2026LD-000015-0017700001 · SICOP 20260800920
Mantenimiento preventivo y correctivo para elevadores del edificio del IFAM
Instituto de Fomento y Asesoria Municipal
Instituto de Fomento y Asesoria Municipal ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡9,2 millones y quedó en firme el 04/09/2026. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡9,2 millones
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
₡10,0 millones
8,1 % por encima del presupuesto
Quién ganóen firme 04/09/2026
- Elevadores Schindler₡9 986 940,00
Informe de recomendación de Monserrat Cantillo Agüero, 01/09/2026 · adjuntos: Verificación de morosidad.pdf
Fechas clave
- Se publicó10/08/2026 14:51 · hace 2 meses
- Límite para 11/08/2026 23:59 · hace 2 meses
- Límite para 12/08/2026 23:59 · hace 2 meses
- Cierre de ofertas17/08/2026 10:00 · hace 55 días
- de ofertas17/08/2026 10:01 · hace 55 días
- publicado01/09/2026 12:05 · hace 40 días
- Adjudicación 04/09/2026 10:45 · hace 37 días
Nota de la institución. Las aclaraciones y recursos se atenderán en coordinación con los integrantes de la Comisión de Seguimiento de la Contratación.
Contexto
- Instituto de Fomento y Asesoria Municipal adjudicó ₡1 532,0 millones en 51 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo para Ascensor12 · ₡9 240 000,0012₡9 240 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡7,9 millones – ₡9,2 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 90 % · Criterios sustentables: pyme 5 % · Criterios sustentables: ambientales 5 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡451,28 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 90 | Criterios sustentables: pymemáx. 5 | Criterios sustentables: ambientalesmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Elevadores SchindlerGanó | 90 | 1 | 5 | 96 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se comunica el acto final de adjudicación del procedimiento de licitación reducida 2026LD-000015-0017700001, el cual fue adjudicado de conformidad con el análisis administrativo y técnico, este último realizado por la Comisión de Seguimiento (CSC) como responsables de que en el apartado de especificaciones técnicas se plasmaran todos los requerimientos técnicos y requisitos de admisibilidad, así como determinar si los proveedores participantes cumplen técnicamente, aplicar el sistema de calificación y recomendar la adjudicación de la licitación e indicar si se cuenta con el contenido presupuestario suficiente con base en la razonabilidad del precio, aspectos que fueron indicados en el documento de análisis técnico. Los documentos de análisis se encuentran en cada solicitud de verificación, en el apartado de "Resultado de las solicitudes de verificación" del módulo de "Gestión de Apertura" en el expediente electrónico.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
1. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
La Unidad de Servicios Generales requiere contratar el mantenimiento preventivo y correctivo de los elevadores del IFAM.
2. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS
2.1 Mantenimiento preventivo
Se requiere el mantenimiento preventivo mensual de los tres elevadores marca Schindler, ubicados dentro del edificio del IFAM, el cual deberá tener al menos lo siguiente:
a. Visitas de mantenimiento mensual que incluya:
- Mantenimiento sala de maquinas
- Nivel de aceite y fugas
- Frenos
- Tacometro
- Limpieza de regulador-sellos
- Partes móviles
- Cojinetes y articulaciones
- Polea de tracción y desvío
- Lubricación de regulador
- Contacto de regulador
- Desgaste en el colector
- Ruidos
- Fijación
- Limpieza
b. Mantenimiento sistema control
- Bitácora de errores
- Contactores principales y auxiliares
- Circuito de fuga a masa
- Fijación
- Tarjetas electrónicas
- Botoneras
- Contactos
- Limpieza
c. Mantenimiento ducto
- Botonera de revisión
- Techo de cabina
- Dispositivo de monitorización de velocidad
- Tensión de cables de tracción
- Guías de cabina y contrapeso
- Desgaste de guiadores y límites
- Poleas de cabina
- Imanes
- Iluminación
- Luz de emergencia
d. Mantenimiento pozo
- Contactos
- Puertas de acceso
- Limpieza de pozo
- Poleas
- Amortiguador, nivel y fugas
e. Mantenimiento puertas de piso
- Destrabar cerradura
- Rodines, palancias
- Zapatas
- Cadenas
- Botones
- Señalización
- Suspensión de puertas
- Contactos
- Abrir con llave
f. Mantenimiento cabina
- Intercomunicador
- Alarma
- Nivelación
- Circuito de reversión de puertas
- Señalización
- Alineamiento
- Ventilador
- Iluminación
- Botonera
g. Mantenimiento operación de puertas
- Contactos
- Limpieza operador de puertas
h. Rodines y articulaciones
- Acoplamiento
- Sincronización
- Velocidad apertura
- Fajas, cables, cadena, rodines, cargador
i. Otros
- Software
- Sistema de bombeo y emergencia
- Contador de viajes
- Pruebas especiales
- En el caso que se requiera adquirir un repuesto que ya no se encuentre en garantía o deba de realizarse una reparación mayor, la contratación puede hacerse directamente con la empresa contratada, por ser la única empresa autorizada para el suministro de repuestos y accesorios fabricados por la marca Schindler.
- Capacitación para el desalojo de personas atrapadas en cabina.
2.2 Atención de averías en los equipos:
- Al presentarse una avería en los equipos objeto de esta contratación, se le notificará al contratista y se deberán suministrar los siguientes datos: ascensor, placa y la descripción del daño que presenta.
- Una vez notificada cualquier avería el personal técnico del contratista deberá apersonarse al sitio a un tiempo no mayor a las 12 horas. En caso de personas atrapadas en un lapso de 2 horas naturales. Lo anterior durante las 24 horas del día, los 365 días del año. Cualquier incumplimiento a este plazo deberá ser justificado de forma satisfactoria, la no aceptación del reporte de avería o el atraso injustificado genera la aplicación de multas, considerando la afectación para el Instituto de no contar con el equipo.
- Una vez que sea atendida cualquier avería en los equipos, el contratista deberá presentar el reporte y cotización, con el fin de que el administrador del contrato proceda según el procedimiento de aplicación del mantenimiento correctivo.
2.3 Mantenimiento correctivo:
El mantenimiento correctivo es aquel servicio brindado a los componentes de los equipos, cuando algún desperfecto lo llevara a un mal funcionamiento y lo lleve a ser inoperante (avería) y consiste en aquellas reparaciones que son necesarias para el buen funcionamiento del equipo, producto del desgaste normal de los componentes. También se incluyen todas aquellas reparaciones que sean producto de fallas del equipo por mala operación o por defecto o deterioro de alguno de sus componentes, que no son parte del mantenimiento preventivo.
Por lo expuesto, en vista de que el IFAM no cuenta con personal para las labores de mantenimiento preventivo y correctivo de los elevadores y que este último no es un requerimiento permanente y fijo, se coordinará con el proveedor seleccionado de este proceso de contratación, dicho mantenimiento.
En caso de que un ascensor falle, se solicitará al contratista realizar el diagnóstico del ascensor para determinar cuál es la reparación que se requiere, para ello deberá cotizar el precio de la mano de obra, repuestos y materiales necesarios para la reparación y el administrador del contrato analizará la razonabilidad del precio cotizado, conforme las condiciones del servicio requerido y determinará si es razonable realizar la reparación del equipo.
En caso de que, se determine la conveniencia de realizar la reparación del ascensor, la formalización se gestionará al amparo de este ítem, por lo que, el IFAM realizará el requerimiento mediante un proceso de contratación por excepción en SICOP.
En caso de que, producto del mantenimiento preventivo, el contratista, detecte una anomalía, falla o avería, la misma deberá ser comunicada al administrador del contrato, de manera que se incluya en el reporte de mantenimiento el detalle del problema que presenta el ascensor y posterior a la entrega del reporte deberá presentar la cotización para que el administrador del contrato determine si debe realizarse la reparación.
Asimismo, el contratista deberá demostrar que la falla se debió a mala operación, uso inadecuado, fatiga, o cualquier otra circunstancia que se le pueda aplicar al IFAM o falla de fábrica del equipo, pero en ningún caso por falta de mantenimiento o un mal mantenimiento el IFAM realizará la reparación y correrá por cuenta del contratista realizar la reparación correspondiente para dejar en óptimo funcionamiento el equipo.
Será responsabilidad del contratista suplir los repuestos, materiales y mano de obra, según corresponda, que se requieran para brindar el mantenimiento correctivo y asegurar el funcionamiento continuo de los equipos de manera oportuna previa autorización del administrador del contrato del IFAM y gestionado el proceso de contratación administrativa.
Además, todos los repuestos deberán ser originales o genuinos, no obstante, en casos debidamente justificados, podrán ser repuestos genéricos compatibles en un cien por ciento (100%) con los equipos propiedad del IFAM, esos repuestos deberán ser garantizados; de igual manera deberá indicarse esta condición en la cotización, para que el administrador del contrato analice el caso y proceda a emitir la autorización.
Los plazos de entrega y reparación de los elevadores, garantías y otros deberán ser definidos en la cotización que presente el contratista, según el diagnóstico realizado.
Como parte de la recepción a satisfacción del mantenimiento que se debe realizar, el contratista deberá presentar el informe o reporte y facturas de compra de los repuestos o materiales adquiridos para la reparación. Los repuestos dañados que sean sustituidos de los elevadores deberán ser entregados al IFAM para que la Unidad de Servicios Generales dispongan de los mismos o bien, podrán ser reciclados por el contratista, para lo cual deberá presentar una declaración jurada que cuenta con el servicio de disposición adecuada de componentes electrónicos.
Considerando que estos servicios corresponderían a un eventual mantenimiento correctivo los oferentes no deberán incluir dentro del monto de la oferta el monto por ninguno de estos conceptos, pero sí deben tener la disposición de brindar esos servicios cuando se requieran.
3. ASPECTOS RELACIONADOS CON LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
3.1 Obligaciones de seguridad social
Antes de la firmeza del acto de adjudicación, el proveedor que resulte adjudicatario deberá presentar las siguientes pólizas que deberán estar al día durante todo el plazo de la contratación y su vencimiento se considerará incumplimiento contractual.
a. Póliza de riesgos de trabajo: Prueba documental que valide la existencia del seguro de Riesgos del Trabajo vigente a partir del inicio de la ejecución del contrato y por todo el plazo de ejecución de la contratación acorde con el objeto contractual requerido y en caso de ser una persona jurídica los trabajadores que participarán en esta contratación deberán estar asegurados con este tipo de póliza, conforme lo regula la norma. Estarán excluidos de la presentación de la póliza de riesgos de trabajo las excepciones que establece el artículo 194 del Código de trabajo, a saber:
“a. La actividad laboral familiar de personas físicas, entendida ésta como la que se ejecuta entre los cónyuges, o los que viven como tales, entre éstos y sus ascendientes y descendientes, en beneficio común, cuando en forma indudable no exista relación de trabajo.
b.Los trabajadores que realicen actividades por cuenta propia, entendidos como los que trabajan solos o asociados, en forma independiente, y que no devengan salario.”
En el caso de contrataciones relacionadas actividades de construcción, el adjudicatario deberá presentar la constancia emitida por el Instituto Nacional de Seguros, en la cual se evidencie que el objeto de la contratación por tratarse de una obra de construcción fue declarado ante el INS y que se garantice que el correcto aseguramiento de las personas trabajadoras, así como la respectiva declaración de los proyectos adjudicados por parte de los adjudicatarios que actúan como empleadoras o intermediarias.
b. Póliza de responsabilidad civil: Prueba documental que valide la existencia del seguro de responsabilidad civil vigente a partir del inicio de la ejecución del contrato y por todo el plazo de ejecución de la contratación acorde con el objeto contractual requerido, por la suma mínima de ₵50.000.000,00.
El IFAM se reserva la posibilidad de requerir algún documento o declaración jurada al proveedor. Durante la ejecución contractual, le corresponde a la Comisión de Seguimiento verificar que la póliza se encuentre vigente en todo momento por lo que esa Comisión está facultada a solicitar la póliza en cualquier momento, con el fin de verificar que quienes brindan el servicio a la institución se encuentran debidamente incluidos y al día en dicha planilla o póliza. En caso de que se prevenga la actualización de la póliza y el contratista no lo haga, se considerará incumplimiento contractual, todo conforme el debido proceso.
3.2 Controles establecidos por la Comisión de Seguimiento
El IFAM, a través de la Comisión de Seguimiento de la Contratación, supervisará el cumplimiento del contrato en todos sus extremos y específicamente en lo que atañe a la dotación de personal y equipos, según los requerimientos técnicos.
Asimismo, la Comisión de Seguimiento de la Contratación establecerá los controles que considere convenientes para el control de la ejecución de la contratación y una vez iniciada la contratación:
- Coordinará con el contratista, por medio de correos electrónicos, llamadas telefónicas, los aspectos relacionados con la entrega del objeto contractual, entre otros aspectos.
- Supervisará el contrato y tiene como obligación velar porque el contratista se ajuste al estricto cumplimiento de lo pactado.
- En caso de que el plazo de ejecución contractual inicie a partir de la emisión de una orden de inicio, la Comisión de Seguimiento de la contratación tendrá la responsabilidad de emitir dicha orden en el plazo máximo de un mes a partir del día siguiente a la notificación del contrato por SICOP y en caso de no hacerlo, se iniciará el debido proceso para la aplicación de las respectivas sanciones conforme el artículo 125 de LGCP 9986.
- Coordinará con el contratista las sesiones de trabajo que se requieran con las personas que se incluyeron como parte del equipo de trabajo, el IFAM no aceptará intermediarios, estas sesiones podrán realizarse de forma presencial o virtual, conforme lo que al respecto requiera la Comisión de Seguimiento del IFAM y el contratista. Lo anterior, en caso de que se hayan establecido sesiones de trabajo conforme los requerimientos técnicos.
