2026LD-000068-0019800001 · SICOP 20260802897
Compra de iPhone 17 Pro Max
Asamblea Legislativa
Asamblea Legislativa ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡4,5 millones y quedó en firme el 23/09/2026. Se recibieron 4 ofertas de 4 empresas. Ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡4,5 millones
Ofertas recibidas
4
de 4 empresas
Oferta más baja
₡2,5 millones
44 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 23/09/2026
- Industrias de Computacion NacionalLa más barata de 4₡2 546 053,50
Informe de recomendación de José Miguel Arguedas Porras, 17/09/2026 · adjuntos: AL-DPIN-OFI-0068-2026 Analisis ofertas Iphone.pdf, Consulta pública de situación tributaria - 16-09-2026..pdf, Oferta Asamblea Legislativa (1).pdf (8.38 MB), IPJ.png
Fechas clave
- Se publicó03/09/2026 10:36 · hace 38 días
- Límite para 04/09/2026 23:59 · hace 37 días
- Límite para 07/09/2026 23:59 · hace 34 días
- Cierre de ofertas10/09/2026 09:00 · hace 31 días
- de ofertas10/09/2026 09:01 · hace 31 días
- publicado18/09/2026 12:11 · hace 23 días
- Adjudicación 23/09/2026 09:19 · hace 18 días
Contexto
- Asamblea Legislativa adjudicó ₡1 501,0 millones en 160 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Telefono Celular con Pantalla de 146,6 X 70,6 X 8,3 (6,7) Mm (pulg), 1290 X 2796 Pixels, Red GSM / Cdma / Hspa / Evdo / Lte / 5g, Sistema Operativo Ios 17, Procesador Iphone 15 Pro-max, Memoria Ram 8 GB, Almacenamiento 512 GB, Conectividad Bluetooth, Camara 48 MP3 c/u · ₡3 410 502,003 c/u₡3 410 502,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡3,9 millones – ₡4,5 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 95 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,95 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 20 días hábiles
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 95 % · CRITERIO AMBIENTAL 5 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡451,08 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 95 | CRITERIO AMBIENTALmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|
| Industrias de Computacion NacionalGanó | 95 | 5 | 100 |
| Proveduria Global Gaba | 93,74 | 5 | 98,74 |
| Compubetel | 88,84 | 5 | 93,84 |
| Ishop Costa Rica | 90,31 | 0 | 90,31 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
De acuerdo con el estudio de ofertas que realizó El Departamento de Prensa Institucional se adjudica, la oferta presentada por la empresa INDUSTRIAS DE COMPUTACION NACIONAL SOCIEDAD ANONIMA oferta ₡ 2.568.179,25, ya que cumple con todos los requisitos técnicos, financieros y legales. Se dan 2 días de plazo para interponer recurso de revocatoria, de conformidad con los artículos 270 inciso E), II párrafo del Reglamento a la LGCP y 63 inciso I) de la Ley General de Contratación Pública.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
- Requisitos de admisibilidad.
- Presentar certificación del fabricante, con una vigencia igual o mayor a un año, que permita demostrar que es distribuidor autorizado para la marca de los equipos ofertados.
- Deberá presentar constancia, certificación u oficio del fabricante donde haga constar que el oferente cuenta con taller de servicio propio autorizado de los equipos ofertados, para efectos de aplicación de la garantía del equipo de la marca que oferta, para la línea 1. En caso de que, el oferente no posea un taller de servicio propio, certificado o avalado por el fabricante, deberá presentar copia del contrato de servicio u otro documento formal suscrito con el centro de servicio autorizado por el fabricante en el territorio nacional, que permita establecer que en caso de ser necesario ejecutar alguna garantía de los equipos, el oferente estará haciéndolo con el centro de servicio autorizado del fabricante.
- Deberá cumplir con todas las especificaciones de configuración y calidad de los equipos. El oferente podrá ampliar especificaciones o configuraciones que excedan los requerimientos mínimos. Dichas mejoras deberán ser aplicadas a la totalidad de los equipos y accesorios cotizados, manteniendo la homogeneidad de la tecnología de los equipos ofrecidos, condición que es requisito esencial para la adjudicación y su aceptación, una vez adjudicado este concurso.
- El oferente deberá presentar ficha técnica del suministro ofertado.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
- Requerimientos y especificaciones técnicas:
- Partida # 1, Línea # 1: IPhone 17 Pro-Max”
Cantidad: 3
Código SICOP: 4319150192424472
Código Presupuestario: 5.01.03.130.01
Solicitud de Pedido: 260211
- Marca:
- Modelo: iPhone 17 Pro-Max.
