2026LD-000143-0022030101 · SICOP 20260803208
28889 - PLANTA DE TRATAMIENTO REPARACIÓN EN PAREDES INTERNAS DE TANQUE SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE TAPAS PLÁSTICAS,
Municipalidad de Cartago
Municipalidad de Cartago ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡65,9 millones y quedó en firme el 24/09/2026. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡65,9 millones
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
₡65,5 millones
0,6 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 24/09/2026
- Consorcio Grupo Proamsa₡65 500 000,00
Informe de recomendación de Jose Enrique Núñez Rangel, 21/09/2026 · adjuntos: 2026LD-000143-0022030101 Planta Manuel de Jesús Jiménez Etapa 3.pdf (1.52 MB), PROV-F-07 Análisis Técnico 2026LD-000143-0022030101.pdf, PT-OFI-1268-2026 SICOP 2026LD-000143-0022030101.pdf
Fechas clave
- Se publicó27/08/2026 12:10 · hace 45 días
- Límite para 01/09/2026 · hace 40 días
- Límite para 01/09/2026 23:59 · hace 40 días
- Cierre de ofertas04/09/2026 08:00 · hace 37 días
- de ofertas04/09/2026 08:00 · hace 37 días
- publicado21/09/2026 15:24 · hace 20 días
- Adjudicación 24/09/2026 07:56 · hace 17 días
Contexto
- Municipalidad de Cartago adjudicó ₡4 508,2 millones en 242 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Tramitologia, Construcción y Puesta en Marcha de Sistema de Tratamiento para Aguas Residuales1 · ₡65 896 693,641₡65 896 693,64
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡56,0 millones – ₡65,9 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 60 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,6 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 10 % durante 3 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 1 meses
- Ofertar en : no
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 60 % · PYME 10 % · PLAZO DE ENTREGA 10 % · EXPERIENCIA 10 % · EXPERIENCIA DEL PROFESIONAL 10 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 90 de 100 puntos.
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡453,79 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | PRECIOmáx. 60 | PYMEmáx. 10 | PLAZO DE ENTREGAmáx. 10 | EXPERIENCIAmáx. 10 | EXPERIENCIA DEL PROFESIONALmáx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Consorcio Grupo ProamsaGanó | 60 | 10 | 10 | 10 | 10 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Según el artículo 62 inciso i de la LGCP 139 acto final del procedimiento, 140 plazo para dictar el acto final y caducidad del procedimiento y 141plazo para dictar el acto final RLGCP, se da el plazo de ley para presentación de apelación al acto de adjudicación de la contratación en mención.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
3.1.1
Requisitos de admisibilidad del oferente
El oferente físico o persona jurídica debe contar con un mínimo de 5 años de incorporación como requisito de admisibilidad al Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, para lo cual debe presentar certificación vigente a la fecha, en donde se indique su fecha de incorporación y que se encuentra al día con sus obligaciones con dicho colegio.
3.1.2
Requisitos de admisibilidad del personal
El contratista, debe de disponer de un profesional responsable con experiencia en el campo de Construcción de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales Ordinarias de Lodos Activados con aireación extendida, quien en su formación profesional individual cuente con un título universitario reconocido a nivel nacional que lo faculte para los trabajos requeridos por la Municipalidad de Cartago.
Se debe indicar el nombre del profesional responsable, el cual podrá ser Licenciado en Ingeniería Civil o en Construcción, debidamente incorporado al Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica. En caso de que el profesional no forme parte de la planilla, del Oferente y deba subcontratarlo (a), deberá aportar carta de compromiso, en la cual se comprometa que de resultar adjudicado el Oferte, fungirá como Profesional Responsable en la ejecución del objeto contractual de la presente licitación.
Requisitos de Admisibilidad
Ítem
Descripción
1
Como mínimo 5 años de incorporado al Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica con respecto a la fecha de apertura de ofertas. Para tal efecto, deberá adjuntar la Certificación actualizada que lo acredita.
2
Deberá de presentar un curriculum vitae completo del Profesional responsable, al que se deben de anexar copia del o los títulos, debidamente certificados por Abogado, de que son copia fiel de los originales.
3
Debe haber realizado al menos 5 trabajos o proyectos de construcción de sistemas de tratamiento de aguas residuales ordinarias de lodos activados con aireación extendida.
El Ingeniero a cargo deberá presentar constancias de experiencia firmadas digitalmente, y en caso de que la firma sea autógrafa, esta deberá estar autenticada por abogado, que acrediten su desempeño en trabajos anteriores, las cuales deberán indicar: el tipo de obra, tiempo, lugar de ejecución y la indicación de satisfacción por los trabajos realizados, debidamente firmadas por la persona autorizada (física o jurídica) que contrató la prestación de los servicios. Así mismo, el o los números(s) telefónico(s) donde se pueda corroborar la veracidad de la información consignada.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
4.
Especificaciones técnicas
Las presentes especificaciones técnicas establecen el alcance técnico y el procedimiento de los trabajos requeridos para la rehabilitación de las superficies internas de los ocho (8) tanques FAFA de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la Urbanización Manuel de Jesús Jiménez, incluyendo la preparación y reparación de superficies, tratamiento de acero afectado por corrosión, restitución geométrica de elementos, repello con mortero de reparación, impermeabilización epóxica, pruebas de estanqueidad, restitución del lecho fijo y colocación de tapas plásticas de acceso.
El alcance se ha definido considerando las condiciones existentes documentadas fotográficamente, la configuración estructural de los tanques, las restricciones de acceso y la necesidad de mantener y proteger los elementos que conforman el fondo falso y la losa superior.
•
Condiciones existentes y consideraciones generales
Los tanques FAFA se encuentran vacíos para efectos de los trabajos de rehabilitación. Las fotografías de condición original evidencian superficies internas con pérdida y deterioro de recubrimientos, irregularidades geométricas, sectores con desprendimientos y degradación del concreto, así como zonas que requieren escarificación, reparación y posterior protección. En el interior existe un fondo falso conformado por viguetas prefabricadas de concreto dispuestas de forma paralela y material pétreo tipo piedra bola. Este conjunto deberá conservarse y protegerse durante toda la ejecución, evitando la caída o acumulación de residuos de demolición, mortero, concreto, recubrimientos u otros materiales entre las viguetas, dentro de la piedra o por debajo del nivel del fondo falso.
Las fotografías también muestran vigas, columnas y otros elementos de concreto con pérdida de recubrimiento, deformidades e irregularidades superficiales. La intervención deberá procurar recuperar una geometría uniforme y una superficie técnicamente adecuada para recibir los sistemas de reparación e impermeabilización.
Para efectos de dimensionamiento preliminar del alcance, se consideran las siguientes áreas aproximadas. Los valores indicados son referenciales y no constituyen una medición contractual definitiva: Elemento / superficie Área aproximada
Losa superior de los tanques FAFA, vista en planta
800 m²
Entrepiso o fondo falso de los tanques FAFA, vista en planta
800 m²
Paredes internas a tratar y readecuar
590 m²
•
Importante: los 800 m² correspondientes a la losa superior y los 800 m² correspondientes al entrepiso son áreas independientes; no corresponden a 400 m² por elemento. Cada uno posee aproximadamente 800 m² en vista en planta.
•
Todos los metrajes anteriores son valores referenciales. El contratista estará en la obligación de verificar y asegurar las cantidades y metrajes reales de trabajo con base en los planos entregados y en las dimensiones necesarias para completar integralmente el alcance.
•
Condiciones de acceso al interior de los tanques
Los tanques cuentan con una losa superior completamente cerrada. Los únicos puntos de acceso al interior son aberturas o tapas de aproximadamente 0,60 m × 0,60 m distribuidas sobre el área de los tanques.
En consecuencia, el ingreso y retiro de personal, herramientas, materiales, equipos, estructuras temporales de protección, componentes de andamiaje o soporte, residuos de demolición y cualquier otro elemento requerido para la ejecución deberá realizarse exclusivamente por estas aberturas.
El contratista deberá considerar esta restricción desde la planificación de los trabajos. Todo elemento temporal que deba introducirse al interior deberá ser compatible con las dimensiones de los accesos y, cuando corresponda, ser modular o desmontable para permitir su ingreso, armado, utilización y posterior retiro sin alterar la losa superior ni ampliar las aberturas existentes.
La restricción de acceso aplica igualmente a la posterior colocación del medio filtrante plástico, el cual deberá ser introducido manualmente a través de estas tapas.
•
Trabajos a realizar – procedimiento constructivo
A continuación, se establece la secuencia general de los trabajos. El contratista deberá ejecutar todas las actividades auxiliares necesarias para obtener un sistema terminado, continuo, estable, impermeable y compatible con las condiciones de operación de los FAFA.
