2026LD-000053-0022200208 · SICOP 20261001276
Adquisición de hidrómetros inteligentes-medición remota para el Acueducto Municipal, bajo la modalidad según demanda
Municipalidad del Cantón de Poas
Municipalidad del Cantón de Poas busca adquisición de hidrómetros inteligentes-medición remota para el acueducto municipal, bajo la modalidad según demanda con un presupuesto de ₡3,0 millones. Recibe ofertas hasta el 16/10/2026 (en 5 días).
₡3,0 millones
Tiempo para ofertar
5 días
cierra el 16/10/2026 15:00
Lotes y líneas
1 línea
Fechas clave
- Se publicó09/10/2026 15:52 · hace 2 días
- Límite para 12/10/2026 23:59 · mañana
- Límite para 13/10/2026 23:59 · en 2 días
- Cierre de ofertas16/10/2026 15:00 · en 5 días
- de ofertas16/10/2026 15:00 · en 5 días
- (plazo máximo)≈ 30/10/2026 · en 19 días
Contexto
- Compras parecidas recibieron en promedio 2 oferentes.3 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años, en cualquier institución. Poca competencia esperada.
- Municipalidad del Cantón de Poas adjudicó ₡1 158,3 millones en 89 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡2,6 millones – ₡3,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 80 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,8 puntos.
Qué se compra1 línea
- Hidrómetro Inteligente para Agua Potable, Ultrasónico, Telemétrico, Medida del Orificio de la Entrada y Salida de Agua: Diámetro: 12mm (1/2 Pulg.) DN15, Medidas del Hidrómetro: 190 Mm Horizontal (largo) y 80 Mm de Alto Desde el Centro de la Entrada de Agua, Instalación en Cualquier Posición (vertical y Horizontal)1 c/u · ₡96 300,001 c/u₡96 300,00
Lo que exige el cartel
- : 500000 durante 14 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 20 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : permitido
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 80 % · Experiencia 15 % · Participación de las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) 5 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 85 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
El oferente deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Los hidrómetros ofertados deberán ser completamente nuevos, sin uso ni reconstruidos, de tecnología ultrasónica, sin partes móviles y aptos para la medición de agua destinada al consumo humano. Dicha información deberá ser indicada en la oferta.
- El oferente deberá presentar la ficha técnica oficial del fabricante correspondiente a la marca y modelo ofertado, en idioma español, que permita verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas. Asimismo, deberá indicar claramente en su oferta la marca y modelo de los equipos ofrecidos.
- El oferente deberá aportar documentación emitida por el fabricante que acredite su condición de distribuidor autorizado en Costa Rica para la comercialización de los equipos de la marca ofertada, así como el respaldo o soporte técnico brindado por el fabricante.
- Los hidrómetros y dispositivos de comunicación que utilicen radiofrecuencia deberán encontrarse debidamente homologados ante la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) y operar en las bandas autorizadas o de uso libre correspondientes. El oferente deberá aportar la documentación que permita acreditar esta condición.
- El oferente deberá acreditar experiencia en la implementación y operación de sistemas para agua potable que utilicen hidrómetros ultrasónicos con lectura remota, mediante documentación que permita comprobar la instalación y operación efectiva de este tipo de soluciones, conforme a las condiciones específicas que se establezcan en el pliego de condiciones.
- Los hidrómetros ofertados deberán contar con certificación NSF/ANSI 61, WRAS o certificación equivalente, que permita acreditar que los materiales que se encuentran en contacto con el agua son aptos para su utilización en sistemas de agua potable.
- El oferente deberá aportar la respectiva aprobación de modelo o documentación equivalente emitida por un laboratorio competente, mediante la cual se acredite el cumplimiento de la norma ISO 4064 u OIML R49, o sus versiones vigentes o equivalentes, según corresponda.
- El oferente deberá acreditar mediante documentación oficial del fabricante la vida útil de la batería establecida en las especificaciones técnicas.
- Los hidrómetros deberán contar con grado de protección IP68, condición que deberá acreditarse mediante documentación o ensayo emitido por un laboratorio u organismo competente.
- Los hidrómetros deberán contar con capacidad de lectura remota, así como con los medios de comunicación requeridos en las especificaciones técnicas. Cuando se utilice radiofrecuencia, los dispositivos necesarios deberán cumplir las condiciones de homologación establecidas por SUTEL.
