2026LD-000063-0007400001 · SICOP 20260901246
Consultoría técnica especializada en protección de datos personales
Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud
Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡7,6 millones y quedó en firme el 25/09/2026. Se recibieron 2 ofertas de 2 empresas. Ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡7,6 millones
Ofertas recibidas
2
de 2 empresas
Oferta más baja
₡5,2 millones
32,2 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 25/09/2026
- Technology CoreLa más barata de 2₡5 152 800,00
Informe de recomendación de Elí Umaña Cedeño, 22/09/2026
Fechas clave
- Se publicó09/09/2026 14:56 · hace 32 días
- Límite para 11/09/2026 23:59 · hace 30 días
- Límite para 11/09/2026 23:59 · hace 30 días
- Cierre de ofertas17/09/2026 12:00 · hace 24 días
- de ofertas17/09/2026 12:00 · hace 24 días
- publicado22/09/2026 15:09 · hace 19 días
- Adjudicación 25/09/2026 08:10 · hace 16 días
1 recibidas, 1 respondidas.
Contexto
- Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud adjudicó ₡4 588,9 millones en 151 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Consultoría Técnica Especializada en Protección de Datos1 · ₡7 600 000,001₡7 600 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡6,5 millones – ₡7,6 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 70 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,7 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 6 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 45 días hábiles
- Ofertar en : permitido
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : precio 70 % · experiencia 20 % · PYME 5 % · Criterios sustentables 5 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 80 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡448,21 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | preciomáx. 70 | experienciamáx. 20 | PYMEmáx. 5 | Criterios sustentablesmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|
| Technology CoreGanó | 70 | 20 | 5 | 5 | 100 |
| L T T Legal Tax & Tech Advisors | 47,45 | 20 | 0 | 5 | 72,45 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
R-2026-193_2026LD-000063-0007400001_Consultoria_espec_proteccion_datos_personales
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
El oferente debe proporcionar su propio transporte, combustible, viáticos y otros gastos que deba incurrirse para cumplir con los términos de referencia de la presente propuesta
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
- En acatamiento obligatorio por lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley General de Contratación Publica la Administración del INCIENSA establece como cláusula obligatoria del presente pliego cartelario, que todas las empresas oferentes tienen el deber ineludible de cumplir con las obligaciones de la seguridad social, tanto de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf), así como con los impuestos nacionales:
- Debe mantenerse al día con sus obligaciones tributarias materiales y formales, así como en la presentación de las declaraciones tributarias a las que estuviera obligada, ante las dependencias del Ministerio de Hacienda, de conformidad con la Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal, N° 9416, publicada en La Gaceta N°313 del 20 de diciembre del 2016, la cual reforma y adiciona el artículo 18 bis a la Ley N°4755, Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
- Deben mantenerse al día con sus obligaciones patronales ante la Caja Costarricense de Seguro Social, de conformidad con el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la CCSS, artículo 7 de los “Lineamientos para la aplicación de los inciso 1) y 3) del art.74 de la Ley Constitutiva de la Caja y numeral 65 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública”, publicado en La Gaceta 118 del 18 de Junio del 2010, caso contrario la Administración podrá iniciar el procedimiento por incumplimiento contractual.
- Deben mantenerse al día con el pago de la cuota correspondiente del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF). Lo anterior de acuerdo con el artículo
- Contar con los permisos sanitarios de funcionamiento emitido por el Ministerio de Salud y registros sanitarios y patentes correspondientes.
- Las ofertas, en caso de tratarse de consorcios, deberán cumplir con lo establecido en la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento.
- El Oferente, con el simple hecho de presentar la oferta, acepta cada uno de los puntos indicados en el presente cartel; asimismo acepta y entiende todas las condiciones en él solicitadas.
- Las disposiciones de este cartel prevalecerán sobre cualquier eventual discrepancia que se presente con la oferta y el contrato.
- Se suscribirá un contrato entre las partes, en el cual se indicarán todas las obligaciones del contratante y el contratista y el mismo deberá ser avalado por la Administración.
- Fiscalizador del contrato: Marvin Díaz
- El cumplimiento de la prestación del servicio estará a cargo del Fiscalizador del contrato, por lo tanto, la empresa oferente debe tener claramente comprendido lo dispuesto en el presente cartel. Deberá acatar de manera obligatoria todas las indicaciones y recomendaciones que el Ingeniero a cargo le indique. Algunos aspectos para fiscalizar son: verificar el cumplimiento de todo lo dispuesto en la presente contratación y por supuesto la calidad del servicio prestado entre otros. En el supuesto de que se incumpla alguna disposición contractual, el Ingeniero que fiscaliza realizará un informe detallado de las faltas y lo trasladará a la Proveeduría Institucional con el fin de aplicar las sanciones correspondientes. La Proveeduría una vez que reciba el informe de la Unidad de tecnologías de información, dejará constancia en el expediente administrativo y procederá al cobro de las multas correspondientes
- Para efectos de reajustes y revisiones de precios, la Administración utilizará fórmulas matemáticas para calcularlos, conforme a las disposiciones que emita la Autoridad de Contratación Pública según lo establecido en el artículo 128 inciso f) de la Ley General de Contratación Pública.
- Garantía de cumplimiento: De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Contratación pública y a fin de respaldar la correcta ejecución del contrato, conforme a la normativa vigente, es que el adjudicatario deberá presentar una garantía de cumplimiento correspondiente a un 5 % del monto adjudicado; la misma deberá tener una vigencia mínima de 30 días adicionales a la fecha definitiva de conclusión del servicio; la garantía se deberá presentar dentro de los tres días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación. Esta garantía se regirá por las disposiciones contenidas en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento.
