2026PX-000060-0000900001 · SICOP 20260803605
SERVICIO DE PAUTA INFORMATIVA:: CANAL 14
Universidad de Costa Rica
Universidad de Costa Rica ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡40,0 millones y quedó en firme el 07/10/2026. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡40,0 millones
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
₡4,9 millones
87,6 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 07/10/2026
- T V Norte Canal Catorce₡4 941 895,29
Informe de recomendación de Ornella Maria Semeraro Jimenez, 06/10/2026 · adjuntos: Análisis legal 2026PX-000060-0000900001.pdf, Razonabilidad de precios.pdf, Recomendación Acto Final.pdf
Fechas clave
- Se publicó10/09/2026 17:05 · hace 31 días
- Cierre de ofertas18/09/2026 10:00 · hace 23 días
- de ofertas18/09/2026 10:00 · hace 23 días
- publicado07/10/2026 13:59 · hace 4 días
- Adjudicación 07/10/2026 13:59 · hace 4 días
Contexto
- Universidad de Costa Rica adjudicó ₡22 659,3 millones en 928 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra24 líneas
- Servicio para la Gestión de Pauta Digital1 · ₡275 000,001₡275 000,00
- Contratacion de Pauta Publicitaria Televisiva1 · ₡21 000,001₡21 000,00
- Contratacion de Pauta Publicitaria Televisiva1 · ₡16 500,001₡16 500,00
- Contratacion de Pauta Publicitaria Televisiva1 · ₡16 500,001₡16 500,00
- Contratacion de Pauta Publicitaria Televisiva1 · ₡122 000,001₡122 000,00
- Contratacion de Pauta Publicitaria Televisiva1 · ₡90 500,001₡90 500,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡34,0 millones – ₡40,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 45 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡448,32 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| T V Norte Canal CatorceGanó | 100 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Procedimiento por Excepción
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
CONDICIONES DE ADMISIBILIDAD
DOCUMENTACIÓN IMPRESCINDIBLE EN DECLARACIONES JURADAS Y CERTIFICACIONES
Se deberán presentar los documentos indicados en la sección de “Condiciones y Declaraciones” de la plataforma SICOP.
Las declaraciones juradas solicitadas, de conformidad con los artículos 29 de la Ley General de Contratación Pública y 32 de su Reglamento, deberán estar debidamente incorporadas y actualizadas en el Registro de Proveedores con anterioridad a la apertura de las ofertas. En caso contrario, la oferta será excluida, sin posibilidad de subsanación de este aspecto. Sobre Patente, impuesto municipal y funcionamiento sanitario:
De conformidad con lo indicado en la sección de “Condiciones y Declaraciones”.
- Fecha de inicio:
La fecha de inicio del contrato empezará a regir a partir de la primera orden de pedido generada por la Unidad de Ejecución Contractual de la Oficina de Suministros, debidamente notificada al adjudicatario por medio de SICOP.
- Vigencia del contrato:
El contrato tendrá una vigencia de un (1) año, prorrogable por tres (3) períodos iguales, hasta alcanzar un plazo máximo de cuatro (4) años, previo acuerdo entre las partes.
La solicitud de prórroga deberá gestionarse por escrito con una antelación mínima de dos (2) meses al vencimiento del período en ejecución y estará sujeta a la disponibilidad y aprobación del presupuesto correspondiente al nuevo período.
La Unidad encargada de gestionar las prórrogas será la Unidad de Ejecución Contractual de la Oficina de Suministros, en coordinación con la Unidad usuaria y el adjudicatario.
En caso de que no se vaya a proceder con la prórroga, la parte que así lo determine deberá comunicarlo por escrito a la Unidad de Ejecución Contractual con una antelación mínima de dos (2) meses a la finalización del período en ejecución.
- Plazo de entrega:
Cada pauta o servicio deberá ejecutarse en la fecha, horario, medio, formato y cantidad indicados por la Oficina de Comunicación Institucional en el pedido correspondiente. Cuando la solicitud incluya servicios de producción, el plazo específico será definido en cada pedido, de acuerdo con la complejidad del material requerido y la fecha prevista para su difusión.
