2026LE-000004-0019800001 · SICOP 20260700299
Contratación de Servicio Administrado de Red Inalámbrica (WiFi)
Asamblea Legislativa
Asamblea Legislativa está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡181,8 millones. Se recibieron 10 ofertas de 10 empresas el 21/08/2026. La más baja fue de Claro CR Telecomunicaciones, ₡39,4 millones (78,3 % por debajo del presupuesto).
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡181,8 millones
Ofertas recibidas
10
de 10 empresas
Oferta más baja
₡39,4 millones
78,3 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó04/08/2026 17:57 · hace 2 meses
- Límite para 20/08/2026 23:59 · hace 52 días
- Límite para 20/08/2026 23:59 · hace 52 días
- Cierre de ofertas21/08/2026 10:00 · hace 51 días
- de ofertas21/08/2026 10:01 · hace 51 días
- (plazo máximo)≈ 28/09/2026 · hace 13 días
8 recibidas, 8 respondidas.
El cartel fue modificado (4 versiones publicadas).
Contexto
- Asamblea Legislativa adjudicó ₡1 501,0 millones en 160 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Administración de Equipos de Sistema Autonomo para Brindar el Servicio de Internet36 · ₡181 800 000,0036₡181 800 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡154,5 millones – ₡181,8 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 90 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,9 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 7 % durante 38 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 3 años
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 90 % · CRITERIO AMBIENTAL 5 % · FACTOR CRITERIO SOCIAL 5 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡454,34 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 90 | CRITERIO AMBIENTALmáx. 5 | FACTOR CRITERIO SOCIALmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Claro CR Telecomunicaciones | 90 | 5 | 5 | 100 |
| Productive Business Solutions (costa Rica) | 56,71 | 5 | 5 | 66,71 |
| Componentes el Orbe | 51,03 | 5 | 5 | 61,03 |
| Control Electronico | 42,71 | 5 | 5 | 52,71 |
| Continex Continental Importacion y Exportacion | 39,93 | 5 | 5 | 49,93 |
| Telecable | 35,49 | 5 | 5 | 45,49 |
| Vinet - Navegalo | 29,72 | 5 | 5 | 39,72 |
| Quicknet F R L & J J Solutions | 26,12 | 5 | 5 | 36,12 |
| Data Tell Tres Mil de Costa Rica | 24,4 | 5 | 5 | 34,4 |
| Liberty Telecomunicaciones de Costa Rica LY | 19,96 | 5 | 5 | 29,96 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
1.16. Requisitos de admisibilidad.
1.16.1. El oferente deberá disponer de al menos dos personas certificadas por el fabricante de la marca ofertada para las labores de instalación, configuración y soporte del hardware y software propuesto para la solución. Para acreditar este requisito, deberá presentar los certificados emitidos por el fabricante correspondiente. En caso de que la certificación contemple una fecha de vencimiento o mecanismos de renovación, deberá encontrarse vigente a la fecha de apertura de las ofertas.
1.16.2. El oferente deberá indicar la marca de los productos ofrecidos, así como todos los datos relativos a éste que se mencionen en las especificaciones técnicas. Deberá a su vez, suministrar la información técnica en idioma español de conformidad con el articulo N°118 del RLGCP o en su defecto en idioma inglés con la respectiva traducción libre. No se aceptará documentación comercial o promocional.
1.16.3. El oferente deberá aportar declaración jurada detallando su experiencia en al menos 3 proyectos de implementación u operación de servicios administrados de red inalámbrica o servicios tecnológicos equivalentes, ejecutados satisfactoriamente durante los últimos 4 años, ya sea en Costa Rica o en el extranjero. Para cada proyecto se requiere la siguiente información:
• Nombre de la empresa.
• Nombre del contacto (Solo se aceptará como contacto al administrador del proyecto, director de informática, director del área de negocio involucrado o personal encargado de la implementación).
• Número de teléfono.
• Correo electrónico.
• Fecha de ejecución.
• Detalle del proyecto.
La Administración se reserva el derecho de verificar la veracidad de la información. En caso de que el contacto suministrado no responda, la Administración prevendrá al oferente conforme al artículo 50 de la Ley N° 9986 para que, en un plazo razonable, aportes medios de prueba alternativos (como actas de recepción definitiva, certificaciones de clientes o facturas canceladas) que permitan constatar la ejecución satisfactoria del proyecto.
La falta de subsanación dentro del plazo otorgado facultará a la Administración para desestimar la experiencia no comprobada.
1.16.4. El oferente deberá ostentar la condición de Distribuidor Autorizado para Costa Rica o Centroamérica de los equipos ofertados. Para acreditar dicha condición, deberá adjuntar a su oferta electrónica, a través del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), una certificación o carta emitida por el fabricante.
El documento deberá presentarse en formato digital (.pdf) y encontrarse debidamente suscrito mediante firma digital por la persona autorizada por el fabricante. En caso de tratarse de una copia escaneada del documento original, esta deberá incorporar mecanismos de verificación electrónica, tales como códigos QR, enlaces de validación o correos electrónicos institucionales de confirmación, que permitan a la Administración comprobar su autenticidad e integridad, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 16 y 19 de la Ley General de Contratación Pública, Ley N.° 9986.
Este documento deberá haber sido emitido máximo dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha propuesta para la apertura de las ofertas y mantenerse durante el periodo de la contratación. Este requisito se establece con el fin de garantizar la idoneidad técnica y legal del oferente, asegurando que los equipos ofertados sean originales, nuevos y cuenten con respaldo directo del fabricante.
La condición de distribuidor autorizado permite verificar la trazabilidad del producto, la vigencia de garantías y el acceso a soporte especializado, lo cual es indispensable para cumplir con los niveles de servicio (SLA) y la continuidad operativa de la red institucional. Este requisito no limita la libre competencia, ya que cualquier empresa que cumpla con los criterios del fabricante puede obtener la certificación correspondiente, asegurando igualdad de oportunidades entre oferentes.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
2. Requerimientos y especificaciones técnicas:
2.1. Partida # 1, Línea # 1: Servicio Administrado de Red Inalámbrica (Wi-Fi).
Cantidad: 36 servicios
Código SICOP: 8111210192452633
Código Presupuestario: 1-02-04-010-00
Solicitud de Pedido: 260190
2.1.1. Deberá contener lo siguiente:
2.1.1.1. Modalidad del servicio: Esquema de servicio administrado, en el cual los equipos, licencias y componentes permanecen bajo propiedad del proveedor.