- Como condición invariable de la contratación, la solución ofertada para la toma, recolección y gestión de las lecturas deberá ser compatible e integrarse con el software AquaPro de la empresa Zentrico, herramienta con la que actualmente cuenta el Acueducto Municipal para la gestión de lecturas. Esta compatibilidad resulta indispensable debido a que AquaPro se encuentra integrado o adaptado para el intercambio de información con SITRIMU, Sistema Tributario Municipal utilizado por la Municipalidad de Poás para la gestión comercial y tributaria. En consecuencia, la solución ofertada deberá garantizar que las lecturas obtenidas de los hidrómetros puedan ser incorporadas y gestionadas mediante AquaPro y continuar el flujo de información requerido hacia SITRIMU, sin afectar la operación actual de los sistemas institucionales.
- Para acreditar el requisito anterior, el oferente deberá aportar documentación técnica suficiente que demuestre la compatibilidad de la solución ofertada con AquaPro, o comprometerse formalmente a realizar, como parte de la contratación y sin costos adicionales no contemplados en la oferta, las configuraciones, interfaces, desarrollos o integraciones necesarias para garantizar su funcionamiento. La recepción definitiva quedará sujeta a la comprobación de dicha interoperabilidad mediante pruebas funcionales coordinadas con la Administración.
- La solución ofertada deberá contemplar un mecanismo alternativo de lectura y recuperación de información que permita a la Municipalidad mantener la operación ante la indisponibilidad temporal o definitiva del software AquaPro. Para ello, el oferente deberá suministrar una herramienta de software que permita obtener las lecturas mediante el receptor de radiofrecuencia ofertado, sin depender de la disponibilidad de AquaPro, y exportar la información recopilada en formato XLSX, CSV u otro formato estructurado compatible con los sistemas municipales. La información exportada deberá incluir, como mínimo, el identificador de radiofrecuencia, el número de medidor, el volumen acumulado y la fecha y hora de la lectura. Podrá incorporar adicionalmente las alarmas y demás datos disponibles en la solución ofertada. Los registros deberán permitir su asociación inequívoca con el medidor correspondiente. El archivo generado deberá permitir la posterior importación de las lecturas a AquaPro, cuando se restablezca su disponibilidad, o al sistema municipal SITRIMU mediante el procedimiento de intercambio definido y validado con la Administración. El oferente deberá documentar la estructura del archivo y contemplar las configuraciones o adecuaciones necesarias para implementar dicho procedimiento.
- El adjudicatario deberá capacitar al personal municipal en el uso de este mecanismo de respaldo y demostrar su funcionamiento mediante una prueba de lectura, exportación e importación de datos, coordinada con la Administración.
- Este mecanismo de respaldo deberá estar incluido en la solución ofertada, sin costo adicional para la Municipalidad, e incorporar las herramientas, licencias, configuraciones y capacitación necesarias para su funcionamiento, sin requerir pagos posteriores por su activación o utilización. Su finalidad será garantizar la continuidad de la toma de lecturas y la recuperación y exportación de la información ante la indisponibilidad temporal o definitiva de AquaPro. Para cumplir este requisito no se exige un acceso web ni la contratación de servicios en la nube."
- El adjudicatario deberá realizar, conjuntamente con la Administración, las pruebas de funcionalidad, comunicación e integración necesarias antes de la aceptación definitiva, con el fin de comprobar la correcta comunicación entre los hidrómetros, dispositivos de lectura, AquaPro y el flujo de información requerido hacia SITRIMU.
Se deberá adjuntar toda la documentación que compruebe el cumplimiento de los requisitos anteriores.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
El objeto de esta contratación es la “Adquisición de hidrómetros inteligentes-medición remota para el Acueducto Municipal, entrega según demanda”, de acuerdo a las siguientes especificaciones técnicas:
HIDRÓMETRO INTELIGENTE PARA AGUA POTABLE, ULTRASÓNICO, TELEMÉTRICO, MEDIDA DEL ORIFICIO DE LA ENTRADA Y SALIDA DE AGUA: DIÁMETRO: 12mm (1/2 Pulg.) DN15, MEDIDAS DEL HIDRÓMETRO: 190 mm HORIZONTAL (LARGO) Y 80 mm DE ALTO DESDE EL CENTRO DE LA ENTRADA DE AGUA, INSTALACIÓN EN CUALQUIER POSICIÓN (VERTICAL Y HORIZONTAL), CAUDAL MÁXIMO DE 0,010 m3/h
CARACTERISTICAS:
Hidrómetro inteligente para agua potable, de tecnología ultrasónica, sin partes móviles y con lectura remota por radiofrecuencia. Diámetro nominal DN15 (½ pulgada), con roscas G ¾”B en ambos extremos, conforme a ISO 228-1. Longitud de instalación de 190 mm, incluyendo los acoples extensivos o racores cuando sean necesarios. Altura máxima de 80 mm, medida desde el eje de la conexión de entrada hasta el punto más alto del hidrómetro.
