2026LD-000070-0004900001 · SICOP 20260903048
ADQUISICIÓN DE EQUIPO Y LICENCIAMIENTO PARA EL SISTEMA DE INTEGRADO DE SEGURIDAD ELECTRÓNICA (SISE)
Banco Central de Costa Rica
Banco Central de Costa Rica está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡13,1 millones. Se recibieron 3 ofertas de 2 empresas en 2 lotes (partidas) el 01/10/2026.
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡13,1 millones
para todos los lotes
Ofertas recibidas
3
de 2 empresas en 2 lotes
Suma de las ofertas más bajas
₡11,0 millones
15,8 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó24/09/2026 10:02 · hace 18 días
- Límite para 25/09/2026 23:59 · hace 17 días
- Límite para 28/09/2026 23:59 · hace 14 días
- Cierre de ofertas01/10/2026 10:00 · hace 11 días
- de ofertas01/10/2026 10:00 · hace 11 días
- (plazo máximo)≈ 15/10/2026 · en 3 días
Contexto
- Banco Central de Costa Rica adjudicó ₡4 110,7 millones en 434 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra2 líneas · 2 lotes
- L1Impresora por Sublimacion de Tinta, Velocidad de Impresion: a Color Minimo 200 Tarjetas por Hora de Una Cara, al Menos 160 Tarjetas por Hora de Dos Caras, Conectividad Usb, Direccional, Ethernet, Resolucion de Impresion Minimo 300 X 300 Dpi Texto, Codigos de Barra y Graficos, Tamaño de Impresion No Aplica, Sublimacion de Tinta Directa en Tarjeta2 c/u · ₡2 920 400,002 c/u₡2 920 400,00
- L2Actualización de Licencia de Software para Cámaras de Seguridad1 · ₡10 145 773,401₡10 145 773,40
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1₡2,5 millones – ₡2,9 millones
- Lote 2₡8,6 millones – ₡10,1 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 94 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,94 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 20 días hábiles
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : Precio 94 % · Criterio Social 3 % · Criterio Económico 3 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡460,73 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Lote 1 · Impresora por Sublimacion de Tinta, Velocidad de Impresion: a Color Minimo 200 Tarjetas por Hora de Una Cara, al Menos 160 Tarjetas por Hora de Dos Caras, Conectividad Usb, Direccional, Ethernet, Resolucion de Impresion Minimo 300 X 300 Dpi Texto, Codigos de Barra y Graficos, Tamaño de Impresion No Aplica, Sublimacion de Tinta Directa en Tarjeta2 ofertas
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 94 | Criterio Socialmáx. 3 | Criterio Económicomáx. 3 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Agencias Basicas Mercantiles a B M de Costa Rica | 94 | 3 | 3 | 100 |
| Datasys Group | 58,91 | 3 | 0 | 61,91 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 2 · Actualización de Licencia de Software para Cámaras de Seguridad1 oferta
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 94 | Criterio Socialmáx. 3 | Criterio Económicomáx. 3 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Datasys Group | 94 | 3 | 0 | 97 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
2 REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
2.1 La participación en el presente procedimiento de contratación pública implica la aceptación plena e incondicional de todas las disposiciones contenidas en el pliego de condiciones y sus anexos. La oferta presentada deberá cumplir íntegramente con los requisitos legales, técnicos, administrativos y formales establecidos en el presente pliego, así como con la normativa vigente en materia de contratación pública.
2.2 Condición de distribuidor autorizado/partner del oferente: El oferente debe presentar en su oferta una carta oficial emitida directamente por el fabricante de los equipos ofertados, dirigida expresamente al Banco Central de Costa Rica, con no más de tres (3) meses de haber sido emitida, en donde se certifique que la empresa es distribuidor autorizado/partner en Costa Rica de las marcas que ofertará.
2.3 Experiencia de la empresa: Para el renglón 1, el oferente deberá haber suscrito, dentro de los últimos cuatro (4) años contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas, al menos dos (2) contratos con distintas entidades (públicas o privadas) cuya naturaleza haya sido la venta de impresoras de credenciales. Para acreditar el cumplimiento, deberá presentar una declaración jurada.
La información deberá presentarse mediante declaración jurada, utilizando estrictamente el formato que se encuentra en el ANEXO 4 al final de este pliego de condiciones.
El oferente debe considerar previamente lo indicado en el apartado tercero del formato de declaración jurada:
TERCERO. Acreditación mediante documentos emitidos por terceros. Que, para efectos de acreditar objetivamente cada una de las experiencias indicadas, se adjunta a esta declaración la respectiva constancia, certificación, carta de experiencia, certificación de cumplimiento, acta de recepción o documento equivalente emitido por el cliente, destinatario o tercero competente, mediante el cual se acredita la ejecución y recepción satisfactoria de los servicios correspondientes.