Al finalizar la vigencia contractual, el proveedor deberá retirar los equipos y dejar las instalaciones en condiciones adecuadas, sin costo adicional.
2.1.1.2. Alcance funcional mínimo:
El servicio deberá cubrir, al menos:
2.1.1.2.1. Implementación de red inalámbrica para ambientes de mediana y alta densidad de usuarios.
2.1.1.2.2. Monitoreo proactivo 24×7×365.
2.1.1.2.3. Soporte técnico y mesa de ayuda.
2.1.1.2.4. Mantenimiento preventivo y correctivo.
2.1.1.2.5. Gestión de configuración y cambios.
2.1.1.2.6. Documentación técnica actualizada.
2.1.1.3. Requisitos técnicos mínimos
2.1.1.3.1. La solución deberá contemplar la sustitución de los ochenta y un (81) puntos de acceso inalámbricos actualmente instalados, mediante la provisión e instalación de nuevos puntos de acceso con capacidades técnicas iguales o superiores a las del Fortinet FortiAP modelo 431F, o equipo equivalente de gama empresarial, orientado a ambientes de mediana y alta densidad de usuarios.
2.1.1.3.2. Los equipos propuestos deberán cumplir, como mínimo, con los siguientes requisitos técnicos:
2.1.1.3.2.1. Estándares y bandas:
2.1.1.3.2.1.1. Compatibilidad con estándares IEEE 802.11 a/b/g/n/ac/ax o equivalentes.
2.1.1.3.2.1.2. Operación simultánea en bandas de 2,4 GHz y 5 GHz.
2.1.1.3.2.1.3. Selección dinámica de canales y control automático de potencia.
2.1.1.3.2.1.4. Mecanismos automáticos de mitigación de interferencias y optimización del espectro.
2.1.1.3.2.2. Desempeño y cobertura:
2.1.1.3.2.2.1. Diseño orientado a alta disponibilidad y alta densidad de usuarios, con desempeño comparable o superior al FortiAP 431F.
2.1.1.3.2.2.2. Objetivos de referencia mínimos:
2.1.1.3.2.2.3. Relación señal/ruido (SNR) ≥ 25 dB en áreas de trabajo.
2.1.1.3.2.2.4. Intensidad de señal (RSSI) ≥ −65 dBm en al menos el 95 % del área útil.
2.1.1.3.2.2.5. Intensidad de señal (RSSI) ≥ −60 dBm en áreas de alta concurrencia.
2.1.1.3.2.2.6. Latencia intra‑sitio ≤ 50 ms para procesos de roaming.
2.1.1.3.2.3. Calidad de servicio y roaming:
2.1.1.3.2.3.1. Priorización de tráfico para aplicaciones sensibles a latencia (voz, colaboración).
2.1.1.3.2.3.2. Soporte de mecanismos de roaming rápido (por ejemplo 802.11k/v/r o equivalentes).
2.1.1.3.2.3.3. Clasificación y visibilidad de aplicaciones por capa 7 o técnica equivalente.
2.1.1.3.2.4. Segmentación y seguridad:
2.1.1.3.2.4.1. Segmentación lógica mediante VLAN y/o múltiples SSID, separados por perfiles de uso.
2.1.1.3.2.4.2. Aislamiento de clientes en redes de invitados.
2.1.1.3.2.4.3. Portal cautivo para invitados con registro, control y trazabilidad.
2.1.1.3.2.4.4. Autenticación WPA3 Enterprise preferente o, como mínimo, WPA2 Enterprise.
2.1.1.3.2.4.5. Autenticación 802.1X con integración a servicios de identidad.
2.1.1.3.2.4.6. La solución deberá permitir la autenticación y autorización de usuarios en una SSID destinada a funcionarios mediante mecanismos empresariales que validen la identidad contra el Directorio Activo institucional u otro servicio de identidad corporativo equivalente.
2.1.1.3.2.4.7. Dicha autenticación podrá implementarse mediante 802.1X con servicios centralizados (por ejemplo, RADIUS), integración directa con servicios de directorio u otros mecanismos equivalentes, siempre que cumplan con buenas prácticas de seguridad y confidencialidad de credenciales.
2.1.1.3.2.4.8. La solución deberá permitir la aplicación dinámica de políticas de acceso, tales como asignación automática de VLAN, perfiles, roles o restricciones en función del usuario o grupo autenticado.
2.1.1.3.2.5. Arquitectura y gestión:
2.1.1.3.2.5.1. Gestión centralizada (local o en la nube).
2.1.1.3.2.5.2. Compatibilidad con infraestructura de red cableada existente, sin
requerir hardware propietario específico.
2.1.1.3.2.5.3. Capacidades mínimas de gestión:
2.1.1.3.2.5.3.1. Monitoreo proactivo y generación de alertas.
2.1.1.3.2.5.3.2. Disponibilidad de métricas históricas.
2.1.1.3.2.5.3.3. Visualización mediante mapas de calor y planimetría.
2.1.1.3.2.5.3.4. Generación de reportes mensuales de disponibilidad, consumo,
incidentes y cambios.
2.1.1.3.3. Arquitectura y gestión
2.1.1.3.3.1 Gestión centralizada (local, en la nube o híbrida).
2.1.1.3.3.2 La solución deberá incluir una plataforma de administración centralizada capaz de gestionar la totalidad de los ochenta y un (81) puntos de acceso inalámbricos contemplados en esta contratación, permitiendo como mínimo la administración de configuraciones, SSID, VLAN, políticas de acceso, autenticación, monitoreo, generación de alarmas, actualizaciones de firmware, generación de reportes históricos y administración basada en perfiles y roles.
