2025XE-000683-0000400001 · SICOP 20250902831
ST- Licitación Abreviada- Adquisición de Bienes y Servicios Electromecánicos.
Instituto Costarricense de Electricidad
Instituto Costarricense de Electricidad ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡990,2 millones y quedó en firme el 25/03/2026. Se recibieron 4 ofertas de 2 empresas en 2 lotes (partidas). En 1 de 2 lotes no ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡990,2 millones
para todos los lotes
Ofertas recibidas
4
de 2 empresas en 2 lotes
Suma de las ofertas más bajas
—
Quién ganó cada loteen firme 25/03/2026
- L1Consorcio Electrotecnica S.A - Soporte CriticoPlanta Electrica de Energia, Frecuencia 60 Hz, Capacidad 350 Kw + 35 Kw, Voltaje Trifasico 120/208 V, Combustible DieselLa más barata de 3$645 872,45
- L2Consorcio Electrotecnica S.A - Soporte CriticoServicio de Instalación de Planta Eléctrica de Alta DisponibilidadNo era la más barata (2.ª de 3)$788 991,22
Informe de recomendación de Alonso Enrique Vargas Quiros, 05/02/2026 · adjuntos: TRIBUTACIÓN.docx
Fechas clave
- Se publicó02/10/2025 13:57 · hace 13 meses
- Límite para 28/10/2025 23:59 · hace 12 meses
- Límite para 28/10/2025 23:59 · hace 12 meses
- Cierre de ofertas06/11/2025 23:59 · hace 11 meses
- de ofertas07/11/2025 07:00 · hace 11 meses
- publicado11/03/2026 08:57 · hace 7 meses
- Adjudicación 25/03/2026 07:36 · hace 7 meses
17 recibidas, 17 respondidas.
El cartel fue modificado (3 versiones publicadas).
Nota de la institución. Se entiende por aclaraciones, aquellas que no varían el objeto de esta contratación. Toda solicitud de aclaración debe realizarse por medio del Sistema SICOP. Las aclaraciones que sean presentadas fuera de plazo podrán ser atendidas, pero no impedirán la apertura de ofertas en el día y hora señalados. Art. 49 RL8660. Las aclaraciones a solicitud de parte deberán ser presentadas ante la Administración, dentro del primer cuarto del plazo para presentar ofertas y serán resueltas dentro de los cinco días hábiles siguientes a su presentación Las que sean presentadas fuera de ese plazo podrán ser atendidas, pero no impedirán la apertura de ofertas señalada
Contexto
- Instituto Costarricense de Electricidad adjudicó ₡438 547,1 millones en 937 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra17 líneas · 2 lotes
- L1Planta Electrica de Energia, Frecuencia 60 Hz, Capacidad 350 Kw + 35 Kw, Voltaje Trifasico 120/208 V, Combustible Diesel1 c/u · $236 173,081 c/u$236 173,08
- L1Aire Acondicionado de Precision, Capacidad 120000 Btu/h (10 TR o 35,16 Kw), 120/208 Vac, Tipo Partido (split), Frecuencia 60 Hz7 c/u · $558 627,727 c/u$558 627,72
- L1Aire Acondicionado de Precisión Tipo Mochila, Inverter, Capacidad de 11,58 Kw (± 0,93kw), 39500 Btu/h (± 3160 Btu/h), Rango de Tensión Eléctrica de 90 V a 240 V (según Lo Existente en el Inmueble), Frecuencia 60 Hz, Compresor Scroll2 c/u · $61 476,822 c/u$61 476,82
- L1Sistema de Aire Acondicionado Tipo VRV (VRF) Compuesto por Una Sola Unidad Condensadora de 17,58 Kw (± 1,40 Kw), 60000 Btu/h (± 4800 Btu/h), Relación de Eficiencia Enérgetica Reee 4,68 Wt/we (reee 16 Btu/hw), para el Manejo de Multiples Evaporadoras, Rango de Tensión Eléctrica Entre 208 V / 240 V / 277 V (según Existente en Inmueble), Frecuencia 60 Hz.1 c/u · $18 165,831 c/u$18 165,83
- L1Transformador Trifasico, Tipo Seco, de 225 Kva +/- 10%, Voltaje Primario de 480/277 V, Voltaje Secundario de 208/120 V, 60 Hz, Material del Devanado de Cobre Factor K-41 c/u · $28 603,951 c/u$28 603,95
- L1Tablero de Distribución Eléctrica Autosoportado Tipo Switchboard, 208/120 Voltios, 60 HZ, 3 Fases, 4 Hilos, Barras de Distribución de Cobre de 2000 Amperios1 c/u · $61 908,541 c/u$61 908,54
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1$888 341 – $1,0 millones
- Lote 2$690 058 – $811 832
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 10 % durante 8 meses
- : sí
- La oferta debe mantenerse 80 días hábiles
- Contrato por 6 meses
- Ofertar en : no
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Recursos presentados1
Recurso de Revocatoria
KARINA OBANDO PADILLA · 18/03/2026 · Resuelto
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP. Toque una oferta para ver el detalle.