Será requisito que los hidrómetros por adquirir, incluyendo sus componentes de comunicación y accesorios de conexión, se alojen e instalen correctamente en las cajas de protección existentes de la Municipalidad, permitiendo el cierre completo de sus tapas. No se permitirá la sustitución ni ningún tipo de modificación de las cajas o sus tapas, incluyendo cortes, perforaciones, ampliaciones o adaptaciones. El oferente deberá garantizar esta compatibilidad dimensional, la cual será verificada mediante la instalación de la muestra en una caja existente facilitada por la Administración.
Apto para instalación horizontal y vertical, conservando las características metrológicas exigidas. Caudal permanente Q3 mínimo de 2,5 m³/h y caudal de sobrecarga Q4 mínimo de 3,125 m³/h.
ALARMAS Y ALMACENAMIENTO
El hidrómetro deberá permitir identificar, como mínimo, eventos o alarmas relacionadas con:
dirección del flujo; fuga; flujo inverso; sobreflujo; batería baja; tubería o medidor seco; presencia de agua; ausencia prolongada de consumo; errores o eventos propios del funcionamiento del equipo.
Los dispositivos necesarios para la comunicación deberán encontrarse integrados al hidrómetro
CONDICONES DE OPERACIÓN
Presión máxima de trabajo: 16 bar. Temperatura máxima del agua: 50 °C, clasificación T50 conforme ISO 4064.
Cuerpo fabricado en polímero apto para las condiciones requeridas. Equipo herméticamente sellado. Certificación NSF/ANSI 61, WRAS o equivalente para el modelo ofertado.
Protección ambiental IP68, acreditada documentalmente.
IDENTIFICACIÓN
El hidrómetro deberá permitir la identificación mediante numeración y/o letras legibles e indelebles ubicadas de manera que puedan visualizarse al abrir la tapa de la caja de protección."
COMUNICACIÓN Y LECTURA REMOTA
Los hidrómetros deberán contar con comunicación por radiofrecuencia que permita realizar lecturas mediante las modalidades walk-by y drive-by, de manera compatible con la solución de lectura utilizada por la Municipalidad.
Los equipos deberán operar en frecuencias permitidas en Costa Rica y los dispositivos correspondientes deberán encontrarse debidamente homologados ante SUTEL. El oferente deberá aportar la documentación que acredite esta condición e identificar la frecuencia de operación de los equipos ofertados.
La transmisión deberá realizarse mediante Wireless M-Bus conforme al estándar OMS (Open Metering System). El oferente deberá aportar el certificado de conformidad OMS correspondiente al modelo o familia de productos ofertados, acompañado de documentación técnica del fabricante que permita identificar la configuración de comunicación suministrada.
Información transmitida e intervalo de transmisión
La información transmitida deberá permitir obtener, como mínimo, el identificador del hidrómetro, el volumen acumulado registrado, el caudal instantáneo, el volumen acumulado de flujo inverso, el estado o información de batería y los errores y alarmas disponibles.
El intervalo entre transmisiones consecutivas del telegrama que contenga la información mínima requerida no deberá superar los 16 segundos. No se considerará suficiente transmitir con dicha frecuencia únicamente una señal de identificación o un telegrama que no permita recuperar la información mínima exigida.
Este intervalo tiene como finalidad facilitar la captura de lecturas durante recorridos peatonales y vehiculares, reduciendo la necesidad de detenerse frente a cada hidrómetro. La capacidad de lectura en modalidad drive-by deberá demostrarse mediante una prueba de campo, con los hidrómetros instalados en las cajas existentes y sus tapas cerradas, a una velocidad de recorrido definida previamente por la Administración, acorde con las condiciones de la vía y dentro de los límites legales aplicables.
El oferente deberá acreditar el intervalo de transmisión mediante documentación oficial del fabricante y garantizar que la configuración suministrada cumpla simultáneamente este requisito y la autonomía mínima de batería exigida en el pliego."