- Color: Azul o blanco
- Capacidad de almacenamiento: 512 GB
- Pantalla OLED Super Retina XDR o tecnología equivalente del fabricante.
- Tamaño mínimo de 6,9 pulgadas.
- Tecnología ProMotion con frecuencia adaptativa de hasta 120 Hz.
- Pantalla Always-On.
- Dynamic Island.
- Procesador: Chip Apple A19 Pro o superior.
- Sistema operativo: iOS más reciente disponible al momento de la entrega.
- Cámara principal
- Sistema profesional de cámaras que incluya como mínimo:
- Cámara principal de 48 MP.
- Cámara ultra gran angular.
- Cámara teleobjetivo con zoom óptico.
- Zoom óptico de alta calidad.
- Estabilización óptica de imagen.
- Modo Noche.
- Smart HDR.
- Retratos avanzados.
- Video, debe permitir como mínimo:
- Grabación en 4K.
- Grabación en formato ProRes.
- Grabación en Apple Log.
- Modo Cinemático.
- Modo Acción.
- Grabación HDR Dolby Vision.
- Grabación directamente en unidades SSD externas mediante puerto USB-C.
- Cámara frontal
- Grabación de video en resolución 4K.
- Conectividad
- Compatible con redes 5G.
- Wi-Fi 7 o superior.
- Bluetooth 5.3 o superior.
- Puerto USB-C.
- Seguridad
- Face ID.
- Batería
- Compatible con carga rápida.
- Compatible con carga inalámbrica MagSafe.
- Compatible con carga inalámbrica Qi.
- Materiales
- Ceramic Shield.
- Chasis de titanio o material de resistencia equivalente definido por el fabricante.
- Condiciones de los equipos
- No reacondicionados (Refurbished).
- No remanufacturados.
- En empaque original sellado.
- De libre comercialización.
- Libres de bloqueo por operador (Factory Unlocked).
- Aptos para operar con los operadores de telecomunicaciones autorizados en Costa Rica.
- Cada equipo deberá incluir:
- Cable USB-C y adaptador de corriente de carga rápida original del fabricante.
- Herramienta de extracción de SIM, cuando corresponda.
- Manuales o documentación del fabricante.
- Empaque original.
- Se deberá entregar con un estuche protector compatible con el modelo ofertado, de alta resistencia y de fabricante reconocido.
- Los equipos deberán ser totalmente nuevos, sin uso previo, no reconstruidos, no remanufacturados, ni reacondicionados. En caso de verificarse el incumplimiento de esta condición, la Administración rechazará el equipo y el contratista deberá sustituirlo por uno que cumpla íntegramente con las especificaciones técnicas, sin costo adicional.
- Sistema de evaluación:
- Conforme a lo previsto en el artículo 40 de la Ley General de Contratación Pública y 96 de su Reglamento, a las ofertas que cumplan las condiciones de admisibilidad, legal, financiero y técnico se les aplicará el siguiente sistema de evaluación.
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Factores de evaluación |
PUNTOS |
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Precio |
95 |
|
Criterio ambiental |
5 |
- Evaluación económica:
Factor precio 95 puntos
A la oferta que presente el precio más bajo entre las admisibles se le asignará 95 puntos para el factor precio.
El puntaje por factor precio se determinará por medio de la siguiente fórmula:
P= Pmin x 95
Pof
En donde:
Pmin= Monto de la oferta menor presentada.
Pof= Monto de la oferta que se analiza.
P= Puntaje obtenido por la oferta que se analiza.
- Factores de compras públicas estratégicas a evaluar:
Criterios ambientales: 5 puntos
Se les otorgará 5 puntos a los oferentes si garantizan mediante certificado autenticado vigente, o bien documento oficial de la empresa proveedora que evidencie la implementación de programas de sostenibilidad ambiental, reducción de emisiones, eficiencia energética o economía circular.
- Desempate:
En caso de empate entre dos o más empresas y una de ellas pertenece a la categoría de las PYMES, esta será la adjudicataria, según lo establecido en el Artículo 20 de la Ley 8262, Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas.
Para ello la Administración considerará como factor de evaluación de desempate para la contratación una puntuación adicional a las PYMES que han demostrado su condición a la Administración según lo dispuesto en el artículo 97 del RLGCP, de acuerdo con la siguiente puntuación adicional:
- a) PYME de industria 5 puntos.