Paso 1. Protección del fondo falso y elementos existentes
Previo al inicio de las demoliciones, escarificaciones y reparaciones, deberá protegerse integralmente el fondo falso existente, compuesto por viguetas prefabricadas de concreto y piedra tipo bola. La protección deberá impedir que residuos de demolición, concreto, mortero, polvo, partículas de recubrimiento o cualquier otro material caiga entre las viguetas, se introduzca dentro de la piedra o alcance niveles inferiores.
Las viguetas y demás elementos existentes deberán mantenerse completos, alineados y sin daño. Cuando sea indispensable retirar temporalmente algún elemento para permitir el acceso o la correcta ejecución de los trabajos, su manipulación, almacenamiento y reinstalación deberán realizarse cuidadosamente. Al finalizar, el fondo falso deberá quedar limpio y en condiciones equivalentes a las originales, salvo las mejoras expresamente incluidas en este alcance.
Paso 2. Remoción de repellos, recubrimientos y escarificación de superficies
Se deberá remover el repello, recubrimiento o material superficial deteriorado y escarificar las superficies de paredes internas, columnas, vigas, canales y demás elementos de concreto que formen parte del alcance, hasta alcanzar concreto sano, firme y apto para recibir los sistemas de reparación.
La profundidad de remoción dependerá de la condición real del sustrato. En algunos sectores deberá considerarse la remoción de espesores del orden de 2 cm a 4 cm, o la profundidad adicional que resulte necesaria para eliminar material suelto, degradado, contaminado o sin adecuada adherencia.
La escarificación deberá extenderse a esquinas, encuentros, bordes, cambios de plano y sectores irregulares. Cuando durante este proceso se identifique acero de refuerzo con oxidación o corrosión, deberá exponerse lo suficiente para permitir el tratamiento indicado en el paso siguiente, removiendo el concreto afectado hasta encontrar material sano y acero en condiciones adecuadas.
Una vez terminada la remoción, las superficies deberán limpiarse de polvo, partículas sueltas y residuos antes de iniciar los trabajos de reparación.
Paso 3. Tratamiento del acero que presente oxidación o corrosión
Todo acero de refuerzo que se observe oxidado o corroído deberá quedar expuesto en la extensión necesaria hasta encontrar acero y concreto circundante en condiciones normales de construcción. Se deberá eliminar el material deteriorado y preparar adecuadamente la superficie del acero para su tratamiento.
En todas las áreas afectadas se deberá aplicar un inhibidor de corrosión compatible con el sistema de reparación seleccionado y conforme a las instrucciones del fabricante.
Cuando la corrosión haya producido una pérdida de sección igual o superior al 20 % del elemento de acero de refuerzo, deberá considerarse su sustitución o reposición, garantizando la continuidad y condición estructural del refuerzo. La reposición deberá realizarse de forma compatible con el elemento existente y con los materiales de reparación posteriores.
Paso 4. Relleno, reparación y nivelación de zonas escarificadas
Las zonas donde la escarificación o demolición haya generado profundidades importantes deberán rellenarse y regularizarse mediante mortero de reparación apropiado, con el objetivo de conformar una base continua y uniforme para el nuevo repello.
Este tratamiento no se limitará únicamente a los sectores intervenidos para exponer o tratar acero de refuerzo. Deberá aplicarse de manera general en cualquier zona donde la escarificación haya sido profunda o donde existan oquedades, pérdidas de sección, desprendimientos, irregularidades o discontinuidades que impidan obtener una superficie uniforme.
Asimismo, deberán regularizarse aquellos elementos, incluyendo columnas y vigas, que actualmente presenten deformidades, salientes, pérdidas de geometría o acabados irregulares, procurando recuperar una sección y geometría visualmente uniforme y técnicamente adecuada para recibir el repello y el sistema de impermeabilización. Paso 5. Repello de elementos internos de los tanques FAFA
Las superficies deberán prepararse conforme a los criterios y requisitos del fabricante del mortero. Para el repello y reparación superficial se solicita utilizar mortero de reparación estructural Sika MonoTop®-412, o la presentación técnicamente equivalente del mismo sistema indicada por el fabricante.
Se deberá aplicar una capa de repello con un espesor mínimo de 1,5 cm, garantizando continuidad, adherencia, uniformidad y adecuada terminación superficial.
El repello deberá colocarse en toda la superficie interna de paredes, columnas, vigas y canales internos, considerando la intervención desde la parte inferior de la losa superior hasta las viguetas del entrepiso o fondo falso inferior.
En determinados sectores será necesario remover temporalmente viguetas para permitir la correcta preparación y aplicación del mortero en superficies que de otra manera quedarían inaccesibles. Esta remoción deberá ejecutarse de manera manual, cuidadosa y controlada, preservando la integridad de cada vigueta.
Las viguetas retiradas deberán recolocarse para restituir las condiciones originales del tanque. Cualquier vigueta que resulte dañada durante su manipulación, retiro, almacenamiento o reinstalación deberá ser repuesta por el contratista por un elemento de características equivalentes, sin costo adicional para el proyecto.
Paso 6. Aplicación de impermeabilizante epóxico en el interior de los FAFA
Una vez que las superficies reparadas y repelladas hayan alcanzado las condiciones requeridas, se deberá aplicar un sistema impermeabilizante epóxico Sika Sikagard®-64. El producto deberá aplicarse en el número de capas, consumos y espesores indicados por el fabricante para obtener el espesor mínimo requerido y un recubrimiento continuo. El sistema deberá asegurar la estanqueidad de los FAFA y proporcionar una superficie sin fisuras, agrietamientos, poros abiertos, discontinuidades ni defectos que puedan producir fugas hacia el exterior o permitir el ingreso de agentes que deterioren el concreto.
Antes de aplicar el recubrimiento epóxico deberá verificarse que el sustrato cumpla con el contenido máximo de humedad permitido. Para este alcance se establece un máximo de 4 % de humedad, debiendo el contratista adoptar las medidas de secado, ventilación, control y verificación necesarias para asegurar esta condición antes y durante la aplicación.
El impermeabilizante deberá aplicarse sobre paredes, columnas, vigas y canales internos, así como sobre las viguetas pretensadas y todos los demás elementos estructurales de concreto que conforman la losa superior.
De la losa superior se exceptúan únicamente los bloques de concreto que forman parte del sistema de entrepiso. No se deberá interpretar el alcance como una impermeabilización indiscriminada de la cara inferior completa de la losa; la intervención en esa zona corresponde específicamente a las viguetas pretensadas y demás elementos estructurales de concreto.
Paso 7. Pruebas de estanqueidad y verificación de impermeabilización
Finalizada la impermeabilización y cumplidos los tiempos de curado requeridos, se deberán realizar pruebas de estanqueidad mediante llenado con agua. Cada sector sometido a prueba deberá llenarse hasta el nivel operativo del tanque, correspondiente aproximadamente a 2,20 m de altura.
La prueba deberá mantenerse durante un periodo mínimo de 48 horas, durante el cual se verificará la ausencia de fugas, filtraciones, pérdidas de nivel atribuibles al tanque y cualquier otra evidencia de falla del sistema de impermeabilización. Las pruebas podrán ejecutarse de manera controlada y seccionada conforme a la configuración hidráulica de los tanques: los FAFA 1, 2 y 3 corresponden a un único módulo; los FAFA 4, 5 y 6 corresponden a otro módulo; y los FAFA 7 y 8 constituyen módulos aislados. Esta configuración permite programar los llenados y verificaciones por sectores sin necesidad de ejecutar simultáneamente la prueba de los ocho tanques.
Cualquier defecto identificado durante las pruebas deberá corregirse y la zona afectada deberá volver a probarse hasta demostrar la estanqueidad requerida.
Paso 8. Vaciado de los tanques y colocación del lecho fijo de roseta plástica
Una vez aceptadas las pruebas de estanqueidad, los tanques deberán vaciarse y dejarse en condiciones adecuadas para reinstalar el medio filtrante que conforma el lecho fijo de los FAFA.
El medio filtrante corresponde a roseta plástica de aproximadamente 20 cm de diámetro. Deberá conformarse una capa de aproximadamente 1,30 m de altura, medida desde el nivel de las viguetas que soportan el lecho fijo.
El volumen total de roseta plástica a colocar es de aproximadamente 1.440 m³, actualmente ubicado en la planta de tratamiento sobre el sedimentador primario. Este volumen corresponde al total a reinstalar entre los ocho FAFA.
