2026XE-000894-0000400001 · SICOP 20261001350
SE-Licitación Abreviada Servicio de instalación de un sistema supresión de incendio en generadores PH El General (DG-2240-2026)
Instituto Costarricense de Electricidad
Instituto Costarricense de Electricidad busca se-licitación abreviada servicio de instalación de un sistema supresión de incendio en generadores ph el general (dg-2240-2026) con un presupuesto de ₡132,8 millones. Recibe ofertas hasta el 13/11/2026 (en 24 días).
₡132,8 millones
Tiempo para ofertar
24 días
cierra el 13/11/2026 23:59
Lotes y líneas
1 línea
Fechas clave
- Se publicó16/10/2026 13:31 · hace 4 días
- Límite para 23/10/2026 23:59 · en 3 días
- Límite para 23/10/2026 23:59 · en 3 días
- Cierre de ofertas13/11/2026 23:59 · en 24 días
- de ofertas16/11/2026 07:30 · en 27 días
- (plazo máximo)≈ 11/01/2027 · en 83 días
Nota de la institución. Todas las aclaraciones serán atendidas cuando no cambie el objeto del negocio, ni constituyan una variación. Toda solicitud de aclaración debe realizarse por medio del Sistema SICOP. Las aclaraciones que sean presentadas fuera de ese plazo podrán ser atendidas, pero no impedirán la apertura de ofertas en el día y hora señalados.
Contexto
- Compras parecidas recibieron en promedio 2,3 oferentes.14 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años, en cualquier institución.
- Instituto Costarricense de Electricidad adjudicó ₡445 569,3 millones en 992 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡112,9 millones – ₡132,8 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Qué se compra1 línea
- Servicio de Instalacion y Montaje de Sistema de Deteccion y Supresion de Incendios1 · $276 415,111$276 415,11
Lo que exige el cartel
- : 3 % durante 9 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 80 días hábiles
- Contrato por 7 meses
- Ofertar en : no
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Requisitos de Admisibilidad
a. El oferente deberá acreditar una experiencia de cuatro (4) años en la ejecución de servicios relacionados con sistemas de supresión de incendios por dióxido de carbono (CO₂) instalados en equipos rotativos de generación eléctrica.
Para demostrar el cumplimiento de este requisito, deberá aportar tres (3) cartas, constancias o certificaciones emitidas por empresas públicas o privadas, que evidencien la ejecución de servicios de igual naturaleza al objeto de la presente contratación:
•Nombre de la Institución
•responsable técnico de la empresa con sus respectivos números de teléfono y correo electrónico.
•Fecha de inicio y de finalización del servicio.
•Descripción de los trabajos realizados.
•Manifestación expresa que el servicio se recibió en el tiempo pactado y a satisfacción por parte de la empresa.
b. El oferente, mediante declaración jurada, deberá manifestar que cuenta con un (1) ingeniero (eléctrico, mecánico, electromecánico o en mantenimiento industrial), quien será el responsable en sitio de la ejecución del servicio. Este profesional deberá contar con cuatro (4) años de experiencia en servicios de inspección, certificación, mantenimiento o instalación de sistemas de supresión de incendios similares al objeto contractual. Asimismo, deberá encontrarse debidamente incorporado y vigente ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica (CFIA), contar con certificación en las normas NFPA (NFPA3, NFPA4, NFPA12) y haber recibido capacitación emitida por el fabricante de la marca ofertada. Para demostrar, se deberá adjuntar lo siguiente:
•Currículum vitae del profesional, detallando su experiencia laboral y acreditando al un servicio de inspección, certificación, mantenimiento o instalación de sistemas de supresión de incendios de complejidad similar al objeto contractual.
•Copia del título profesional que lo acredite como Ingeniero en alguna de las especialidades indicadas.
•Constancia vigente de incorporación al CFIA, emitida por dicha entidad.
•Copia de las certificaciones vigentes en normas NFPA que acrediten al profesional.
•Certificado de capacitación emitido por el fabricante de la marca ofertada, que demuestre la formación técnica correspondiente.
•Lista con proyectos que respalden la experiencia requerida de cuatro (4) años.
c. El oferente deberá aportar una certificación emitida por el fabricante o su representante autorizado, en la que se acredite su condición de distribuidor autorizado, vendedor o representante autorizados de la marca ofertada para los sistemas objeto de la contratación, tanto para los componentes de detección como de supresión de incendios. Dicha certificación deberá encontrarse vigente y haber sido emitida dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha límite establecida para la recepción de ofertas.
d. El oferente, mediante declaración jurada, deberá manifestar que cuenta con un (1) técnico (eléctrico, mecánico, electromecánico o en mantenimiento industrial). Este técnico deberá contar con dos (2) años de experiencia en servicios de instalación de sistemas de supresión de incendios similares al objeto contractual. Contar con certificación en las normas NFPA (NFPA3, NFPA4, NFPA12) y haber recibido capacitación emitida por el fabricante de la marca ofertada. Para demostrar, se deberá adjuntar lo siguiente:
•Currículum vitae del técnico, detallando su experiencia laboral y acreditando al menos un servicio de instalación de sistemas de supresión de incendios de complejidad similar al objeto contractual.
•Copia de las certificaciones vigentes en normas NFPA que acrediten al técnico.
•Certificado de capacitación emitido por el fabricante de la marca ofertada, que demuestre la formación técnica correspondiente.
•Lista con proyectos que respalden la experiencia requerida de dos (2) años.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
1. Premisas de Diseño
a. Generalidades
• La estructura de fijación de los cilindros con dióxido de carbono deberá estar anclada a piso y en caso de requerirse, los puntos de anclaje en la parte superior de la estructura para los cilindros.
• El sistema de cilindros con dióxido de carbono deberá contar con un sistema de pesaje de los cilindros individualmente, siendo un sistema digital que permita garantizar información obtenida real.
• Se deberá construir según el diagrama de instalación y planos donde se incluya según lo requerido por el fabricante y la normativa aplicable para el sistema.
• Sistema fijo de supresión por medio de dióxido de carbono para cada generador y cuarto de la central hidroeléctrica según lo indicado en planos, donde se considera un cálculo por medio de la inundación total de alta presión de descargas rápidas y descargas prolongadas, funcionamiento automático con el suministro de baterías de cilindros con agente de CO2, dispositivos, válvulas, tuberías, detección y anunciadores por notificación.
• Se considera que las pruebas de aceptación del sistema deberán estar acorde con las normativas aplicables y seguidamente la validación general del sistema.
• Los cilindros tendrán una capacidad individual de 100 lb, con acabado color rojo y material de metal, certificado para sistemas contra incendio por medio de UL/FM y cumplirán con lo indicado en la NFPA 12 y el fabricante.
• Las boquillas para descarga serán radiales con ángulo de descarga de 180 grados, donde se aplicará lo que se describe en planos para definir la rosca de la boquilla que aplique siendo un rango de ½” a 1” NPT, tendrá 3 orificios calibrados por el fabricante a considerar según el cálculo estimado en las memorias del sistema, estarán acorde a lo requerido por NFPA 12, listados por UL y aprobado por FM Global, deberán ser de material en metal.
• Se deberá contar con mangueras de conexión aprobada para el sistema y según las normativas que apliquen, el diámetro estará acorde con lo recomendado por el fabricante, o bien, para el cálculo realizado estará en ½” en conjunto con los planos y conexiones roscadas, deberá tener la capacidad para resistir presiones será de 2500 psi o más.
• La válvula de cierre y/o mantenimiento será listada por UL y aprobada por FM Global para los requerimientos de la norma NFPA 12, estará acorde con el diámetro de tubería según lo estipulado en los cálculos y planos, contará con un interruptor de 5 amps@24 VDC y de material del interruptor en aluminio anodizado.
• La sirena de operación neumática estará acorde a la funcionalidad del sistema para CO2, cumpliendo con los requerimientos de NFPA 12, listada por UL y aprobada por FM Global, la rosca de la sirena será de ½” NPT, una operación de 90dB@3.3m, material en bronce y acabado en color rojo.
• Deberá contar con un sistema de monitoreo continuo de peso para cada cilindro, deberá ser un sistema digital con puntos de muestreo continuo y recomendación del fabricante, este sistema estará diseñado según lo requerido por la NFPA 12 y que se evidencie que esta listado por UL y aprobado por FM Global, el sistema de pesaje deberá ser monitoreado por medio del sistema de detección y alarma donde se programe en detectar baja presión y se comprometa la capacidad mínima de agente; deberá contar con un panel de control de 230VAC o 24 VDC, 10mA y rosca del monitor de M24.
b. Se deberá observar el documento descripción de memoria aplicable para la planta hidroeléctrica y validar las consideraciones del diseño, cualquier cambio en la instalación a estos cálculos, se deberá efectuar un nuevo cálculo certificado para validar la instalación.
c. El sistema por dióxido de carbono deberá contemplar todas las medidas de seguridad y de protección correspondientes para infraestructura, como el monitoreo y/o alarmas que se indiquen por el área o sistema requeridos en estás especificaciones técnicas o planos constructivos.
d. Se deberá cumplir con los requerimientos normativos de la NFPA 12 y cualquier otra regulación aplicable, donde se considere los equipos, materiales y componentes listados por UL y aprobado por FM Global.
e. Se considera la inundación total del volumen a proteger con CO2 y de alcance la
reducción de oxígeno por debajo del 16%. La temperatura del CO2 es de aproximadamente -110°F.
f. Se deberá compartimentar el espacio a proteger por medio de cerramiento automático de puertas ante señales de alarmas del recinto.
g. Las descargas del sistema de CO₂ se ejecutarán en dos etapas: una descarga inicial rápida para abatir llamas superficiales en un lapso conforme a la norma NFPA 12, y una descarga prolongada de goteo continuo durante un tiempo estimado de 14 minutos para compensar el 10% de fugas operativas. Las memorias de cálculo hidráulico del contratista deberán garantizar que se mantenga una concentración mínima de CO₂ del 30% dentro de la fosa durante un periodo total de retención no menor a 20 minutos, cubriendo la totalidad del tiempo de parada por inercia (7 minutos) de las unidades generadoras.
h. Las tuberías deberán ser de cédula 80 o más para tuberías de ¾” y de 1” a 4” en cédula 160 y en sus extremos roscados, donde los accesorios deberán ser de acero forjado, roscados o soldados para la instalación, con capacidad de soportar una clasificación de presión mínima de 3000 lb o 6000 lb según dicte el cálculo hidráulico.
i. Los soportes de tubería y soportería sismo resistente deberán ser según la NFPA 13, en su última edición.
j. Los cilindros deberán estar fijados con un mecanismo estructural recomendado por el mismo fabricante, donde se garantice el adecuado soporte de la totalidad de los cilindros.
k. Se deberá contar con un sistema de pesaje digital para cada cilindro con CO2, donde permita considerar niveles de bajo o alto peso, centralizando la información a un controlador que será supervisado por el panel principal de detección.
l. El medio de activación automática en la fosa confinado será por lógica de zonas cruzadas (coincidencia de doble enclavamiento) mediante un arreglo matricial de detectores térmicos convencionales de respuesta rápida y compensados, listados UL y aprobados FM. La alarma de un detector individual activará la pre-alarma de la planta, y la coincidencia de un segundo detector iniciará el conteo de descarga.
m. Se deberá considerar para la activación del sistema, un retardo en el tiempo de 60 segundos para realizar la descarga dentro del cuarto.
n. Las cantidades de cilindros, mangueras, boquillas, módulos y sensores que integran la solución serán definidas con carácter absoluto por el Contratista a través de su memoria de cálculo de fluidos. Como requerimiento funcional mínimo e indivisible del servicio, el contratista suministrará e instalará la masa de gas necesaria para cubrir la inundación total del recinto considerando un 10% de fugas, incluyendo un Banco Principal y un Banco de Reserva permanentemente conectados en paralelo bajo un manifold común.
o. El panel de control se instalará cercano a la ubicación de los cilindros con CO2.
p. El odorizante se utilizará para inyectar en el CO2 durante la descarga en el área protegida un olor penetrante como advertencia para el personal que se encuentran bajo una concentración de dióxido de carbono para abandonar el área, deberá tener rosca de ½” a ¾” NPT macho, un máximo de presión de 360 bar, temperatura de trabajo de -20°C a 60°C y material en metal.
q. El monitoreo continuo del peso del gas en cilindros estandarizados, donde se podrá determinar pérdidas de peso revisando conforme a lo indicado por la NFPA y lograr mantener la eficacia del sistema; cada cilindro requiere el monitoreo y en estado colgante, mediante monitor de peso y para indicaciones de presiones bajas se deberá encender un led de indicación, generando una señal al panel principal sobre el estado del sistema de CO2.
r. El panel de supresión deberá incluir un módulo de interfaz de comunicación industrial nativo de la misma marca del panel bajo protocolo Modbus TCP/IP (Puerto RJ-45) para operar como esclavo del SCADA maestro de la Planta El General. El contratista asumirá la responsabilidad de suministrar el hardware e incluir su costo en la línea global del servicio, estando obligado a entregar al ICE la tabla técnica definitiva con el mapeo de variables digitales y analógicas para su respectiva implementación, que esta última estará a cargo del ICE.