- b) PYME de servicio o agropecuaria 5 puntos.
- c) PYME de comercio 2 puntos.
De ser el caso que no haya participado al menos una Pyme, de acuerdo con dicho artículo 97 del RLGCP, en caso de empate, se definirá por medio de la suerte. Se convocará a los oferentes cuya propuesta tenga la misma puntuación a un sorteo público, el cual se realizará en el lugar, fecha y hora que defina la Administración, utilizando para ello los dados, monedas o cualquier otro sistema que cumpla con el principio de transparencia. De todo ello se levantará un acta que será suscrita por los asistentes al evento y posteriormente se adoptará el acto de adjudicación, todo lo anterior deberá constar en el sistema digital unificado.
Nota: La Administración, verificará la condición de PYMES de acuerdo con lo establecido en el artículo 74 del RLGCP.
- Evaluación de ofertas en consorcio:
De presentarse ofertas en consorcio, las empresas que conforman el mismo deberán aportar el acuerdo consorcial conteniendo como mínimo lo establecido en el artículo 129 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, en el cual se indique la regulación de al menos las obligaciones entre las partes firmantes y los términos de su relación con la administración, tomando en consideración que ello no implica la creación de personería jurídica diferente. Además, deberá aportar una declaración jurada de que no están afectas al régimen de prohibiciones.
Se deberá considerar lo estipulado en los artículos 126 y 131 del RLGCP. (Participación única en cada procedimiento de contratación y cambios de participación en el consorcio).
- Condiciones para la ejecución contractual:
- Requisitos para el adjudicatario y contratista.
- Deberá asegurar la confidencialidad con la Asamblea Legislativa, en el momento de revisión y reparación de los equipos, donde se comprometa a no divulgar a terceros sin autorización, datos o información restringidos a los que tuviere acceso como parte de la ejecución de este contrato.
- Durante todo el período de garantía de los equipos suministrados, el contratista deberá brindar los servicios de soporte técnico correctivo necesarios, conforme a las siguientes condiciones:
- Tiempo de respuesta: El contratista deberá atender los reportes de fallas o averías en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas, contadas a partir de la notificación formal realizada por la Administración, por correo electrónico, para reparaciones simples que puedan efectuarse en sitio.
- Atención en sitio: Las reparaciones que no requieran traslado del equipo deberán realizarse en las instalaciones de la Asamblea Legislativa, sin costo adicional para la Administración.
- Traslado a taller o centro de servicio: Cuando la reparación requiera el traslado del equipo al taller o centro de servicio del contratista, este deberá suministrar, en calidad de préstamo y sin costo adicional para la Asamblea Legislativa, un equipo de respaldo con las mismas o superiores especificaciones técnicas al equipo sustituido, a fin de garantizar la continuidad operativa del usuario.
El centro de servicio autorizado deberá utilizar únicamente repuestos originales del fabricante para las reparaciones efectuadas durante el período de garantía.
- Plazo máximo de reparación: En los casos en que el equipo sea trasladado al taller, el tiempo para su devolución debidamente reparado no podrá exceder de setenta y dos (72) horas contadas a partir de su retiro de las instalaciones institucionales.
- Sustitución definitiva: Si el equipo no tuviese reparación técnica viable o se presentaran fallas reiteradas que impidan su funcionamiento adecuado, el contratista deberá sustituirlo de forma definitiva e inmediata por un equipo nuevo, sin costo adicional para la Administración, que cumpla con las mismas o superiores especificaciones técnicas establecidas en el pliego de condiciones.
- Cláusula penal: La Asamblea Legislativa aplicará al contratista, una sanción económica del 0.5% por cada día de atraso en la entrega de los bienes o servicios, hasta acumular un máximo del 25% sobre el monto proporcional a la entrega correspondiente, a partir del plazo máximo de entrega, cuando se compruebe que el mismo obedece a situaciones imputables al contratista. Art. 46 de la Ley General de Contratación Pública y 116 de su Reglamento.
Ver Anexo N° 1 “Tabla Estimación de Cláusula Penal”
- Retenciones sobre los pagos: Con el fin de cubrir eventuales sanciones económicas, la Administración podrá retener hasta un 5% del total facturado al contratista. (Artículo 115 del RLGCP).