El proveedor deberá coordinar previamente con la OCI la recepción de los materiales, artes, guiones, audios, videos y demás insumos necesarios, así como efectuar las adecuaciones técnicas requeridas para la correcta publicación o transmisión.
Por tratarse de un servicio bajo la modalidad “Según Demanda”, cada solicitud será atendida conforme se requiera y de acuerdo con las instrucciones emitidas por la Oficina de Comunicación Institucional, según las necesidades específicas de la unidad usuaria.
- Forma de cotización:
El oferente deberá cotizar el costo unitario de la pauta informativa requerida de acuerdo con lo solicitado en la sección “Condiciones específicas” SICOP. El presupuesto estimado es un parámetro de referencia, por lo tanto, la Universidad de Costa Rica no está pactando una cantidad específica.
- Descripción de los requerimientos:
La Administración se reserva el derecho de solicitar las pautas informativas contratadas, cada vez que se requieran, así como de determinar la cantidad de servicios a solicitar, de acuerdo con sus las necesidades.
Se entiende que el precio cotizado para cada uno de los servicios de pauta informativa contempla la totalidad de los costos necesarios para la prestación integral del servicio, incluyendo, entre otros, mano de obra, gastos administrativos, utilidad, impuestos y cualquier otro costo asociado. En consecuencia, el adjudicatario no podrá cobrar gastos adicionales que no hayan sido contemplados en el precio ofertado.
- Tiempo de servicio:
La fecha de publicación será coordinada previamente entre la OCI y el proveedor. Para la prestación del servicio, la OCI deberá realizar la solicitud y remitir el material correspondiente con una antelación mínima de siete (7) días hábiles respecto de la fecha acordada para el inicio de la publicación."
- Proceso de solicitud de publicaciones:
Por tratarse de un servicio bajo la modalidad "según demanda", la orden de pedido en SICOP detallará los requerimientos correspondientes a la publicación de la pauta, de acuerdo con las necesidades de la Universidad de Costa Rica y conforme a lo solicitado por la Oficina de Comunicación Institucional (OCI).
- Timbre del Colegio de Periodistas de Costa Rica (COLPER):
De conformidad con lo establecido en el Reglamento a la Ley del Timbre del Colegio de Periodistas y la CIRCULAR MH-DCoP-CIR-0079, todo contrato, factura o documento relacionado con servicios de publicidad, propaganda o comunicación deberá contemplar el pago del timbre del Colegio de Periodistas, cuando corresponda.
En consecuencia, el oferente tendrá la obligación de:
En aquellos casos en que el servicio ofertado se encuentre sujeto al Timbre COLPER, el oferente deberá desglosar en su propuesta el monto correspondiente, calculado conforme a lo dispuesto en la normativa aplicable (1% sobre el monto base de los servicios, sin incluir impuestos).
En caso de que el oferente considere que el servicio ofertado no está sujeto al Timbre COLPER, deberá consignar expresamente en su propuesta la justificación correspondiente, señalando el fundamento por el cual no resulta aplicable dicho tributo.
Si el oferente omite el desglose del Timbre COLPER y tampoco aporta la justificación de su no aplicación, la Administración, en aplicación del artículo 98 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, presumirá que el precio total cotizado ya contempla dicho tributo, siendo responsabilidad exclusiva del oferente el cumplimiento de esta obligación legal.
La Administración se reserva el derecho de verificar en la etapa de análisis de ofertas la correcta aplicación del timbre y, en caso de existir discrepancias, ajustar los cálculos.
- Estructura de precio:
Se recuerda a los potenciales oferentes que la única estructura del precio válida para efectos de determinar el precio cierto y definitivo será suministrada por la Administración en el presente pliego de condiciones, por ello, los oferentes deberán incluir cada elemento del precio según lo dispuesto en dicha estructura.
