2026LE-000004-0033700001 · SICOP 20260901189
CONTRATACIÓN DE CONSTRUCCIÓN DE ASFALTADOS EN RUTAS CANTONALES
Municipalidad de Puerto Jiménez
Municipalidad de Puerto Jiménez busca contratación de construcción de asfaltados en rutas cantonales con un presupuesto de ₡500,0 millones. Recibe ofertas hasta el 12/10/2026 (mañana).
₡500,0 millones
Tiempo para ofertar
mañana
cierra el 12/10/2026 11:00
Lotes y líneas
3 líneas
Fechas clave
- Se publicó09/09/2026 11:49 · hace 32 días
- Límite para 07/10/2026 23:59 · hace 4 días
- Límite para 07/10/2026 23:59 · hace 4 días
- Cierre de ofertas12/10/2026 11:00 · mañana
- de ofertas12/10/2026 11:05 · mañana
- (plazo máximo)≈ 09/11/2026 · en 29 días
3 recibidas, 3 respondidas.
El cartel fue modificado (2 veces). Qué cambió:
- Cierre de ofertas: 02/10/2026 11:00 → 12/10/2026 11:00
- Apertura de ofertas: 02/10/2026 11:05 → 12/10/2026 11:05
- Límite de aclaraciones: 28/09/2026 23:59 → 07/10/2026 23:59
- Límite de observaciones a la apertura: 05/10/2026 23:59 → 13/10/2026 23:59
Contexto
- Compras parecidas recibieron en promedio 3,1 oferentes.25 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años, en cualquier institución.
- Municipalidad de Puerto Jiménez adjudicó ₡418,3 millones en 19 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡425,0 millones – ₡500,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 75 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,75 puntos.
Qué se compra3 líneas
- Construcción de Carpeta Asfáltica1 · ₡85 495 252,721₡85 495 252,72
- Construcción de Carpeta Asfáltica1 · ₡85 495 252,721₡85 495 252,72
- Construcción de Carpeta Asfáltica1 · ₡85 495 252,721₡85 495 252,72
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 6 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 90 días hábiles
- Contrato por 4 meses
- Ofertar en : permitido
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 75 % · Experiencia 10 % · Criterio social 5 % · Criterio ambiental 5 % · Criterio económico 5 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 90 de 100 puntos.
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
3.1 El oferente deberá presentar una declaración jurada en la que manifieste encontrarse al día en el pago
de todos los impuestos municipales correspondientes al domicilio de la empresa oferente, así como
cumplir con las demás declaraciones solicitadas en el presente pliego de condiciones.
3.2 La oferta deberá mantener una vigencia mínima de noventa (90) días hábiles. El plazo de vigencia
deberá acreditarse mediante declaración jurada debidamente firmada por el oferente.
3.3 El oferente deberá presentar, como parte integral de su oferta, un cronograma de trabajo (Gantt de
seguimiento, Microsoft Project o diagrama de barras en Excel), en el que se indique el tiempo estimado
para la ejecución de cada una de las diferentes etapas contempladas en el presupuesto, considerando
un plazo máximo de entrega de noventa (90) días naturales para la entrega provisional y ciento veinte
(120) días naturales para entrega definitiva.
3.4 El oferente deberá aportar una declaración jurada en la que manifieste que cuenta con al menos cinco
(5) años de experiencia en la ejecución de proyectos similares al objeto de la presente contratación.
Asimismo, deberá demostrar dicha experiencia mediante la presentación de una lista de proyectos
efectivamente ejecutados, en la que se indique, como mínimo, el año de ejecución, el nombre de la
empresa o institución contratante, el número de contratación o del proyecto y el monto del contrato.
