2026XE-000641-0000400001 · SICOP 20260702481
S.E - Contratación Directa de Escasa Cuantía / Servicio de recauche de neumáticos (DG-2150-2026)
Instituto Costarricense de Electricidad
Instituto Costarricense de Electricidad ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡10,3 millones y quedó en firme el 02/10/2026. Se recibieron 2 ofertas de 2 empresas. No ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡10,3 millones
Ofertas recibidas
2
de 2 empresas
Oferta más baja
₡349 240
96,6 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 02/10/2026
- Recauchadora RemiNo era la más barata (2.ª de 2)₡464 318,58
Informe de recomendación de Jesus Antonio Fallas Salazar, 30/09/2026 · adjuntos: Consulta situación tributaria Recauchadora Remi Sociedad Anonima 30-09-2026.pdf
Fechas clave
- Se publicó13/08/2026 14:01 · hace 59 días
- Límite para 14/08/2026 23:59 · hace 58 días
- Cierre de ofertas20/08/2026 23:59 · hace 52 días
- de ofertas21/08/2026 07:30 · hace 51 días
- publicado02/10/2026 15:35 · hace 9 días
- Adjudicación 02/10/2026 15:37 · hace 9 días
Nota de la institución. Se entiende por aclaraciones, aquellas que no varían el objeto de esta contratación. Toda solicitud de aclaración debe realizarse por medio del Sistema SICOP. Las aclaraciones que sean presentadas fuera de ese plazo podrán ser atendidas, pero no impedirán la apertura de ofertas en el día y hora señalados.
Contexto
- Instituto Costarricense de Electricidad adjudicó ₡438 547,1 millones en 937 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra5 líneas
- Servicio de Recauchamiento de Llantas1 · ₡66 079,751₡66 079,75
- Servicio de Recauchamiento de Llantas1 · ₡66 079,751₡66 079,75
- Servicio de Recauchamiento de Llantas1 · ₡121 107,091₡121 107,09
- Servicio de Recauchamiento de Llantas1 · ₡109 555,991₡109 555,99
- Servicio de Recauchamiento de Llantas1 · ₡120 058,191₡120 058,19
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡8,8 millones – ₡10,3 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 20 días hábiles
- Contrato por 12 meses
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡454,34 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Tire Depot | 100 | 100 |
| Recauchadora RemiGanó | 75,21 | 75,21 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
En cumplimiento del Artículo 42 inciso d) del Reglamento Interno de Contratación Administrativa del ICE, y de conformidad con el estudio técnico realizado por la Dependencia solicitante, esta Proveeduría adjudica esta contratación según el siguiente detalle: Partida No. 1 RECAUCHADORA REMI SOCIEDAD ANONIMA Total precios unitarios: 464 318,58 CRC Monto estimado de consumo anual: 9 880 569,258 CRC
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
DECLARACIONES JURADAS
- Se deben presentar las declaraciones juradas establecidas en el Anexo No. 1.
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL OFERENTE
- El oferente deberá aportar información técnica suficiente que permita verificar el cumplimiento de las especificaciones y requisitos de los servicios ofertados. Para ello, deberá presentar la documentación técnica correspondiente (fichas técnicas, catálogos, manuales, especificaciones, metodologías, alcances del servicio), en la que se identifiquen claramente las características y condiciones de lo ofertado para cada línea.
- Toda información técnica deberá ser en idioma español o en su defecto del idioma inglés con traducción libre al español de su texto (Reglamento al Título II Ley N° 8660 Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones SECCIÓN VII La Oferta Artículo 50.- Generalidades).
- El oferente deberá adjuntar, junto con su oferta, imágenes y especificaciones técnicas de las bandas propuestas para cada línea, con el fin de verificar que sean aptas para la aplicación requerida. Las bandas ofertadas deberán estar diseñadas para operación fuera de carretera y para trabajo en terrenos o caminos sinuosos.
- El oferente deberá otorgar una garantía de recauche que certifique tanto la banda como el casco contra defectos de fabricación y fallas atribuibles al proceso de recauche, bajo las condiciones de tiempo o kilometraje establecidas en el apartado de Garantía Técnica de las Condiciones Generales. Se aceptarán programas o garantías con una denominación similar o superior a la RCG (Recauche Calificado y Garantizado), siempre que brinden un nivel de respaldo equivalente y contemplen la certificación y cobertura tanto del casco como de la banda recauchada.
