2026LD-000013-0015000001 · SICOP 20260901073
Ampliación de superficie de gimnasio de la Villa Deportiva
Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Escazú
Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Escazú ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡28,3 millones. Se recibieron 3 ofertas de 3 empresas. No ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡28,3 millones
Ofertas recibidas
3
de 3 empresas
Oferta más baja
₡26,7 millones
5,5 % por debajo del presupuesto
Quién ganó
- Stadium SourceNo era la más barata (2.ª de 3)₡26 991 750,00
Informe de recomendación de Raquel Paola Corrales Leon, 09/10/2026
Fechas clave
- Se publicó10/09/2026 15:07 · hace 31 días
- Límite para 11/09/2026 23:59 · hace 30 días
- Límite para 14/09/2026 23:59 · hace 27 días
- Cierre de ofertas18/09/2026 08:00 · hace 23 días
- de ofertas18/09/2026 08:00 · hace 23 días
- publicado09/10/2026 10:54 · hace 2 días
Nota de la institución. En atención al principio de transparencia, no se recibirán solicitudes de aclaración por correo electrónico. Por tanto, serán atendidas y resueltas únicamente las aclaraciones que ingresen por medio de SICOP a efectos de que sean conocidas por todos los potenciales oferentes en igualdad de condiciones
Contexto
- Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Escazú adjudicó ₡88,2 millones en 19 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Remodelación y Demarcación de Cancha Multiuso1 · ₡28 300 471,001₡28 300 471,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡24,1 millones – ₡28,3 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
Lo que exige el cartel
- : 10 % durante 16 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 45 días hábiles
- Contrato por 4 meses
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Oferta económica 90 % · Garantía extendida 5 % · Cercanía geográfica 5 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡448,32 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Oferta económicamáx. 90 | Garantía extendidamáx. 5 | Cercanía geográficamáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Bucknor Consultores y Asociados | 90 | 5 | 5 | 100 |
| Stadium SourceGanó | 89,16 | 5 | 0 | 94,16 |
| Superficies de Centro America | 88,32 | 5 | 0 | 93,32 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se comunica acto final del siguiente procedimiento licitatorio. ACUERDO 0882-2026: Con cuatro votos a favor se aprueba: a) Acoger en todos sus extremos el presente informe técnico, b) Declarar inelegible y debidamente excluida del presente procedimiento licitatorio la oferta presentada por BUCKNOR CONSULTORES Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA, c) Adjudicar la licitación reducida N° 2026LD-000013-0015000001 promovida por este Comité para la “Ampliación de superficie de gimnasio de la Villa Deportiva” a la oferta presentada por STADIUM SOURCE SOCIEDAD ANONIMA; d) De conformidad con el artículo 63 inciso I) de la LGCP y 270 de su Reglamento, contra la presente decisión cabe la interposición del recurso de revocatoria en el plazo de 2 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al comunicado del presente acuerdo e) El recurso deberá ser presentado en el Sistema Digital Unificado ante el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Escazú quien es el órgano competente para conocerlo, f) Se instruye a la Proveeduría para que una vez en firme el acto de adjudicación, realice las gestiones necesarias para la formalización del contrato, g) Se autoriza al señor Leonardo Vargas Solano, en calidad de Gerente de este Comité para suscribir en el SDU el contrato resultante de esta licitación. Se aprueba y se ratifica en ACUERDO FIRME.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
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OFICIO N°: |
CCDRE-DEP-0251-2026 |
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ÁREA TÉNICA: |
COORDINACIÓN DEPORTIVA |
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TIPO DE DOCUMENTO: |
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD Y METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN |
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TIPO DE PROCEDIMIENTO: |
LICITACIÓN REDUCIDA |
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OBJETO: |
“SUMINISTRO DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA AMPLIACIÓN DE SUPERFICIE DEL GIMNASIO DE LA VILLA DEPORTIVA” |
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MODALIDAD: |
CANTIDAD DEFINIDA |
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I. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD |
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REQUISITO |
DESCRIPCIÓN |
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1. Experiencia |
El oferente deberá acreditar una experiencia mínima de 5 años anteriores a la fecha de apertura de ofertas, en proyectos iguales o superiores a lo solicitado en el presente procedimiento licitatorio (sean en pisos industriales o en pisos para instalaciones deportivas).
A efectos de acreditar la experiencia, el oferente deberá aportar bajo fe de juramente una tabla como la indicada en el Anexo 1 del presente documento. En la tabla de experiencia el oferente deberá acreditar la cantidad de años solicitados en el párrafo primero de este punto. También podrá aportar listado de proyectos CFIA o certificación extendida por el CFIA relacionada con el objeto de esta contratación.
✓ La tabla de referencia será verificada por el área técnica. La oferta que no cumpla con la experiencia mínima solicitada será excluida automáticamente de este concurso y no será tomada en cuenta para efectos de calificación.
✓ Así mismo, en caso de no ser correctos los medios indicados por el oferente para ubicar al contacto, no se tomará la referencia que no haya sido verificada para efectos de cumplir con el requisito de admisibilidad.
No se considerará la experiencia cuando el oferente la haya subcontratado.
Tampoco será reconocida para efectos de cumplimiento del requisito de experiencia, actividades que no sean atinentes al tipo de experiencia solicitada en este pliego de condiciones. |
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Garantía |
Los materiales deberán contar con una garantía mínima de 1 año contados a partir de la recepción definitiva de la totalidad del pedido, en defectos de fabricación, instalación del caucho o eventualmente de la pintura. |
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Póliza contra accidentes |
El oferente deberá aportar en su oferta la póliza de responsabilidad civil contra accidentes vigente, en caso de resultar adjudicatario la misma debe estar vigente al momento de ejecutar la obra y debe ser por un monto mínimo de 20.000.000.00 de colones. |
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Certificación de incorporación CFIA |
El oferente sea persona física o jurídica, deberá estar incorporado al Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica, con una antigüedad de 3 años anteriores a la fecha fijada para la apertura de las ofertas.
A efectos de acreditar el cumplimiento de este requisito, el oferente deberá aportar la certificación extendida por dicho Colegio Profesional, en la que conste además de la fecha de incorporación, que se encuentra al día en el pago de las cuotas. |
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Ø Método de verificación: Las ofertas serán remitidas mediante el Sistema Digital Unificado al área técnica quién será la encargada de analizarlas y constatar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad.
De conformidad con el artículo 91 del RLGCP, en caso de que se determine que alguna de las ofertas presentadas no cumple con dichos requisitos, será excluida del concurso y no será objeto de evaluación.
De todo lo anterior el área técnica dejará constancia en el informe de recomendación que deberá someter para conocimiento de la Junta Directiva el cual deberá constar en el expediente electrónico del procedimiento licitatorio. |
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II. REQUISITOS DURANTE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL |
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Plazo de entrega: |
El plazo máximo para la entrega de la totalidad de la obra será de 110 días naturales contados a partir del día hábil siguiente a la notificación de la orden de inicio vía SICOP.