2. Filosofía de Operación
a. La infraestructura por proteger con CO2 contará con un sistema centralizado de alarma de incendios de cobertura total de acuerdo con NFPA 72 y su funcionamiento, manual o automático, no deberá interferir o ser interrumpido por otros sistemas.
b. Se debe de utilizar la NFPA 12 y tomar de referencia la NFPA 72 para la instalación de los sistemas de detección de alarma.
c. El sistema de CO2 debe llevar detección para su activación de tal manera que puede realizarse de manera automática o manual.
d. Los sistemas automáticos de detección y alarma deben de iniciar con una alarma de incendio prolongada, antes que se active la alarma de pre-descarga y retardadores de tiempo (Delay).
e. Todas las válvulas que controlan la descarga de CO2 deben contar con un control manual de emergencia.
f. Los controles manuales no requerirán una fuerza de más de 40 lb (fuerza) (178 N) ni un movimiento de más de 14 pulg. (356 mm) para asegurar el funcionamiento.
g. Al menos un control manual para la actuación debe colocarse a no más de 4 pies (1,2 m) por encima del suelo.
h. Debe proveerse supervisión de los sistemas automáticos y válvulas de cierre manual.
i. Debe de proveerse supervisión en las interconexiones de los componentes necesarios para el control del sistema y seguridad humana.
j. Debe proveerse una alarma de pre-descarga neumática, una alarma de descarga y un retardador neumático en recintos normalmente ocupados.
k. Las alarmas audibles de pre-descarga deben tener una intensidad mínima de 90 dBA y estar al menos 15 dBA sobre el nivel de ruido ambiental medido, el que sea mayor, medido a 5 pies (1,5 m) sobre el suelo del área ocupable.
l. La fuente primaria de energía para la operación y control del sistema deberá tener la capacidad para el servicio previsto y deberá ser confiable.
m. Cuando la falla de la fuente primaria de energía ponga en peligro la protección proporcionada para el peligro, la seguridad de la vida o ambos, una fuente de alimentación secundaria (de reserva) independiente suministrará energía al sistema en caso de fallo total o baja tensión (menos de 85 por ciento de los voltajes de placa de la fuente de alimentación primaria (principal)).
n. El suministro eléctrico secundario (de reserva) deberá ser capaz de operar el sistema bajo carga normal máxima durante 24 horas y luego ser capaz de operar el sistema continuamente para todo el período de descarga de diseño.
o. La fuente de alimentación eléctrica secundaria (de reserva) se transferirá automáticamente para operar el sistema dentro de los 30 segundos posteriores a la pérdida de la fuente de alimentación primaria (principal).
p. Todos los dispositivos eléctricos deberán poder funcionar entre el 85 por ciento y el 105 por ciento de su capacidad nominal.
q. Integración de CO2:
• La cantidad principal de dióxido de carbono en el sistema será de menos suficiente para el mayor peligro individual protegido o grupo de peligros que van a ser protegidos simultáneamente.
• Tanto la cantidad principal como el de reserva para los sistemas de almacenamiento fijos deberán estar permanentemente conectado a la tubería y dispuesto para un fácil cambio, excepto cuando la autoridad que tenga la jurisdicción permite una reserva desconectada.
• El tiempo necesario para obtener dióxido de carbono para reponerlo y restaurarlo en los sistemas hasta su condición de funcionamiento se considerará un factor importante para determinar la necesidad suministro de reserva.
r. El dióxido de carbono tendrá las siguientes propiedades:
• La fase de vapor no deberá ser inferior al 99,5 por ciento de dióxido de carbono sin niveles detectables mal sabor u olor.
• El contenido de agua de la fase líquida deberá cumplir con CGA G6.2, productos básicos.
s. Especificación para el dióxido de carbono.
• El contenido de aceite no deberá exceder las 10 ppm en peso.
• Los contenedores y accesorios de almacenamiento deben estar ubicados y dispuestos de manera que faciliten inspección, mantenimiento y recarga.
• Los cilindros deben de ubicarse lo más cerca del riesgo.
• Deben de realizarse una prueba hidrostática a los cilindros cada 5 años antes de una recarga.
• Los cilindros deben de contar con un dispositivo de alivio de presión del tipo disco de ruptura.
• Los cilindros deben montarse en un bastidor.
• Se debe etiquetar los cilindros indicando el peso del cilindro lleno de CO2.
t. Sistema de distribución de CO2
• La tubería será tipo ASTM A-53 sin costura o eléctricamente soldada de grado A o B.
• El acero inoxidable será TP304 o TP316 para conexiones roscadas o TP304, TP316, TP304L o TP316L para conexiones soldadas.
• En los tramos de alta presión se deberá usar ced. 80 para tubería ¾” o menores y ced.160 para tuberías entre 1” y 4”.
• Componentes del sistema de tuberías flexibles no específicamente cubiertos en esta norma tendrán el diámetro óptimo recomendado por el fabricante según sus memorias de cálculo, garantizando una presión mínima de estallido de 5000 psi (34,474 kPa) para sistemas de alta presión o 1800 psi (12.411 kPa) para sistemas de baja presión.
• Accesorios de la tubería: Todos los accesorios en las zonas expuestas a presión de almacenamiento o descarga deberán ser estrictamente de acero forjado clasificados para 3000 lb o 6000 lb según NFPA 12.
• Las uniones bridadas agua arriba de cualquier cierre deben ser hierro clase 600.
u. Válvulas de la tubería
• Deben ser listadas para uso de CO2 y lo requerido por NFPA 12.
• Válvulas utilizadas en sistemas con almacenamiento de alta presión y constantemente bajo presión tendrá una presión mínima de estallido de 6000 psi (41,369 kPa).
v. Boquillas de la tubería
• Deben ser listadas para uso de CO2 y lo establecido por NFPA 12
• Los orificios de descarga deberán ser de metal resistente a la corrosión.
• Las boquillas de descarga deberán tener la resistencia adecuada para su uso con las presiones de trabajo esperadas, deberá poder resistir abuso mecánico y se construirá para resistir temperaturas esperadas sin deformación.
• Las boquillas de descarga utilizadas en sistemas estarán conectados y apoyados de manera que no puedan fácilmente quedar desajustado.
w. Soportes de la tubería
• Los soportes se diseñarán e instalarán de acuerdo con prácticas reconocidas de la industria, NFPA y las instrucciones del fabricante.
• Todos los soportes y componentes serán de acero.
• Todos los soportes de tubería deben diseñarse e instalarse para evitar el movimiento lateral de la tubería soportada durante la descarga del sistema mientras permite el movimiento longitudinal para acomodar expansión y contracción causada por los cambios de temperatura.
• Se deberán instalar soportes rígidos siempre que se produzca un cambio en se produce elevación o dirección.
• Cuando se requiera arriostramiento sísmico, el arriostramiento deberá estar en de acuerdo con los códigos locales y la autoridad competente.
3. Sistema de Inundación Total
a. Consiste en la implementación de un sistema fijo de CO2 permanente conectado a una tubería fija, con boquillas fijas dispuestas para descargar CO2 dent ro de un espacio cerrado.
b. Las aberturas o aperturas se deben de compensar con CO2.
c. Los incendios que se pueden combatir con este sistema son incendio de superficie que involucran líquidos inflamables, gases y sólidos, además de incendios profundos que involucran solidos sujetos a fuego latente (humeante y sin llama).
d. En ningún caso se debe usar una concentración inferior a 34%.
e. Para calcular la capacidad real de volumen a ser protegido, pueden descontar las estructuras impermeables permanentes para reducir el volumen de diseño.
f. El factor de volumen usado para determinar la cantidad CO2 para proteger un recinto que contenga en material que requiera una concentración de diseño de 34%.
g. Para fuegos superficiales, la concentración de diseño se debe de alcanzar en 1 minuto desde el inicio de la descarga.
h. Para fuegos profundos, después de alcanzar la concentración de diseño, esta se debe mantener por un periodo no menor a 20 minutos.
i. Deben alcanzarse las concentraciones de diseño y cantidad CO2.
j. La concentración de diseño debe alcanzarse dentro de los 7 minutos, debiendo desarrollar la concentración del 30% en un tiempo de 2 minutos.
k. Debe mantenerse una concentración mínima de 30% para el periodo de desaIeración, por lo menos de 20 minutos.
l. La descarga inicial debe ser mayor de 1,6 Kg/m3 para volúmenes hasta los 56.6 m3.
m. Para volúmenes mayores la descarga 1,3 Kg/m3.
4. Componentes del Sistema de CO2
El sistema deberá estar conformado por lo siguiente:
Cilindro:
• Estándar: ISO 9809-2 o US-DOT-3AA.
• Volumen de agua: 68 L.
• Capacidad de agente: App. 45 kg.
• Material: Acero Inter-Mn o acero Cr-Mo.
• Temperatura ambiente: Máx. 55ºC.
• Presión de prueba: 250 bar (25 Mpa).
• Presión de almacenamiento: 58 bar (5,8 Mpa) a 21 °C.
• Color: Rojo / Gris / Negro / Verde.
• Peso (Total): Aprox. 115~130 kg.
Válvula de cilindro y actuador:
• Material: Latón.
• Temperatura ambiente: Máx. 55ºC.
• Presión de prueba: 250 bar (25 Mpa).
• Presión de almacenamiento: 58 bar (5,8 Mpa) a 21 °C.
• Peso (Total): Aprox. 1,1 kg.
• Rango del disco de explosión: 180~200 bar 185~215 bar.
Válvula principal:
• Material: Acero fundido.
• Ambiente (temperatura ambiente): -18 ~ +55°C.
• Presión de prueba: cuerpo a presión hidráulica - 150~200 bar.
• Presión de diseño: 110~160 bar.
• Presión de actuación en la válvula sin presión: 7 bar (0,7 Mpa).
• Presión de actuación en la válvula presurizada: Aprox. 30 barras (3 MPa).
• Acabado estándar: galvanizado eléctrico (otro acabado es opcional).
Manguera flexible:
• Estándar: SAE 100R1.
• Material: Tubo - NBR (caucho de nitrilo butadieno) // Refuerzo alambre de acero.
• Cubierta exterior: caucho resistente al aceite y a la intemperie.
• Presión de diseño: 130~175 kg/cm2.
• Presión de prueba hidráulica: 260~350 kg/cm2.
• Peso: aplicación. 0,55 kg.
Válvula Check y Manifold:
• Material: Latón.
• Peso: aplicación. 0,11 kg.
• Presión de prueba: 190 kg/cm2.
Circuito piloto y purga ventilación:
• Material: Tubo interior de poliamida accesorio final – Latón
• Mín. Radio de curvatura: 50 mm.
• Presión de prueba: 150 kg/cm2 (14,7 MPa).
• Presión de estallido: 400 kg/cm2 (39,2 MPa).
• Peso: 0,4 kg.
Boquilla de descarga CO2:
• Material: Boquilla – Bronce (punto de fusión 940 °C).
• Brida – Acero con galvanizado eléctrico.
• Tiempo de Retardo (Delay):
• Tipo Neumático:
• Material: Latón.
• Presión de entrada: : 21~70 bar.
• Presión de salida: : 21~70 bar.
• Rango de tiempo de retardo: 60 segundos (+/- 10 segundos).
• Temperatura de funcionamiento. : 0 - 55°C.
• Peso: aplicación. 2 kg.
• Tipo eléctrico:
• Material: ABS.
• Voltaje: DV24V / CA 220V / CA 110V.
• Rango de funcionamiento: 15~120 bar.
• Peso: 1,8 kg.
• Tiempo de retardo: 0~60 segundos ajustable.
Gabinete para los cilindros CO2:
• Material: Acero.
• Capacidad: 2,3 toneladas.
• Detector CO2 para los cilindros CO2:
• Material: ABS.
• Temperatura: 32F - 122F (0C - 50C).
• Caja de relé de alarma:
• Tipo: TB 100~200.
• Peso: 30 kg.
Válvula de seguridad:
• Material: Latón.
• Presión de diseño: 160~218 bar.
• Presión de ajuste: 126~180 bar.
• Presión de prueba: 242~328 bar.