Lote 1 · Planta Electrica de Energia, Frecuencia 60 Hz, Capacidad 350 Kw + 35 Kw, Voltaje Trifasico 120/208 V, Combustible Diesel +93 ofertas
Lote 2 · Servicio de Instalación de Planta Eléctrica de Alta Disponibilidad +63 ofertas
Anuncio oficial de la adjudicación
Acuerdo emitido por la Junta de Adquisiciones ICE, en el artículo 3 de la Sesión 686, del 10 de marzo del 2026. Acuerdo Firme.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
1. DECLARACIONES JURADAS
El oferente deberá presentar declaración jurada donde indique que cumplirá con las siguientes clausulas:
1.1. Los oferentes deben presentar todas las declaraciones establecidas en el apartado 4 y 5 del Capítulo I. Cabe mencionar que en ese apartado se solicita la declaración sobre composición de acciones y capital social y beneficiarios finales.
1.2. El oferente debe presentar en su oferta una declaración jurada en la que se indique: “Que mi representada conoce, entiende y cumple con el ordenamiento jurídico costarricense relacionado con la prohibición de prácticas de Blanqueo de Capitales, Terrorismo y Financiamiento del Terrorismo, Peculado, Corrupción de Servidores Públicos, Fraude en los Actos de Contratación Pública, Tráfico de Influencias, Falsificación de Documentos en General y Soborno Internacional”.
2. REQUISITOS DEL OFERENTE
2.1. Los oferentes deben cotizar equipos nuevos, con capacidades y eficiencias asignadas por el fabricante y finalmente manufacturados con materia prima virgen. No se aceptarán equipos reconstruidos.
2.2. La documentación debe ser presentada en forma clara, suficiente, completa y ubicada mediante referencia para cada uno de los puntos de este cartel de condiciones, especificaciones técnicas y documentos anexos.
2.3. Los oferentes deberán presentar su información técnica tomando en consideración los atributos solicitados en la descripción del código de las Naciones Unidas del sistema SICOP, apartado 11 “Información de bien, servicio u obra” las fichas deben coincidir con la marca y modelo indicado en el código proveedor del sistema SICOP.
2.4. El oferente deberá suministrar para este procedimiento de compra fichas técnicas emitidas por el fabricante, donde se especifique y demuestre las características de los bienes ofertados, entre estas: marca, tipo, modelo, dimensiones y capacidades, así como cualquier otro atributo importante del producto ofertado. NO se aceptarán fichas técnicas modificadas o elaboradas por otra persona que no sea el fabricante del objeto; para lo cual las fichas técnicas deberán incluir una referencia o link al sitio web del fabricante en el cual se pueda consultar vía web la veracidad de la información en caso de que el ICE lo considere necesario.
2.5. Para el caso de bienes o servicios se deberá contemplar lo establecido en la Ley 9635, donde el oferente deberá detallar el impuesto de valor agregado (IVA), que le afecten a cada bien o servicio ofertado. En el caso de los servicios de capacitación, se deberá verificar por el oferente DE .
2.6. El oferente deberá cumplir con los requerimientos establecidos en la normativa de Seguridad e Higiene ocupacional 32.04.002.2008, y presentar en la oferta la documentación referente a los puntos 7.1.3 o 7.1.4 (ver anexo D).
2.7. El oferente debe presentar en su oferta, certificación del fabricante que acredite que el oferente es distribuidor autorizado en Costa Rica para suministrar los bienes y servicios requeridos en las partidas 1 y 2, indicando además que cuenta con el respaldo para realizar los servicios de instalación, configuración, integración y operación y mantenimiento del objeto de este procedimiento de compra.
2.8. El oferente junto con la oferta debe presentar una descripción técnica de los bienes para este procedimiento de compra (Partida 1).
2.9. Experiencia Requerida
El oferente debe contar con mínimo 5 años de experiencia en instalación y el suministro de los bienes objeto de este procedimiento de compra, para lo cual el oferente deberá presentar lo siguiente:
• Certificación por parte del fabricante donde se indique la cantidad de años en la producción (mínimo 5 años) en aires acondicionados de presión, de confort, plantas de emergencia y distribuidores eléctricos (tableros).
• Declaración jurada por parte del oferente donde se indique que se cumple con 5 años de experiencia en la instalación de los bienes solicitados en la partida 1, indicando al menos lo siguiente:
- Bienes instalados (Aires acondicionados, tableros y plantas de emergencia)
Cantidad de equipos instalados.
Año de instalación.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Ver anexo 5 denominado “Especificaciones de desempeño o técnicas”
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
CONDICIONES GENERALES:
1. Las Condiciones Generales que regirán para los procedimientos de contratación administrativa, tramitadas por el Instituto Costarricense de Electricidad, que en lo sucesivo se denominará ICE, Institución Autónoma de la de la República de Costa Rica, domiciliada en San José y con cédula jurídica N.º 4-000-042139-02, son las CONDICIONES GENERALES DEL CARTEL TIPO DE CONDICIONES PARA PROCESOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA, publicadas en el Alcance No.161 a La Gaceta No.174 del 19 de setiembre del 2024.
Se adjunta cartel tipo (Anexo 5).