- El oferente debe contar con certificaciones que lo acrediten como miembro de programas de reutilización y adecuado manejo de residuos. Por lo anterior, deberá aportar junto con la oferta prueba documental idónea que evidencie el cumplimiento de este requisito.
- El oferente debe contar con programas de seguimiento de rendimiento de los neumáticos, así como sistemas de control de calidad y registros adecuados para el control de los retiros y entregas de los neumáticos. Por lo anterior, deberá aportar junto con la oferta prueba documental idónea que evidencie el cumplimiento de este requisito.
- Los componentes utilizados para brindar el servicio deben contar con certificaciones de calidad ISO 9001. Por lo anterior, deberá aportar junto con la oferta prueba documental idónea que evidencie el cumplimiento de este requisito.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
ESPECIFICACIONES DE DESEMPEÑO O TÉCNICAS
Partida No. 1
Línea No. 1: 78181597 – 92044763
Servicio de recauche de neumático perfil 205/75R16 para tracción servicio pesado, con taco para terreno mixto, profundidad de estrías no menor a 12 mm, ancho de banda de rodamiento igual o superior a 152 mm, índice de velocidad igual o superior a 70 kph para ser utilizado en ejes de tracción de camiones, que incluye lo siguiente:
- Desarme y limpieza de la llanta
- Valoración y reparación de fugas de aire
- Raspado y preparación para vulcanización
- Vulcanización y horneado
- Control de calidad
Línea No. 2: 78181597 – 92044763
Servicio de recauche de neumático perfil 225/75/17.5 para remolques de servicio pesado, con taco para servicio mixto, profundidad de estrías no menor a 12 mm, ancho de banda de rodamiento igual o superior a 190 mm, índice de velocidad igual o superior a 70 kph, para ser utilizado en ejes de rodaje de remolques que incluye lo siguiente:
- Desarme y limpieza de la llanta.
- Valoración y reparación de fugas de aire.
- Raspado y preparación para vulcanización.
- Vulcanización y horneado.
- Control de calidad.
Línea No. 3: 78181597 – 92044763
Servicio de recauche de neumático perfil 11R 24.5 para tracción servicio pesado, con taco para terreno mixto, profundidad de estrías no menor a 12 mm, ancho de banda de rodamiento igual o superior a 240 mm, índice de velocidad igual o superior a 70 kph para ser utilizado en ejes de tracción de camiones, que incluye lo siguiente:
- Desarme y limpieza de la llanta.
- Valoración y reparación de fugas de aire.
- Raspado y preparación para vulcanización.
- Vulcanización y horneado.
- Control de calidad.
Línea No. 4: 78181597 – 92044763
Servicio de recauche de neumático perfil 11R 22.5 para remolque servicio pesado, con taco para terreno mixto, profundidad de estrías no menor a 12 mm, ancho de banda de rodamiento igual o superior a 240 mm, índice de velocidad igual o superior a 70 kph para ser utilizado en ejes de tracción de camiones, que incluye lo siguiente:
- Desarme y limpieza de la llanta.
- Valoración y reparación de fugas de aire.
- Raspado y preparación para vulcanización.
- Vulcanización y horneado.
- Control de calidad.
Línea No. 5: 78181597 – 92044763
Servicio de recauche de neumático perfil 315 R 22.5 para tracción servicio pesado, con taco para terreno mixto, profundidad de estrías no menor a 12 mm, ancho de banda de rodamiento igual o superior a 240 mm, índice de velocidad igual o superior a 70 kph para ser utilizado en ejes de tracción de camiones, que incluye lo siguiente:
- Desarme y limpieza de la llanta
- Valoración y reparación de fugas de aire
- Raspado y preparación para vulcanización
- Vulcanización y horneado
- Control de calidad
REQUISITOS TÉCNICOS
- Los materiales por utilizar para el reemplazo de las bandas de rodamiento deben cumplir con las siguientes especificaciones, independientemente del diseño o aplicación del neumático:
- Dureza (Shore A) - (150C ±2; 30 min) 63 a 69 shore según norma ASTM D2240.
