2026LD-000014-0019400001 · SICOP 20261001329
CONSTRUCCIÓN E INSTALACIÓN DE TORRE DE TELECOMUNICACIONES Y OBRAS COMPLEMENTARIAS, OSA
Municipalidad de Osa
Municipalidad de Osa busca construcción e instalación de torre de telecomunicaciones y obras complementarias, osa con un presupuesto de ₡37,4 millones. Recibe ofertas hasta el 19/10/2026 (en 7 días).
₡37,4 millones
Tiempo para ofertar
7 días
cierra el 19/10/2026 23:59
Lotes y líneas
1 línea
Fechas clave
- Se publicó12/10/2026 11:36 · hoy
- Límite para 13/10/2026 23:59 · mañana
- Límite para 14/10/2026 23:59 · en 2 días
- Cierre de ofertas19/10/2026 23:59 · en 7 días
- de ofertas20/10/2026 09:00 · en 8 días
- (plazo máximo)≈ 03/11/2026 · en 22 días
Nota de la institución. VISITA pre-oferta: Dos días hábiles siguientes a la publicación del pliego de condiciones en el SICOP, MIERCOLES 14 DE OCTUBRE a las nueve de la mañana (9:00 am). Lugar de encuentro: entrada principal de la Municipalidad de Osa, ubicada 2 km al sur del Hospital Tomás Casas, Provincia de Puntarenas, Osa, Ciudad Cortés. Según directriz N°006-2013 del Ministerios de Hacienda, Dirección General de Contabilidad Nacional, si la oferta es presentada en moneda extranjera se tomará el tipo de cambio de ventas del día de la apertura referente a las operaciones con el sector público no bancario, calculado por el Banco Central de Costa Rica. De igual manera para efecto de pago se utilizará el tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica, referente a las operaciones con el sector público no bancario vigente al momento de la confección del cheque o medio de pago seleccionado por la administración.
Contexto
- Municipalidad de Osa adjudicó ₡1 809,9 millones en 42 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡31,8 millones – ₡37,4 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 60 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,6 puntos.
Qué se compra1 línea
- Servicio de Instalación de Torre de Telecomunicaciones1 · ₡37 400 000,001₡37 400 000,00
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 14 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 90 días hábiles
- Contrato por 12 meses
- Ofertar en : no
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: sí
- : PRECIO 60 % · EXPERIENCIA POR PROYECTOS 20 % · CRITERIO SUSTENTABLE SOCIAL 5 % · CRITERIO SUSTENTABLE ECONOMICO 5 % · CRITERIO SUSTENTABLE DE CERCANIA GEOGRAFICA 5 % · VISITA PRE-OFERTA 5 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 80 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Según lo estipulado en el OFICIO PIP-094-2026
Sólo se considerarán como oferentes calificadas para participar en esta contratación los que demuestren el cumplimiento de los siguientes requisitos mínimos:
a) El oferente (persona física o jurídica) deberá aportar certificación que se encuentra debidamente inscrita ante el CFIA como empresa constructora-consultora, ingeniero civil, ingeniero en construcción o arquitecto, la cual deberá tener como mínimo siete (7) años de incorporado al Colegio Profesional respectivo.
b) El oferente deberá contar con un Ingeniero Civil / Construcción o Arquitecto el cual se encargará de realizar la inspección de la obra civil, deberá presentar la certificación haciendo constar de que se encuentra debidamente inscrito, al día y habilitado ante el CFIA, deberá tener como mínimo siete (7) años de incorporado al Colegio Profesional respectivo. El profesional responsable, deberá tener experiencia en el desarrollo de obras, para lo cual deberá presentar constancia de al menos 5 proyectos con áreas constructivas mayores a los 250 m2, deberán ser servicios prestados para instituciones públicas o privadas. No se tomarán en cuenta obras de infraestructura vial. Para certificar dicha experiencia, el oferente deberá presentar las certificaciones emitidas por el CFIA.