La colocación deberá realizarse manualmente, introduciendo el material a través de las tapas de acceso previamente indicadas. Las rosetas deberán colocarse de manera aleatoria y suelta, sin acomodarlas individualmente ni formar patrones ordenados, hasta alcanzar el volumen y la altura de lecho requeridos en cada tanque.•
Suministro y colocación de tapas plásticas de acceso
Como parte del alcance se deberán suministrar e instalar sesenta y cuatro (64) tapas plásticas para los accesos de los FAFA. Las tapas deberán ser similares a las utilizadas previamente en los sedimentadores primarios en contrataciones anteriores, según las fotografías de referencia incluidas en esta especificación técnica.
Las tapas deberán quedar correctamente apoyadas y ajustadas a los marcos o brocales existentes, con dimensiones compatibles con cada abertura y con una configuración resistente y durable para las condiciones de servicio. Como referencia técnica y visual del procedimiento y del nivel de acabado esperado para la rehabilitación interna de los tanques FAFA, se presentan fotografías correspondientes a trabajos previamente ejecutados en los sedimentadores primarios de la planta de tratamiento.
Las fotografías documentan diferentes etapas del proceso, incluyendo la condición de las superficies antes de la colocación del nuevo acabado, la reparación y regularización mediante mortero, la preparación previa al recubrimiento y la posterior aplicación del sistema de impermeabilización epóxica.
El procedimiento mostrado constituye una referencia del producto final esperado para los trabajos objeto de esta contratación. En los FAFA deberá alcanzarse una condición equivalente de reparación, uniformidad, continuidad y protección de las superficies, considerando adicionalmente las particularidades geométricas y estructurales de estos tanques. En particular, el acabado final deberá presentar superficies continuas, uniformes y correctamente adheridas, sin desprendimientos, fisuras, agrietamientos, poros abiertos, discontinuidades, zonas sin recubrimiento ni otros defectos que puedan comprometer la protección del concreto o la estanqueidad de los tanques.
Las fotografías muestran además el acabado obtenido mediante la aplicación del recubrimiento epóxico Sikagard®-64, el cual deberá ser utilizado en los FAFA conforme a las condiciones, número de capas, espesores, preparación del sustrato, tiempos de aplicación y demás requerimientos establecidos por el fabricante y por las especificaciones de esta contratación.
Debe tenerse presente que, a diferencia de los sedimentadores primarios mostrados en las fotografías, en los FAFA el alcance comprende también columnas, vigas, canales internos, viguetas pretensadas y demás elementos estructurales de concreto de la losa superior, exceptuando los bloques de concreto que conforman el sistema de entrepiso, conforme se establece específicamente en el procedimiento de trabajo. Criterio general de terminación
Los trabajos deberán entregarse completos, limpios y con todos los elementos existentes restituidos a su condición funcional. Las reparaciones deberán presentar continuidad y geometría uniforme; el recubrimiento epóxico deberá ser continuo y libre de defectos; las pruebas de estanqueidad deberán resultar satisfactorias; el fondo falso y las viguetas deberán quedar sin residuos; el medio filtrante deberá quedar reinstalado en la cantidad y altura requeridas; y las 64 tapas plásticas deberán quedar colocadas.
Las fotografías de los sedimentadores primarios constituyen una referencia visual del producto final esperado, mientras que las disposiciones contenidas en los pasos anteriores definen el alcance técnico aplicable a los FAFA. •
Registro fotográfico completo suministrado
Se incorpora a continuación el registro fotográfico suministrado como respaldo de las condiciones originales, los accesos, las tapas de referencia y los trabajos previamente ejecutados en los sedimentadores primarios
Ítem
Líneas de presupuesto
Costos directos
Costos indirectos
Imprevistos
Utilidad
Precio Total
%
M
REPARACIÓN DE TANQUES
•
Cambio de tapas por tapas plásticas: tapa plástica de material tipo lámina plástico para resistencia UV, uso exterior 64 unidades.
•
Tratamiento de reparación en paredes internas de los tanques existentes (FAFA 1-8)
a.
Aplicación de mortero de reparación estructural, alta resistencia a sulfatos y posee inhibidor de corrosión, igual o Equivalente a Sika Monotop 412 SM.
b.
Aplicación de recubrimiento de protección al concreto, impermeable,100% epóxico de grano sanitario, Igual o equivalente a aditivo Sika Sikaguard 62.
c.
Sustitución por anillos plásticos tipo “roseta” (colocación interna)
•
Tratamiento de reparación en vigas (FAFA 1-8)
a.
Aplicación de mortero de reparación estructural, alta resistencia a sulfatos y posee inhibidor de corrosión, Igual o equivalente a Sika Monotop 412 SM.
b.
Aplicación de recubrimiento de protección al concreto, impermeable,100% epóxico de grano sanitario, igual o equivalente a Sika Sikaguard.
N
COMPUERTAS, VERTEDEROS Y REJILLAS
•
Confección e instalación de compuertas en varilla #3 lisa grado 40, soldadura E-6013 2,3 mm 3/32, pintura anticorrosiva, placa de cuerpo en lámina hierro negro 1/8 pulgada (3,17 mm) 1,22 x 2,44, soldadura E-6013 2,3 mm 3/32, pintura anticorrosiva.
DESGLOCE DE LA ESTRUCTURA DE PRECIO
PRECIO TOTAL DEL PROYECTO
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURIA
(Licitación Reducida - LD)
“CONSTRUCCIONES Y MEJORAS DE PLANTA DE TRATAMIENTO MANUEL DE JESUS JIMENEZ ETAPA 3”
SECCION I
CONDICIONES GENERALES
- OBJETO DEL CONTRATO.
Lo constituye el SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE TAPAS PLÁSTICAS, REPARACIÓN EN PAREDES INTERNAS DE TANQUES EXISTENTES, REPARACIÓN DE VIGAS DE LOS TANQUES EXISTENTES Y SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE COMPUERTAS DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES ORDINARIAS (PTAR) DE LA URBANIZACIÓN MANUEL DE JESUS JIMÉNEZ, SAN FRANCISCO”.
VISITA AL SITIO DE LOS TRABAJOS
|
Se llevará a cabo una única visita al sitio de los trabajos, la cual se ha programado para las 9 horas del día 1 de setiembre del 2026, teniendo como punto de partida el Plantel Municipal de la Municipalidad de Cartago ubicado 800 metros al sur de la esquina sureste de los Tribunales de Justicia de Cartago y siendo coordinada por el Ing. Franklin Barboza Bonzalez, Encargado de Alcantarillado Sanitario.
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MUESTRAS
En el caso de las muestras las mismas serán recibidas serán recibidas los días 01, 02 y 03 de setiembre en horario de 7:00 am a 3:00 pm
- ADMINISTRADORES DEL CONTRATO:
Se definen a Franklin Barboza Gonzales, como Administrador de este contrato, el cual tendrá las funciones definidas en el Artículo 15 del Reglamento Interno Contratación Pública de la Municipalidad de Cartago y Circular PROV-CIR-003-2024, del 26 de abril del 2024, emitida por el Área Administrativa Financiera y la Proveeduría.
- CONSULTAS AL PLIEGO DE CONDICIONES:
EL Departamento de Proveeduría es la dependencia encargada de tramitar esta contratación, por lo tanto, cualquier consulta deben ser presentadas única y exclusivamente por la Plataforma de SICOP.
Toda comunicación, consultas, aclaraciones se realizarán únicamente por SICOP, no se tomarán como válido consultas o aclaraciones por teléfono o correo electrónico. (Artículo 9 del Reglamento Interno Contratación Pública de la Municipalidad de Cartago).
- FINANCIAMIENTO Y FORMA DE PAGO:
La Municipalidad financia esta contratación con recursos propios incorporados en el presupuesto ordinario, los cuales se encuentran debidamente aprobados por la Contraloría General de la República
Que de conformidad con lo establecido en los Artículos 38 LGCP y 87 RLGCP, en (Expediente Electrónico/Listado de Expediente/Número de procedimiento/Descripción/Expediente [2. Información del cartel]Número de procedimiento/Ingreso al pliego de condiciones/ [F. Documento del cartel]Archivo adjunto), consta certificación o comprobante de contenido presupuestario.
El presente proceso licitatorio es de:
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1. Obra pública: Cantidad definida |
Que, en (Expediente Electrónico/Listado de Expediente/Número de procedimiento/Descripción/Expediente [2. Información del cartel]Número de procedimiento/Ingreso al pliego de condiciones/[1. Información general] presupuesto total estimado) se detalla presupuesto total estimado del presente procedimiento. Y cuenta con un disponible de ¢68 835 000. (sesenta y ocho millones ochocientos treinta y cinco mil colones)
Forma de pago: El pago se hará con giro a 30 días naturales mediante transferencia electrónica, en tractos todo de acuerdo con el recibido conforme y el visto bueno de la factura por parte del Administrador del Contrato. Y de conformidad a lo establecido en el Art. 18 inciso a) Pago por Resultados del RLGCP
El pago podrá realizarse en la moneda fijada en la contratación o bien en colones costarricenses, todo de conformidad con lo que establece la Ley General de Contratación Pública y su reglamento, conforme a los artículos 18 y 19 RLGCP.
