2026LE-000009-0006300001 · SICOP 20260802155
ADQUISICIÓN DE PROYECTORES
Instituto Tecnológico de Costa Rica
Instituto Tecnológico de Costa Rica está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡91,6 millones. Se recibieron 58 ofertas de 7 empresas en 9 lotes (partidas) el 04/09/2026.
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡91,6 millones
para todos los lotes
Ofertas recibidas
58
de 7 empresas en 9 lotes
Suma de las ofertas más bajas
₡37,2 millones
59,4 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó20/08/2026 16:10 · hace 52 días
- Límite para 25/08/2026 23:59 · hace 47 días
- Límite para 25/08/2026 23:59 · hace 47 días
- Cierre de ofertas04/09/2026 08:30 · hace 37 días
- de ofertas04/09/2026 08:30 · hace 37 días
- (plazo máximo)≈ 02/10/2026 · hace 9 días
5 recibidas, 5 respondidas.
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Cierre de ofertas: 03/09/2026 08:30 → 04/09/2026 08:30
- Apertura de ofertas: 03/09/2026 08:30 → 04/09/2026 08:30
- Límite de observaciones a la apertura: 04/09/2026 08:30 → 07/09/2026 08:30
Nota de la institución. Toda solicitud de aclaración debe tramitarse por medio del Sistema SICOP. No se le dará trámite a consultas vía correo electrónico o telefónicas.
Contexto
- Instituto Tecnológico de Costa Rica adjudicó ₡3 604,0 millones en 386 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra9 líneas · 9 lotes
- L1Proyector Estado Solido Portatil, con Resolución Nativa Wxga (1280 X 800), Luminosidad: 900 Iso Lm, Fuente de Luz Proyección LED, Vida Util Minima de 20000 H para la Fuente de Luz, Zoom Óptico Hasta 1,1 X, Entradas de Video Hdmi y Salida de Audio de 3,5 Mm, Voltaje 120 V / 60 Hz.18 c/u · ₡14 400 000,0018 c/u₡14 400 000,00
- L2Proyector Multimedia, con Resolución Nativa Wxga (1280 X 800), Luminosidad: 4000 Ansi Lm, con Fuente de Luz Proyección Láser, Vida Util de 20000 H para la Fuente de Luz, Zoom Óptico Hasta 1,1 X, Entradas de Video Hdmi y Entrada Audio de 3,5 Mm (mini Jack).68 c/u · ₡47 099 996,0068 c/u₡47 099 996,00
- L3Proyector Multimedia, con Resolución Nativa Wxga (1280 X 800), Luminosidad: 4000 Ansi Lm, con Fuente de Luz Proyección Láser, Vida Util de 20000 H para la Fuente de Luz, Zoom Óptico Hasta 1,1 X, Entradas de Video Hdmi y Entrada Audio de 3,5 Mm (mini Jack).2 c/u · ₡1 240 000,002 c/u₡1 240 000,00
- L4Proyector Multimedia, con Resolución Nativa Wxga (1280 X 800), Luminosidad: 4000 Ansi Lm, con Fuente de Luz Proyección Láser, Vida Util de 20000 H para la Fuente de Luz, Zoom Óptico Hasta 1,1 X, Entradas de Video Hdmi y Entrada Audio de 3,5 Mm (mini Jack).4 c/u · ₡2 400 000,004 c/u₡2 400 000,00
- L5Proyector Multimedia, con Resolución Nativa Wxga (1280 X 800), Luminosidad: 4000 Ansi Lm, con Fuente de Luz Proyección Láser, Vida Util de 20000 H para la Fuente de Luz, Zoom Óptico Hasta 1,1 X, Entradas de Video Hdmi y Entrada Audio de 3,5 Mm (mini Jack).1 c/u · ₡686 395,001 c/u₡686 395,00
- L6Proyector (video Beam), Laser 3LCD con Mejora 4k, 5200 Lumens, Sistema de Proyeccion con Obturador de Cristal Liquido RGB, Resolucion 1920x1200 (wuxga) 4k E1, Hdmi/vga/usb/lan.1 c/u · ₡2 500 000,001 c/u₡2 500 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1₡12,2 millones – ₡14,4 millones
- Lote 2₡40,0 millones – ₡47,1 millones
- Lote 3₡1,1 millones – ₡1,2 millones
- Lote 4₡2,0 millones – ₡2,4 millones
- Lote 5₡583 436 – ₡686 395
- Lote 6₡2,1 millones – ₡2,5 millones
- Lote 7₡238 227 – ₡280 267
- Lote 8₡544 601 – ₡640 707
- Lote 9₡19,0 millones – ₡22,4 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 40 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,4 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 8 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 60 días hábiles
- Contrato por 6 meses
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 40 % · PESO 25 % · LUMENES 25 % · PYME 10 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡453,79 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Lote 1 · Proyector Estado Solido Portatil, con Resolución Nativa Wxga (1280 X 800), Luminosidad: 900 Iso Lm, Fuente de Luz Proyección LED, Vida Util Minima de 20000 H para la Fuente de Luz, Zoom Óptico Hasta 1,1 X, Entradas de Video Hdmi y Salida de Audio de 3,5 Mm, Voltaje 120 V / 60 Hz.6 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 40 | PESOmáx. 25 | LUMENESmáx. 25 | PYMEmáx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|
| Corporacion a C S Sabanilla | 40 | 25 | 25 | 10 | 100 |
| B.R. Network Device International | 33,45 | 25 | 25 | 10 | 93,45 |
| Ramiz Supplies | 32,1 | 25 | 25 | 10 | 92,1 |
| Importadora de Tecnologia Global YSMR | 39,4 | 25 | 25 | 0 | 89,4 |
| Consorcio Ceo-crjuby | 29,16 | 25 | 25 | 10 | 89,16 |
| Telerad Telecomunicaciones Radiodigitales | 18,65 | 25 | 25 | 10 | 78,65 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 2 · Proyector Multimedia, con Resolución Nativa Wxga (1280 X 800), Luminosidad: 4000 Ansi Lm, con Fuente de Luz Proyección Láser, Vida Util de 20000 H para la Fuente de Luz, Zoom Óptico Hasta 1,1 X, Entradas de Video Hdmi y Entrada Audio de 3,5 Mm (mini Jack).7 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 50 | LUMENESmáx. 40 | PYMEmáx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Corporacion a C S Sabanilla | 50 | 40 | 10 | 100 |
| Ramiz Supplies | 39,05 | 40 | 10 | 89,05 |
| Importadora de Tecnologia Global YSMR | 47,63 | 40 | 0 | 87,63 |
| B.R. Network Device International | 37,23 | 40 | 10 | 87,23 |
| Consorcio Ceo-crjuby | 35,41 | 40 | 10 | 85,41 |
| Telerad Telecomunicaciones Radiodigitales | 31,43 | 40 | 10 | 81,43 |
| MQB Business Consulting | 29,26 | 40 | 10 | 79,26 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 3 · Proyector Multimedia, con Resolución Nativa Wxga (1280 X 800), Luminosidad: 4000 Ansi Lm, con Fuente de Luz Proyección Láser, Vida Util de 20000 H para la Fuente de Luz, Zoom Óptico Hasta 1,1 X, Entradas de Video Hdmi y Entrada Audio de 3,5 Mm (mini Jack).6 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 50 | LUMENESmáx. 40 | PYMEmáx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Ramiz Supplies | 41,43 | 40 | 10 | 91,43 |
| Importadora de Tecnologia Global YSMR | 50 | 40 | 0 | 90 |
| Consorcio Ceo-crjuby | 39,33 | 40 | 10 | 89,33 |
| B.R. Network Device International | 36,31 | 40 | 10 | 86,31 |
| Telerad Telecomunicaciones Radiodigitales | 32,97 | 40 | 10 | 82,97 |
| MQB Business Consulting | 31,04 | 40 | 10 | 81,04 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 4 · Proyector Multimedia, con Resolución Nativa Wxga (1280 X 800), Luminosidad: 4000 Ansi Lm, con Fuente de Luz Proyección Láser, Vida Util de 20000 H para la Fuente de Luz, Zoom Óptico Hasta 1,1 X, Entradas de Video Hdmi y Entrada Audio de 3,5 Mm (mini Jack).6 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 50 | LUMENESmáx. 40 | PYMEmáx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Ramiz Supplies | 41,43 | 40 | 10 | 91,43 |
| Importadora de Tecnologia Global YSMR | 50 | 40 | 0 | 90 |
| Consorcio Ceo-crjuby | 39,33 | 40 | 10 | 89,33 |
| B.R. Network Device International | 37,85 | 40 | 10 | 87,85 |
| Telerad Telecomunicaciones Radiodigitales | 32,97 | 40 | 10 | 82,97 |
| MQB Business Consulting | 31,04 | 40 | 10 | 81,04 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 5 · Proyector Multimedia, con Resolución Nativa Wxga (1280 X 800), Luminosidad: 4000 Ansi Lm, con Fuente de Luz Proyección Láser, Vida Util de 20000 H para la Fuente de Luz, Zoom Óptico Hasta 1,1 X, Entradas de Video Hdmi y Entrada Audio de 3,5 Mm (mini Jack).7 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 50 | LUMENESmáx. 40 | PYMEmáx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Corporacion a C S Sabanilla | 50 | 40 | 10 | 100 |
| Ramiz Supplies | 40,91 | 40 | 10 | 90,91 |
| Consorcio Ceo-crjuby | 38,84 | 40 | 10 | 88,84 |
| B.R. Network Device International | 38,18 | 40 | 10 | 88,18 |