La solución ofertada, basada en hidrómetros ultrasónicos con comunicación por radiofrecuencia, deberá garantizar que las lecturas obtenidas puedan ser recibidas, procesadas e incorporadas correctamente al software AquaPro de Zentrico, actualmente utilizado por el Acueducto Municipal, manteniendo el flujo de información requerido hacia SITRIMU. El oferente deberá considerar dentro de su oferta todos los equipos, dispositivos, receptores, configuraciones, interfaces, licencias, desarrollos y componentes indispensables para garantizar dicha compatibilidad, sin costos adicionales para la Municipalidad fuera del precio ofertado. No se aceptará como solución definitiva un sistema de lectura que obligue a la Municipalidad a sustituir AquaPro para poder utilizar los hidrómetros adquiridos. La compatibilidad obligatoria con AquaPro no deberá impedir que los hidrómetros dispongan de mecanismos que favorezcan la interoperabilidad y continuidad tecnológica. La solución deberá permitir que la Municipalidad conserve acceso a la información generada por los hidrómetros y disponga de mecanismos alternativos para la toma, recuperación y exportación de las lecturas ante la indisponibilidad temporal o definitiva de AquaPro, conforme al apartado de respaldo y continuidad operativa. Los datos deberán poder exportarse o recuperarse mediante formatos estructurados y utilizables por la Administración, tales como CSV, XLS, XLSX u otros equivalentes. Esta capacidad deberá comprender tanto las lecturas puntuales de volumen obtenidas durante los recorridos para efectos de facturación como los registros históricos almacenados en las memorias no volátiles de los hidrómetros —datalogger— que puedan descargarse mediante las herramientas suministradas. La memoria no volátil deberá permitir almacenar y recuperar registros con una resolución temporal de una hora o menor. Cada registro deberá identificar el hidrómetro correspondiente, la fecha y hora de cierre del intervalo, el volumen acumulado al cierre y el volumen consumido durante dicho intervalo. Este último podrá obtenerse directamente o calcularse mediante la diferencia entre los volúmenes acumulados de cierres consecutivos, debiendo quedar incluido en la información exportada. Asimismo, deberán poder recuperarse y exportarse los eventos y alarmas registrados, con su fecha y hora de ocurrencia y su asociación al hidrómetro correspondiente. La información deberá permitir relacionar las lecturas, los consumos por intervalo y los eventos con el abonado al que se encuentre asignado el equipo.
El oferente deberá indicar la capacidad de almacenamiento y el período de historial disponible con la configuración horaria, así como describir el procedimiento de descarga y exportación. Las herramientas, licencias y configuraciones necesarias para estas funciones y para el mecanismo de respaldo deberán estar incluidas en la solución ofertada, sin cargos adicionales por su activación o utilización. "
ESCALABILIDAD
La solución deberá permitir la incorporación progresiva de nuevos hidrómetros sin requerir la sustitución de los equipos previamente adquiridos. Asimismo, deberá permitir evolucionar hacia sistemas de lectura remota mediante infraestructura fija, concentradores, antenas u otros dispositivos, cuando la Municipalidad determine técnica y económicamente conveniente implementar este tipo de infraestructura. La eventual evolución tecnológica no deberá requerir la sustitución del parque de hidrómetros instalado únicamente por un cambio en el mecanismo de lectura. La transición deberá realizarse utilizando los mismos hidrómetros y sus módulos de radiofrecuencia integrados, sin incorporar módulos de comunicación adicionales en cada medidor.
Configuración de transmisión para red móvil y red fija
Los hidrómetros ofertados deberán permitir configurar perfiles de comunicación diferenciados para lectura móvil y red fija. El perfil de lectura móvil deberá cumplir el intervalo máximo de 16 segundos entre transmisiones establecido en este pliego. Para su operación en red fija, el equipo deberá permitir configurar un intervalo mayor entre transmisiones y una mayor potencia de salida de radiofrecuencia respecto del perfil móvil, dentro de los límites autorizados para su operación en Costa Rica. Esta configuración tendrá como objetivo ampliar el alcance de comunicación y optimizar la cantidad de concentradores necesarios, según las condiciones de instalación, propagación y cobertura del área de servicio. El cambio de perfil deberá conservar la transmisión de la información mínima exigida en el apartado de comunicación y lectura remota, incluyendo la identificación del hidrómetro, el volumen acumulado, el caudal instantáneo, el volumen inverso, el estado de batería y los errores y alarmas disponibles. Asimismo, deberá mantener las funciones de registro y recuperación de información histórica establecidas en el pliego.
El oferente deberá aportar documentación oficial del fabricante que detalle, para ambos perfiles, los intervalos de transmisión, la potencia de salida, la información transmitida y la autonomía de batería correspondiente. El cambio de lectura móvil a red fija deberá preservar la vida útil de la batería declarada y exigida en este pliego, sin reducirla como consecuencia del cambio de perfil. Para ello, el incremento de potencia de transmisión deberá compensarse mediante el ajuste del intervalo de envío. Esta condición deberá estar respaldada por documentación oficial del fabricante y se entenderá referida a la vida útil total de la batería desde la puesta en funcionamiento del hidrómetro."
PRUEBAS DE FUNCIONAMIENTO Y RECEPCIÓN
Previo a la recepción definitiva, el adjudicatario deberá realizar conjuntamente con la Administración las pruebas necesarias para comprobar:
funcionamiento del hidrómetro; registro correcto del consumo; comunicación del hidrómetro con el dispositivo de lectura;
recuperación de las lecturas; correcta incorporación de las lecturas a AquaPro; continuidad del intercambio de información requerido entre AquaPro y SITRIMU; funcionamiento de alarmas y demás información disponible; operación de los equipos o accesorios suministrados.