Los tipos de cambio usados en este proceso son los del BCCR.
Que el Contratista deberá tomar en cuenta, al momento en que la Municipalidad le realice el pago, lo estipulado en el artículo 30 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que en lo que interesa reza de la siguiente manera:
Artículo 30.- Retenciones en la fuente. Toda empresa pública o privada, sujeta o no a uno o varios de los impuestos contenidos en la Ley, así como los entes no sujetos y las demás instituciones y sujetos a los que hacen referencia los artículos 3, 23, 28 ter y 31 quater de la misma ley, están obligadas a actuar como agentes de retención o percepción del impuesto que surja cuando se paguen o acrediten, según corresponda, rentas percibidas por el trabajo personal dependiente o por concepto de jubilación o pensión u otras remuneraciones por servicios personales, rentas sujetas a los impuestos sobre rentas del capital y ganancias y pérdidas del capital, rentas remesadas al exterior, o cuando se dé alguno de los demás supuestos enumerados en este artículo.
Las rentas a que hace referencia el párrafo anterior se entenderán pagadas en el momento en que el beneficiario de estas reciba las sumas dinerarias de manera efectiva y se considerarán acreditadas cuando el beneficiario de tales rentas tenga derecho a exigirlas.
Según sea el caso, deberán observarse las siguientes disposiciones:
[…
vii. Rentas originadas en licitaciones, contrataciones, negocios u operaciones realizadas por el Estado, instituciones autónomas o semiautónomas, municipalidades, empresas públicas y otros entes públicos establecidos en el inciso g) del artículo 23 de la Ley. Están obligados a retener el Estado, instituciones autónomas o semiautónomas, municipalidades, empresas públicas y otros entes públicos, por las rentas que se originen en licitaciones, públicas o privadas, contrataciones, negocios u operaciones realizadas por estos y que se paguen o acrediten a favor de personas físicas o jurídicas domiciliadas en el país. En estos casos, la retención será del dos por ciento (2%) sobre el monto total de tales rentas puestas a disposición del contribuyente, excepto cuando se trate de:
- i) Transacciones que se efectúen entre entes públicos que se encuentren exentos o no sujetos al impuesto sobre las utilidades.
- ii) Pagos efectuados a personas no domiciliadas en el país, cuando estos estuviesen gravados con el impuesto sobre remesas al exterior.
iii) Créditos o pagos efectuados a personas o entidades exentas del Impuesto sobre las Utilidades.
- iv) Pagos sobre los cuales se hubiere efectuado la retención del tres por ciento (3%) a que se refiere el inciso e) del artículo 23 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
- v) Operaciones que no excedan de un salario base según lo establecido en el artículo 2 de la Ley No. 7337.
La Administración se encuentra facultada para modificar por resolución, el monto establecido.
La retención a que alude este acápite será considerada como un pago a cuenta del impuesto sobre las utilidades que corresponda cancelar al contribuyente. Asimismo, a solicitud del contribuyente, la Administración Tributaria podrá autorizarla aplicación de los montos retenidos a los pagos parciales del impuesto sobre las utilidades del período correspondiente.
Las retenciones de impuesto descritas en todos los incisos anteriores deberán practicarse por parte del agente retenedor en el momento en que se efectúe o acredite el pago respectivo, lo que ocurra primero…]
DE LA FACTURA Y SU TRAMITACIÓN
Toda factura derivada de esta licitación, que deba tramitarse ante este Municipio, deberá ser cargada, junto con los archivos XML, en el Sistema Digital Unificado (S.D.U.), y remitida posteriormente al correo electrónico facturaelectronica@muni-carta.go.cr, cumpliendo con los siguientes requisitos:
- Número de cuenta IBAN.
- Indicar el nombre del departamento al que se le brinda la adquisición del activo, servicio o suministro.
- Indicar en la factura el número de contratación (no el número de contrato).
- Consignar como medio de pago "transferencia".
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Información sobre Facturación |
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Razón Social |
Municipalidad de Cartago |
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Cédula jurídica |
3-014-042080 |
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Teléfono |
2550-4475 / 2550-4668 |
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Correo |
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Dirección |
Cartago, Distrito |
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Actividad comercial |
Municipalidades y Concejos de distrito |
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Código de actividad |
751103 |
DE LA RECEPCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL
Para coordinar la entrega de bienes (activos o suministros), debe realizar la solicitud de recepción en el S.D.U. y, una vez aprobada por el administrador del contrato, debe escribir al correo electrónico almacen@muni-carta.go.cr, indicando el número de contrato notificado y el número de solicitud de recepción registrado en el S.D.U. Para flexibilizar la agenda de recepción de bienes, debe indicar al menos dos fechas y horas tentativas para la entrega de estos.
El día coordinado para la entrega, debe presentarse el representante de la empresa o quien este designe, con una copia del contrato que incluya únicamente las líneas a entregar, así como la factura o remito del entregable.
- PRESENTACION DE LA OFERTA:
La oferta se presentará únicamente por el sistema Integrado de Compras (SICOP), (Artículo 16 LGCP, 25 RLGCP), asumiendo el oferente las consecuencias que se puedan generar por su falta de cuidado o cualquier error imputable a él en el momento de ingresar su oferta y la documentación complementaria. Lo anterior basado en el artículo 40 del Reglamento de SICOP y Artículo 119 RLGCP.
La Administración no autoriza la presentación de ofertas por medios electrónicos de transmisión de datos como casilleros electrónicos, correos electrónicos u otros medios.
Por el solo hecho de presentar la oferta, se entenderá como una manifestación inequívoca de la voluntad del oferente de contratar con pleno sometimiento a las condiciones y especificaciones de este pliego de condiciones, así como a las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes de la República de Costa Rica. Según el Art 123 del RLGCP
Forman parte de la oferta, la información ingresada en el sistema y los documentos que la acompañen (entiéndase los archivos anexos que adjunto el oferente). Una vez presentada la oferta en el sistema SICOP, no podrá ser retirada, entendiéndose que la misma pertenece a la Municipalidad. (Artículo 48 LGCP,118 y 119 RLGCP)
La Administración, según lo indicado en los Artículos 125 inciso d), 129 al 131 del RLGCP, aceptará Ofertas en Consorcio cumpliendo con las siguientes condiciones:
- Se aceptarán la participación de dos (2) o más personas jurídicas y/o físicas en consorcio, con el objetivo de cumplir y fortalecer los requisitos dispuestos en el pliego de condiciones. Las obligaciones que asume cada uno de los miembros que conforman el consorcio, deberán quedar plasmadas en el respectivo acuerdo consorcial. Alguna de las personas Consorciadas deberá tener la experiencia en el objeto del contrato. Los integrantes del consorcio responderán frente a la Administración de forma solidaria, como si fuesen una única contraparte. Artículo 48 LGCP y 125 RLGCP.
- Incorporar en el SICOP, anexo a la oferta, el acuerdo del consorcio debidamente protocolizado en el que consten los términos que regularán las relaciones de las partes y de éstas con la Administración, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 129 del RLGCP.
El acuerdo consorcial cubrirá al menos los siguientes aspectos:
- Calidades, incluido domicilio y medio para recibir notificaciones y capacidad de las partes.
- Designación de los representantes, con poder suficiente para actuar durante la fase de estudio de ofertas, de formalización, de ejecución contractual y para trámites de pago.(Líder)
- Detalle de los aportes de cada uno de los miembros, sea en recursos económicos o bienes intangibles, experiencia, compromisos y obligaciones que asumiría cada integrante en las fases del procedimiento contractual.
- El porcentaje de la participación de cada uno de ellos.
- Plazo del acuerdo que deberá cubrir la totalidad del plazo contractual.
- Cada uno de los Integrantes del Consorcio debe aportar las declaraciones firmadas digitalmente, en caso de que las firmas sean autógrafas, deberán estar debidamente autenticadas por abogado .
- De resultar adjudicado el Consorcio, se rendirá una garantía que respalde el cumplimiento de manera solidaria. Esta garantía de cumplimiento deberá cumplir con lo indicado en el pliego de condiciones.