| Telerad Telecomunicaciones Radiodigitales | 32,93 | 40 | 10 | 82,93 |
| MQB Business Consulting | 30,65 | 40 | 10 | 80,65 |
| Importadora de Tecnologia Global YSMR | 49,37 | 0 | 0 | 49,37 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 6 · Proyector (video Beam), Laser 3LCD con Mejora 4k, 5200 Lumens, Sistema de Proyeccion con Obturador de Cristal Liquido RGB, Resolucion 1920x1200 (wuxga) 4k E1, Hdmi/vga/usb/lan.6 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 70 | LUMENESmáx. 20 | PYMEmáx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Consorcio Ceo-crjuby | 66,3 | 20 | 10 | 96,3 |
| B.R. Network Device International | 63,81 | 20 | 10 | 93,81 |
| Corporacion a C S Sabanilla | 62,89 | 20 | 10 | 92,89 |
| Importadora de Tecnologia Global YSMR | 70 | 20 | 0 | 90 |
| MQB Business Consulting | 47,58 | 20 | 10 | 77,58 |
| Telerad Telecomunicaciones Radiodigitales | 37,52 | 20 | 10 | 67,52 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 7 · Proyector Multimedia, Tipo de Proyeccion Frontal, Contraste Superior a 15000:1, Resolucion 1280x800, Conectividad: Hdmi, Vga, Usb, Brillo: 4200 Lm, Vida Util de Lampara Superior a : 6000 H, Peso Inferior a 3.2 Kg7 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 90 | PYMEmáx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|
| Consorcio Ceo-crjuby | 83,3 | 10 | 93,3 |
| Importadora de Tecnologia Global YSMR | 90 | 0 | 90 |
| Corporacion a C S Sabanilla | 79,26 | 10 | 89,26 |
| B.R. Network Device International | 78,05 | 10 | 88,05 |
| MQB Business Consulting | 65,94 | 10 | 75,94 |
| Telerad Telecomunicaciones Radiodigitales | 49,86 | 10 | 59,86 |
| Ramiz Supplies | 40,81 | 10 | 50,81 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 8 · Proyector de Multimedia (video Beam) 3 LCD, 4200 Lm Luz Blanca, Medidas 309 X 90 X 282 Mm (ancho X Largo X Profundidad, Conexión HDM/MHL Transmite y Repica Video 1080 Px, Vida Útil de la Lampara 12,000 H en Modo Eco 5,00 H Modo Normal, Temperatura de Operación 5°c a 35°c Tamaño Pantalla 0,85 M-13,71 M (29 a 280 Pulg), Longitud Focal 18,2 Mm - 29,2 Mm6 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 90 | PYMEmáx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|
| Consorcio Ceo-crjuby | 83,3 | 10 | 93,3 |
| Importadora de Tecnologia Global YSMR | 90 | 0 | 90 |
| Corporacion a C S Sabanilla | 79,26 | 10 | 89,26 |
| B.R. Network Device International | 78,05 | 10 | 88,05 |
| MQB Business Consulting | 65,94 | 10 | 75,94 |
| Telerad Telecomunicaciones Radiodigitales | 27,96 | 10 | 37,96 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 9 · Proyector, Distancia Proyeccion Minima 0,88 M Maxima a 9,09 M, Lumenes 4500 Lm Iso, Hora Vida Util Hasta 20000 H (modo Normal) 30000 H (modo Eco), Relacion Aspecto 16:10 Nativa (compatible 16:9 y 4:3), Resolucion Wxga 1280 X 800 Px, Conectividad Inalambrica, Wifi, Direct, Ethernet, Hdmi, Usb Tipo a y Usb Tipo B, Entrada y Salida Vga, Entrada y Salida 3,5 Mm7 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 50 | LUMENESmáx. 40 | PYMEmáx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Corporacion a C S Sabanilla | 48,95 | 40 | 10 | 98,95 |
| Importadora de Tecnologia Global YSMR | 50 | 40 | 0 | 90 |
| B.R. Network Device International | 38,59 | 40 | 10 | 88,59 |
| Consorcio Ceo-crjuby | 38,24 | 40 | 10 | 88,24 |
| Telerad Telecomunicaciones Radiodigitales | 33,4 | 40 | 10 | 83,4 |
| MQB Business Consulting | 22,48 | 40 | 10 | 72,48 |
| Ramiz Supplies | 19,48 | 40 | 10 | 69,48 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
1. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
- Presentar una declaración jurada que certifique que cuenta con al menos 5 años de experiencia en la venta de equipo multimedia (proyectores).
- El oferente debe entregar una certificación emitida por la empresa fabricante de los equipos, que indique claramente que:
- Es distribuidor o vendedor autorizado y centro de servicio autorizado.
- La garantía de fábrica que poseen los equipos.
- Existencia del 100% de repuestos por un período no menor a cinco años.
- Es responsabilidad del contratista brindar el soporte técnico con personal profesional capacitado y entrenado, para tales efectos se debe aportar un listado de los técnicos autorizados para realizar dicho soporte.
DECLARACIÓN JURADA
El oferente debe presentar declaración jurada indicando que la información de su registro de proveedores se encuentra actualizada referente a las declaraciones juradas y beneficiarios finales. Previo a la participación en todo procedimiento de contratación pública, la declaración jurada deberá formar parte del Registro de Proveedores que conformará la Dirección de Contratación Pública, el cual será de acceso público y estará disponible para su consulta y verificación por parte de cualquier interesado, a través del sistema digital unificado, con fundamento en el artículo 29 Declaración jurada de la LGCP, así como artículo 32. Requisitos para integrar el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas del Reglamento a la LGCP. Aquellos oferentes que en donde no conste en su registro de SICOP las respectivas declaraciones, previo a la apertura de ofertas, serán excluidas del análisis.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
1. ESTABLECIMIENTO DE MARGEN DE TOLERANCIA
A partir de los datos obtenidos en el SONDEO DE PRECIOS y de conformidad con los artículos 44 y 106 del RLGCP, se comunica el porcentaje que será aplicado a la partida para efectos del análisis de razonabilidad de los precios ofertados. Para este procedimiento, se considerarán razonables y aceptables aquellos precios que se encuentren dentro del siguiente rango de tolerancia:
Margen de tolerancia
|
Partida-línea-Solicitud de contratación |
Precio mínimo aplicando el margen de razonabilidad |
Precio máximo aplicando el margen de razonabilidad |
|
1-1 283698 |
₡608 333,33 |
₡758 333,33 |
|
2-2 288548 |
₡570 000,00 |
₡650 000,00 |
|
3-3 289730 |
₡595 000,00 |
₡745 000,00 |
|
4-4 289411 |
₡595 000,00 |
₡745 000,00 |
|
5-5 290339 |
₡556 295,50 |
₡816 494,50 |
|
6-6 290654 |
₡2 045 865,00 |
₡2 500 000,00 |
|
7-7 290941 |
₡272 266,67 |
₡288 266,67 |
|
8-8 290941 |
₡535 268,33 |
₡746 146,33 |
|
9-9 291257 |
₡802 212,37 |
₡1 600 000,00 |
*Fuente: Sondeo de precios
EXPRESIÓN MATEMÁTICA PARA CALCULAR LOS VALORES
PMIN = (P- (P * % MTOL))
PMAX = (P + (P * % MTOL))
Donde:
- PMIN: Precio Mínimo
- PMAX: Precio Máximo
- P: Promedio
- MTOL: Margen de tolerancia
Tomando en consideración el resultado obtenido del sondeo de precios, se establece para la partida un margen de tolerancia, conformado por un precio mínimo y un precio máximo. En consecuencia, se considerarán razonables y aceptables aquellas ofertas cuyos precios se encuentren dentro de dicho margen, por lo que, si su plica se encuentra fuera del rango, debe justificar desde la presentación de la oferta, las razones que derivan esta condición.
2. RESERVA PRESUPUESTARIA
Para el periodo 2026 se cuenta con la siguiente disponibilidad presupuestaria según Centro Funcional:
|
Partida-línea |
Solicitud de contratación |
Reserva 2026 |
|
1-1 |
283698 |
₡14 400 000,00 |
|
2-2 |
288548 |
₡47 100 000,00 |
|
3-3 |
289730 |
₡1 240 000,00 |
|
4-4 |
289411 |
₡2 400 000,00 |
|
5-5 |
290339 |
₡686 395,00 |
|
6-6 |
290654 |
₡2 500 000,00 |
|
7-7 |
290941-1 |
₡2 500 000,00 |
|
8-8 |
290941-2 |
₡ 280 266,67 |
|
9-9 |
291257 |
₡ 22.400.000 |
1. SUBCONTRATACIÓN
En caso de requerir, el oferente debe presentar un listado de las empresas subcontratadas, como máximo un 50% del monto de la oferta, de aquellos servicios adicionales o complementarios que se requieran para llevar a cabo los objetivos de cada partida. En ese detalle, se indicarán los nombres de todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar y se aportará una certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales. Si en la oferta no se declara, se presume que no existe subcontratación.