La recepción definitiva estará condicionada a que se demuestre satisfactoriamente la compatibilidad funcional de la solución con AquaPro.
INSTALACIÓN
La instalación física de los hidrómetros podrá ser realizada por funcionarios del Departamento de Acueducto Municipal.
El adjudicatario deberá suministrar las instrucciones técnicas necesarias para una instalación adecuada y no podrá excluir automáticamente la aplicación de la garantía alegando que el equipo fue instalado por personal municipal. Cuando se demuestre técnicamente que un daño fue ocasionado directamente por una instalación incorrecta, manipulación indebida o daño imputable a la Municipalidad, podrá excluirse la responsabilidad del adjudicatario respecto de ese caso particular.
Las especificaciones de suministro del presente pliego corresponden a hidrómetros de diámetro nominal DN15 (½ pulgada). No obstante, la solución ofertada deberá permitir su ampliación futura a medidores de mayor diámetro, destinados a usuarios comerciales, servicios de mayor demanda y otros puntos del acueducto cuyas condiciones hidráulicas requieran equipos de mayor capacidad. Asimismo, deberá permitir incorporar equipos de macromedición en fuentes de abastecimiento, conducciones, entradas y salidas de tanques y sectores de distribución, con el propósito de integrar la información de los distintos puntos de medición y facilitar la elaboración de balances hídricos y el seguimiento del agua no contabilizada. Los medidores de mayor diámetro deberán integrarse al mismo entorno de lectura y gestión de información utilizado para los hidrómetros DN15, permitiendo su operación conjunta sin exigir la sustitución de los equipos previamente adquiridos. La solución deberá permitir identificar, consultar, recuperar y exportar la información de micromedición y macromedición mediante herramientas compatibles.
La ampliación deberá mantener los requisitos funcionales establecidos en este pliego, incluyendo medición ultrasónica sin partes móviles, medición bidireccional, comunicación por radiofrecuencia mediante Wireless M-Bus conforme al estándar OMS, lectura móvil y capacidad de evolución hacia red fija, registro de volúmenes y caudales, alarmas, almacenamiento en memoria no volátil y recuperación y exportación de datos históricos.
Las características hidráulicas, dimensionales y metrológicas deberán ser acordes con el diámetro, el rango de caudales y la aplicación de cada equipo. Los medidores deberán acreditar su desempeño metrológico mediante la documentación correspondiente, manteniendo las exigencias de precisión y confiabilidad aplicables, sin trasladar directamente los caudales absolutos o las dimensiones establecidos para DN15 a equipos de mayor tamaño. El aumento de diámetro no deberá implicar la pérdida de las funciones de comunicación, registro, diagnóstico y gestión de información exigidas.
Para apoyar los balances hídricos, la solución deberá permitir comparar los volúmenes registrados por los macromedidores con los consumos de los hidrómetros asociados al mismo sector y período de análisis, utilizando registros con identificación, fecha y hora.
El oferente deberá aportar documentación oficial del fabricante que identifique los modelos y diámetros disponibles para esta ampliación, sus características metrológicas y funcionales y su compatibilidad con la solución ofertada. La adquisición de estos equipos de mayor diámetro corresponderá a futuras necesidades de la Municipalidad y no formará parte del suministro actual, salvo que se incluya expresamente en las partidas de contratación."
GARANTÍA
Los hidrómetros ultrasónicos deberán contar con una garantía mínima de 5 años, incluyendo batería y dispositivo de comunicación.
En caso de presentarse una falla cubierta por garantía, el adjudicatario deberá sustituir el equipo defectuoso por uno nuevo, sin costo para la Municipalidad, dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles. Cuando la solución requiera componentes de software, interfaces o servicios suministrados por el adjudicatario, deberá garantizarse su funcionamiento y soporte durante el plazo contractual en las condiciones ofertadas.
1. PRESENTACIÓN DE MUESTRAS
Como condición previa al análisis definitivo de las ofertas, los oferentes deberán presentar una muestra del hidrómetro inteligente ofertado y de los dispositivos necesarios para su lectura remota, con el fin de que la Administración realice una prueba de funcionamiento.
La prueba tendrá como objetivo verificar que el equipo presentado corresponda a la marca y modelo ofertados, que permita efectuar correctamente la lectura y transmisión de los datos y, especialmente, que exista compatibilidad funcional con el software AquaPro utilizado actualmente por el Acueducto Municipal, manteniendo el flujo de información requerido para su integración con SITRIMU.