Lo anterior con el objetivo de evaluar las ofertas en igualdad de condiciones en cuanto precio se refiere. Solo para el adjudicatario se solicitará el subsane de algún elemento que no venga. Lo anterior no excluye la posibilidad de que la administración solicite información adicional atinente al cálculo de los precios de la oferta si así lo considera necesario. (Se adjunta Anexo 1 Tabla de estructura del precio)
Estructura de precio:
- Costo insumo directo (%)
- Costo insumo indirecto (%)
- Utilidad (%)
- Imprevistos (%)
Total (%)
- Rangos de tolerancia:
Para esta contratación y de conformidad con lo establecido en el artículo 44 inciso b) del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, se establecen los siguientes rangos de tolerancia:
|
Valor |
Monto (₡) |
|
Valor promedio |
₡3.402.500,00 |
|
Valor ruinoso (-20%) |
₡2.722.000,00 |
|
Valor excesivo (+20%) |
₡4.083.000,00 |
Fuente: Elaboración UPN, Definición de precios
Si bien es cierto el Art 44 del Reglamento de la Ley General de Contratación Pública indica que los rangos de tolerancia deben establecerse para cada línea de la contratación, la administración por un aspecto de eficiencia establece rangos de tolerancia considerando el monto total de la partida por ser oferente único trámite por excepción.
La Universidad de Costa Rica se reserva el derecho de aplicar lo establecido en el artículo 106 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública atinente a la posible presentación de ofertas, ruinosas, excesivas, con prácticas colusorias o que excedan el presupuesto disponible, en cuyos casos las ofertas serán consideradas inadmisibles.
- Evaluación de ofertas:
Oferente único contratación por excepción, no se consideran otros factores de evaluación más que el de precio:
Precio 100%
Las ofertas sometidas en moneda extranjera serán comparadas con respecto a las cotizaciones en moneda nacional, según el tipo de cambio de referencia de venta del BCCR para el dólar estadounidense en el día de apertura de las ofertas.
- Cláusula reajuste de precio:
Según lo indicado en los artículos 107, y 109 del RLGCP las partes tendrán derecho al mantenimiento del equilibrio económico de los costos directos e indirectos del contrato, de acuerdo con la estructura de precios definida en el pliego de condiciones además de la presentación de los índices de precios aplicables. Asimismo, tratándose de bienes y servicios de conformidad con el artículo 51 del (RRRP). Las partes emplearán en las fórmulas matemáticas para el cálculo de la revisión de precios, los valores porcentuales de los costos directos e indirectos, que serán revisados mediante índices, según cada moneda en que se presentó el precio unitario ofertado, así como los respectivos índices de precios concordantes con la moneda en que se presentó el precio de tales costos.
En caso de que el precio unitario contractual para cada línea o renglón de pago se haya pactado en más de una moneda, las partes deberán aplicar la fórmula matemática para cada moneda y de manera concordante a su respectiva estructura de precios.
Se recuerda a los potenciales oferentes que la única estructura del precio válida para efectos de determinar el precio cierto y definitivo será la suministrada por la Administración en el presente pliego de condiciones, por ello, los oferentes deberán incluir cada elemento del precio según lo dispuesto en dicha estructura. Lo anterior, con el objetivo de evaluar las ofertas en igualdad de condiciones en cuanto precio se refiere”. Ver documento adjunto: Anexo 2 Cláusula Reajuste de precio
- Formalización de contrato:
El adjudicatario, en un plazo no mayor de 5 días hábiles siguientes a la firmeza del acto final, deberá presentar la garantía de cumplimiento. El adjudicatario que no compareciere dentro del término señalado a la formalización del contrato en los términos previstos en el pliego y omite rendir la garantía de cumplimiento, se procederá a declarar insubsistente la adjudicación.
Se adjuntan los siguientes anexos:
Anexo 1 Tabla de estructura del precio
Anexo 2 Cláusula Reajuste de precio
La Universidad de Costa Rica se reserva el derecho de confirmar y evaluar toda documentación presentada para esta contratación.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS
Partida 1.