- Lugar de entrega: Los bienes deberán ser entregados en el Almacén de la Proveeduría de la institución. En este mismo acto el administrador del contrato deberá verificar que la entrega se haga de acuerdo con lo adjudicado. El contratista debe informar, con al menos 3 días de anticipación, la fecha y hora en la que estará haciendo la entrega de los bienes, para la coordinación interna correspondiente.
Además, deberá solicitar la recepción del bien o servicio en el módulo correspondiente del SDU.
- Plazo de entrega: Deberá ser igual o menor a 30 días hábiles, se considerará a partir del día hábil siguiente de la fecha que reciba el comunicado vía correo electrónico de la aprobación de la orden de pedido por parte del Departamento de Proveeduría.
Asimismo, debe comunicarse con el Área de Suministros y Bienes Muebles a los números 2243-2649 ó 2243-2464, para coordinar la fecha y hora de entrega.
En caso de exoneración, el plazo de entrega se suspenderá a partir del momento en que el contratista presente ante el Departamento de Proveeduría de la Asamblea Legislativa, la documentación para el trámite respectivo y se reactiva una vez que se les comunique que la exoneración está debidamente aprobada por el Ministerio de Hacienda.
- Administrador del contrato: El administrador de contrato será la señora Sileny Rivera Chang, Subgerente del Departamento de Prensa Institucional de la Asamblea Legislativa o la persona que esta designe, para lo cual establecerán los sistemas de verificación adecuados para determinar su fiel cumplimiento, de conformidad con los parámetros establecidos en el pliego de condiciones y la oferta respectiva.
- Plazo del contrato: El inicio de los plazos contractuales comenzara a regir a apartir de la notificación formal del contrato mediante el SDU.
- Garantía comercial: Deberá ser igual o mayor a dos (2) años, el plazo de garantía se contará a partir del día siguiente de la entrega a satisfacción del objeto contractual. Los costos asociados al cumplimiento de la garantía comercial tales como transporte, reparación o reposición de artículos, correrán por cuenta del contratista.
- Vida Útil: Se deberá indicar en la oferta, el tiempo de la vida útil del equipo cotizado y sobre ese tiempo deberá garantizar que en el mercado nacional existe Stock de repuestos necesarios e indispensables para la correcta operación de los equipos cotizados, así como talleres de servicio técnico.
- Desglose del precio:
- Estructura de precio
De acuerdo con el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública y 102 de su Reglamento el oferente deberá presentar la estructura del precio en valores absolutos como porcentuales.
La estructura de precio estará compuesta por los siguientes elementos del costo, y la sumatoria de los elementos del costo debe ser 100%, la cual se representa por medio de la siguiente fórmula:
Fórmula Financiero Contable: P = CD (mo) + CD(i) +CI (mo) +CI (i) + I + U
En donde:
CD (mo): Costos Directos de Mano de obra, son los costos necesarios que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones del personal directo que participa en la materialización del objeto contractual.
CD(i): Costos Directos de Insumos, son los costos necesarios para materializar el objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de materiales, materias primas, así como equipos, maquinaria, herramientas y las depreciaciones y seguros de éstos, pago de servicios públicos, entre otros.
CI (mo): Costos indirectos de mano de obra, son los costos requeridos para la administración del objeto contractual en los que incurre el contratista por concepto de salarios y remuneraciones de su personal.
CI (i): Costos indirectos de insumos, son los costos requeridos para la administración del objeto contractual.
I: Imprevisto, corresponde al monto por imprevistos que se puedan presentar en para materializar el objeto contractual.
U: Porcentaje de Utilidad del precio de cotización.
Nota: El monto del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), no es parte de la estructura de precio; por lo tanto, el oferente no debe considerarlo. El oferente es un ente recaudador del I.V.A., impuesto que posteriormente lo trasladada al Estado.
La estructura de precios deberá estar desagregada, el oferente puede incorporar cuantas líneas requiera para reflejar los costos, indicar los índices oficiales, en el caso de los insumos cotizados en moneda extranjera indicar el índice oficial del país del origen del bien, obra o servicio, de no incluir los índices deberá incorporar la cotización o facturas proformas del fabricante.
En la siguiente tabla, en la columna denominada “monto”, el oferente deberá incluir el monto únicamente en la moneda que está cotizando. Es decir, no debe completar los dos espacios aplicando el tipo de cambio.
Tabla N.1 Presentación de la estructura de precio.