Conexión de aire:
• Válvula antirretorno de 3/4”.
• Material: Latón.
• Presión de prueba: 130~190kgf/cm2.
Accesorios tubería:
• Material: Latón.
• Conexión: mordedura del tubo de 6 mm.
Dispositivo de alarma:
• Materiales: ABS.
• Nivel de sonido: 130dB(+/- 3 dB).
• Tensión: 220 V CA/110 V CA/24 V CC.
• Presión de aire de funcionamiento: 5~7kg/cm2.
• Caja: IP67.
Bloque tipo palanca y cadena:
• Capacidad: ¾ tonelada.
• Elevación estándar: 1,5 m.
Manómetro:
• Material: Latón forjado- 3 vías.
• Escala: 0~250 bar.
• Tipo: Lleno de aceite.
Interruptor de presión:
• Material: Interrupto acero dulce- válvula de cierre latón forjado
• Rango de ajuste: 1~10 kg/cm2.
• Max presión de prueba: 180 kg/cm2.
• Presión de ajuste: 4 kg/cm2.
Panel de detección de humo:
• Material: Acero.
• Peso: aproximado. 25 kg.
• Temperatura: 0°C ~ 55°C.
• Fuerza:2 x 220/230 VCA 50/60 Hz 2 X 110 V CA 60 Hz.
• Grado IP: IP54.
• De 3 o 2 vías válvulas panel de detección: Tipo de tubería/manguera ∅ interior: 13 mm.
• De la detección de humo -Panel a unidad de ventilador: Acero galvanizado 1~10
• Líneas: 65A 11~18 líneas: hasta 5m: 65A + de 5 m: 80 A 19~24 líneas: 80A.
Panel repetidor:
• Material: Aluminio fundido.
• Peso aproximado. 1,8 kg.
• Temperatura de funcionamiento: 0°C ~ 55°C.
• Grado IP: IP54.
• Panel detección contra incendios.
Monitor de Pesaje:
• Tensión de alimentación de entrada disponible en 24VCC / 230 VCA / 110 VCA, 50 Hz
• Tensión de funcionamiento 24V CC.
• Prueba de lámpara, reconocimiento y reinicio interruptores de control.
• Sistema On Led verde, peso reducido Led naranja, abierto y corto amarillo Led.
Zumbador de avería incorporado de tono continuo.
• Se proporciona cableado de dos cables estilo B para conectar monitor de peso del gas.
• El Panel de control solo proporciona información común.
• Indicación de bajo peso por zona.
• Este es un panel de control de zona única.
• Zumbador de indicación de bajo peso incorporado (tono intermedio).
• Facilidad de supervisión para abiertos y cortos del cable de conexión del peso del gas monitor.
• Monitor de peso máximo de gas por unidad restringido a 20 números.
• Provisión de un conjunto de fallas de bajo peso.
• Repetición de potencial libre NO y NC contacto de clasificación de 6 amperios a 24 VCC.
• Tipo de montaje en pared adecuado para interiores solicitud.
• El panel de control multizona está disponible.
Monitor continuo de peso de gas:
• La señal de 24 V deberá derivarse de la unidad de control.
• No consumo actual por monitor de peso de gas durante condiciones normales.
Mientras que el bajo peso la indicación está encendida.
• Consumo máximo de corriente será de 10 mA.
• Tamaño: 550 mm de alto x 90 mm de ancho
• Peso: 3,5 kg.
• Embalaje: embalaje unitario y unidad doble.
Nota Importante: La descripción técnica de los componentes, subcomponentes, partes mecánicas, electrónicas y demás elementos incluidos en esta sección tiene carácter referencial e ilustrativo, y se incorpora con el propósito de definir los estándares de calidad, funcionalidad, desempeño y confiabilidad requeridos para la solución solicitada.
Los elementos descritos deberán conformar una solución integral, completamente instalada, configurada, puesta en operación y en condiciones de funcionamiento de acuerdo con los requerimientos establecidos en el cartel. Asimismo, el contratista será responsable de todos los componentes, accesorios, materiales, equipos e interfaces necesarios para garantizar la correcta integración y operación del sistema, aun cuando no se encuentren expresamente detallados.
La evaluación técnica de la oferta se efectuará considerando el cumplimiento integral de los requerimientos establecidos y el desempeño global de la solución ofertada, valorándose su funcionamiento como un conjunto operativo integrado y no de forma independiente para cada uno de sus componentes.
5. Prueba de Fábrica
a. Los cilindros deben ser listados UL y FM para sistemas de CO2.
b. La tubería debe cumplir con la norma ASTM A53.
c. Los accesorios deben cumplir con las especificaciones de acuerdo con la NFPA 12.
6. Pruebas de Aceptación
a. Se considera que las pruebas de aceptación del sistema deberán estar acorde con la normativa NFPA 12, NFPA 3, NFPA 4 y seguidamente la validación general del sistema.
b. La validación por parte del fabricante deberá aplicar para la aceptación final del sistema contra incendio por CO2.
c. Se deberá contar con la prueba de presión con aire a 40 psi por 24 horas.
d. Supervisar el sistema durante 30 días con la operación normal del sistema.
7. Pruebas en Sitio
a. Una descarga completa de todo el diseño (el cliente puede evaluar si realiza prueba sin descarga).
b. La cantidad de dióxido de carbono a través de las tuberías del sistema debe ser realizado para garantizar que el dióxido de carbono se descargue en el peligro, que la concentración se logre y mantenga durante el período de tiempo requerido por las especificaciones de diseño, y que todos los dispositivos operados por presión funcionen según lo previsto.
c. En los sistemas contra incendio toda la tubería debe ser probada hidrostáticamente a 300 psi (20.68 bar), lo anterior aplica para las tuberías entre la válvula de cierre del tanque y las boquillas, acorde a NFPA 12 capítulo 9.
d. La presión debe mantenerse sin pérdida por dos horas, la fuga durante el período de prueba no deberá exceder una caída de presión del 10 por ciento.
8. Pruebas de funcionamiento
a. Las pruebas deberán permitir verificar la correcta operación de los componentes y los dispositivos instalados, incluyendo la operación del sistema, la activación del paro de emergencia y la emisión de señales de alarma.
9. Garantías y Comisionamiento
a. El contratista deberá entregar un certificado de garantía integral del sistema, el cual deberá cubrir la totalidad de los equipos, componentes, materiales, accesorios, integración, configuración, instalación y puesta en marcha suministrados bajo el presente contrato. La vigencia de la garantía técnica será de doce (12) meses, contados a partir de la fecha de recepción satisfactoria emitida por el ICE.
b. Asimismo, el contratista deberá suministrar toda la documentación técnica requerida para la adecuada acreditación, operación, mantenimiento y respaldo del sistema, incluyendo, planos As Built, informes y respaldos de pruebas de aceptación, memorias de cálculo hidráulicas y sísmicas, certificados de garantía, fichas técnicas, manuales de operación y mantenimiento, documentación técnica aplicable, copias de las normas utilizadas como referencia para el diseño e instalación, así como los informes, registros y evidencias correspondientes al comisionamiento respecto a la NFPA 3 y verificación de las pruebas integradas de los sistemas instalados conforme a NFPA 4.
c. Sin perjuicio de lo anterior, el Administrador de contrato podrá requerir razonadamente cualquier documentación, prueba, ensayo o evidencia adicional que resulte necesaria para verificar el cumplimiento de los requisitos contractuales, normativos y de desempeño de la solución implementada.
10. Plazos de Entrega, Revisión y Visto Bueno para la entrega de los diseños planos del sistema.
a. Una vez notificada en SICOP la orden de inicio del servicio, el contratista dispondrá de un plazo máximo de veinte (20) días hábiles, contado a partir del día hábil siguiente a dicha notificación, para presentar ante la Administración del Contrato del ICE la versión preliminar de los diseños. Esta documentación deberá incluir, los planos del sistema en formato PDF, diagramas de lazo, memorias de cálculo hidráulico y memorias de cálculo electrónico correspondientes.
b. Recibida la totalidad de la documentación técnica requerida, el equipo conformado por parte del ICE dispondrá de un plazo de diez (10) días hábiles para efectuar la revisión técnica y emitir el visto bueno correspondiente o las observaciones que considere necesarias para el cumplimiento de los requisitos contractuales y normativos. Mismas que serán notificadas por el AC.
c. En caso de que el ICE formule observaciones derivadas de incumplimientos, inconsistencias o desviaciones respecto de los requisitos establecidos o de la normativa aplicable, incluyendo las normas NFPA 12 y NFPA 72, el contratista deberá presentar la documentación corregida en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contado a partir de la notificación de las observaciones.
d. Una vez recibidas las correcciones, el ICE dispondrá de tres (3) días hábiles para verificar la atención de las observaciones y emitir el visto bueno correspondiente o, de resultar necesario, comunicar observaciones adicionales debidamente fundamentadas.
11. Manual de operaciones y mantenimiento.
a. El manual de operaciones y mantenimiento debe estar organizado por secciones específicas.
b. El manual de operaciones y mantenimiento debe incluir lo siguiente:
• Planillas de datos de los productos.
• Instrucciones para la instalación de los equipos.
• Manuales operativos de los equipos.
12. Documentación.
a. Todo procedimiento de documentación y pruebas de integración de los sistemas contra incendio y seguridad humana deberá estar acorde según lo requiere la NFPA 4 para evidenciar procedimientos, donde permita registrar una matriz de funcionamiento ante eventos y accionar del personal en la planta hidroeléctrica, realizando ejercicios y permitan determinar los tiempos de respuesta de cada equipo, sistema contra incendio y disciplina. Especifica las funciones y responsabilidades de los integrantes de los equipos de pruebas integradas y proporciona un marco para los escenarios de las pruebas. Utilizada junto con NFPA 3, Norma para el Comisionamiento de Sistemas de Protección contra Incendios y Seguridad Humana, este documento establece los requisitos para las pruebas integradas, los métodos de prueba y la documentación tanto para los sistemas nuevos como para los existentes, comenzando antes de la ocupación y extendiéndose a lo largo del ciclo de vida del edificio.
13. Descripción de Implementaciones
a. Los planos que constituyen parte integral deben fungir como los planos de taller. Ellos indican el trazado general del sistema de supresión completo. La información presentada en estos planos es tan exacta como las valoraciones y el planeamiento puedan determinar, sin embargo, la exactitud absoluta no está garantizada y deben terminar de validarse mediante la elaboración de estos planos y validar las coberturas finales según la NFPA.
b. El contratista debe revisar y validar el diseño de acuerdo con los equipos a suministrar, según el fabricante y modelo que se basa.
c. El contratista deberá validar las condiciones existentes en sitio con el fin de identificar oportunamente posibles interferencias, incompatibilidades, discrepancias o cualquier otra condición que pueda afectar la correcta ejecución del servicio. En caso de requerir información o documentación técnica adicional para el desarrollo del servicio, deberá solicitarla al Administrador del Contrato dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la notificación de la orden de inicio.
Cualquier inconsistencia entre las condiciones reales del sitio y los requerimientos del servicio, así como cualquier situación que requiera una definición técnica adicional, deberá ser comunicada oportunamente al Administrador del Contrato para su análisis y resolución.
Asimismo, será responsabilidad del contratista verificar previamente las cantidades, dimensiones, interfaces, requerimientos constructivos, mecánicos, eléctricos, de control y demás condiciones técnicas necesarias para la correcta ejecución de la solución ofertada. La omisión de dicha verificación no eximirá al contratista de sus obligaciones contractuales ni generará costos adicionales para el ICE.
14. Códigos y Tarifas (debe considerarse esto desde la oferta)
a. El contratista debe hacer arreglos para todas las pruebas e inspecciones de alguna o todas las partes del trabajo requeridas por las autoridades y organizaciones que tienen jurisdicción, y pagar todos los cargos por las mismas, como las aprobaciones de la instalación por cuerpo de bomberos.
b. El contratista debe cumplir con los requerimientos de (1) NFPA y (2) Reglamento Nacional de Protección Contra Incendios aplicable para Costa Rica, con ese orden de prioridad, siendo el más restrictivo el definitivo.
15. Daños por Fugas
a. El contratista debe ser responsable por los daños causados al trabajo o a sus contenidos, personal, entre otros; causados por fugas en cualquiera de los equipos instalados por él a través de fallas en el equipo, materiales o tuberías, accesorios o por derrames y debe hacer las reparaciones bajo su propio costo de la mercadería, dispositivos y equipos dañados.
b. El contratista será responsable ante daños causados durante la ejecución de labores o pruebas de sus trabajos a los equipos, accesorios, materiales, estructurales o cualquier elemento que pertenezca al ICE, incurriendo bajo su propio costo las reparaciones necesarias hasta la satisfacción del ICE.