|
Línea |
Cantidad |
Descripción |
Presupuesto |
|
1 |
1 |
Pauta informativa en web Banners top header 1046x97px |
₡ 275.000,00 |
|
2 |
1 |
Pauta informativa en TV Banner comercial |
₡ 21.000,00 |
|
3 |
1 |
Pauta informativa en TV Mención franja AAA |
₡ 16.500,00 |
|
4 |
1 |
Pauta informativa en TV Mención franja AA |
₡ 16.500,00 |
|
5 |
1 |
Pauta informativa en TV Spots 30” Noticiero Estelar |
₡ 122.000,00 |
|
6 |
1 |
Pauta informativa en TV Spots 30” Noticiero Meridiano |
₡ 90.500,00 |
|
7 |
1 |
Pauta informativa en TV Spots 30” Franja AAA |
₡ 123.000,00 |
|
8 |
1 |
Pauta informativa en TV Spots 30” Franja AA |
₡ 95.000,00 |
|
9 |
1 |
Pauta informativa en TV Spots 30” Franja A |
₡ 68.000,00 |
|
10 |
1 |
Pauta informativa en TV Spots 45” Franja AAA |
₡ 169.500,00 |
|
11 |
1 |
Pauta informativa en TV Spots 45” Franja AA |
₡ 130.500,00 |
|
12 |
1 |
Pauta informativa en TV Spots 45” Franja A |
₡ 98.000,00 |
|
13 |
1 |
Pauta informativa en TV Spots 60” Franja AAA |
₡ 225.500,00 |
|
14 |
1 |
Pauta informativa en TV Spots 60” Franja AA |
₡ 163.500,00 |
|
15 |
1 |
Pauta informativa en TV Spots 60” Franja A |
₡ 130.000,00 |
|
16 |
1 |
Pauta informativa en TV Publireportaje Entrevista 5 min noticieros |
₡ 250.000,00 |
|
17 |
1 |
Pauta informativa en TV Publireportaje Entrevista con presencia de marca |
₡ 210.000,00 |
|
18 |
1 |
Pauta informativa en TV Publireportaje 2 minutos Noticiero Estelar |
₡ 572.500,00 |
|
19 |
1 |
Pauta informativa en TV Publireportaje 2 minutos Noticiero Meridiano |
₡ 337.500,00 |
|
20 |
1 |
Pauta informativa en Facebook: Publicación |
₡ 38.500,00 |
|
21 |
1 |
Pauta informativa en Facebook: Publicación video |
₡ 54.000,00 |
|
22 |
1 |
Pauta informativa en Instagram: Publicación |
₡ 38.500,00 |
|
23 |
1 |
Pauta informativa en Instagram: Secuencia de historias |
₡ 51.500,00 |
|
24 |
1 |
Pauta informativa en Sitio Web: Nota web |
₡ 105.500,00 |
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
PROCEDIMIENTO POR EXCEPCIÓN
CONTRATACIÓN POR DEMANDA MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL
“SERVICIO DE PAUTA INFORMATIVA: CANAL 14”
Se cuenta con los recursos suficientes de acuerdo con el artículo 38 de la Ley General de Contratación Pública para enfrentar la erogación respectiva, según el siguiente detalle:
Oficios No. OCI-367-2026 y OCI-506-2026 emitidos por la Oficina de Comunicación Institucional (OCI), mediante los cuales se certifica una disponibilidad presupuestaria de ¢187.358.789,88 para financiar los “Servicios de Pauta Informativa Institucional”, con cargo al objeto de gasto 1-03-01-00 “Información”. Asimismo, se acredita el compromiso presupuestario de la OCI para atender las obligaciones correspondientes a las posibles prórrogas del contrato.
Tope estimado anual ¢10.000.000,00
Tope estimado con tres (3) posibles prórrogas ¢40.000.000,00
OBJETO CONTRACTUAL:
La Universidad de Costa Rica por medio de la Oficina de Comunicación Institucional (OCI) requiere la contratación de servicios de pauta en medios de comunicación que permitan la difusión oportuna, estratégica y efectiva de información de interés público relacionada con el quehacer universitario. La contratación de espacios publicitarios en diferentes medios constituye un mecanismo indispensable para garantizar el alcance y posicionamiento de las campañas de comunicación institucional, promoviendo el acceso de la ciudadanía y de los distintos públicos de interés a información relevante sobre la oferta académica, los proyectos, programas, actividades y demás acciones desarrolladas por la institución.
Asimismo, la contratación permitirá seleccionar los medios de comunicación que mejor respondan a los objetivos y características de cada campaña, optimizando el uso de los recursos públicos y asegurando una adecuada cobertura, segmentación y alcance de los mensajes institucionales.