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Rubro |
Monto |
Porcentaje |
Índice |
Fuente del Índice |
Entidad |
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Dólares |
Colones |
Dólares |
Colones |
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Costo directo de mano de obra |
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Costo directo insumos |
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Costo indirecto de mano de obra |
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Costo indirecto de insumos |
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Utilidad |
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Imprevistos |
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Subtotal |
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IVA |
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Total |
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- Fórmula del cálculo del ajuste precio
Por convenio de las partes, para mantener el debido equilibrio financiero del contrato, se debe establecer un mecanismo de revisión de los costos, para efectos de revisión de precios durante la vigencia de la relación contractual.
La solicitud de revisión de precios tendrá efecto a partir del momento en que una de las partes demuestre desequilibrio financiero en el contrato. Aplican índices mensuales; sin embargo, para el pago de fracciones o días, se podrán utilizar proporciones.
Con base en el transitorio IX, así como, lo dispuesto en el en el artículo 43 de la Ley General de Contratación Pública, la administración activa acuerda la fórmula siguiente.
Partiendo de la estructura de precio y de sus elementos de costos, así como lo estipulado en los artículos 107, 108 y 109 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública y así como lo citado el articulo 128 incido f) de la Ley General de Contratación Pública, se plantea la siguiente formula:
En donde:
Rpc: Precio de reajuste.
Pc: Precio de cotización, cuando la fórmula se aplica por primera vez y como precio últimamente revisado, en posteriores aplicaciones.
CD(Pm): Porcentaje de costo de mano de obra del precio de cotización.
CD(Pi): Porcentaje de costo de insumos y materiales del precio de cotización.
CI(Pm): Porcentaje de costos indirectos de mano de obra del precio de cotización.
CI(Pi): Porcentaje de costos indirectos de insumos del precio de cotización.
IModf: Índice del costo directos de mano de obra en el momento considerado para la variación.
IModo: Índice del costo directos de mano de obra vigente al momento de la cotización, cuando la fórmula se aplica por primera vez y como vigente al momento de la última revisión, en posteriores aplicaciones.
IIndf: Índice del costo directos de insumos en el momento considerado para la variación.
IIndo: Índice del costo directos de insumos de obra vigente al momento de la cotización.
IMoif: Índice de costos indirectos de mano de obra en el momento considerado para la variación.
IMoio: Índice de costos indirectos de mano de obra vigente al momento de la cotización.
Inif: Índice de costos indirectos de insumos en el momento considerado para la variación.
Inio: Índice de costos indirectos de insumos en el momento de la cotización.
Índices y fuente de la información a utilizar para aplicar la fórmula de ajuste de precio:
- Mano de obra directa e indirecta: Fuente: Ministerio de Trabajo y Seguridad Decreto de Salarios Mínimos para el Sector Privado, índice de salarios mínimos, rubro Trabajadores según cotización.
- Costos directos de insumos: Fuente: Banco Central de Costa Rica. Índice de precios al consumidor de la manufactura (IPP-MAN), Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC). Índice de precios al consumidor (IPC) por división de consumo, índice de precios al productor de servicios (IPPS).
- Costos indirectos de insumos: Fuente: Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC). Índice de precios al consumidor (IPC), índice por división según
Los índices a que hace referencia la fórmula anteriormente desarrollada deberán ser los más estrechamente vinculados con la actividad objeto de la contratación.
El oferente deberá incluir los indicadores económicos que más se ajusten a lo que se está solicitando en el pliego de condiciones y de acuerdo con su estructura de precios. Cabe mencionar que los mismos se analizarán y, en caso de que no sean los idóneos, estos se cambiarán a criterio de la Administración por los índices correctos.
En el caso de los costos cotizados en dólares y/o insumos especiales que no incluyan el índice del país de origen, se reajustará, según método analítico, para lo cual, se deberá presentar las facturas proformas o cotizaciones del fabricante, donde evidencie el costo del bien.
- Presupuesto detallado:
Según el artículo 103 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, el presupuesto detallado de la obra, bien o servicio contratado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato. Lo anterior, aplica para cualquier modalidad de cotización y tipo de contrato. Dicho presupuesto debe ser coincidente con la estructura porcentual del párrafo anterior, según lo establece el artículo 103 del R.L.G.C.P.
En caso de no presentarse en ese plazo, la Administración declarará insubsistente la adjudicación y procederá conforme a lo establecido en el artículo 52 de la Ley General de Contratación Pública.