2.1.1.3.3.3 La solución deberá incluir todos los componentes necesarios para la terminación, administración, monitoreo y gestión del enlace de Internet provisto como parte del servicio administrado. Dichos componentes deberán permitir la aplicación de políticas de red, segmentación del tráfico, monitoreo de disponibilidad, generación de estadísticas operativas y su integración con la plataforma de administración centralizada de la infraestructura inalámbrica.
2.1.1.3.3.4 La administración de la red inalámbrica y del enlace de Internet deberá realizarse mediante una consola centralizada o un conjunto de herramientas integradas que permitan una gestión unificada de la solución.
2.1.1.3.3.5 Compatibilidad con infraestructura de red cableada existente, sin requerir hardware propietario específico.
2.1.1.3.3.6 Capacidades mínimas de gestión:
• Monitoreo proactivo y generación de alertas.
• Disponibilidad de métricas históricas.
• Visualización mediante mapas de calor y planimetría.
• Generación de reportes mensuales de disponibilidad, consumo, incidentes y cambios.
2.1.1.4. Alta disponibilidad:
La arquitectura deberá contemplar mecanismos de continuidad del servicio para el equipo que recibe el servicio de Internet provisto como parte de la solución administrada, de forma que dicho equipo cuente con al menos dos salidas de conexión hacia la infraestructura de conmutación principal de la Institución, una hacia cada switch core.
Este requerimiento no implica la contratación de un doble enlace de Internet, ni la instalación de puntos de acceso duplicados o adicionales. La solución deberá implementarse utilizando la infraestructura de cableado existente, conforme a las condiciones establecidas en el presente pliego.
2.1.1.5. Condiciones para edificios patrimoniales
2.1.1.5.1. Todas las instalaciones deberán ser reversibles y de bajo impacto visual y estructural.
2.1.1.5.2. Nuevas canalizaciones deberán ser discretas y aprobadas por la administración del edificio.
2.1.1.5.3. Cualquier obra civil requerirá autorización previa.
2.1.1.6. Infraestructura existente
2.1.1.6.1. Existencia actual de ochenta y un (81) puntos de acceso inalámbricos instalados, así como su correspondiente cableado estructurado asociado.
2.1.1.6.2. El alcance de la contratación se limita estrictamente a la sustitución de los ochenta y un (81) puntos de acceso existentes, por equipos nuevos con capacidades iguales o superiores a las especificadas, sin incremento en la cantidad total de puntos de acceso instalados.
2.1.1.6.3. No se contempla la instalación de puntos de acceso adicionales, ni la ampliación de la red inalámbrica mediante nuevos dispositivos, independientemente de los criterios de diseño que el proveedor proponga.
2.1.1.6.4. El proveedor adjudicado deberá reutilizar obligatoriamente el cableado estructurado existente, siempre que este cumpla con las condiciones técnicas mínimas y sea debidamente verificado conforme a la normativa vigente.
2.1.1.6.5. No se permitirá el tiraje de nuevo cableado estructurado, ni la instalación de canalizaciones adicionales, salvo intervenciones menores estrictamente necesarias para la sustitución física de los equipos existentes y sin modificación del trazado actual.
2.1.1.6.6. Los puntos de acceso actualmente instalados serán retirados por el proveedor actual, por corresponder a un contrato próximo a vencer.
2.1.1.6.7. Cualquier adecuación deberá realizarse sin impacto físico adicional sobre la infraestructura existente, y sin costos adicionales para la institución.
2.1.1.6.8. La solución deberá utilizar los switches de distribución existentes Cisco Meraki MS350, los cuales cuentan con capacidades PoE y mantienen configuradas las VLAN de la red inalámbrica institucional en los puertos que conectan a cada punto de acceso. Cualquier configuración adicional requerida por el oferente deberá ser previamente evaluada por la Administración y será aceptada únicamente en caso de que los switches existentes cuenten con la capacidad técnica necesaria para soportarla. No se contempla la sustitución de switches de distribución como parte de esta contratación.
2.1.1.7. Visitas técnicas y estudios de cobertura
2.1.1.7.1. Posibilidad de realizar visitas técnicas coordinadas, recomendadas, pero no obligatorias.
2.1.1.7.2. Entrega de: Mapas de calor con mediciones reales (postimplementación).
2.1.1.8. Entregable
2.1.1.8.1. Como mínimo:
2.1.1.8.1.1. Plan de implementación y cronograma.
2.1.1.8.1.2. Diseño y topología final.
2.1.1.8.1.3. Inventario lógico y físico.
2.1.1.8.1.4. Planos con ubicación de puntos de acceso.
2.1.1.8.1.5. Respaldos de configuración.
2.1.1.8.1.6. Procedimientos de operación y escalamiento.
2.1.1.8.1.7. Informes periódicos según niveles de servicio.
2.1.1.9. Acuerdo de niveles de servicio (SLA)
2.1.1.9.1 Disponibilidad mensual por sitio ≥ 99,5%.
2.1.1.9.2 La solución deberá contar con monitoreo proactivo y generación automática de alertas en modalidad 24 horas al día, 7 días por semana, 365 días al año (24x7x365).
2.1.1.9.3 El contratista deberá disponer de mecanismos para la recepción, registro y escalamiento de incidentes críticos que afecten total o parcialmente la disponibilidad del servicio en modalidad 24x7x365.
2.1.1.9.4 La mesa de ayuda para consultas, solicitudes de servicio, gestión administrativa de incidentes y soporte operativo regular deberá estar disponible de lunes a viernes, en días hábiles, de las 8:00 a.m. a las 5:00 p.m., para la recepción y apertura de casos de soporte.
2.1.1.9.5 El soporte de hardware deberá incluir reemplazo de partes, actualizaciones de firmware, soporte de configuración y gestión de garantías bajo un esquema 8x5 con tiempo de respuesta Next Business Day (NBD) o equivalente técnicamente superior.
2.1.1.9.6 Los tiempos máximos de atención y restauración se medirán según la naturaleza del incidente y la modalidad de soporte correspondiente.