CONSUMO HISTÓRICO:
Para facilitar la presentación de la oferta y como referencia, en el Cuadro 1 denominado “Consumo histórico”, se detalla el gasto anual contratado a proveedores similares durante los años 2023, 2024, 2025 y 2026 por concepto de publicidad en televisión para los “Servicios de Pauta Informativa Institucional”.
Cuadro 1.
|
Año |
Colones |
|
2023 |
₡14.420.000,01 |
|
2024 |
₡2.077.730,98 |
|
2025 |
₡7.548.448,21 |
|
2026 |
₡141.930,94 |
Fuente: Oficio OCI-371-2026
Nota importante: Se advierte al oferente que los datos contenidos en el Cuadro anterior, denominado “Consumo histórico”, se incluyen únicamente para efectos informativos. La Administración no asegura al contratista ningún volumen mínimo, por lo que dicho volumen podrá aumentar o disminuir según la demanda real, sin que ello implique variación de las condiciones contractuales ni otorgue derecho de resarcimiento. En consecuencia, no se asegura suma mínima alguna por concepto de la presente contratación, pues los servicios se cancelarán conforme al consumo real.
DESCRIPCIÓN DE LOS REQUERIMIENTOS:
La Universidad de Costa Rica contratará los servicios de la empresa Coopelesca T.V Norte Canal Catorce S.A., cédula jurídica 3-101-182897 titular del medio Canal 14, para que brinde a la Oficina de Comunicación Institucional (OCI) servicios de pauta informativa institucional mediante televisión abierta y plataformas digitales.
El oferente deberá cotizar el costo unitario de los servicios requeridos de acuerdo con lo solicitado. Los presupuestos indicados constituyen parámetros de referencia, por lo que la Universidad de Costa Rica no pacta una cantidad específica ni garantiza un consumo mínimo.
Lo anterior considerando que:
- Alcance: 60% de cobertura nacional por televisión y alcance mundial por medio de plataformas digitales. alta penetración multiplataforma regional. Con un promedio de 38% hombres y 62% de mujeres.
- Cobertura: a nivel de televisión en la Región Huetar Norte (Provincia de Alajuela y Heredia), Provincia de Guanacaste (Abangares, Cañas, Tilarán, Liberia, Bagaces, Nandayure, Carrillo, Nicoya y Santa Cruz), Sectores del Valle Central (Provincia de San José, Heredia, sectores de Naranjo y San Ramón) y la Provincia de Puntarenas (Cantón Central, Monteverde, Montes de Oro y sectores de Garabito).
- Motivos de Contratación: la agenda informativa del medio se encuentra alineada con los temas de relevancia para la región, tales como educación, desarrollo comunitario, actividades productivas, ambiente y acciones impulsadas por instituciones públicas. Esta coincidencia temática facilita la adecuada integración y pertinencia de los mensajes emitidos por la UCR. En este contexto, la contratación de un medio regional resulta clave para asegurar la adecuada divulgación de proyectos específicos que la Universidad desarrolla en la zona, promoviendo el conocimiento, la participación de las comunidades y el impacto de sus iniciativas, en concordancia con su misión de vinculación social y regionalización.
- De conformidad con el inciso d) del artículo 3 de la Ley General de Contratación Pública N.º 9986 y el artículo 9 de su Reglamento, se justifica la contratación por excepción al tratarse de un medio de comunicación social idóneo para difundir mensajes relacionados con la gestión institucional y directamente vinculados con los servicios que presta la Universidad.
Nota importante:
- La Administración se reserva el derecho de solicitar los servicios contratados cada vez que los requiera, así como definir el medio, formato, fecha, horario y cantidad correspondiente a cada pedido. La persona encargada de la pauta en la OCI coordinará con el medio mediante correo electrónico institucional, vía telefónica o por los mecanismos definidos en SICOP.
- Se entiende que el valor de cada servicio cotizado contempla todos los gastos necesarios para brindarlo en su totalidad, incluyendo mano de obra, producción, gastos administrativos, utilidad, impuestos, transporte y cualquier otro costo asociado; por lo tanto, el adjudicatario no podrá cobrar montos adicionales que no estén incluidos en el precio ofertado.
