente por disposición legal para brindar los cursos en materia policial
del país que permitan habilitar a nuevos oficiales, de conformidad con la ley
N9552 Creación de la Academia Nacional de Policía, la cual en su numeral 3
establece lo siguiente:
ARTÍCULO 3- Son atribuciones de la Academia: c) Vender servicios de
formación, capacitación y especialización a las instituciones del Estado, las
entidades u organismos públicos o privados, nacionales o internacionales,
los policías municipales, las personas físicas o jurídicas dedicadas a la
seguridad privada, en materias propias de su giro académico, con apego al
ordenamiento jurídico en materia de contratación administrativa, así como
al reglamento que al efecto se emita.
Corolario de lo anterior, tal y como consta en la documentación adjunta, la
Academia Nacional de Policía publicó el 14 de abril de 2026 las próximas
convocatorias de este curso, el cual es de absoluto interés del Proceso de
Seguridad Cantonal debido a que permitirían dotar de más efectivos policiales
en materia de tránsito, fortalecer los procedimientos policiales y la labor de
seguridad pública y vial.
7. Disponibilidad del recurso humano para la supervisión del objeto contractual:
El encargado de la Policía y Tránsito Municipal / Líder de Coordinadores
Operativos de la Policía Municipal, con apoyo de la Dirección Administrativa
Financiera y la Alcaldía Municipal velarán para que el proyecto se desarrolle de
la mejor manera posible. La coordinación y fiscalización de todo lo relacionado
con la contratación, se hará por parte de la Unidad de Policía Municipal
Municipales, correo: policiamunicipal@munisrh.go.cr
8. Finalidad pública que se persigue satisfacer con el concurso: La contratación de
esta capacitación es para uso exclusivo de funcionarios pertenecientes a Policía
Municipal de la Municipalidad de San Rafael de Heredia, cuyo desempeño se
focaliza en el resguardo, cuido y protección de la ciudadanía y visitantes del
cantón, así como de la Seguridad Vial.
9. Justificación de la escogencia de la solución técnica para satisfacer la necesidad:
La administración debe velar por que las unidades operativas tengan las
herramientas, conocimientos y sistemas que permitan la segura, efectiva y
rápida ejecución y desenvolvimiento de sus funciones, en atención de las
necesidades de la población, por lo que la Seguridad Vial es uno de estos pilares
de desarrollo local.
10. Procedimientos de control de calidad: Esta Administración acredita que, para
el cumplimiento de este procedimiento de compra o servicio, se cuenta con
recurso humano calificado para verificar el fiel cumplimiento exacto de las
obligaciones pactadas, así solicitado en artículo 106 de la LGCP.
• Verificación por la unidad técnica al recibir el servicio.
• Recepción provisional y definitiva.
11. Terceros interesados y/o afectados: Funcionarios Municipales, contribuyentes,
Población San Rafael y público en general.
12. Riesgos Identificados: Extensión o atrasos en los tiempos de contratación,
cumplimiento precio-calidad del servicio, declaración desierta o infructuosa.
13. Estimación presupuestaria: ₡ 4.080.000,00
14. Detalle de meta (s) y cuenta (s) presupuestaria (s):
Detalles, cuadros, imagenes, fotos, otros en especificaciones técnicas Oficio No. CARTA-MSRH-USC-048-2026
15. Razonabilidad de Precios: conforme al Art. 44 del Reglamento a la LGCP se realiza
el correspondiente análisis de precios, acorde a lo establecido en el “Banco de
Precios” expuesto en el Sistema Digital Unificado de Compras Públicas, como
también a los estudios de mercado realizados (este último, en los casos que se
requiera). Se debe adjuntar documento resumen y hoja de cálculo del estudio de
estimación de Precio y análisis del mercado, aparte de este documento, acá se
menciona el oficio y la hoja de cálculo en caso de ser requerido.