NOTA: Si el oferente presenta en su oferta algún documento anexo en estado “CONFIDENCIAL”, debe adjuntarse en un archivo completamente por aparte y de forma independiente de la oferta y demás documentos solicitados por la administración y deberá indicar mediante acto motivado justificación de forma clara, detallada y con fundamento legal, las razones del por qué considera que dicha información debe ser tenida como “CONFIDENCIAL”. En caso de que un participante considere que existe información confidencial, así deberá indicarlo de modo expreso en el sistema digital unificado, al momento mismo de presentar o facilitar la documentación, haciendo señalamiento claro de los folios o archivos que estima confidenciales y de los motivos y su sustento jurídico. Artículo 15 LGCP y 30 de su Reglamento. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la advertencia de confidencialidad, mediante acto motivado suscrito por funcionario competente y con apego al principio de transparencia, la Administración deberá señalar si procede o no la declaratoria de confidencialidad y, en caso de que así proceda, realizará un resumen del contenido de los documentos sin revelar los aspectos confidenciales e indicará por cuánto plazo ha de mantenerse esta. Durante el lapso de los cinco días antes señalado, la información se tendrá como confidencial.
IMPORTANTE
En caso de que el Oferente ofrezca en su propuesta, personal Profesional Técnico, operario, entre otros, deberá adjuntar copia de la planilla de la CCSS actualizada, en la cual conste que estos, forman parte de su equipo de trabajo, en caso de no serlo, indicar si será subcontratado, debiendo aportar la información correspondiente, señalada en el apartado 6 del pliego de condiciones, en caso de que no se encuentre en la planilla, y tampoco sea subcontratado, favor adjuntar declaración jurada firmada digitalmente en la cual, se indique que de resultar adjudicatario del presente procedimiento licitatorio, se compromete a adjuntar, previo a la formalización del contrato, copia de la planilla de la CCSS, con la incorporación del personal propuesto.
- DE LA SUBCONTRATACIÓN:
Indicar si en la propuesta se da la figura de la Subcontratación, de ser positiva la respuesta, aportar, los requerimientos contenidos en los artículos, 18, 29, 49 de la LGCP y 21, 32, 33, 126 y 133 RLGCP. (Listado de los subcontratistas, objeto de la subcontratación, y porcentaje de la subcontratación, el cual no puede superar el 50% del monto total del contrato). Así como debidamente firmadas digitalmente, las declaraciones juradas que constan en (Expediente electrónico/Listado de Expediente/Número de procedimiento/Descripción/Expediente[2. Información del pliego de condiciones] Ingreso del pliego de condiciones/[F. Documento del pliego de condiciones] Declaración jurada Actualizada).
De relevancia indicar que una persona física o jurídica únicamente podrá figurar para un mismo concurso en una oferta, como subcontratista, oferente individual o participar de forma conjunta o consorciada.
Asimismo deberá el Subcontratista estar inscrito en SICOP. Debiendo estar al día con (CCSS, FODESAF, Tributación Directa/Hacienda) y aportar copia de la Licencia comercial y constancia emitida por el Departamento de Patentes de la Municipalidad en donde posee la licencia (s) de funcionamiento, donde se indique que se encuentra activa y al día en el pago del impuesto respectivo, o adjuntar norma que lo exonere.
Deberá adjuntar el Subcontratista carta de compromiso actualizada, con indicación del número de Licitación, en la cual se indique, que en caso de que el Oferente resulte Adjudicatario fungirá como subcontratista en el cumplimiento del objeto contractual de la Licitación, la cual debe estar firmada digitalmente y en un formato en el cual se pueda validar, en caso de que la firma sea autógrafa, esta debe estar autenticada por abogado.
El subcontratista deberá aportar póliza de Riesgos del Trabajo vigente a la fecha y permiso sanitario en caso de que corresponda.
En caso de que el Subcontratista sea persona jurídica, adjuntar personería jurídica notarial con un mes de expedida con respecto a la fecha de apertura de las ofertas y estar al día con el impuesto de personas jurídicas.
Si es una Persona Física aportar declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
Si es una Persona Jurídica aportar:
Declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el(los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial.
En caso de que los accionistas del oferente y del subcontratista sean a su vez personas jurídicas, la declaración jurada deberá comprender, además, la información señalada anteriormente respecto de estas últimas”. Artículo 32 inciso c) punto vi. RLGCP.
En caso de que el Subcontratista, tenga la obligación de encontrarse incorporado a un Colegio Profesional, deberá aportar certificación vigente, emitida por el Colegio, en la cual se indique que se encuentra habilitado y al día con sus obligaciones. (cuotas).
__________________
El Oferente debe aportar en caso de que se dé la subcontratación, todas las declaraciones juradas y certificaciones requeridas en el pliego de condiciones, con respecto a esté.
- DEL PAGO DE TIMBRE DEL COLEGIO DE PERIODISTAS
Conforme a lo establecido en la Ley 5527, “Ley de Creación del Timbre del Colegio de Periodistas de Costa Rica” y la Circular MH-DCoP-CIR-0079-2024, de fecha 29 de octubre del 2024, la cual establece el cálculo y registro en el SDU, del Timbre del Colegio de Periodistas de Costa Rica en los procesos de Contratación pública de servicios de publicidad. Debiéndose entender, que “…debe pagarse cuando se factura publicidad en espacios informativos, ya sean en prensa, radio, televisión o medios digitales. Esto aplica para medios con multiplataformas. Por ejemplo: En el caso de periódicos digitales, -según criterio de la Procuraduría-, el pago procede si se considera un medio de circulación diaria y la pauta no está incluida en la factura del medio impreso de publicación semanal o mensual. Si ya fue cobrado como parte del impreso, no se debe pagar nuevamente para evitar doble imposición…”.
Asimismo según criterio de la Institución de cita en importante tener claro que, “...la Internet es un soporte…”, ósea no es un medio de comunicación, por si sola, como lo es una emisora de radio, un canal de televisión o un periódico impreso. La Internet puede ser el “canal” o “vehículo” (soporte) a través del cual un medio formal, difunde contenido publicitario institucional.
Por tanto, El Oferente deberá incluir en su precio, cuando corresponda, el monto referente a dicho Timbre. El mismo debe desglosarse en la oferta económica de manera separada. En caso de no cumplir con el requerimiento, podrá la oferta considerarse incompleta para efectos del análisis económico y la adjudicación correspondiente.
Para efectos de pago, el Administrador del Contrato, el Almacén Municipal y la Tesorería, deberán verificar de previo, que el monto por concepto de Timbre aparezca en la factura, desglosado adecuadamente, y que se encuentre cancelado según lo exige la normativa y conforme al precio adjudicado. El Contratista debe adjuntar constancia del pago o adhesión del timbre.
En caso de que no se presente constancia o está, esté incompleta. La Municipalidad no tramitará el pago al Contratista, hasta tanto no se acredite debidamente el pago del timbre por el monto correspondiente.
De relevancia señalar que el Oferente, es quien debe incluir el monto del timbre como parte del precio total ofertado de manera separada. Y es a quien le corresponde realizar la cancelación.
- MEJORA DE PRECIOS
En atención a lo indicado por la norma en los artículos 90 y 99 respecto a la mejora de precios con el objeto de priorizar el principio del valor por el dinero, el principio de conservación del acto administrativo y el principio de eficiencia y eficacia en la gestión de compras públicas se establece el siguiente procedimiento:
- El analista técnico del proceso deberá gestionar por escrito mediante oficio formal, solicitud a proveeduría de convocatoria a mejora de precios, indicando las causales que dan justificación a dicha solicitud.
- La proveeduría a través del colaborador asignado procederá en plazo no mayor a un día hábil a generar mediante la plataforma SICOP, convocatoria formal a gestionar la mejora de precios de las ofertas presentadas.
- Se brindará para la presentación de dichas mejoras por parte de los oferentes, un plazo de un día hábil en caso de licitaciones reducidas, un plazo de tres días hábiles en caso de las licitaciones menores y un plazo de cuatro días hábiles en caso de las licitaciones mayores, para la presentación de las nuevas propuestas económicas, las cuales deberán contener manifestación expresa de que con dicha mejora de precios no se están afectando o bien desmejorando las calidades, cantidades, características y las condiciones originalmente ofertadas.
- Cada oferente en caso de que se presente a la convocatoria a mejora de precios deberá incorporar la estructura del precio descontado, considerando todos los elementos que los componen, además, de la estructura del precio sin descuento.
- Para efectos de evaluación de precios, se tomarán los ofertados en la sección mejora de precios, los cuales serán confidenciales hasta el momento de apertura de la mejora de precios.
- El procedimiento en el sistema SICOP será conforme lo establece el módulo especial para dicha finalidad.