CONDICIONES GENERALES
- Forma de pago:
El pago se realizará 30 días naturales siguientes al recibido conforme por parte del usuario final. La factura deberá presentarse en el tipo de moneda cotizado, cuando se trate de una moneda distinta al colón, el pago se realizará en colones costarricenses y de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la Ley de Contratación Pública y 18 Reglamento a la Ley de Contratación Pública.
El adjudicatario debe remitir un reporte donde haga constar la publicación de los servicios solicitados. Este reporte debe ser enviado a diana.camachosolano@ucr.ac.cr con copia a oci.secretaria@ucr.ac.cr
Para realizar el pago correspondiente es indispensable presentar a la Administración lo siguiente:
a. Envío de factura digital con los siguientes datos:
Razón Social: Universidad de Costa Rica
Cédula Jurídica: 4-0000-42149 Provincia: San José
Cantón: Montes de Oca
Distrito: Mercedes
Barrio: Alma Mater
Dirección Exacta: 100 Norte, 300 Norte, Super La Cosecha
Nombre del Representante Legal: Dr. Carlos Araya Leandro.
b. Correos electrónicos para el despacho de la(s) factura(s): facturaelectronica.oci@ucr.ac.cr / facturasuad.osum@ucr.ac.cr
- Presentación de la oferta:
- El artículo 40 del Reglamento de El SICOP (Decreto Ejecutivo 41438-H), establece que cada una de las propuestas participará únicamente en el concurso para el que fue presentada, asumiendo el oferente las consecuencias que se puedan generar por su falta de cuidado o cualquier error imputable a él en el momento de ingresar su oferta y la documentación complementaria.
- La oferta deberá ser presentada en idioma español, de manera ordenada y completa. En caso de aportar documentos en otro idioma que formen parte de la oferta o complementarios a ésta, deberán contar con la traducción libre al idioma español, la cual será responsabilidad total del oferente.
- De conformidad con el artículo 102 del Reglamento y el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública el oferente deberá indicar en la cotización, la estructura del precio, debiendo expresar el precio unitario y el monto de los impuestos del mercado local que los afecte, con el detalle de al menos los siguientes componentes: costos directos, costos indirectos, la utilidad y los imprevistos. El oferente deberá indicar el monto unitario y total en números y letras.
- La Universidad de Costa Rica se reserva el derecho de adjudicar parcialmente una misma línea o aumentar las cantidades de los bienes, si así lo requiere; esto según lo dispuesto en los artículos 104 y 139 del Reglamento a la Ley de Contratación Pública.
- Impuestos: Los oferentes deberán indicar por separado el Impuesto de Valor Agregado, considerando la tarifa reducida (2%) según lo estipula el art. 11.2.d de la Ley 9635 "Fortalecimiento de las Finanzas Públicas" aplicable para la Universidad de Costa Rica. En caso de no presentarse el desglose, se aplicará lo indicado en el artículo 98 del Reglamento a la Ley de Contratación Pública y se presumirá que el monto total cotizado los contempla, incluyendo las tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. N/A
Cláusula penal. De producirse incumplimiento en el plazo de entrega del bien la Universidad de Costa Rica cobrará un de 0,5% de multa por cada día hábil de atraso en el tiempo de entrega, hasta un máximo de un 25%. La multa se deducirá mediante procedimiento sumario.
Documentos del cartel5
- 1- Definición de Presupuestos Límite (servicio de pauta informativa)PDF · 143 KB
- Anexo 2 Cláusula Reajuste de precioPDF · 328 KB
- Anexo 1 Tabla de estructura del precioPDF · 31 KB
- Plan de MediosPDF · 358 KB
- PLIEGO DE CONDICIONESPDF · 410 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Guadalupe Rojas Víquez
Oficina de Comunicación Institucional
Antonio Francisco Marin Gonzalez
UNIDAD DE ALMACENAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN
Randall Gerardo Porras Picado
Unidad de Ejecución Contractual
Ashley Maria Matarrita Orozco
Oficina de Comunicación Institucional (OCI)
Ornella Maria Semeraro Jimenez
Encargado del concurso · Oficina de Suministros
Ornella Maria Semeraro Jimenez
Encargado del concurso · Oficina de Suministros
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 10/10/2026 11:28. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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