2.1.1.10. Mantenimiento y gestión
2.1.1.10.1. Mantenimiento preventivo periódico con informe.
2.1.1.10.2. Mantenimiento correctivo conforme a SLA.
2.1.1.10.3. Bolsa anual de 30 horas para gestión de cambios y configuraciones.
2.1.1.11. Seguridad y confidencialidad
2.1.1.11.1. Custodia y confidencialidad de configuraciones, credenciales y registros.
2.1.1.11.2. Control de accesos del personal técnico a instalaciones.
2.1.1.11.3. Obligación de confidencialidad incluso posterior a la finalización del servicio.
2.1.1.12. Conectividad a Internet dedicada
2.1.1.12.1. El servicio deberá incluir un enlace de Internet empresarial dedicado, provisto y gestionado por el proveedor, que cumpla como mínimo con las siguientes condiciones:
2.1.1.12.1.1. Ancho de banda garantizado de al menos 200 Mbps de bajada y 200 Mbps de subida (200/200 Mbps).
2.1.1.12.1.2. Enlace dedicado y no compartido (sin sobre-suscripción).
2.1.1.12.1.3. Disponibilidad acorde con los niveles de servicio definidos para la solución WiFi.
2.1.1.12.1.4. Monitoreo proactivo del enlace, con atención de incidencias conforme a SLA.
2.1.1.12.1.5. Integración con la solución de red inalámbrica administrada, de manera que garantice el desempeño esperado para ambientes de mediana y alta densidad de usuarios.
Este componente se considera parte del servicio administrado integral y deberá estar contemplado dentro de la propuesta económica del proveedor.
2.1.1.13. Soporte para IPTV inalámbrico
2.1.1.13.1. La solución de red inalámbrica administrada deberá soportar de forma nativa y eficiente la provisión de servicios de IPTV sobre WiFi, garantizando una experiencia adecuada de audio y video, como mínimo bajo las siguientes consideraciones:
2.1.1.13.1.1. Capacidad para transportar tráfico de video en tiempo real (streaming y/o multicast) con calidad consistente.
2.1.1.13.1.2. Implementación de mecanismos de Calidad de Servicio (QoS) que permitan la priorización del tráfico IPTV sobre otros tipos de tráfico (por ejemplo, WMM o mecanismos equivalentes).
2.1.1.13.1.3. Soporte para multicast optimizado sobre redes inalámbricas (por ejemplo, IGMP snooping, multicast-to-unicast o tecnologías equivalentes), cuando aplique.
2.1.1.13.1.4. Diseño de cobertura, capacidad y densidad que considere el consumo simultáneo de contenidos IPTV inalámbricos, sin degradar el desempeño general de la red.
2.1.1.13.1.5. Latencia, jitter y pérdida de paquetes adecuados para servicios de video en tiempo real, conforme a buenas prácticas del mercado.
2.1.1.13.1.6. El proveedor deberá contemplar estos requerimientos desde la fase de diseño y durante toda la operación del servicio administrado.
2.1.1.14. Transferencia de Conocimiento:
Incluir una inducción sobre la operación de la solución ofrecida, dirigido a tres (3) funcionarios de la Asamblea Legislativa. Este taller tendrá una duración mínima de cuatro (4) horas y estará enfocado en la administración básica y diaria de la solución. Se realizará una única vez, abordando los aspectos fundamentales para la administración general del sistema. Asimismo, podrá impartirse de manera remota en horario hábil de lunes a jueves de las 9:00 a las 16:00 horas y deberá ser grabada para facilitar consultas posteriores por parte de los funcionarios.
2.1.1.15. Licenciamiento, actualizaciones y soporte del fabricante
2.1.1.15.1. El contratista deberá incluir en el precio todas las licencias, suscripciones, renovaciones, servicios de nube, administración, seguridad, soporte y garantías requeridas para operar la solución durante los treinta y seis meses (36) meses contados a partir de la recepción definitiva.
2.1.1.15.2. Ninguna licencia podrá vencer, suspenderse o reducir sus funcionalidades durante la vigencia contractual.
2.1.1.15.3. Todos los equipos y componentes deberán contar con soporte vigente del fabricante. El contratista presentará evidencia de dicha cobertura antes de la recepción definitiva y cuando le sea solicitada.
2.1.1.15.4. Las versiones instaladas deberán encontrarse vigentes, estables y soportadas por el fabricante. Las actualizaciones requerirán respaldo, plan de trabajo, plan de reversa y autorización previa del Departamento de Tecnologías de Información.
2.1.1.15.5. Los equipos ofertados no deberán tener una fecha de fin de soporte anterior a la finalización del contrato. Si un producto pierde soporte durante la vigencia, deberá reemplazarse sin costo adicional por otro de capacidades iguales o superiores.
2.1.1.15.6. El soporte deberá incluir escalamiento al fabricante, gestión de reemplazos RMA, parches de seguridad, correcciones y acceso a versiones compatibles.
2.1.1.16. Finalización y transición del servicio
2.1.1.16.1. Plan de salida:
2.1.1.16.1.1. Con al menos noventa días naturales de anticipación a la finalización contractual, el contratista deberá presentar un plan de salida con cronograma, responsables, inventario, dependencias técnicas, actividades de respaldo y exportación, procedimiento de retiro, eliminación de información y medidas para evitar interrupciones.
2.1.1.16.1.2. El plan deberá contemplar la coordinación con la Asamblea Legislativa y, cuando corresponda, con el nuevo contratista.
2.1.1.16.2. Información por entregar:
2.1.1.16.2.1. Inventario físico y lógico actualizado; marca, modelo, serie, dirección MAC y ubicación de los componentes.
2.1.1.16.2.2. Diagramas, topología final, configuración de SSID, VLAN, roles, políticas, autenticación, respaldos, mapas de calor e historial de incidentes y cambios.
2.1.1.16.2.3. Reportes de disponibilidad, registros y métricas exportables, matriz de escalamiento y documentación de integración con los servicios institucionales.
2.1.1.16.2.4. Las credenciales deberán entregarse mediante un mecanismo seguro y cambiarse durante el proceso de transferencia.