3.5 El contratista estará obligado a cumplir estrictamente con lo ofrecido en su propuesta, así como con
cualquier manifestación formal documentada que haya aportado adicionalmente durante el
procedimiento de contratación o en la formalización del contrato 3.6 El contratista deberá nombrar a un ingeniero residente responsable de la obra que tenga la suficiente
autoridad para atender y resolver cualquier consulta o situación relacionada con ellos durante la
ejecución del contrato. Esta persona será el enlace directo con el representante designado por la
Municipalidad. Al inicio de la contratación, el contratista deberá proporcionar a la Municipalidad el
nombre del funcionario responsable del servicio, así como su número telefónico, dirección de correo
electrónico y cualquier otro medio de contacto necesario para asegurar una comunicación efectiva.
3.7 Cuando corresponda por la naturaleza del objeto, se deben definir los procedimientos de control que se
aplicarán durante la ejecución del contrato y para la recepción de la obra, bien o servicio, los terceros
interesados y/o afectados, así como las medidas de abordaje de estos sujetos cuando el proyecto lo
amerite y los riesgos identificados, debiendo asegurarse de que el riesgo en ningún caso superará el
beneficio que se obtendrá con la contratación. Inciso e), Artículo 86 del RLGCP:
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
REQUERIMIENTOS DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS INSISO b), DEL RLGCP
El contratista deberá brindar el servicio en acato obligatorio y respetando la norma técnica vigente y
aplicable, es decir, en apego absoluto al Manual CR-2020, de acuerdo con al menos las siguientes
consideraciones:
5.1. Reacondicionamiento de la plataforma: Se debe llevar a cabo todo el trabajo aplicable descrito en
las subsecciones de la 303.01 a la 303.10 del CR-2020, según lo indicado en el inventario de
necesidades, o por la ingeniería municipal razonablemente ajustada a la sección típica mostrada, así
como los siguientes requisitos:
5.1.1. Cunetas: Las cunetas serán de sección triangular con un área mínima igual a 0,30 m2 en los
sitios de desfogue. Se podrán utilizar otras áreas con el aval del ingeniero municipal. En los sitios
donde se requiera construir entradas a casas se usará el detalle típico de entrada a casas.
5.1.2. Pendientes longitudinales de cunetas: Las pendientes longitudinales no deberán ser menor al
1 %, ni mayores al 6%. En los casos que sea posible desviar el agua de la cuneta hacia una alcantarilla o salida natural, podrán emplearse pendientes mayores al 6%, siempre y cuando, la
longitud entre alcantarillas, o en su lugar las salidas naturales, no sean mayores a 150 metros. De
lo contrario, debe escalonarse la cuneta con quiebra gradientes en tierra, para mantener la
pendiente máxima de 6%.
5.1.3. Canales de salida y evacuación: Deberán contar con una sección transversal mínima de 1,50
m² y pendientes comprendidas entre 1 % y 6 %, de acuerdo con las condiciones topográficas
existentes y previa autorización del Ingeniero Municipal responsable del proyecto. Para las zonas
donde existen accesos se debe acondicionar la profundidad de la cuneta de manera que los
propietarios u otros, puedan colocar sin problema una alcantarilla de 18’’ – 24’’. 24", sin afectar el
funcionamiento del sistema de drenaje
5.1.4. Accesos a propiedades: En las zonas donde existan accesos, la profundidad de las cunetas
deberá acondicionarse de manera que permita a los propietarios la instalación de alcantarillas con
diámetros entre 18" y 24", sin afectar el funcionamiento del sistema de drenaje. Se debe remover
todo el material desprendido, sedimentos, vegetación y otros desechos de las cunetas existentes y
de las entradas y salidas de las alcantarillas. Se deben reconformar las cunetas y las entradas y
salidas de las alcantarillas para lograr un drenaje efectivo y un ancho, profundidad y pendiente
uniformes en la cuneta. Se debe desechar la basura de acuerdo con la Subsección 204.16.CR -
2020
5.1.5. Conformación de la superficie de ruedo: Se deberá conformar la superficie de ruedo mediante
motoniveladora, recuperando el material existente en los espaldones, aun cuando este se encuentre
cubierto por vegetación.