3.3 Otras obligaciones y responsabilidades del contratista
El contratista tendrá la obligación de cumplir con todo lo establecido en el pliego de condiciones, así como con la normativa que regula la contratación pública, además, deberá cumplir con los siguientes aspectos:
- Tener su propio control interno de calidad y aportar los informes solicitados por la Comisión de Seguimiento de la Contratación, cada vez que sea requerido.
- Trabajar en estrecha coordinación con la Comisión de Seguimiento de la Contratación, durante la prestación del servicio y ofrecer a la Administración las facilidades necesarias para fiscalizar el contrato, así como una comunicación adecuada.
- El contratista debe contar con una vía de comunicación que siempre esté disponible. Por lo tanto, deberá nombrar una persona responsable de recibir los requerimientos de la Comisión de Seguimiento de la Contratación, por lo que, deberá facilitar al Administrador del Contrato el nombre, número de teléfono y dirección de correo electrónico de esa persona contacto.
- Proveer todos los materiales, equipos e instrumentos que se requieran para el cumplimiento de esta contratación, salvo los aportados por el IFAM, así como contar con los materiales, herramientas o instrumentos necesarios para la seguridad del personal cuando este sea requerido.
- Manifestar por escrito cualquier situación que afecte la entrega del objeto contractual, para que se realice la respectiva revisión o investigación con el fin de solucionar el problema que se haya generado de forma objetiva y neutral.
- Si durante la prestación del servicio contratado detecta posibles actos o hechos irregulares o ilegítimos que puedan conllevar responsabilidades, comunicarlos de manera oportuna y mediante un documento aparte, para el trámite que proceda; excepto cuando el jerarca institucional sea el eventual responsable de tales actos o hechos, en cuyo caso esa comunicación deberá cursarse a la instancia superior competente, conforme a la normativa específica que le sea aplicable.
- Está totalmente prohibido el fumado dentro de las instalaciones del IFAM o cuando actúen en nombre del IFAM para implementar el servicio requerido, así como la permanencia de personas bajo los efectos del alcohol u otras sustancias psicoactivas.
- Asegurarse que las personas integrantes del equipo de trabajo propuesto cumplan con todas las obligaciones y responsabilidades que se asignen en este pliego de condiciones, así como en la normativa aplicable al objeto contractual.
- El Contratista es el responsable de la seguridad y prevención de cualquier tipo de accidentes durante todo el proceso, además, deberá cumplir con todas las disposiciones legales y reglamentarias relativas a la seguridad de sus trabajadores en todas las etapas de la ejecución del contrato con el IFAM.
- Los trabajos solamente podrán ser realizados por el personal ofrecido dentro del equipo de trabajo desde la presentación de la oferta, el cual fue debidamente analizada su capacidad, conocimientos y experiencia para desarrollar los trabajos requeridos, no podrá el contratista utilizar una persona diferente sin realizar la respectiva sustitución del personal, el cual deberá ser debidamente autorizada por la Comisión de Seguimiento de la Contratación.
- Tomar las medidas de seguridad necesarias para evitar daños materiales y físicos a los trabajadores que aporte en el equipo de trabajo, así como a las personas que se encuentre en la institución, sean personas funcionarias o visitantes, por lo tanto, deberá señalizar y aislar las áreas de trabajo donde se brinde el servicio para evitar cualquier lesión alguna persona o edificación.
- Los equipos, maquinaria, escaleras y herramientas utilizadas deben encontrarse en perfecto estado, por lo que no se permitirán cables expuestos o que puedan generar un accidente, es decir, que reúnan todas las normas de seguridad y sean utilizados por el personal capacitado para tal fin, además, los equipos deberán contar con su respectiva protección durante todo el plazo de ejecución
- El equipo de trabajo deberá contar y utilizar el equipo de seguridad necesario para la prevención de accidentes, en cantidad y tipo según la naturaleza y riesgos del trabajo por realizar durante todo el plazo de ejecución del contrato. En caso de construcciones, reparaciones, instalación de equipos y otros relacionados, utilizar el equipo de seguridad básico, de calidad y en buenas condiciones, entre estos: anteojos de seguridad, calzado de seguridad con puntera reforzada, casco de seguridad, guantes de seguridad.
- En caso de trabajos en alturas el personal deberá contar con la protección adecuada y el equipo necesario en buenas condiciones (andamios, escaleras, cuerdas, etc.), lo cual podrá la Comisión de Seguimiento de la Contratación, inspeccionar para garantizar el buen funcionamiento y estado de este.
- En caso de realizar trabajos en caliente: cualquier actividad a ejecutar en las instalaciones del IFAM en donde se presenten trabajos en caliente como corte o soldadura o y otros trabajos que pueden generar chispas llama, calor o cualquier otra fuente de ignición y que pueden provocar incendios, el contratista debe tomar las medidas de seguridad necesaria para prevenir la ocurrencia de algún conato de incendio en las instalaciones, con el fin de comprobar el cumplimiento de las normas básicas, credenciales y medidas que implementará el contratista, todo lo cual deberá ser coordinado de precio con la Comisión de Seguimiento de la contratación, asimismo, deberá el Contratista retirar del IFAM todo material que pueda generar un accidente antes, durante o después de realizar el trabajo, lo anterior, siempre y cuando no exista la posibilidad de que este tipo de trabajo sea realizado fuera de las instalaciones del IFAM.
- El incumplimiento de las normas de seguridad facultará a los funcionarios del IFAM a suspender de forma parcial o total las actividades, todo bajo la absoluta responsabilidad del Contratista
3.4 Otras obligaciones de los integrantes del equipo de trabajo
Las personas integrantes del equipo de trabajo tendrán la obligación de cumplir con todo lo establecido en el pliego de condiciones, así como con la normativa que regula la contratación pública, además, tienen la obligación y responsabilidad de cumplir con los siguientes aspectos:
- Todos los aspectos que se incluyen en estas condiciones, en el entendido que esta referencia normativa no es taxativa y en todo caso es obligación y responsabilidad de la persona actuar siempre en concordancia con el buen ejercicio profesional y ético, con fiel apego a las regulaciones del Colegio Profesional, en caso de que aplique, cuando por Ley deban estar incorporados para el ejercicio de la profesión y ejecutar solamente los servicios que se les contrate en las áreas de su competencia.
- Actuar en nombre del IFAM cuando el contratista que lo incluyó en el equipo de trabajo disponga de un contrato formalizado con el IFAM y haya realizado una coordinación previa con las personas integrantes de la Comisión de Seguimiento de la contratación, de manera que cuente con atribuciones y autorizaciones para tal efecto.
- Serán totalmente responsables ante el IFAM por cualquier daño o perjuicio que ocasionen.
- Mantener una comunicación constante y abierta con la Administración durante la ejecución del trabajo contratado, principalmente con respecto a los resultados que se vayan obteniendo conforme se avance.
- Conservar la documentación de los servicios durante el plazo que establezca la normativa aplicable, u otro que resulte procedente en virtud de los términos de prescripción que correspondan ante eventuales contingencias judiciales.
- Deberá exhibir una adecuada presentación personal y aseo, así como ofrecer un alto nivel de servicio y respecto, asimismo, queda prohibido realizar las bromas y juegos en las áreas de trabajo que puedan afectar la integridad física o emocional de la persona.
3.5 Sustitución de personal ofrecido por el contratista
En caso de que el contratista requiera reemplazar algún recurso humano, deberá comunicarlo al IFAM como mínimo de ocho (08) días hábiles de anticipación por medio de una solicitud de información desde la etapa de ejecución contractual en el SICOP, en la cual deberá presentar, para su respectivo análisis, junto con la solicitud de sustitución la debida justificación que expliquen el cambio requerido, los datos de la persona a sustituir y los de la personal que la reemplazará y los atestados del nuevo recurso humano de acuerdo con el perfil del rol que ocupará.
Además, deberá presentar la declaración jurada del anexo 1-1 en caso de que la nueva persona que integrará el equipo de trabajo se encuentre incluida en la planilla del contratista y en caso de haberse indicado desde la oferta que la persona sustituida era subcontratada deberá indicar expresamente si la sustituta tendrá esa misma condición.
La Comisión de Seguimiento de IFAM contará con tres (03) días hábiles siguientes al recibo de la solicitud en SICOP, para realizar el análisis técnico de los atestados de la nueva persona que integrará el equipo de trabajo y determinar si cumple técnicamente con todos los requisitos establecidos en el pliego de condiciones para el rol que ocupará, en caso de faltar algún documento lo hará de conocimiento del contratista en respuesta a la solicitud realizada, lo cual suspenderá el plazo de análisis hasta que el contratista remita la información faltante, una vez completada la información, la CSC emitirá el respectivo documento en el cual se evidencie el análisis realizado y si se autoriza el nuevo recurso para formar parte del equipo, lo anterior deberá ser comunicado por medio de SICOP, en respuesta a la solicitud realizada.
Los retrasos en alguna de las etapas de la ejecución contractual o en el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones del contratista, producto de la sustitución de personal, serán consideradas injustificadas a los efectos de aplicación de las multas previstas.
A petición del IFAM se podrá solicitar la sustitución de alguna de las personas que integren el equipo de trabajo, dicho requerimiento se realizará por medio de una solicitud de información desde la etapa de ejecución contractual en el SICOP, debiendo justificar ampliamente la razón por la cual requiere la sustitución y el contratista contará con un plazo de ocho (08) días hábiles a partir del día hábil siguiente a la recepción de la solicitud para presentar los atestados del nuevo recurso humano, el cual deberá cumplir con todos los requisitos establecidos para el perfil que se requiere sustituir. La CSC contará con tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de los atestados del nuevo recurso para realizar el análisis y autorización respectivo, siguiendo el mismo procedimiento descrito anteriormente para el análisis.
4. SOBRE LA ENTREGA
4.1 Plazo de entrega
- El plazo de ejecución rige a partir del 23 de noviembre del 2026, previa notificación del contrato por medio de SICOP.
- El mantenimiento preventivo se realizará en los primeros 5 días hábiles de cada mes y se coordinará la fecha de acuerdo con una planificación acordada previamente.
4.2 Horario de entrega
El objeto contractual deberá ser entregado en días hábiles en horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., dicho horario podrá ser ajustado de mutuo acuerdo previa coordinación con la Comisión de Seguimiento de la contratación.
4.3 Lugar de entrega
El objeto contractual deberá ser entregado en las oficinas de IFAM ubicadas en Moravia, 200 metros al oeste, 100 metros sur y 200 metros oeste del Colegio Lincoln, previa coordinación con la Comisión de Seguimiento de la contratación.
4.4 Vigencia del contrato
El periodo de servicio será por un año a partir de la notificación del contrato, por medio del SICOP, conforme la fecha de inicio de ejecución indicada en el punto 4.1, con posibilidad de prórroga por tres años adicionales hasta un máximo de 4 años de contratación y será discrecionalidad de la Administración realizar la prórroga del contrato, por lo que en cada año de prórroga se analizará el cumplimiento del contratista, disponibilidad del contratista, disponibilidad presupuestaria y cualquier otro factor que se considere necesario para realizar la gestión, así como la actualización de la documentación que se requiera comprobar su vigencia.
4.5 Recepción provisional y definitiva
Una vez recibido el objeto contractual, el contratista deberá solicitar la recepción por medio de SICOP, para lo cual deberá adjuntar todos los documentos que correspondan para que, la persona Administradora del Contrato junto con las demás personas de la Comisión de Seguimiento de la Contratación hagan constar que el objeto contractual fue recibido a satisfacción, cumpliendo con los plazos establecidos para la revisión y correcciones requeridas y pueda comunicarse el acta provisional.
La recepción definitiva será realizada por la persona titular de la Unidad de Servicios Generales o en su ausencia por la persona titular del Departamento Administrativo, lo cual permitirá continuar con la gestión de pago.
5. SOBRE EL PRECIO
5.1 Detalle del precio
- En la oferta económica del SICOP, el oferente, deberá indicar el precio por objecto contractual requerido, el cual deberá coincidir con el monto total indicado tanto en el módulo de SICOP como en los documentos adjuntos a la oferta, en caso de diferencia solamente se considerará lo indicado en la oferta (formulario) de SICOP.
- Los oferentes deberán presentar sus ofertas económicas en la moneda nacional, es decir, EN COLONES, de acuerdo con la circular MH-DCoP-CIR-0072-2024 emitida por la Dirección de Contratación Pública como órgano ejecutor de la Autoridad de Contratación Pública, ente rector en esa materia comunicó la Directriz No.44-H denominada "Directriz de uso de la moneda nacional en las contrataciones públicas, dirigida al Sector Público" emitida por la Presidencia de la Ejecutiva y el Ministerio de Hacienda, conforme las condiciones del mercado.
- El monto cotizado debe incluir todos los gastos previstos por el oferente para realizar el objeto contractual, en ningún caso el IFAM reconocerá: tiempo en ruta, ni viáticos, ni kilometraje, tampoco pagará ningún costo adicional al precio indicado en la oferta, costos adicionales por la prestación de esos servicios necesariamente deben ser contemplados en la oferta original.
- El oferente deberá incluir en su oferta económica los impuestos que afectan el objeto de la contratación, o bien indicar claramente si alguno de ellos se encuentra exento de impuestos, realizando la debida justificación. Caso contrario se aplicará lo dispuesto por el artículo 98 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, presumiéndose en consecuencia que el monto total cotizado los incluye. El IFAM NO está exento del pago de impuestos o timbres.
- En el pliego de condiciones en SICOP, se indica para cada línea el costo estimado unitario del objeto de la contratación incluyendo todo tipo de impuestos, por ende, ese monto corresponde a la disponibilidad presupuestaria, conforme la cantidad requerida.