2.1.1.16.3. Asistencia de transición: Durante los últimos treinta días naturales del contrato, el contratista deberá brindar hasta dieciséis horas de asistencia técnica, remota o presencial, sin costo adicional, para apoyar la transferencia, validación de respaldos y coordinación de configuraciones.
2.1.1.16.4. Retiro de equipos y eliminación de accesos:
2.1.1.16.4.1. Los equipos propiedad del contratista solo podrán retirarse con autorización escrita del administrador del contrato, una vez entregados los documentos y respaldos, coordinada la desconexión y garantizada la continuidad del servicio.
2.1.1.16.4.2. El contratista deberá reparar los daños ocasionados por la desinstalación, revocar las cuentas de su personal, eliminar certificados y accesos remotos, devolver o destruir la información confidencial y certificar la eliminación segura de los datos dentro de los diez días hábiles siguientes.
2.1.1.17 Ubicación de los Inmuebles
2.1.1.17.1. El Servicio Administrado Integral de Red Inalámbrica (WiFi) se prestará de forma obligatoria en los siguientes inmuebles de la Asamblea Legislativa:
• Edificio B: (anteriormente Edificio Administrativo).
• Edificio C: (anteriormente Castillo Azul).
• Edificio D: (anteriormente Casa Rosada).
• Edificio E: (anteriormente Antiguo Colegio Nuestra Señora de Sión).
• Edificio F: (anteriormente Transportes).
Ver Anexo N° 1 “Planos”
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
1. Condiciones Generales:
1.1. La Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica le invita a participar en el presente procedimiento de licitación menor, tramitada de conformidad con el artículo 60 de la Ley General de Contratación Pública. Para el presente procedimiento se recibirán ofertas electrónicas por medio del sistema digital unificado (SDU), según fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones electrónico.
1.1. Justificación de la adquisición
La presente contratación responde a la necesidad institucional de garantizar la continuidad operativa, la seguridad de la información, la adecuada atención de usuarios internos y externos, y la modernización tecnológica de la infraestructura de red inalámbrica (WiFi) de la Asamblea Legislativa, la cual constituye un servicio de apoyo esencial para las labores administrativas y el acceso a servicios tecnológicos institucionales, tanto para funcionarios como para visitantes.
1.1.1. Descripción de la justificación:
La contratación de un Servicio Administrado Integral de Red Inalámbrica (Wi‑Fi), bajo un esquema llave en mano, responde a una necesidad institucional orientada a garantizar la disponibilidad, continuidad y calidad de los servicios de conectividad requeridos tanto para el desarrollo de las actividades sustantivas y administrativas de la Asamblea Legislativa como para la atención de las personas visitantes que hacen uso de los espacios institucionales.
La solución propuesta tiene como finalidad proporcionar una infraestructura inalámbrica segura, administrada y de alto desempeño que permita el acceso confiable a los servicios tecnológicos necesarios para el ejercicio de las funciones institucionales, incluyendo plataformas de gestión, servicios digitales, mecanismos de autenticación y demás herramientas requeridas para la operación diaria de la organización. Asimismo, procura ofrecer condiciones adecuadas de conectividad a las personas usuarias externas que participan en actividades legislativas, educativas, protocolares, culturales o de interés público desarrolladas en las instalaciones de la Asamblea Legislativa.
El alcance funcional, las capacidades técnicas y la modalidad de prestación del servicio han sido definidos con criterios de proporcionalidad, razonabilidad y eficiencia, considerando las características de los inmuebles, la cantidad estimada de usuarios concurrentes, las necesidades operativas institucionales y los requerimientos de acceso para visitantes, de forma tal que la solución satisfaga integralmente el interés público perseguido sin incurrir en sobredimensionamientos ni comprometer la utilización racional de los recursos públicos.
La presente contratación responde a una necesidad institucional única e integral, orientada a garantizar la continuidad operativa de los servicios internos de la Asamblea Legislativa y la óptima atención a las personas usuarias externas. En estricto cumplimiento de la Ley General de Contratación Pública (Ley N.º 9986), esta adquisición se fundamenta en los principios de eficacia, eficiencia y valor por el dinero, exigiendo que la Administración seleccione soluciones tecnológicas modernas que maximicen el aprovechamiento de los recursos públicos. Bajo este enfoque de gestión por resultados, la contratación de una red inalámbrica integral no solo atiende un requerimiento operativo, sino que asegura una adecuada gestión de los riesgos técnicos y operativos, alineándose con las necesidades institucionales de modernización y servicio público en concordancia con los principios de razonabilidad, eficiencia y eficacia previstos en el ordenamiento jurídico vigente.
Desde la perspectiva de la prestación del servicio, resulta relevante considerar esquemas que garanticen niveles adecuados de calidad, disponibilidad y soporte, así como una clara definición de responsabilidades durante la ejecución contractual. En este contexto, los modelos de servicio administrado, entre ellos el esquema llave en mano, permiten concentrar en el proveedor la responsabilidad por el diseño, suministro, instalación, operación y mantenimiento de la solución, lo cual constituye una alternativa idónea para facilitar la gestión del servicio y reducir riesgos asociados a la fragmentación de responsabilidades. No obstante, dicha modalidad se valora como una opción técnica preferente, sin perjuicio de la evaluación de soluciones equivalentes que cumplan con los fines públicos perseguidos.
Asimismo, la adecuada administración del gasto público exige valorar aquellos esquemas contractuales que permitan una mejor planificación de costos, un control presupuestario más previsible y una distribución razonable de riesgos entre las partes, en atención a lo dispuesto por la Ley N.° 9986 y su reglamento. En este sentido, los servicios administrados integrales constituyen una alternativa que puede favorecer una gestión eficiente y transparente de los recursos públicos.