5.1.6. Limpieza y reconformación del drenaje: Se deberá remover todo material desprendido,
sedimentos, vegetación y demás desechos presentes en las cunetas existentes, así como en las
entradas y salidas de las alcantarillas. Posteriormente, se deberán reconformar las cunetas y las
estructuras de entrada y salida para garantizar un drenaje eficiente, con ancho, profundidad y
pendiente uniformes. La disposición de los residuos deberá realizarse conforme a la Subsección
204.16 del CR-2020.Se debe escarificar la superficie a la profundidad y ancho especificados.
5.1.7. Reparación de áreas blandas e inestables en la subrasante: Se deberán reparar conforme a
la Subsección 204.06 del CR-2020. Para ello, se removerá todo material orgánico, deletéreo o con
tamaño superior a 150 mm presente en los 150 mm superficiales de la subrasante. Los residuos
deberán disponerse según la Subsección 204.16 del citado manual. Posteriormente, se escarificará
la superficie hasta una profundidad de 150 mm, eliminando las irregularidades y perfilando la
superficie para obtener una conformación uniforme. El acabado deberá cumplir una tolerancia
máxima de 15 mm para superficies de tierra y 30 mm para superficies de roca, con respecto al alineamiento, sección transversal y pendientes de diseño. La compactación deberá ejecutarse
conforme a la Subsección 204.12. El contratista debe de controlar el polvo de acuerdo con la sección
306 y 725.01 (C) (Agua) del CR-2020.
5.1.8. Reparación de áreas blandas en superficies de agregados: Las áreas blandas e inestables
presentes en toda la superficie de agregados deberán repararse de acuerdo con la Subsección
204.06 CR-2020. Se deberá escarificar hasta la profundidad total de la capa de agregados o hasta
200 mm, la que resulte menor, eliminando las irregularidades. El perfilado, acabado y compactación
deberán ejecutarse conforme a la Sección 308 del CR-2020. La aceptación de estos trabajos se
realizará tomando como referencia lo indicado en las subsecciones 107.02 - 107.04 del CR-2020.
5.1.9. Escarificación y reacondicionamiento de la superficie: Se deberá escarificar la superficie en el
ancho y profundidad especificados. El agregado deberá pulverizarse hasta alcanzar un tamaño
máximo equivalente a 1,5 veces el tamaño máximo nominal del agregado o 40 mm, el que resulte
mayor. Posteriormente, se deberá mezclar, extender, compactar y dar acabado a la superficie de
acuerdo con la Sección 301 del CR-2020.
5.1.10. Control de polvo: Durante la ejecución de los trabajos, el contratista será responsable de
implementar las medidas necesarias para el control del polvo, de conformidad con lo establecido en
la Sección 306 y la Subsección 725.01(C) (Agua) del CR-2020.
5.2. Base para el pago: Las cantidades aceptadas se medirán por metro lineal (m), considerando ambos
lados de la plataforma correspondientes al canal o cuneta excavada, limpia y conformada, así como la
conformación de la superficie de ruedo existente. El pago se realizará al precio unitario establecido en
el contrato por metro lineal ejecutado, el cual constituirá la compensación total por todas las labores
requeridas, incluyendo el suministro del equipo, la mano de obra y demás recursos necesarios para la
correcta ejecución de los trabajos descritos.
5.3. Suministro, acarreo, colocación, conformación y compactación de material base: Se contratará
una persona física o jurídica con capacidad legal, técnica y operativa para ejecutar las labores de
suministro, acarreo, colocación, conformación y compactación de material base, el cual será distribuido
en los caminos C6-07-046, C6-07-051 y C6-07-120, conforme a los alcances del proyecto y al
inventario de necesidades de cada camino.
El contratista deberá disponer de un tanque de agua con capacidad suficiente para garantizar la
adecuada conformación y compactación del material, así como para el control del polvo cuando las
condiciones climáticas lo requieran. Previo al inicio de los trabajos, el contratista deberá presentar un informe de laboratorio que demuestre
que el material propuesto cumple con todos los ensayos de aceptación establecidos en el CR-2020.