5.2 Estructura del precio
5.2.1 El oferente deberá presentar la estructura del precio para cada línea ofertada, la cual deberá estar compuesta por los valores absolutos y porcentuales para cada uno de los componentes, según lo establecido en artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública y artículo 102 del Reglamento a esa Ley, indicando como mínimo lo siguiente:
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Componente |
Valor absoluto |
Valor relativo (Porcentaje) |
Índice de precios |
Emisor |
Fuente (URL) |
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Costos directos |
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Insumos |
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Mano de obra |
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Subcontrataciones |
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Costos indirectos |
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Insumos |
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Mano de obra |
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Utilidad |
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Utilidad |
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Imprevistos |
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Imprevistos |
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Total |
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100% |
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Impuestos |
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IVA |
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13% |
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Total |
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5.2.2 El impuesto al valor agregado no forma del costo total del precio, es decir, no forma parte del desglose porcentual del precio, sin embargo, se incluye como referencia.
5.2.3 Los imprevistos deben considerarse para cubrir situaciones imprevistas que puedan surgir durante la ejecución contractual o cualquier eventualidad que recaiga bajo responsabilidad del oferente, ya que su finalidad es atender contingencias durante la ejecución contractual. Cada oferente define el nivel de riesgo que pretende cubrir al cotizar este rubro, lo que puede afectar la competitividad de su precio. Su propósito es evitar que el contratista consuma otros rubros del precio y ponga en riesgo la ejecución. Es obligatorio incluir los imprevistos explícitamente para garantizar la igualdad entre oferentes y la transparencia en la inversión de recursos públicos.
5.2.4 De conformidad con lo estipulado en el artículo 8 del Decreto Ejecutivo No.44937-HMICITT-MIDEPLAN denominado “Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios”, y en el artículo 43 de la Ley General de Contratación Pública y los artículos 107, 108 y 109 del Reglamento a esa Ley, el oferente deberá aportar la información de todos los índices de precios oficiales asociados a los costos directos e indirectos de la estructura de precio, los cuales deberán estar estrechamente vinculados con la variación de los costos que desea medir.
5.2.5 En caso de ausencia de índices de precios, deben de aplicar lo indicado en el artículo 14 Decreto Ejecutivo No.44937-H-MICITT-MIDEPLAN denominado “Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios”, en el cual establece que el oferente deberá indicarlo claramente en la oferta. En los casos en que no exista un índice de precios del costo directo, debido a que dicho costo fue ofertado en una moneda distinta a la unidad monetaria legalmente establecida en el país de origen del citado costo, ello por motivos de exigencias del proveedor del insumo o servicio, el oferente deberá aportar en la oferta, la prueba pertinente y suficiente que acredite tal exigencia. Cuando no exista un índice de precios oficial, específico o uno similar, que represente las variaciones de un determinado costo indirecto, el oferente deberá advertirlo así en su oferta y podrá proponer como índice general el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del país de origen del costo. Excepcionalmente, en el caso de que tampoco existan índices se podrá aplicar el método analítico-documental.
5.2.6 De conformidad con el “Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios”, los costos directos son aquellos en los que incurre el contratista para materializar el objeto contractual, entre ellos:
- Costos directos de los insumos: son los costos necesarios para materializar el objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de materiales, materias primas, así como equipos, maquinaria, herramientas y las depreciaciones y seguros de éstos, pago de servicios públicos, entre otros.
- Costos directos de mano de obra: son los costos necesarios para materializar el objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones, así como los costos de las cargas sociales, prestaciones legales y obligaciones laborales correspondientes.
- Costos directos por subcontrataciones: son los costos en los que incurre el contratista por concepto de subcontrataciones con terceros, para la realización de labores o trabajos especializados requeridos para materializar el objeto contractual, de conformidad con lo regulado en el artículo 49 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 133 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
5.2.7 De conformidad con el “Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios”, los costos indirectos son aquellos generales en que incurre el contratista para la administración del objeto contractual, en sus oficinas matrices y/o en el sitio de la ejecución del contrato, no atribuibles a una actividad contractual en particular, pero necesarios para la ejecución del contrato, son:
- Costos indirectos de los insumos: son los costos requeridos para la administración del objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de materiales, equipos, herramientas, depreciaciones y seguros de edificios, vehículos y equipo de oficina, costos financieros, pago de servicios públicos, entre otros.
- Costos indirectos de mano de obra: son los costos requeridos para la administración del objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones de su personal directivo, técnico, de soporte y administrativo, entre otros, así como los costos de las cargas sociales, prestaciones legales y obligaciones laborales correspondientes.
5.3 Presupuesto detallado
5.3.1 El presupuesto detallado deberá ser solamente presentado únicamente por proveedor que resulte adjudicatario del proceso de contratación, no debe incluirse ningún presupuesto en la oferta.
5.3.2 Cuando el objeto contractual se trate de un servicio u obra, dentro del plazo de ocho días hábiles siguientes a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato, deberá presentar el presupuesto detallado.
5.3.3 El presupuesto deberá ser presentado en colones puntualizando todos los elementos que componen cada uno de los rubros ya indicados en el desglose de la estructura del precio relacionado al índice de precios para cada componente; es decir, corresponde a información más amplia que la indicada en la estructura de precios, pues el presupuesto es la memoria de cálculo que sustenta el precio cotizado e implica evidenciar cómo se encuentran conformados los rubros.
5.3.4 En aplicación de la directriz No.044-H denominada “Directriz de uso de la moneda nacional en las contrataciones públicas”, en caso de que, el adjudicatario haya ofertado y presentado la estructura del precio en monera extranjera, los valores absolutos serán ajustados en colones al tipo de cambio del día de la apertura.
5.3.5 El presupuesto detallado deberá contemplar mínimo lo siguiente:
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Componente |
Valor absoluto |
Valor relativo (Porcentaje) |
Índice de reajuste |
Emisor |
Fuente (URL) |
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Costos directos |
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Insumos |
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Materiales |
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Mano de obra |
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Salarios |
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Cargas sociales |
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Subcontrataciones |
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Costos indirectos |
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Insumos |
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Materiales |
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Mano de obra |
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Salarios |
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Cargas sociales |
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Utilidad |
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Utilidad |
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Imprevistos |
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Imprevistos |
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Total |
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100% |
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Impuestos ** |
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IVA |
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13% |
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Total |
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5.3.6 El porcentaje correspondiente al IVA no forma parte del desglose porcentual del precio, sin embargo, se debe incluir como referencia.
5.3.7 Es de carácter obligatorio que la suma de las cargas sociales represente el porcentaje de aporte mínimo vigente y establecido por la Caja Costarricense de Seguro Social, mismo que deberá calcularse sobre el monto que sumen los salarios.
5.4 Razonabilidad del precio
La razonabilidad del precio cotizado por las ofertas que hayan cumplido con la admisibilidad se realizará con base en lo dispuesto en el artículo 44 y 106 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, por lo tanto, las bandas de tolerancia definidas por la Administración se detallan en los siguientes rangos:
- Banda de tolerancia menor: corresponde a un 30% menos del precio promedio de referencia del Catálogo del Banco de Precios o del estudio de mercado, según corresponda.
- Banda de tolerancia mayor: corresponde a un 15% del precio promedio de referencia del Catálogo del Banco de Precios o del estudio de mercado, según corresponda, ajustándose a la disponibilidad presupuestaria.
5.5 Reajuste y revisiones de precios de servicios
Las revisiones y reajustes de precio son el mecanismo existente que se utiliza para garantizar el equilibrio económico del contrato, para que no se genere un desequilibrio económico del precio originalmente pactado, de acuerdo con el artículo 43 de la Ley 9986, Ley General de Contratación Pública, y los artículos 107, 108 y 109 del Reglamento a esa Ley.
La definición de los criterios técnicos relacionados con las fórmulas matemáticas, componentes de cálculo, procedimientos, requisitos de información y demás parámetros indispensables para cuantificar el aumento o disminución de los precios, según se demuestre la variación de los costos directos e indirectos, se aplicará lo dispuesto en el “Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios”, vigente.
El reajuste de precios será calculado por período vencido pues revela la variación ocurrida, todo ajuste de precios será retroactivo y nunca prospectivo, pues no se realizará proyección alguna acerca de la evolución que podrían tener los componentes de la fórmula de ajuste de precios establecida.
La simple variación de los factores que conforman el precio no supone que el ajuste se deba aplicar de forma automática, ya que está sujeto a que el contratista demuestre que existe un incremento o disminución en los costos y que efectivamente le afectó o le afecta para cumplir con el objeto contractual.
De acuerdo con el artículo 107 del RLGCP, bajo ningún supuesto, serán objeto de reajuste ni revisión la utilidad, imprevistos e impuestos, siendo que estos últimos no forman parte de la estructura del precio; tampoco aplica del reajuste o la revisión de precios regulado, debido a la ausencia de información cuando la oferta haya sido presentada en una moneda distinta a la nacional, sin embargo, se podrá interponer el reclamo administrativo cuando se demuestre variaciones sobrevinientes en los costos directos e indirectos, siempre y cuando no sean atribuibles al diferencial cambiario.
El contratista deberá solicitar el reajuste de precios por medio de la plataforma de SICOP, una vez formalizada en SICOP y deberá incluir en la solicitud el desarrollo la fórmula matemática para el cálculo, adjuntando, además, el estudio técnico que respalde que sus costos han sufrido aumento durante el período de ajuste solicitado con base en los índices señalados en la oferta.
De conformidad con el artículo 78 de la Ley General de la Contratación Pública y el artículo 214 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, cuando el servicio requerido este remunerado por medio de tarifas por aranceles obligatorios, no aplicará lo dispuesto en el “Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios”.
5.6 Reajuste y revisiones de precios bienes
El reajuste o revisión de precio es un mecanismo existente que se utiliza para garantizar el equilibrio económico del contrato que resulta del comportamiento normal del mercado local, para que no se genere un desequilibrio económico del precio originalmente pactado, sin embargo, la simple variación de los factores que conforman el precio no supone que el ajuste se deba aplicar de forma automática, ya que está sujeto a que el contratista demuestre que existe un incremento en los costos y que efectivamente le afectó o le afecta para cumplir con el objeto contractual. En el caso de que los bienes contratados sufran un incremento o disminución imposible de prever en el momento de la presentación de la oferta, el contratista en la solicitud de reajuste que deberá tramitar por medio de la plataforma de SICOP, debe presentar la documentación que demuestre los cambios y el análisis de la razonabilidad de este mediante el aporte de un estudio técnico. En caso de que el contratista no pueda comprobar lo anterior, el reajuste será denegado y se continuará con el precio cotizado originalmente, siempre y cuando se cumpla con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley General de Contratación Pública y los artículos 102, 107, 108 y 109 de su Reglamento.
5.7 Forma de pago
El IFAM realizará pagos mensuales una vez recibido el mantenimiento correspondiente.
La cancelación de la factura se realizará una vez que el Contratista haya solicitado la gestión de pago en SICOP, misma que podrá solicitar solamente cuando conste en el expediente electrónico el acta de recepción definitiva, trámite que deberá realizar dentro del plazo de treinta días naturales a partir de la presentación de la factura en SICOP.
El IFAM solamente admitirá facturación electrónica que esté debidamente autorizada por el Ministerio de Hacienda, la factura podrá remitirse a la dirección electrónica contrataciones@ifam.go.cr, se aclara que el envío de la factura al correo electrónico no genera ninguna responsabilidad para el IFAM, por lo que el plazo con el que se cuenta para tramitar la factura iniciará una vez que se haya solicitado la gestión de recepción y pago por medio de SICOP, en la cual se incluya la factura vigente, no se realizará el trámite respectivo si no se incluye factura en SICOP.
El IFAM retendrá el 2% de cada pago para efectos del Impuesto sobre la Renta del contratista, de conformidad con la Ley del Impuesto sobre la Renta, Nº7092 de 21 de abril de 1988.
6. SOBRE INCUMPLIMIENTOS DEL CONTRATISTA
6.1 Cláusula penal
La cláusula penal procederá por ejecución tardía de las obligaciones contractuales, por lo tanto, en caso de incumplimiento de las fechas de ejecución del objeto contractual se impondrá una sanción que será el costo de cada día de atraso, calculado de acuerdo con el monto cotizado por producto, dividido entre el número de días en que se debía entregar, el resultado será el monto que se cobre por cada día de atraso por cada producto hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe total del contrato, momento en el cual el IFAM podrá analizar la resolución contractual.
Para los efectos de este apartado, únicamente se considerará atraso justificado lo siguiente: circunstancias no imputables al Contratista originadas por caso fortuito, fuerza mayor o hechos imputables al IFAM debidamente demostrados por escrito ante la Comisión de Seguimiento de la Contratación. Lo anterior deberá realizarse dentro del impostergable plazo de un (01) día posterior a la fecha en que debió hacerse efectiva la entrega, de acuerdo con los términos ofertados.
La aplicación de la sanción se realizará de conformidad con el debido proceso, tal cual se establece en el punto denominado “Aplicación de sanciones”.
6.2 Multas
Las multas constituyen una sanción pecuniaria que tiene como finalidad resarcir a la Institución de eventuales incumplimientos del contratista durante la ejecución del objeto contractual; las mismas se imponen por ejecución defectuosa de este, por lo que, el IFAM se reserva la posibilidad de cobrar multas por un eventual incumplimiento para el servicio que se brinde o para el interés público y la posibilidad de incumplimientos parciales o por líneas, por lo tanto, se considerará como incumplimiento lo siguiente:
- En caso de que, el IFAM deba recurrir a utilizar los servicios de otro oferente por incumplimiento del Contratista, se procederá a realizar el cobro por los gastos que se incurra de más al solicitar el servicio a otro proveedor.