La Administración, posterior a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato, procederá a revisar el presupuesto detallado aportado por el adjudicatario, verificando que sea concordante con la estructura de precio de la oferta, tanto en valores absolutos como en la o las monedas en que cotizó su precio. En caso de presentarse discrepancias entre la estructura del precio y el presupuesto detallado, prevalecerán los valores absolutos de la estructura del precio, para ello el adjudicatario deberá ajustar el presupuesto a dichos valores.
El presupuesto detallado deberá contemplar todos los insumos de los costos desagregados y coincidir con la estructura del precio presentada.
- Permiso Sanitario de Funcionamiento y Patente Municipal:
Dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato, el adjudicatario deberá presentar, como requisito indispensable, el permiso sanitario de funcionamiento y patente municipal, ambos vigentes al momento de la formalización del contrato. Dichos documentos deberán guardar congruencia con la naturaleza del servicio adjudicado, garantizando que la actividad ofertada cumple con la normativa sanitaria y municipal correspondiente.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
- Aplicación de criterio de Contratación Pública Estratégica: Se incorporaron criterios estratégicos, en el punto 1.2. del sistema de evaluación del presente pliego.
- Presupuesto:
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Partida |
Línea |
Código Presupuestario |
Subpartida |
Solicitud de Pedido |
Monto Presupuestado |
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1 |
1 |
5.01.03.130.01 |
5.01.03 |
260211 |
¢4.547.337 |
La estimación presupuestaria para esta contratación es de ¢4.547.337,00 (cuatro millones quinientos cuarenta y siete mil trescientos treinta y siete colones exactos) que corresponden a la partida presupuestaria 5.01.03, contando con dicho monto en el presupuesto ordinario 2026.
- La Proveeduría de la Asamblea Legislativa será el Departamento encargado de tramitar el procedimiento de contratación y proporcionará cualquier información adicional necesaria respecto a las especificaciones y documentación relacionada con esta contratación, previa coordinación con la Unidad Técnica responsable, en este caso, el "Departamento de Prensa Institucional."
- El precio: Deberá ser cierto y definitivo, en caso de divergencia entre el precio cotizado en números y letras, prevalecerá este último, salvo el caso de errores materiales evidentes. El oferente podrá cotizar en cualquier moneda de curso legal en Costa Rica. En caso de recibir propuestas en diferentes monedas, la Administración las convertirá a una misma moneda (colones) para efectos de comparación, aplicando el tipo de cambio de referencia para la venta calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento de la apertura de la oferta.
- La oferta: Deberá elaborarse con precios unitarios y totales. Si la sumatoria de los precios unitarios excede el precio total, la oferta se comparará con el mayor precio.
En caso de precios unitarios, la Administración se reserva la posibilidad de adjudicar parcialmente la línea.
En el precio para cada partida y línea, se deberá indicar por separado el impuesto al valor agregado (IVA). En el caso de ofertas con más de dos decimales, tanto para los precios unitarios y totales ofertados, al momento de confeccionar la orden de pedido en el sistema SIAF de la institución, se tomarán los dos primeros decimales sin aplicar redondeo.
En el caso de que algún equipo esté compuesto por varios componentes, deberá indicarse el valor de cada componente.
En caso de ofertas en dólares, el oferente debe autorizar desde la oferta un redondeo hacia abajo, para que, al momento de aplicar el tipo de cambio a efectos de pago, el precio no contenga más de dos decimales.
La oferta deberá redactarse en idioma español. La información técnica o complementaria y los manuales de uso expedidos por el fabricante deberán presentarse en idioma español.
- Los oferentes deberán encontrarse al día con el pago de las cuotas obrero-patronales de la CCSS y de FODESAF.
- Deberá mantener actualizada, en el Registro de Proveedores del Sistema Digital Unificado, declaración jurada de que no les afecta el régimen de prohibiciones, especificando la naturaleza y propiedad de las acciones e indicación del beneficiario final. Dicha obligación aplica para el oferente, contratista y subcontratistas.
El oferente deberá presentar declaración jurada en la que indique, que la información del registro de proveedores se encuentra vigente.
De conformidad con el art. 122 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública la Administración contratante verificará el estado de las obligaciones del oferente y subcontratista señaladas en el pliego de condiciones. En caso de no contar con la información en el SDU se realizará la consulta en línea en el sitio web de cada entidad competente en la materia.