El contratista deberá realizar la obra en el gimnasio de la Villa Ecológica Deportiva de Escazú. |
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Contacto para entrega: |
coordinadordeportivo@ccdres.com / gestorinventarios@ccdres.com Teléfono: 2288-5115 |
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III. SISTEMA DE EVALUACIÓN La evaluación de las ofertas se hará de conformidad con el sistema de calificación que se indica a continuación. A efectos de determinar la oferta más conveniente para el Comité y recomendar la respectiva adjudicación, la cual recaerá sobre la oferta que obtenga mayor puntaje entre todas las elegibles. |
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II.I. CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
METODOLOGÍA |
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Oferta económica 90 puntos
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Se otorgarán noventa (90) puntos a la oferta que cotice el menor precio, a las demás ofertas se les asignará un puntaje proporcional, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Puntaje por asignar= (Pm/Po) X 80
Donde: Pm= la oferta de menor precio y Po=precio de la oferta por calificar |
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b) Garantía adicional (5 puntos) |
Se otorgarán cinco (5) puntos adicionales por una garantía adicional a la previamente establecida de 1 año. |
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c) Regionalización (5 puntos) |
Con el propósito de fomentar el crecimiento socioeconómico del cantón y fortalecer la economía local, se otorgarán cinco (5) puntos al oferente que acredite que contribuye al desarrollo del cantón desarrollando sus operaciones en Escazú. Para comprobar el cumplimiento de este requisito y obtener el puntaje, se verificará contra la copia de la licencia comercial y el permiso sanitario de funcionamiento que debe aportar el oferente junto con su oferta. No se otorgará el puntaje en caso de que el oferente aporte una declaración jurada. |
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II.II. CLÁUSULA DE DESEMPATE |
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En caso de presentarse empate en la calificación se utilizarán los siguientes criterios para desempate y definir sobre cuál oferente recaerá el acto de adjudicación:
Primer criterio de desempate:
a) Condición PYME
Cuando dos o más ofertas obtengan la misma puntuación una vez aplicado el sistema de evaluación, el Comité verificará si dichas ofertas cumplen con la condición de Pyme, en cuyo caso, deberá otorgar una puntuación adicional a las ofertas con dicha condición, según se indica a continuación:
a) PYME de industria 5 puntos. b) PYME de servicio o agropecuaria 5 puntos. c) PYME de comercio 2 puntos.
Segundo criterio de desempate
b). Se realizará un sorteo en presencia de las partes, el cual seguirá el siguiente procedimiento: 1.1. Para la convocatoria de los oferentes interesados: a) Mediante una “solicitud de información” en el sistema SICOP, se comunicará a los oferentes elegibles empatados, con cinco (05) días hábiles de anticipación, la convocatoria el sorteo que definirá el acto de adjudicación. b) El sorteo se realizará en las instalaciones del Comité, ubicadas en la Villa Deportiva en Escazú. c) Los oferentes interesados deberá confirmar su participación en este acto.
1.2. Para la realización del sorteo: a) La Gerente del Comité o la persona funcionaria que esta designe en representación suya, utilizará un recipiente de vidrio con papelitos, en los cuales estarán inscritos los nombres de los oferentes empatados. c) Se mostrarán los papelitos con los nombres de cada oferente elegible empatado, luego serán introducidos al recipiente. d) Se solicitará a alguno de los presentes introducir la mano en el recipiente a efectos de sacar alguno de los papeles que fueron depositados previamente. c) El nombre que esté inscrito en el papel que se saque del recipiente será el oferente sobre el que recaiga la adjudicación del procedimiento. e) De todo lo anterior, se levantará el acta respectiva, la cual será incorporada en el expediente electrónico. |
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ANEXO 1
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TABLA DE EXPERIENCIA |
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Yo, (Indicar nombre del representante legal de la empresa xxxxxxxxx) portador de la cédula de identidad No. xxxxxx, declaro bajo fe de juramento que mi representada ha vendido e instalado los materiales descritos. Superficie de gimnasio caucho. |
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Nombre, correo electrónico y número telefónico del contacto
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Empresa o Institución |
Tipo de bien comercializado |
N.º Procedimiento SICOP / Contrato
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Nombre y firma
Representante Legal
No.
Cédula Jurídica de la empresa
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
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OFICIO N°: |
CCDRE-DEP-0252-2026 |
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ÁREA TÉNICA: |
COORDINACIÓN DEPORTIVA |
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TIPO DE DOCUMENTO: |
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
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TIPO DE PROCEDIMIENTO: |
LICITACIÓN REDUCIDA |
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OBJETO: |
“SUMINISTRO DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA AMPLIACIÓN DE SUPERFICIE DE GIMNASIO DE LA VILLA DEPORTIVA” |
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MODALIDAD: |
CANTIDAD DEFINIDA |
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I. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
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PARTIDA UNICA |
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LÍNEA |
CÓDIGO SDU |
CANTIDAD |
DETALLE |
ESPECIFICACIÓN |
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1 |
7215310292443688 |
451m2 |
Extensión de piso de caucho |
Suministro e instalación de superficie de caucho · Espesor de 9mm · Ancho de los rollos 1.250 mm / 1.500 mm · Espesor nominal: 2 mm · Colores estándar: Según la carta de colores
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2 |
7215310292443688 |
900m2 |
Pintura total y demarcación de la superficie de la cancha del gimnasio |
Lijar y pintar completamente la superficie de caucho existente y el adicional, así como la debida demarcación de la cancha de baloncesto, voleibol y futsala. Especificaciones de la pintura de poliuretano de 2 componentes. · Secado de 10 - 12 horas · Tasa de aplicación: 0,15 kg / m2. Demarcación de las canchas · Pintura de marcaje de poliuretano de dos componentes · Medidas oficiales donde bien se les indica en el punto 2.2.5 (Marcado de líneas de juegos y pintura de las canchas de futbol sala, voleibol, y basquetbol.) |
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II. OTROS REQUERIMIENTOS DEL SERVICIO |
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2.1 Especificaciones del servicio |
2.1.1 Previo al inicio de cualquier trabajo, deberá llevarse a cabo una reunión presencial entre el contratista y el administrador del contrato en el lugar donde se ejecutarán las obras. Esta reunión tendrá como finalidad planificar adecuadamente los trabajos, garantizando así una mejor coordinación y organización tanto para el contratista como para el CCDRE.
La fecha para dicha reunión será definida una vez emitida la orden de inicio y debidamente comunicada al contratista, conforme a los plazos establecidos en el pliego de condiciones.
2.1.2 Limpieza de superficies donde se requiere la instalación del nuevo piso
· El contratista deberá retirar pintura actual, en los sectores perimetrales de la cacha actual que no tiene la superficie de caucho, con un área de 451m2, se adjunta foto del color y estado actual del piso a cubrir:
Como bien se observa en la fotografía al lado izquierdo está el piso con el acabado de caucho y a la derecha la superficie a tratar con el mismo producto. · El contratista deberá picar y quitar repello lavado en los sectores de las juntas del piso del gimnasio con la cerámica, serian 6 accesos con las mismas especificaciones en total, tomando en cuenta que las medidas serian 0.18m por 1.60m: se adjunta fotos del repello lavado:
· El contratista deberá de velar por la limpieza, el aseguramiento de la superficie y alrededores de todo lo que se puede ver afectado por el trabajo de retirar la pintura de la superficie del gimnasio que no tenga el piso de caucho.