- Porcentaje de alargamiento (150℃ ±2; 30 min) 390% a 506 % según norma ASTM D412.
- Tensión Ruptura (Kgf/cm2) - (150℃ ±2; 30 min) mínimo 180 Kgf/cm2 según norma ASTM D412.
- Abrasión (mm3) - (150℃ ±2; 30 min) Máximo 90 mm3 según normas DIN ISO 4649 o ASTM D5963.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
El Instituto Costarricense de Electricidad, que en lo sucesivo se denominará ICE, ICE, Institución Autónoma de la de la República de Costa Rica, domiciliado en San José y con cédula jurídica Nº 4-000-042139-02, invita a participar para la Contratación Directa según demanda de “Servicio de recauche de neumáticos (DG-2150-2026)”
La composición presupuestaria se distribuye de la siguiente manera: Periodo 2026 por un monto de 10 298 274,21 CRC
REQUISITOS DEL OFERENTE
- SUBCONTRATACIÓN.
En caso de que el oferente contemple la subcontratación de alguna parte de las prestaciones objeto de esta contratación, deberá cumplir con lo establecido en el artículo 57 del Reglamento a la Ley N.° 8660, indicando en su oferta las empresas subcontratadas y su porcentaje de participación, así como aportar la documentación requerida por dicha normativa. La subcontratación no eximirá al contratista de su responsabilidad total por el cumplimiento de las obligaciones contractuales.
- ESTRUCTURA DE PRECIOS Y PRESUPUESTO DETALLADO.
Disposiciones para presentación de la oferta:
- El oferente debe presentar la estructura de precio en conjunto con la oferta, estableciendo los siguientes rubros obligatorios: costos directos de mano de obra, costos directos de insumos, costos indirectos de mano de obra, costos indirectos de insumos, utilidad; las ofertas deben considerarlos todos, indicando para cada componente el valor correspondiente, de reportarse algún componente en cero el oferente debe justificarlo desde la oferta y la dependencia analizará el fondo y determinará el cumplimiento o no de la oferta. Los rubros deberán presentarse en valores absolutos y porcentuales. Se anexa el formato a utilizar (Ver Anexo No. 9). Dicha estructura será utilizada para el análisis de las ofertas y posteriormente, en caso de requerirse un reajuste/revisión de precios.
- Forma de presentar la estructura de precios en la oferta:
- Para el caso de contratación de servicios en cantidad definitiva la estructura de precios se solicitará por partida.
- No obstante, tanto para bienes como para servicios el oferente podrá realizar las agrupaciones de líneas en la estructura de precios en los casos en que los costos sean proporcionalmente iguales para todas las líneas.
- Cuando se trate de contratación de bienes y servicios que se adjudique por requerimiento completo y los objetos sean de similar naturaleza, el oferente según su criterio podrá presentar una estructura global de precios si así lo justifica, lo cual será valorado por la Administración.
- Forma de presentar el Presupuesto detallado:
- En los procedimientos de servicios el oferente deberá presentar en conjunto con la oferta un presupuesto detallado y completo con todos los elementos de costo que lo componen. Se anexa el formato a utilizar (Ver Anexo No. 10).
- El ICE se reserva la posibilidad de solicitar información adicional atinente a la composición de los precios contemplados en la oferta, cuando ello resulte necesario.
- SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN
- Con la oferta presentar declaración jurada que conoce la Política Integrada para la Gestión del Negocio de Electricidad. (Ver Anexo No. 6)
- Con la oferta presentar declaración jurada que cumplirá la Política de Sostenibilidad del Grupo ICE, establecida en la Sesión 6255 del 12 de marzo del 2018, Ver siguiente enlace:
https://www.grupoice.com/wps/portal/ICE/Transparencia/informes/sostenibilidad
- CRITERIOS SOSTENIBLES
El oferente deberá presentar una declaración jurada en la que manifieste que, en caso de resultar contratista, cumplirá con todas las medidas, recomendaciones, políticas y lineamientos establecidos por el ICE en materia de Ambiente, Salud y Seguridad en el Trabajo, Derechos Humanos, Diversidad, Responsabilidad Social, así como cualquier otro que la institución considere pertinente. Dicho cumplimiento aplicará al momento de presentarse a entregar los bienes o cualquier otra actividad previamente coordinada entre las partes.