El oferente deberá estar al día con las obligaciones formales y materiales ante la Administración Tributaria, de conformidad con el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Dicha situación se verificará mediante el sistema correspondiente, dentro del portal de consultas en internet del Ministerio de Hacienda.
- El contratista deberá adquirir y mantener por la duración de la contratación, la siguiente póliza emitida por algún ente asegurador avalado por la Superintendencia General de Seguros (SUGESE).
- Póliza de Riesgos del Trabajo, que corresponda con la actividad económica del objeto contractual, de modo que cubra a todo su personal empleado en la realización del servicio, tal como lo señalan los artículos 193, 201 y 202 del Código de Trabajo donde se declara obligatorio, universal y forzoso el seguro contra riesgos del trabajo, estableciéndose, por tanto, la imposición del patrono de asegurar a los trabajadores contra este tipo de riesgos.
El monto de la póliza será de acuerdo con la planilla que presente para la ejecución de este contrato y una certificación donde claramente se demuestre que quienes brindan el servicio a la Asamblea Legislativa se encuentran debidamente incluidos y al día en dicha póliza; con los siguientes datos:
- Nombre y número de cédula de la empresa adjudicada.
- Nombre del representante y número de teléfono.
- Actividad económica o servicio que presta.
- Detalle exacto del lugar de los trabajos.
- Cantidad de empleados con nombre, Nº de cédula y salario reportado.
- Monto de la licitación.
- Número de póliza de Riesgos del Trabajo que ampara a los trabajadores.
El administrador del contrato será el encargado de verificar el cumplimiento de lo anterior.
- Subcontratación: En la oferta se deberá indicar el listado de los subcontratistas, así como el objeto de subcontratación, con señalamiento expreso del porcentaje del objeto que asumirá cada uno de ellos. La totalidad del porcentaje de subcontratación no podrá superar el cincuenta por ciento (50%) del monto total del contrato. En todo caso, la subcontratación no relevará al contratista de su responsabilidad integral por el objeto contratado, debiendo este también cumplir con todas las obligaciones contraídas con los subcontratistas.
El contratista no podrá alegar, en ningún caso, cláusulas de confidencialidad con sus subcontratistas para brindar información que le sea solicitada, con las salvedades de la Ley General de Contratación Pública.
Una persona física o jurídica, únicamente podrá figurar para un mismo concurso en una oferta ya sea como subcontratista, oferente individual o participar de forma conjunta o consorciada. La condición anterior también resultará aplicable a las personas físicas o jurídicas que conformen un mismo grupo de interés económico. (Artículo 49 del L.G.C.P.).
- La oferta económica debe ser acorde con los requerimientos y especificaciones técnicas contenidas en el pliego de condiciones electrónico y documento complementario a dicho pliego.
- Garantía de cumplimiento: De conformidad con el artículo 44 de le Ley General de Contratación Pública y artículo 110 de su reglamento, siendo la presente contratación una Licitación Reducida, se manifiesta de forma expresa que no se requiere de garantía de cumplimiento.
- Tributos: Si el oferente no señala los tributos que afectan su propuesta, se presume que el monto total cotizado los contiene, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local (Artículo 41 de la Ley General de Contratación Pública).
La Asamblea Legislativa se encuentra exonerada conforme a:
- La Ley N° 641 de 23 de agosto de 1946, modificada en su artículo primero por la Ley N° 174 de 21 de setiembre de 1948: Las importaciones.
- La Ley N° 7293 Reguladora de Todas las Exoneraciones Vigentes, su Derogatoria y sus Excepciones, Articulo 15: Impuesto sobre la Renta; Artículo 30: Impuesto Selectivo de Consumo.
Para el trámite de exoneración, la Asamblea Legislativa requiere conocer el detalle de las tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local que recaen en las obras, bienes o servicios objeto de esta licitación.
- El oferente debe indicar en la oferta; todas las características del bien o servicio cotizado, marca, modelo y demás características técnicas.
- Forma de pago:
Se realizará un solo pago, una vez recibido a satisfacción el objeto contractual por parte del administrador del contrato.
Deberá aceptar la forma de pago de la institución: Para que la Asamblea Legislativa cancele las obligaciones contraídas, deberá cumplirse con los siguientes requisitos:
- Visto bueno del acuerdo de pago por parte de la Gerente General y Gerente del Departamento Financiero.
- Transferencia electrónica por medio del sistema Web Banking del Ministerio de Hacienda.