De conformidad con los artículos 50 y 74 de la Constitución Política, la Administración debe adoptar soluciones idóneas y eficientes orientadas al interés público y a la correcta gestión de los recursos. En el presente caso, dicho interés público se concreta en la prestación de un servicio complementario que apoye la divulgación cultural y la atención de visitantes, bajo criterios de racionalidad, eficiencia y proporcionalidad.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, se efectuó un análisis técnico riguroso de las alternativas disponibles para la prestación del servicio, incluyendo esquemas de gestión interna, soluciones parciales y modelos externalizados. Como resultado de dicha evaluación, se determinó que la contratación de un Servicio Administrado Integral de Red Inalámbrica (Wi‑Fi), particularmente bajo un esquema llave en mano, constituye la alternativa que mejor satisface la necesidad identificada en esta etapa, al permitir una provisión integral del servicio con niveles adecuados de calidad, soporte especializado y administración centralizada, sin perjuicio de los ajustes o precisiones que puedan derivarse del estudio de mercado y de las fases posteriores del proceso de contratación.
1.1.2. Aplicación de criterio de Contratación Pública Estratégica:
Se incluyeron criterios sociales en el apartado No. 3.1.2. del sistema de evaluación del presente pliego.
1.2. Presupuesto:
|
Partida |
Línea |
Código Presupuestario |
Subpartida |
Solicitud de Pedido |
Monto Presupuestado |
|
1 |
1 |
1-02-04-010-007 |
1-02-04 |
260190 |
¢181,800,000 |
De conformidad con el artículo 35 de la Ley General de Contratación Pública (Ley N.° 9986), la estimación total de la presente contratación, calculada sobre el valor total del contrato por su vigencia de treinta y seis (36) meses, se fija en la suma de ¢181.800.000,00 (ciento ochenta y un millones ochocientos mil colones exactos).
La Institución acredita la existencia de contenido presupuestario para atender las obligaciones del presente ejercicio económico mediante la solicitud de pedido N.° 260190 por ¢17,200,000.00, con cargo a la subpartida 1.02.04. Asimismo, se cuenta con el compromiso presupuestario para la atención de las obligaciones correspondientes al ejercicio económico 2027, 2028 y 2029 según consta en el oficio AL-DFIN-OFI-0144-2026.
1.3. La Proveeduría de la Asamblea Legislativa será el Departamento encargado de tramitar el procedimiento de contratación y proporcionará cualquier información adicional necesaria respecto a las especificaciones y documentación relacionada con esta contratación, previa coordinación con la Unidad Técnica responsable, el “Departamento de Tecnologías de Información”
1.4. El precio: Deberá ser cierto y definitivo, en caso de divergencia entre el precio cotizado en números y letras, prevalecerá este último, salvo el caso de errores materiales evidentes.
El oferente podrá cotizar en cualquier moneda de curso legal en Costa Rica. En caso de recibir propuestas en diferentes monedas, la Administración las convertirá a una misma moneda para efectos de comparación, aplicando el tipo de cambio de referencia para la venta calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento de la apertura de la oferta.
1.5. La oferta: Deberá elaborarse con precios unitarios y totales. Si la sumatoria de los precios unitarios excede el precio total, la oferta se comparará con el mayor precio.
En caso de precios unitarios, la Administración se reserva la posibilidad de adjudicación parcial de una misma línea.
En el precio para cada partida y línea, se deberá indicar por separado el impuesto al valor agregado (IVA). En el caso de ofertas con más de dos decimales, al momento de confeccionar la orden de pedido en el sistema SIAF de la institución, se tomarán los dos primeros decimales sin aplicar redondeo.
En caso de ofertas en dólares, el oferente debe autorizar desde la oferta un redondeo hacia abajo, para que, al momento de aplicar el tipo de cambio a efectos de pago, el precio no contenga más de dos decimales.
La oferta deberá redactarse en idioma español. La información técnica o complementaria y los manuales de uso expedidos por el fabricante deberán presentarse en idioma español.
1.5.1. Los oferentes deberán cumplir con lo siguiente:
I. Encontrarse al día con el pago de las cuotas obrero-patronales de la CCSS y de FODESAF.
II. Deberá mantener actualizada, en el Registro de Proveedores del Sistema Digital Unificado, declaración jurada de que no les afecta el régimen de prohibiciones, especificando la naturaleza y propiedad de las acciones e indicación del beneficiario final.
Dicha obligación aplica para el oferente, contratista y subcontratistas.
El oferente deberá presentar declaración jurada en la que indique, que la información del registro de proveedores se encuentra vigente.
De conformidad con el art. 122 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública la Administración contratante verificará el estado de las obligaciones del oferente y subcontratista señaladas en el pliego de condiciones. En caso de no contar con la información en el SDU se realizará la consulta en línea en el sitio web de cada entidad competente en la materia.
El oferente deberá estar al día con las obligaciones formales y materiales ante la Administración Tributaria, de conformidad con el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Dicha situación se verificará mediante el sistema correspondiente, dentro del portal de consultas en internet del Ministerio de Hacienda.
1.5.2. El contratista deberá adquirir y mantener por la duración de la contratación, la siguiente póliza emitida por el Instituto Nacional de Seguros.
a. Póliza de Riesgos del Trabajo, que corresponda con la actividad económica del objeto contractual, de modo que cubra a todo su personal empleado en la realización del servicio, tal como lo señalan los artículos 193, 201 y 202 del Código de Trabajo donde se declara obligatorio, universal y forzoso el seguro contra riesgos del trabajo, estableciéndose, por tanto, la imposición del patrono de asegurar a los trabajadores contra este tipo de riesgos.
El monto de la póliza será de acuerdo con la planilla que presente para la ejecución de este contrato y una certificación donde claramente se demuestre que quienes brindan el servicio a la Asamblea Legislativa se encuentran debidamente incluidos y al día en dicha póliza; con los siguientes datos:
1. Nombre y número de cédula de la empresa adjudicada.
2. Nombre del representante y número de teléfono.
3. Actividad económica o servicio que presta.
4. Detalle exacto del lugar de los trabajos.
5. Cantidad de empleados con nombre, Nº de cédula y salario reportado.
6. Monto de la licitación.
7. Número de póliza de Riesgos del Trabajo que ampara a los trabajadores.
b. Póliza de Responsabilidad civil (Servicios) por un monto de diez millones de colones.
El administrador del contrato será el encargado de verificar el cumplimiento de lo anterior.