NORMA DE SEGURIDAD E HIGIENE OCUPACIONAL.
Requisitos del Oferente:
- El oferente debe cumplir con la Norma de Seguridad e Higiene Ocupacional código 32.04.002.2008, haciendo énfasis especial en los puntos 7.1.3 o 7.1.4
Requisitos del contratista:
- El contratista debe cumplir con la Norma de Seguridad e Higiene Ocupacional código 32.04.002.2008, haciendo énfasis especial en el punto 7.2
CLAUSULA DE DESEMPATE:
- En caso de que se presente un empate en la propuesta económica de los posibles adjudicatarios, se convocará un sorteo público, el cual se podrá realizar en forma presencial. La fecha y hora será comunicada oportunamente.
- Para definir el desempate se utilizará la moneda.
- De lo anterior, se levantará un acta que será suscrita por los asistentes al evento presencial, el cual se incluirá en el Sistema Digital Unificado.
CLÁUSULAS BANDAS DE TOLERANCIA:
Para el presente procedimiento de contratación, el ICE define bandas de tolerancia a partir de los insumos obtenidos mediante el Sondeo de Mercado, las cuales aplicarán como herramienta de referencia para el estudio de ofertas y análisis de la razonabilidad del precio. Dichas bandas se encuentran documentadas en el expediente de la contratación, del cual se extrae la siguiente tabla:
Umbrales según Bandas de Tolerancia.
|
4. Cálculo de Bandas de Tolerancia |
|||||||||||||||
|
Objeto |
Metodología: % razonabilidad ( ) Combinado ( X ) |
Cantidad requerida |
Monto estimado / consumo anual CRC |
||||||||||||
|
Moneda (indicar la moneda utilizada) |
|||||||||||||||
|
Devest.P |
Mínimo |
Máxima |
|||||||||||||
|
Partida 1: Servicio de recauche de neumáticos 205/75R16 para tracción servicio pesado |
10 360,64 |
55 719,11 |
76 440,39 |
31 |
2 048 472,25 |
||||||||||
|
Partida 2: Servicio de recauche de neumáticos 225/75/17.5 para remolques de servicio pesado |
10 360,64 |
55 719,11 |
76 440,39 |
12 |
792 957,00 |
||||||||||
|
Partida 3: Servicio de recauche de neumáticos 11R 24.5 para tracción servicio pesado |
7 245,04 |
113 862,05 |
128 352,13 |
24 |
2 906 570,16 |
||||||||||
|
Partida 4: Servicio de recauche de neumáticos 11R 22.5 para remolque servicio pesado |
8 721,94 |
100 834,05 |
118 277,93 |
24 |
2 629 343,76 |
||||||||||
|
Partida 5: Servicio de recauche de neumáticos 315 R 22.5 para tracción servicio pesado |
7 359,75 |
112 698,44 |
127 417,94 |
16 |
1 920 931,04 |
||||||||||
|
Total, USD |
21 604,62 |
||||||||||||||
|
Total, CRC |
10 298 274,21 |
||||||||||||||
Nota: Tipo de cambio presupuestario año 2026: TC 1USD = 476,67 CRC
Nota: Se aclara que los límites no serán utilizados como criterios de exclusión automática, sino como indicadores para realizar un análisis que permita justificar o descartar de forma razonada las ofertas que se ubiquen fuera de los límites.
A partir de estas bandas, se elaborará una tabla comparativa que incorpore los precios recomendados por los oferentes, permitiendo identificar si se ubican dentro o fuera de los umbrales definidos.
Si el precio es menor al umbral mínimo este se presumirá como no remunerativo y si es mayor al umbral máximo se presumirá como excesivo, debiendo la Administración indagar lo correspondiente, considerando las siguientes definiciones y situaciones:
- Precio excesivo: es aquel que comparado con los precios normales de mercado los excede o bien que supera una razonable utilidad. La utilidad es aquella que le permite al oferente cubrir sus costos productivos, de distribución y entrega con un margen de ganancia moderado.