· Todo desecho que provenga de la limpieza o del mismo trabajo que se realice de alistar la superficie, el contratista deberá de encargarse de botar toda basura por cuenta propia y no tener ni depositar basura de ninguna índole en la instalación de la villa ecológica del CCDRE. Los desechos deberán retirarse de la villa deportiva en un camión según las regulaciones establecidas por Ley, así mismo depositarlos en un lugar apto según el material que se esté desechando.
· El contratista debe aportar todo el equipo de seguridad para los funcionarios que este contrate para la ejecución de las obras, será responsabilidad del contratista velar por el buen uso de los implementos de seguridad en todo momento.
· El contratista debe hacerse responsable por todo daño ocasionado por negligencia dentro de las instalaciones de la villa deportiva en el tiempo de ejecución de la obra.
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2.2 Aplicación del producto |
2.2.1 Adhesivo
· El contratista deberá de aplicar un Adhesivo de poliuretano de 2 componentes. Velocidad de aplicación sobre la mesa a temperaturas moderadas: 0,8 - 1,0 kg / m2.
2.2.2 Base de caucho
· El contratista deberá de aplicar una base de Fibras y gránulos de caucho SBR seleccionados en un tamaño de tamiz estrictamente controlado, mezclados proporcionalmente en mezcladores turbulentos de alta velocidad, unidos por un aglutinante de poliuretano de un solo componente aprobado. El aglutinante es poliuretano MDI de un componente y no contiene metales pesados. El compuesto de caucho / PU está diseñado y fabricado en un rollo continuo que es uniforme en espesor, densidad, compresión, reducción de fuerza, resistencia a la tracción y elongación.
2.2.3 Revestimiento
· El contratista deberá de aplicar un Revestimiento de poliuretano sin soldadura, aplicado en forma líquida. Los revestimientos de poliuretano se aplican en húmedo, uniforme, sin juntas en forma líquida y en 3 capas separadas, seguido por pintura de poliuretano de color. Todos los poliuretanos deben ser a base de MDI y no plomo, mercurio y otros metales pesados.
2.2.4 APLICACIÓN
· El contratista deberá de seguir los siguientes procedimientos de aplicación, exactamente a como se les menciona, ya que si el producto queda mal aplicado todo gasto correrá por cuenta del contratista liberando de cualquier responsabilidad al CCDRE.
ü El Caucho se debe adherir completamente al sustrato con adhesivo de poliuretano de dos componentes, con paletas de acero entalladas. Cantidad de aplicación sobre la base: aprox. 0,8 - 1,0 kg / m2.
ü Las almohadillas, completamente adheridas, deben estar selladas y fusionadas con un sellador de poros de poliuretano de 2 componentes, utilizando espátulas de acero plano o rasquetas de goma. Tasa de aplicación en dos manos aprox. 0,7 – 0.9 kg / m2. ü La capa de desgaste de poliuretano de dos componentes se debe aplicar autonivelante sobre la almohadilla sellada usando una escobilla de caucho entallado, una cuchilla sueca o una llana de acero. La capa de desgaste se aplica en húmedo y homogénea de pared a pared. Tasa de aplicación: 2,5 kg / m2.
ü Las capas de poliuretano deben secarse durante aprox. 10 - 12 horas a temperatura ambiente antes de permitir el tráfico de pie y un posible tratamiento posterior.
Se adjunta una representación más detallada en la imagen de las capas que debe de instalarse en la losa el gimnasio de la villa ecológica de Escazú, las capas que se requieren son: basemat, capa de sello, capa de desgaste y acabado mate.
2.2.5 Marcado de líneas de juegos y pintura de las canchas de futbol sala, voleibol, y basquetbol.
Ancho de línea: 5 cm EN BALONCESTO Y VOLEIBOL Ancho de línea: 8cm EN FUTBOL SALA
· Se deberá de aplicar una pintura de marcaje de poliuretano de dos componentes de alta calidad.
· El contratista deberá pintar en su totalidad el gimnasio, no limitándose únicamente a las áreas incluidas en la extensión del proyecto. Esta intervención debe contemplar la cancha completa, incluyendo una nueva demarcación de las áreas correspondientes a fútbol sala, voleibol y baloncesto.
Se adjunta fotografía de la cancha en su estado actual, en la que se observan las demarcaciones correspondientes a las canchas de voleibol y baloncesto. Estas demarcaciones deberán mantenerse con las mismas medidas actuales. El contratista deberá realizar una nueva demarcación respetando dichas dimensiones. La única cancha cuya demarcación será modificada en su totalidad es la de fútbol sala.
· El contratista deberá presentar al Comité al menos tres propuestas de colores para la demarcación de la cancha. Las muestras de los colores deberá hacerlas llegar en un plazo máximo de 2 días hábiles posteriores a la fecha de inicio del trabajo.
Cada muestra deberá estar debidamente identificada con su respetivo nombre y ficha técnica; el Comité comunicará por escrito al contratista las opciones elegidas y las muestras le serán devueltas una vez realizada la recepción definitiva de los trabajos.
Una vez aprobada las muestras por parte del CCDRE el contratista deberá de presentar un render, una imagen en la que se muestre cual sería el resultado final del trabajo a partir de las muestras aprobadas por el CCDRE. Este render o imagen será sometida JD del CCDRE para su respectiva aprobación.
El contratista no podrá iniciar los trabajos de demarcación hasta tanto no cuente con el visto bueno de la propuesta final por parte del Comité.
Este proceso de presentación y aprobación de muestras se podrá realizar en un máximo de dos ocasiones, en caso de que con la primera propuesta el Comité solicite alguna modificación, el contratista deberá realizarla en un plazo máximo de 3 días hábiles y presentarla nuevamente al Comité para su respectiva aprobación.
En caso de que el contratista no acate el plazo para realizar la modificación solicitada, será causal para aplicar la cláusula penal.
· Medidas de las canchas de futbol sala, vóleibol, y Básquetbol.
· Futbol sala: 33m de largo por 19m de ancho
· Vóleibol: 18m de largo por 9m de ancho
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2.2.6 Limpieza del área
3.1.1 Antes de la entrega final del trabajo y de que el CCDRE emita el visto bueno correspondiente, toda el área intervenida en la ampliación y pintura del gimnasio deberá estar completamente limpia y habilitada para el uso de las distintas disciplinas deportivas del CCDRE. En caso de que la obra se entregue con suciedad o residuos derivados de los trabajos realizados, el administrador del contrato no otorgará el visto bueno final del proyecto.