- En caso de que, el IFAM compruebe que el contratista realizó algún daño al edificio, mobiliario, vehículos o equipo propios de la Institución durante la ejecución del objeto contractual, el costo de la reparación o compra para sustitución, según corresponda, será asumido en su totalidad por el contratista, en el caso de mobiliario o equipo deberá contar con las mismas características y ser de la misma o mejor calidad.
- Entrega de productos incompletos o que no cumplan con los requerimientos mínimos establecidos. Se aplicará como multa el costo por cada producto entregado en forma incompleta o que no cumpla con los requerimientos mínimos, dividido entre los días de entrega establecidos para ese producto, multiplicado por los días en que se tarde en entregar correctamente los productos.
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Multa = |
(Costo de cada producto) |
* |
días que se tarde en entregar los productos correctamente. |
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(días de entrega total de la línea) |
d. Que no se realicen las correcciones solicitadas, en el tiempo requerido para hacerlas, por lo que, cumplido el plazo establecido en el pliego de condiciones, o en la orden de pedido, para que el contratista realice las correcciones solicitadas por la Comisión de Seguimiento de la Contratación, se podrá cobrar al contratista una multa por día de atraso calculado al dividir el costo del producto, según el desglose de precios del contratista en la cotización, entre el número de días en que debía entregar el producto, el resultado se multiplicará por los días en que tarde en realizar las correcciones requeridas.
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Multa = |
(Costo de cada producto) |
* |
días que se tarde en realizar as correcciones. |
|
(días de entrega del producto) |
e. Que el personal que conforma el equipo no sea el que realice el trabajo. Se rebajará el costo por día de la persona que no conforma el equipo de trabajo por los días trabajados. El costo se determinará de acuerdo con lo indicado en este rubro en la oferta económica.
Las multas señaladas en cada uno de los incisos anteriores se deben a que dichos incumplimientos afectarían los servicios que provee el IFAM y los servicios que presta la institución al sector municipal, así como la imagen institucional, con cada uno de los montos estimados resarcirán a la Institución de las pérdidas que generarían.
Por lo tanto, en caso de que se determine que el contratista incumplió con alguno de los aspectos establecidos anteriormente, se impondrá una multa detallada de acuerdo con el incumplimiento, por producto hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe total del contrato, momento en el cual el IFAM podrá analizar la resolución contractual.
La aplicación de la sanción se realizará de conformidad con el debido proceso, tal cual se establece en el punto denominado “Aplicación de sanciones”.
6.3 Aplicación de sanciones
Para efecto de ejecutar la cláusula penal o multa, el rebajo se aplicará directamente a las facturas tramitadas para el pago, siguiendo el debido proceso; en caso de no ser suficiente el monto de la factura para cubrir la suma a cobrar, se tomará de la garantía de cumplimiento o de las retenciones de pagos, en caso de que se haya previsto desde el pliego de condiciones.
En caso de que se ejecute parcialmente la garantía de cumplimiento el contratista tendrá tres (3) días hábiles para restablecer el monto de la garantía de acuerdo con los términos de la contratación, bajo la advertencia de que, de no hacerlo, el IFAM podrá tener por incumplido el contrato sin justa causa de su parte.
El control y trámite atinente a la aplicación de las multas estará a cargo de la Comisión de Seguimiento de la contratación, quien será la encargada de remitir el informe corresponde a la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones, para que se realice el respectivo proceso de cobro.
Contra la resolución de la aplicación de la multa, procederán los recursos de revocatoria y apelación, previstos en el artículo 47 de la Ley General de Contratación Pública y el 117 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
6.4 Otros daños y perjuicios
El IFAM se reserva la posibilidad de cobrar otros daños y perjuicios, por la vía administrativa o judicial, según corresponda, no derivados del atraso en la entrega de los servicios apartado “Sobre la cláusula penal” o los incumplimientos detallados en el apartado “Sobre las multas”, para ello se realizará el respectivo proceso de cobro, una vez demostrada en instancia administrativa la culpa del contratista.
El control y trámite atinente a la aplicación de otros daños y perjuicios estará a cargo de la Comisión de Seguimiento de la contratación, quien será la encargada de remitir el informe correspondiente a la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones, para que se realice el respectivo proceso sumario que a continuación se describe:
- Recibido el informe técnico de la comisión nombrada para el seguimiento de la contratación que indica que requiere el cobro de otros daños y perjuicios adicionales, la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones dará audiencia escrita al contratista por tres (3) días hábiles para que externe los alegatos de descargo que estime pertinentes con respecto al incumplimiento que se le atribuye.
- Vencido el plazo de la audiencia concedida al contratista, la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones otorgará audiencia por tres (3) días hábiles a la Comisión de Seguimiento de la Contratación para que se pronuncie sobre los alegatos del contratista, en caso de que los hubiera, manifestando si mantiene, revoca o varía su requerimiento.
- Vencido el plazo de la audiencia otorgada a la Comisión de Seguimiento de la Contratación, la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones resolverá, dentro de los siguientes diez (10) días hábiles siguientes determinará si es procedente el cobro de daños y perjuicios adicionales, gestionados la Comisión de Seguimiento de la Contratación, si rechaza el requerimiento o si lo modifica, decisión que notificará al contratista y al administrador del contrato. Queda a criterio de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones si antes somete a consideración de la Unidad Financiera o Asesoría Jurídica, ambas del IFAM, lo relacionado con el cobro.
- El cobro de daños y perjuicios adicionales, en los términos resueltos por la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones, será rebajado de la garantía de cumplimiento rendida por el contratista o de las retenciones de los pagos en caso de que en el proceso se haya previsto alguna retención en los pagos, en caso de que el monto de la garantía de cumplimiento o las retenciones no sea suficiente se procederá a ejecutar el procedimiento en vía judicial.
- Contra la resolución de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones que acuerde el cobro de daños y perjuicios adicionales, procederán los recursos ordinarios previstos en los artículos 342 y siguientes de Ley General de la Administración Pública, en los plazos allí previstos, sin efecto suspensivo, según se prevé en el artículo 148 de la Ley General de la Administración Pública.
7. REQUISITOS DEL OFERENTE
7.1 Tipo de oferta
El objeto contractual podrá ser dado por una persona física, jurídica o en consorcio.
- Personería jurídica: Conforme lo requerido en el apartado de aspectos generales debe presentar la certificación de personería jurídica VIGENTE que acredite que la persona que firma el formulario de la oferta en la plataforma de SICOP, tiene la capacidad legal para obligar a la empresa oferente a cumplir con las obligaciones establecidas en el pliego de condiciones, lo cual debe demostrar presentando la certificación VIGENTE emitida por el Registro Nacional, este documento tiene una vigencia de quince días naturales después de su emisión o una la certificación emitida por un notario público, cuya vigencia es de un mes después de su emisión y que cuente con el respectivo comprobante del pago de timbres, cualquiera de los dos documentos que se incluyan en la oferta debe estar vigente conforme el plazo de vencimiento que tiene cada uno. En caso de que se trate de un poder general, este debe estar debidamente registrado y presentar el documento que lo demuestre tal cual se indicó anteriormente. En caso de que la persona que firme el documento no cuente con un poder registrado deberá presentar el poder especial que haga referencia al proceso que nos ocupa y debe estar firmado por la persona con la capacidad legal para ello, adjuntando la certificación de personería vigente que lo demuestre. Debe tenerse claro que, con base en lo que establece la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, debe tenerse claro que el formulario que completa cada oferente en SICOP, es la oferta formal, es decir, que los documentos no son la oferta solamente son complementos a esta, por lo tanto, quien firme la oferta en SICOP, es la persona que debe tener la capacidad legal para ello con base en las potestades que establece en la conformación de cada empresa.
- En el caso de ofertas en consorcio deberá considerarse lo siguiente:
En el acuerdo consorcial debe indicarse claramente cuál de los consorciados aporta la experiencia requerida. No se sumarán experiencias entre los consorciados.
En el acuerdo consorcial debe indicarse claramente cuál de los consorciados aporta el equipo de trabajo requerido, es decir, que no se permitirá la distribución del personal requerido entre los consorciados.
c. En el caso de ofertas de personas jurídicas deberá considerarse lo siguiente: Las personas que integran el equipo de trabajo deberán estar inscritas en su planilla de la persona jurídica, o bien, como profesionales independientes ante la CCSS, en cuyo caso deberá considerarse como una subcontratación, para lo cual deberá cumplirse con lo establecido en el artículo 133 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, asimismo, por tratarse de subcontrataciones el monto que representa el pago de esos profesionales en la estructura del precio no deberá superar el 50% del monto ofertado y deberá aportar, junto con la oferta, el borrador del contrato que regulará la prestación del servicio de él y la persona que integrará el equipo de trabajo.
d. En el caso de ofertas de personas físicas deberá considerarse lo siguiente: Siendo que se está solicitando un equipo de trabajo en este caso la persona oferente deberá aparecer como patrono ante la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y las personas que integran el equipo de trabajo deberán estar inscritas en su planilla o bien, como profesionales independientes ante la CCSS, en cuyo caso deberá considerarse como una subcontratación, para lo cual deberá cumplirse con lo establecido en el artículo 133 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, asimismo, por tratarse de subcontrataciones el monto que representa el pago de esos profesionales en la estructura del precio no deberá superar el 50% del monto ofertado y deberá aportar, junto con la oferta, el borrador del contrato que regulará la prestación del servicio de él y la persona que integrará el equipo de trabajo.
7.2 Experiencia
Presentar una declaración jurada firmada digitalmente que el oferente demuestre que cuenta con la siguiente:
- El oferente deberá demostrar la experiencia recibida a satisfacción (experiencia positiva) de al menos 5 años, a partir del 2020 en el mantenimiento de elevadores y que en cada año haber tenido al menos 6 contratos de mantenimiento que incluyan al menos 3 elevadores. Puede incluirse contratos que tengan más de un año de duración y se cuenta como un contrato en cada uno de los años.
- La experiencia deberá demostrarse en el formato de declaración jurada incluido anexo No.2-2.
7.3 Certificación
Certificación vigente emitida por el fabricante Schindler o por su representante regional autorizado, donde se indique expresamente que el oferente es distribuidor y/o proveedor de servicio autorizado en Costa Rica.
7.4 Centro de llamadas:
El oferente debe de contar con un centro de llamadas 24/7 para el reporte de emergencias y averías.
7.5 Subcontratación
En caso de subcontratación se regirá por los términos del artículo 133 del RLGCP, el oferente no podrá subcontratar más del 50% del monto total ofertado, lo cual no relevará al oferente de su responsabilidad, las ofertas que superen el 50% de subcontratación serán descalificadas.
En caso de que dentro del equipo de trabajo se incluyan personas como trabajadoras independientes o sea que no están en la planilla del oferente, se considerarán como subcontratadas, a no ser que se trate de una oferta en consorcio con esas personas.
Para lo cual, el oferente deberá presentar:
- El listado de subcontratados, incluyendo su porcentaje de participación en el costo total de la oferta. El detalle debe ser presentado de conformidad con el anexo No.2-1.
- En caso de que los subcontratados sean personas jurídicas deberá presentarse: i. Certificación de los titulares del capital social. ii. Personaría jurídica.
- Todos los subcontratados deben estar incorporados en el Registro de Proveedores de SICOP antes de la fecha de apertura de las ofertas, ya sea personas físicas o jurídicas.
- Todos los subcontratados deben incluir la declaración jurada requerida en el artículo 28 y 29 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 32 del Reglamento a esa Ley.
- De cada subcontratado se verificará que cumplan con todos los requisitos relacionados con la C.C.S.S., Ministerio de Hacienda, FODESAF e impuesto personas jurídicas del Registro Nacional, este último en caso de ser personas jurídicas.
Se aclara que, en caso de requerir experiencia del oferente se valorará la de este y no la experiencia de la persona física o jurídica que subcontrate. En caso de que se solicite la conformación de un equipo de trabajo la experiencia de las personas que lo integren será valorada en forma independiente.
7.6 Equipo de trabajo
7.6.1 Detalle de personas requeridas para que integren el equipo de trabajo:
En la oferta deberá quedar claramente definido cuál integrante del equipo de trabajo cumple con los requisitos establecidos para cada perfil solicitado:
|
Perfil |
Cantidad de personas |
Rol que desempeñará |
Grado académico |
Experiencia |
|
1 |
Al menos dos técnicos |
Técnico mantenimiento |
Grado académico mínimo en técnico en el área mecánica, electromecánica, mantenimiento industrial, eléctrica o electrónica |
Experiencia mínima recibida a satisfacción (experiencia positiva) de al menos tres años en mantenimiento de elevadores, contada a partir del 2022 y al menos dos años en elevadores de la marca Schindler. |
7.6.2 Aspectos que deben considerarse sobre la experiencia requerida para cada persona integrante del equipo de trabajo:
- La declaración jurada de experiencia deberá completarse en el formato del anexo 2-3, la cual debe ser firmada por la persona ofrecida en el equipo de trabajo, preferiblemente deberán estar firmadas con firma digital. No deben ser firmadas por el oferente.
- Cada persona ofrecida en el equipo de trabajo debe cumplir con el 100% de los requisitos indicados.
- No se sumarán experiencias de las personas profesionales ofrecidas en el equipo de trabajo para completar la experiencia mínima requerida.
- Serán válidos solo proyectos ejecutados por cada persona previos a fecha de apertura, que hayan sido concluidos y recibidos a satisfacción (experiencia positiva) por el respectivo cliente, de manera que se compruebe la experiencia solicitada en cada uno de ellos. Este punto aplica para la experiencia requerida para el oferente.
- No es indispensable que la persona propuesta por parte del oferente haya adquirido la experiencia con el oferente, puede haberse obtenido tanto como persona física en trabajos independientes como con otro patrono.