2. CRITERIOS SOSTENIBLES (SOCIALES Y AMBIENTALES):
AMBIENTALES:
El oferente deberá presentar declaración jurada donde indique que cumplirá con las siguientes clausulas:
a) El Oferente para efectos del embalaje del producto debe garantizar que los mismos son fácilmente separables. Es responsabilidad del oferente realizar el manejo responsable conforme lo establecido en la legislación nacional vigente y de mediante lo establecido en el Plan de Gestión Integral de Residuos de la empresa. Para verificar dicho cumplimiento el oferente debe presentar una lista de materiales de embalaje y sus respectivas características.
b) El oferente deberá generar entre sus colaboradores una cultura que promueva la conciencia ambiental, para ello deberá implementar buenas prácticas ambientales dentro de sus instalaciones.
c) El oferente deberá contemplar la reducción de residuos que se generan a partir de la adecuada planificación, incorporando criterios ambientales en la adquisición de bienes y servicios, y reutilizando materiales.
d) Los empaques individuales del embalaje del producto deberán ser de cartón u otro material reciclable o biodegradable o compostable. En ninguna circunstancia se acepta estereofón (Poliestireno), para lo cual el oferente deberá aportar lista de materiales de embalaje y sus respectivas características.
e) El oferente debe contemplar la gestión de emisiones de carbono, tomando como referencia la norma ISO 14064:2019.
Se aceptará adicionalmente el uso de GHG Protocol u otros estándares internacionales, que incluya:
- El reporte desarrollado bajo el GHG Protocol, debidamente suscrito por un responsable técnico de la empresa.
- Una certificación o declaración jurada para brindar un inventario de Huella de Carbono (GEI) utilizando el formato oficial de la DIGECA o de conformidad con las Normas ISO 14064-1 , 14068-1.
- Este reporte deberá ser actualizado y entregado periódicamente de forma anual.
f) El oferente debe garantizar que los artefactos electrónicos cumplen con los requisitos de consumo energético eficiente, al menos con algunos de los siguientes:
• Ecoetiquetas tipo I y/o III, tales como:
• Energía Star
• Ecoetiqueta Ángel Azul
• Ecoetiqueta Cisne Nórdico
• Etiqueta ambiental del Gobierno de Costa Rica (MINAE)
• Otro organismo reconocido internacionalmente.
g) El oferente debe garantizar que el refrigerante utilizado en los equipos de aire acondicionado se ajusta a las disposiciones contenidas en el Reglamento N° 35676-S-H-MAG-MINAE y el reglamento 37617-MINAE.
SOCIALES:
El oferente deberá presentar declaración jurada donde indique que cumplirá con las siguientes clausulas:
a) El Oferente cumple con el pago de al menos el salario mínimo de sus colaboradores, así como asegurar el cumplimiento por parte de las empresas subcontratadas. El Oferente debe cumplir con los salarios mínimos vigentes, establecidos por el Ministerio de Trabajo. El Oferente debe presentar una declaración jurada del cumplimiento de este punto.
b) Se prohíbe el fumado dentro de las instalaciones del ICE, según se establece en la legislación. Ley 9028 Ley General de Control del Tabaco y sus Efectos Nocivos en la Salud.
c) El oferente debe declarar bajo juramento que está libre de trabajo infantil, y que en el caso de la contratación de adolescentes cumple con lo establecido en el Régimen Especial de Protección al Adolescente Trabajador del Código de la Niñez y la Adolescencia (Ley 7739) y en la Prohibición del Trabajo Peligroso e Insalubre para Personas Adolescentes Trabajadoras (Ley 8922).
d) Si el personal de la empresa contratista, al momento de presentarse al ICE para entrega o retiro de productos o cualquier otra actividad previamente coordinada entre las partes, debe seguir todas las medidas, recomendaciones, políticas y lineamientos en Ambiente, Salud y Seguridad en el Trabajo, Derechos Humanos, Diversidad, Responsabilidad Social y cualquier otro que la institución crea pertinente.
3. ESTRUCTURA DEL PRECIO:
3.1 Partidas 1 y 2 (Bienes y Servicios).
Esta estructura estará compuesta por el desglose del precio de la oferta, tanto en valores absolutos como porcentuales, con el detalle al menos de los siguientes componentes: Costos Directos MO, Costos Directos Insumos, Costos Indirectos MO, Costos Indirectos Insumos, Imprevistos y Utilidad (ver anexo 2).
Nota: El formato de estructura de precio no es limitante, por lo que el oferente lo podrá adaptar al objeto contractual.
4. PRESUPUESTO DETALLADO
4.1 Partida 1 (Bienes):
Con fundamento en el artículo 26 del Reglamento de la Ley 8660, el adjudicatario deberá presentar el presupuesto detallado que sustenta la estructura del precio presentada, desglosando detalladamente los componentes de cada rubro, según corresponda.
4.2 Partida 2 (Servicios):
Con fundamento en el artículo 26 del Reglamento de la Ley 8660, el oferente deberá presentar junto con su oferta el presupuesto detallado que sustenta la estructura del precio presentada, desglosando detalladamente los componentes de cada rubro.
5. MEJORA DE PRECIOS
5.1 De conformidad con el artículo 66 del Reglamento al Título II de la Ley N°8660, la Administración podrá otorgar audiencias posteriores al acto de apertura a fin de que aquellas ofertas elegibles tengan oportunidad de otorgar un descuento a su propuesta.
La Proveeduría citará a los proponentes que cumplan técnica y legalmente, concediéndole el plazo. El descuento no podrá ser mayor a la utilidad establecida en el precio original.Junto con la mejora de precios se deberá de presentar la nueva estructura de precio y la justificación de la disminución del precio. El descuento debe estar exento de condicionamientos para que sea sujeto de aceptación.
5.2 El oferente que ofrezca descuentos o mejoras en los precios deberá incorporar la estructura del precio descontado, considerando todos los elementos que lo componen, además de la estructura del precio sin descuento, asimismo en caso de presentar una mejora del precio deberá justificar la disminución del precio.