16. Limpieza del Equipo y Materiales
a. A menos que se especifique lo contrario, todos los equipos electromecánicos suplidos bajo este contrato serán montados y conectados, listos para operar y tal equipo debe ser entregado limpio y en óptimas condiciones. Cualquier equipo al que no se le pueda devolver la apariencia original debe ser pintado a expensas del contratista.
17. Mano de Obra y Materiales
a. La mano de obra debe ser de la mejor calidad y nada más que mecánicos competentes o diestros en sus ramas deben ser contratados. El contratista debe suplir los servicios de un superintendente experimentado, quien va a estar constantemente a cargo de la realización del trabajo, hasta que sea completado y entregado.
18. Embalaje, Transporte y Almacenamiento
a. Todo equipo/material/producto deberá suministrarse totalmente nuevo y en excelentes condiciones, en un embalaje que garantice la total integridad de estos durante todo el traslado hacia el destino final. Esto será constatado por el Administrador de Contrato o por la Supervisión de ICE. Si el embalaje, es dañado durante el transporte o a criterio de ICE el equipo/material/producto ha sufrido daños, el contratista deberá sustituirlo por una unidad nueva o deberá adecuadamente sustituir parcialmente el equipo o material, según la recomendación y aprobación por parte del fabricante y a gusto del cliente ICE, sin costo para ICE. Todos los productos y materiales suministrados deberán estar acompañados con su lista de empaque en español (“Packing List”).
b. El contratista deberá aplicar todos los procedimientos necesarios para el embalaje de materiales, componentes y equipos, de tal manera que se garantice su protección durante el transporte desde la fábrica hasta el sitio de montaje. Los materiales, componentes, partes y equipos con vida limitada o que requieran protección especial deberán ser claramente identificados, con el objetivo de asegurar que, si sufren algún deterioro, no vayan a ser utilizados.
c. El empaque y embalaje deberá garantizar el transporte marítimo, terrestre y/o aéreo de los mismos, garantizando que sus contenidos lleguen en perfecto estado. Los repuestos deberán empacarse en forma separada de los demás equipos y el empaque de estos debe ser adecuado para un almacenamiento de larga duración.
d. Todo empaque y embalaje, deberá contar con su lista de materiales incluida, donde se describa como mínimo: componente, modelo, cantidad, número de identificación de los planos.
e. Durante el embalaje, se deberá instalar en las aristas y puntas del equipo, material acolchado que evite cortes o perforación de las bolsas especiales de polietileno. También, todas las unidades de empaque que contengan los equipos anteriormente mencionados o material frágil deberán estar dotadas de indicadores mecánicos visuales de impacto del tipo no re- armable, seleccionados de acuerdo con el grado de aceleración máxima que puede soportar el equipo.
f. Para cualquier unidad de empaque que tenga que ser obligatoriamente transportada y manejada en posición vertical, deberán instalarse en sus caras, indicador visual de inclinación; de tal manera que haga constar en el dispositivo la condición de volcamiento del embalaje, mediante el cambio de color del indicador.
19. Repuestos Recomendados
a. Como parte de los entregables de ingeniería y documentación final del servicio, el contratista deberá presentar un Listado Técnico Orientativo de Repuestos Recomendados para el sistema de detección y supresión de incendios instalado.
b. Este entregable consistirá exclusivamente en un documento informativo que indique las cantidades, modelos, especificaciones y componentes de reemplazo sugeridos para el ciclo de vida de la solución. Dicha propuesta deberá fundamentarse en la criticidad de los componentes principales, su vida útil estimada, desgaste normal, frecuencia de utilización y probabilidad de falla durante la operación regular del sistema.
c. Asimismo, el contratista podrá recomendar dentro de dicho informe técnico aquellos repuestos adicionales que considere necesarios para que el ICE planifique la continuidad operativa y el adecuado mantenimiento preventivo o correctivo futuro del sistema.
d. Aclaración de Alcance Contractual: Queda expresamente establecido que el propósito de esta sección es únicamente la obtención de información técnica y bases de datos de ingeniería para el inventario de referencia del ICE, utilizable como insumo para eventuales procesos de contratación futuros. Esta licitación NO contempla la adquisición física, suministro, ni cobro de ninguno de los repuestos incluidos en dicho listado, por lo que los oferentes no deberán indexar costos de materiales de reemplazo dentro del precio global del servicio solicitado. La revisión y aprobación del informe por parte del ICE se limitará exclusivamente a validar la calidad y consistencia técnica de la información suministrada.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Las Condiciones Generales que regirán para los procedimientos de contratación administrativa, tramitadas por el Instituto Costarricense de Electricidad, que en lo sucesivo se denominará ICE, Institución Autónoma de la de la República de Costa Rica, domiciliada en San José y con cédula jurídica N.º 4-000-042139-02, son las CONDICIONES GENERALES DEL CAPITULO 1 DEL CARTEL TIPO DE CONDICIONES PARA PROCESOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA, publicadas en el Alcance No.161 a La Gaceta No.174 del 19 de setiembre del 2024.
Estas condiciones pueden ser accedidas por medio de la siguiente dirección electrónica: https://apps.grupoice.com/PEL/
Presupuesto Estimado y Disponibilidad Presupuestaria
Para la atención de las erogaciones de pago que se originen de este contrato que corresponde a presupuestos de años futuros, la División Generación incluirá en las cifras de formulación presupuestaria del año correspondiente el debido contenido presupuestario, el cual queda sujeto a la aprobación del presupuesto por parte de la Contraloría General de la República. En caso necesario la División Generación se compromete a dotar del debido contenido presupuestario mediante el procedimiento interno de modificación presupuestaria. La composición presupuestaria se distribuye de la siguiente manera:
PRESUPUESTO ESTIMADO DE LA CONTRATACIÓN: de 276 415,11 USD, equivalente a 132 811 932,05 CRC, utilizando el tipo de cambio presupuestario vigente para 2027 de 480,48 CRC por USD.
Fuente de financiamiento: ICE - OPEX.
1. Declaraciones juradas
Con la oferta se deberán presentar las siguientes declaraciones bajo fe de juramento:
a) Las declaraciones juradas solicitadas en el Capítulo I, apartado 4 ( del inciso "a" al inciso "m" ) y el apartado 5 (Compromiso Anticorrupción del inciso "a" al inciso "f") del cartel tipo; el cual pueden descargar del link indicado en el capítulo I del presente cartel. Estas condiciones pueden ser accedidas por medio de la siguiente dirección electrónica: https://apps.grupoice.com/PEL/
2. Criterios sostenibles ambientales
a. El Oferente es responsable de la gestión de los residuos de embalaje (caja, recipiente, envoltura y tarimas) de los productos adquiridos (incluyendo el transporte, almacenamiento y disposición final), mediante un Gestor autorizado. Además, debe entregar el Programa de Gestión de Residuos donde se incluye las actividades de manejo del embalaje del producto adquirido. Por lo que debe presentar declaración jurada donde manifieste que se compromete a cumplir lo indicado en esta clausula en caso de resultar contratista.
b. El oferente deberá presentar declaración jurada donde indique que en caso de resultar contratista, se compromete a que los empaques individuales del embalaje deberán ser de cartón u otro material reciclable o biodegradable o compostable. En ninguna circunstancia se acepta estereofón (Poliestireno).
c. Presentar declaración jurada donde indique que cuenta con todas las Fichas de Datos de Seguridad (FDS) en idioma español de las sustancias químicas a utilizar (CO2) validadas por el Colegio respectivo y Ministerio de Salud, según lo establecido en el Decreto N° 40705 sobre “Reglamento Técnico RTCR 478:2015 Productos Químicos Peligrosos, Registro, Importación y Control”; y presentar las fichas las cuales no debe tener más de cinco años de emitida a partir de su elaboración o última actualización.
3. Criterios sostenibles sociales
a. Declaración jurada donde acepta que el personal de la empresa, en caso de ser contratista y al momento de presentarse al ICE para entrega o retiro de productos o cualquier otra actividad previamente coordinada entre las Partes, debe seguir todas las medidas, recomendaciones, políticas y lineamientos en Ambiente, Salud y Seguridad en el Trabajo, Derechos Humanos, Diversidad, Responsabilidad Social y cualquier otro lineamiento institucional que resulte aplicable al objeto contractual y que haya sido comunicado formalmente al contratista.
b. Declaración jurada donde indique que cuenta con una Póliza de Riesgos del Trabajo vigente, emitida por el ente asegurador competente, que incluya a la totalidad de sus trabajadores y se encuentra al día en sus obligaciones. Asimismo, deberá aportar copia de la póliza vigente como respaldo de lo declarado.
c. Declaración jurada donde indique que cumple con el pago de al menos el salario mínimo vigente establecido por el Ministerio de Trabajo para todos sus colaboradores.
4. Sistema Integrado de Gestión (declaraciones juradas)
a) Que conoce la Política Integrada para la gestión del Negocio de Electricidad (ver Anexo 10).
b) Que cumplirá la Política de Sostenibilidad del Grupo ICE, establecida en la Sesión 6255 del 12 de marzo del 2018 (ver Anexo 08).
5. Norma de Seguridad e Higiene Ocupacional
a. El oferente debe cumplir con la Norma de Seguridad e Higiene Ocupacional (Anexo 09), Código 32.04.002.2008, haciendo énfasis especial en los puntos 7.1.3 o 7.1.4, según corresponda. Presentar junto con la oferta.
b. El contratista deberá cumplir con la Norma de Seguridad e Higiene Ocupacional (Anexo 09), Código 32.04.002.2008, haciendo énfasis especial en los puntos 7.2 y 7.3 y su Anexo 2: Plan de Gestión, según corresponda.
c- En caso de que el contratista sea una empresa extranjera o cuente con personal extranjero, deberá presentar obligatoriamente ante el Administrador del Contrato (AC) los permisos de trabajo vigentes de dicho personal, emitidos por la autoridad competente, como requisito previo para el inicio de las labores, conforme a lo establecido en los puntos 7.2.1.4. y 7.2.2.4. (Anexo 09).
Los requisitos y documentación solicitados deberán presentarse conforme a lo establecido en la Norma SHO 32.04.002.2008 incorporada como Anexo 09 del presente cartel.
Notas: En caso de que la empresa cuente con menos de 10 personas trabajadoras, deberá acreditarlo mediante la presentación de la planilla registrada ante la CCSS. Aplica también para la figura de consorcio y a las empresas subcontratadas.6. Estructura del precio y presupuesto detallado.
6. Estructura de Precios en Servicios
Disposiciones para presentación de la oferta:
1. La estructura del precio: El oferente debe presentar la estructura de precio en conjunto con la oferta, estableciendo los siguientes rubros obligatorios: costos directos de mano de obra, costos directos de insumos, costos indirectos de mano de obra, costos indirectos de insumos, utilidad; las ofertas deben considerarlos todos, indicando para cada componente el valor correspondiente, de reportarse algún componente en cero el oferente debe justificarlo desde la oferta y la dependencia analizará el fondo y determinará el cumplimiento o no de la oferta. Los rubros deberán presentarse en valores absolutos y porcentuales. Se anexa el formato a utilizar. Dicha estructura será utilizada para el análisis de las ofertas y posteriormente, en caso de requerirse un reajuste/revisión de precios.
2. Forma de presentar la estructura de precios en la oferta:
a. Para el caso de contratación de servicios en cantidad definida la estructura de precios se debe presentar por partida.
3. Forma de presentar el Presupuesto detallado:
a. El contratista deberá presentar un presupuesto detallado y completo con todos los elementos de costo que lo componen. Este deberá ser presentado un (1) día hábil después de la notificación del contrato conforme lo estipulado en el artículo 27 del RL8660. Se anexa el formato a utilizar. Una vez recibido, el ICE dispondrá de un (1) día hábil para su revisión y aprobación.
b. El ICE se reserva la posibilidad de solicitar información adicional atinente a la composición de los precios contemplados en la oferta, cuando ello resulte necesario.
7. Condiciones que considerar por parte del oferente.
a) Toda oferta debe presentar la información técnica completa y detallada en idioma español y en formato electrónico de extensión pdf. En caso de que algún documento no esté disponible en idioma español se acepta el idioma inglés con una traducción libre al español según lo indicado en el artículo 49 del Reglamento a la Ley 8660. Además, es indispensable que todas las unidades de medida utilizadas en la oferta estén en el Sistema Internacional (S.I.) de pesos y medidas, lo que permitirá un análisis y estudio comparativo adecuado para efectos de adjudicación.
b) Cuando el oferente sea una persona física o jurídica no domiciliada en Costa Rica, deberá considerar dentro del precio ofertado las retenciones aplicables por concepto de remesas al exterior, de conformidad con la legislación costarricense vigente.