La aceptación de los trabajos se efectuará conforme a lo dispuesto en las Subsecciones 107.02 a
107.04 del Manual de Especificaciones Generales para la Construcción de Caminos, Carreteras y
Puentes CR-2020.
El contratista debe contar con un tanque de agua que le permita la correcta conformación del material
y para control de polvo, en caso de que no llueva.
5.4. Antes de comenzar la colocación del material en el camino el contratista deberá demostrar mediante
un informe que el material suministrado cumple con todos los ensayos de aceptación previstos por el
CR-2020. La aceptación de estos trabajos se realizará tomando como referencia lo indicado en las
subsecciones 107.02 - 107.04 del CR-2020.
5.5. Requisitos del material base
a) Material base: El material de base granular deberá consistir en piedra o grava triturada, libre
de partículas alargadas, raíces, materia orgánica y cualquier otro material perjudicial,
cumpliendo como mínimo con las siguientes especificaciones
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Control de calidad:
Funcionarioadministrador del contrato. Inciso d), Artículo86del RLGCP.
Como órgano supervisor y evaluador de los servicios contratados se designa por parte de la
Municipalidad a Ing. Lizbeth Rodríguez Alfaro jefatura de la Unidad Técnica de Gestión Vial, el cual
queda plenamente autorizada para velar por el fiel cumplimiento de este contrato.
La Administración, por medio del Administrador del Contrato o del personal técnico designado,
verificará que los servicios suministrados cumplan íntegramente con las especificaciones técnicas,
funcionales, de calidad, cantidad y demás requisitos establecidos en el pliego de condiciones, la oferta
adjudicada, la orden de compra y la normativa técnica aplicable.
Como parte del proceso de recepción, la Administración podrá realizar inspecciones, verificaciones
físicas, mediciones, pruebas de funcionamiento y cualquier otro procedimiento de control de calidad
que considere necesario para comprobar la conformidad de los servicios con las condiciones
contractuales.
En caso de detectarse incumplimientos, defectos, diferencias en las especificaciones o cualquier otra
no conformidad, la Administración podrá rechazar total o parcialmente la recepción de los servicios,
dejando constancia de las observaciones correspondientes y requiriendo al contratista la sustitución,
corrección o reposición de los servicios en un plazo razonable, sin costo adicional para la
Administración y sin perjuicio de la aplicación de las multas, cláusulas penales o demás
responsabilidades previstas en la Ley General de Contratación Pública, su Reglamento y el contrato
respectivo.3.9 (Asfaltados). Para asfaltos el Oferente debe presentar
a) Certificación por parte del CFIA donde se indique que tanto el oferente, los ingenieros, y el
laboratorio que proponga esté inscrito y debidamente acreditado por el Ente Costarricense de
Acreditación (ECA), según lo establece la Ley No. 8279.
b) El oferente debe indicar el nombre completo del ingeniero que estará a cargo en la obra, este deberá
estar incorporado al CFIA, además deberá presentar certificación del colegio donde conste que es
miembro activo vigente, currículo y carta de compromiso del profesional, lo anterior siguiendo el anexo
No.1 Carta de compromiso profesional.
c) El personal profesional y técnico deberá contar con la siguiente experiencia:
• Ingeniero civil o ingeniero en construcción (director técnico), con experiencia en trabajos de
conservación vial de carreteras: 5 (cinco) años.