c) El oferente deberá contar con un ingeniero (eléctrico o electromecánico) el cual se encargará de realizar la inspección eléctrica de la obra, deberá presentar la certificación haciendo constar de que se encuentra debidamente inscrito, al día y habilitado ante el CFIA, deberá tener como mínimo siete (7) años de incorporado al Colegio Profesional respectivo. El profesional responsable, deberá tener experiencia en la inspección eléctrica de obras constructivas, para lo cual deberá presentar constancia de al menos 5 proyectos con área mayor a los 250 m2, deberán ser servicios prestados para instituciones públicas o privadas. No se tomarán en cuenta obras de infraestructura vial. Para certificar dicha experiencia, el oferente deberá presentar las certificaciones emitidas por el CFIA.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Según lo estipulado en el OFICIO PIP-094-2026
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Según lo estipulado en el OFICIO PIP-094-2026
1.El plazo para adjudicar será de hasta el doble del plazo estipulado para la apertura de ofertas. La Institución; se reserva el derecho de adjudicar la contratación, declararla desierta o infructuosa de acuerdo con las necesidades Institucionales.
2.El precio que contenga la oferta podrá cotizarse en colones costarricenses u otra moneda extranjera y por unidad, sin embargo, para la comparación de ofertas se utilizará el del tipo de cambio de venta de la moneda de referencia del Banco Central de Costa Rica (Tipo de cambio para las operaciones con el sector público no bancario), vigente a la fecha de apertura de las ofertas.
3.Se debe ofertar exento de todo tipo de impuesto. Según Art. 8 de Código Municipal, el cuál cita textualmente: Concédase a las municipalidades exención de toda clase de impuestos, contribuciones, tasas y derechos, y lo indicado en el Art. 9 de la Ley 9635 Fortalecimiento de las finanzas públicas.
4.Todo oferente deberá presentar copia legible de la licencia comercial o de funcionamiento (patente municipal) vigente del municipio al que pertenece según la región, acorde al objeto contractual. Esta administración verificará lo correspondiente a nuestro municipio. De no requerir dicha licencia deberá justificar con base normativa.
5. La garantía de cumplimiento es de 5% del monto adjudicado con una vigencia de 14 meses
6.La factura electrónica deberá ser enviada luego de la solicitud de recepción, al correo electrónico facturas@munideosa.go.cr y al kcorrales@munideosa.go.cr, deberá anotar en la factura el número de procedimiento de contratación que indica el SICOP.
7. En cuanto a las subcontrataciones deberán aportar, los requerimientos contenidos en los artículos, 18, 29, 49 de la LGCP y 21, 32, 33, 126 y 133 RLGCP. (Listado de los subcontratistas, objeto de la subcontratación, y porcentaje de la subcontratación, el cual no puede superar el 50% del monto total ofertado). Así como debidamente firmadas digitalmente, las declaraciones juradas que constan en el registro de Proveedores del Sistema Digital Unificado (Declaración de Beneficiarios Final y en caso de personas jurídicas composición de capital accionario) y cualquier otro requisito establecido en esta decisión inicial.
8.Una persona física o jurídica únicamente podrá figurar para un mismo concurso en una oferta, como subcontratista, oferente individual o participar de forma conjunta o consorciada.
19. Asimismo, deberá el Subcontratista estar inscrito en SICOP. Debiendo estar al día con (CCSS, FODESAF, Tributación Directa/Hacienda) y aportar copia de la Licencia comercial y constancia emitida por el Departamento de Patentes de la Municipalidad en donde posee la licencia (s) de funcionamiento, también deberá aportar póliza de Riesgos del Trabajo vigente a la fecha.
10.Deberá adjuntar el Subcontratista carta de compromiso actualizada, con indicación del número de Licitación, en la cual se indique, que en caso de que el Oferente resulte Adjudicatario fungirá como subcontratista en el cumplimiento del objeto contractual de la Licitación.
11.Subcontrataciones: En cuanto a las subcontrataciones deberán aportar, los requerimientos contenidos en los artículos, 18, 29, 49 de la LGCP y 21, 32, 33, 126 y 133 RLGCP. Así como debidamente firmadas digitalmente, las declaraciones juradas que constan en el registro de Proveedores del Sistema Digital Unificado (Declaración de Beneficiarios Final y en caso de personas jurídicas composición de capital accionario) y cualquier otro requisito establecido en esta decisión inicial. El oferente deberá tomar en cuenta que sólo podrá subcontratar hasta un 50%, (cincuenta por ciento) del monto adjudicado.