La presentación de la oferta implicará que dicho aspecto fue considerado en la determinación del precio ofertado, por lo que no procederán reconocimientos, reajustes ni pagos adicionales por este concepto durante la ejecución contractual.
8. Subcontrataciones y Consorcios
1. Límite de Subcontratación: Conforme al artículo 56 del Reglamento al Título II de la Ley N.º 8660, el contratista podrá subcontratar un máximo del cincuenta por ciento (50%) del monto adjudicado. Deberá aportar en la oferta el listado de las empresas subcontratadas con sus respectivas certificaciones de capital social y representantes legales. Los subcontratistas deben estar debidamente inscritos en el Registro unificado de proveedores de SICOP. No se considera subcontratación, la adquisición de bienes y servicios y obras por el contratista principal aun cuando éstos impliquen su propia instalación por el otro contratista, ni tampoco se considerará un acto de subcontratación los compromisos asumidos por cada uno de los participantes consorciados.
2. Ofertas en Consorcio: Conforme al artículo 57 del Reglamento al Título II de la Ley 8660, en el caso de las ofertas que se presenten bajo la figura de consorcio, todos los socios que lo conforman deberán presentar el requisito de admisibilidad indicado en el punto a) de manera individual, los restantes requisitos de admisibilidad pueden ser presentados de manera solidaria, lo cual deberá plasmarse en el acuerdo consorcial.
9. Cláusula de desempate
a) En caso de que se presente un empate en la propuesta económica de los oferentes, se convocará un sorteo público, el cual se realizará en forma presencial. La fecha y hora será comunicada oportunamente.
b) Para definir el desempate se utilizará la moneda.
c) De lo anterior, se levantará un acta que será suscrita por los asistentes al evento y será anexada al expediente electrónico SICOP.
10. Presentación de la garantía de cumplimiento.
a) La garantía de cumplimiento debe ser rendida dentro de los 10 días hábiles siguientes a la firmeza del acto de adjudicación en Sistema Digital Unificado-SICOP.
b) Es obligación del Contratista mantener vigente la garantía de cumplimiento mientras no se haya recibido a satisfacción el objeto del contrato. En este caso el Contratista podrá presentar una nueva garantía.
c) El Contratista se compromete a mantener la garantía vigente durante la ejecución del presente contrato, misma que se devolverá 30 días naturales después del recibido a satisfacción el servicio por parte del Administrador de Contrato.
11. Audiencia para Descuentos (Mejora de Precios):
1. La Proveeduría convocará a los oferentes elegibles que cumplan técnica y legalmente, concediéndole el plazo establecido en el cronograma de la contratación, fijándose la fecha y hora para presentar la mejora del precio medio del Sistema Digital Unificado. Esta mejora será considerada en la calificación de las ofertas.
2. La mejora del precio debe estar exenta de condicionamientos para que sea aceptada.
3. El oferente que ofrezca descuentos o mejoras en los precios deberá incorporar la estructura del precio descontado, considerando todos los elementos que los componen, además de la estructura del precio sin descuento, debiendo en ambos casos sustentarlo y no podrá implicar una disminución de las cantidades ni una desmejora de la calidad o condiciones de lo originalmente ofrecido.
4. La mejora aplica sobre el subtotal del precio, sin considerar impuestos de ninguna clase.
5. En el caso de que la audiencia de mejora no surta efectos, ya sea por no haber competencia (oferta única u oferente único), o porque los participantes declinen a mejorar sus precios, la Administración fuera de la etapa de mejora de precios, o bien cuando no se haya dispuesto esa etapa, podrá requerir o recibir del oferente mejor puntuado un descuento, de presentarse, el mismo será considerado para efectos de adjudicación y pago.
12. Facturación y gestión de comprobantes electrónicos (notas de crédito y débito):
1-Emisión de factura
La emisión del Acta de Recepción Definitiva correspondiente al hito contractual respectivo constituirá el hecho generador que habilitará la presentación de la factura y el trámite de pago. Dicha acta será emitida por el ICE una vez verificado el cumplimiento cuantitativo y cualitativo de los entregables, de conformidad con el procedimiento de recepción establecido en el apartado 20 del presente cartel.
Una vez finalizados los servicios asociados al hito correspondiente, el ICE realizará la verificación cuantitativa y cualitativa de los entregables para determinar su conformidad con las condiciones establecidas en el contrato.
Cuando los entregables hayan sido recibidos a satisfacción y el Administrador del Contrato emita el Acta de Recepción Definitiva del hito correspondiente, el contratista quedará habilitado para presentar la factura electrónica y gestionar el trámite de pago mediante SICOP.
El pago se efectuará de manera parcial, conforme a los hitos contractuales definidos en el presente cartel, y únicamente respecto de aquellos entregables que cuenten con Acta de Recepción Definitiva emitida por el ICE.
No procederá el trámite de pago de servicios no ejecutados, entregables pendientes de revisión, productos rechazados o aspectos sujetos a corrección o subsanación.
En caso de identificarse incumplimientos respecto de las obligaciones contractuales, el ICE comunicará las observaciones correspondientes al contratista para su atención. Mientras no se emita el Acta de Recepción Definitiva del hito respectivo, no se habilitará la presentación de la factura ni el trámite de pago.
Una vez emitida el Acta de Recepción Definitiva, el ICE notificará al contratista la aceptación de los entregables correspondientes, quedando habilitado para presentar la factura electrónica versión 4.4 y gestionar el trámite de pago conforme a los requisitos establecidos en el presente cartel.
Las facturas electrónicas versión 4.4 y el archivo XML deberán enviarse al correo:
• facturasice@ice.go.cr
• El nombre del cliente en la factura debe ser: ICE o INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD.
• Cédula jurídica: 4-000-042139.
• Actividad económica: 3510.0.
Para facturar el pedido deberá incorporarse en la factura, en el espacio de "Información de referencia", el número interno asignado:
Ejemplo: MM-450xxxx (sin espacios).
Para obtener este número interno (MM-45000xxx), el proveedor deberá solicitarlo al Administrador del Contrato, previo a la entrega del servicio.
Las facturas y el archivo XML deberán remitirse al correo facturasice@ice.go.cr.
Se informa que, conforme con la versión 4.4 del Reglamento de Comprobantes Electrónicos emitida por la Dirección General de Tributación, únicamente serán aceptados comprobantes electrónicos (facturas, notas de crédito, notas de débito y recibos de pago) emitidos bajo dicha versión. Por lo tanto, el contratista deberá garantizar que sus sistemas de facturación se encuentren actualizados, ya que los comprobantes emitidos en versiones anteriores no podrán ser recibidos ni procesados.
2-Emisión de notas de crédito y débito.
De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Comprobantes Electrónicos (Decreto Ejecutivo N.° 44739-H) y la normativa tributaria vigente, las notas de crédito y débito constituyen documentos electrónicos destinados a modificar los efectos fiscales y contables de las facturas electrónicas previamente emitidas. Su emisión debe responder a la realidad de la transacción y a las condiciones pactadas entre las partes.
En ese sentido, la emisión de notas de crédito se entenderá como un acto sujeto a coordinación y acuerdo entre el contratista y el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE). En consecuencia, el contratista se obliga a no emitir este tipo de comprobantes de forma unilateral sin la previa validación del ICE o de su representante autorizado dentro del proceso de contratación.
Lo anterior tiene como propósito garantizar la trazabilidad, integridad y exactitud de la información asociada a las operaciones, así como evitar inconsistencias en los registros contables y en la información reportada ante la Administración Tributaria.
En caso de que se emitan comprobantes que no correspondan con la realidad de la transacción o que carezcan de la debida coordinación, el contratista deberá gestionar su corrección por los mecanismos previstos en los procedimientos aplicables, incluyendo la emisión de los comprobantes electrónicos que correspondan, sin perjuicio de las responsabilidades que puedan derivarse.
Finalmente, las partes se comprometen a mantener una coordinación constante para la adecuada gestión de los comprobantes electrónicos, en resguardo de la correcta ejecución del contrato.
13. Programa de trabajo:
El oferente deberá adjuntar a su oferta un Programa de Trabajo detallado, que incluya la planificación de las actividades requeridas para la ejecución del servicio, la Estructura de Desglose del Trabajo (EDT) y un cronograma de ejecución en formato Excel, en el que se identifiquen la secuencia lógica, duración e interrelación de las actividades propuestas. El cronograma deberá demostrar la viabilidad de la ejecución integral del servicio dentro del plazo máximo establecido de ciento veinte (120) días hábiles, contados de la fecha de inicio de ejecución contractual de SICOP. Asimismo, el programa de trabajo deberá identificar los hitos principales del proyecto, los entregables asociados y las actividades sujetas a revisión, aprobación o validación por parte del ICE, según se indica en las especificaciones técnicas.
El contratista 2 días hábiles después de emitida la fecha de inicio debe entregar el programa de trabajo actualizado.
14. Visita al sitio (no es obligatoria)
• El ICE recomienda a los posibles oferentes realizar una visita al sitio donde se ejecutará el servicio antes de presentar su oferta, con el fin de conocer las condiciones existentes, verificar aspectos relacionados con accesos, facilidades y eventuales restricciones del lugar, así como obtener información relevante para la adecuada formulación de su propuesta.
• La visita se realizará dentro de los 2 días hábiles siguientes a la publicación del cartel. Se coordinarán todos los detalles con Jeffrey Chaves Coto al 2000-2701 o mediante correo electrónico jchavezco@ice.go.cr.
• Las personas que lleven a cabo la visita deben ser personal de la empresa interesada. Además, deben contar con el equipo básico de seguridad: pantalón, camisa. casco, anteojos y zapatos de seguridad.
• Las empresas que no participen en la visita al sitio asumirá la responsabilidad de elaborar su oferta con la información disponible en el cartel y, en caso de resultar contratista, no podrá alegar posteriormente desconocimiento de las condiciones del sitio o de cualquier circunstancia relacionada con la ejecución contractual que hubiera podido identificar mediante dicha visita.
15. Forma de pago:
El pago se realizará de manera parcial, de acuerdo con el cumplimiento de los hitos contractuales que se detallan a continuación:
• Hito 1 (40% del monto contractual): Este porcentaje se devengara posterior a la recepción a satisfacción de la Etapa de Ingeniería y Diseño, formalizada mediante el Acta de Recepción Definitiva de la Etapa 1 emitida por el Administrador del Contrato.
• Hito 2 (60% del monto contractual): Este porcentaje se devengara posterior a la recepción a satisfacción de la Etapa de Implementación, Pruebas y Puesta en Servicio, formalizada mediante el Acta de Recepción Definitiva emitida por el ICE, una vez verificado el cumplimiento integral de las especificaciones técnicas, la ejecución satisfactoria de las pruebas requeridas y la entrega de la totalidad de la documentación contractual.
Notas:
1-La emisión del Acta de Recepción Definitiva correspondiente constituirá el hecho generador que habilita la presentación de la factura y el trámite del pago respectivo para el pago de cada hito.
2-Cuando el contratista sea una persona física o jurídica no domiciliada en Costa Rica y corresponda efectuar pagos al exterior, el ICE aplicará las retenciones por concepto de remesas al exterior que resulten procedentes conforme a la legislación costarricense vigente.
Dichas retenciones serán deducidas de los pagos correspondientes y no darán lugar a compensaciones, reajustes, pagos adicionales ni modificaciones al monto contractual.
16. Plazo de entrega:
El plazo de ejecución será de ciento veinte (120) días hábiles, contados a partir de la notificación de la Fecha de Inicio de la Ejecución Contractual, la cual será comunicada por el ICE mediante la plataforma SICOP una vez verificado el cumplimiento de los requisitos previos establecidos en el contrato y en el presente cartel. Dicho plazo se distribuirá de la siguiente manera:
Etapa 1: Ingeniería y Diseño
Plazo máximo de treinta y ocho (38) días hábiles.
Dentro de este plazo, el contratista dispondrá de veinte (20) días hábiles para realizar los levantamientos de campo necesarios y presentar para revisión toda la documentación técnica requerida en las especificaciones técnicas, incluyendo los planos del sistema, diagramas de lazo, memorias de cálculo hidráulico, memorias de cálculo electrónico y demás documentos requeridos para la aprobación de los diseños.
Etapa 2: Implementación, Pruebas y Puesta en Servicio
Plazo máximo de ochenta y dos (82) días hábiles.
Dentro de este plazo, el contratista deberá ejecutar la totalidad de las actividades requeridas para la implementación de la solución, incluyendo la instalación, integración, configuración, ejecución de pruebas funcionales y de aceptación, puesta en marcha del servicio y la entrega de todos los entregables establecidos en las especificaciones técnicas.