- En caso de que la persona propuesta haya brindado servicios en forma simultánea a distintas instituciones o empresas en un mismo periodo, no se considerará como años independientes, solo en caso de que la experiencia sea requerida por número de años.
- La experiencia se considerará a partir de la incorporación al Colegio Profesional, cuando para ejercer la profesión por Ley se requiera estar incorporado.
7.6.3 Comprobantes del equipo de trabajo:
El oferente deberá presentar, para cada uno de los integrantes del equipo de trabajo, lo siguientes comprobantes:
- El currículum vitae actualizado.
- Copia simple de los títulos que acredita a cada integrante con el grado académico mínimo y certificaciones requeridas en cada perfil relacionado con los requisitos del equipo de trabajo. En caso de títulos emitidos en el extranjero deberá presentar la respectiva autentificación, apostilla válida o bien, el documento de equiparación del título emitido por una universidad costarricense.
- Declaración jurada en el formato del anexo de cada persona ofrecida dentro del equipo de trabajo, relacionado con la experiencia, atestados, prohibiciones, compromisos y otros.
7.7 Tabla de requisitos
La tabla denominada “Tabla del detalle - Equipo de trabajo y requisitos” debe presentarse debidamente completada y en formato Excel, consignando toda la información referente a los perfiles de las personas que integran el equipo de trabajo, cumplimiento de los requerimientos, identificación de los medios de verificación y demás datos solicitados en los apartados adjuntos al pliego de condiciones y que se adjuntan en formato Excel en el pliego de condiciones.
8.SISTEMA DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
La calificación se realiza sobre una base de cien puntos, lo cual implica que la máxima que puede obtener un oferente es cien puntos y será adjudicado el oferente que obtenga el mayor puntaje. Para los cálculos correspondientes, para el manejo de decimales, se utilizará el truncar en dos decimales sin efectuar redondeos. Se utilizará un sistema de evaluación ponderado de la siguiente manera:
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Concepto |
Puntos |
|
Oferta económica |
90 |
|
Condición pyme |
5 |
|
Criterio ambiental |
5 |
|
Total |
100 puntos |
De las ofertas que resulten elegibles, será adjudicataria la que haya obtenido el mayor puntaje.
La Administración se reserva el derecho de adjudicar parcialmente una línea o bien parte del objeto, cuando por las características del objeto contractual, así lo permitan y no afecte la funcionalidad de este, siempre y cuando se cuente con precios unitarios y exista una justificación técnica.
Por las características técnicas del objeto contractual no existe la posibilidad de adjudicación por línea, además, existe la posibilidad de adjudicación parcial, es decir, adjudicar una mayor o menor cantidad del objeto de la contratación.
8.1 Oferta económica
La oferta que cotiza el menor costo, se denomina oferta base y recibirá la cantidad máxima de puntos indicada. La asignación de puntos al resto de las ofertas se realizará en forma inversamente proporcional, utilizando la siguiente fórmula:
8.2 Condición pyme
El oferente deberá presentar la certificación vigente y a su nombre emitida por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), en la cual conste su condición pyme y que su actividad principal corresponda al objeto de esta contratación, dicha condición debe ser adquirida previo a la apertura de las ofertas. Lo anterior, se realiza con el fin de fomentar la participación de pymes, conforme lo establece el artículo 23 de la Ley General de Contratación Pública. En caso de ofertas en consorcio al menos uno de los consorcios deberá aportar la certificación, siempre que el consorciado sea quien realice el mayor aporte entre la distribución que se realicen, es decir, experiencia, ejecución contractual, equipo de trabajo, entre otros.
8.3 Criterio ambiental
El oferente deberá presentar una constancia vigente que lo acredite en los siguientes aspectos (puede ser en cualquiera de ellos):
- Carbono Neutralidad (emitida por una organización acreditada para certificar el carbono neutralidad de una organización, como INTECO o la EARTH)
- Bandera Azul (emitida por la Comisión Nacional)
- ISO 14001 (emitida por INTECO)
- Ecoeficiencia (emitida por el MINAE)
En caso de ofertas en consorcio al menos uno de los consorcios deberá aportar la certificación, siempre que el consorciado sea quien realice el mayor aporte entre la distribución que se realicen, es decir, experiencia, ejecución contractual, equipo de trabajo, entre otros.
9. CRITERIOS DE DESEMPATE
En caso de que dos o más ofertas cumplan con los requisitos de admisibilidad, administrativos, legales y técnicos exigidos en el pliego de condiciones y en la legislación vigente y dos o más de ellas hayan quedado empatadas con el mayor puntaje, se establece como mecanismo de desempate para la adjudicación de la oferta el siguiente:
- Se preferirán a la PYME de Producción Nacional de acuerdo con el Decreto Ejecutivo número 33305-MEIC-H, denominado “Reglamento Especial para la Promoción de las PYMES en la Compras de Bienes y Servicios de la Administración”, para lo cual deberá estar debidamente identificada en el SICOP como Pyme y en caso de que en el SICOP no se pueda corroborar esa condición, el oferente deberá presentar la respectiva certificación emitida por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) donde conste que su condición Pyme, que la misma cubre el servicio objeto de esta contratación y que fue adquirida previo a la apertura de las ofertas.
- En caso de que persista el empate se adjudicará la oferta que haya obtenido mayor puntaje en el apartado de “Oferta económica”.
- En caso de que persista el empate se adjudicará la oferta que haya obtenido puntaje en el apartado de “Criterios ambientales”.
- De mantenerse la igualdad, se considerará como factor de evaluación de desempate para la contratación, una puntuación adicional a las PYMES que han demostrado su condición a la Administración según lo dispuesto en este Reglamento, la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas y sus reformas, Ley N°8262 de 02 de mayo de 2002 y sus reglamentos, así como el artículo 34 de la Ley de Desarrollo, Promoción y Fomento de la Actividad Agropecuaria Orgánica, Ley N°8591 del 28 de junio de 2007 y sus reglamentos, y el DE-37911-MAG Sistema de Registro del Ministerio de Agricultura y Ganadería para certificar condición de pequeño y mediano productor agropecuario (PYMPA), del 19 de agosto de 2013, otorgando la puntuación adicional: i. PYME de industria 5 puntos; ii. PYME de servicio o agropecuaria 5 puntos, iii. PYME de comercio 2 puntos.
- De persistir el empate la Administración convocará por escrito con dos (2) días de antelación a la fecha en que se resolverá el desempate, a los representantes legales de los oferentes que se encuentren en situación de empate, para efectuar una rifa y así seleccionar el adjudicatario, la cual será efectuada en la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones del IFAM. Cada oferente tomará al azar un papel donde en uno de ellos se detallará la palabra “adjudicatario”, el resto estarán en blanco; el oferente que tenga el papel con la palabra antes indicada será el adjudicatario. La no asistencia de las partes no impedirá la realización de la rifa; además, de lo actuado se levantará un acta que se incorporará al expediente de contratación pública.
10. COMISION DE SEGUIMIENTO DE CONTRATACION (CSC)
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Funcionario |
Correo Electrónico |
Teléfono |
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Carolina Saborío Segura Unidad de Servicios Generales [Persona administradora del contrato] |
2507-1200 |
csaborio@ifam.go.cr |
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Laura Aguilar Brenes Unidad de Servicios Generales [Persona integrante de la CSC] |
2507-1202 |
laguilar@ifam.go.cr |
En caso de que el IFAM decida cambiar a los integrantes de la Comisión de Seguimiento de la contratación mencionada en este apartado, tal situación le será comunicada al contratista, por el Administrador del contrato, sin que sea necesario confeccionar un adendum para esos efectos.
11. ANEXOS
En los siguientes anexos se incluyen los formatos de declaraciones juradas y otra información solicitados para el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad y cuando corresponde para efectos de cumplir con lo requerido en el sistema de evaluación, cada formato debe ser incluido en la oferta con cada uno de los apartados debidamente ajustado a la información del oferente.
ANEXO No.1-1
Formato de declaración jurada de que equipo de trabajo ofrecido durante la ejecución contractual deberá estar dentro de la planilla de la empresa
Yo (indicar nombre del representante legal-representante del consorcio-persona física), cédula (indicar número de cédula del representante legal - representante del consorcio - o persona física oferente), representante legal de la empresa (indicar nombre de la empresa representante del consorcio – si es persona física oferente eliminar), cédula jurídica (indicar número de cédula jurídica - si es persona física oferente eliminar) declaro bajo juramento que en caso de resultar adjudicatario del procedimiento de licitación “Mantenimiento preventivo y correctivo de los elevadores del edificio del IFAM”, durante la ejecución contractual, el equipo de trabajo ofrecido estará dentro de la planilla del oferente, según el siguiente detalle:
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Nombre completo del integrante de trabajo |
Cédula de identidad |
Descripción del trabajo que realizará (conforme los perfiles requeridos) |
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Firma del representante legal del oferente o persona física
Nota: la lista de personas que integren el equipo de trabajo incluida en este anexo deberá se coincidente con la documentación que presenten para el cumplimiento de los requerimientos que se detallen en el apartado de especificaciones técnicas adjunto al pliego de condiciones de la contratación.
ANEXO No.2-1
FORMATO DETALLE DE PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS SUBCONTRATADAS
Yo (Indicar nombre del representante legal-representante del consorcio o persona física oferente), cédula (Indicar número de cédula del representante legal - representante del consorcio o persona física oferente), representante legal de la empresa (indicar nombre de la empresa o del consorcio - eliminar este espacio si es persona física), cédula jurídica (Indicar número de cédula jurídica - eliminar este espacio si es persona física), conforme el artículo 133 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, declaró bajo juramento que para el procedimiento de licitación “Mantenimiento preventivo y correctivo de los elevadores del edificio del IFAM”, realizaré la subcontratación de las siguientes personas:
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Nombre del subcontratado (personas físicas o jurídicas) |
Número de cédula del subcontratado |
Dirección del subcontratado |
Número de teléfono del subcontratado |
Correo electrónico del subcontratado |
Descripción del trabajo que realizará el subcontratado |
Porcentaje de subcontratación |
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Porcentaje total de subcontratación: |
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Firma del representante legal de la empresa oferente o el consorcio o la persona física oferente
Nota: Este anexo aplica solo en caso de que se incluyan personas jurídicas o físicas como subcontratadas, en el caso de las personas que integren el equipo de trabajo que NO estén dentro de la planilla de la empresa oferente se considerarán como subcontratadas y el porcentaje total de subcontratación NO podrá superar el 50% del monto total ofertado. El porcentaje de subcontratación debe ser coincidente con lo indicado en la estructura del precio.
ANEXO No.2-2
FORMATO DE DECLARACIÓN JURADA DE EXPERIENCIA Y OTRAS CONDICIONES
Yo (Indicar nombre del representante legal-representante del consorcio o persona física oferente), cédula (Indicar número de cédula del representante legal - representante del consorcio o persona física oferente), representante legal de la empresa (indicar nombre de la empresa o del consorcio - eliminar este espacio si es persona física), cédula jurídica (Indicar número de cédula jurídica - eliminar este espacio si es persona física), en relación con lo solicitado en el procedimiento de licitación “Mantenimiento preventivo y correctivo de los elevadores del edificio del IFAM”, declaro bajo fe juramento que lo siguiente:
- Que mi representada se cuenta con El oferente debe de contar con un centro de llamadas 24/7 para el reporte de emergencias y averías.
- Dirección electrónica: (indicar el correo del contacto)
- Número de teléfono atención de emergencias y averías: (indicar el número de teléfono)
- Que mi representada cuenta con la experiencia recibida a satisfacción (experiencia positiva) de al menos al menos 5 años, a partir del 2020 en el mantenimiento de elevadores y en que en cada año haber tenido al menos 6 contratos de mantenimiento que incluyan al menos 3 elevadores. Puede incluirse contratos que tengan más de un año de duración y se cuenta como un contrato en cada uno de los años, según lo requerido en el punto 7.2 del apartado de especificaciones técnicas incluido en el pliego de condiciones del proceso de contratación, es la siguiente:
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Nombre de la Institución a quien prestó o presta el servicio |
Dirección de la institución o empresa que contrató el servicio prestado |
Nombre del encargado de supervisar el servicio en la institución o empresa a quien prestó o presta el servicio. |
Número de teléfono o correo electrónico de la institución o empresa que contrató el servicio prestado. |
Descripción del trabajo realizado y cantidad de elevadores
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Periodo de la prestación del servicio (fecha inicial y fecha final). |
Indicar si el servicio fue recibido a satisfacción |
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Firma del representante legal de la empresa oferente o el consorcio o la persona física oferente
ANEXO No.2-3
FORMATO DE DECLARACIÓN JURADA DEL PERSONAL SOLICITADO
El suscrito [indicar nombre de la persona profesional ofrecida en el equipo de trabajo], mayor, [profesión u oficio], vecino de [domicilio exacto (provincia-cantón-distrito-ubicación)], portador de la cédula de identidad número [número], como integrante del equipo de trabajo ofrecido por el oferente [indicar nombre del oferente (persona física, jurídica o consorcio)], para el perfil de [indicar el rol para el que es ofrecido], requerido en el procedimiento de licitación “Mantenimiento preventivo y correctivo de los elevadores del edificio del IFAM”, bajo la fe de juramento declaro:
- Que (Indicar “soy empleado” en caso de estar en la planilla o indicar “he sido subcontratado” en caso NO estar en la planilla) por la persona ofertante, asimismo, que el currículo adjunto describe correctamente a mi persona, mis calificaciones y mi experiencia y que estoy disponible para asumir el trabajo de acuerdo con las disposiciones de ejecución y cronograma señalados en la oferta, en caso de que sea adjudicado el oferente.