2. DESCRIPCIÓN Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL BIEN
El Contratista debe entregar los manuales técnicos originales del equipo.
|
PARTIDA/ LÍNEA |
SOLICITUD DE BIENES |
CANTIDAD |
DESCRIPCIÓN |
|
1-1 |
283698 ViDa |
18 |
PROYECTOR PORTÁTIL · Luminosidad de 900 ISO lúmenes o superior · Fuente de luz de proyección LED o láser · Resolución nativa WXGA (1280 x 800) o superior · Relación de contraste de 200000:1 o superior · Con corrección trapezoidal (keystone) · Con zoom óptico hasta 1.1X o superior · Entrada de video HDMI · Salida de audio de 3.5mm · Auto detección de la fuente de video · Vida útil mínima de la fuente de luz de 20000 horas · Nivel máximo de ruido de 35 dB · Con control remoto · Voltaje de alimentación de 120V a 60 Hz · Peso máximo permitido de 3 kg · Debe incluir maletín · Consumo máximo de 165 watts · Garantía de 5 años, en sitio, es decir que el proveedor debe presentarse a revisar el equipo en la institución en caso de reporte de averías. La garantía debe ser real por el tiempo total de la garantía adquirida y cubrir todo el equipo · Plazo de entrega: 60 días naturales El equipo se debe entregar en Campus Tecnológico Tecnológico Central Cartago |
|
2-2 |
288548 ViDa |
68 |
PROYECTOR MULTIMEDIA · Luminosidad de 4000 ANSI lúmenes o superior · Fuente de luz de proyección láser · Resolución nativa WXGA (1280 x 800) o superior · Relación de contraste de 250000:1 o superior · Con corrección trapezoidal (keystone) · Con zoom óptico hasta 1.1X o superior · Entrada de video HDMI · Entrada de audio de 3.5mm · Entrada USB tipo A · Auto detección de la fuente de video · Vida útil mínima de la fuente de luz de 20000 horas · Nivel máximo de ruido de 35 dB · Con control remoto · Voltaje de alimentación de 120V a 60 Hz · Peso máximo permitido de 3.5 kg · Capacidad de proyección inalámbrica integrada o a través de adaptador · Debe incluir maletín · Consumo máximo de 275 watts · Garantía de 5 años, en sitio, es decir que el proveedor debe presentarse a revisar el equipo en la institución en caso de reporte de averías. La garantía debe ser real por el tiempo total de la garantía adquirida y cubrir todo el equipo · Plazo de entrega: 60 días naturales El equipo se debe entregar en Campus Tecnológico Tecnológico Central Cartago |
|
3-3 |
289730 DEVESA - PRE |
2 |
PROYECTOR MULTIMEDIA · Luminosidad de 4000 ANSI lúmenes o superior · Fuente de luz de proyección láser · Resolución nativa WXGA (1280 x 800) o superior · Relación de contraste de 250000:1 o superior · Con corrección trapezoidal (keystone) · Con zoom óptico hasta 1.1X o superior · Entrada de video HDMI · Entrada de audio de 3.5mm · Entrada USB tipo A · Auto detección de la fuente de video · Vida útil mínima de la fuente de luz de 20000 horas · Nivel máximo de ruido de 35 dB · Con control remoto · Voltaje de alimentación de 120V a 60 Hz · Peso máximo permitido de 3.5 kg · Capacidad de proyección inalámbrica integrada o a través de adaptador · Debe incluir maletín · Consumo máximo de 275 watts · Garantía de 5 años, en sitio, es decir que el proveedor debe presentarse a revisar el equipo en la institución en caso de reporte de averías · La garantía debe ser real por el tiempo total de la garantía adquirida y cubrir todo el equipo · Plazo de entrega: 60 días naturales El equipo se debe entregar en Campus Tecnológico Local San Carlos. |
|
4-4 |
289411 DEVESA |
4 |
PROYECTOR MULTIMEDIA · Luminosidad de 4000 ANSI lúmenes o superior · Fuente de luz de proyección láser · Resolución nativa WXGA (1280 x 800) o superior · Relación de contraste de 250000:1 o superior · Con corrección trapezoidal (keystone) · Con zoom óptico hasta 1.1X o superior · Entrada de video HDMI · Entrada de audio de 3.5mm · Entrada USB tipo A · Auto detección de la fuente de video · Vida útil mínima de la fuente de luz de 20000 horas · Nivel máximo de ruido de 35 dB · Con control remoto · Voltaje de alimentación de 120V a 60 Hz · Peso máximo permitido de 3.5 kg · Capacidad de proyección inalámbrica integrada o a través de adaptador · Debe incluir maletín · Consumo máximo de 275 watts · Garantía de 5 años, en sitio, es decir que el proveedor debe presentarse a revisar el equipo en la institución en caso de reporte de averías · Plazo de entrega: 60 días naturales · La garantía debe ser real por el tiempo total de la garantía adquirida y cubrir todo el equipo El equipo se debe entregar en Campus Tecnológico Local San Carlos. |
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5-5 |
290339 DOP |
1 |
PROYECTOR MULTIMEDIA · Luminosidad de 4000 ANSI lúmenes o superior · Fuente de luz de proyección láser · Resolución nativa WXGA (1280 x 800) o superior · Relación de contraste de 250000:1 o superior · Con corrección trapezoidal (keystone) · Con zoom óptico hasta 1.1X o superior · Entrada de video HDMI · Entrada de audio de 3.5mm · Entrada USB tipo A · Auto detección de la fuente de video · Vida útil mínima de la fuente de luz de 20000 horas · Nivel máximo de ruido de 35 dB · Con control remoto · Voltaje de alimentación de 120V a 60 Hz · Peso máximo permitido de 3.5 kg · Capacidad de proyección inalámbrica integrada o a través de adaptador · ,-Debe incluir maletín · Consumo máximo de 275 watts · Garantía de 5 años, en sitio, es decir que el proveedor debe presentarse a revisar el equipo en la institución en caso de reporte de averías. La garantía debe ser real por el tiempo total de la garantía adquirida y cubrir todo el equipo · Plazo de entrega: 60 días naturales El equipo se debe entregar en Campus Tecnológico Tecnológico Central Cartago |
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6-6 |
290654 Cultura |
1 |
PROYECTOR · Laser 3LCD con mejora 4K, 5200 lumens · Sistema de proyección con obturador de cristal líquido RGB · Resolución 1920x1200 (wuxga) 4K E1, HDMI/VGA/USB/LAN. · Garantía: 3 años · Plazo de entrega: 30 días naturales El equipo se debe entregar en Campus Tecnológico Tecnológico Central Cartago |
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7-7 |
290941-1 FEITEC |
1 |
PROYECTOR MULTIMEDIA El proyector ofertado debe tener al menos: · Tipo de proyección frontal · Contraste superior a 15000:1 · Resolución 1280x800 · Conectividad: hdmi, vga, usb, brillo: 4200 lm · Vida util de lampara superior a : 6000 h, · Peso inferior a 3.2 kg · Garantía de al menos 12 meses · Plazo de entrega: 30 días naturales El equipo se debe entregar en Campus Tecnológico Tecnológico Central Cartago |
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8-8 |
290941-2 FEITEC |
1 |
PROYECTOR MULTIMEDIA El proyector ofertado debe tener al menos: · 3 LCD · 4200 lm luz blanca · Medidas 309 x 90 x 282 mm (ancho x largo x profundidad · Conexión HDM/MHL transmite y repica video 1080 px · Vida útil de la lampara 12,000 h en modo eco 5,00 h modo normal · Temperatura de operación 5°c a 35°c · Tamaño pantalla 0,85 m-13,71 m (29 a 280 pulg), · Longitud focal 18,2 mm - 29,2 mm · Garantía de al menos 12 meses · Plazo de entrega: 30 días naturales El equipo se debe entregar en Campus Tecnológico Tecnológico Central Cartago |
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9-9 |
291257 CTLSJ |
14 |
PROYECTOR · Distancia proyección mínima 0,88 m · Maxima a 9,09 m · Lúmenes 4500 lm ISO · Hora vida útil hasta 20000 h (modo normal) 30000 h (modo eco) · Relación aspecto 16:10 nativa (compatible 16:9 y 4:3) · Resolución WXGA 1280 x 800 px · Conectividad inalámbrica, Wifi, Direct, Ethernet, HDMI, USB tipo A y USB tipo B, entrada y salida VGA, entrada y salida 3,5 mm · Garantía de al menos 5 años · Plazo de entrega: 30 días hábiles El equipo se debe entregar en Campus Tecnológico Tecnológico Central Cartago |
3. NOTA DE EXONERACIÓN
- Para las partidas 1, 2, 3, 4, 5 y 9: El precio ofertado debe ser bajo el incoterm DDP (aplicando exoneración de impuestos de nacionalización), por lo que el ITCR facilitará la nota aprobaba por el Ministerio de Hacienda para que sea aplicada por el contratista. El contratista debe suministrar a la Proveeduría la información necesaria para la gestión de la nota de exoneración según lo estipulado en la cláusula N° 11 del documento denominado CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN. Para efectos de que los precios ofertados sean comparables con igualdad de condiciones entre los oferentes, solo se considerarán para el análisis de ofertas aquellas que indiquen que aplicarán nota de exoneración por lo que debe indicarlo expresamente en su oferta.
- Partidas de la 6, 7 y 8: no se tramitará exoneración de impuestos, puesto que se considera que la cantidad solicitada se encuentra disponible en stock.
4. MARCA Y MODELO
El oferente deberá indicar para cada uno de los componentes del equipo ofertado la Marca y Modelo, de lo contrario su oferta quedará excluida, según resoluciones RC-006-2000 del 1 de febrero del 2000 y R-DCA-263-2011, ambas de la Contraloría General de la República.
Los componentes globales del equipo ofertado deben ser de la misma marca.
5. EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA DE FUNCIONAMIENTO
Aplica en partidas: 1-2-3-4-5-6
- Los equipos ofertados deben tener una garantía de fábrica de al menos 3 o 5 años (según corresponda el requisito de la partida), respaldado formalmente por el fabricante del equipo, contados a partir del momento de que se den por recibidos los equipos.
- Los proyectores por ofrecer deben ser de excelente desempeño, nuevos, no reconstruidos, con soporte para el sistema operativo Microsoft Windows 10 y 11
- Durante este periodo, el contratista corregirá toda falla que se detecte en el funcionamiento de cualquiera de los componentes del equipo, sin costo alguno para el Instituto Tecnológico de Costa Rica.