Para la recepción contractual se aplicará el siguiente ciclo:
-Cinco (5) días hábiles para que el ICE revise los entregables finales, la documentación presentada y los resultados de las pruebas efectuadas.
-Cinco (5) días hábiles para que el contratista atienda las observaciones formuladas por el ICE y presente las correcciones correspondientes.
-Dos (2) días hábiles para que el ICE verifique la atención de las observaciones y emita el recibido conforme correspondiente.
Los plazos indicados para revisión, atención de observaciones y aceptación se encuentran incorporados dentro del plazo máximo de ochenta y dos (82) días hábiles otorgado para esta etapa y no constituyen una ampliación adicional del plazo contractual.
La recepción, revisión de entregables, atención de observaciones y aceptación de cada etapa se realizará conforme al Procedimiento de Control de Calidad al Momento de la Recepción del Servicio establecido en el apartado 20 del presente cartel.
Una vez concluido el proceso de revisión, atención de observaciones y aceptación técnica de los entregables, y acreditado el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones contractuales, el ICE dispondrá de un plazo máximo de veinte (20) días hábiles para realizar las gestiones administrativas finales asociadas a la recepción contractual, incluyendo la verificación documental correspondiente y la emisión del Acta de Recepción Definitiva.
Dicho plazo corresponde exclusivamente a la etapa de formalización de la recepción contractual y no forma parte del plazo de ejecución de ciento veinte (120) días hábiles establecido para la prestación del servicio.
17. Forma de Entrega
La entrega del objeto contractual se realizará de forma parcial, conforme al cumplimiento de los hitos definidos para la ejecución del proyecto y según los entregables establecidos en las especificaciones técnicas.
Entrega Parcial N.° 1: Ingeniería y Diseño
Corresponde a la presentación y aprobación de la documentación técnica requerida en las especificaciones técnicas para el desarrollo del servicio.
Entrega Parcial N.° 2: Implementación, Pruebas y Puesta en Servicio
Corresponde a la ejecución integral de la solución y su recepción a satisfacción por parte del ICE.
Esta entrega se tendrá por cumplida una vez que el contratista haya concluido satisfactoriamente todos los entregables solicitados en las especificaciones técnicas correspondientes para este apartado.
La entrega final se considerará recibida una vez que el ICE verifique el cumplimiento de las especificaciones técnicas, la correcta ejecución de las pruebas requeridas, la entrega completa de la documentación exigida y emita el Acta de Recepción Definitiva correspondiente.
18. Bandas de tolerancia
Para el presente procedimiento de contratación, el ICE define bandas de tolerancia a partir de los insumos obtenidos mediante el sondeo de mercado, las cuales aplicarán como herramienta de referencia para el estudio de ofertas y análisis de la razonabilidad del precio. Dichas bandas se encuentran documentadas en el expediente de la contratación, del cual se extrae la siguiente tabla:
Cálculo de Bandas de Tolerancia
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Cálculo de Bandas de Tolerancia |
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Objeto |
Metodología: % razonabilidad () Combinado ( X ) |
Cantidad requerida |
Monto estimado USD |
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Moneda (USD) |
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Devest.P |
Mínimo |
Máximo |
|||
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Partida 1 |
43 427, 92 |
232 987,19 |
319 843,03 |
1 |
276 415,11 |
Nota: Se aclara que los límites no serán utilizados como criterios de exclusión automática, sino como indicadores para realizar un análisis que permita justificar o descartar de forma razonada las ofertas que se ubiquen fuera de los límites. A partir de estas bandas, se elaborará una tabla comparativa que incorpore los precios recomendados por los oferentes, permitiendo identificar si se ubican dentro o fuera de los umbrales definidos.
Si el precio es menor al umbral mínimo este se presumirá como no remunerativo y si es mayor al umbral máximo se presumirá como excesivo, debiendo la Administración indagar lo correspondiente, considerando las siguientes definiciones y situaciones:
• Precio excesivo: es aquel que comparado con los precios normales de mercado los excede o bien que supera una razonable utilidad. La utilidad es aquella que le permite al oferente cubrir sus costos productivos, de distribución y entrega con un margen de ganancia moderado.
• Precio no remunerativo o ruinoso: es el precio ofertado por un oferente el cual es tan bajo que permite suponer la posibilidad de incumplimiento futuro en la ejecución del contrato por razones económicas al no ser suficiente el monto para cubrir los costos de los servicios de conformidad con los requerimientos del cartel, o bien, que no cumple con las obligaciones obrero-patronales, por lo que está en riesgo la ejecución y calidad con que se entregará el objeto.
• Precio que excede la disponibilidad presupuestaria: Precio que excede el monto del que dispone la Administración para cancelar las obligaciones económicas que se derivan del contrato, y ante indagatoria al oferente, éste no acepte ajustar su precio al disponible sin afectar las condiciones y calidad ofrecidos. En el caso extremo que no se cuente con mayor contenido presupuestario o no sea factible una adjudicación parcial, la oferta que contenga un precio que excede la disponibilidad presupuestaria será declarado como inadmisible económicamente, lo anterior, bajo el marco de aplicación del artículo 22 del Reglamento al Título II Ley 8660.
19. Obligaciones del Contratista
1. El Contratista debe asumir en su totalidad la responsabilidad como patrono único, por lo que deben correr por su cuenta todas las obligaciones obrero-patronales derivadas de la realización del trabajo, tales como cuotas de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y Riesgos Profesionales. El ICE debe quedar totalmente desligado y no mantendrá ninguna relación de este tipo con los trabajadores de la responsabilidad civil o penal en que pudieran incurrir en la prestación de los servicios.
2. Las copias de la pólizas solicitadas deberá ser presentadas al Administrador del Contrato 2 días después de la notificación del contrato y deberá mantenerse activa durante todo el plazo de ejecución contractual.
3. El Contratista debe presentar copia de la planilla registrada ante la CCSS, 2 días después de la notificación del contrato.
4. El ICE se reserva el derecho de revisar la documentación solicita en los puntos 3 y 4 de las obligaciones del contratista. No se emitirá fecha de inicio de ejecución mientras la documentación requerida no haya sido presentada y verificada conforme a los requisitos establecidos en el cartel.
5. El Contratista debe asumir los costos y riesgos del transporte del personal
asignado al ICE, así como los equipos herramientas, materiales y equipo de
seguridad ocupacional requeridos para la realización de los trabajos.
6. El Contratista debe acatar de manera obligatoria cualquier corrección que el ICE solicite. Lo anterior aplica para sus empleados, equipos, recursos, la señalización del área de trabajo o bien en la ejecución de los servicios.
Cláusulas referentes al Sistema Integrado de Gestión
1. El Contratista debe someterse a una reunión e inducción con el encargado de contratación administrativa de la Planta y los gestores de Ambiente y Salud y Seguridad en el Trabajo (SST) antes de iniciar la ejecución de los servicios. Lo anterior para identificar los aspectos y peligros que se relacionarán con sus funciones. En dicha inducción deben participar todos los trabajadores del Contratista que colaborarán en la prestación del servicio (considerando el escenario de incapacidad). Por lo anterior y para permitir el acceso a las instalaciones se debe tener presente el Anexo 05. DG-00-PR-81-002 “Ingreso a instalaciones de la DG” y completar el anexo 06. DG-00-FO-81-002 Solicitud de Ingreso y
2. Las Áreas de SST y de Ambiente de la Región Huetar o de la Planta donde se presten los servicios podrán, en coordinación con el Administrador del Contrato, realizar inspecciones para verificar el cumplimiento de lo indicado en la inducción del apartado 1 y de la aplicación de los controles operacionales definidos en la identificación de peligros y aspectos ambientales. Las indicaciones que se emitan son vinculantes. Además, el Contratista debe indicar el momento en que los hallazgos detectados han sido corregidos para hacer una re-inspección y verificar su cumplimiento.
3. El Contratista debe comprometerse a respetar y cumplir los controles operacionales definidos en la reunión del apartado 1 y cualquier otra observación que realicen los gestores de Ambiente y SST durante la ejecución de sus labores.
4. Si luego de concluida la reunión del apartado 1, los gestores expresan la necesidad de realizar otra reunión antes del inicio de las labores, el Contratista debe asistir obligatoriamente.
5. El Contratista debe garantizar que las personas encargadas de ejecutar el trabajo cuenten con el equipo de protección personal requerido para trabajar en una planta de generación térmica. Además, debe tomar en cuenta todas las medidas de seguridad recomendadas por. El ICE se reserva la potestad de suspender aquellos trabajos que contravengan los Reglamentos y Normas Técnicas de Seguridad e Higiene Ocupacional en el Trabajo en todos sus apartados estos se enlistan a continuación y pueden ser consultados en el siguiente enlace https://www.cso.go.cr/legislacion/reglamentos.aspx:
• Reglamento General de Seguridad e Higiene del Trabajo.
• Reglamento General de los Riesgos del Trabajo.
• Reglamento de Seguridad en Construcciones.
• Reglamento sobre Higiene Industrial.
• Reglamento para el Control de Ruidos y Vibraciones.
• Reglamento para la Prevención y Protección de las Personas Trabajadoras Expuestas a Estrés Térmico por Calor.
• Decreto N.° 39589-S – Norma de Hidratación de las Personas Expuestas a Actividades Físicas de Tipo Laboral de Riesgo IV.
• Procedimiento para la Elaboración del Protocolo de Hidratación, Sombra, Descanso y Protección.
• Decreto N.° 11074-TSS sobre Levantamiento de Pesos.
• Reglamento General de los Riesgos del Trabajo – Botiquines en los Centros de Trabajo.
• Norma de Planes de Preparativos y Respuesta ante Emergencias.
6. El Contratista debe utilizar equipo para delimitar el área de trabajo (rótulos de prevención verticales con apoyo, cinta plástica, conos, etc.) según lo establecido en todos los apartados de la norma INTE T56:2000, misma que puede ser consultada en el siguiente enlace: https://inteco.org/tienda.
7. Las personas deben usar obligatoriamente para todos los trabajos en una altura superior a 1,80 m el correspondiente arnés de seguridad de cuerpo completo de cuatro puntos y la línea de vida de 1,80 m. Lo anterior es para otorgar a los trabajadores los niveles de seguridad mínimos para los diferentes escenarios que se presenten al laborar en alturas. El Contratista es responsable de suministrar el equipo de protección personal de sus trabajadores. Además, los oferentes deben estar en la capacidad de fabricar todas aquellas estructuras o equipos que les permitan acceder a los sitios más riesgosos de forma segura, así como posicionarse con un sistema fijo de anclaje que permita a los trabajadores ejecutar las labores debidamente ancladas. Tanto las escaleras como andamios que se utilicen deberán cumplir con todos los apartados de las normas INTE T24-2000 y INTE T26-2016, mismas que pueden ser consultadas en el siguiente enlace: https://inteco.org/tienda.
El personal debe contar con certificación de persona autorizada en trabajos de altura cuya duración mínima sea de 8 horas (teoría y práctica).
8. Para estas actividades en espacios confinados se debe contar con un equipo calibrado para monitoreo de gases que contenga el sensor de VOC (compuestos volátiles orgánicos), oxígeno y límite superior de explosividad. Debe presentarse el certificado de calibración correspondiente. También se requieren los equipos de extracción de gases. El Contratista es responsable de suministrar los equipos previamente mencionados. El personal debe contar con certificación de persona autorizada de trabajos en espacios confinados cuya duración mínima sea de 8 horas (teoría y práctica).
9. El Contratista debe cumplir con lo establecido con todos los apartados de la norma INTE T12:2000, misma que puede ser consultada en el siguiente enlace: https://inteco.org/tienda, sobre las condiciones de seguridad en los centros de trabajo para el almacenamiento, transporte y manipulación de sustancias inflamables y combustibles.
10. El Contratista debe suministrar la respectiva hoja o ficha de datos seguridad (FDS) de los productos químicos. Lo anterior según la fecha de registro del producto ante el Ministerio de Salud y en cumplimento con el decreto 28113 y el reglamento técnico 478:2015 Productos químicos, productos químicos peligrosos, registro, importación y control.
11. Los residuos ordinarios, tales como papeles, envases, plástico, residuos de bolsas plásticas, madera y cartón; deben recogerse y ubicarse transitoriamente donde el ICE lo indique. El Contratista debe aportar los recipientes para almacenar dichos residuos. Además, se debe realizar limpieza general del sitio todos los días después de terminar las labores. Una vez finalizado el trabajo, el Contratista es responsable del retiro y desecho de todos los residuos ordinarios.