- Precio no remunerativo o ruinoso: es el precio cobrado por un oferente el cual es tan bajo que permite suponer la posibilidad de incumplimiento futuro en la ejecución del contrato por razones económicas al no ser suficiente los réditos cobrados para cubrir los costos de la obra, bien o servicio de conformidad con los requerimientos del cartel, o bien, que no cumple con las obligaciones obrero-patronales, por lo que está en riesgo la ejecución y calidad con que se entregará el objeto.
- Precio que excede la disponibilidad presupuestaria: Precio que excede el monto del que dispone la Administración para cancelar las obligaciones económicas que se derivan del contrato, y ante indagatoria al oferente, éste no acepte ajustar su precio al disponible sin afectar las condiciones y calidad ofrecidos. En el caso extremo que no se cuente con mayor contenido presupuestario o no sea factible una adjudicación parcial, la oferta que contenga un precio que excede la disponibilidad presupuestaria será declarado como inadmisible económicamente, lo anterior, bajo el marco de aplicación del artículo 21 del Reglamento al título II Ley 8660.
La Administración se reserva el derecho de adjudicar precios fuera de las bandas, para lo cual se debe razonar y acreditar los motivos por los cuales resulta aceptable dicho precio, habiéndose valorado desde diversas perspectivas de negocio, técnicas, comerciales u otras, considerando los Principios de Contratación, así como criterios de oportunidad y conveniencia según proceda.
FORMA DE PAGO
El ICE realizará el pago mediante transferencia electrónica de fondos dentro de los treinta (30) días naturales posteriores a la recepción satisfactoria de cada servicio solicitado mediante pedido. Para efectos de pago, el Administrador del Contrato deberá emitir el acta de recepción correspondiente por cada servicio ejecutado.
GARANTÍA TÉCNICA
La garantía de los servicios deberá tener una vigencia mínima de dieciocho (18) meses o cincuenta mil kilómetros (50 000 km), lo que ocurra primero. Esta garantía deberá ser atendida en el sitio donde se encuentre ubicado el neumático o, previa coordinación y autorización del ICE, en las instalaciones del contratista.
El rendimiento promedio del recauche deberá ser superior a cincuenta mil kilómetros (50 000 km) bajo condiciones normales de operación en caminos de terreno mixto. Cualquier rendimiento inferior a este valor se considerará un incumplimiento de la garantía. Como parámetro de referencia se utilizará la profundidad de estrías, la cual deberá ser igual o superior a cuatro milímetros (4 mm).
El contratista deberá atender los reclamos de garantía presentados por el ICE y presentarse en el sitio donde se encuentren los neumáticos, o coordinar su retiro cuando corresponda, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación.
Cuando se determine que la falla está cubierta por la garantía, el contratista deberá efectuar, sin costo adicional para el ICE, la reparación, sustitución o reposición del servicio afectado, según corresponda.
RESPONSABILIDADES Y COMPROMISOS DEL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD (ICE)
- El ICE se encargará de suplir los cascos requeridos para el servicio de recauche. Los mismos se seleccionarán por parte del Área Técnica bajo el consentimiento de las Áreas de Gestión Ambiental y Salud Ocupacional.
SOBRE LA MODALIDAD DE LA COMPRA SEGÚN DEMANDA.
- a) Para realizar el análisis económico de las ofertas, los precios unitarios ofertados se multiplicarán por las cantidades de consumo estimadas para el primer periodo del contrato. Se adjudicará a la oferta que represente el menor monto total luego de realizar el cálculo descrito. El monto total resultante del cálculo para la oferta adjudicada será el presupuesto estimado a consumir. A dicho monto se le descontará cada uno de los pedidos enviados por el ICE de acuerdo con los montos unitarios adjudicados vigentes.
- b) Por acuerdo mutuo entre las partes, se gestionarán las respectivas prórrogas al contrato, bajo las condiciones que se encuentren vigentes en el periodo en ejercicio. El estimado presupuestario del siguiente periodo se calculará con base en un nuevo estimado de consumo.
OTRAS CLÁSULAS
SOBRE LA ENTREGA DEL SERVICIO:
- Previo a la entrega del servicio, el contratista deberá enviar al administrador del contrato una solicitud formal de recepción mediante correo electrónico.