- El oferente deberá indicar los números de teléfonos nacionales e internacionales a los que se deberán reportar los equipos que requieran de soporte técnico. El nombre de la empresa, así como los nombres y números telefónicos de sus contactos para este efecto deben ser documentados por el oferente. La ejecución de la garantía debe realizarse en el país (Costa Rica).
- Reparación en sitio: En caso de falla el contratista debe presentarse y solucionarla en un lapso no mayor a 16 horas hábiles para el diagnóstico y reparación en sitio, (en caso de que se pueda ejecutar)
- Reparación en taller de servicio: En caso de que el contratista no pueda cumplir con la reparación en sitio señalada en el inciso d), se procede con la reparación en el taller de servicio con un plazo de 16 horas hábiles, lo cual se deberá coordinar con la Administración. Si por alguna razón el contratista o la empresa designada por el fabricante no puede cumplir con el tiempo anteriormente indicado, debe entregar un equipo sustituto de características similares, pero en ningún caso inferior. Debe entregarse inmediatamente posterior a determinar que el plazo de 16 horas hábiles es insuficiente.
- Sustitución del equipo: Si durante al plazo indicado en el punto e), se determina que la falla reportada no puede ser corregida, el equipo debe ser sustituido por uno nuevo con características iguales o superiores. El plazo de entrega será el que se indicó en la oferta presentada por el contratista.
- Fallas recurrentes del equipo: Si durante los primeros 6 (seis) meses posteriores al recibido a satisfacción, y bajo los términos de los incisos d), e) y f); el equipo presenta al menos 2 (dos) fallas, la Administración podrá solicitar el reemplazo de este por un equipo igual o superior al ofertado. Durante el plazo en el que el contratista gestiona el cambio debe entregar un equipo sustituto de características similares, pero en ningún caso inferior en un periodo máximo de 2 días hábiles posterior al reporte. El plazo de entrega será el que se indicó en la oferta presentada por el contratista. En caso de que el contratista incumpla al menos dos veces las dos cláusulas anteriores el Administrador del Contrato, remitirá a la Proveeduría de la institución la nota correspondiente para que la misma proceda a levantar el expediente correspondiente y excluir al proveedor del registro de proveedores institucional. En caso de ser necesario será elevado el caso a la Contraloría General de la República.
- La garantía debe ser real y domiciliaria (cambio, no reparación de partes o componentes dañados, y se debe realizar en las instalaciones del Instituto Tecnológico de Costa Rica), y así debe reflejarse en la carta del fabricante. Para efectos de garantía no se aceptarán componentes con características o calidades menores a las entregadas con el equipo.
- La garantía de 3 o 5 años (según corresponda en la partida) debe incluir todo el equipo (incluida la fuente de luz). También el costo de la mano de obra de la garantía.
- Cuando ocurra sustitución del equipo o componentes, el nuevo período de garantía se contará a partir de la fecha en que se realizó el reemplazo.
6. PRECIO
- El oferente debe cotizar los equipos puestos en las bodegas del Instituto Tecnológico de Costa Rica, Cartago o San Carlos según corresponda. El incoterm debe ser DDP – (incluir el trámite de desalmacenaje y transporte) Aplicando nota de exoneración en las siguientes partidas 1, 2, 3, 4, 5 y 9. Solo se considerarán para el análisis de ofertas aquellas que indiquen que aplicarán nota de exoneración por lo que debe indicarlo expresamente en su oferta.
- Partidas de la 6, 7 y 8, no se tramitará exoneración de impuestos, puesto que se considera que la cantidad solicitada se encuentra en stock.
- Si la entrega estuviere sujeta al trámite de exoneración, el oferente deberá indicar en su oferta el plazo en que presentará los documentos necesarios para realizar la exoneración y el plazo que tardará en desalmacenar y entregar la mercadería.
7. PLAZO DE ENTREGA
- El plazo máximo de entrega es el indicado en cada partida. Las ofertas que consignen un plazo de entrega “Inmediato”, se considerará ejecutables en un día hábil.
- No se aceptarán entregas parciales de cada partida (caso contrario a lo que disponga la Institución).
1. ADJUDICACIÓN
- El ITCR se reserva el derecho de adjudicar por partida.
- El ITCR podrá modificar (aumentar o disminuir) la cantidad de bienes a adjudicar cuando el monto presupuestado así lo permita. Por lo anterior, el oferente debe indicar los precios unitarios de cada una de las líneas según corresponda.
- El Instituto procederá a adjudicar la presente licitación, en el doble del plazo para recibir ofertas, incluyendo en ese cálculo todas las prórrogas que se hubieren dado. Este plazo podrá prorrogarse por un período igual y por una sola vez, siempre y cuando se acrediten razones de interés público para tomar esa decisión, todo según lo estipulado en los artículos 87 y 144 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
2. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
El adjudicatario debe depositar vía plataforma de SICOP, como requisito para la formalización, una garantía de cumplimiento de un 5% sobre el monto adjudicado con una vigencia mínima de 90 días naturales, adicionales al plazo del contrato, incluye todas las prórrogas otorgadas por el administrador del contrato y/o los atrasos imputables al Contratista.
La garantía de cumplimiento debe ser depositada por medio de la plataforma de SICOP.
Si la cotización se hace en moneda extranjera, la garantía podrá depositarse en esa misma moneda; o bien en colones y se tasará al tipo de cambio de venta brindado por el Banco Central de Costa Rica al día del depósito.
Devolución de la garantía
Será devuelta dentro de los 20 días hábiles siguientes a la conclusión del contrato (es decir del recibido a satisfacción) por parte de la Unidad Solicitante
3. PÓLIZAS
Como oferente debe presentar copia de la póliza de riesgos del trabajo que cubra la actividad contractual en cumplimiento de lo establecido en los artículos 193 y 201 del Código de Trabajo. La certificación debe indicar claramente las actividades amparadas.
4. FORMALIZACIÓN
La presente contratación se formalizará mediante contrato con firma digital a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en la que la adjudicación haya adquirido firmeza.
5. ADMINISTRACIÓN CONTRACTUAL
La Administración Contractual y el control del recibo del bien es responsabilidad de cada una de las Unidades Solicitantes, de conformidad con el RLGCP, o bien estará a cargo del titular subordinado competente.
El administrador del contrato debe comunicar al Departamento de Aprovisionamiento de aquellos aspectos que no se estén cumpliendo conforme a los términos pactados, para que inicie los procedimientos que correspondan.
Para ello el contratista se compromete a acatar, así como las demás gestiones que se realicen con esta finalidad.
6. CONTROLES DE CALIDAD
El Departamento de Aprovisionamiento solicitará la revisión técnica de los equipos para verificar que se cumple con lo estipulado en el pliego de condiciones.
7. RECIBO A SATISFACCIÓN
Recepción provisional
El ITCR por medio de la Unidad Solicitante o el DATIC, según corresponda, contará hasta con 15 días hábiles posteriores a la entrega del bien, para la revisión del cumplimiento de los objetivos, previa revisión de las condiciones requeridas del producto se podrá proceder al pago correspondiente. En caso de encontrarse algún tipo de incumplimiento se informará al contratista y se le dará un plazo máximo de diez (10) días hábiles para la corrección, vencido el plazo se continuará contabilizando el plazo de entrega o en su defecto el tiempo de atraso.
1. CONSULTAS SOBRE EL PROCESO
Las personas funcionarias responsables del proceso darán trámite a consultas únicamente a través de la plataforma SICOP.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
1. CONDICIONES GENERALES
Son de acatamiento obligatorio para el fiel cumplimiento del presente pliego de condiciones, lo establecido en el documento anexo de condiciones generales contenido en la sección [F. Documento del cartel]
CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN
(Incoterm DDP — En plaza)
- GENERALIDADES
- Serán personas oferentes todas aquellas personas físicas o jurídicas que presenten sus ofertas en forma electrónica por medio del Sistema Digital Unificado, actuando por sí mismo o por medio de un representante. Toda oferta debe ser elaborada y presentada en el Sistema Digital Unificado, a más tardar a la hora y fecha indicada en el pliego de condiciones como cierre de recepción de ofertas.
- En los casos cuando se aporten manuales o documentación técnica que no esté disponible en documento electrónico o no cuente con firma digital certificada, este se debe incluir como un archivo PDF o JPG.
- La información técnica o complementaria y los manuales de uso expedidos por el fabricante deberán presentarse en idioma español, según se indica en el artículo 118 del Reglamento de la Ley General de Contratación Pública (RLGCP), salvo que en el pliego de condiciones se permitan otros idiomas con la traducción debidamente consularizada o se acepte una traducción libre de su texto.
- La persona oferente debe tener una cuenta domiciliada, cuenta que utilizará para realizar el pago del monto correspondiente por los timbres y a los depósitos o transferencias en efectivo correspondiente a garantías de cumplimiento o colateral.
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- Por el solo hecho de presentar su oferta en el presente concurso, la persona oferente admite: Conocer completamente las condiciones del concurso, sus aclaraciones o modificaciones, y que acepta todos los términos y condiciones que en ellos constan.
- Cumplir estrictamente con las obligaciones laborales y de seguridad social de sus trabajadores y que el contrato que se llegue a suscribir entre las partes no generará responsabilidad alguna para el ITCR, en cuanto a dichos rubros.
- Someterse a la jurisdicción y a los Tribunales Nacionales.
- El ITCR verificará la situación de la persona oferente con sus obligaciones con el Ministerio de Hacienda, mediante el sitio https://www.hacienda.go.cr/ATV/frmConsultaSituTributaria.aspx. En caso de duda con la información obtenida, el funcionario encargado de este proceso remitirá la prevención respectiva a la persona oferente.