La mejora aplica sobre el subtotal del precio, sin considerar impuestos de ninguna clase.
6. ASPECTOS DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL PARA LOS CONTRATISTAS (PARTIDA 2).
El Contratista debe presentar al Administrador de Contrato, antes del inicio del contrato y durante la ejecución de las obras, los siguientes requerimientos:
6.1. Antes del inicio del contrato:
6.1.1. Términos Aplicables: El Contratista, en el transcurso de diez (10) días hábiles a partir de la notificación del contrato electrónico, deberá por su cuenta obtener, las pólizas que se indican en el presente numeral emitidas por el Instituto Nacional de Seguros de Costa Rica (INS) o cualquier otro ente reconocido por SUGESE. El Contratista deberá presentar la certificación de las pólizas un (1) día hábil después de vencido el plazo indicado anteriormente.
6.1.2. Las certificaciones presentadas estarán sujetas a la aprobación del ICE en pleno cumplimiento de la Ley Aplicable y el Contratista estará obligado a mantener en vigencia las pólizas durante la vigencia del presente contrato, el ICE dispondrá de 5 días hábiles para la aprobación respectiva. En caso de que no cumpla con lo especificado, no se podrá ejecutar los servicios contratados y podrá acarrear sanciones por incumplimientos contractuales.
6.1.3. El Contratista deberá presentar certificación de las pólizas vigentes junto con la factura para efectos de pago.
6.1.4. Los Seguros mencionados no son una limitación de la responsabilidad de la compañía adjudicataria, ni el ICE asume responsabilidad alguna por señalar los montos. El ICE no reconocerá ningún pago adicional por el otorgamiento de estos seguros.
6.1.5. El contratista deberá registrarse como patrono en la C.C.S.S. y cumplir con todas las obligaciones que le sean conferidas. Por lo tanto, el ICE no tendrá obligación ni responsabilidad alguna al respecto. El ICE tiene la potestad de solicitar al contratista, cuando, lo crea conveniente, la planilla registrada ante la C.C.S.S., o cualquier otro documento relacionado con este punto que se considere necesario, estos documentos tienen que ser emitidos por la C.C.S.S. o la entidad respectiva.
6.1.6. Presentación de certificación de vigencia de la Póliza de Riesgos del Trabajo para la actividad económica requerida, donde se indique de manera clara y precisa el detalle de la adjudicación (monto, actividad, tipo de trabajos y otros), emitida por el Instituto Nacional de Seguros. Cada vez que la misma sea renovada deberá presentar el documento actualizado.
6.1.7. Póliza de Responsabilidad Civil cubra los daños a bienes ICE producto de las labores a desarrollar diferentes al objeto de la contratación Por un límite único combinado de Cien millones de colones (¢100 000 000,00), que asegure además posibles daños en edificaciones, equipo o cualquier otra propiedad del ICE.
• Responsabilidad Civil Vehículos:
• Lesión o Muerte de Personas:
• Cien millones de colones (¢100 000 000,00) por persona.
• Cien millones de colones (¢100 000 000,00) por accidente.
• Daños a la Propiedad de Terceros:
• Cien millones de colones (¢100 000 000,00) por accidente.
6.1.8. La fijación de los límites anteriores no implica la limitación de la responsabilidad del contratista, el ICE no asume ninguna responsabilidad por señalar esos montos y no reconocerá ningún pago adicional por el otorgamiento de estos seguros. Es responsabilidad del contratista valorar y verificar si dichos montos son los adecuados.
6.1.9. En el caso de que cualquier instalación ICE sea dañada por causas imputables al Contratista, este último deberá resarcir el 100% del costo generado por los daños y perjuicio ocasionados al ICE.
6.1.10. Las pólizas solicitadas deberán ser presentadas al Administrador de contrato del ICE 10 días hábiles antes del inicio de las obras.
6.1.11. El ICE se reserva el derecho de revisarlas y solicitar los cambios que considere necesarios para que las mismas se ajusten a lo estipulado en este contrato; por lo que, no dará orden de inicio de los trabajos si estas pólizas no han sido presentadas a su entera satisfacción.
6.1.12. Las personas que van a realizar los trabajos en alturas por parte del Contratista deben estar debidamente capacitados con un programa que garantice al menos 8 horas efectivas de aprendizaje para lo cual debe presentar un certificado o carné vigente que lo acredite. El Instructor de este programa deberá contar con la certificación de persona competente de trabajos en altura.
6.1.13. En caso de contar con personal extranjero, debe presentar los permisos de trabajo al día, que garantice que están autorizados para trabajar en Costa Rica.
6.1.14. Antes de iniciar las labores el ICE verificará que todos los implementos u equipos de seguridad cumplan con las condiciones establecidas, por lo que no se podrán iniciar labores hasta no contar con el aval de nuestra área Seguridad y Salud Ocupacional del ICE.
6.1.15. El ICE se reserva el derecho de solicitar la certificación de las pólizas vigentes en cualquier momento durante la ejecución del contrato.