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2.3 Especificaciones del producto: |
El oferente entiende y acepta que la superficie actual del gimnasio de la Villa Deportiva es de la marca REGUGYM PU INDOOR, por tanto, en caso de resultar contratista, deberá instalar en los metros objeto del presente procedimiento licitatorio una superficie de idénticas características a la superficie actual. No se aceptará materiales con características diferentes al piso actual.
En virtud de lo anterior, el oferente deberá aportar junto con su oferta la ficha técnica del producto que está ofertando el cual deberá cumplir con lo siguiente:
2.3.1 Especificaciones
· Espesor: 9 mm Ancho de los rollos: 1.250 mm / 1.500 mm Longitud de rollo estándar: 25 lm mínimo o corte personalizado
2.3.2 Datos del producto:
· Espesor nominal: 2 mm Colores estándar: Se estima que lo colores a utilizar son los mismos de la superficie existente.
En caso de que el oferente oferte un producto diferente, será causal para declarar inelegible la oferta. |
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2.4 Estructura de precio |
2.4.1 La cotización deberá de venir en una forma ordenada y detallando la mano de obra, insumos y suministros, gastos administrativos que serán utilizados en el servicio de la extensión de la superficie del gimnasio de la villa ecológica mejor detallado en el siguiente cuadro:
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2.5 Cotización |
Considerando que se trata de un objeto contractual en el que se requiere uniformidad, se requiere que los oferentes cumplan con las cantidades total de m2 solicitados de superficie de caucho y pintura del gimnasio, junto con la mano de obra. El oferente debe ofertar por el total de las líneas, de lo contrario no se tomará en cuenta la oferta. |
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III . REQUISITOS DURANTE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL |
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3.1 Plazo de entrega |
El plazo máximo de entrega de la totalidad de los trabajos será de 110 días naturales, contados a partir del día hábil siguiente a la notificación de la orden de inicio que remitirá el Comité al contratista.
En el plazo indicado en el párrafo anterior, comprende la importación de los materiales, así como el desarrollo de todas las obras de ampliación de la superficie solicitadas en el presente pliego de condiciones.
Todos los materiales que utilice el contratista deberán contar con su respectiva etiqueta y ser completamente nuevos, para corroborar esto, de previo a iniciar las obras y cuando todos los materiales a utilizar para estos trabajos, se encuentren en las instalaciones de la Villa Deportiva Ecológica de Escazú, el contratista deberá coordinar con el administrador del contrato la respectiva inspección a efectos de acreditar que se cumple con lo aquí indicado. De dicha inspección se levantará el acta correspondiente.
En caso de que alguno de los materiales presente desperfectos o no sea nuevo, esté sin etiqueta, esté vencido (cuando aplique, en el caso de las pinturas por ejemplo), el administrador del contrato lo indicará al contratista y le concederá un plazo máximo de 3 días hábiles para realizar el cambio del producto. Durante este plazo, no se suspenderá el plazo de entrega, siendo que cualquier atraso en la entrega de las obras correrá por cuenta del contratista y el Comité se reserva el derecho de aplicar la correspondiente sanción económica.
En el plazo indicado en el párrafo anterior, comprende la importación de los materiales, así como el desarrollo de todas las obras de ampliación de la superficie solicitadas en el presente pliego de condiciones. El oferente deberá adjuntar a su oferta una declaración jurada en la que manifieste que, entiende y acepta dicho plazo y los términos establecidos y, en caso de resultar contratista se apegará a dicho plazo.
Lo anterior, en virtud que para el Comité es de suma importancia no afectar los servicios a los usuarios. |
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3.2 Supervisor del trabajo |
La empresa deberá de nombrar un encargado o supervisor del servicio de la extensión superficie de caucho y pintura del gimnasio el deberá de contar con los siguientes requisitos:
· Nombre completo y número de cédula de la persona nombrada por el contratista que estará presente en el sitio. · Currículum vitae o resumen de experiencia laboral, que evidencie experiencia previa en trabajos similares (Aplicación de superficies de caucho y pintura de canchas de gimnasios).
Todo esto deberá de ser acreditado una vez se formalice la orden de inicio. |
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3.3 Padrón fotográfico e información del personal designado a realizar el trabajo |
Se le solicitará a la empresa contratista encargada de la extensión superficie de caucho y pintura del gimnasio de la Villa Ecológica de Escazú – CCDRE, se les solicita remitir la información correspondiente al personal técnico que ejecutará dicho trabajo.
A continuación, se detallan los requisitos mínimos solicitados para el personal asignado:
· Nombre completo y número de cédula de cada persona que estará presente en el sitio. · Currículum vitae o resumen de experiencia laboral, que evidencie experiencia previa en trabajos similares (Aplicación de superficies de caucho y pintura de canchas de gimnasios). · Póliza de riesgos del trabajo (INS) vigente, que cubra a cada trabajador durante la ejecución del proyecto.
Equipos de protección personal (EPP) que utilizarán durante el procedimiento (de acuerdo con las normas de salud ocupacional). |
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Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
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CONDICIONES GENERALES |
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OFICIO N°: |
CCDRE-0079-2026 |
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ADMINISTRADOR DEL CONTRATO: |
GESTIÓN DEPORTIVA |
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TIPO DE PROCEDIMIENTO: |
LICITACIÓN REDUCIDA |
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MODALIDAD: |
CANTIDAD DEFINIDA |
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OBJETO: |
“SUMINISTRO DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA AMPLIACIÓN DE SUPERFICIE DE GIMNASIO DE LA VILLA DEPORTIVA” |
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El Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Escazú (en adelante CCDR, CCDRE o Comité), recibirá ofertas únicamente mediante el Sistema Digital Unificado (en adelante SDU/SICOP), para la licitación reducida de referencia; los oferentes deberán contemplar todos los requerimientos técnicos, requisitos de admisibilidad y condiciones generales que componen de manera integral el presente procedimiento licitatorio.
Al tenor del artículo 88 del RLGCP el pliego de condiciones constituye el reglamento del presente procedimiento licitatorio y se entienden por incorporadas todas las disposiciones establecidas en la Ley General de Contratación Pública (LGCP) y su Reglamento (RLGCP), los principios constitucionales así como las normas aplicables de manera supletoria.
El servicio lo brindará el contratista de acuerdo con las mejores prácticas, normas técnicas y profesionales; conforme al ordenamiento jurídico vigente de manera que se cumpla con: leyes, reglamentos, códigos, y cualquier otro pertinente al objeto contractual que se desea contratar incluyendo la legislación ambiental y lineamientos que establezca CCDRE. |
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Las condiciones generales que se indican a continuación son de carácter obligatorio y deberán ser respondidas en la oferta en el mismo orden establecido.
La presentación de la oferta se entenderá como una manifestación inequívoca de la voluntad del oferente de contratar con pleno sometimiento a las condiciones y especificaciones de este cartel, así como a las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes.