- El oferente deberá indicar en la oferta el número de cuenta IBAN en colones, donde se le depositará el pago, en caso de ser adjudicado.
- El plazo máximo para que la Asamblea Legislativa pague será de 30 días naturales, contados desde el día siguiente de la fecha de la presentación de la factura comercial, previa verificación del cumplimiento a satisfacción de lo contratado.
- En contratos de bienes y servicios deberá mediar un acta de recepción del objeto contractual, conforme a los parámetros de calidad establecidos en la decisión inicial y en el pliego de condiciones.
Toda persona física o jurídica que realice gestiones de pago con la Asamblea Legislativa deberá indicar en la factura comercial el número de cuenta IBAN en colones, donde se le depositará el pago, así mismo, deberá aportar una impresión de la entidad bancaria respectiva que indique el número de cuenta IBAN en colones. De igual forma, deberá informar cuando realice un cambio en el número de cuenta IBAN en colones.
- Trámite de factura electrónica:
- Deberá contar con el comunicado vía correo electrónico de la aprobación de la orden de pedido del Sistema Integrado de Administración Financiera de la institución.
- Asamblea Legislativa, cédula jurídica: 2-200-042153.
- Se deberá enviar al siguiente correo electrónico: facturaelectronica@asamblea.go.cr con un mínimo de dos días hábiles de anticipación a la fecha de entrega, para poder realizar las revisiones respectivas; previo a realizar la gestión de recepción en el módulo de pago del SDU.
- Si la oferta fue presentada en dólares, deberá facturar en dólares sin excepción; caso contrario, no se podrá tramitar el pago respectivo.
- Contacto: Sonia Vega Solano, jefa Área de Gestión y Control.
- Dirección: San José, Cantón Central, Distrito El Carmen, entre Avenida Central y Avenida Primera, entre calles 17 y 19, costado sureste del Parque Nacional, Edificio Sion, segundo piso.
Nota: Para el trámite de pago respectivo, se debe incluir en la factura: número de la orden de pedido SIAF de la institución, número de cuenta IBAN en colones del proveedor, el número de actividad económica es: 8411.0. (Actividades de la administración Pública en general) y el porcentaje de IVA correspondiente según normativa vigente por cada línea contratada.
- La adjudicación: La Asamblea Legislativa recibirá ofertas totales, siempre y cuando la partida se oferte de forma completa. La Administración se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente la oferta que más convenga a sus intereses y a la disponibilidad presupuestaria, o bien rechazarlas todas y declarar desierto o infructuoso el concurso, de acuerdo con el artículo 139 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Entrega de bienes actualizados: De conformidad con el artículo 287 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, el contratista está obligado en el momento de realizar la entrega, a entregar bienes y servicios en las mejores condiciones y actualizados.
- El oferente está obligado a cotizar todo el objeto, salvo que se trate de líneas independientes entre sí, en cuyo caso podrá cotizar las de su interés, sin que sea necesario que el pliego de condiciones lo autorice. No se admitirá la cotización parcial de una línea Art. 123. “Integralidad de la oferta”, del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Cláusula penal. 4.2. Cláusula penal: La Asamblea Legislativa aplicará al contratista, una sanción económica del 0.5% por cada día de atraso en la entrega de los bienes o servicios, hasta acumular un máximo del 25% sobre el monto proporcional a la entrega correspondiente, a partir del plazo máximo de entrega, cuando se compruebe que el mismo obedece a situaciones imputables al contratista. Art. 46 de la Ley General de Contratación Pública y 116 de su Reglamento.
Documentos del cartel8
- Tabla N 1 Estructura Del PrecioPDF · 41 KB
- Jose M. Declaración Jurada sobre ausencia de conflictos de interés definitiva (2)PDF · 123 KB
- SP 260211 Compra de teléfonos celuar (1)PDF · 481 KB
- Betsy Solano Espinoza, Declaración Jurada sobre ausencia de conflictos de interés _BETPDF · 215 KB
- María Jacinta Sevilla Loría Declaración Jurada sobre ausencia de conflictos de interés definitiva MJSLPDF · 154 KB
- Documento complementario Pliego de condiciones iPhone 17 Pro MaxPDF · 379 KB
- Clausula PenalPDF · 266 KB
- Anexo #1 PRESUPUESTO DETALLADOXLSX · 10 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Sileny Maria Rivera Chang
Prensa Institucional
Sileny Maria Rivera Chang
Prensa Institucional
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 02/10/2026 03:07. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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