- OFERTAS ELECTRÓNICAS
- El acto de apertura de las ofertas se realizará mediante el Sistema Digital Unificado, en la fecha y hora establecida en el pliego de condiciones.
- Las personas oferentes podrán efectuar observaciones al acta de apertura de ofertas en forma electrónica por medio del Sistema Digital Unificado dentro del plazo de un día hábil posterior a la publicación de la apertura.
- Todas las unidades de medidas que se utilicen en la oferta deben estar dadas en el Sistema Internacional (S.I.) de Pesos y Medidas.
- No se autoriza la presentación de ofertas en conjunto.
- Oferta Base y Ofertas Alternativas: La oferta base es aquella que cumple con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones (Condiciones Generales, Especificaciones Técnicas y Planos cuando correspondan).
- En el pliego de condiciones se indicará cuando se aceptan ofertas alternativas, se entenderá por oferta alternativa una propuesta distinta a la definida en el pliego de condiciones, respetando el núcleo del objeto y la necesidad a satisfacer, que puede ser conveniente y oportuna para la entidad. La Institución en la sección [5. Oferta] del pliego de condiciones indicará la cantidad máxima de ofertas base y alternativas que se permitirán.
- Cantidad de Ofertas: Para efectos de presentar varias ofertas, la persona oferente deberá registrarlas de forma separada en el Sistema Digital Unificado.
- Cuando la Institución requiera muestras del producto a ofertar, en la sección [11. Información, bien, servicio u obra] en el detalle de línea del pliego de condiciones se indicará cómo se llevará a cabo la entrega, la custodia, el análisis y la devolución de las muestras.
- La oferta debe indicar claramente y por escrito el plazo de la garantía de los bienes o servicios.
- PÓLIZA
Para contratar con la Administración es obligatorio cumplir con lo establecido en los artículos 193 y 201 del Código de Trabajo, en cuanto a la obligación de asegurar a sus trabajadores contra riesgos del trabajo en todas las actividades laborales. Lo cual será verificado con la presentación de la correspondiente Certificación de Riesgos de Trabajo al presentar la oferta y durante todo el período de ejecución contractual.
- GARANTÍA SOBRE LOS BIENES Y SERVICIOS
- La garantía debe ser real y domiciliaria (se debe realizar en las instalaciones del Instituto Tecnológico de Costa Rica). Para efectos de garantía no se aceptarán bienes o servicios con características o calidades menores a las adjudicadas.
- La persona contratista quedará comprometida a reponer, por su cuenta y riesgo, incluyendo el transporte y cualquier otro gasto adicional, los bienes o servicios que se compruebe se han dañado o bien que presenten problemas durante el período de garantía como consecuencia de defectos de fabricación, por mala calidad de los materiales empleados, por funcionamiento defectuoso, por deficiente embalaje o por cualquier otra causa imputable a la persona contratista, incluyendo los faltantes de fábrica.
- Los bienes o servicios reemplazados por las causas mencionadas anteriormente gozarán de las mismas garantías de reemplazo por cuenta de la persona contratista. Si el daño se repitiera se suspenderá la vigencia del periodo que la persona contratista tarda en reemplazar el producto adjudicado una vez comprobado que no existan defectos, la garantía vuelve a correr por lo que resta del periodo de vigencia. Los bienes o servicios reemplazados gozarán del mismo periodo de garantía originalmente solicitado.
- La persona contratista, en todos los casos, cubrirá los costos de envío, sustitución y devolución.
- En caso de que corresponda la persona contratista deberá garantizar la existencia y el suministro de piezas de repuesto, incluyendo los componentes que no sean de su manufactura.
- En caso de contratación de servicios, éstos deben responder a los fines expuestos en el contrato, sin perjuicio de las mejoras que puedan sobrevenir, pero nunca podrá ser en detrimento de la necesidad pública contratada.
- Debe ser presentada en forma electrónica, en cualquier moneda extranjera o bien en su equivalente en moneda nacional, al tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al día anterior de la suscripción del contrato. En este último caso la persona contratista está obligada a mantener actualizado el monto de la garantía.
- Deberá estar vigente por el plazo indicado en la sección [4. Garantías] del pliego de condiciones o en su defecto hasta por el plazo de dos meses adicionales a la fecha probable de la recepción definitiva del objeto contractual.
- Será devuelta por medio del sistema digital unificado a la persona contratista en el plazo indicado en las condiciones del pliego de condiciones o en su defecto dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha en que la Administración haya recibido de forma definitiva y a satisfacción el contrato, comprobado mediante documento suscrito por el Administrador del Contrato, previa solicitud del contratista.
- EJECUCIÓN DE GARANTÍA DE FUNCIONAMIENTO
- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
- En el caso de que el ITCR se viera obligado a ejecutar la garantía antes del vencimiento del contrato, la persona adjudicataria rendirá una nueva, de manera que el contrato en todo momento quede garantizado hasta su ejecución total. En caso de no rendir la nueva garantía, será motivo suficiente para resolver el contrato.
- Es una obligación de la persona contratista mantener vigente la garantía de cumplimiento hasta por el plazo de dos meses adicionales a la fecha probable de la recepción definitiva del objeto contractual. Si un día hábil antes del vencimiento de la garantía, la persona contratista no ha prorrogado su vigencia, el ITCR podrá hacerla efectiva en forma preventiva y mantener el dinero en una cuenta bajo custodia, el cual servirá como medio resarcitorio en caso de incumplimiento. En este caso la persona contratista podrá presentar una nueva garantía sustitutiva.
- Tanto para la garantía de cumplimiento y colateral, el monto o porcentaje, así como su vigencia se establecerán en la sección (4. Garantías) del pliego de condiciones.
- Las garantías de cumplimiento y colateral deberán rendirse por medios electrónicos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 44 del Decreto No. 36242-MP-Plan.
- Cuando se trate de una garantía de cumplimiento o colateral otorgada mediante un depósito de bono de garantía, el obligado, para rendir la garantía electrónica deberá acudir a una entidad emisora de este tipo de garantías. La entidad garante deberá transmitirla al Sistema Digital Unificado en el mismo acto de su emisión.
- Cuando la garantía de cumplimiento se rinda mediante certificados de depósito a plazo, bonos del Estado y sus Instituciones y cheques certificados o de gerencia de un banco del Sistema Bancario Nacional, el obligado deberá entregar estos valores al banco
- Cuando la garantía de cumplimiento se rinda mediante dinero en efectivo, el obligado, utilizando el Sistema Digital Unificado deberá transferir el dinero a una cuenta domiciliada de la Institución.
- Patente respectiva donde acredite la actividad comercial, debe ser afín al objeto contractual y a nombre de la persona física o jurídica que presenta la oferta. Para comprobar el requisito debe presentar Copia de la Patente o en su defecto la nota emitida por la Municipalidad respectiva en donde expresamente se indique que se exonera de la patente para la actividad comercial ofertada. No se aceptan declaraciones juradas.
- Todo oferente deberá contar con el Permiso Sanitario de Funcionamiento de la empresa o persona física, extendido por el Ministerio de Salud, de conformidad con los Decretos D-34728-S y D-6985-S, Reglamento General de Otorgamiento de Permisos de Funcionamiento y sus reformas; el mismo debe estar emitido a nombre del oferente y la actividad autorizada debe ser atinente a lo requerido por la Administración; asimismo, debe estar vigente, para lo cual deben aportar copia de los documentos que demuestren tales condiciones. Para los casos que estén exentos de
asignado para este efecto en las condiciones particulares del pliego de condiciones para que dicha entidad se encargue de su custodia.
- PATENTE Y PERMISO SANITARIO DE FUNCIONAMIENTO
- contar con el Permiso Sanitario de Funcionamiento deben aportar documento del Ministerio de Salud que así lo acredite.
- Para la evaluación y análisis del precio presentado en la oferta, el ITCR aplicará lo establecido en el artículo 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Los precios cotizados serán firmes, definitivos y en plaza (Incoterm DDP - nacionalizados). Lo anterior, sin perjuicio de la aplicación de los mecanismos de revisión de precios vigentes, o que se indiquen, en lo que se refiere únicamente a cotizaciones en colones.
- Cuando se trate de la contratación de obras y servicios la persona oferente deberá indicar en la sección (Información de bienes servicios u obras) el desglose de la estructura del precio. En el caso de bienes, cuando se solicite en el pliego de condiciones. La Administración se reserva la posibilidad de solicitar, en cualquier tipo de objeto contractual, la documentación que justifique el precio cotizado cuando lo estime necesario para el análisis de razonabilidad de precios.
- El precio total cotizado debe presentarse en números con no más de dos decimales y en letras coincidentes, en caso de duda prevalecerá el precio cotizado en letras. Las ofertas presentadas en moneda extranjera serán comparadas con respecto a las cotizaciones en moneda nacional, según el tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el BCCR, vigente al día de apertura de las ofertas, según lo establecido en el artículo 98 del Reglamento de la Ley General de Contratación Pública.
- La persona oferente debe detallar con claridad y en forma expresa, todo tipo de erogación a cargo del ITCR que se derive de la adjudicación de esta contratación.
- Cuando la persona oferente se encuentre registrada como PYME de conformidad con el artículo 3, inciso m), de la Ley N.° 6054, deberá indicarlo en su oferta y aportar la certificación vigente emitida por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), a efecto de que le sea aplicado el régimen legal correspondiente. Cuando el objeto contractual sea de producción nacional, el pliego de condiciones podrá asignar un puntaje de hasta un diez por ciento (10%) en el sistema de evaluación de ofertas, para lo cual la persona oferente deberá aportar el certificado de Producción Nacional emitido por el MEIC, conforme al Decreto Ejecutivo N.° 43272-MEIC-H-COMEX.