La muestra y la prueba deberán realizarse en la fecha y condiciones que comunique la Administración. Únicamente las ofertas cuya muestra demuestre satisfactoriamente el cumplimiento de las condiciones técnicas y de compatibilidad establecidas continuarán con el análisis de las ofertas y la aplicación del sistema de evaluación.
Esta verificación resulta necesaria debido a que la contratación comprende no solamente el suministro físico de los hidrómetros, sino su funcionamiento dentro del esquema tecnológico utilizado por la Municipalidad.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
1. PRESENTACION DE OFERTAS:
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Las ofertas deben presentarse a través de la plataforma digital de SICOP, junto con todos los documentos que la componen; de forma que le permita a la Administración Municipal contar con la información suficiente para su respectivo análisis.
-
La oferta deberá ser firmada por quién tenga poder suficiente para ello, dentro del plazo establecido.
2. CONSULTAS AL PLIEGO DE CONDICIONES
Las consultas relativas a esta contratación deberán formularse a través de la plataforma de SICOP. La consulta deberá señalar en forma clara y específica el apartado del pliego de condiciones que presenta duda y su fundamento.
El plazo para realizar consultas al pliego de condiciones, estará comprendido dentro del día siguiente a la publicación del procedimiento en el sistema, una vez cumplido dicho plazo no se aceptará ni realizarán aclaraciones.
3. RECURSO DE OBJECIÓN
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 63 inciso n) se otorgará la posibilidad de recurrir el pliego de condiciones conforme lo establecido en el Artículo 255 del Reglamento, en un plazo de dos días hábiles siguientes a la comunicación del inicio de procedimiento.
4. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
El adjudicatario dispondrá de 2 (dos) días hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir una garantía de cumplimiento a favor de la Municipalidad la cual deberá ser de un monto de ₵500.000,00 (quinientos mil colones exactos).
La inobservancia de la presentación de la garantía de cumplimiento dentro de dicho plazo dejará sin efecto el acto de adjudicación y autorizará a la administración para readjudicar el concurso a la segunda mejor oferta calificada.
Queda facultada la Municipalidad para exigir al contratista el ajustar el monto de la garantía de cumplimiento cuando ocurran variaciones en los tipos de cambio que desmejoren la cobertura que se persigue con este instrumento, las variaciones del ajuste de la garantía se deberán solicitar con un intervalo mínimo de dos meses desde el último ajuste solicitado. En caso de negativa a efectuar dicho ajuste, la Municipalidad podrá proceder a la ejecución de la garantía.
La vigencia de la garantía de cumplimiento deberá extenderse durante toda la validez del contrato, sumándole 2 (dos) meses adicionales a la fecha de finalización definitiva de las actividades previstas en el contrato y deberá renovarse en caso de prórrogas de dicho plazo. Esta garantía deberá ajustarse en los casos en los que proceda el reajuste de precios y en igual proporción al aumento ajustado.
5. DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA
Se devolverá a solicitud del interesado, dentro de los veinte días hábiles siguientes a la fecha en que la Administración haya recibido de forma definitiva y a satisfacción el finiquito contractual.
6. ACTO DE APERTURA DE OFERTAS
La apertura de las ofertas se realizará conforme el plazo establecido en la plataforma digital de SICOP.
7. VIGENCIA DE LA OFERTA
Las ofertas deberán mantener una vigencia de 20 días hábiles, la simple presentación de la oferta se entenderá como la comprensión y aceptación de todas las cláusulas del presente pliego de condiciones salvo manifestación expresa en contrario.
8. ESPECIES FISCALES
Una vez conocida la Circular de la Dirección de Contratación Pública del Ministerio de Hacienda No. MH-DCoP-CIR-0091-2024, se determina que para este procedimiento no se cobrarán especies fiscales.
9. PRECIO
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El precio de la oferta será, libre de todo tipo de impuestos. Para ello el contratista asume todos los gastos, riesgos, transportes y trámites hasta el lugar indicado.
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Los precios cotizados serán valorados en colones costarricenses, sin sujeción a condición alguna no autorizada por este pliego de condiciones. En caso de que la cotización sea presentada en moneda extranjera el precio final se convertirá a colones costarricenses, de acuerdo al tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento de apertura de las ofertas y demás consideraciones estipuladas en el artículo 98 del Reglamento de la Ley General de Contratación Pública.
-
El monto deberá indicarse en números y letras coincidentes (en caso de divergencia entre estas dos formas de expresión prevalecerá la consignada en letras salvo el caso de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real) y serán firmes, definitivos e invariables.