- Que la experiencia con que cuento conforme lo requerido en el punto 7.6 del apartado de especificaciones técnicas incluido en el pliego de condiciones del proceso de contratación, siendo el rol para el que fue ofrecido de técnico en la solicitud ofertada, es la siguiente:
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Nombre de la Institución o empresa a quien prestó o presta el servicio |
Nombre del profesional que tuvo a cargo el proyecto |
Dirección de la institución o empresa que contrató el servicio prestado. |
Número de teléfono o correo electrónico de la institución o empresa que contrató el servicio prestado. |
Descripción del servicio |
Fecha de la prestación del servicio (fecha inicial y Fecha final) |
Indicar si el servicio se recibió de forma satisfactoria |
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- Que fui informado de haber sido incluido como parte del equipo de trabajo en la presente oferta y en caso de que la oferta resulte adjudicataria del procedimiento, participaré en la etapa de ejecución de este y tendré disponibilidad para ejecutar los trabajos requeridos en los plazos de ejecución solicitados, sin excepción, señalados en el apartado dos de especificaciones técnicas del pliego de condiciones.
- Que no me alcanza las prohibiciones, las limitaciones y los impedimentos previstos en la normativa de contratación administrativa y en la que rige mi profesión.
- Entiendo que cualquier falsedad o interpretación falsa aquí descrita podrá incurrir en las consecuencias penales por los delitos de perjurio y falso testimonio establecidos en la legislación penal costarricense e institucionales administrativas por el hecho de omitir información o indicar datos falsos.
Firma de la persona integrante del equipo de trabajo
_____ de ___________ de 2026
Tabla del detalle - Equipo de trabajo y requisitos
(Este anexo debe aportarse en el formato Excel a la oferta conforme archivo adjunto en el proceso de licitación)
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TABLA SOBRE DETALLE DE EQUIPO PROFESIONAL Y OTRAS CONDICIONES (Apartado de especificaciones técnicas) |
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A. EQUIPO DE TRABAJO OFRECIDO |
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Profesional ofrecido en el equipo de trabajo |
Cédula |
Puesto que desempeña en el equipo profesional |
Inscrito como profesional independiente ante la Caja Costarricense de Seguro Social o incorporado en la planilla. Conforme el punto 1.2 del apartado de condiciones generales |
PERFIL 1: Al menos dos técnicos en mantenimiento]. Punto a. del apartado de especificaciones técnicas (condiciones de admisibilidad) del pliego de condiciones. Deberá cumplir con los siguientes requisitos: |
Borrador de contrato de servicios entre el oferente y la persona integrante del equipo, cuando esa persona NO este en planilla del oferente, siendo que se trata de una subcontratación. Además, conforme el artículo 133 RLGCP debe incluirse el porcentaje de subcontratación |
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c. i. El currículum vitae actualizado |
c. ii. Copia simple de los títulos que acredita a cada integrante con el grado académico. En caso de títulos emitidos en el extranjero deberá presentar la respectiva apostilla válida |
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c. iii. Declaración jurada en el formato del anexo de cada persona ofrecida dentro del equipo de trabajo, de experiencia, compromisos y prohibiciones |
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Indicar el nombre de la persona ofrecida para este puesto |
Indicar el número de cédula de la persona ofrecida para este puesto |
Indicar específicamente el puesto para el cual es ofrecida esta persona |
Indicar si la persona profesional ofrecida está dentro de la planilla del oferente, para lo cual debe presentar la declaración jurada del anexo 1-1. En caso de que se trate de personas contratadas por servicios profesionales debe presentar el anexo 2-1 sobre la subcontratación y debe estar inscrito, activo y al día en la CCSS, FODESAF, Hacienda |
Indicar el nombre del anexo de la oferta y número de página en que aparece el currículum vitae actualizado de la persona ofrecida en el perfil |
Indicar el nombre del anexo de la oferta y número de página en que aparece el título académico requerido para la persona ofrecida en el perfil |
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Indicar el nombre del anexo de la oferta y número de página en que aparece la declaración jurada de experiencia y otros de acuerdo con el formato del anexo |
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Indicar el nombre del anexo y página de la oferta en que aparece el borrador del contrato que regula el servicio entre el profesional y el proveedor, en caso de estar en planilla indicar NO APLICA |
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Profesional ofrecido en el equipo de trabajo |
Cédula |
Puesto que desempeña en el equipo profesional |
Inscrito como profesional independiente ante la Caja Costarricense de Seguro Social o incorporado en la planilla. Conforme el punto 1.2 del apartado de condiciones generales |
PERFIL 2: Una persona profesional para [xxxxxxx]. Punto a. del apartado de especificaciones técnicas (condiciones de admisibilidad) del pliego de condiciones. Deberá cumplir con los siguientes requisitos: |
Borrador de contrato de servicios entre el oferente y la persona integrante del equipo, cuando esa persona NO este en planilla del oferente, siendo que se trata de una subcontratación. Además, conforme el artículo 133 RLGCP debe incluirse el porcentaje de subcontratación |
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c. i. El currículum vitae actualizado |
c. ii. Copia simple de los títulos que acredita a cada integrante con el grado académico. En caso de títulos emitidos en el extranjero deberá presentar la respectiva apostilla válida |
c. ii. Copia simple de las certificaciones que acredita a cada integrante con el grado académico. |
c. iii. Declaración jurada en el formato del anexo de cada persona ofrecida dentro del equipo de trabajo, de experiencia, compromisos y prohibiciones |
c. iv. Certificación vigente de incorporación al Colegio Profesional, cuando por ley se exija la incorporación para ejercer |
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Nota: Conforme el artículo 133 RLGCP, todo oferente debe indicar en la oferta el porcentaje de subcontratación que no puede superar el 50% del monto total adjudicado, dicha subcontratación corresponde a personas jurídicas como físicas, por lo tanto, todo miembro del equipo de trabajo no se encuentre incluido en la planilla del oferente sino que se encuentre como profesional independiente inscrito, activo y al día en la CCSS, FODESAF y Hacienda, se considerara como persona física subcontratada, por lo tanto, deberá indicarse el porcentaje de subcontratación de todos los integrantes que tengan ese estado. |
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TABLA SOBRE DETALLE DE EQUIPO PROFESIONAL Y OTRAS CONDICIONES (Apartado de especificaciones técnicas) |
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B. DETALLE DE ASPECTOS QUE DEBE PRESENTAR EL OFERENTE (Apartado de especificaciones técnicas) |
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2.5.2 Estructura del precio (porcentual), conforme el formato dado |
2.8.2 Experiencia |
2.8.3 Plan de trabajo y cronograma |
2.8.4 Colegio profesional del oferente |
2.8.5 Subcontratación: Detalle de subcontratación anexo 2-1 |
2.8.5 Subcontratación: En caso de subcontratación de personas jurídicas presentar Certificación de los titulares del capital social |
2.8.7 Tabla de requisitos: La tabla denominada “Tabla del detalle - Equipo de trabajo y requisitos” |
2.8.8 Requisitos del oferente relacionados con criterios sustentables de orden de gestión ambiental y amigables con la naturaleza: |
2.9.2 Certificación vigente de pyme |
2.9 Documentos para optar por el puntaje relacionados con los criterios sociales, ambientales conforme el sistema de evaluación |
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Indicar el nombre del anexo y página de la oferta en la que se encuentra el documento |
Indicar el nombre del anexo y página de la oferta en la que se encuentra el documento |
Indicar el nombre del anexo y página de la oferta en la que se encuentra el documento |
Indicar el nombre del anexo y página de la oferta en la que se encuentra el documento |
Indicar el nombre del anexo y página de la oferta en la que se encuentra el documento |
Indicar el nombre del anexo y página de la oferta en la que se encuentra el documento |
Indicar el nombre del anexo y página de la oferta en la que se encuentra el documento |
Indicar el nombre del anexo y página de la oferta en la que se encuentra el documento |
Indicar el nombre del anexo y página de la oferta en la que se encuentra el documento |
Indicar el nombre del anexo y página de la oferta en que aparece los documentos que demuestran que puede optar por los puntajes de cada factor conforme el sistema de evaluación. |
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
En el apartado de condiciones de admisibilidad y condiciones generales se incluyen todos los aspectos que debe considerar el oferente y potencial adjudicatario relacionadas con los requerimientos técnicos, requisitos de admisibilidad, sistema de evaluación y sanciones, entre otros. Además, se incluyen para mejor comprensión en el documento denominado "Apartado de aspectos generales - Licitación - bien y serv.pdf" y "2026LD-0000015-0017700001 Apartado Especificaciones Técnicas - Mant. Elevadores.pdf" adjunto al pliego de condiciones.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
1. PRESENTACIÓN DE OFERTAS
1.1 Idioma
Las ofertas deben ser presentadas en idioma español, el incumplimiento de esta condición dará lugar a la exclusión de la oferta; se aclara que solamente se aceptará en otro idioma, diferente al español, documentos como: manuales, fichas técnicas u otros documentos que desde el pliego de condiciones y se acepten de ese modo.
1.2 Documentos
El oferente podrá incluir en su oferta electrónica información adicional que a su criterio amplíe o aclare datos relevantes, por lo tanto, los documentos adjuntos en la oferta deberán cumplir con lo siguiente:
- Formato de documentos adjuntos: El oferente deberá incluir en un solo archivo toda la documentación que respalde su oferta, en estricto orden y con una tabla de contenidos al principio del archivo. En caso de que la información no pueda incorporarse en un solo documento, el oferente deberá incorporarlos identificando con un nombre claro el contenido del archivo. En caso de documentos que contengan firmas digitales deberán remitir esos documentos por aparte para efecto de validar esas firmas.
- Confidencialidad de documentos: Los documentos que adjunte cada proveedor en la oferta deberán incluirse como “públicos”, lo anterior, considerando que el tipo de contratación que nos ocupa no incluye o solicita información que sea de carácter confidencial, por lo tanto, se debe privilegiar el principio de publicidad y transparencia que rige la contratación administrativa. En caso de que el oferente indique como confidencial algún documento, en la oferta deberá incluirse los motivos y sustento jurídico para indicar el estado de confidencialidad de cada documento señalado con ese estado, en caso de que no se demuestre desde la apertura de las ofertas se procederá a cambiar el estado del documento a “público”, siendo el procedimiento estipulado en el artículo 15 de la Ley General de Contratación Pública (LGCP).
- Documentos firmados digitalmente: Los documentos deberán estar firmados digitalmente, no se aceptarán documentos a los cuales se incorpore una imagen con la firma o documentos escaneados. En caso de que, el pliego de condiciones y términos de la contratación solicite declaraciones juradas y estas se incluyan en un mismo documento cada una deberá contar con la firma digital en cada espacio que se designe para firma del representante o persona competente. Todos los documentos incluidos en la oferta que cuenten con firma digital serán validados en el sistema de “Central Directo” del Banco Central de Costa Rica en el siguiente enlace: https://www.centraldirecto.fi.cr/Sitio/FVA_ValidarDocumentoPublico/ValidarDocumentoPublico. Lo anterior, con el fin de garantizar que cada firma cuente con la garantía de integridad, autenticidad y validez en el tiempo, por lo que se recomienda a cada oferente realizar la validación de la firma digital de cada documento antes de incorporarlo en la oferta del SICOP.
- Certificaciones emitidas por notario público: Las certificaciones emitidas por un notario público firmadas digitalmente, como: personerías jurídicas, poderes especiales, autentificación de firmas, certificación de copias, entre otras, deberán cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente. Asimismo, en caso de duda por parte del IFAM podrá requerirse al oferente cualquiera de los siguientes aspectos:
- Indique de forma textual el número de entero o transacción con la cual se realizó el pago de especies fiscales, timbres y derechos.
- Indique el notario de forma textual que da fe, mediante afirmación expresa, de que los timbres cancelados solamente se utilizan para esa certificación.
- Adjuntar el comprobante de pago de timbres fiscales en la certificación.
e. Documentación emitida en el extranjero: En caso de que las ofertas incluyan documentación emitida en el extranjero tal como: personería jurídica, certificación de los titulares del capital social y los representantes legales, certificaciones de notarios públicos extranjeros, actas constitutivas, títulos académicos o cualquier otro documento solicitado en los términos de la contratación, esa documentación deberá estar debidamente autentificada por el Departamento de Autenticaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, para dar fe de la legitimidad de las firmas de todos los documentos para que sean admisibles y reconocidos oficialmente en Costa Rica o bien los documentos deberán estar apostillados de manera que no requieran la autentificación por parte del Ministerio, todos esos documentos deberán ser presentados con firma ológrafa (manuscrita) o bien, confirma digital que pueda ser corroborada en el sistema de Central Directo del Banco Central de Costa Rica. En relación con los títulos académicos emitidos en el extranjero podría el oferente presentar la convalidación que haya realizado una Universidad en Costa Rica debidamente inscrita o la convalidación emitida por una órgano o Institución costarricense con competencia para hacerlo, todos esos documentos deberán ser presentados con firma ológrafa (manuscrita) o bien, confirma digital que pueda ser corroborada en el sistema de Central Directo del Banco Central de Costa Rica.
f. Proveedores extranjeros: En caso de ser proveedor extranjero, deberá brindar la información relacionada sobre el domicilio legal, el país, la ciudad, número de teléfono, dirección electrónica, y si es el caso, el código postal, domicilio, dentro del territorio de Costa Rica, en donde recibir notificaciones o el medio para ello. Así como brindar la información del origen de los bienes ofrecidos y la dirección de los fabricantes, incluyendo el país, la ciudad y el código postal e indicar en su oferta qué vía de transporte utilizará para el envío de los bienes o suministros (aéreo, marítimo, terrestre), según el tipo de objeto contractual. Lo anterior, en el entendido de que deberá someterse a los Tribunales y Leyes de Costa Rica, en todo lo concerniente a los trámites del procedimiento licitatorio; la ejecución del contrato y los reclamos por responsabilidad que se derivan del mismo, con renuncia expresa de su jurisdicción.