1.5.3. Subcontratación: En la oferta se deberá indicar el listado de los subcontratistas, así como el objeto de subcontratación, con señalamiento expreso del porcentaje del objeto que asumirá cada uno de ellos. La totalidad del porcentaje de subcontratación no podrá superar el cincuenta por ciento (50%) del monto total del contrato. En todo caso, la subcontratación no relevará al contratista de su responsabilidad integral por el objeto contratado, debiendo este también cumplir con todas las obligaciones contraídas con los subcontratistas.
El contratista no podrá alegar, en ningún caso, cláusulas de confidencialidad con sus subcontratistas para brindar información que le sea solicitada, con las salvedades de la Ley General de Contratación Pública.
Una persona física o jurídica, únicamente podrá figurar para un mismo concurso en una oferta ya sea como subcontratista, oferente individual o participar de forma conjunta o consorciada. La condición anterior también resultará aplicable a las personas físicas o jurídicas que conformen un mismo grupo de interés económico. (Artículo 49 del LGCP).
1.5.4. La oferta económica deberá ser acorde con los requerimientos y especificaciones técnicas contenidas en el pliego de condiciones electrónico y documento complementario a dicho pliego, según el artículo 35 del Reglamento para la utilización del sistema integrado de compras públicas "SICOP", N°41438-H, el cual indica:
"Artículo 35.- Cartel electrónico.
El cartel electrónico constituye el reglamento específico de la contratación que se promueve. Está compuesto por un formulario electrónico y sus documentos electrónicos anexos."
1.6. Garantía de cumplimiento
a) En un plazo de cinco días hábiles contados a partir de la fecha en que quede firme la adjudicación, el adjudicatario deberá rendir electrónicamente, a través del sistema digital unificado, una garantía de cumplimiento equivalente al 7% (siete por ciento) del monto adjudicado.
b) Su objetivo será respaldar la correcta ejecución del contrato, de acuerdo con la normativa vigente (Artículo 110 del R.L.G.C.P.)
c) Tendrá la vigencia prevista en el artículo 114 del Reglamento a la Ley de General de Contratación Pública, hasta por dos meses adicionales a la fecha probable de la recepción definitiva del objeto contractual o terminación del plazo de la contratación, con una vigencia de 38 meses.
d) La garantía de cumplimiento será devuelta a solicitud del interesado, dentro de los veinte días hábiles siguientes a la fecha en que la Administración haya recibido de forma definitiva y a satisfacción el objeto contractual, según el artículo 113 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
1.7. Formas de Rendir la garantía de cumplimiento
La garantía de cumplimiento debe rendirse según se establece en el artículo 111 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
1.7.1 Garantías rendidas por PYMES
Las garantías de cumplimiento y colaterales presentadas por las PYMES que han demostrado su condición a la Administración según lo dispuesto en la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, Ley N° 8262 y sus reglamentos; podrán ser otorgadas a través del Fondo Especial para el Desarrollo de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FODEMIPYME) o por los instrumentos financieros creados al amparo de la Ley del Sistema Nacional de Banca para el Desarrollo, Ley N° 8634 de 23 de abril de 2008, siempre y cuando las PYMES solicitantes cumplan con todos los requisitos y las condiciones de la normativa vigente.
Las garantías podrán, además, ser rendidas en cualquiera de las formas admitidas en el presente Reglamento. Artículo 79 del RLGCP.
1.8. Sustitución de garantía de cumplimiento y retenciones.
Las garantías de cumplimiento podrán ser sustituidas en cualquier momento, a solicitud del contratista, previa aceptación de la Administración, siempre que con ello no desmejore los términos de la garantía original.
A solicitud del contratista y previa autorización de la Administración, cuando lo estime conveniente, se podrán sustituir las retenciones por una garantía adicional. La Administración podrá solicitar la sustitución de garantías que presenten riesgos financieros de no pago, como cuando su emisor esté intervenido.
La Administración deberá solicitar la sustitución de la garantía en forma inmediata cuando esta haya sido ejecutada y continúe la ejecución contractual de modo que satisfaga el monto y plazo según las condiciones contractuales.
1.9. Tributos: Si el oferente no señala los tributos que afectan su propuesta, se presumirá que el monto total cotizado los contiene, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos que resulten aplicables en el mercado local, de conformidad con el artículo 41 de la Ley General de Contratación Pública (LGCP).
La Asamblea Legislativa se encuentra sujeta al pago del impuesto al valor agregado (IVA), así como de los demás tributos que legalmente resulten aplicables al servicio objeto de la contratación, incluidos, cuando corresponda, el tributo destinado al financiamiento de la Cruz Roja Costarricense y la tasa para el financiamiento del Sistema de Emergencias 9-1-1.
Por lo tanto, el oferente deberá indicar y desglosar por separado en su oferta el IVA y los demás tributos aplicables, según la naturaleza del servicio ofertado y de conformidad con la normativa vigente.
La Asamblea Legislativa se encuentra exonerada conforme a:
a. La Ley N° 641 de 23 de agosto de 1946, modificada en su artículo primero por la Ley N° 174 de 21 de setiembre de 1948: Las importaciones.
b. La Ley N° 7293 Reguladora de Todas las Exoneraciones Vigentes, su Derogatoria y sus Excepciones, Articulo 15: Impuesto sobre la Renta; Artículo 30: Impuesto Selectivo de Consumo.
Para el trámite de exoneración, la Asamblea Legislativa requiere conocer el detalle de las tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local que recaen en las obras, bienes o servicios objeto de esta licitación.
1.10. El oferente debe indicar en la oferta; todas las características del servicio cotizado, marca, modelo y demás características técnicas.
1.11. Forma de pago:
Pagos mensuales, pago por mes concluido, una vez recibido a satisfacción el objeto contractual por parte del administrador del contrato a partir de la fecha de aceptado el proyecto en su totalidad y operando al 100%.