- Los Campus y Centros Académicos del ITCR son 100% Espacios Libres de Humo de Tabaco, acordado en la sesión ordinaria del Consejo Institucional No. 2754, del 8 de marzo del 2012, por lo tanto: No se permite fumar dentro de las instalaciones incluido parqueos y zonas verdes.
- Se debe acatar lo establecido en el artículo 39 del Reglamento contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Academia del ITCR.
- Se deben acatar las normas vigentes del "Reglamento contra el Acoso Laboral en el
- PRECIOS
- Normativa Interna
- Instituto Tecnológico de Costa Rica".
- Todos los Campus y Centros Académicos del ITCR están cubiertos por el "Reglamento contra la Discriminación por orientación sexual, identidad y expresión de género", aprobado por el Consejo Institucional, en la Sesión Ordinaria No. 3247, Artículo 7, del 15 de diciembre de 2021, el cual se encuentra en la página web del ITCR. En dicho reglamento en el artículo 25 inciso g, se establecen las sanciones que en incumplimiento de este Reglamento serán aplicadas.
- Todos los reglamentos mencionados en esta cláusula pueden ser consultados en la página web del ITCR en la sección reglamentos.
- En concordancia con los artículos 125 inciso d) y del 127 al 130 (ambos inclusive) del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, el ITCR permitirá la presentación de ofertas en consorcio, bajo los siguientes términos:
- Las personas físicas o jurídicas que participen formando un consorcio, deben presentar sus documentos o atestados en forma individual con la presentación de la plica, para su respectivo análisis.
- Si uno o varios de los miembros del consorcio fuesen empresas o personas físicas extranjeras, la documentación que presenten para el análisis de la Administración debe venir en original o copia certificada.
- El ITCR podrá solicitar, a su discreción, la ampliación de la información, así como las aclaraciones que considere razonables, en aras de lograr una adecuada comparación entre los oferentes.
- La documentación debe incluir toda aquella información necesaria para la adecuada interpretación, usando terminología aceptada que pueda expresar mejor su significado y el carácter de dicha información.
- Para efectos de análisis, cada empresa o persona física que conforme el consorcio, debe ser estudiada en forma separada, para luego determinar su idoneidad en forma conjunta.
- La persona oferente deberá presentar en la sección (Información de bienes, servicios u obras) de la oferta un desglose de los bienes o servicios ofrecidos junto con los impuestos. En caso de que el pliego de condiciones se refiera a algún rubro sujeto a exenciones o exoneraciones establecidas en alguna ley especial, se entenderá que esto aplica para el ITCR, salvo si la ley respectiva dispone que la exención o exoneración aplica también para la persona contratista.
- Si se omite esta referencia se tendrán por incluidos en el precio cotizado, tanto los impuestos, tasas, sobretasas y aranceles de importación, como los demás impuestos del mercado local.
- PARTICIPACIÓN EN CONSORCIO
- SUBCONTRATACIÓN
Se debe aportar junto con la oferta un listado de las empresas o persona física subcontratadas. En ese detalle, se indicarán los nombres de todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar y se aportará una certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas.
- IMPUESTOS
- Con el fin de verificar el monto de los impuestos correspondientes, la persona contratista deberá presentar dentro de sus facturas un desglose de los bienes y/o servicios adquiridos y los impuestos en forma separada.
- Para el caso de pagos de servicios que se deban acreditar en el extranjero, el ITCR realizará la retención correspondiente del Impuesto sobre las Remesas al exterior vigente al momento de acreditar el pago, y cuyo detalle se encuentra incluido en el artículo 59 de la Ley de Impuesto sobre la Renta No. 7092.
- Para el caso de pagos que se deban acreditar en Costa Rica, el ITCR realizará la retención correspondiente del Impuesto sobre la Renta vigente al momento de acreditar el pago, y cuyo detalle se encuentra incluido en el artículo 23 inciso g) de la Ley del Impuesto sobre la Renta No. 7092.
- El ITCR es contribuyente del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA), el cual grava los bienes y servicios con un 2% para las Universidades Estatales, esto de acuerdo con el Reglamento de la Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado, Decreto Ejecutivo N°41779, artículo 23 inciso e), Aplicación de tarifas reducidas, del Ministerio de Hacienda. Por lo que los impuestos deben indicarse por separado, según artículo 98 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, caso contrario se presume que el monto cotizado los contempla.
- Toda oferta debe suministrar la documentación técnica, expedida por el fabricante y suficiente que permita su análisis y estudio comparativo para efectos de adjudicación.
- Tratándose de la adquisición de bienes, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales, o marca, ello se hará a manera de referencia. Únicamente podrá ser estricta la aplicación de estas referencias cuando el objeto de contratación se trate de repuestos genuinos o la fabricación de piezas que por su aplicación dentro del proyecto pueda tener el carácter de "especial".
- La persona oferente debe indicar marcas, modelos, códigos y descripción del producto ofrecido según corresponda, de lo contrario su oferta quedará excluida, según resoluciones RC-006-2000 del 1 de febrero del 2000 y R-DCA-263-2011, ambas de la Contraloría General de la República.
- Toda descripción en el pliego de condiciones de: catálogos, nombres, marcas, especificaciones y otras indicaciones que correspondan a determinadas casas comerciales deben tomarse únicamente como referencia, ya que han sido citados solamente con el propósito de identificar, describir e indicar las características del objeto deseado para mayor claridad de los oferentes. Cuando se mencione la marca de un objeto o característica inherente a él, se entenderá que puede ser suplido en
- INFORMACIÓN TÉCNICA
- En caso de que el oferente detecte en el presente pliego de condiciones que se carece de algún elemento para su correcta ejecución, funcionalidad o cumplimiento del bien, deberá advertirlo oportunamente al ITCR antes de la apertura del concurso, de lo contrario no podrá invocar esa circunstancia para eximirse de responsabilidad durante una eventual ejecución contractual, en atención a lo dispuesto en el RLGCP.
- Para la adquisición de bienes todo oferente debe adjuntar la Ficha Técnica en cada una de las partidas ofertadas.
- Cuando la naturaleza del bien lo requiera, los empaques y embalajes deben ser apropiados al tipo de mercancía y garantizar su adecuada conservación durante el transporte y almacenamiento; el pliego de condiciones podrá detallar las indicaciones de manejo, riesgo, refrigeración u otra seguridad especial que corresponda, así como la exigencia de que las etiquetas de la mercadería se presenten en idioma español.
- Cuando se trate de la adquisición de bienes o servicios, la persona oferente, deberá indicar las normas bajo las cuales se rigen los bienes o servicios ofrecidos. Cualquier discrepancia con lo especificado por la Administración, en cuanto a estas normas, deberá ser indicada por la persona oferente agregando la norma a utilizar y la equivalencia con las normas que la Administración indicó en el Pliego de condiciones.
- Donde quiera que se mencione una norma o especificación, debe entenderse que se aceptará, a criterio exclusivo del ITCR cualquier otra internacionalmente reconocida que garantice una calidad igual o superior a lo estipulado.
- En lo que atañe a las regulaciones de calidad se deberán respetar las regulaciones de la Ley del Sistema Nacional de la Calidad, de acuerdo con el Artículo 90 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, contenido del pliego de condiciones, sección 3 inciso a.
- Cuando el pliego de condiciones habilite expresamente el trámite de exoneración ante el Ministerio de Hacienda, la persona contratista debe presentar al ITCR la siguiente documentación:
forma equivalente, pero de calidad y especificaciones iguales o superiores a las de las marcas señaladas.
- Solicitud escrita de exoneración suscrita por la persona contratista o su representante, en esta hará referencia a la contratación que da origen a la solicitud y deberá indicar el número de documento de embarque, el tipo de transporte (vapor, avión o terrestre), el país de procedencia, el consignatario, el remitente, el
- NORMAS DE CALIDAD
- TRÁMITE DE EXONERACIÓN
peso bruto en kilos y el valor CIF en dólares moneda de Estados Unidos de América.
- Una copia de la(s) factura(s) del o los suministros a exonerar, la misma debe ser redactada en español o en su defecto debe venir acompañada con la traducción correspondiente. En el caso de que en una misma factura se consignen otros suministros, se debe indicar claramente, cuáles son los bienes que serán entregados a la Institución.
- Cuando un contratista nacional intermedie en la importación: Una copia del documento de embarque o guía aérea, el cual debe cumplir con todos los requisitos legales que exigen las aduanas del país, para cumplir con los trámites de exoneración. Asimismo, debe contener un "Endoso comercial a favor del ITCR", firmado por el apoderado Generalísimo, o su representante legal, indicando el nombre, número de cédula y firma.
- Cuando un contratista internacional intermedie en la importación: Una copia del documento de embarque o guía aérea, el cual debe cumplir con todos los requisitos legales que exigen las aduanas del país, para cumplir con los trámites de exoneración. Asimismo, puede estar consignado al ITCR o en su defecto contener un "Endoso comercial a favor del ITCR", firmado por el apoderado Generalísimo, o su representante legal, indicando el nombre, número de cédula y firma. El ITCR entregará al contratista o su representante en Costa Rica, la documentación pertinente a la exoneración para que realicen en la Aduana o Almacén Fiscal los trámites de desalmacenaje y posterior entrega del bien en las bodegas de la Institución o en el lugar acordado.
- Es responsabilidad del contratista cubrir con todos los gastos, que ocasione el internamiento, desalmacenaje, transporte dentro y fuera del país, hasta entregar el bien en las bodegas de la Institución.