- Se deberá adjuntar en la solicitud de recepción la Hoja de Entrega de Bienes o Servicios (HEBS) incluida en este cartel, debidamente completada con la información que se solicita. (Ver Anexo No. 2)
- El contratista podrá utilizar otro documento equivalente, siempre y cuando contenga la totalidad de los datos solicitados en la HEBS.
- Junto con la entrega del servicio en el sitio establecido en el contrato, el contratista deberá presentar la HEBS o equivalente en formato físico. Este documento será utilizado para efectuar la recepción provisional del servicio.
- Posterior a la entrega, el ICE realizará la revisión cuantitativa y cualitativa del servicio entregado. Si se detecta algún incumplimiento respecto a lo establecido en el contrato, se notificará al contratista mediante un reclamo para que proceda con las correcciones correspondientes.
- Una vez que el servicio sea recibido a conformidad, se notificará al contratista, mediante correo electrónico emitido por el administrador del contrato, el detalle de los bienes o servicios aceptados según el procedimiento de compra. Posteriormente, se otorgará el visto bueno para la emisión de la factura electrónica.
SOBRE LA FACTURACIÓN:
- La factura deberá ser electrónica, emitida conforme a la legislación fiscal vigente.
- La facturación de los bienes entregados deberá realizarse por el contratista hasta recibir la notificación en el correo electrónico. El ICE se reserva el derecho de recibir facturaciones sin la respectiva aceptación definitiva de los bienes o servicios.
- Para el envío de las facturas electrónicas, el contratista debe indicar:
- Número de pedido (MM), N° contrato, N° de procedimiento SICOP, Modalidad de la compra.
- Descripción detallada del bien entregado.
- Unidad de medida, cantidad, precio unitario y Monto total.
- Condiciones de pago pactadas.
- Cédula jurídica: 4-000-042139.
- Razón social: Instituto Costarricense de Electricidad.
- Nombre comercial (ICE).
- Domicilio: San José, San José, Mata Redonda, Sabana norte, Avenida Las Américas, frente al boulevard, avenida principal.
- Código de actividad económica: 3510.0 Generación y/o distribución de energía eléctrica (hidráulica, convencional, térmica, etc.).
- La factura deberá ser enviada electrónicamente al correo facturasice@ice.go.cr, y de forma simultánea se deberá realizar la solicitud de pago en el módulo de SICOP establecido para tal fin, anexando la factura emitida. De no completar este paso no se procederá con el registro del pago. Las solicitudes de pago donde no se anexe la factura serán rechazadas de oficio.
- El pago se realizará en un plazo no mayor a treinta (30) días naturales a partir de la recepción conforme emitida por el administrador de contrato.
PORTACIÓN DE CARNÉ Y CONDUCTA EN INSTALACIONES ICE
- Es obligación del contratista, sea persona física o jurídica, que el personal que ingrese a las instalaciones de las empresas del Grupo ICE durante la ejecución del contrato, porte en un lugar visible, el carné de identificación emitido por el contratista. Dicho carné debe contener, como mínimo, el nombre del contratista (persona física o jurídica), el nombre completo del trabajador y su fotografía. La verificación de este requisito se realizará al ingreso de las instalaciones por parte del personal de vigilancia.
- Para el ingreso a las instalaciones de las empresas del Grupo ICE, deberá remitir al Administrador del Contrato, mediante correo electrónico y con ocho (8) días de anticipación a la fecha prevista de ingreso, el formulario adjunto al cartel DG-00-FO-81-002 (Ver Anexo No. 3) “Solicitud de ingreso a particulares a instalaciones de la División Generación”. El contratista deberá presentar al momento de ingreso el documento debidamente autorizado por el ICE, de lo contrario, por directriz de la administración superior el personal de vigilancia (institucional o privada) en el puesto de ingreso no le permitirá el acceso.
- Durante la permanencia en las instalaciones del ICE, el contratista estará sujeto a lo estipulado en el procedimiento DG-00PR-81-002 (Ver Anexo No. 4) “Ingreso a instalaciones de la División de Generación”. El incumplimiento al procedimiento faculta al ICE a solicitar corregir cualquier discrepancia con el personal del contratista que está haciendo la entrega y en casos de gravedad se puede incluso solicitar la salida de las instalaciones del ICE.