16. Contactos y sus roles en el proceso de contratación:
Detalles, cuadros, imagenes, fotos, otros en especificaciones técnicas Oficio No. CARTA-MSRH-USC-048-2026
17. Prevalencia del acto administrativo: todas las ofertas que superen el contenido
presupuestario existente quedaran fuera de concurso; sin embargo, si la
administración deduce bajo el análisis de las ventajas y desventajas relacionadas a la
necesidad que presenta el municipio sobre la compra que quiere efectuar, y considera
que el concurso puede continuar, la administración podría disminuir o aumentar
cantidades (en cumplimento al artículo 184 y 185 del Reglamento a la LGCP) para
adjudicar. En caso que existiera una única oferta la administración podría valorar la posibilidad de contratar el objeto bajo las mismas condiciones. Todo lo anterior con
la finalidad de que prevalezca el acto administrativo y satisfacer el fin público.
SECCIÓN II
Condiciones Generales
1. Vigencia de la oferta: 6 meses
2. Vigencia de la Contratación: 1 año
3. Plazo y condiciones de entrega: La ejecución de la capacitación será a partir del 15
de junio de 2026, en la sede Academia Nacional de policía Sede Pococí. Deberán
proporcionarles a todos los participantes la alimentación, los materiales didácticos,
estadía y las instalaciones adecuadas para pernoctar durante el periodo de
capacitación. Al finalizar el adiestramiento, deberá serle brindado a cada participante
el correspondiente certificado que acredite la culminación exitosa del proceso
formativo.
El pago por el curso, se realizará una vez que la totalidad del servicio haya sido
brindado y aceptado a plena satisfacción por parte de la Municipalidad de San Rafael
de Heredia. Esto requerirá que el administrador del contrato verifique el
cumplimiento de las especificaciones establecidas, la calidad del contenido
impartido, y la recepción del certificado de participación por cada asistente inscrito.
Solo después de esta verificación y confirmación se procederá con el pago
correspondiente. Para este propósito, la persona adjudicada deberá gestionar la
factura en el módulo correspondiente de la plataforma de compras públicas SICOP,
conforme a lo establecido en la Gestión de Recepción y Gestión de Pago. La
Municipalidad tendrá un máximo de treinta (30) días naturales para pagar.
En caso que por situación ajena a esta administración se tenga que suspender parcial
o totalmente el curso a uno o varios de los policías que van a capacitarse, deberá
confeccionarse por parte del adjudicatario un certificado para poder utilizar el
espacio en un futuro curso igual o de similar naturaleza ya sea con el mismo u otro
funcionario de esta policía municipal, siempre en busca de satisfacer el interés
público que se persigue con esta contratación de capacitación.
4. Garantía de cumplimiento: no
5. Visita a sitio: No aplica
• La Municipalidad se reserva la posibilidad de cobrar otros daños y perjuicios
no derivados del atraso en la entrega de los bienes, además de iniciar el
respectivo proceso de cobro, una vez demostrada en instancia administrativa
la culpa del adjudicatario, si el incumplimiento se da fuera del plazo de
vigencia de la garantía de cumplimiento.
7. Cronograma de actividades y responsables: tareas, responsables y plazos de cada
una de las actividades del proceso contractual conforme se establece en el párrafo
último del Art. 86 del Reglamento a la LGCP.
Detalles, cuadros, imagenes, fotos, otros en especificaciones técnicas Oficio No. CARTA-MSRH-USC-048-2026
Donde: UPM: Unidad Proveeduria Municipal/ UE: Unidad Ejecutora / UTM: Unidad
Tesorería/ AM: Alcalde Municipal/ OF: Oferente
8. Precio: el precio deberá ser cierto y definitivo, preferiblemente en colones, deberá
cotizarse libre de tributos adjuntando un desglose del monto y naturaleza de los
impuestos, las tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del
mercado local que pueda afectarlo; en caso de existir divergencia entre el precio
cotizado en números y letras, prevalecerá este último, salvo el caso de errores
materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real como se indica en el Art.
98 del Reglamento a la LGCP. Conforme al Art. 98 y Art.102 del Reglamento a la
LGCP.
9. Desglose del Precio: Articulo 42 de la Ley General de Contratación Pública (9986)
“ARTÍCULO 42- Desglose del precio. El oferente deberá presentar la estructura del
precio tanto en términos absolutos como porcentuales; lo anterior será obligatorio
para los contratos de servicios y de obra pública, así como para cualquier otro objeto
contractual según se establezca en el pliego de condiciones. La Administración
establecerá el formato para la presentación de la estructura del precio. Cuando haya
discrepancias entre los valores absolutos y los porcentuales de la estructura de precio
presentada por el oferente, prevalecerán los valores absolutos sobre los porcentuales.