En todos los procedimientos de contratación pública que promueva el Comité los funcionarios, oferentes, adjudicatarios y contratistas, deberán observar los principios que rigen la materia evitando incurrir en conductas contrarias a la ética y probidad o generar conflictos de intereses, so pena de la responsabilidad administrativa, civil o penal que deba enfrentar cada uno de los involucrados. |
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Guía de la oferta: |
· La oferta deberá incluir una tabla de conformidad se indica en el Anexo 1, del presente documento. · Cada documento que conforma la oferta se debe adjuntar de forma individual (favor no incluir PDF con documentos agrupados). · El nombre de cada documento incluido en la oferta debe identificar claramente su contenido. · En caso de incluir documentos emitidos en el extranjero, estos deben encontrarse apostillados o consularizados, según corresponda, de conformidad con el artículo 294 de la Ley General de Administración Pública. · Los documentos incluidos, producto de los requerimientos del pliego de condiciones, cuya firma corresponda a otra persona distinta de quien firma la oferta en SICOP, deben cumplir con lo siguiente, para determinar su validez, según sea el caso (SE EXCEPTÚAN LOS CASOS DONDE SE SOLICITA EXPRESAMENTE COPIA SIMPLE):
a) Documentos firmados digitalmente. Deben adjuntarse en un archivo independiente, y reflejar que el certificado utilizado es válido en todas sus propiedades. Para lo anterior, el Banco Central de Costa Rica, como ente rector de las firmas digitales en el país, dispone el portal Web de servicios financieros (https://www.centraldirecto.fi.cr), en el cual se ingresa el documento con la firma y se realiza la validación respectiva, misma que debe resultar admitida en todos sus extremos. En caso de duda o inconveniente, en la misma página se dispone de contactos para consulta al ente rector en dicha materia.
b) Documentos en soporte papel (documentos escaneados con firmas manuscritas). Corresponde a los documentos originados en soporte de papel que han sido digitalizados, mismos que se deben acompañar con un acto notarial, ya sea firmado manuscrito, en cuyo caso debe cumplir con los establecido en los art. 77, 108, 110, 111, 113 y 120 del Código Notarial, o bien, firmado digitalmente cumpliendo con el “Reglamento de documentos notariales extra protocolares en soporte digital”.
En caso de que el acto notarial se encuentre firmado digitalmente, podrá corresponder a certificación o autenticación y para cada caso se deberá considerar lo siguiente:
• Certificados por notario. Deberán cumplir con el artículo 10 del “Reglamento de documentos notariales extra protocolares en soporte digital” emitido por la Dirección Nacional de Notariado Costa Rica.
• Autenticados por notario. Este tipo de documentos deberán de cumplir con lo preceptuado en el artículo 14 del “Reglamento de documentos notariales extra protocolares en soporte digital” emitido por la Dirección Nacional de Notariado Costa Rica.
Para todo documento extraprotocolar emitido por notario público, deberá contemplar el pago de especies fiscales, derechos e impuestos que el acto devengue, siendo que el notario deberá indicar siempre en el documento el número de entero y transacción bancaria. |
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1. CERTIFICACIONES, DECLARACIONES Y OTROS DOCUMENTOS |
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1.1. Declaraciones: |
Conforme a lo dispuesto en el ordinal 33 del RLGCP es responsabilidad de cada oferente y subcontratista y requisito para la participación en cualquier procedimiento de contratación pública rendir estas declaraciones en el sistema digital unificado y mantenerlas actualizadas.
Por tanto, la Proveeduría realizará la verificación en el Registro de Proveedores de SICOP:
Lo anterior, a efectos de determinar si el oferente cumple con lo siguiente:
a) Régimen de prohibiciones. De conformidad con lo previsto en el artículo 29 de la LGCP, la persona oferente y subcontratistas deberán rendir en el sistema digital unificado una declaración jurada en los términos establecidos en dicho artículo.
b) Declaración de la naturaleza y propiedad de las acciones. Tratándose de personas jurídicas deberán presentar en el registro del sistema digital unificado la declaración jurada sobre la naturaleza y propiedad de las acciones. c) Declaración beneficiarios finales. Al tenor del artículo 32 inciso c) del RLGCP, los oferentes y subcontratistas sean personas físicas o jurídicas, deberán presentar en el registro sistema digital unificado, la declaración jurada de beneficiarios finales según los requisitos indicados en ese numeral.
d) Declaración de estar al día en los impuestos nacionales. Al amparo del artículo citado supra, los oferentes y subcontratistas sean personas físicas o jurídicas, deberán presentar en el sistema digital unificado, la declaración jurada en la que manifieste si está al día en el pago de todos los impuestos nacionales.
En su oferta la persona oferente y subcontratistas deberán indicar expresamente si la información contenida en la declaración jurada presentada en el registro que al efecto lleve la Dirección de Contratación Pública, se mantiene invariable a la fecha de presentación de la oferta.
En caso de que el oferente, no haya actualizado la información en dicho registro, la oferta será excluida automáticamente del concurso. |
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1.2. Certificaciones: |
a) De conformidad con los artículos 193 y 202 del Código de Trabajo, así como el numeral 14 inciso f) de la LGCP. Certificación Póliza Riesgos del Trabajo. La persona oferente y subcontratistas deberán aportar con su oferta la certificación de póliza de riesgos del trabajo emitida por el Instituto Nacional de Seguros, la cual deberá estar vigente y ser acorde con la actividad para la cual está ofertando. El recibo de pago o pantallazo de comprobante de transferencia bancaria no sustituye la certificación de póliza extendida por el INS.
No obstante, en el caso de que por motivo de la nomenclatura de clasificación de actividades que tenga el INS, la actividad acorde al objeto contractual no esté expresamente indicada en el apartado “LABORES AMPARADAS” de la certificación; podrá indicarse como una aclaración en el apartado “Comentarios de la póliza” de ese mismo documento.
Se indica un ejemplo:
No se acepta declaración jurada del oferente.
b) De conformidad con el ordinal 90 bis del Código de Municipal y artículo 14 inciso f) de la LGCP. Certificación de impuestos al día. La persona oferente y subcontratistas deberán aportar la certificación extendida por la Municipalidad del cantón en el que esté ubicado, en la que se acredite que se encuentra al día en el pago de todas sus obligaciones tributarias en el período vigente. El recibo de pago o copia de comprobante de transferencia electrónica no sustituye la certificación. |
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1.3. Otros documentos: |
a) Al tenor de lo previsto en el artículo 88 del Código Municipal y 14 inciso f) de la LGCP. Licencia municipal. La persona oferente y subcontratistas deberá presentar la copia de la licencia municipal, extendida por la corporación municipal del cantón en el cual esté ubicado.
b) Al tenor de lo dispuesto en la Ley General de Salud, el Reglamento general para permisos sanitarios de funcionamiento, permisos de habilitación y autorización para eventos temporales de concentración masiva de personas, otorgados por el Ministerio de Salud Decreto Ejecutivo No. 43432-S y el numeral 14 inciso f) de la LGCP. Permiso sanitario de funcionamiento (PSF). La persona oferente y subcontratistas deberán aportar la copia del permiso sanitario de funcionamiento el cual debe estar vigente.