1.3 Patente comercial
El oferente deberá presentar el comprobante de patente comercial vigente emitido por la correspondiente Municipalidad para autorizar el ejercicio de una actividad comercial en concreto dentro de una determinada circunscripción territorial, dicha patente deberá ser a nombre de la persona oferente, que autorice la actividad comercial similar al objeto de la contratación y ésta se encuentre al vigente desde antes de la apertura de las ofertas, en caso de que no cuente con dicha patente deberá presentar la documentación emitida por el ente correspondiente que acredite que está exonerado de contar con ese requisito legal. En caso de que, en el sistema de evaluación descrito en el apartado de especificaciones técnicas se incluya el criterio de evaluación de “Cercanía geográfica” la patente comercial que se encuentre firmada de forma convencional deberá presentarse la copia certificada por un notario público.
1.4 Permiso sanitario de funcionamiento
El oferente deberá presentar el comprobante del permiso sanitario de funcionamiento vigente desde antes de la apertura de las ofertas y emitido por el Ministerio de Salud, en el cual se autorice el ejercicio de una actividad comercial similar al objeto de la contratación, en caso de que no cuente con dicho permiso deberá presentar la documentación emitida por el ente correspondiente que acredite que está exonerado de contar con ese requisito legal.
1.5Declaración jurada
Todo oferente o subcontratista interesado en participar del procedimiento de contratación deberá rendir una declaración jurada que deberá estar incluida en el Registro de Proveedores de SICOP, previo a su participación en el concurso, de manera que indique lo requerido en el artículo 29 de la Ley General de Contratación Pública (LGCP), así como el artículo 32 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública (RLGCP), dicha declaración deberá indicar al menos:
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- Que no le alcanza ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración, de conformidad con el artículo 28 y 29 de la Ley General de Contratación Pública y este Reglamento. En caso de que le alcance alguna de dichas prohibiciones, deberá indicar con cuál institución tiene esta afectación.
- En caso de personas jurídica, indicar la naturaleza y propiedad de las acciones que contenga la cédula jurídica o física de los accionistas, según corresponda, el capital social, la naturaleza de sus acciones y a quién pertenecen, en caso de persona jurídica.
- En caso de personas jurídica, indicar la información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el (los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial, en caso de persona jurídica.
- En caso de personas físicas, deberá declarar bajo juramento que es el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
- Que se trata de un proveedor nacional o extranjero.
- En caso de que el proveedor sea una pequeña o mediana empresa, debe aclarar que es una PYME.
- Que se encuentra al día con el pago de los impuestos tributarios y nacionales, en el caso de empresas nacionales.
- Que se encuentra al día de sus obligaciones obrero patronal ante la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) y del Fondo de Desarrollo Social y de Asignaciones Familiares (FODESAF), en el caso de empresas nacionales.
- Que se encuentra al día de sus obligaciones obrero patronal ante la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), del Fondo de Desarrollo Social y de Asignaciones Familiares (FODESAF), en el caso de empresas extranjeras respecto a las personas trabajadoras que contraten para realizar los servicios que presten en el país.
- Que se acepta en el caso de proveedor extranjero, someterse a los Tribunales y Leyes de Costa Rica, en todo lo concerniente a los trámites del procedimiento licitatorio; la ejecución del contrato y los reclamos por responsabilidad que se derivan del mismo, con renuncia expresa de su jurisdicción.
Es obligación del oferente o subcontratista mantener la información del Registro de Proveedores de SICOP debidamente actualizada y cuando se presente ninguna variación deberá actualizarla cada veinticuatro meses, incluyendo los nuevos documentos. En caso de que el oferente o subcontratista no cuente con la información requerida o este desactualizada la Administración realizará la respectiva prevención de subsanación, en caso de no atender dicha prevención el oferente quedará descalificado del proceso de contratación.
1.6 Capacidad legal de quien firma la oferta
La oferta debe ser firmada por una persona con capacidad legal para ello, al respecto el oferente deberá considerar lo siguiente:
-
- En caso de que la oferta sea presentada por personas jurídicas (sea individual o en consorcio) deberá adjuntarse la personería emitida por un notario público o por el Registro Nacional, que evidencia la vigencia de los poderes de quien firma la oferta, la certificación deberá estar vigente al momento de la apertura de las ofertas. En caso de que la certificación sea emitida por un notario público deberá cumplirse con lo establecido sobre las certificaciones en el punto 1.1.2.4 de estas condiciones. El adjudicatario, en caso de que la personaría durante el proceso de análisis de ofertas haya vencido, deberá actualizar ese documento. En caso de que la persona que firma la oferta en SICOP cuente con un poder especial, dicho poder deberá adjuntarse en la oferta haciendo referencia al número del procedimiento de contratación en el cual está participando, así como las actuaciones que pueden realizar en nombre de la empresa oferente, es decir, las capacidades para la cual se otorga ese poder especial.
- En caso de que la oferta sea presentada por una persona física deberá ser firmada en SICOP por esa persona y de igual forma deberá firmar los documentos adjuntos a la oferta, cuando corresponda.
- En caso de que la oferta sea presentada por un consorcio incluyendo personas jurídicas, el acuerdo consorcial deberá ser firmado por los representantes legales de cada consorciado, lo cual deberá comprobarse con la presentación de la certificación de personaría que evidencie la capacidad legal para ello, además, deberá indicarse quien será la persona con la capacidad legal para representar el consorcio.
1.7 Ofertas en consorcio
De acuerdo con lo estipulado en el artículo 48 de la LGCP las ofertas pueden ser presentadas en consorcio, en caso de ofertas que se presenten en consorcio, los consorciados deberán adjuntar a la oferta del SICOP el Acuerdo consorcial, que incluya lo detallado en el artículo 129 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública (RLGCP). Además, el acuerdo consorcial deberá:
-
- Indicar la fecha cierta de la creación y formalización del acuerdo consorcial, expresamente indicada.
- Indicar cuál de los consorciados se encargará de la facturación y autorización de pagos, para que, en caso de resultar adjudicatario, se deposite a este los pagos respectivos.
- En el caso de que se califique o se pida como un requisito de admisibilidad experiencia profesional, deberá indicar cuáles serán las responsabilidades de cada uno de los consorciados aún y cuando aporten varias declaraciones de experiencia, cartas u otro documento, por medio de los cuales podría presumirse en qué áreas participará cada uno, eso debe estar claramente estipulado en el acuerdo consorcial, porque eso se denomina “...capacidad de las partes.” Señalado en el inciso a) del artículo 129 del RLCP.
- En el SICOP se debe seleccionar la modalidad de “Oferta en consorcio”, y debe ser firmarla en ese sistema por todos los consorciados o por el representante del consorcio y adjuntar el documento electrónico que contenga el acuerdo consorcial, firmado también digitalmente por todos los consorciados. En caso de que no se seleccione la “modalidad de oferta en consorcio” no se tomará como valida la participación en consorcio.
- Todos los consorciados deben estar debidamente inscritos en el Registro de Proveedores del SICOP, de lo contrario, no se tomará como valida la participación en consorcio.
1.8 OBLIGACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL (APLICA PARA OFERENTES Y SUBCONTRATISTA)
1.8.1 La Unidad de Adquisiciones y Contrataciones revisará, en todos los casos y etapas del proceso de contratación, mediante consulta en línea en el sitio web de la Caja Costarricense de Seguro Social (C.C.S.S), el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF), el Sistema de Administración Tributaria Virtual (ATV) del Ministerio de Hacienda y el Sistema de verificaciones e informes digitales del Registro Nacional República de Costa Rica (este último en caso de ofertas de personas jurídicas), el cumplimiento por parte del oferente, subcontratistas o los integrantes del equipo de trabajo (en caso de que no formen parte de la planilla del proveedor seleccionado) de las obligaciones ante esas instituciones. Cuando alguno de los sistemas refleje que el proveedor, subcontratista o los integrantes del equipo de trabajo (en caso de que no formen parte de la planilla del proveedor oferente) no se encuentran al día con el pago de las obligaciones con alguna de esas instituciones, deberá el oferente presentar certificación en la cual se acredite lo contrario. En caso de que aparezca como “Patrono no inscrito” o “estado inactivo” ante la C.C.S.S deberá explicar el motivo por el cual no se encuentra inscrito como patrono, lo anterior de conformidad con el artículo 122, inciso a), del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, 9986, en caso de resultar la justificación insatisfactoria, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la C.C.S.S., provocará la exclusión del concurso y la denuncia ante las autoridades correspondientes de cobro de esa institución.
1.8.2 A continuación, se detallan algunos aspectos que deben cumplir las ofertas de personas jurídicas, en consorcio de personas jurídicas, o consorcio de personas jurídicas y físicas en caso de que en el apartado de especificaciones técnicas se requiera que el oferente aporte un equipo de trabajo.
1.8.2.1 En el caso de ofertas de personas jurídicas debe considerarse lo siguiente:
1.8.2.1.1 Debe indicar si el equipo de trabajo ofrecido estará dentro de la planilla de la empresa, para lo cual debe presentar una declaración jurada en el formato del anexo No.1-1.
1.8.2.1.2 En caso de que ese equipo de trabajo no se encuentre dentro de la planilla de la empresa oferente, se considerarán subcontratadas, por lo que deberá cumplir con lo que establece el artículo 133 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, la persona que integra el equipo de trabajo deberá:
-
-
-
- Estar inscrito en el catálogo de proveedores de SICOP.
- Estar inscrita, activa y al día en la C.C.S.S. y al día con el FODESAF y con su situación tributaria ante el Ministerio de Hacienda.
- Presentar el borrador del contrato de trabajo que regulará la prestación del servicio entre la empresa y el personal ofrecido dentro del equipo de trabajo, en caso de que resulte adjudicatario del procedimiento deberá presentar el contrato firmado por las partes involucradas.
- Indicar porcentaje de subcontratación forme la declaración jurada requerida en el apartado de especificaciones con los datos de las personas jurídicas o físicas subcontratadas.
-
-
1.8.2.1.3 En caso de subcontratación el porcentaje asignado con respecto al precio ofertado No podrá superar el 50% del monto total ofertado, en caso de que lo supere la oferta quedaría descalificada.
1.8.2.2 En el caso de ofertas en consorcio debe considerarse lo siguiente:
1.8.2.2.1Indicar, por medio de una declaración jurada, si el equipo de trabajo ofrecido estará dentro de la planilla de alguno de los consorciados, para lo cual debe presentar una declaración jurada en el formato del anexo No.1-1.
1.8.2.2.2 En caso de que ese equipo de trabajo no se encuentre dentro de la planilla de alguno de los consorciados, se considerarán subcontratadas, por lo que deberá cumplir con lo que establece el artículo 133 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, la persona que integra el equipo de trabajo deberá:
-
-
- Estar inscrito en el catálogo de proveedores de SICOP.
- Estar inscrita, activa y al día en la C.C.S.S. y al día con el FODESAF y con su situación tributaria ante el Ministerio de Hacienda.
- Presentar el borrador del contrato de trabajo que regulará la prestación del servicio entre la empresa y el personal ofrecido dentro del equipo de trabajo, en caso de que resulte adjudicatario del procedimiento deberá presentar el contrato firmado por las partes involucradas.
- Indicar porcentaje de subcontratación forme la declaración jurada requerida en el apartado de especificaciones con los datos de las personas jurídicas o físicas subcontratadas.
-
1.8.2.2.3 En caso de subcontratación el porcentaje asignado con respecto al precio ofertado No podrá superar el 50% del monto total ofertado, en caso de que lo supere la oferta quedaría descalificada.
1.8.2.2.4 Recordar, que, en el SICOP el tipo de oferta a seleccionar debe ser “en consorcio”.
1.8.2.3 En el caso de ofertas presentadas por personas físicas que ofrecen un equipo de trabajo:
1.8.2.3.1 Indicar si el equipo de trabajo ofrecido estará dentro de la planilla de la persona física quien fungirá como patrono, para lo cual deberá presentar la respectiva declaración jurada en el formato del anexo No.1-1.
1.8.2.3.2 En caso de resultar adjudicatario, antes de la firmeza del acto de adjudicación, debe presentar la fotocopia de la planilla de la CCSS que evidencia que el equipo profesional está dentro de la planilla de la persona física que fungirá como patrono.
1.8.2.3.3 En caso de que ese equipo de trabajo no se encuentre dentro de la planilla de la persona física, se considerarán subcontratadas, por lo que deberá cumplir con lo que establece el artículo 133 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, la persona que integra el equipo de trabajo deberá:
-
- Estar inscrito en el catálogo de proveedores de SICOP.
- Estar inscrita, activa y al día en la C.C.S.S. y al día con el FODESAF y con su situación tributaria ante el Ministerio de Hacienda.
- Presentar el borrador del contrato de trabajo que regulará la prestación del servicio entre la empresa y el personal ofrecido dentro del equipo de trabajo, en caso de que resulte adjudicatario del procedimiento deberá presentar el contrato firmado por las partes involucradas.
- Indicar porcentaje de subcontratación forme la declaración jurada requerida en el apartado de especificaciones con los datos de las personas jurídicas o físicas subcontratadas.
1.8.2.3.4 En caso de subcontratación el porcentaje asignado con respecto al precio ofertado No podrá superar el 50% del monto total ofertado, en caso de que lo supere la oferta quedaría descalificada.