El presupuesto detallado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario
dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato. En caso de no presentarse en ese plazo, la
Administración procederá conforme a lo establecido en el artículo 52.”
Ejemplo:
Componentes obligatorios del desglose de precios (se pueden agregar dependiendo
del tipo de contratación)
1. Costos Directos: Mano de obra, materiales, equipos e insumos
2. Costos Indirectos: Gastos administrativos, seguros, fletes, comisiones,
intereses
3. Utilidad: Margen de beneficio del contratista.
4. Imprevistos: Contingencias contempladas
Detalles, cuadros, imagenes, fotos, otros en especificaciones técnicas Oficio No. CARTA-MSRH-USC-048-2026
10. Gestión de Recepción y Gestión de Pago: se tomarán en cuenta las siguientes
disposiciones:
• El contratista debe realizar la “Solicitud de Recepcion” del objeto contractual
mediante El Sistema Digital Unificado (SICOP) y coordinar con la unidad ejecutora
municipal (Administrador del Contrato en SICOP). En el caso de contrataciones con
orden de pedido, podrá realizar la gestión de recepción una vez que se haya aceptado
la orden de pedido.
• La unidad ejecutora municipal (administrador del contrato en SICOP) revisará si es
recepción provisional y confirmará el recibido de los bienes en fecha y hora pactada,
una vez concluido remitirá un documento electrónico vía Sistema Digital Unificado
(SICOP), para que se proceda con la entrega de la contratación.
• La unidad ejecutora municipal (administrador del contrato en SICOP) una vez
recibido el objeto contractual, emitirá la Recepción definitiva, donde adjuntará
informes, recepciones conformes o disconformes, en el caso de no aceptar una
partida o línea la rechazará ahí mismo y remitirá el documento electrónico con todo
el contenido necesario en la recepción. En caso de rechazos de partidas o líneas, o
bien de entregas parciales, deberán de volver a subir la gestión de recepción para que sean aceptados a conformidad.
• El contratista, una vez recibida la gestión de recepción definitiva, tramitará la
“Gestión de Pago” junto con la factura correspondiente al objeto contractual
entregado, asimismo deberá remitir desde el programa de facturación la factura al
correo oficial proveeduria@munisrh.go.cr, por medio del cual se verificará la
factura recibida en la gestión de pago y se corroborará la idoneidad electrónica del
documento. Si este paso se omite el pago no se podrá hacer efectivo.
• El contratista deberá estar al día con toda obligación exigida por la Ley
Costarricense, de lo contrario el pago no se tramitará.
• Realizados los pagos correspondientes, se podrá consultar el expediente electrónico
en el Sistema Digital Unificado (SICOP) con el número de procedimiento,
dirigiéndose al punto de “Pago, “Resultado de pago” donde podrá verificar el monto,
la forma de pago (cheque o transferencia), su numeración y fecha correspondiente;
en caso de tener alguna duda en este punto contactarse directamente a la Unidad de
Tesorería (22370789 ext. 215-216), siempre y cuando los tramites estén concluidos
(si no encuentra datos en la consulta anterior, significa que el procedimiento sigue
en trámite).
• LA MUNICIPALIDAD NO SE HACE RESPONSABLE POR PAGOS NO
REALIZADOS EN TIEMPO Y FORMA, POR LAS SIGUIENTES RAZONES:
QUE EL CONTRATISTA NO REALICE LAS GESTIONES AL SISTEMA
DIGITAL UNIFICADO; PROBLEMAS DE MOROSIDAD U OMISIÓN EN LAS
OBLIGACIONES A NIVEL NACIONAL EXIGIDAS, O BIEN QUE LOS
PRESUPUESTOS DEBAN SER LIQUIDADOS POR CIERRE DE PERIODO.
• NOTA IMPORTANTE: En caso de consultas relacionadas a la licitación en
mención, deberá aportar tanto el número de procedimiento como el número de orden
de compra, para que pueda ser atendido correcta y puntualmente.
• La institución dispone de treinta (30) días naturales para realizar el pago
correspondiente; plazo valido a partir de la fecha de la “Solicitud de Pago”
debidamente asignada a la Proveeduria Municipal.