La oferta deberá presentarse en idioma español, no obstante, la literatura técnica, podrán presentarse en otro idioma con la correspondiente traducción oficial al español. Artículo 118 RLGCP.
- DECLARACIONES JURADAS, CERTIFICACIONES, CONSTANCIAS Y OTROS
Todas las certificaciones requeridas en este pliego de condiciones deben de haber sido expedidas de la siguiente manera: en un plazo no mayor a 30 días naturales (Notario) o 15 días naturales (Registro Nacional) con respecto a la fecha programada para la apertura de ofertas
DECLARACIONES JURADAS
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Las declaraciones juradas requeridas en del presente proceso se regirán y deberán ser rendidas, por los Oferentes y subcontratistas, según lo estipulado en los artículos 18, 28 y 29 LGCP, 32 inciso c), y 33 del RLGCP. Así como también se deberá mediante declaración jurada, declarar si se encuentran inhabilitados o en proceso de inhabilitación con la Administración Pública. Artículo 118 LGCP.
En (Expediente Electrónico/Listado de Expediente/Número de procedimiento/Descripción/Expediente [2. Información del cartel]Número de procedimiento/Ingreso al pliego de condiciones/ [F. Documento del cartel] Archivo adjunto), consta machote de declaraciones juradas. |
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En todos los concursos en que presenten sus propuestas, los oferentes y subcontratistas deberán manifestar expresamente en la oferta que la información contenida en las declaraciones juradas, presentadas en el registro que al efecto lleve la Dirección de Contratación Pública, se mantienen invariables Artículo 29 LGCP. |
Además, cada oferente y subcontratista debe aportar:
Si es una Persona Física: declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
Si es una Persona Jurídica aportar:
Declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el(los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial.
En caso de que los accionistas del oferente y del subcontratista sean a su vez personas jurídicas, la declaración jurada deberá comprender, además, la información señalada anteriormente respecto de estas últimas”.
Artículo 32 inciso c) punto vi. RLGCP.
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En el caso de las declaraciones juradas, serán rendidas bajo fe de juramento con las responsabilidades y delitos que ello conlleva en caso de indicar información falsa. No será necesario rendirlas ante notario público, deberán estar firmadas digitalmente, y en caso de que las firmas sean autógrafas, las mismas deberán estar autenticadas por abogado. |
CERTIFICACIONES
- Persona Física
Si se trata de una persona física, se debe consignar claramente todas las calidades el nombre completo, estado civil, profesión u oficio, número de cédula de identidad, copia de la cédula de identidad y dirección exacta, números telefónicos y correo electrónico.
- Persona Jurídica
Si es una persona jurídica, deberá aportar una Certificación de Personería expedida por Notario Público que consigne: citas de inscripción y personería, denominación o razón social, plazo social, domicilio, nombre y calidades de los representantes y las facultades de su representación, naturaleza y propiedad de las acciones o cuotas. Tal certificación no podrá exceder de un mes de expedida con respecto a la fecha de apertura de las ofertas y cumplir con lo establecido en los artículos 77 y 110 del Código Notarial.
CONSTANCIAS
- Constancia de estar al día con el Pago de las cuotas obrero-patronales de la Caja Costarricense del Seguro Social. La misma será verificada en la página web de dicha Institución.
Esta sección se regirá conforme a lo establecido en el artículo 14 inciso f, del LGCP.
- En caso de que al momento de verificarlo en el SICOP o el portal de consultas de la CCSS no se encuentra inscrito como patrono ante la CCSS, y del objeto licitado se derive tal obligación, la Administración le solicitará explicación, la que, en caso de resultar insatisfactoria de acuerdo con los lineamientos establecidos por la CCSS, provocará la exclusión del concurso y la denuncia ante las autoridades correspondientes de cobro de la CCSS.
- De conformidad con la normativa vigente sobre la materia, durante toda la ejecución del objeto contractual, el administrador del servicio verificará que la empresa contratante se encuentre al día en el pago de sus obligaciones con la CCSS, para lo que verificara de oficio dicho estatus en la página oficial, o ante circunstancias particulares podrá solicitar, que se le proporcionen las certificaciones correspondientes.
- Constancia de estar al día con FODESAF e Impuestos Nacionales (Situación Tributaria/Hacienda). (Las mismas serán verificadas en las páginas web de cada Institución).
Si se determina que no están al día con dichas obligaciones, se realizará una única prevención para que corrijan dicha situación, de no corregirse en el plazo otorgado se dará la descalificación de la oferta del proceso de licitación, esto conforme al artículo 50 del LGCP.
- Patente Municipal:
Patente Municipal:
- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 del Código Municipal y el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, los oferentes y subcontratistas deberán cumplir con las disposiciones legales aplicables para el ejercicio de actividades lucrativas en el territorio nacional.
- En ese sentido, los oferentes deberán contar con una licencia municipal de funcionamiento (patente) vigente y al día presentando una constancia para acreditar su estatus, emitida por la municipalidad correspondiente al domicilio fiscal de la persona física o jurídica, o bien acreditar su cumplimiento previo al inicio de la ejecución contractual, cuando así corresponda conforme a la naturaleza de la contratación y al lugar donde se materialice el hecho generador. El Departamento de Proveeduría solicitará el criterio tanto técnico como legal al Área Tributaria mediante el Departamento de Patentes, para que indique si la patente aportada junto a la oferta o bien la verificada para la formalización contractual está acorde en todos sus extremos a este proceso de licitación.
- La Administración verificará el cumplimiento de este requisito ya sea en la apertura de las ofertas si cumple o en la fase de ejecución contractual, por tratarse de un requisito de cumplimiento legal accesorio y no de idoneidad técnica o sustantiva de la oferta, de conformidad con la jurisprudencia reiterada de la Contraloría General de la República R-DCP-SICOP-00305-2025, por lo que la omisión, diferencia o falta de acreditación de la patente municipal al momento de la apertura de ofertas no será causal de exclusión.
- En caso de que el oferente o adjudicatario goce de algún régimen de exoneración legal respecto de este requisito, deberá acreditarlo oportunamente.
- No se permitirá la utilización de licencias de funcionamiento que no se encuentren a nombre de la persona física o jurídica adjudicataria para efectos de la ejecución contractual.
- Los oferentes y subcontratistas que se encuentren patentados en este Municipio o que posean propiedades en el cantón central de Cartago deberán encontrarse al día en el pago de la licencia comercial, servicios municipales y el tributo de bienes inmuebles, lo cual será verificado por la Administración previo al inicio de la ejecución del contrato.
- Cuando el adjudicatario pertenezca a otro cantón y realice el hecho generador en el cantón central de Cartago, deberá tramitar la licencia de funcionamiento temporal, únicamente en los casos en que legalmente corresponda, previo al inicio de la ejecución contractual, a través de la Plataforma de Servicios de la Municipalidad de Cartago, a efectos del pago del impuesto respectivo por el monto adjudicado.
- Para los casos de oferentes o adjudicatarios domiciliados fuera del territorio nacional, la exigencia de la patente municipal y demás permisos de funcionamiento será verificada previo al inicio de las labores contractuales, en caso de que la actividad objeto del contrato se desarrolle en el país, siendo responsabilidad de la Administración constatar su cumplimiento en el momento procesal oportuno.
Definición de Hecho Generador: El hecho generador o sea el ejercicio de una actividad lucrativa en una jurisdicción territorial determinada esto es en un cantón específico.
- OTROS
- Seguros y obligaciones patronales:
El Oferente y el Subcontratista, deberán aportar junto con la oferta copia de la póliza de Riesgos del Trabajo, en la cual conste que mantienen vigente y al día los pagos por concepto dicho concepto y el Contratista, copia de la póliza de Responsabilidad Civil en el caso de que resulten adjudicatarios. (lesión o muerte a terceras personas).
- El contratista deberá asumir y mantener al día en forma amplia total y general todas las obligaciones y responsabilidades que correspondan al patrono por concepto de cargas sociales, derivados del Código de Trabajo o reglamentos y leyes conexas.
- Se entiende que la responsabilidad patronal será única y exclusivamente del contratista, por lo que no existirá ninguna relación laboral entre la Municipalidad y los trabajadores o empleados del contratista o subcontratistas.
- Si durante la ejecución del servicio por supervisión propia o denunciada se comprueba que las pólizas no se tienen o están vencidas, la Municipalidad podrá rescindir el contrato por el incumplimiento del Contratista.
- El contratista deberá cumplir las disposiciones de la Ley sobre Riesgos del Trabajo N° 6727.
- Se debe presentar por parte de los Contratistas las pólizas correspondientes de previo a iniciar la Contratación y en caso de que se deba suscribir un contrato de previo a la ratificación de este.