La actividad que indiquen los documentos solicitados en este punto deberá corresponder al objeto contractual para el que está ofertando, caso contrario, la oferta será excluida del concurso.
No obstante, en el caso de que por motivo de la nomenclatura de clasificación de actividades con que cuente una determinada corporación municipal y/o Ministerio de Salud, exista alguna clase de diferencia entre la actividad indicada en la licencia comercial y/o PSF y la que en realidad se ejecuta en la práctica, corresponde al oferente demostrar mediante documento idóneo emitido por la autoridad competente (Ministerio de Salud y/o Municipalidad respectiva), en la que se aclare si la actividad lucrativa de dicha empresa corresponde con la del objeto del concurso, a pesar de que en la licencia y/o PSF se haga mención a otra actividad de manera genérica.
Para acreditar el cumplimiento de lo anterior, no se aceptará declaración jurada suscrita por el oferente. De igual forma, en aquellos casos en los que el oferente argumente que no se encuentra en la obligación de contar con alguno de estos requisitos, deberá acreditarlo mediante documento idóneo extendido por la autoridad competente. Para acreditar el cumplimiento de lo anterior, no se aceptará declaración jurada suscrita por el oferente.
En el caso de oferentes que se encuentren en las condiciones reguladas en el artículo 1 Bis del Decreto Ejecutivo No. 43432-S, deberán aportar el documento extendido por el Área de Salud correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo tercero de dicho numeral.
Para acreditar el cumplimiento de lo anterior, no se aceptará declaración jurada suscrita por el oferente. |
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2. Verificaciones: |
En aquellos casos en los que sea factible realizar verificación “en línea”, el CCDRE realizará las consultas en relación con el estado de las obligaciones del oferente y subcontratistas, en el sitio web de cada entidad competente (Ministerio de Hacienda, IMAS, INA, FODESAF, Registro Nacional, CCSS).
Esta verificación se realizará al momento de la apertura de las ofertas y en cualquier momento a criterio del Comité con el propósito de asegurar el cumplimiento por parte de los oferentes y subcontratistas de estas obligaciones. Las cuales les serán exigibles en cualquier etapa de los procedimientos de contratación pública. |
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3. Precio:
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El oferente deberá cotizar el precio total de la partida en cualquier moneda de curso legal en Costa Rica. En caso de recibir propuestas en distintas monedas, la Administración las convertirá a una misma moneda para efectos de comparación, aplicando el tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento de apertura de las ofertas.
El CCDRE se reserva el derecho de adjudicar parcialmente una misma línea o bien parte de un mismo objeto de conformidad.
El monto deberá indicarse en números y letras coincidentes, en caso de divergencia entre estados dos (2) formas de expresión, prevalecerá la consignada en letras.
El oferente deberá presentar la estructura del precio tanto en términos absolutos como porcentuales; en los rubros que se solicitan a continuación:
*El porcentaje máximo de utilidad aceptado es de un 10%.
Para la estructura del precio el oferente deberá contemplar todos los insumos, suministros, componentes, equipos, mano de obra, herramientas, depreciaciones, gastos administrativos, pólizas y cualquier otro aplicable, partiendo de los rubros mínimos indicados en este pliego de condiciones. El oferente que no aporte estos datos será excluido del procedimiento licitatorio.
La estructura de precio de la oferta deberá presentarse, tanto para el precio total ofertado por partida, como para cada uno de los precios de las líneas o los renglones de pago que conforman el objeto contractual. Al tenor del artículo 42 de la LGCP únicamente la persona física o jurídica adjudicataria deberá presentar el presupuesto detallado.
De conformidad con la Ley N° 9799 el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Escazú, no está sujeto al Impuesto sobre el Valor Agregado. |
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4. Forma de pago: |
De conformidad con lo establecido en el artículo 18 inciso a) del RLGCP, el pago se realizará por resultados: una vez recibido el pedido y otorgado por parte del área solicitante el recibido de conformidad, esa misma oficina remitirá la factura para el trámite de pago. El pago podrá realizarse en la moneda fijada en la contratación, o bien, en colones costarricenses, salvo lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley N°7558, Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, de 3 de noviembre de 1995.
Al tenor del artículo 48 de la LOBCCR, en procedimientos de contratación pública pactados total o parcialmente en moneda extranjera, la Administración utilizará el tipo de cambio de referencia para la venta emitido por el BCCR vigente al día de pago.
De conformidad con la Ley N° 9799 el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Escazú, no está sujeto al Impuesto sobre el Valor Agregado por lo que previo a solicitar el pago, la persona contratista deberá solicitar al Comité la boleta de exoneración.
La factura deberá ser enviada al funcionario Miguel Vargas Calderón, coordinador deportivo al correo electrónico coordinadordeportivo@ccdres.com, quien funge como fiscalizador en este procedimiento de licitación; la factura deberá venir acompañada de la correspondiente certificación de póliza de riesgos del trabajo emitida por el Instituto Nacional de Seguros.
De previo a la tramitación de cada pago que sobrevenga, producto de esta prestación, el CCDRE solicitará al contratista, la presentación de la documentación que demuestre la adecuada cobertura de sus obligaciones que establecen el Código de Trabajo y las leyes laborales vigentes, así como las cargas sociales correspondientes: seguro social, riesgos profesionales, cesantía, permisos, vacaciones, aguinaldo y otras obligaciones.
Una vez recibida la factura, el área fiscalizadora dispondrá de un plazo de 2 días hábiles para otorgar su visto bueno y remitirla a la oficina de Financiero a efectos de que se proceda con el pago.
El CCDRE cuenta con un plazo máximo de 30 días naturales para efectuar el pago, en el entendido que, este plazo comenzará a contabilizarse a partir de la presentación de la factura una vez se haya recibido de conformidad el objeto contractual previo visto bueno del área técnica.
Del monto de cada factura se rebajará el 2% (dos por ciento), por retención adelantada del impuesto de la renta, salvo en aquellas excepciones que la Ley del impuesto sobre la renta (N°7092) contempla en forma expresa, de conformidad con lo que dispone en su Artículo N.º 3. Para lo cual, la persona adjudicada deberá acreditar debidamente tal condición ante el Comité. |
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5. Garantía de cumplimiento: |
Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la solicitud que realice el CCDRE mediante el Sistema Digital Unificado, el adjudicatario deberá presentar la garantía de cumplimiento la cual deberá cumplir con todos los requisitos establecidos por el CCDRE. El plazo de vigencia de la garantía de cumplimiento deberá cubrir desde el día de su presentación en SICOP. La devolución de la garantía de cumplimiento al contratista se realizará dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo contractual. La persona contratista deberá presentar por escrito al Comité la solicitud de devolución de la garantía, el oficio deberá estar suscrito por el representante legal de la empresa en el cual se deberá indicar el número de la licitación, el número de garantía, el monto de la garantía y el número de cuenta a la que se debe depositar (en caso de depósitos en efectivo).