1.9 SOBRE LA ADJUDICACIÓN
1.9.1 Plazo para adjudicar
El IFAM cuenta con un plazo máximo para adjudicar, que, de acuerdo con el Reglamento a la Ley General de Contratación Pública no podrá ser superior al doble del plazo fijado en el pliego de condiciones para la recepción de ofertas. El IFAM se reserva el derecho de prorrogar tal plazo hasta por un plazo igual al de recibir ofertas, acto debidamente motivado, en cuyo caso el oferente estará obligado a prorrogar la vigencia de su oferta, en caso de ser insuficiente. Para lo anterior, se enviará la comunicación correspondiente por medio del SICOP.
1.9.2 Elegibilidad de ofertas
La elegibilidad de las ofertas está condicionada al grado de ajuste de las aspectos del apartado de aspectos generales y especificaciones técnicas del pliego de condiciones, tanto administrativas, legales y técnicas, es decir, que todos los oferentes y sus respectivas ofertas deberán cumplir los requisitos de admisibilidad, exigidos en el pliego de condiciones, lo estipulado en la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, demás legislación vigente para optar por la adjudicación, de manera que cualquier incumplimiento relativo a condiciones o especificaciones significativas del pliego constituyen motivo de descalificación de la oferta. Por lo anterior es que, el oferente deberá incluir todos datos, información, documentación necesaria para determinar que cumplen con todo lo requerido para lograr realizar el objeto contractual en todos sus extremos. Respecto a la información, es claro que el IFAM se reserva el derecho de verificar, en cualquier momento, sin previo aviso, y confirmar los datos que, a su juicio, se considere necesario investigar; la falsedad de algún dato o información descalificará inmediatamente la oferta del concurso. Una vez que se haya determinado cuáles ofertas son admisibles para una eventual adjudicación, se procederá a realizar la comparación de las ofertas, de acuerdo con el sistema de evaluación de las ofertas, señalado en el apartado de especificaciones técnicas adjunto al pliego de condiciones.
1.9.3 Antes de la firmeza del acto de adjudicación deberá presentar el adjudicatario:
-
- Pólizas que se requieran conforme los requerimientos técnicos que se detallen en el apartado de especificaciones técnicas del pliego de condiciones.
- En caso de documentos que cuentan con la firma ológrafa, deberá presentar los documentos originales o fotocopias certificadas en la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones para corroborar su veracidad, algunos de esos documentos podrían ser entre otros: declaraciones juradas o certificaciones, cartas de experiencia, etc. En el caso de documentos como certificaciones, títulos o certificados académicos, entre otros, deberán presentarse de igual forma el documento original o fotocopia certificada.
- En caso de que el personal no se encuentre dentro de la planilla de la empresa adjudicataria, es decir, subcontratado, esta deberá presentar, entre la fecha del comunicado de adjudicación y la firmeza del acto, el contrato que regulará la prestación del servicio entre la empresa adjudicataria y las personas que integran el equipo de trabajo, en caso de que haya sido requerido.
1.9.4 Después de la firmeza del acto de adjudicación deberá presentar el adjudicatario:
-
- La garantía de cumplimiento deberá presentarse conforme lo requerido en el apartado de especificaciones técnicas del pliego de condiciones, SOLO en caso de que se trate de una licitación mayor o menor y facultativamente si se hubiera requerido en una licitación reducida.
- En caso de que en el apartado de especificaciones técnicas del pliego de condiciones se estipule la presentación de documentos del equipo de trabajo posterior a la firmeza del acto de adjudicación y antes de la firma del contrato, el adjudicatario deberá presentar los atestados de cada uno de los integrantes del equipo de trabajo, para su valoración por parte de la Comisión de Seguimiento de la Contratación.
1.10 DERECHOS Y PRERROGATIVAS DEL IFAM
En la aplicación del principio de eficiencia, el IFAM pedirá subsanar aspectos que considere necesarios, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley General de Contratación Pública y 134 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública Nº9986. Asimismo, queda a criterio del IFAM durante el plazo de estudio de ofertas y ejecución contractual solicitar las explicaciones y aclaraciones que considere necesarias. El IFAM se reserva el derecho de verificar si la información brindada por el oferente se ajusta a la realidad.
1.11 CONTRATO
De acuerdo con la normativa interna del IFAM, el procedimiento de contratación deberá ser firmado por el adjudicatario o el representante legal del adjudicatario, solo en caso de que se trate de una licitación mayor o menor, para lo cual esa persona deberá firmar digitalmente, por medio del SICOP, el contrato dentro de los 2 días hábiles siguientes a la comunicación respectiva por parte del IFAM (Art. 275 RLGCP). Esta comunicación la hará el IFAM mediante el Sistema Unificado de Compras Públicas, SICOP.
Si transcurrido ese lapso, el adjudicatario no realiza la firma correspondiente, sin que exista causa justificada para ello debidamente documentada, el IFAM podrá dar por iniciado el proceso de declaratoria de insubsistencia y procederá conforme lo indica el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
En ninguna circunstancia, el contratista podrá ceder, gravar o traspasar los derechos derivados del contrato que se origine, sino cuenta previamente con la anuencia expresa del IFAM, manifestada por medio de acto debidamente razonado y motivado, cuando situaciones de fuerza mayor u otras muy calificadas así lo impongan en beneficio de interés público, siguiendo el debido proceso que establece la normativa vigente.
1.12 REFRENDO
La ejecución de la contratación queda sujeta al otorgamiento de refrendo conforme al Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública y en caso de proceder queda en el entendido que el contrato suscrito sólo podrá ejecutarse una vez que este cuente con refrendo. El rechazo del refrendo por defectos insubsanables de la contratación hará insubsistente la adjudicación sin responsabilidad para el IFAM.
1.13 RESCISIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
La resolución y rescisión contractual se regirá por lo que establece la Ley General de la Contratación Pública, 9986 y su Reglamento, el pliego de condiciones y las cláusulas del contrato.
Algunas de las causas para iniciar el procedimiento de resolución contractual serán las siguientes:
-
- Que suministre al IFAM información o documentación falsa, en cualquier acto de los indicados en el presente pliego de condiciones.
- Por transferencia o cesión total o parcial del contrato por parte del contratista, sin la correspondiente autorización escrita del IFAM.
- Por quiebra, insolvencia, convocatoria de acreedores, concurso civil o cualquier circunstancia de incapacidad del adjudicado.
- Por deficiencias graves y fallas reiteradas que afecten fundamentalmente el normal desarrollo de la contratación.
- Por incumplimiento de los requisitos técnicos y especificaciones exigidas en el liego de condiciones.
- Todo incumplimiento del contratista a las especificaciones técnicas o comerciales este proceso, se considerará motivo para resolver el contrato, sin perjuicio de que el IFAM denuncie al contratista por otras vías administrativas y/o judiciales, siempre siguiendo el debido proceso.
- En caso de contrataciones por demanda de no llegarse a un acuerdo respecto a la solicitud preliminar de una orden de pedido, el rechazo sin justa causa de una orden de pedido, la Comisión de Seguimiento de la contratación podrá analizar proceder con la resolución contractual.
1.14 CRISTERIOS SUSTENTABLES
La responsabilidad social empresarial o corporativa, es la contribución activa y voluntaria al mejoramiento social, económico y ambiental por parte de los proveedores, que, por lo general, tienen como objetivo el generar acciones para mejorar su situación competitiva y valorativa y brindar algún valor agregado a su gestión.
Se pretende que las labores que desarrollan no sólo busquen su crecimiento, sino también que vayan de la mano con la ética, la moral y con el establecimiento de metas compatibles con el desarrollo sostenible de la sociedad costarricense; preservando los recursos ambientales y culturales para las generaciones futuras, respetando la diversidad y promoviendo la reducción de las desigualdades sociales.
A partir de las anteriores consideraciones, lo que el IFAM pretende es que el proveedor seleccionado, haga conciencia de la necesidad latente de respetar tanto la vida humana, como el entorno que le rodea y que busque no sólo su crecimiento individual, sino que apoye al IFAM y la sociedad costarricense en esa labor.
El IFAM considera importante realizar esfuerzos en dicho campo, por lo que el oferente deberá aceptar las declaraciones juradas en el momento en que presenta la oferta a través del Sistema Digital Unificado (SICOP), todo en total apego y respeto de la normativa nacional vigente, que procura que los habitantes del país vivan bajo las mejores condiciones humanas y sociales posibles.
En caso de que en el apartado de especificaciones técnicas del pliego de condiciones se requiera aspectos sobre esta materia específicas el oferente deberá cumplir con lo requerido en ese apartado.
1.15 ACLARACIÓN DE ASPECTOS ADMINISTRATIVOS
La Unidad de Adquisiciones y Contrataciones del IFAM será quien tramitará el procedimiento de contratación y proporcionará cualquier información adicional necesaria respecto a las especificaciones y documentación relacionada con esta contratación, previa coordinación con la Unidad Administrativa Solicitante responsable. Las aclaraciones se recibirán en el plazo establecido en el pliego de condiciones de la contratación, por medio del SICOP.
1.16 CÓDIGO DE ÉTICA EN CONTRATACIÓN PÚBLICA
Todos los oferentes y subcontratistas tienen la responsabilidad de cumplir, en todas las etapas del proceso de contratación pública, con lo dispuesto en el Código de Ética en Contratación Pública, comunicado por la Autoridad de Contratación Pública como ente rector en esa materia, conforme la normativa vigente; publicado en la página del Ministerio de Hacienda; dicho código busca guiar a todos los involucrados en el proceso de compras públicas para asegurar una gestión honesta, íntegra y transparente de los fondos públicos.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Las multas constituyen una sanción pecuniaria que tiene como finalidad resarcir a la Institución de eventuales incumplimientos del contratista durante la ejecución del objeto contractual; las mismas se imponen por ejecución defectuosa de este, por lo que, el IFAM se reserva la posibilidad de cobrar multas por un eventual incumplimiento para el servicio que se brinde o para el interés público y la posibilidad de incumplimientos parciales o por líneas, por lo tanto, se considerará como incumplimiento lo siguiente: a. En caso de que, el IFAM deba recurrir a utilizar los servicios de otro oferente por incumplimiento del Contratista, se procederá a realizar el cobro por los gastos que se incurra de más al solicitar el servicio a otro proveedor. b. En caso de que, el IFAM compruebe que el contratista realizó algún daño al edificio, mobiliario, vehículos o equipo propios de la Institución durante la ejecución del objeto contractual, el costo de la reparación o compra para sustitución, según corresponda, será asumido en su totalidad por el contratista, en el caso de mobiliario o equipo deberá contar con las mismas características y ser de la misma o mejor calidad. c. Entrega de productos incompletos o que no cumplan con los requerimientos mínimos establecidos. Se aplicará como multa el costo por cada producto entregado en forma incompleta o que no cumpla con los requerimientos mínimos, dividido entre los días de entrega establecidos para ese producto, multiplicado por los días en que se tarde en entregar correctamente los productos. Multa = (Costo de cada producto) * días que se tarde en entregar los productos correctamente. (días de entrega total de la línea) d. Que no se realicen las correcciones solicitadas, en el tiempo requerido para hacerlas, por lo que, cumplido el plazo establecido en el pliego de condiciones, o en la orden de pedido, para que el contratista realice las correcciones solicitadas por la Comisión de Seguimiento de la Contratación, se podrá cobrar al contratista una multa por día de atraso calculado al dividir el costo del producto, según el desglose de precios del contratista en la cotización, entre el número de días en que debía entregar el producto, el resultado se multiplicará por los días en que tarde en realizar las correcciones requeridas. Multa = (Costo de cada producto) * días que se tarde en realizar as correcciones. (días de entrega del producto) e. Que el personal que conforma el equipo no sea el que realice el trabajo. Se rebajará el costo por día de la persona que no conforma el equipo de trabajo por los días trabajados. El costo se determinará de acuerdo con lo indicado en este rubro en la oferta económica. Las multas señaladas en cada uno de los incisos anteriores se deben a que dichos incumplimientos afectarían los servicios que provee el IFAM y los servicios que presta la institución al sector municipal, así como la imagen institucional, con cada uno de los montos estimados resarcirán a la Institución de las pérdidas que generarían. Por lo tanto, en caso de que se determine que el contratista incumplió con alguno de los aspectos establecidos anteriormente, se impondrá una multa detallada de acuerdo con el incumplimiento, por producto hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe total del contrato, momento en el cual el IFAM podrá analizar la resolución contractual. La aplicación de la sanción se realizará de conformidad con el debido proceso, tal cual se establece en el punto denominado “Aplicación de sanciones”.
Cláusula penal. La cláusula penal procederá por ejecución tardía de las obligaciones contractuales, por lo tanto, en caso de incumplimiento de las fechas de ejecución del objeto contractual se impondrá una sanción que será el costo de cada día de atraso, calculado de acuerdo con el monto cotizado por producto, dividido entre el número de días en que se debía entregar, el resultado será el monto que se cobre por cada día de atraso por cada producto hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe total del contrato, momento en el cual el IFAM podrá analizar la resolución contractual. Para los efectos de este apartado, únicamente se considerará atraso justificado lo siguiente: circunstancias no imputables al Contratista originadas por caso fortuito, fuerza mayor o hechos imputables al IFAM debidamente demostrados por escrito ante la Comisión de Seguimiento de la Contratación. Lo anterior deberá realizarse dentro del impostergable plazo de un (01) día posterior a la fecha en que debió hacerse efectiva la entrega, de acuerdo con los términos ofertados. La aplicación de la sanción se realizará de conformidad con el debido proceso, tal cual se establece en el punto denominado “Aplicación de sanciones”.
Documentos del cartel3
- Apartado Especificaciones TécnicasPDF · 748 KB
- Apartado de aspectos generales - Licitación - bien y serv 08-01-2025PDF · 358 KB
- Anexos editablesDOCX · 215 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Carolina Saborio Segura
Unidad de Servicios Generales
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 11/10/2026 17:03. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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