- El costo de cualquier daño a los bienes del ICE, causado por personal o equipo del contratista, correrá por cuenta de este último.
- Dentro de las instalaciones de la Institución, está PROHIBIDO FUMAR.
- No podrán ingresar a las instalaciones ICE, aquellos vehículos que: tengan fugas, no tengan la revisión vehicular por el emisor del servicio contratado por el Estado al día, o permiso de circulación este vencido. Esto será revisando por los oficiales de seguridad en el puesto de vigilancia en sitio.
- El personal del contratista es responsable de su propia seguridad y tendrá cuidado en prevenir lesiones a sus compañeros. Este personal siempre estará acompañado de personal de la Institución que lo guiará sobre el procedimiento que se debe cumplir al ingreso de las instalaciones, procedimiento DG-00PR-81-002 (Ver Anexo No. 4) ingreso a instalaciones de la División de Generación.
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
- El contratista deberá entregar los neumáticos recauchados con una marca troquelada o similar, resistente a la intemperie y al desgaste abrasivo para la identificación y control de los neumáticos. La marca asignada debe ser única para cada recauche con la finalidad de llevar un control especifico en caso de reclamos de garantías.
- El contratista debe realizar las pruebas respectivas de esfuerzo, carga y descargas correspondientes para asegurar la completa reparación y optimo desempeño de los componentes.
- Los cascos desechados que no puedan ser reparados deben ser devueltos al ICE.
- El contratista deberá retirar los cascos a intervenir y realizar la entrega de los cascos recauchados en el Almacén de Fuentes Geotérmicas Miravalles, ubicado en Guayabo de Bagaces, Guanacaste. Para ello, deberá asumir todos los costos y riesgos asociados al retiro, transporte, carga, descarga y entrega, sin que ello genere costos adicionales para el ICE.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Si existe una ejecución defectuosa del objeto contratado, el contratista deberá pagar al ICE, por concepto de multa, una suma equivalente al 0,5% por cada día natural de atraso en la corrección del incumplimiento, calculada sobre el valor de la línea, partida o prestación específica afectada por el incumplimiento. La aplicación de esta cláusula se realizará en concordancia con los artículos 41 al 43 del Reglamento al Título II de la Ley N.° 8660. Cuando el contrato esté compuesto por varias líneas o partidas independientes, el monto de la multa se calculará únicamente sobre el valor de la línea o partida incumplida y no sobre el valor total del contrato, siempre que dicho incumplimiento no afecte la ejecución de las demás obligaciones contractuales. Se hará acreedor de cobro por concepto de multa el contratista que incumpla con alguno de los siguientes puntos: 1. Incumplir con las condiciones de la garantía técnica ofrecida y no atender o corregir los reclamos presentados por el ICE dentro del plazo otorgado para ello. 2. No devolver al ICE los cascos desechados que, por su condición técnica, no puedan ser reparados o recauchados.
Cláusula penal. En caso de entrega anticipada sin autorización previa o de entrega tardía de la obra, suministro o prestación del servicio, se aplicará una cláusula penal del 0,4% por cada día natural de atraso, conforme a lo establecido en el artículo 43 del Reglamento a la Ley 8660. (Ver Anexo No. 5)
Documentos del cartel12
- DECLARACIONES JURADASPDF · 205 KB
- HOJA DE ENTREGA DE BIENES Y SERVICIOSXLSX · 10 KB
- SOLICITUD INGRESO A INSTALACIONESDOCX · 82 KB
- INGRESO A INSTALACIONESPDF · 266 KB
- CLAUSULA PENALPDF · 297 KB
- POLITICA INTEGRADAPDF · 3 MB
- POLITICA CORPORATIVAPDF · 389 KB
- NORMA DE SEGURIDADPDF · 3,8 MB
- FORMATO ESTRUCTURA DE PRECIODOCX · 51 KB
- FORMATO PRESUPUESTO DETALLADOXLSX · 20 KB
- CLAUSULA REAJUSTEDOCX · 51 KB
- PROYECCIÓN DE CONSUMO ANUALXLSX · 20 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Jose Manuel Rodriguez Badilla
División Generación
Hernández Morales Tyrone
División Generación
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 03/10/2026 12:43. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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