- Formas de rendir las garantías: Las garantías de cumplimiento, podrá rendirse únicamente por medio del Sistema SICOP.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
- Se admite la presentación de ofertas únicamente de manera electrónica por medio del sistema SICOP (Artículo 16 Ley General de Contratación Pública y 25 del Reglamento a dicha Ley).
- No se permite cotizar parcialmente una línea.
- Los precios ofertados tendrán una tolerancia de (+ -) 40 % de lo indicado en el pliego condiciones.
- Los precios ofertados permanecerán fijos y no estarán sujetos a variaciones por ningún motivo. Los precios cotizados deberán presentarse en números y en letras coincidentes, prevaleciendo el precio unitario consignado en letras; si no se encontrara consignado en letras, prevalece el precio unitario.
- Según lo dispuesto en la Ley 4508 Articulo 1, INCIENSA está exenta del pago de todo impuesto, por lo que se entenderá que todos los precios son exentos de todo impuesto e incluyen todo lo correspondiente a gastos, transportes y otros rubros adicionales. De igual forma, en virtud de lo establecido en el artículo 41 de la Ley General de Contratación Pública y articulo 99 de su Reglamento, es posible mejorar los precios que fueron indicados desde la oferta, por lo que la Administración podrá convocar, a través del sistema digital unificado, a los proveedores para ello.
- Plazo de Entrega: Máximo 65 días hábiles.
- Periodo de validez de la oferta. La oferta tendrá validez mínima por 45 días hábiles a partir de la fecha de apertura de ofertas.
- Garantía mínima de 6 meses.
- Solicitud de prórrogas a los periodos de entrega: Se autorizará una única prorroga. La presentación de solicitud de prórroga deberá presentarse mediante nota presentada a la Proveeduría Institucional. Deberá venir firmada por la persona que ostente la representación legal de la empresa. Su presentación deberá hacerse con antelación suficiente, antes de expirar el plazo de entrega convenido.
- Forma de pago. La forma de pago de la institución será la usual del INCIENSA a saber 30 días naturales a partir de la presentación de la factura, previa recepción a satisfacción y cumplimiento del visado. El pago se hará contra factura autorizada, por medio de pago electrónico para lo cual el oferente deberá indicar en la oferta el nombre completo de la persona física o jurídica, el número de cedula de identidad o cedula jurídica y número de cuenta IBAN del banco (22 dígitos). Para efectos de tramitar el pago, el adjudicatario deberá presentar factura comercial y la certificación de “Patrono al día”, vigente y original. Si la oferta se hizo en otra moneda diferente del Colón, el pago se realizará en colones costarricenses, al tipo de cambio de venta, para el Sector Público no financiero, que establezca el BANCO CENTRAL DE COSTA RICA, en la fecha en que la Unidad Financiero Contable, proceda con la transferencia de pago correspondiente.
- Requisitos de la factura: La factura debe indicar, para el cumplimiento del visado
- Que la factura comercial (física o electrónica) que respalda la obligación sea la debidamente autorizada y cumpla con las especificaciones técnicas y formato de los documentos electrónicos según corresponda, establecidas por la Administración Tributaria.
- Que se indique el número de contratación al que corresponde, así como el de orden de compra (OC), en la cual consta la reserva presupuestaria al cual se le imputa el gasto.
- Que la descripción del bien comprado o el servicio obtenido esté acorde con lo señalado en los documentos presupuestarios que le anteceden y que son parte del procedimiento de contratación cuando corresponda. (debe coincidir las descripciones de la OC y factura)
- Que en los casos de Contratos de pagos continuos se indique la vigencia del contrato y el periodo al que corresponde el pago. (se debe indicar la vigencia y numero del contrato, así como el mes a pagar)
- Que la factura indique la cuenta cliente y cuenta IBAN a la que debe direccionarse el pago.
- De igual manera, toda factura expresada en moneda extranjera deberá indicar en algún espacio, el monto en colones utilizando el tipo de cambio venta del Banco Central de Costa Rica, vigente a la fecha de presentación de la factura.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. El INCIENSA de acuerdo con el artículo 46 de la Ley General de Contratación Pública se reserva el derecho de cobrar una multa, de un 1% del monto total y hasta un máximo del 25% del monto, por cada día de atraso en la entrega de los servicios contratados, sobre el valor máximo de cada una de las líneas en caso de que sean distintas, en caso de incumplimientos en el plazo de entrega del producto o servicio, sea de forma parcial o por líneas. Con el fin de cubrir eventuales sanciones económicas, la Administración podrá practicar retenciones sobre los pagos entre un uno por ciento (1 %) y un cinco por ciento (5%) del total facturado.
Cláusula penal. El INCIENSA de acuerdo con el artículo 47 de la Ley General de Contratación Pública y 117 de su Reglamento, la Administración podrá ejecutar tales sanciones, siguiendo el procedimiento indicado. Además, sin perjuicio de las demás acciones administrativas, en caso de incumplimiento total por parte del Proveedor, resolver el contrato en su totalidad o en parte mediante notificación escrita al Proveedor, en total apego a lo establecido en dicho artículo o bien rescindir sus relaciones con fundamento en el artículo 113 y siguientes de la Ley General de Contratación Pública y concordantes del Reglamento, según corresponda.
Documentos del cartel2
- Decision Inicial 2026-144 Consultoría proteccion datosPDF · 1,1 MB
- Pliego Cartelario Consultoria proteccion datosPDF · 840 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Elí Umaña Cedeño
Encargado del concurso · Proveeduría
Elí Umaña Cedeño
Encargado del concurso · Proveeduría
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 02/10/2026 11:18. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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