- La copia de la póliza adquirida por el Contratista deberá ser presentada ante el Supervisor respectivo y una copia a la Proveeduría Municipal a efecto de ser incorporada al Expediente Administrativo respectivo.
- Lo anterior según lo establecen los Art. 201, 203, 209 del CÓDIGO DE TRABAJO y los Art. 2 y 7 del REGLAMENTO GENERAL DE LOS RIESGOS DEL TRABAJO (LEY 6727).
- Permiso Sanitario
El Oferente y el Subcontratista, deberán aportar junto con la oferta copia, del permiso sanitario, el cual deberá estar vigente al día de la apertura.
- GARANTIA DE CUMPLIMIENTO
En cuanto a las formas de rendir la garantía de cumplimiento (si así se solicitara en el formulario SICOP), así como sus vigencias y devolución, se tramitaran según lo disponen los artículos 44 de la LGCP,110 al 115 del RLGCP.
- Devolución de la garantía
El Contratista deberá realizar la solicitud de devolución de la garantía de cumplimiento u otra que le haya sido requerida, en el sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), dirigiendo la solicitud al departamento de Tesorería Municipal, el cual será el encargado de realizar las gestiones correspondientes, de conformidad con el artículo 11 inciso e) y f) RICPM.
La garantía de cumplimiento será devuelta a solicitud del interesado, dentro de los veinte días hábiles siguientes a la fecha en que la Municipalidad haya recibido de forma definitiva y a satisfacción el objeto contractual. Artículo 113 RLGCP
.
NOTA: Toda garantía presentada a favor de la Municipalidad de Cartago, deberá estar libre de cualquier condicionamiento y su ejecutoriedad debe estar consignada como inmediata a favor de la Administración, misma que debe quedar expresada en el documento expedido por la entidad financiera correspondiente.
- ELEGIBILIDAD DE OFERTAS
Es elegible la oferta que se ajuste a las condiciones formales, legales, económicas y especificaciones técnicas del pliego de condiciones, de tal manera que cualquier incumplimiento de orden significativo a éste, constituye motivo de exclusión de concurso. Artículo 137 RLGCP.
- Cualquier condición no prevista en el presente pliego de condiciones, regirá conforme a lo dispuesto por la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, así como la restante normativa aplicable a la materia.
- Los potenciales oferentes podrán presentar objeciones o plantear las consultas según los artículos 95 LGCP, 253, 254 y 255 RLGCP.
- CLAUSULAS PARA PREVENIR LA CORRUPCIÓN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA.
Que el artículo 24 del RLCP, establece el actuar ético e íntegro de los sujetos distintos a la Administración, señalando que las actuaciones que con ocasión de la actividad de contratación pública realicen deberán ser de manera proba, íntegra, transparente, con rectitud y buena fe, bajo el más alto cumplimiento de los principios éticos y jurídico, durante todas las etapas del procedimiento de contratación. Por lo que:
- La Municipalidad en sus procesos de contratación pública, NO PERMITIRÁ que a su personal, profesional, administrativo, técnico y operativo, se les solicite realizar actos contrarios a sus deberes y obligaciones como funcionarios públicos, se les soborne, se le ofrezca o suministre cualquier tipo de obsequio o donación, conforme al art. 20 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, así como cualquier tipo de dádiva, comisión, gratificación o liberalidad semejante, que puedan comprometer la transparencia e imparcialidad en las distintas fases del procedimiento de contratación, o se les solicite influir indebidamente en cualquier etapa de la contratación, en beneficio de los Oferentes o Contratistas ( Artículos 119 LGCP incisos a), e), s).) De detectarse algún tipo de corrupción inmediatamente, se realizarán las denuncias ante la instancia correspondientes, En caso de que se encuentre en la etapa de apertura, análisis y recomendación del acto final, la ofertas será descalificada del concurso y si se encuentra en la etapa de Ejecución, se procederá a realizar las diligencias necesarias para la Resolución del contrato y en caso de que proceda la inhabilitación
- Los Oferentes y Contratistas deberán abstenerse de ejercer influencia o presiones indebidas sobre los funcionarios públicos de la Administración contratante.
- No se tolerará actos de corrupción de ninguna naturaleza dentro de los procedimientos de contratación de bienes, obras y servicios. No podrán participar en dichos procedimientos personas físicas o jurídicas que tengan conflictos de interés con los funcionarios institucionales y autoridades que formen parte del Concejo Municipal.
En por lo que con base en los antes expuesto los Oferentes deberán aportar junto con su oferta, mediante declaración jurada, compromiso anticorrupción y de buenas prácticas comerciales, con fundamento en lo establecido en el Artículo 24 inciso c) RLGCP).
- ADJUDICACION
- La Municipalidad de Cartago tomará la decisión de adjudicación según plazo indicado en el sistema Integrado de Compras (SICOP).
- Para resultar adjudicatario, debe el oferente haber cumplido con lo dispuesto en la normativa vigente sobre Contratación Pública, haber cumplido con cada una de las Condiciones y Características solicitadas en el pliego de condiciones; así como de resultar su oferta como la mejor calificada.
- La Adjudicación quedará en firme, transcurrido el plazo para la interposición de los recursos respectivos de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Contratación Pública y el Reglamento a dicha ley.
- En caso de presentarse recurso en contra del acto de adjudicación, la Administración procederá a solicitar al recurrente y al adjudicatario que prorroguen la vigencia de la oferta, las cuales deberán ser otorgadas dentro del plazo perentorio que se les concede para la presentación de estas.
- FORMALIZACION CONTRACTUAL
La formalización contractual se llevará a cabo conforme lo establecen los artículos 274 y 275 RLGCP.
- La ejecución contractual derivada de esta contratación estará sujeta a la emisión previa de una orden de compra y/o contrato mediante SICOP, que constituye el documento formal que emite la Municipalidad de Cartago suscrita por los funcionarios competentes y refrendo en caso de que corresponda.
- Con base en el Reglamento de Refrendo de Contratos de la Contraloría General de la República, esta contratación deberá contar con el Refrendo correspondiente.
- El pago de los timbres podrá realizarlo mediante entero a favor del Gobierno de Costa Rica y deberá subir el comprobante al Sistema SICOP.
El proceso establecido para la formalización contractual es el siguiente:
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Primero: Adjudicación en firme. |
|
Segundo: Presentación de la garantía de cumplimiento, timbres fiscales y demás documentos a solicitarse. |
|
Tercero: Redacción de contrato por parte de la Municipalidad. |
|
Cuarto: Firma de contrato entre las partes mediante SICOP. |
|
Quinto: Refrendo Interno o contralor, según corresponda. |
|
Sexto: Notificación de contrato refrendado. (si corresponde el refrendo) |
|
Séptimo: Notificación de la Orden de Inicio. |
- NOTIFICACIONES
Todas las notificaciones se realizarán por medio de la Plataforma de SICOP.
- RECURSOS
Los recursos del presente proceso serán presentados en el plazo definido por la norma, siendo competente para su resolución, la Instancia que define la ley ´General de Contratación Pública y su Reglamento. (Título IV, Capítulo I, Régimen Recursivo, RLGCP)
- DESGLOSE ESTRUCTURA DEL PRECIO Y PRESUPUESTO DETALLADO
18.1 EN RELACION CON LA ESTRUCTURA DEL PRECIO, el oferente deberá completar el siguiente cuadro, en cada línea de pago.
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COMPONENTE |
MONTO ¢ |
PORCENTAJE % |
|
Mano de obra |
|
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Insumos |
|
|
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Gastos Administrativos |
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Subcontratos |
|
|
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Imprevistos |
|
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|
Utilidad |
|
|
|
TOTAL |
|
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Nota: El componente de Subcontrato e Imprevistos, será utilizado en caso de que corresponda.
18.2 PRESUPUESTO DETALLADO
El ADJUDICATARIO deberá presentar un PRESUPUESTO DETALLADO, en el cual se haga referencia al desglose de cada uno de los componentes de la estructura del precio. Dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato, todo de conformidad con lo establecido en el Art. 103 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, siguiendo el formato adjunto:
|
De relevancia indicar que, en los contratos de servicios, cuando la remuneración no se encuentre regulada por tarifas (aranceles obligatorios), la oferta deberá contener la estructura del precio, y quien resulte adjudicatario, deberá adjuntar el presupuesto detallado. Artículo 214 RLGCP |
|
Precio |
Detalle |
Monto |
Porcentaje |
|
Costos directos |
Salarios |
¢ |
% |
|
Cargas sociales |
¢ |
% |
|
|
Herramientas |
¢ |
% |
|
|
Materiales |
¢ |
% |
|
|
Equipo |
¢ |
% |
|
|
Viáticos y consumibles |
¢ |
% |
|
|
Costos indirectos |
Servicios |
¢ |
% |
|
Gastos administrativos |
¢ |
% |
|
|
Seguros y pólizas |
¢ |
% |
|
|
Subcontratos |
Subcontratos |
¢ |
% |
|
Imprevistos |
Imprevistos |
¢ |
% |
|
Utilidad |
Utilidad |
¢ |
% |
En caso de no presentarse en ese plazo, La Municipalidad declarará insubsistente la adjudicación y procederá conforme a lo establecido en el artículo 52 de la LGCP.