• El pago se realizará por medio de transferencia bancaria al Banco de Nacional de
Costa Rica; por lo que debe registrar el número cuenta bancaria y cuenta cliente de
dicho banco en la plataforma, de lo contrario se cancelará por medio de cheque.
• La Municipalidad, como agente recaudador, informa que deducirá el dos por ciento
(2%) del monto facturado, correspondiente al impuesto de renta.
• La Municipalidad se encuentra exenta de impuestos, contribuciones, tasas, y
derechos, amparada por la Ley 7794, Art. 8.
11. Otras disposiciones: cualquier condición no prevista en el pliego de condiciones se
regirá por las disposiciones pertinentes de la normativa interna de la Municipalidad,
la Ley de Administración Financiera, Ley General de Contratación Pública, su
respectivo Reglamento (Art. 90 del Reglamento), y en general por todo el bloque de
legalidad.
13. Detalle de Adjuntos del Proceso de Contratación:
a) Pliego de condiciones
b) Declaración jurada de no conflicto de intereses
c) Declaración jurada de Proveedor Único
d) PANC-0014-2026 invitación Tránsito San Rafael
e) Proforma San Rafael
f) Formulario de Matrícula
g) Certificación presupuestaria
Evaluación de Ofertas:
Contratación por oferente único:
Ley General de Contratación Pública
ARTÍCULO 3- Excepciones
Se exceptúan de los procedimientos ordinarios establecidos en esta ley únicamente
las siguientes actividades:
c) Cuando se determine que existe un proveedor único, lo cual deberá estar
precedido tanto de una verificación en el sistema digital unificado, que así lo
acredite, como de un estudio de mercado, y de una invitación que debe ser realizada
en dicho sistema por el plazo mínimo de tres días hábiles a fin de conocer si existe
más de un potencial oferente para proveer el objeto contractual y verificar así la
unicidad. De existir más de un eventual proveedor, se deberá realizar el
procedimiento correspondiente. Para el uso de esta excepción no se podrán alegar
razones de conveniencia, ya que solo es posible utilizarla una vez comprobada la
unicidad. No se considerará proveedor único, entre otros, el desarrollo de sistemas
de información ni la adquisición de partes de tecnología que se agreguen a una
existente, cuando aquella haya cumplido su vida útil.
Reglamento de la ley General de Contratación Pública SECCIÓN II
EXCEPCIONES DE LOS PROCEDIMIENTOS ORDINARIOS
Artículo 3. Excepciones de los procedimientos ordinarios. Se exceptúa de la aplicación de
los procedimientos ordinarios, únicamente la actividad contractual establecida en el artículo
3 de la Ley General de Contratación Pública. Para la ejecución de los procesos de excepción,
en el expediente electrónico que se conforme, deberán quedar acreditados todos los
documentos que justifican y sustentan el trámite de excepción, conforme cada uno de los
casos en que se aplique y que se enuncian en los siguientes artículos.
Por reglamento no podrán crearse nuevas excepciones ni ampliarse las reguladas en la Ley
General de Contratación Pública. En virtud del principio constitucional de licitación, la
aplicación de las excepciones a los procedimientos de concurso será restrictiva. En caso de
duda, siempre se favorecerá el concurso, no la excepción.
Histórico de SICOP de contrataciones de oferente único (PX) adjudicadas al mismo
Detalles, cuadros, imagenes, fotos, otros en especificaciones técnicas Oficio No. CARTA-MSRH-USC-048-2026
14. SECCIÓN IV: Condiciones para la ejecución contractual:
1. Requisitos para el adjudicatario y contratista:
a. Deberá cumplir con lo detallado en la sección II, requisitos
indispensables.
b. Es obligación ineludible del adjudicatario ceñirse estrictamente a las
exigencias y términos del pliego de condiciones.
c. El adjudicatario es el único responsable por daños a terceros y por
deterioros que pueda sufrir, por tanto, el adjudicatario exime a la
Municipalidad de toda responsabilidad civil y penal por daños a terceros
o a la propiedad de terceros. Consecuentemente el incumplimiento de
cualquiera de las cláusulas contempladas en dichos instrumentos dará
lugar a la rescisión del respectivo contrato si la Municipalidad lo estima pertinente, sin perjuicio de accionar en la vía jurisdiccional, el
resarcimiento de daños y perjuicios; todo lo anterior bajo lo estipulado
por la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento.