• Ingeniero civil o ingeniero en construcción (ingeniero residente), con experiencia en trabajos de
conservación vial de carreteras: 3 (tres) años.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. 9.2 Multas Si el contratista incumpliere con los aspectos señalados a continuación para las actividades de, reacondicionamiento de la plataforma, colocación de alcantarillas y colocación, conformación y compactación de material granular, se aplicarán sanciones pecuniarias de acuerdo con los artículos 46, 47 de la LGCP y 116, 117 del RLGCP. Por concepto de: a. En caso de que el objeto resulte defectuoso o posea características inferiores a lo adjudicado, se cobrará por concepto de multa un 1% del valor de los servicios defectuosos por cada día que la Administración no cuente con ellos hasta un máximo del 25% del total del bien, quedando además el contratista obligado a entregar el objeto bajo condiciones que se pactaron. b. En caso de que el administrador del contrato detecte personal menos calificado una vez emitida la orden de su sustitución, el contratista contará con un plazo máximo de 3 días hábiles siguientes para atender la orden, en caso de omisión se aplicará al contratista por concepto de multa un 0,5% del valor del contrato por cada día de atraso en el cambio solicitado. Art. 173 RGLGCP. c. Ausencia injustificada del profesional responsable de la obra por parte del contratista, durante la etapa constructiva, se aplicará al contratista por concepto de multa un 0,5% del valor del contrato por cada día que la obra no cuente con el dicho profesional, hasta un 10% del monto del contrato. d. No cumplimiento de visitas al sitio de obra (director técnico y/o ingeniero residente) se aplicará al contratista por concepto de multa un 1,5% del valor del contrato por cada día que la obra no cuente con dicho profesional, hasta un 15% del monto del contrato. Se corroborará en la reunión semanal de seguimiento por parte del contratista.
Cláusula penal. 9.1 Cláusula Penal La Municipalidad rebajará al adjudicatario por cada día calendario de atraso un 1% del precio total adjudicado, hasta un máximo del 25% así como se establece en el artículo 117 del Reglamento a la Ley de Contratación Pública. El monto de la sanción impuesta por concepto de cláusula penal será retenido de las facturas pendientes de pago o rebajado de la garantía de cumplimiento.
Documentos del cartel12
- CaminosPDF · 328 KB
- ESTUDIO DE MERCADOPDF · 1 MB
- PLAN DE COMUNICACIONPDF · 686 KB
- CERTIFICACION DE PRESUPUESTOPDF · 492 KB
- DESICION INICIALPDF · 3,8 MB
- CRONOGRAMA DE ACTIVIDADESPDF · 317 KB
- CONDICIONES COMPLEMENTARIASPDF · 317 KB
- RESPUESTA A SOLICITUD DE ACLARACIONESPDF · 246 KB
- CRITERIO TÉCNICO RESPUESTA RECURSO Oficio UTGV-071-2026PDF · 297 KB
- Resolucción AdministrativaPDF · 369 KB
- Modificaciones al pliego de condicionesPDF · 256 KB
- Modificacion al pliego de condicionesPDF · 328 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Lizbeth Rodriguez Alfaro
Unidad Tecnica de Gestion Vial
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 05/10/2026 07:23. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
Licitaciones parecidas
Adjudicadamismo producto · 23/09/2026
Proyecto Mejoramiento Vial del Camino Codigo 6-060-010 en la Comunidad de Londres.
Municipalidad de Quepos · 4 oferentes
Adjudicada a Constructora Presbere
Adjudicadamismo producto · 18/09/2026
Municipalidad de Sarapiquí · 4 oferentes
Adjudicada por ₡348,7 M a Constructora Meco
Adjudicadamismo producto · 11/09/2026
Concejo Municipal de Distrito de Peñas Blancas de San Ramon
Adjudicadamismo producto · 07/09/2026
Municipalidad de Rio Cuarto · 3 oferentes
Adjudicada por ₡23,6 M a Constructora Herrera
Adjudicadamismo producto · 07/09/2026
Municipalidad de Quepos · 3 oferentes
Adjudicada por ₡119,9 M a Constructora Presbere
Adjudicadamismo producto · 01/09/2026
Municipalidad de Pérez Zeledón · 5 oferentes
Adjudicada por ₡19 M a Julio Elias Jimenez Jimenez