En el caso de que el Comité se viera obligado a ejecutar la garantía antes del vencimiento del contrato, el contratista rendirá una nueva, de manera que el contrato en todo momento quede garantizado hasta su ejecución total, la no presentación de la nueva garantía será causal de resolución contractual.
En caso de que se apliquen las prórrogas, es obligación del contratista mantener vigente la garantía de cumplimiento durante todo el plazo de ejecución contractual. Si un día hábil antes del vencimiento de la garantía, el contratista no ha prorrogado su vigencia, la Administración podrá hacerla efectiva en forma preventiva y mantener el dinero en una cuenta bajo custodia, el cual servirá como medio resarcitorio en caso de incumplimiento. En este caso el contratista podrá presentar una nueva garantía sustitutiva.
En ofertas en consorcio se presentará una única garantía. La garantía de cumplimiento deberá rendirse por medios electrónicos, de acuerdo con lo establecido en artículo 44 del Decreto No. 36242-MP-Plan. Cuando se trate de una garantía de cumplimiento otorgada mediante un depósito de bono de garantía, el obligado, para rendir la garantía electrónica deberá acudir a una entidad emisora de este tipo de garantías. La entidad garante deberá transmitirla a SICOP en el mismo acto de su emisión. Cuando la garantía de cumplimiento se rinda mediante certificados de depósito a plazo, bonos del Estado y sus Instituciones y cheques certificados o de gerencia de un banco del Sistema Bancario Nacional, el obligado deberá entregar estos valores al banco asignado para este efecto en las condiciones particulares del cartel para que dicha entidad se encargue de su custodia.
Cuando la garantía de cumplimiento se rinda mediante dinero en efectivo, el obligado, utilizando el sistema SICOP deberá transferir el dinero a una cuenta domiciliada de la Institución. |
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6. Plazo del contrato: |
El plazo máximo del contrato es de 110 días hábiles, el plazo del contrato empezará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente a la orden de inicio que gire el CCDRE al contratista una vez cumplidas las formalidades para la formalización del contrato y se haya comunicado al contratista mediante el SDU.
No obstante, el Comité podrá dejar sin efecto el contrato en cualquier momento sin responsabilidad alguna de su parte, en caso de resolución contractual sin perjuicio del derecho de recurrir a los Tribunales de Justicia para resarcirse de cualquier costo en que pudiera incurrir, así como al pago de daños y perjuicios que le fueren ocasionados en virtud de algún incumplimiento por parte del contratista.
Así mismo, podría darse la terminación anormal del contrato en virtud de cualquiera de las otras causales previstas en el artículo 288 del RLGCP. |
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7. Orden de inicio: |
La Proveeduría comunicará al administrador del contrato cuando el contrato haya sido comunicado al contratista mediante el SDU.
Una vez recibido este comunicado, el área fiscalizadora dispondrá de un máximo de 2 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente del comunicado que reciba de la Proveeduría, para girar la orden de inicio al contratista. |
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8. Sanciones económicas. De conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley General de Contratación Pública y 116 de su Reglamento, el Comité se reserva el derecho de proceder con el cobro de cláusula penal y/o multa en caso de incumplimientos por parte del contratista en relación con las características del objeto contractual o bien, por ejecución tardía o anticipada del objeto contractual.
El cobro de las sanciones económicas se realizará con cargo a los saldos de facturas pendientes de pago; en caso de que no existan facturas pendientes de pago, el Comité procederá a ejecutar la garantía de cumplimiento hasta por el monto respectivo. El oferente entiende, acepta y reconoce que en caso de resultar contratista y no existan facturas pendientes de pago ni garantía de cumplimiento contra las cuales ejecutar el cobro de las sanciones económicas, el CCDRE se reserve el derecho a recurrir a los Tribunales de Justicia para resarcirse de cualquier costo en que pudiera incurrir, así como el pago de daños y perjuicios que le fueren ocasionados en virtud de dicho atraso o falta, e iniciar el debido proceso para sancionar al contratista de acuerdo con los artículos 118 y 119 de la Ley General de Contratación Pública. |
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8.1 Cláusula penal: |
a) Por incumplimiento en el plazo de entrega. En caso de que el contratista no cumpla con el plazo de entrega de los trabajos y materiales solicitados, el Comité cobrará un 1% del monto total adjudicado por cada día de atraso, hasta alcanzar un 25% del monto total de la orden. |
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8.2 Multa: |
a) Por incumplimiento en las características del objeto. En caso de que la persona contratista incurra en incumplimientos referidos a la calidad de los productos suministrados, marca o diseños diferentes al ofertado, incumplimientos relacionados con la mano de obra o cualquier otra conducta que implique un menos cabo de los intereses del Comité o que pudiera además generar un riesgo reputacional para nuestra Institución, el Comité cobrará un 1% del del monto total adjudicado hasta alcanzar un 25% del monto total por cada día que transcurra hasta que el contratista corrija la situación. Por incumplimiento en la atención de defectos o imperfecciones, durante el período de garantía técnica, se cobrará un 1% del monto total adjudicado por cada día de atraso. Dicho monto será rebajado mediante la ejecución de la garantía de cumplimiento. |
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9. Mantenimiento del equilibrio económico del contrato: |
REVISIÓN DE PRECIOS. Los precios establecidos en el presente procedimiento licitatorio estarán sujetos a reajustes y revisiones conforme a lo dispuesto en la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, así como lo previsto en el Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, Decreto Ejecutivo N° 44937-H-MICITT-MIDEPLAN.
El oferente deberá aportar la información de los índices oficiales de precios y costos asociados con los costos directos e indirectos de la estructura de precio. Dichos índices deberán ser elaborados y emitidos por la entidad oficial del país de origen de los costos y corresponder a la misma moneda con que se presenta el precio de oferta. En caso de que no exista un índice oficial para determinado costo directo, el oferente deberá advertirlo en la oferta y aportar la documentación pertinente. Si no existe un índice oficial para determinado costo indirecto, el oferente podrá proponer un índice oficial general de precios para el reajuste o revisión de dicho costo. La Administración se reserva el derecho de revisar la pertinencia de los índices oficiales de precios y costos propuestos en la oferta, con el propósito de establecer los índices que serán utilizados en la ejecución contractual. El presupuesto detallado deberá desglosar los componentes de cada actividad o unidad de la obra, bien o servicio, indicando al menos sus costos directos, costos indirectos, utilidad e imprevistos. Se entiende que, con la presentación de la oferta, el oferente entiende y acepta que la decisión de cotizar en divisas recae en su exclusiva y responsabilidad y, por ende, cualquier afectación que sufra el contratista por baja en el tipo de cambio de la divisa a colones durante la ejecución del contrato, no será reajustada ni compensada por el banco, conforme a lo previsto en el artículo 3 del Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios. Tampoco serán reajustables conforme a lo previsto en el artículo 3 del Reglamento para el Reajuste Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, todas aquellas variaciones que resulten de riesgos implícitos del negocio que debieron ser asumidos, proyectados, cubiertos e incorporados como parte del precio ofertado conforme a criterios de debida diligencia en la formulación de la oferta, independientemente de la moneda en que se pacte el precio. Corresponderá al Administrador del Contrato por parte del banco, emitir la no objeción a que alude el artículo 7 del el Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios. En lo no previsto en la presente cláusula, aplicará lo dispuesto en el Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios. Para lo anterior los oferentes deberán presentar una declaración jurada en donde acrediten la veracidad de la información aportada, indicando al menos los aspectos regulados en los artículos 9 y 12 del reglamento, según corresponda. Asimismo, los oferentes deberán presentar en la oferta una declaración jurada en donde acrediten la veracidad de la información que deben aportar conforme a lo regulado en el artículo 33. Documentación probatoria del método analítico-documental para contratos de obra pública y artículo 58. Documentación probatoria del método analítico-documental para contratos de bienes y servicios del Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios. |
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10. Tipos de oferta: |
a) En el presente procedimiento licitatorio no se aceptará la presentación de ofertas en conjunto.