19. CRITERIO DE DESEMPATE DE LAS OFERTAS
En caso de empate de las ofertas, se considerará como factor de evaluación de desempate, una puntuación adicional a las PYME que hayan demostrado su condición a la Administración, de acuerdo con el artículo 97 Reglamento de la Ley General de la Contratación Pública, mediante el siguiente detalle:
- PYME de industria: 5 puntos
- PYME de servicio o agropecuaria: 5 puntos
- PYME de comercio: 2 puntos
En caso de que el empate persista, el desempate se definirá según lo dispuesto en el artículo 97 Reglamento de la Ley General de la Contratación Pública.
- REAJUSTE DE PRECIO
Todo según lo establecido en los artículos del 107 al 109 RLGCP. Derecho al mantenimiento del equilibrio económico de los costos directos e indirectos en contratos de suministro de bienes y servicios y obra.
- OTRAS CONDICIONES
- Objetivo de las Especificaciones Técnicas Generales.
Las especificaciones establecidas en el pliego de condiciones tienen por objeto el establecer los requerimientos de los bienes, servicios y obras que la Municipalidad desea adquirir.
En vista de lo anterior, el oferente debe conocer y aceptar las mismas, así como las consecuencias y responsabilidades en todos sus extremos, aún y cuando por omisión en el pliego de condiciones no se hallan indicado. Artículo 90 RLGCP.
Es indispensable que la empresa oferente cuente durante todo el proceso previo y de ejecución, con el respaldo técnico de expertos en las distintas áreas, esto con el objetivo de amparar, y si es del caso, mejorar las condiciones preestablecidas en este documento.
- Alcance de las Especificaciones Técnicas Generales.
Si se identificara la posible existencia de algún tipo de omisión, ésta deberá ser notificada, antes de presentar la oferta formal para la ejecución de los trabajos, por medio escrito y a través de la Plataforma SICOP. De lo contrario cualquier situación durante el proceso de la contratación no añadirá ningún cargo adicional al monto original del contrato, por concepto de omisiones sin resolver.
No se aceptan cambios en los requerimientos, salvo que se hayan solicitado por escrito y cuenten con su respectivo visto bueno por parte de los Administradores asignados por la Municipalidad de Cartago, o bien exista una justificación de peso en la que medie el juicio experto y que sea completamente demostrable.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. El proceso de contratación se promueve para contratar el SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE TAPAS PLÁSTICAS, REPARACIÓN EN PAREDES INTERNAS DE TANQUES EXISTENTES, REPARACIÓN DE VIGAS DE LOS TANQUES EXISTENTES Y SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE COMPUERTAS DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES ORDINARIAS (PTAR) DE LA URBANIZACIÓN MANUEL DE JESUS JIMÉNEZ, SAN FRANCISCO”. Para efectos de este concurso, se considera dicha contratación con una línea, por lo que las multas se consideran para esta fase del contrato. Con el objetivo de determinar los defectos en la ejecución del contrato se procederá a clasificar en función de las obligaciones contractuales establecidas en el pliego de condiciones. Es importante aclarar que los porcentajes de multa se aplicarían sobre el monto del mensual del contrato. CONSTRUCCIÓN DE MEJORAS Para el caso del establecimiento del rango de la multa se tomará el ejemplo del Coordinador Obras Varias CP1, el cual cuenta con el título de Licenciado, equivalente a un Profesional 1 de la Municipalidad de Cartago, con un salario base de ¢771.100,00 A partir de lo anterior, considerando que las cargas sociales de la Municipalidad son de aproximadamente un 50%, tal y como se muestra a continuación: Cuenta Descripción Porcentaje 0.03.03 Decimotercer mes (Aguinaldo) 8.33% 0.03.04 Salario escolar 8.19% 0.04.01 Contribución Patronal al Seguro de Salud de la Caja Costarricense de Seguro social 9.25% 0.04.05 Contribución Patronal al Banco Popular y de Desarrollo Comunal 0.50% 0.05.01 Contribución Patronal al Seguro de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social 5.42% 0.05.02 Contribución Patronal del Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias 3.00% 0.05.03 Aporte Patronal al Fondo de Capitalización Laboral 1.50% 1.06.01 Seguros (Riesgo Laboral) 1.35% Cesantía 8.33% Vacaciones (aproximadamente) 4.33% Total 50.20% El costo del salario para los puestos indicados sería el siguiente: Tipo de trabajador Salario Bruto ¢ Cargas sociales (50,20%) ¢ Total Salario mensual Salario Semana Salario Día Salario Hora Profesional 1 771.100,00 387.092,20 1.158.192,20 267.480,87 53.496,17 6.687,02 De conformidad con lo anterior, si existe una defectuosa ejecución del objeto contratado, el contratista deberá pagar a la Administración por concepto de multa por cada situación que se presente y en caso de ser reiterativos los incumplimientos de la misma naturaleza en un mismo año, la Administración estará facultada de tomar las medidas administrativas aplicables según lo establecido en la Ley General de Contratación Pública y su reglamento. A partir de la información anterior se establecería el razonamiento de los montos de las multas aplicables en caso de los incumplimientos detallados en el pliego de condiciones según la valoración de su impacto en la gestión institucional, tal y como se plantea a continuación. CONDICIÓN DETALLE NIVEL de la FALTA MULTA JUSTIFICACIÓN Presencia de trabajo defectuoso en la reparación de paredes, vigas, tapas plásticas o compuertas La empresa debe reparar bajo su costo cualquier trabajo defectuoso durante el periodo de construcción. El plazo otorgado para la subsanación del trabajo defectuoso Media Se impondrá una multa de 0,5% por día sobre el monto de la actividad afectada, sobre el 100% de la actividad si no se ha presentado avance, o de presentar avance se aplica sobre Este defecto puede repercutir sobre la ruta crítica del proyecto, o repercutir en la entrega de la totalidad de la obra, afectando el inicio de la operación y mantenimiento del sistema de tratamiento.
Cláusula penal. Clausula Penal Si existiera ejecución prematura o cumplimiento tardío en la prestación del objeto de esta licitación, de acuerdo con los términos de la oferta y el presente pliego de condiciones, de conformidad con el artículo 117 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, la Municipalidad rebajará al adjudicatario, por cada día calendario de retraso una cantidad equivalente al 1% del valor total adjudicado hasta un máximo del 25%. Sin que esto impida, posteriores acciones legales de la Administración. En caso que se trate de entregas parciales, el 1% se calculará sobre lo no entregado a la fecha, es decir se tomará como base el monto de lo no entregado. Nota: En caso de que el contratista incurra en tres ocasiones en multas medias, la institución se reserva el derecho de proceder con un procedimiento de resolución contractual.
Documentos del cartel16
- ESPECIFICACIONES TÉCNICASPDF · 7,9 MB
- DECISIÓN INICIALPDF · 369 KB
- ESTUDIO DE MERCADOPDF · 2,9 MB
- CERTIFICACIÓNPDF · 655 KB
- LÁMINASPDF · 4,4 MB
- FICHA TÉCNICAPDF · 573 KB
- CONSTANCIA DE NECESIDADPDF · 1,5 MB
- FORMULACIÓN DE PROYECTOSPDF · 727 KB
- PREINVERSIÓNPDF · 573 KB
- CRONOGRAMAPDF · 666 KB
- BUENAS PRÁCTICASPDF · 655 KB
- DECLARACIÓN JURADADOCX · 3,3 MB
- SUBCONTRATOSDOCX · 31 KB
- CONTENIDO PRESUPUESTARIOPNG · 10 KB
- PEDIDOPDF · 256 KB
- CONDICIONES GENERALESPDF · 737 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Franklin Alexis Barboza González
Alcantarillado Sanitario
Gabriela Redondo Cordero
PROVEEDURIA-LEGAL
Genesis Carolina Bermudez Campos
Proveeduría
Jose Enrique Núñez Rangel
Encargado del concurso · Proveeduria
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 02/10/2026 03:56. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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