- El ITCR cancelará a la persona contratista el monto respectivo dentro de los 30 días naturales siguientes a la recepción a satisfacción del contrato. Para ello, una vez recibido el bien, obra o servicio a satisfacción por el Administrador de contrato, la persona contratista debe enviar la factura a la dirección de correo electrónico pagostecapro@itcr.ac.cr (Campus Tecnológico Central Cartago) o pagostecsc@itcr.ac.cr (Campus Tecnológico Local San Carlos). Se debe contar con el visto bueno de la persona Administradora del contrato, para así proceder con el pago correspondiente.
- MODALIDADES DE PAGO
- Cuando la adjudicación se consigne en moneda extranjera, el pago se realizará en colones calculados al tipo de cambio interbancario de venta emitido por el Banco Central de Costa Rica para las operaciones con el Sector Público no bancario, vigente al día en que se realice la transferencia respectiva, según Directriz N°DFC-001-2017 "Uso del tipo de cambio en las operaciones del ITCR". En caso de que la persona contratista solicite una prórroga originada por motivos no imputables al ITCR, el pago se calculará al tipo de cambio establecido en la fecha de entrega inicial.
- El ITCR indicará en la sección [11. Información de bien, servicio u obra] del pliego de condiciones, en el detalle de partida las modalidades de pago que utilizará para cumplir su obligación.
- Se cobrará la multa correspondiente cuando se compruebe la existencia de incumplimientos parciales, defectos o atrasos en la entrega de los bienes, obras o servicios, sin que ello implique un incumplimiento grave de las obligaciones contractuales.
- La multa será definida por el órgano técnico competente como parte de la solicitud de contratación o del pliego de condiciones, debiendo constar en el expediente el análisis técnico que determina su monto o porcentaje, de conformidad con la Ley General de Contratación Pública, N.° 9986, y su Reglamento.
- El cobro de la multa se hará mediante acto motivado, con indicación de la prueba que lo sustente, y se rebajará de la factura pendiente de pago, sin perjuicio de otros daños que el incumplimiento genere.
- La cláusula penal sanciona los atrasos o entregas anticipadas no autorizados por la Administración del contrato en cualquiera de las obligaciones contractuales.
- Su monto o porcentaje será definido por el órgano técnico designado en cada contratación, con fundamento en el estudio previo que valore, al menos: el tiempo del recurso administrativo y técnico involucrado en atender el incumplimiento, el nivel de criticidad del bien, obra o servicio para la continuidad de las labores institucionales, el monto del contrato y el plazo pactado.
- Una vez cubierto el tope del veinticinco por ciento (25%) del monto total del contrato, el ITCR queda facultado para iniciar el procedimiento de resolución contractual por incumplimiento, sin perjuicio del cobro de los daños y perjuicios que corresponda.
- El cobro de la cláusula penal requiere acto motivado, con indicación de la prueba que lo sustente, tramitado conforme al procedimiento de la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento.
- MULTAS
- CLÁUSULA PENAL
- Las prórrogas contractuales no operan de forma automática, salvo disposición distinta prevista expresamente en el pliego de condiciones para el caso concreto, y son facultativas para la Administración.
- Previo a resolver sobre una prórroga, el Administrador del contrato deberá verificar: i) que no exista un incumplimiento grave de las condiciones y plazos pactados; ii) que subsista la necesidad institucional del objeto contractual; iii) que las condiciones de precio no resulten excesivas respecto del mercado, para lo cual deberá constar en el expediente el estudio comparativo respectivo; iv) tratándose de proveedor único o exclusivo, que dicha condición se mantenga y que no existan alternativas idóneas en el mercado; v) la existencia de contenido presupuestario suficiente; y vi) que la persona contratista se encuentre al día en sus obligaciones obrero-patronales con la Caja Costarricense de Seguro Social, conforme a los artículos 74 y 74 bis de la Ley Constitutiva de la C.C.S.S., N.° 17, así como en sus obligaciones tributarias y con FODESAF.
- De determinarse procedente la prórroga, se notificará a la persona contratista con al menos 30 días naturales de antelación al vencimiento del contrato, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente motivado en el expediente, en cuyo caso podrá variarse dicho plazo previa coordinación con la persona contratista.
- Toda decisión sobre prórroga, sea de otorgarla o denegarla, deberá constar mediante acto motivado dentro del expediente de la contratación.
- PRÓRROGAS DEL CONTRATO
- CLÁUSULA ANTISOBORNO
Toda contratación del ITCR está cubierta por esta cláusula antisoborno, que garantiza que las actuaciones de las partes se han desarrollado en estricto cumplimiento de la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, N.° 8422, el Código Penal costarricense y el bloque de legalidad.
La persona oferente, adjudicataria o contratista, sea física o jurídica, así como sus representantes legales, socios, accionistas o terceros que actúen en su nombre, no podrán ofrecer, negociar o efectuar pago alguno, dádiva, beneficio, incentivo, favorecimiento, regalo o cualquier ventaja indebida en relación con los procedimientos de contratación pública institucionales, ya sea de forma directa, indirecta o por interpósita persona, funcionaria pública o privada.
La persona contratista se obliga a conducir sus actuaciones durante la planificación, selección y ejecución contractual con apego a los principios de probidad. El ITCR se reserva la potestad de realizar la debida diligencia de verificación que corresponda, a través del Departamento de Aprovisionamiento, y de proceder con las denuncias
respectivas cuando existan indicios de acuerdos colusorios, prácticas monopolísticas, anticompetitivas o de corrupción.
- CONFIDENCIALIDAD
La condición de "documento confidencial" suministrada por los oferentes en sus anexos será regulada acorde al artículo 15 — Excepción a la publicidad de la información — de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 30 — De la información confidencial en el sistema digital unificado — del Reglamento para la utilización del Sistema Integrado de Compras Públicas "SICOP":
Artículo 15.- Excepción a la publicidad de la información: En caso de que un participante considere que existe información confidencial, así deberá indicarlo de modo expreso en el sistema digital unificado, al momento mismo de presentar o facilitar la documentación, haciendo señalamiento claro de los folios o archivos que estima confidenciales y de los motivos y su sustento jurídico (...)
Artículo 30.- De la información confidencial en el sistema digital unificado: En el supuesto que un participante considere que la información aportada para un procedimiento de contratación es de carácter confidencial, deberá indicarlo en el sistema digital unificado con sus motivos y sustento jurídico con la finalidad de cumplir lo preceptuado en el artículo 15 de la Ley General de Contratación Pública, salvo solicitud de la Contraloría General de República (...)
Por tanto, la condición de "documento confidencial" que brinda el sistema para adjuntar anexos a su oferta puede ser utilizada en la casilla correspondiente en tanto dichos documentos cumplan esa condición y el oferente adjunte la justificación correspondiente, de lo contrario la Administración lo reclasificará como "documento público".
- RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS, DIFERENCIAS, DISPUTAS O RECLAMOS
Se podrá acudir al arbitraje en los casos en los que así lo autorice previa y expresamente el Consejo Institucional o el Departamento de Aprovisionamiento, siguiendo la normativa dictada por la Ley y su Reglamento.
Todas las controversias, diferencias, disputas o reclamos de carácter patrimonial que pudieran derivarse de la presente contratación administrativa, su ejecución, incumplimiento, liquidación, podrán ser resueltas bajo la modalidad de un Proceso de Arbitraje, el cual se hará de conformidad con la Ley Sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social. El arbitraje será de derecho. Los árbitros serán designados uno por cada Parte y el tercero en conjunto por los dos árbitros designados por las partes contratantes. El laudo arbitral se dictará por escrito, será definitivo, vinculante para las partes e inapelable, salvo el recurso de revisión o de nulidad. Una vez que el laudo se haya dictado y se encuentre firme, producirá los efectos de cosa
- La persona contratista no podrá ceder ni traspasar, total o parcialmente, a terceros los derechos y obligaciones derivados del contrato sin la autorización previa y expresa del ITCR, de conformidad con el artículo 102 de la Ley General de Contratación Pública, N.° 9986, y el artículo 277 de su Reglamento.
- La cesión solo podrá autorizarse cuando no varíen las condiciones que fundamentaron la selección de la persona contratista original (idoneidad técnica, legal y financiera) y siempre que no se altere el objeto ni el equilibrio económico del contrato.
- La cesión realizada sin la autorización correspondiente facultará al ITCR para resolver el contrato, sin perjuicio de las demás acciones que en derecho correspondan.
- Cuando en virtud de la ejecución contractual la persona contratista tenga acceso, trate o custodie datos personales de estudiantes, funcionarios(as) o terceras personas vinculadas al ITCR, deberá cumplir con lo establecido en la Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales, N.° 8968, y su Reglamento.
juzgada material y las partes deberán cumplirlo sin demora. Los gastos relacionados con el arbitraje y los honorarios de los árbitros serán asumidos por las partes en igual proporción. Los montos y porcentajes de las costas serán los que se establezcan en la reglamentación del Centro de Arbitraje que al efecto escogieran las partes. En caso de que las partes no acuerden bilateralmente la realización del arbitraje, deberán acudir a los mecanismos y procesos administrativos y judiciales previstos en la legislación.
- DERECHOS DEL INSTITUTO
El oferente autoriza expresamente al Departamento de Aprovisionamiento, para que verifique si toda la información brindada por su representada se ajusta a la realidad.
- FINIQUITO
Las partes se encuentran facultadas para acordar la suscripción del finiquito del contrato, el cual podrá realizarse dentro del año siguiente o plazo aplicable según normativa, a la recepción definitiva del bien, servicio u obra.
La suscripción del finiquito por quien tenga capacidad legal para ello impedirá reclamos futuros, salvo la responsabilidad que corresponda por vicios ocultos.