6.2. Los requisitos que debe cumplir el profesional de Salud Ocupacional son los siguientes:
6.2.1 Grado académico mínimo de Bachillerato en Salud Ocupacional.
6.2.2 Haber dirigido programas de prevención de riesgos laborales en actividades afines al contrato a ejecutar.
6.2.3 Mínimo 3 años de experiencia profesional en el área.
6.2.4 Permanencia a tiempo completo en la obra, servicio o actividad ejecutada por el contratista.
6.2.5 Nota: El ICE someterá a revisión las credenciales académicas del profesional que presente el Contratista.
6.2.6 Declaración jurada de cumplimiento de la legislación nacional en materia de Seguridad e Higiene Ocupacional.
6.2.7 El contratista debe presentar la documentación certificada vigente del Consejo de Salud Ocupacional de que cumple con todo lo estipulado en el Reglamento de Comisiones y Oficinas o Departamentos de Salud Ocupacional N° 39408-MTSS.
6.2.8 Debe presentar un informe con la identificación de los peligros y riesgos laborales asociados a la contratación, mediante una metodología de valoración de peligros y riesgos ocupacionales, emitida en el país por el INS o el CSO y debe estar firmado por un profesional en Salud Ocupacional.
6.2.9 Presentar un plan de acción para mitigar los riesgos y peligros laborales identificados en el párrafo anterior, asociados al tipo de contratación. En caso de que se omita un riesgo y peligro laboral en la identificación realizada, no exime de responsabilidad al Contratista de tomar las medidas de prevención requeridas.
6.2.10 Presentar un protocolo para la atención y respuesta a emergencias.
6.2.11 Para el inicio de los servicios de instalación se deberá contar previamente con el aval del área de Seguridad y Salud Ocupacional del ICE.
6.3. Durante la ejecución de las obras:
6.3.1. Para trabajos en alturas el contratista debe utilizar un sistema de protección contra caídas que cuente como mínimo con un arnés de al menos 4 puntos de sujeción según la norma ANSI Z359.11, una línea de vida de 0,9 metros, una faja de posicionamiento, un conector de anclaje portátil mínimo de 1,2 m, un freno para cuerda y un sistema para ascenso y descenso de una escalera, los cuales deben ser asignados a cada trabajador. Este sistema debe ser autorizado por el encargado de Seguridad y Salud Ocupacional del contratista y avalado por el representante de Seguridad y Salud Ocupacional del ICE.
6.3.2. Si el contratista requiere realizar los trabajos de altura mediante un sistema mecánico (Grúa), deberá utilizar los equipos de seguridad indicados en los puntos anteriores que mejor se adapten al sistema y eviten una caída. Este sistema debe ser autorizado por el encargado de Seguridad y Salud Ocupacional del contratista y avalado por el representante de Seguridad y Salud Ocupacional del ICE.
6.3.3. Si el contratista requiere izar cargas mediante un sistema mecánico (Grúa) debe presentar los siguientes documentos:
- Plan de izaje
- Reporte de inspección o revisión de las eslingas y accesorios a utilizar.
- Reporte de inspección o revisión de la grúa y del canastillo (en caso de requerirlo).
- Copia de la licencia y certificado de competencia del operador.
- Copia de documentos de circulación y revisión técnica de la grúa.
- Copia de vigencia de pólizas y cobertura del proveedor de la grúa.
- Documentos INS-CCSS proveedor de la grúa.
6.3.4. Si el contratista requiere utilizar un andamio debe considerar las medidas de seguridad establecidas en la normativa INTE 31-09-02:2016 u otras similar y estar autorizado por el encargado de Seguridad y Salud Ocupacional del contratista.
6.3.5. Para el uso de escaleras de extensión para alturas superiores a 1,8m deberán contar con un sistema para ascenso y descenso que permita anclar un arnés de seguridad por medio de un freno o bloqueador de caída. Este sistema debe ser autorizado por el encargado de Seguridad y Salud Ocupacional del contratista y avalado por el representante de Seguridad y Salud Ocupacional del ICE.
6.3.6. Para el transporte de escaleras de debe respectarse lo estipulado en la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial N° 9078, articulo 114.
6.3.7. La capacidad de carga debe ser la adecuada para transportar al menos las herramientas y equipos, así como también, los materiales requeridos para la ejecución de los servicios contratados y su respectiva conservación.
6.3.8. Estar al día con los permisos de funcionamiento (Permiso de circulación y revisión técnica al día).
6.3.9. El personal de la empresa contratista deberá contar con vestimenta que lo identifique y que sea apropiada para la actividad que desarrolle. Esta vestimenta debe estar confeccionada en material 100% algodón, que no contengan materiales sintéticos, así como con calzado de seguridad que cuente con protección dieléctrica y protección mecánica a nivel de puntera y de suela.
6.3.10. El personal de la empresa contratista debe portar de forma visible un carné que lo identifique como funcionario de la empresa para la cual labora.
6.3.11. Deben contar con chaleco reflectivo tipo arnés, o bien que esté incorporado en la camisa de trabajo, y que permita dar visibilidad del trabajador en los lugares de ejecución de las obras.
6.3.12. El casco de seguridad debe ser de ala completa con protección dieléctrica que cumpla con la norma ANSI Z89.1-2014, clase E y G, tipo I, con barbiquejo de 4 puntos mínimo.
Nota: El detalle en los equipos de protección antes mencionados, se dan en cumplimiento a la normativa nacional y con las revisiones y análisis técnico que el ICE establece según los peligros valorados en las actividades a desarrollar.
6.3.13. Las zonas se estarán realizando los trabajos de instalación de los bienes requeridos deben estar debidamente señalizadas con elementos de seguridad.