12. Los residuos peligrosos, especiales y valorizables, tales como: materiales contaminados con hidrocarburos, cualquier tipo de metal, barras de cobre, conductores eléctricos; deben recogerse y ubicarse transitoriamente donde el ICE lo indique. El Contratista debe aportar los recipientes para almacenar dichos residuos. Una vez finalizado el trabajo, el ICE es responsable del retiro y desecho de todos los residuos peligrosos, especiales y valorizables.
13. El Contratista debe asegurar al ICE que las personas encargadas de ejecutar el trabajo no ingresen a las instalaciones en chancletas, pantaloneta o camiseta sin mangas. Por lo cual deben usar zapatos dieléctricos antideslizantes en buen estado, pantalón de mezclilla y camisa o camiseta de tela 100% algodón.
14. El transporte del personal, equipos y materiales es responsabilidad del oferente y se debe ajustar a las regulaciones establecidas por el MOPT.
15. Si el Contratista requiere utilizar productos químicos u otro tipo de sustancias contaminantes, debe almacenar los sobrantes en un lugar seguro y retirarlos de la zona de trabajo cuando finalice cada servicio.
16. El Contratista es responsable de que los recipientes que almacenen sustancias químicas se encuentren en perfectas condiciones (su estado). Además, el material de fabricación debe ser resistente al líquido que almacene.
17. El Contratista debe asegurar y constatar el buen estado y cierre de las tapas de los recipientes (galones, pichingas o estañones; y debidamente identificados con la rotulación correspondiente al Sistema Globalmente Armonizado y NFPA 704), tanto durante el transporte como en el lugar de trabajo.
18. El Contratista, en caso de reutilizar recipientes que no sean el original del producto, debe quitar cualquier tipo de calcomanía, logo u otro que pueda causar una confusión y por ende un accidente. Además, debe rotular el envase con la descripción del nuevo contenido.
19. Los elementos de izaje (grilletes, eslingas sintéticas y cadenas) deben estar en buen estado de conservación, con sus etiquetas respectivas, sin aceites, corrosión y cualquier otra contaminación que limite su funcionamiento. El Área de SST de la Región Huetar o de la Planta podrá realizar inspecciones en cualquier momento y las recomendaciones que se emitan son vinculantes. Además, el Contratista debe indicar el momento que los hallazgos detectados han sido corregidos para hacer una re-inspección y verificar su cumplimiento.
20. Otras cláusulas
1-PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE CALIDAD AL MOMENTO DE LA RECEPCIÓN DEL SERVICIO
Etapa 1: Ingeniería y Diseño
El contratista deberá presentar para revisión y aprobación toda la documentación técnica requerida en las especificaciones técnicas, incluyendo los planos del sistema, diagramas de lazo, memorias de cálculo hidráulico, memorias de cálculo electrónico, documentación de integración y demás entregables requeridos para la aprobación de los diseños.
El ICE, por medio del Administrador del Contrato y del responsable técnico designado, contará con un plazo de hasta diez (10) días hábiles, contados a partir de la presentación de la documentación, para aceptarla a satisfacción o formular las observaciones correspondientes.
De existir observaciones, el contratista contará con un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación respectiva, para subsanarlas y presentar nuevamente la documentación corregida.
El ICE contará, a su vez, con un plazo máximo de tres (3) días hábiles para efectuar la revisión final y emitir el visto bueno correspondiente. En caso de persistir observaciones, el ciclo de revisión y subsanación podrá repetirse hasta obtener la aprobación definitiva de los diseños.
La recepción a satisfacción de la Etapa 1 se formalizará mediante la emisión de un Acta de Recepción Definitiva de la Etapa 1, emitida por el Administrador del Contrato, una vez verificada y aprobada la totalidad de la documentación técnica requerida. Dicho documento constituirá la evidencia formal de cumplimiento de esta etapa y habilitará el trámite de pago correspondiente conforme a la forma de pago establecida en el presente cartel.
Los plazos de revisión, subsanación y aprobación aquí establecidos se encuentran incorporados dentro del plazo contractual otorgado para esta etapa y no constituyen ampliaciones automáticas del plazo de ejecución.
Etapa 2: Implementación, Pruebas y Puesta en Servicio
Para que los servicios sean recibidos a satisfacción, el sistema deberá encontrarse completamente instalado, integrado, configurado, probado y en operación, cumpliendo con la totalidad de las especificaciones técnicas, condiciones contractuales y requerimientos funcionales establecidos.
Asimismo, deberán haberse ejecutado satisfactoriamente las pruebas de funcionamiento, pruebas de aceptación y puesta en servicio. Adicionalmente, deberán entregarse los planos finales “As Built”, manuales de operación y mantenimiento, certificados, garantías, informes de pruebas y demás documentación requerida contractualmente.
Si durante la inspección, las pruebas de aceptación o la revisión documental se detecta algún incumplimiento, defecto, falla operativa, error de configuración, inconsistencia técnica o desviación respecto de las especificaciones técnicas o condiciones contractuales, se procederá de la siguiente manera:
Fallas críticas
Corresponden a incumplimientos que afecten la operación, disponibilidad, seguridad, supervisión, control, protección o funcionamiento esencial del sistema.
Se consideran fallas críticas, entre otras:
• Incumplimiento de las funcionalidades principales requeridas.
• Fallas que impidan la operación del sistema.
• Fallas en la integración entre subsistemas.
• Fallas detectadas durante las pruebas de aceptación que comprometan la puesta en servicio.
• Condiciones que representen riesgos para las personas, instalaciones o equipos.
Plazo máximo de corrección: tres (3) días hábiles, con inicio de atención dentro de las veinticuatro (24) horas naturales siguientes a la notificación emitida por el ICE.
Fallas mayores
Corresponden a incumplimientos que afecten parcialmente el desempeño o funcionalidad del sistema sin impedir completamente su operación.
Se consideran fallas mayores, entre otras:
• Deficiencias de integración entre componentes.
• Errores de configuración o parametrización.
• Incumplimientos parciales de funcionalidades requeridas.
• Desviaciones respecto de los parámetros de desempeño establecidos.
Plazo máximo de corrección: cinco (5) días hábiles.
Fallas menores o documentales
Corresponden a incumplimientos que no afectan la operación del sistema, pero incumplen requisitos documentales, administrativos o de calidad exigidos contractualmente.
Se consideran fallas menores, entre otras:
• Errores en manuales, planos o documentación técnica.
• Entregables incompletos.
• Omisiones en certificados o registros.
• Ajustes menores que no impacten la funcionalidad del sistema.
Plazo máximo de corrección: diez (10) días hábiles.
Cuando la corrección requiera soporte especializado del fabricante, pruebas extraordinarias, adquisición de licencias, importación de componentes, reconfiguraciones complejas o cualquier otra condición técnica que imposibilite cumplir los plazos ordinarios indicados, el contratista deberá presentar al ICE, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación, una justificación técnica formal acompañada de un cronograma de actividades que indique el plazo requerido para la corrección definitiva.
Todas las correcciones deberán ejecutarse sin costo adicional para el ICE y no generarán ampliaciones automáticas del plazo contractual, salvo autorización expresa y debidamente justificada por parte de la Administración.
La aceptación de las correcciones estará condicionada a la verificación técnica correspondiente por parte del ICE. Una vez recibidas las correcciones, el ICE dispondrá de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles para verificar el cumplimiento de las observaciones emitidas y determinar la conformidad técnica de los trabajos ejecutados.
La Recepción Definitiva de la Etapa 2 procederá únicamente cuando:
• Los servicios se encuentren ejecutados al cien por ciento (100%).
• Las pruebas requeridas hayan sido realizadas satisfactoriamente.
• Se hayan corregido todas las no conformidades detectadas.
• Se hayan entregado todos los documentos contractuales y técnicos exigidos.
• Se verifique el cumplimiento integral de las especificaciones técnicas y condiciones contractuales.
Verificada la conformidad técnica y acreditado el cumplimiento de los requisitos anteriores, el ICE iniciará las gestiones de recepción contractual definitiva. Para estos efectos, dispondrá del plazo establecido en el apartado 16 del presente cartel para realizar las verificaciones finales, formalizar la recepción contractual y emitir el Acta de Recepción Definitiva.
La emisión del Acta de Recepción Definitiva formalizará la recepción a satisfacción de esta etapa, habilitará el trámite de pago correspondiente y marcará el inicio del período de garantía contractual.
2-PROCEDIMIENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA TÉCNICA
La garantía técnica será de 12 meses, contados a partir de la Recepción Definitiva y aceptación a satisfacción de la totalidad del proyecto por parte del ICE.
Durante dicho período, el contratista será responsable de corregir cualquier defecto, falla de funcionamiento, incumplimiento técnico, error de integración, defecto de instalación, configuración incorrecta, deficiencia en la puesta en servicio o cualquier otra condición atribuible a las actividades ejecutadas en el marco del contrato.
La garantía técnica se ejecutará conforme al siguiente procedimiento:
• Detección y notificación: El ICE documentará la falla, defecto o incumplimiento por medio del Administrador del Contrato y notificará formalmente al contratista, solicitando el análisis técnico correspondiente.
• Fallas críticas: Corresponden a aquellas que afecten la operación, disponibilidad, seguridad, supervisión, control, protección o funcionamiento esencial del sistema de supresión de incendios. El contratista deberá iniciar la atención dentro de las veinticuatro (24) horas naturales siguientes a la notificación y ejecutar la corrección definitiva en un plazo máximo de tres (3) días hábiles.
• Fallas mayores: Corresponden a aquellas que afecten parcialmente el desempeño, funcionalidad, monitoreo, comunicación o integración del sistema, sin impedir completamente su operación. El contratista deberá presentar el análisis técnico y la propuesta de solución dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la notificación y ejecutar la corrección definitiva en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles.
• Fallas menores o documentales: Corresponden a incumplimientos relacionados con manuales, planos, registros, documentación técnica, entregables pendientes, ajustes menores o cualquier condición que no afecte la operación del sistema. El contratista deberá corregirlas en un plazo máximo de diez (10) días hábiles.
Procedencia de la garantía
Cuando se determine que la falla, defecto o incumplimiento es atribuible al diseño, ingeniería, instalación, integración, configuración, programación, pruebas, documentación, puesta en marcha del servicio, materiales suministrados o cualquier otra actividad bajo responsabilidad del contratista, procederá la corrección correspondiente sin costo alguno para el ICE.
Si el contratista considera que la falla no le es atribuible, deberá justificarlo técnica y documentalmente ante el ICE. Corresponderá al Administrador del Contrato, con el criterio del responsable técnico, valorar la información aportada y resolver lo que proceda.
Correcciones con plazo mayor
Cuando la corrección implique soporte especializado del fabricante, adquisición de componentes, importación de repuestos, pruebas especializadas o cualquier condición técnica que imposibilite cumplir los plazos ordinarios establecidos, el contratista deberá presentar al ICE, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación, una justificación técnica formal acompañada de un cronograma detallado de actividades, indicando expresamente el plazo requerido para la corrección definitiva.
La aceptación de dicho plazo corresponderá exclusivamente al ICE y no constituirá una aprobación automática de lo solicitado por el contratista.
Costos asociados
Todos los costos asociados a la ejecución de la garantía técnica, incluyendo mano de obra, transporte, movilización, viáticos, materiales, herramientas, equipos, soporte técnico, pruebas, ajustes, configuración, programación, sustitución de componentes, certificaciones o cualquier otra actividad requerida para corregir el incumplimiento, serán asumidos íntegramente por el contratista, sin generar costo adicional alguno para el ICE.
Verificación del cumplimiento
Una vez ejecutadas las correcciones, el ICE verificará que la falla, defecto o incumplimiento haya sido corregido satisfactoriamente y que el sistema cumpla integralmente con las especificaciones técnicas y condiciones contractuales.
En caso de persistir la falla o incumplimiento, el ICE podrá requerir nuevas correcciones, sin perjuicio de la aplicación de las multas, ejecución de garantías o demás medidas contractuales, administrativas y legales que correspondan, previo debido proceso.
Responsabilidad del contratista
La ejecución de la garantía técnica no limita la potestad del ICE de reclamar daños y perjuicios ni de adoptar las acciones contractuales, administrativas o legales que correspondan en caso de incumplimiento.
Reglas de comunicación
Toda gestión, respuesta, análisis técnico, justificación, cronograma o informe que deba emitir el contratista en el marco de la ejecución de la garantía técnica deberá ser comunicado formalmente al ICE dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles contado a partir de la notificación realizada por el Administrador del Contrato, salvo para las fallas críticas, en las que aplicarán los plazos especiales establecidos en esta cláusula.