- TERMINACIÓN DEL CONTRATO
El ITCR podrá aplicar las disposiciones referidas a la rescisión y resolución contractual, de conformidad con lo estipulado en la Ley General de Contratación Pública según los artículos del 113 al 116 y su Reglamento.
- CESIÓN DEL CONTRATO
- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
- La persona contratista se obliga a utilizar dichos datos únicamente para los fines estrictamente necesarios para la ejecución del contrato, a implementar las medidas de seguridad técnicas y organizativas correspondientes, y a no transferirlos a terceros sin autorización previa y expresa del ITCR.
- Finalizada la relación contractual, la persona contratista deberá devolver o eliminar, según corresponda, la información y los datos personales a los que tuvo acceso, salvo obligación legal de conservarlos.
- Ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento total o parcial de sus obligaciones contractuales cuando este se derive de caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado, entendido como todo acontecimiento imprevisible o inevitable, ajeno a la voluntad de la parte afectada.
- La parte que invoque el caso fortuito o la fuerza mayor deberá comunicarlo por escrito a la otra parte dentro de un plazo razonable a partir de su acaecimiento, indicando su naturaleza y el efecto sobre el cumplimiento de sus obligaciones, y deberá aportar la prueba que lo sustente.
- Verificada la situación, el Administrador del Contrato podrá suspender el plazo contractual mientras subsista la causa, de conformidad con el artículo 106 de la Ley General de Contratación Pública, N.° 9986, y el artículo 282 de su Reglamento.
- La invocación del caso fortuito o la fuerza mayor no exime a la persona contratista de adoptar las medidas razonables a su alcance para mitigar los efectos del hecho, ni de reanudar el cumplimiento de sus obligaciones tan pronto cese la causa que lo impide.
- CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR
- Ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento total o parcial de sus obligaciones contractuales cuando este se derive de caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado, entendido como todo acontecimiento imprevisible o inevitable, ajeno a la voluntad de la parte afectada.
- La parte que invoque el caso fortuito o la fuerza mayor deberá comunicarlo por escrito a la otra parte dentro de un plazo razonable a partir de su acaecimiento, indicando su naturaleza y el efecto sobre el cumplimiento de sus obligaciones, y deberá aportar la prueba que lo sustente.
- Verificada la situación, el Administrador del Contrato podrá suspender el plazo contractual mientras subsista la causa, de conformidad con el artículo 106 de la Ley General de Contratación Pública, N.° 9986, y el artículo 282 de su Reglamento.
- La invocación del caso fortuito o la fuerza mayor no exime a la persona contratista de adoptar las medidas razonables a su alcance para mitigar los efectos del hecho, ni de reanudar el cumplimiento de sus obligaciones tan pronto cese la causa que lo impide.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Multas: Si el contratista incumple con los términos técnicos o cumple defectuosamente, en cuanto a las actividades a su cargo, según los términos de la contratación, se le aplicará una multa, según el siguiente detalle: 1. El cumplimiento se evaluará independientemente y se aplicará sobre el monto facturado 2. La aplicación de la multa no excluye la obligación del contratista de remediar la acción u omisión que generó el incumplimiento. 3. El listado no taxativo de eventuales incumplimientos se encuentra supeditado a la aplicación del parámetro y la determinación de la repercusión del incumplimiento detectado en cada caso. 4. El ITCR mantiene la potestad de aplicar la resolución contractual, sin perjuicio de la ejecución de la garantía de cumplimiento, cuando la gravedad del incumplimiento así lo determine. Parámetro único: Repercusión del eventual incumplimiento Alto= 5 puntos: Cuando el incumplimiento de cada norma de buenas prácticas de seguridad ocupacional y/o ambientales, normas laborales, especificaciones técnicas del servicio contratado, afecta o pone en riesgo muy alto la eficacia, eficiencia, continuidad de las labores del ITCR, así como la imagen institucional y con ello afecta los objetivos estratégicos institucionales vinculados a la dependencia usuaria, según PAO. Medio= 3 puntos: Cuando el incumplimiento de cada norma de buenas prácticas de seguridad ocupacional y/o ambientales, normas laborales, especificaciones técnicas del servicio contratado, afecta o pone en riesgo alto y/o moderado la eficacia, eficiencia, continuidad de las labores del ITCR, así como la imagen institucional y con ello afecta los objetivos estratégicos institucionales vinculados a la dependencia usuaria, según PAO. Leve= 1 punto: Cuando el incumplimiento de cada norma de buenas prácticas de seguridad ocupacional y/o ambientales, normas laborales, especificaciones técnicas del servicio contratado, afecta o pone en riesgo leve y/o bajo la eficacia, eficiencia, continuidad de las labores del ITCR, así como la imagen institucional y con ello afecta los objetivos estratégicos institucionales vinculados a la dependencia usuaria, según PAO. Cada incumplimiento debe ser reportado por el Administrador del Contrato Listado no taxativo de eventuales incumplimientos: Descripción del eventual incumplimiento Parámetro asignado por repercusión No cumplir con las especificaciones del equipo técnico y humano establecidos en el pliego, o que se encuentre incompleto. Alto No cumplir con las especificaciones para el producto final según lo acordado. Alto Si la subcontratación supera el 50% de aquellos servicios adicionales o complementarios que se requieran para llevar a cabo los objetivos de cada partida. Se subcontrató empresas (personas físicas o jurídicas) para llevar a cabo la naturaleza (esencia) de la partida, o se subcontrató otras empresas para participar en otras partidas. El oferente no tenía el giro de negocio relacionado al área por adjudicar, según cada partida. Alto Utilizar las instalaciones del ITCR para una actividad diferente, ajena al objeto de esta contratación. Alto Detectar que el contratista no tiene debidamente asegurado al personal a través de C.C.S.S y/o encontrarse en mora sin la presentación de un arreglo de pago con la C.C.S.S. Alto Incumplimiento en el pago del salario al personal o pago inferior al mínimo establecido legalmente. Alto Ocasionar daños/pérdidas materiales y/o humanas al ITCR, de miembros de la comunidad institucional y/o terceros visitantes, por acción dolosa y/o culposa, atribuible al personal del contratista. Alto Porcentaje de sanciones económicas El porcentaje aplicable por sanción económica se establece de la siguiente manera: Puntaje acumulado Relevancia de la sanción Porcentaje aplicable por semana al monto contratado Más de 10 puntos Alta 1,5% De 4 a 9 puntos Media 1% Menor a 4 puntos Leve/baja 0,5%
Cláusula penal. A continuación, se indican los parámetros a considerar para la expresión matemática con el fin de aplicar la sanción económica cuando corresponda. Parámetro N°1: Plazo de entrega Pe Este corresponde al plazo de entrega del bien que se ha establecido en el contrato, orden de compra o su similar de la contratación. Para este proceso los bienes se deben entregar como máximo de acuerdo con el plazo indicado en cada partida. Parámetro N°2: Factor del tiempo de entrega f_T Para evaluar el factor del tiempo de entrega, se asignó la valoración de acuerdo con tiempos de entrega típicos dentro de la institución, donde un tiempo “corto” requiere mucha precisión y planificación, lo cual incrementa el riesgo. Para este factor establece una clasificación de riesgo “alto” con un valor asociado de 1. Parámetro N°3: Factor de riesgo por incumplimiento de especificación en la entrega f_RE El rango para valorar este parámetro será asignado de acuerdo con la lista de Objetos de gasto que se utiliza en el ITCR. Al criterio de valoración se le asignó valores entre 1,0 (mayor) a 0,33 (menor). Con este criterio, se determina el impacto que pueda tener el hecho de que el Contratista suministre un bien con alguna característica que incumpla con las especificaciones técnicas dentro del quehacer institucional. 5-01-05, valor 1. Parámetro N°4: Factor del monto del contrato f_M Se evaluará el monto de la contratación, de acuerdo con los límites económicos establecidos por la Contraloría General de la República para los procedimientos de contratación administrativa para el ITCR, según el Estrato correspondiente a la institución. Para este proceso corresponderá un procedimiento de contratación por Licitación Menor, con una escala de valuación Alto y un valor asociado de 0.66. Parámetro N°6: Monto del contrato Mc Entiéndase este como el valor de intercambio acordado entre las partes por la venta y adquisición de bienes y/o servicios enmarcados en un contrato de común acuerdo entre los interesados, los cuales se comprometen recíprocamente a respetar y cumplir las condiciones establecidas en este. Parámetro N°7: Días de atraso en la entrega Da Este elemento corresponde a la cantidad de días de atraso en la entrega de los bienes contratados. Expresión matemática para calcular la sanción económica De acuerdo con la información anterior, se propone la siguiente expresión matemática para la sanción económica por atraso en la entrega o por el incumplimiento en alguna especificación: Sanción económica =((25%)/(0,5*Pe))*(f_RE*f_M*f_T )*M_c*D_a Factores de la expresión matemática Valor asociado Pe plazo de entrega en el contrato Según se indica en cada partida f_T factor del tiempo de entrega 1 f_RE factor de riesgo en la entrega por incumplimiento en alguna especificación-factor técnico 1 f_M factor del monto del contrato 0.66 Mc Monto de contrato Por definir Da Días de Atraso Por definir
Documentos del cartel6
- PLIEGO DE CONDICIONESPDF · 461 KB
- COMPILACION DE MARGENES DE TOLERANCIAPDF · 123 KB
- CONDICIONES GENERALESPDF · 236 KB
- DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA PARTIDA 1ZIP · 225 KB
- CRONOGRAMAPDF · 41 KB
- MODIFICACIÓN #1PDF · 440 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Evelyn Bonilla Cervantes
Aprovisionamiento
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 04/10/2026 14:02. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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