6.3.14. Los trabajadores deben contar con guantes en labores en las cuales exista el riesgo de sufrir quemaduras, heridas, escoriaciones, golpes contra objetos, contacto eléctrico o con sustancias químicas u otras lesiones en las manos.
6.3.15. El Contratista debe respetar todas las normas y reglamentos aplicables para la ejecución segura de la obra, proceso o actividad; debe utilizar equipos y herramientas idóneos y en buen estado, que aseguren la buena ejecución de los trabajos y no impliquen riesgo de lesiones al personal.
6.3.16. En caso de no atender las disposiciones de seguridad ocupacional antes indicadas, el contratista puede sufrir la suspensión temporal de las obras hasta que normalice la situación detectada, la cual será notificada por el administrador de contrato.
7. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
7.1. El contratista deberá cumplir con las obligaciones derivadas de la ejecución del contrato, tales como salarios mínimos, cuotas del seguro social, riesgos del trabajo (certificado en trabajos en altura, subestaciones, torres de transmisión eléctricas) y demás obligaciones obrero-patronales.
7.2. Con base a la Directriz No.34 del Poder Ejecutivo, publicada en la Gaceta No.39 del 25 de febrero del 2002, es deber ineludible a la empresa contratante cumplir estrictamente las obligaciones laborales y de seguridad social, teniéndose su inobservancia como causal de incumplimiento del contrato respectivo, para lo cual, el Administrador del Contrato le solicitará periódicamente o en cualquier momento, la constancia de estar al día en dichas obligaciones, en caso de incumplirse no se le tramitarán pagos y no podrá ejecutar labores en el proyecto hasta que normalice sus obligaciones.
7.3. Toda obra o servicio no podrá iniciar hasta que todo el personal de la empresa contratada, haya participado en la capacitación de inducción que brindará el Centro de Trabajo, sobre las medidas y disposiciones específicas de Seguridad y Salud Ocupacional que tiene el centro de trabajo donde se efectuarán las obras o servicios. Esta capacitación debe estar registrada formalmente ante el CADE y podrá ser impartida por el Gestor de Salud y Seguridad del Centro de Trabajo, Prevencionista designado o por Seguridad Industrial.
7.4. El contratista deberá entregar los manuales, guías de usuario y las especificaciones funcionales, de los equipos y soluciones solicitadas en este pliego de condiciones, de manera digital al Administrador del Contrato en un plazo no menor de 15 días hábiles a partir de la notificación del contrato electrónico.
7.5. El Contratista que durante el curso de ejecución del contrato es incluido en una lista de restricción gubernamental a nivel internacional, lo hará saber de inmediato al ICE, indicando si repercute o no en el cumplimiento del contrato, de manera que el ICE pueda valorar el continuar o no con la ejecución.
7.6. El Contratista debe contemplar todos los componentes requeridos para la instalación e interconexión de los equipos contratados, en la partida 1.
7.7. Cualquier determinación que tome el Contratista sin contar con la aprobación del técnico ICE responsable, será por su propia cuenta y riesgo, para lo cual el contratista podrá ser sometido a sanción de apercebimiento, sanción económica en caso de daño o perjuicio debidamente respaldado o bien resolución del contrato si fuera un caso grave.
7.8. El personal del Contratista deberá mantener el resguardo de la información que reciba por parte del ICE para la ejecución de su labor.
7.9. El Contratista deberá realizar las labores y actividades relacionada en este procedimiento de compra en el horario que el ICE establezca dentro de la jornada ordinaria.
7.10. El Contratista deberá entregar al Administrador de contrato, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles posteriores a la aprobación de las respectivas pruebas de aceptación, un Informe final. En dicho documento se consignará toda la documentación técnica y demás servicios, así como la información generada con los ATPs.
7.11. Para cada entrega el contratista deberá suministrar al administrador de contrato en forma digital la información de la marca, modelo y serie de los aires acondicionados de presión y generador.
7.12. Condiciones Generales de la Garantía de los Bienes.
El Contratista debe reponer los equipos dañados, por su cuenta y riesgo, incluyendo transporte y cualquier otro gasto adicional, en un tiempo no mayor a 66 días hábiles a partir de la notificación por parte del administrador del contrato, durante el periodo de garantía.
El contratista deberá brindar soporte técnico durante el plazo de garantía de los equipos.
7.13. Plan de Implementación
7.13.1. El Contratista debe presentar a la Administración del Contrato un Plan de Implementación en el cual se detalle el cronograma con las entregas y las tareas correspondientes para el desarrollo del proyecto incluyendo todos los bienes y servicios, así como los responsables de estas. Para la elaboración de este plan de implementación el ICE le entregará al contratista toda la información necesaria del alcance del proyecto. Este plan de implementación deberá ser elaborado en conjunto ICE/Contratista.
7.13.2. El plazo para entregar del plan de implementación es de diez (10) días hábiles posterior a la entrega de la información por parte del ICE de los sitios a implementar.
7.13.3. El Plan de Implementación debe contemplar como mínimo: introducción, objetivos, metodología de trabajo, detalle de las fases de ejecución del proyecto y toda actividad que permita darle trazabilidad a las obras a desarrollar dentro del proyecto.
7.13.4. El Plan de Implementación deberá brindar el detalle del personal que estará realizando las actividades a desarrollar dentro del proyecto. El ICE cuenta con diez (10) días hábiles para aceptar dicho plan de implementación. En caso de no ser aceptado el Plan de Implementación, el Contratista tendrá un nuevo plazo de hasta cinco (5) días hábiles para devolver dicho plan con las correcciones necesarias para que sea tomado por el ICE como versión final.