Los oferentes deberán de presentar en su oferta el listado de todas las empresas a las que se planea subcontratar para llevar a cabo servicios o trabajos especializados. En ese listado se indicarán los nombres de las personas físicas o jurídicas de quienes se pretende subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en el costo total de la oferta, y se aportará una declaración jurada de que no están afectas al régimen de prohibiciones previsto en la LGCP, así como una certificación de los titulares de su capital social y de sus representantes legales, cuando ello corresponda.
NOTA: El oferente deberá presentar cartas de compromiso debidamente firmadas (en firma digital) por ambas partes de todas las empresas a las que se planea subcontratar incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar dentro de la estructura de costos para llevar a cabo servicios o trabajos especializados en caso de que queden con la adjudicación de la contratación, dichas cartas deberán ser presentadas antes de la apertura de ofertas, en caso de no presentarlas, con base en criterio MH-DCoP-OF-0724-2024 emitido por la Dirección de Contratación Pública, se indica que la oferta quedará excluida del proceso de análisis y revisión técnica.
En caso de que en la fase de ejecución se modifique el listado de subcontratistas, se deberá reportar con la antelación debida a la Proveeduría Institucional, a fin de verificar lo referente al régimen de prohibiciones.
12. Una persona física o jurídica únicamente podrá figurar para un mismo concurso en una oferta, como subcontratista, oferente individual o participar de forma conjunta o consorciada.
13. Asimismo, deberá el Subcontratista estar inscrito en SICOP. Debiendo estar al día con (CCSS, FODESAF, Tributación Directa/Hacienda) y aportar copia de la licencia comercial y constancia emitida por el Departamento de Patentes de la Municipalidad en donde posee la licencia (s) de funcionamiento, también deberá aportar póliza de Riesgos del Trabajo vigente a la fecha.
14. Deberá adjuntar el Subcontratista carta de compromiso actualizada, con indicación del número de Licitación, en la cual se indique, que en caso de que el Oferente resulte Adjudicatario fungirá como subcontratista en el cumplimiento del objeto contractual de la Licitación.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. La Municipalidad de Osa podrá establecer y aplicar multas por ejecución defectuosa o por incumplimiento de las obligaciones contractuales, cuando el contratista incumpla las condiciones técnicas, de calidad, cantidad, forma, seguridad, protección, documentación o demás condiciones establecidas para la correcta ejecución del objeto contractual. Para efectos de esta contratación, se considerarán supuestos de ejecución defectuosa, los siguientes: a)Ejecutar los trabajos sin cumplir las especificaciones técnicas establecidas en el pliego de condiciones. b)Ejecutar trabajos con deficiencias de calidad que sean imputables al contratista. c)Utilizar materiales, equipos, herramientas o procedimientos que no cumplan con las condiciones técnicas requeridas. d)Ejecutar parcialmente una actividad o prestación cuando esta deba realizarse en su totalidad, sin que dicha situación constituya un atraso en el plazo de ejecución. e)Ejecutar los trabajos de manera que sea necesario realizar correcciones, reparaciones o reprocesos para alcanzar las condiciones establecidas contractualmente. f)No corregir dentro del plazo otorgado por la Administración los defectos o deficiencias detectados en la ejecución del objeto contractual. Por cada ejecución defectuosa o incumplimiento debidamente acreditado, se aplicará una multa equivalente al uno por ciento (1%) del monto correspondiente a la prestación, actividad, línea u orden de pedido afectada, según corresponda, hasta alcanzar el límite máximo permitido por la normativa vigente (25%). La multa se aplicará únicamente cuando el defecto sea imputable al contratista y no corresponda a una situación de ejecución tardía que deba sancionarse mediante cláusula penal. Adicionalmente, se considerarán supuestos de ejecución defectuosa los incumplimientos que se detallan a continuación: DESCRIPCIÓN DE INCUMPLIMIENTO MONTO / DE MULTA (₡ / día) Por provocar, por acción u omisión imputable al contratista, la interrupción o afectación de los servicios de electricidad, agua potable, telecomunicaciones, internet u otros servicios existentes en las instalaciones