b) En el caso de presentación de ofertas en la modalidad de consorcio, deberán cumplir con todo lo dispuesto los artículos 125 inciso c), 126 y siguientes del RLGCP. |
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11. Subcontratación: |
La subcontratación se regirá por lo dispuesto en el artículo 133 del RLGCP. |
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12. Verificación y análisis de las ofertas: |
Las ofertas serán evaluadas según el siguiente procedimiento:
12.1. Elegibilidad legal y administrativa. Las ofertas deberán cumplir los requisitos legales y administrativos exigidos en el presente pliego de condiciones y en la legislación vigente para poder continuar en el proceso de análisis de las ofertas.
La Proveeduría institucional será la encargada de analizar el cumplimiento de requisitos de admisibilidad legal de la(as) oferta(s) recibida(s) y constatar el cumplimiento así mismo, solicitará los subsanes cuando corresponda según la normativa vigente.
En caso de que la persona oferente no atienda la solicitud de subsane en tiempo y forma, operará la caducidad y la oferta será excluida del procedimiento licitatorio.
Elegibilidad técnica y requisitos de admisibilidad. Las ofertas deberán cumplir con los requisitos de admisibilidad y especificaciones técnicas básicas exigidas en el presente pliego de condiciones y en la legislación vigente para poder continuar en el proceso de análisis; el área técnica será la encargada de determinar el cumplimiento de estos requisitos.
2.2. Evaluación de ofertas. Una vez que se determine cuáles ofertas cumplen con los requisitos de idoneidad legal, técnica y de admisibilidad descritos en los dos puntos de la primera etapa; avanzarán a la etapa de evaluación. Las ofertas que avancen a esta etapa serán evaluadas por el área técnica de conformidad con los criterios de evaluación establecidos en el documento “Requisitos de admisibilidad y metodología de evaluación”, el cual se adjunta en SICOP y forma parte integral del presente procedimiento licitatorio. Resultará adjudicatario el oferente que obtenga la calificación más alta resultante de la sumatoria de todos los criterios de evaluación.
De todo lo anterior se dejará constancia en los informes que deberán someter para conocimiento de la Junta Directiva los cuales también deberá constar en el expediente electrónico del procedimiento licitatorio.
El CCDRE se reserva el derecho de realizar la adjudicación total, parcial o bien declarar desierto el concurso por conveniencia de sus intereses.
Al momento de la adjudicación, en tanto la oferta favorecida se ajuste al contenido presupuestario; esta Administración podrá aplicar las facultades contenidas en el artículo 42 de la LGCP; así como en el artículo 104 de su Reglamento. |
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“SUMINISTRO DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA AMPLIACIÓN DE SUPERFICIE DE GIMNASIO DE LA VILLA DEPORTIVA” |
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ANEXO 1. TABLA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
El oferente deberá incluir en su oferta una tabla según el siguiente ejemplo:
La oferta deberá presentarse con número de página e indicar el apartado, capítulo o título.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. De conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley General de Contratación Pública y 116 de su Reglamento, el Comité se reserva el derecho de proceder con el cobro de cláusula penal y/o multa en caso de incumplimientos por parte del contratista en relación con las características del objeto contractual o bien, por ejecución tardía o anticipada del objeto contractual. El cobro de las sanciones económicas se realizará con cargo a los saldos de facturas pendientes de pago; en caso de que no existan facturas pendientes de pago, el Comité procederá a ejecutar la garantía de cumplimiento hasta por el monto respectivo. El oferente entiende, acepta y reconoce que en caso de resultar contratista y no existan facturas pendientes de pago ni garantía de cumplimiento contra las cuales ejecutar el cobro de las sanciones económicas, el CCDRE se reserve el derecho a recurrir a los Tribunales de Justicia para resarcirse de cualquier costo en que pudiera incurrir, así como el pago de daños y perjuicios que le fueren ocasionados en virtud de dicho atraso o falta, e iniciar el debido proceso para sancionar al contratista de acuerdo con los artículos 118 y 119 de la Ley General de Contratación Pública. a) Por incumplimiento en las características del objeto. En caso de que la persona contratista incurra en incumplimientos referidos a la calidad de los productos suministrados, marca o diseños diferentes al ofertado, incumplimientos relacionados con la mano de obra o cualquier otra conducta que implique un menos cabo de los intereses del Comité o que pudiera además generar un riesgo reputacional para nuestra Institución, el Comité cobrará un 1% del del monto total adjudicado hasta alcanzar un 25% del monto total por cada día que transcurra hasta que el contratista corrija la situación. Por incumplimiento en la atención de defectos o imperfecciones, durante el período de garantía técnica, se cobrará un 1% del monto total adjudicado por cada día de atraso. Dicho monto será rebajado mediante la ejecución de la garantía de cumplimiento.
Cláusula penal. a) Por incumplimiento en el plazo de entrega. En caso de que el contratista no cumpla con el plazo de entrega de los trabajos y materiales solicitados, el Comité cobrará un 1% del monto total adjudicado por cada día de atraso, hasta alcanzar un 25% del monto total de la orden.
Documentos del cartel9
- Especificaciones técnicasPDF · 891 KB
- Admisibilidad y evaluaciónPDF · 430 KB
- Condiciones generalesPDF · 594 KB
- Acuerdo Junta Directiva (aprobación pliego de condiciones)PDF · 287 KB
- Estimación sanciones económicasPDF · 338 KB
- Bandas razonabilidadPDF · 236 KB
- Declaración jurada compromiso ético personas físicasDOCX · 31 KB
- Declaración jurada compromiso ético personas jurídicasDOCX · 31 KB
- No sujeción al IVAPNG · 82 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Miguel Vargas Calderón
Area Deportiva
Raquel Paola Corrales Leon
Encargado del concurso · Proveeduría
Miguel Vargas Calderón
Area Deportiva
Leonardo Vargas Solano
Gerencia
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 10/10/2026 11:33. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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