7.13.5. El contratista deberá aportar todo el personal calificado para la ejecución del plan de implementación.
7.13.6. Una vez sea aprobado este Plan por el ICE, se podrá dar inicio con la fase de ejecución de los servicios de este procedimiento.
7.13.7. La ejecución del Plan de Implementación hasta su finalización es responsabilidad del Contratista y debe realizarse dentro de los plazos de entrega estipulados para cada bien y servicio.
7.13.8. El ICE tendrá la potestad de modificar el cronograma juntamente con el contratista, sin cambiar los plazos establecidos.
7.14. CONSIDERACIONES PARA LA IMPLEMENTACIÓN
7.14.1. Para cada etapa de la implementación, el contratista debe asegurar la presencia de al menos un responsable directo de la instalación y puesta en servicio de los equipos por frente de trabajo, debe hablar el idioma español.
7.14.2. El contratista debe identificar los posibles riesgos y consideraciones que surjan durante la fase de ejecución, y hacerlo de conocimiento del Administrador del Contrato, de modo que el ICE pueda tomar las previsiones del caso para asegurar el alcance de los objetivos planteados en este pliego de condiciones.
7.14.3. La responsabilidad por los errores u omisiones al momento de la instalación recae sobre el contratista, bajo ningún concepto una situación de ésta índole podrá ampliar los plazos de ejecución. Exceptuando los casos en los cuales el error u omisión sea propiciada por un tercero ajeno a ICE o al contratista.
8. OTRAS CLAUSULAS
8.1. El contratista debe subir la factura para pago en SICOP posterior a que el AC emita el acta de Recepción definitiva, al efecto al contratista le llegará un correo electrónico con el MM-45XXXXX correspondiente al acuse de recibido, a partir de ese momento el contratista debe solicitar el pago en SICOP y paralelamente enviar la factura al correo electrónico facturasice@ice.go.cr
9. CONDICIONES DE CARÁCTER OBLIGATORIO DEL ICE, APLICABLE PARA LA PARTIDA 1 Y 2.
9.1. El ICE informará formalmente al Contratista sobre la (s) persona (s) autorizada (s) para coordinar las actividades del soporte técnico, en un plazo no mayor a cinco (5) hábiles luego de la notificación del contrato electrónico SICOP.
9.2. El ICE deberá generar los permisos de ingreso, previo a la remisión de la lista del personal técnico por parte del Contratista, esto para autorizar previamente el ingreso en los sitios donde se requiera intervenir algún equipo contemplado en este procedimiento de compra, esto en situaciones donde el procedimiento de actualización de software o desarrollo de los servicios contratados no puedan llevarse a cabo de manera remota, esto en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles posteriores al inicio de la fase de implementación.
9.3. Acta De Recepción Provisional Partida 1 y 2
9.3.1. El acta de recepción provisional se emitirá dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la entrega en los lugares de instalación (La Central de la Florida de Tibás y Central San Pedro) y la llevará a cabo el administrador del contrato, el cual emitirá un acta de recepción provisional por medio del sistema SICOP una vez verificado lo siguiente:
- Cantidades entregadas con respecto a las cantidades solicitadas.
- Comprobación del estado general de los bienes (integridad, golpes, fracturas y deformaciones).
- Certificado de pruebas del generador.
- Manuales técnicos de bienes en papel y digital de los equipos adquiridos en la partida 1.
9.4. Procedimiento de verificación de los Bienes y Servicios Partida 1 Y 2
9.4.1. El ICE llevará a cabo la verificación para la aceptación o rechazo de los bienes y servicios recibidos para cada una de las líneas del requerimiento, basado en la recepción y revisión de los respectivos entregables asociados a los requerimientos establecidos en la especificación técnica, protocolo de pruebas y condiciones contractuales establecidas.
9.4.2. Los bienes y servicios se verificarán de acuerdo con lo establecido en el procedimiento de control de calidad establecido.
9.5. Acta Recepcion Definitiva Partida 1 y 2
9.5.1. El acta de aceptación definitiva se emitirá cuando la dependencia usuaria del ICE o el responsable técnico encargado, verifique que la entrega cumple con las especificaciones técnicas del cartel y verificaciones de calidad indicadas en el numeral 9.4, para lo cual emitirá el respectivo informe técnico, en un plazo máximo de 5 días hábiles.
9.5.2. Una vez recibido el Informe Técnico, el Administrador del Contrato del ICE emitirá el acta de aceptación definitiva en un plazo no mayor a 5 días hábiles.
10. Según observación realizada por el Especialista,
10.1. En caso de que se presente un empate en la propuesta económica de los posibles adjudicatarios, se convocará un sorteo público, el cual se podrá realizar en forma virtual o presencial. La fecha y hora será comunicada oportunamente. Para definir el desempate se utilizará la moneda.
10.2. De lo anterior, se levantará un acta que será suscrita por los asistentes al evento (presenciales).
11. FINIQUITO
11.1. Una vez finalizado el presente procedimiento de compra deberá firmarse un finiquito de contrato entre el ICE y el contratista.