3-Dirección técnica e inspección
Durante los servicios, el Contratista debe contar con un profesional responsable, el que debe fungir como jefe de equipo o encargado general y estar a tiempo completo en la Planta. Este profesional será responsable del cumplimiento del servicio según los términos contratados, de la observancia de las normas hechas de su conocimiento y del comportamiento del equipo de trabajo (dicho comportamiento debe ser acorde a la Política Integrada para la gestión del Negocio de Electricidad que se muestra en el Anexo ). Además, debe ser el canal de comunicación con el ICE.
El encargado general del Contratista (ver punto anterior) será responsable de coordinar con el Administrador del Contrato para asegurar la correcta ejecución de los servicios. Su presencia en sitio es obligatoria para garantizar una ejecución eficiente, segura y alineada con los requerimientos de la Licitación.
El Administrador del Contrato del ICE podrá actuar directamente o por medio del personal autorizado por la Administración. El Administrador del Contrato del ICE o el personal designado por la Administración (ver punto anterior) podrá resolver las consultas respecto a las especificaciones técnicas y el cumplimiento de los términos del Contrato.
Si la ejecución del Contrato no se está desarrollando conforme a las especificaciones técnicas, o si se evidencia que los servicios entregados no cumplen con los requisitos establecidos en el Contrato, el Contratista estará en la obligación de realizar, a su cargo, todas las correcciones necesarias hasta que las condiciones se ajusten plenamente a lo requerido por la Administración. En este escenario, el plazo contractual continuará su curso sin suspensión alguna, por lo que el tiempo invertido en subsanar las no conformidades no generará prórrogas ni compensaciones, salvo que la Administración lo autorice de forma expresa y debidamente justificada siempre que prevalezca el interés público.
4-Cuaderno de bitácora.
El ICE aportará el cuaderno de bitácora, el cual debe permanecer en el sitio de ejecución de los servicios.
La apertura de la bitácora debe contener los nombres de las personas que participarán en los servicios y su firma.
Durante la ejecución de los servicios en sitio, el Administrador del Contrato o el personal designado por el ICE anotará en la bitácora todas las incidencias del trabajo (tales como avances, fecha, nombre de los participantes, acciones sugeridas, porcentaje de avance, pruebas realizadas y contratiempos). Las anotaciones deben ser diarias.
Los planos y otros documentos asociados a los trabajos deben permanecer en el sitio de ejecución de los servicios.
5. Personal del Contratista
Durante la permanencia en las instalaciones del ICE (Plantas, parqueos, comedores y almacenes), estará sujeto a las instrucciones disciplinarias que la Institución mantiene dentro de sus instalaciones. El irrespeto de tales instrucciones faculta al ICE para solicitar el retiro de dichas personas sin responsabilidad alguna para el Instituto.
En caso de que los ingenieros propuestos para los servicios deban ser sustituidos, el nuevo ingeniero debe tener experiencia igual o superior al propuesto en la oferta. El nuevo ingeniero propuesto debe ser aprobado por el Administrador de Contrato, para lo cual el Contratista debe presentar la totalidad de la información solicitada en los requisitos de admisibilidad de este procedimiento 20 o más días hábiles antes del cambio.
6. Instalaciones provisionales
Durante la ejecución de los servicios el Contratista podrá habilitar instalaciones provisionales dentro de las instalaciones del ICE, tales como carpa, contenedores, edificios móviles, almacén de materiales, vestidores, comedores y/o letrinas portátiles; el Contratista debe considerar dentro del monto de su oferta los costos asociados a la instalación, la desinstalación y la limpieza del área.
7. Suministro de agua y electricidad
En el sitio de ejecución del servicio se cuenta con acceso a tomas de agua y electricidad, ubicadas aproximadamente a 15 metros del área de trabajo. El Contratista podrá hacer uso de estos servicios durante la ejecución de los trabajos, conforme a sus necesidades operativas. Por lo anterior, deberá prever dentro de su equipamiento el suministro de mangueras, extensiones eléctricas u otros medios necesarios para asegurar la conexión adecuada a dichas fuentes.
8. Vigilancia
Será responsabilidad exclusiva del Contratista velar por la seguridad y custodia de sus equipos, herramientas y materiales que se encuentren dentro de las instalaciones del ICE para el desarrollo de los servicios contratados.
El ICE no proporcionará ningún servicio de vigilancia ni asumirá responsabilidad alguna por los bienes del Contratista, aun cuando se encuentren dentro de instalaciones ICE.
No se autoriza la permanencia nocturna del personal del contratista dentro de las instalaciones del ICE, con excepción del vigilante o guarda designado específicamente para la custodia de los bienes del contratista.
Es deber del Contratista reportar por escrito al ICE mediante nota con firma y aval del Administrador del contrato, las herramientas, maquinaria y equipo que ingresen o salgan de las instalaciones aportando sus características (marca, modelo y serie).
Así mismo, si existe un aumento o disminución deberá actualizar la hoja de inventario.
En caso de robo, hurto o pérdida de maquinaria, herramientas o equipos, el Contratista informará inmediatamente al puesto de seguridad contratado por el ICE como medida informativa y tramitará la correspondiente denuncia ante el Organismo Investigación Judicial.
9. Reparaciones
El Contratista debe ubicar tal y como estaba colocado originalmente todo elemento que debido a una mejor ejecución deba ser removido. Si lo anterior no es posible, se deberá reinstalar en una condición funcional equivalente a la existente antes de su remoción. sin que esto signifique costo adicional para el ICE.
10. Limpieza y manejo de desechos
El Contratista debe emplear prácticas y tecnología limpias que minimicen la cantidad de residuos durante los procesos de construcción, de manera que se optimice, reduzca y recicle los residuos y se minimice el impacto al ambiente.
El Contratista debe limpiar periódicamente todos los sitios que ocupe dentro de las instalaciones del ICE, de manera que se mantengan libres de desechos y basura. Además, debe retirar los desperdicios que se acumulen.
El Contratista debe retirar y dar disposición final controlada y ambientalmente adecuada a los desechos sólidos según su naturaleza. Lo anterior aplica tanto durante la ejecución de los servicios como al concluir las labores.
El Contratista debe retirar toda la maquinaria, equipo, herramientas, implementos utilizados e instalaciones provisionales que hubiesen sido necesarios para la ejecución de los servicios.
El Contratista debe limpiar, pulir, cepillar, lijar y/o restaurar todos los componentes y partes del suministro que así lo requieran, de manera que estén terminados, en condiciones de ser usados, totalmente limpios y en buen estado antes de ser entregados al ICE.
El Contratista debe quitar todas las manchas, suciedades, pintura y cualquier otra materia extraña de los pisos, paredes, portones y/o vidrios, de manera que las instalaciones del ICE sean restauradas al estado original previo al inicio de la ejecución de los servicios. Esta actividad debe realizarse justo antes de dar por concluidos los servicios.
Todos los trabajos, mano de obra, materiales, permisos y costos asociados a los ítems del presente apartado deben estar incluidos en la oferta.
11. Protección y restauración de la propiedad y el paisaje
El Contratista debe restaurar por su propia cuenta en caso de quec ualquier acción u omisión atribuible al contratista, sus empleados o subcontratistas de su parte produzca un daño directo o indirecto a la propiedad. La restauración debe ser a una condición similar o igual a la existente previo al daño o perjuicio causado. Caso contrario, debe indemnizar de manera aceptable para las Partes.
12. El contratista para los cilindros de gas comprimido (Clase 2.2), paneles y demás componentes de alta tecnología se transportarán en empaques herméticos y acolchados que impidan el ingreso de humedad o golpes de traslado. Las unidades de empaque críticas deberán contar con indicadores mecánicos visuales de impacto e inclinación no rearmables para verificar el estado de los componentes antes de su recepción en la planta.
13. El contratista absorberá la totalidad de los costos económicos por cualquier reparación, daño estructural, lesión de personal o daño colateral a los sistemas de generación del ICE que sea provocado por fugas prematuras, fallas mecánicas en mangueras flexibles o errores durante la ejecución de las pruebas neumáticas o hidrostáticas de la red instalada.
14. COBERTURAS DE SEGUROS EXIGIDAS
El contratista debe adquirir y mantendrá vigentes durante todo el periodo de ejecución y hasta la firma del acta de recepción definitiva, las siguientes pólizas emitidas por entidades autorizadas por la SUGESE en Costa Rica:
1. Responsabilidad Civil Extracontractual por Lesión o Muerte de Terceros: Monto de 150 000 000,00 CRC por accidente.
2. Responsabilidad Civil Extracontractual por Daños a la Propiedad de Terceros (Bienes del ICE): Monto de 70 000 000,00 CRC.
3. Seguro de Todo Riesgo de Construcción/Montaje: Que cubra el valor total de reposición de mercado de los equipos e ingenierías destinadas al proyecto contra robo, incendio o daños de transporte.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. 1-La aplicación de multas aplica sobre la ejecución defectuosa del contrato, por lo que el porcentaje correspondiente será del 0,5% por cada día natural de atraso del valor de la parte incumplida. 2-El valor porcentual de la sanción será como máximo el 25% del monto total del contrato incluidas sus modificaciones. 3-En caso de que el objeto esté compuesto por líneas distintas, el monto máximo para el cobro de multas se considerará sobre el valor de cada una y no sobre la totalidad del contrato, siempre que el incumplimiento de una línea no afecte el resto de las obligaciones. 4-El cobro de las multas podrá hacerse con cargo a las retenciones del precio, que se hubieran practicado y los saldos pendientes de pago. En caso de que ninguna de esas dos alternativas resulte viable, se podrá ejecutar la garantía de cumplimiento hasta por el monto respectivo. Todo lo anterior con arreglo a criterios de proporcionalidad y razonabilidad. 5- Se hará acreedor de cobro por concepto de multa, el contratista que incurra en los siguientes supuestos: a. Incumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en el cartel y sus documentos asociados. b. Incumplimiento de los requisitos de diseño, memorias de cálculo, planos constructivos, diagramas, pruebas o documentación técnica exigida contractualmente. c. Incumplimiento de los requisitos de integración, configuración, comunicación, monitoreo, control o funcionamiento establecidos para el sistema objeto de la contratación. d. Incumplimiento de las normas técnicas, estándares, códigos y certificaciones exigidos en las especificaciones técnicas. e. Incumplimiento de las disposiciones de seguridad ocupacional, salud ocupacional, seguridad industrial y protección ambiental aplicables durante la ejecución contractual. f. No corregir, dentro del plazo otorgado por la Administración, las observaciones, defectos, incumplimientos o no conformidades detectadas durante la ejecución contractual. g. Incumplimiento de las pruebas de funcionamiento, validación, aceptación, puesta en servicio o cualquier otro protocolo de pruebas exigido contractualmente. h. No presentar o presentar de forma incompleta la documentación técnica, informes, registros, certificados, manuales, garantías o cualquier otro entregable requerido contractualmente. 6-El Administrador del contrato no gestionará el cobro de multa, únicamente en el caso de que el incumplimiento del contratista obedezca a motivos de caso fortuito, fuerza mayor o culpa de la Administración debidamente comprobadas. 7-La aplicación de multas no exime al Contratista de corregir el incumplimiento detectado ni de cumplir las demás obligaciones derivadas del contrato.
Cláusula penal. En caso de que los servicios se entreguen de forma tardía o prematura (Sin autorización previa por el administrador del contrato) respecto al plazo establecido en el cartel, se aplicará una cláusula penal del 0,6% por cada día natural de atraso, conforme a lo dispuesto en el artículo 41 del Reglamento a la Ley 8660. Véase Anexo # 04.
Documentos del cartel10
- Anexo 01. Política Corporativa Prevención de la CorrupciónPDF · 481 KB
- Anexo 02. Formato Estructura de PreciosDOCX · 51 KB
- Anexo 03. Formato Presupuesto detalladoXLSX · 20 KB
- Anexo 04. Cláusula penalDOCX · 72 KB
- Anexo 05. DG-00-PR-81-002 Ingreso a instalaciones de la DGPDF · 266 KB
- Anexo 06. DG-00-FO-81-002 Solicitud de IngresoDOC · 82 KB
- Anexo 07. Cláusula reajuste-revisión de preciosDOC · 51 KB
- Anexo 08. Política de Sostenibilidad del Grupo ICEPDF · 440 KB
- Anexo 09. Norma SHO 32 04 002 2008PDF · 3,8 MB
- Anexo 10. POLITICA INTEGRADA PARA LA GESTION DEL NEPDF · 3 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Jeffrey Chaves Coto
CP Guápiles
Jeffrey Chaves Coto
CP Guápiles
Ronald Fabián Barrantes Villalobos
División Generación
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 19/10/2026 05:43. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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