-
En todos los contratos de obra pública, servicios y en el caso de la adquisición de bienes tramitados mediante procedimientos bajo la modalidad de entrega según demanda para cuantificar el aumento o disminución de los precios durante la vigencia del contrato el oferente deberá presentar el desglose del precio en valores absolutos y porcentuales con todos los elementos que lo componen; mínimo costos directos, costos indirectos, utilidad e imprevistos junto con el detalle Índices de precios oficiales para determinar las variaciones de los costos directos e indirectos. Lo anterior de acuerdo a lo establecido en el Artículo No. 42 de la LGCP, el Artículo No. 102 RLCP y artículo 15 Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios Decreto Ejecutivo Nº43808, con el propósito de mantener el equilibrio económico de los contratos.
De acuerdo a la siguiente tabla:
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Estructura de Precio: |
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Rubro: |
Monto: |
Porcentaje: |
Índice de reajuste |
Fuente |
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MO: Mano de Obra |
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MI: Insumos y Materiales |
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U: Utilidad |
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I: Imprevistos |
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Total: |
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100% |
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El presupuesto detallado se solicitará únicamente al adjudicatario.
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El oferente deberá ofertar por línea, según especificaciones el capítulo de este pliego de condiciones indicando el precio por metro cúbico, según corresponda.
10. IMPUESTOS
-
Impuesto al valor agregado: En la Gaceta No. 129 del 11 de junio del 2019, se publica el Decreto Ejecutivo No. 41779 “Reglamento de la Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado”, en el cual en el Capítulo IV sobre Exenciones y no sujeciones en su Artículo 12 que dice textualmente:
Artículo 12.- No sujeciones.
No están sujetas al Impuesto sobre el Valor Agregado, las siguientes operaciones:
1) Las adquisiciones y operaciones de los siguientes entes públicos:
-
a) Los bienes y servicios que venda, preste o adquiera la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
-
b) Los bienes y servicios que venda, preste o adquieran las corporaciones municipales, cuando se especifique e identifique en el comprobante electrónico el número de cédula jurídica y nombre de la corporación. Esta no sujeción no abarca la prestación del servicio de agua, el cual está sujeto a lo establecido en el inciso 12 del artículo 8 de la Ley.
Para efectos del Ministerio de Hacienda el código de actividad asignado a las Municipalidades es el siguiente: 8411.0.
-
Impuesto sobre la renta: De conformidad con la modificación de la Ley del Impuesto sobre la renta, artículo 30, inciso VII, publicada en Alcance N° 257 a la Gaceta N°243 del 17 de diciembre de 2021, la Municipalidad de Poás retendrá un 2% a todas las compras de bienes y servicios que realice a partir de ¢462.200.00 (cuatrocientos sesenta y dos mil doscientos colones exactos) y de la modalidad de pago (transferencia, cheque, contado, etc). Dicha retención será declarada y pagada al Ministerio de Hacienda oportunamente en los plazos establecidos.
Así mismo, la Municipalidad realizará una certificación mensual a cada proveedor sobre los montos retenidos, para lo que les proceda. La misma puede ser solicitada al correo: rociocontadora@munipoas.go.cr
11. PLAZO, LUGAR Y FORMA DE ENTREGA
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El plazo máximo de entrega será de 10 días hábiles una vez comunicado las órdenes de pedido mediante SICOP.
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Se deberá entregar el producto en las bodegas de la Municipalidad de Poás, plantel Municipal ubicado frente Ciudadela El IMAS, Calle Chilamate en San Pedro de Poás (dirección en Waze Municipalidad de Poás Plantel) o dentro de los límites del cantón, previa coordinación con la Administradora de este procedimiento.
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En caso fortuito o de fuerza mayor que impida cumplir con el plazo de entrega se deberá realizar la solicitud ante la Unidad Solicitante con las justificaciones respectivas las cuales quedarán sujetas a la aprobación por parte de la Administración.
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El transporte deberá ser incluido y cubierto por el contratista.
12. PÓLIZA DE RIESGOS DE TRABAJO, RESPONSABILIDAD CIVIL Y OBLIGACIONES PATRONALES
De conformidad con el Código de Trabajo en su Título IV de la Protección de los trabajadores durante el Ejercicio del Trabajo, que establece que el Seguro de Riesgos del Trabajo es obligatorio, universal y forzoso, para todas las actividades laborales.
Para lo cual el oferente deberá adjuntar la copia del último recibo, como documento anexo a la oferta. La municipalidad se reserva el derecho de verificar la información aquí solicitada y de solicitar cualquier información o documentación adicional.
El personal designado para las labores a desarrollar deberá estar protegido por la respectiva póliza de riesgos del trabajo del INS y seguro respectivo de la CCSS.