Deberá aceptar la forma de pago de la institución: Para que la Asamblea Legislativa cancele las obligaciones contraídas, deberá cumplirse con los siguientes requisitos:
a) Visto bueno del acuerdo de pago por parte del Director Ejecutivo y Director Financiero.
b) Trasferencia electrónica por medio del sistema Web Banking del Ministerio de Hacienda.
c) El oferente deberá de indicar en la oferta el número de cuenta IBAN en colones, donde se le depositará el pago, en caso de ser adjudicado.
d) El plazo máximo para que la Asamblea Legislativa pague será de 30 días naturales, contados desde el día siguiente de la fecha de la presentación de la factura comercial, previa verificación del cumplimiento a satisfacción de lo contratado.
e) En contratos de bienes y servicios deberá mediar un acta de recepción del objeto contractual, conforme a los parámetros de calidad establecidos en la decisión inicial y en el pliego de condiciones.
Toda persona física o jurídica que realice gestiones de pago con la Asamblea Legislativa deberá indicar en la factura comercial el número de cuenta IBAN en colones, donde se le depositará el pago, así mismo, deberá aportar una impresión de la entidad bancaria respectiva que indique el número de cuenta IBAN en colones. De igual forma, deberá informar cuando realice un cambio en el número de cuenta IBAN en colones. Los proveedores deberán presentar en el Departamento de Proveeduría el documento indicado.
1.12. Trámite de factura electrónica:
a) Deberá contar con la notificación del contrato mediante el SDU.
b) Asamblea Legislativa, cédula jurídica: 2-200-042153.
c) Se deberá enviar al siguiente correo electrónico: facturaelectronica@asamblea.go.cr con un mínimo de dos días hábiles de anticipación a la fecha de entrega, para poder realizar las revisiones respectivas; previo a realizar la gestión de recepción en el módulo de pago del SDU.
d) Si la oferta fue presentada en dólares, deberá facturar en dólares sin excepción; caso contrario, no se podrá tramitar el pago respectivo.
e) Contacto: Sonia Vega Solano, Jefe Área de Gestión y Control.
f) Dirección: San José, Cantón Central, Distrito El Carmen, entre Avenida Central y Avenida Primera, entre calles 17 y 19, costado sureste del Parque Nacional, Edificio Sion, segundo piso.
Nota: Para el trámite de pago respectivo, se debe incluir en la factura: número de la orden de pedido SIAF de la institución, número de cuenta IBAN en colones del proveedor, el número de actividad económica es: 8411.0 (Actividades de la administración pública en general) y el porcentaje de IVA correspondiente según normativa vigente por cada línea contratada.
1.13. La adjudicación: La Asamblea Legislativa recibirá ofertas totales, siempre y cuando la partida se oferte de forma completa. La Administración se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente la oferta que más convenga a sus intereses y a la disponibilidad presupuestaria, o bien rechazarlas todas y declarar desierto o infructuoso el concurso, de acuerdo con el artículo 139 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
Una vez adjudicado el negociado, el adjudicatario deberá presentar una certificación vigente de la personería jurídica, en el término de dos días hábiles.
1.14. Entrega de bienes actualizados: De conformidad con el artículo 287 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, el contratista está obligado en el momento de realizar la entrega, a entregar bienes y servicios en las mejores condiciones y actualizados.
1.15. El oferente está obligado a cotizar todo el objeto, salvo que se trate de líneas independientes entre sí, en cuyo caso podrá cotizar las de su interés, sin que sea necesario que el pliego de condiciones lo autorice. No se admitirá la cotización parcial de una línea Art. 123 RLGCP.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Cláusula penal. La Asamblea Legislativa aplicará al contratista, una sanción económica del 0.5% por cada día de atraso en la entrega de los bienes o servicios, hasta acumular un máximo del 25% sobre el monto proporcional a la entrega correspondiente, a partir del plazo máximo de entrega, cuando se compruebe que el mismo obedece a situaciones imputables al contratista. Art. 46 de la Ley General de Contratación Pública y 116 de su Reglamento.
Documentos del cartel19
- Declaración JuradaPDF · 154 KB
- Declaración JuradaPDF · 215 KB
- Declaración JuradaPDF · 133 KB
- Documento complementarioPDF · 553 KB
- CronogramaPDF · 410 KB
- Estudio de MercadoDOCX · 6,9 MB
- Anexo #3XLSX · 10 KB
- Anexo #2PDF · 307 KB
- Anexo #1ZIP · 2,8 MB
- Solicitud de pedidoPDF · 92 KB
- Compromiso presupuestarioPDF · 225 KB
- Certificación presupuestariaPDF · 440 KB
- Autorización de InicioPDF · 174 KB
- Declaración JuradaPDF · 143 KB
- Declaración JuradaPDF · 215 KB
- Documento complementario Mod #1PDF · 553 KB
- Aviso ModificaciónPDF · 215 KB
- Aviso ModificaciónPDF · 174 KB
- Documento complementario Mod #2PDF · 573 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Rodolfo Desanti Aguero
Informática
Allan Zuñiga Monge
Informática
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 05/10/2026 01:34. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
Licitaciones parecidas
Adjudicadamisma institución y producto · 13/09/2026
Servicios de Internet Fijo Inalámbrico 5g Según Demanda para la Asamblea Legislativa
Asamblea Legislativa · 1 oferente
Adjudicada a Radiográfica Costarricense (precios unitarios)
Adjudicadamismo producto · 23/09/2026
SMS 1880-26 Telefonía Ip, Planta de Emergencia y Equipos de Comunicaciones en la Red Lan
Instituto Costarricense de Turismo · 1 oferente
Adjudicada por ₡9,8 M a Instituto Costarricense de Electricidad
Adjudicadamismo producto · 08/09/2026
Teatro Popular Melico Salazar · 1 oferente
Adjudicada por ₡1,3 M a Radiográfica Costarricense
Adjudicadamismo producto · 21/08/2026
202-servicio de Internet Empresarial
Ministerio de la Presidencia · 1 oferente
Adjudicada a Instituto Costarricense de Electricidad (precios unitarios)
Adjudicadamismo producto · 21/08/2026
Municipalidad de Turrialba · 1 oferente
Adjudicada por ₡5,7 M a Instituto Costarricense de Electricidad
Adjudicadamismo producto · 20/08/2026
Junta Administrativa del Archivo Nacional · 3 oferentes
Adjudicada por ₡2,7 M a Navegalo