municipales. // ₡100.000= Por no reparar, reponer o restituir, dentro del plazo otorgado por la Administración, los bienes, instalaciones, infraestructura o elementos de la propiedad de la Administración o de terceros que hayan resultado dañados por causas imputables al contratista. // ₡50.000= Por la ausencia injustificada del encargado o persona responsable, cuya presencia permanente sea exigida por el pliego de condiciones. // ₡100.000= Por incumplir con la colocación, mantenimiento, reposición o condiciones exigidas para la rotulación, señalización, cerramientos, dispositivos preventivos o demás elementos de identificación y protección de la obra. // ₡50.000= Por incumplir las disposiciones de seguridad ocupacional, prevención de riesgos, utilización de equipo de protección personal, delimitación y protección de áreas de trabajo u otras medidas de seguridad exigidas en el pliego de condiciones o en la normativa aplicable. // ₡100.000= La aplicación de las multas diarias procederá cuando el incumplimiento sea imputable al contratista y se encuentre debidamente acreditado por la Administración, con observancia de procedimientos y las garantías correspondientes. El monto indicado se aplicará por cada día natural en que se mantenga la condición de incumplimiento, computado a partir de su comprobación y comunicación al contratista o, cuando por la naturaleza del incumplimiento resulte procedente otorgar un plazo para su corrección, a partir del vencimiento de dicho plazo y hasta su efectivo cumplimiento, subsanación, reparación, reposición o restablecimiento, según corresponda. La aplicación de la multa no eximirá al contratista de corregir el incumplimiento o los trabajos ejecutados defectuosamente, reparar o reponer los daños ocasionados, restablecer los servicios afectados o cumplir la obligación contractual correspondiente.
Cláusula penal. De conformidad con el artículo 46 de la Ley General de Contratación Pública, Ley N° 9986, y el artículo 116 de su Reglamento, la cláusula penal procederá cuando el contratista incurra en ejecución tardía de las obligaciones contractuales, siempre que el atraso sea imputable al contratista. En caso de que el contratista incurra en atraso en el cumplimiento de los plazos establecidos en el pliego de condiciones, la oferta, el contrato, la orden de inicio, el cronograma de trabajo, las órdenes de pedido o cualquier otro documento que determine un plazo de ejecución, la Municipalidad de Osa aplicará una cláusula penal equivalente al uno por ciento (1%) por cada día calendario de atraso, calculada sobre el monto de la obligación, orden de pedido, línea o prestación afectada por el atraso, según corresponda. La aplicación de la cláusula penal tendrá como límite máximo el veinticinco por ciento (25%) del precio del contrato, incluidas sus modificaciones, de conformidad con el artículo 46 de la LGCP y el artículo 117 de su Reglamento. Alcanzado dicho límite, la Administración podrá valorar la resolución del contrato, cuando corresponda, sin perjuicio de las demás acciones que legalmente procedan. No procederá la aplicación de la cláusula penal cuando el atraso sea consecuencia de circunstancias no imputables al contratista, tales como caso fortuito, fuerza mayor o hechos atribuibles a la Administración, siempre que tales circunstancias sean debidamente acreditadas y comunicadas oportunamente por el contratista mediante el sistema SICOP, de conformidad con las condiciones establecidas en el pliego de condiciones y la normativa vigente. La cláusula penal será calculada por la unidad responsable de la fiscalización del contrato, con fundamento en la fecha en que debió cumplirse la obligación y la fecha efectiva de cumplimiento, dejando constancia de los hechos, el período de atraso y el monto correspondiente.
Documentos del cartel6
- PIP-094-2026 DECISION INICIAL TORRE TELECOMPDF · 2 MB
- PGP-204-2026 Obra por contrato torre comunicaciónPDF · 369 KB
- SONDEO DE MERCADO TORRE COMUNICACIONESPDF · 430 KB
- SETENA AprobaciónPDF · 399 KB
- PLANO CATASTROPDF · 399 KB
- CRONOGRAMAPDF · 348 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Corrales Castro Krysia
Ingeniera de Proyectos DDH
Corrales Castro Krysia
Ingeniera de Proyectos DDH
Corrales Castro Krysia
Ingeniera de Proyectos DDH
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 12/10/2026 11:40. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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