13. PLAZO DE ADJUDICACIÓN
La Municipalidad de Poás tendrá un plazo de 10 días hábiles siguientes a la apertura de las ofertas para resolver este procedimiento de contratación, o un plazo mayor, en caso de ser necesario y debidamente justificado.
14. ADJUDICACIÓN
Una vez finalizado el plazo de recepción de ofertas, se procederá con la apertura de las mismas y la Administración, por razones de eficiencia y eficacia, evaluará técnica y jurídicamente las tres primeras ofertas con el menor precio; en caso de cumplir con todos los requisitos de elegibilidad, se procederá a adjudicar la oferta con mayor porcentaje en la tabla de ponderación y se adjudicará por partidas. Si las tres primeras ofertas no cumplen con aspectos de admisibilidad, la Administración procederá a evaluar la siguiente oferta de la tabla de ponderación y así sucesivamente hasta que la empresa evaluada sea adjudicable.
15. SUBCONTRATACIÓN
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 49 LGCP y 133 del Reglamento el oferente debe indicar el listado de los subcontratistas que no podrá ser mayor al 50% del monto total del contrato.
Además, es importante que todos los subcontratistas que presente el Oferente para el cumplimiento del objeto del contrato deben cumplir con lo establecido en el Artículo 18 LGCP y 32 del Reglamento, en cuanto a los requisitos para integrar el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas en el Sistema Digital Unificado (SICOP).
16. TERMINOS DE PAGO
Una vez recibido a satisfacción el objeto de esta contratación, máximo a los treinta días después de presentación de factura revisada y autorizada por el Administrador del Contrato. La Municipalidad de Poás no tramitará pago alguno sobre facturas que no estén debidamente autorizadas, según lo dispuesto por el Ministerio de Hacienda.
Para realizar el trámite de pago a la persona o empresa que resulte adjudicada en el presente procedimiento de contratación, deberá enviar la factura al siguiente correo electrónico: facturas@munipoas.go.cr y realizar la solicitud de gestión de pago en SICOP; cuando se realiza este trámite aportar la cuenta IBAN.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Cláusula penal. Para los efectos de este apartado, únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, por fuerza mayor, o por hechos imputables a la Municipalidad, debidamente demostradas por escrito ante la Proveeduría de la Municipalidad. Lo anterior deberá realizarse, dentro del impostergable plazo de cinco (05) días hábiles posteriores a la fecha en que debió hacerse efectiva la entrega, de acuerdo con los términos ofertados. La Alcaldía Municipal deberá pronunciarse dentro de los 5 días hábiles siguientes a la presentación formal de la solicitud, dejando constancia en el expediente del procedimiento, de lo actuado e informar de la decisión de la Municipalidad, al contratista. Si existe atraso en la fecha de entrega de los bienes de acuerdo con los términos de la oferta y del pliego de condiciones sin que fuere formalmente justificado ante la proveeduría municipal, el contratista deberá cubrir por concepto de multa, por cada día hábil de atraso, la suma equivalente al 2% (dos por ciento) del monto total adjudicado. El control y trámite atinente a lo aquí dispuesto, estará a cargo del departamento de Proveeduría. Cuando el monto por aplicación de la cláusula penal alcance el equivalente al 25% (veinticinco por ciento) del total adjudicado, se considerará que el contratista incurre en incumplimiento, por lo que se procederá de conformidad con lo dispuesto por el artículo 117 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública. En caso de que el contratista se niegue a cancelar los montos correspondientes por la aplicación de esta cláusula, la Municipalidad podrá proceder de la siguiente forma: Deducir de la garantía de cumplimiento Deducir las sumas correspondientes de los pagos pendientes presentados al cobro. En caso de que por separado resultan insuficientes los montos para cubrir la multa, se podrán aplicar los dos procedimientos anteriores de manera conjunta, hasta la finalización del contrato. Se advierte que, para efectos de ejecutar esta cláusula, no es necesario que la Municipalidad constituya en mora al adjudicatario, por lo tanto, puede aplicarla siguiendo el debido proceso. Municipalidad se reserva la posibilidad de cobrar otros daños y perjuicios no derivados del atraso en la entrega de los bienes, además de iniciar el respectivo proceso de cobro, una vez demostrada en instancia administrativa la culpa del adjudicatario, si el incumplimiento se da fuera del plazo de vigencia de la garantía de cumplimiento.
Documentos del cartel4
- Estudio de mercadoPDF · 748 KB
- Decisión inicialPDF · 696 KB
- Cronograma del procedimientoPDF · 92 KB
- Pliego de condicionesDOCX · 522 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Zeidy Quesada Zamora
Acueducto
Zeidy Quesada Zamora
Acueducto
Adriana Diaz Murillo
Encargado del concurso · Proveeduria
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 10/10/2026 00:06. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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