12. CLÁUSULAS BANDAS DE TOLERANCIA
12.1 Para el presente procedimiento de contratación, el ICE define bandas de tolerancia a partir de los insumos obtenidos mediante el Estudio de Mercado, las cuales aplicarán como herramienta de referencia para el estudio de ofertas y análisis de la razonabilidad del precio. Dichas bandas se encuentran documentadas en el expediente de la contratación, del cual se extrae la siguiente tabla:
Tabla N. 1 Umbrales según Bandas de Tolerancia
|
Objeto |
Método Combinado |
||
|
USD |
|||
|
Devest.P |
Mínimo |
Máximo |
|
|
Línea 1 |
36 807,65 |
199 365,43 |
272 980,73 |
|
Línea 2 |
24 831,72 |
54 972,24 |
104 635,67 |
|
Línea 3 |
11 623,02 |
19 115,39 |
42 361,43 |
|
Línea 4 |
2 234,11 |
15 931,71 |
20 399,94 |
|
Línea 5 |
8 766,65 |
19 837,30 |
37 370,60 |
|
Línea 6 |
806,33 |
61 102,20 |
62 714,87 |
|
Línea 7 |
1 269,33 |
22 261,59 |
24 800,25 |
|
Línea 8 |
2 519,06 |
21 166,55 |
26 204,68 |
|
Línea 9 |
4 064,53 |
13 722,64 |
21 851,70 |
|
Línea 10 |
361,33 |
2 163,30 |
2 885,95 |
|
Línea 11 |
*No aplica. |
||
|
Línea 12 |
57 918,08 |
75 038,46 |
190 874,62 |
|
Línea 13 |
59 332,55 |
110 343,32 |
229 008,41 |
|
Línea 14 |
23 284,36 |
20 659,27 |
67 227,99 |
|
Línea 15 |
13 894,01 |
51 987,80 |
79 775,82 |
|
Línea 16 |
73 422,20 |
172 895,43 |
319 739,83 |
|
Línea 17 |
19 124,82 |
10 815,17 |
49 064,81 |
*Nota: El línea 11 no se indican bandas de tolerancia debido a que solo presentan dos resultados valorables.
Nota: Se aclara que los límites no serán utilizados como criterios de exclusión automática, sino como indicadores para realizar un análisis que permita justificar o descartar de forma razonada las ofertas que se ubiquen fuera de los límites.
A partir de estas bandas, se elaborará una tabla comparativa que incorpore los precios recomendados por los oferentes, permitiendo identificar si se ubican dentro o fuera de los umbrales definidos.
12.2 Si el precio es menor al umbral mínimo este se presumirá como no remunerativo y si es mayor al umbral máximo se presumirá como excesivo, debiendo la Administración indagar lo correspondiente, considerando las siguientes definiciones y situaciones:
• Precio excesivo: es aquel que comparado con los precios normales de mercado los excede o bien que supera una razonable utilidad. La utilidad es aquella que le permite al oferente cubrir sus costos productivos, de distribución y entrega con un margen de ganancia moderado.
• Precio no remunerativo o ruinoso: es el precio cobrado por un oferente el cual es tan bajo que permite suponer la posibilidad de incumplimiento futuro en la ejecución del contrato por razones económicas al no ser suficiente los réditos cobrados para cubrir los costos de la obra, bien o servicio de conformidad con los requerimientos del cartel, o bien, que no cumple con las obligaciones obrero-patronales, por lo que está en riesgo la ejecución y calidad con que se entregará el objeto.
• Precio que excede la disponibilidad presupuestaria: Precio que excede el monto del que dispone la Administración para cancelar las obligaciones económicas que se derivan del contrato, y ante indagatoria al oferente, éste no acepte ajustar su precio al disponible sin afectar las condiciones y calidad ofrecidos. En el caso extremo que no se cuente con mayor contenido presupuestario o no sea factible una adjudicación parcial, la oferta que contenga un precio que excede la disponibilidad presupuestaria será declarado como inadmisible económicamente, lo anterior, bajo el marco de aplicación del artículo 21 del Reglamento al título II Ley 8660.
12.3 La Administración se reserva el derecho de adjudicar precios fuera de las bandas, para lo cual se debe razonar y acreditar los motivos por los cuales resulta aceptable dicho precio, habiéndose valorado desde diversas perspectivas de negocio, técnicas, comerciales u otras, considerando los Principios de Contratación, así como criterios de oportunidad y conveniencia según proceda.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. No aplica, debido a que no se encuentran supuestos aplicables para los servicios solicitados.
Cláusula penal. Si existiera atraso en la entrega del suministro o la prestación del servicio de acuerdo con las condiciones del contrato, el contratista deberá pagar al ICE por concepto de cláusula penal 0,6%, según lo indicado en el Anexo N°. 3 por cada día natural de atraso del valor de la parte incumplida.
Documentos del cartel10
- ANEXO 1.PDF · 215 KB
- ANEXO 2.PDF · 143 KB
- ANEXO 3.DOCX · 51 KB
- ANEXO 5.PDF · 2,2 MB
- Anexo C)XLSX · 51 KB
- Anexo D)PDF · 3,9 MB
- Política Corporativa para la Prevención de la Corrupción y Gestión de Conflicto de InteresesPDF · 389 KB
- Anexo B.XLSX · 82 KB
- Anexo APDF · 358 KB
- ANEXO 4DOCX · 184 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Huberth Juan Valverde Batista
Disponibilidad de los Recursos
Huberth Juan Valverde Batista
Disponibilidad de los Recursos
Huberth Juan Valverde Batista
Disponibilidad de los Recursos
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 22/09/2026 09:51. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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