d. La Municipalidad, no asume ninguna responsabilidad por relación
laboral con el personal del contratista. Igualmente queda libre de toda
responsabilidad penal y civil en que llegara a incurrir el contratista o su
personal en la prestación de los servicios.
e. La Municipalidad se exime de asumir todos los costos (viáticos,
hospedaje, alimentación, combustible entre otros) que demande el
objeto de esta contratación, para hacer cumplir el requerimiento de
manera total.
f. Ámbito de confidencialidad: El oferente acepta y entiende respetar la
propiedad y guardar la confidencialidad de la información y de los datos
a los que tenga acceso, y de abstenerse de divulgarla sin la autorización
de la Administración contratante, bajo pena de las implicaciones
jurídicas atinentes por una actuación en contrario y aún después de
terminado el contrato.
g. La recepción del producto final deberá ser de forma presencial departe
de contratista en el lugar especificado según lo indicado en el punto de
plazo de entrega detallado en este documento; la administración del
municipio no se trasladará a ningún sitio para su recepción.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Sobre las Multas: La Municipalidad de San Rafael de Heredia penalizará los siguientes puntos de la manera siguiente: La multa será cobrada por el incumplimiento en el servicio prestado, la persona a cargo del seguimiento de la Contratación, demostrará el incumplimiento y se realizará un cálculo del perjuicio económico que se ocasiona a la Municipalidad, por lo tanto, se valorara el incumplimiento y calculara el costo que ha ocasionado por la falta, se comunicará al contratista mediante un debido proceso, las costas de la multa no excederán el 25% del valor contratado. Forma de realizar el cobro de las multas: Una vez que estén en firme las multas y cláusula penal, se solicitará al contratista su cancelación. Esto con base a lo dispuesto en el Art. 116 y 117 del Reglamento a la LGCP. En caso de que el contratista se niegue a cancelar los montos correspondientes por la aplicación de esta cláusula, la Municipalidad podrá proceder de la siguiente forma: • Rebajo de los pagos pendientes • Ejecutar la garantía de cumplimiento. • En caso de que por separado resultan insuficientes los montos para cubrir la multa, se podrán aplicar los dos procedimientos anteriores de manera conjunta, hasta la finalización del contrato. La Cláusula Penal y las Multas serán tramitadas y discutidas con la Unidad ejecutora encargada de la contratación. • La Municipalidad se reserva la posibilidad de cobrar otros daños y perjuicios no derivados del atraso en la entrega de los bienes, además de iniciar el respectivo proceso de cobro, una vez demostrada en instancia administrativa la culpa del adjudicatario, si el incumplimiento se da fuera del plazo de vigencia de la garantía de cumplimiento
Cláusula penal. Sobre la Cláusula Penal: Si existe ejecución tardía o prematura de las obligaciones contractuales (plazo entrega), de acuerdo con los términos del pliego de condiciones y de la oferta, sin que fuere formalmente justificado, se aplicará una cláusula penal correspondiente al 2.50% del monto total de la contratación por día de atraso hasta llegar a un máximo de un 25% del monto total de la contratación, de conformidad con el Art. 117 del Reglamento a la LGCP, esta cláusula es no remunerativa y representa un castigo no coercitivo pero castiga el hecho de entregar en forma tardía o no entregar el bien adquirido. En caso de que el contratista se atrase injustificadamente en la entrega. Únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, por fuerza mayor, o por hechos imputables a la Municipalidad, debidamente demostradas por escrito.
Documentos del cartel7
- Detalle TécnicoPDF · 594 KB
- Detalle TécnicoPDF · 676 KB
- Detalle TécnicoPDF · 461 KB
- Detalle TécnicoPDF · 492 KB
- Detalle TécnicoPDF · 143 KB
- Detalle TécnicoPDF · 276 KB
- Certificación PresupuestariaPDF · 3 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Mainor Joaquín Calderón Briceño
Unidad de Policía Municipal
Mainor Joaquín Calderón Briceño
Unidad de Policía Municipal
Floribeth Chaves Ramirez
Encargado del concurso · Proveeduria
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 07/10/2026 06:05. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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