En consecuencia, la presente declaración jurada no constituye por sí misma el medio de acreditación de la experiencia positiva, sino que tiene como finalidad identificar, ordenar y relacionar las experiencias sometidas a valoración con la documentación emitida por terceros que se aporta para su respectiva comprobación por parte del Administrador del Contrato.
2.4 Equipo técnico: Para el renglón 1 el oferente deberá disponer, como parte de su oferta, de un equipo de trabajo mínimo para instalación, configuración, soporte y mantenimiento en sitio.
2.4.1 Un mínimo de dos (2) técnicos en áreas afines (electrónica, computación o sistemas de información), quienes deberán estar calificados para instalar y configurar los equipos ofertados y, adicionalmente, cumplir con lo siguiente:
2.4.1.1 Certificaciones del fabricante/marca: cada técnico deberá contar con certificaciones vigentes (de fabricante, distribuidor autorizado o entidad acreditada por el fabricante) relacionadas con la marca ofertada por la empresa y aplicables a instalación, configuración, y/o soporte del tipo de equipo ofertado). Se deberán adjuntar las certificaciones o constancias oficiales, indicando su vigencia.
2.4.1.2 Documentos de respaldo: adjuntar, para cada técnico, al menos: currículum vitae, atestados académicos (cómo mínimo diploma técnico emitido por una institución educativa reconocida (en especialidades como electrónica, computación, sistemas de información, telemática o carreras afines al objeto de la contratación) [AA3.1]certificaciones y/o constancias oficiales vigentes
2.4.1.3 El AC podrá solicitar aclaraciones o documentación adicional para validar lo aportado.
2.5 Compatibilidad: Para los renglones 1 y 2, el oferente deberá aportar, como parte de su oferta, evidencia documental suficiente, verificable y objetiva que permita confirmar la compatibilidad e interoperabilidad de los ítems ofertados con la infraestructura del SISE del BCCR descrita en el Anexo 3 (Infraestructura del SISE en el BCCR). La evidencia podrá consistir en cualquiera de los medios indicados en los numerales 2.5.1 a 2.5.3, o en cualquier otra prueba idónea equivalente que demuestre la compatibilidad, a satisfacción del BCCR.
2.5.1 Documento emitido por el fabricante, con una antigüedad no mayor a tres (3) meses, en el que se indique expresamente la compatibilidad de los equipos ofertados (marca y modelo) con la infraestructura del Sistema Integrado de Seguridad Electrónica (SISE) indicada en el Anexo 1. El documento deberá permitir su verificación e incluir, como mínimo: identificación del fabricante/emisor, fecha, identificación del/los ítems(s) ofertado(s), y la referencia a las plataformas, versiones o componentes del SISE relevantes para sustentar la compatibilidad.
2.5.2 Documentación técnica oficial del fabricante (vigente) que demuestre objetivamente la compatibilidad e interoperabilidad, tal como: matrices/listas de compatibilidad, fichas técnicas, certificaciones de interoperabilidad, guías oficiales de integración, notas técnicas o información equivalente. La documentación presentada deberá permitir identificar sin ambigüedad los ítems ofertados (marca/modelo/versión) y su correspondencia con los componentes/servicios del SISE descritos en el Anexo 3.
2.5.3 En ausencia de lo indicado en los numerales 2.5.1 o 2.5.2, deberá presentar una declaración jurada en la que se describa y justifique la compatibilidad de los ítems ofertados con la infraestructura indicada, obligatoriamente respaldada con documentación oficial del fabricante (por ejemplo: extractos de manuales, guías de integración, especificaciones o certificaciones). La declaración jurada deberá detallar, como mínimo:
2.5.3.1 Arquitectura/propuesta de integración;
2.5.3.2 Supuestos y dependencias (versiones, licencias, módulos);
2.5.3.3 Parámetros relevantes de interoperabilidad; y
2.5.3.4 Limitaciones conocidas.
2.5.4 El Administrador del Contrato (AC) podrá rechazar como insuficiente una declaración que no cuente con respaldo documental idóneo o que no permita la verificación objetiva.
2.5.5 El Administrador del Contrato (AC) se reserva el derecho de verificar y validar técnicamente la información aportada, así como de solicitar aclaraciones o documentación adicional cuando lo considere necesario.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
1.1 Renglón 1: Compra de dos (2) impresoras de credenciales, con las siguientes características mínimas:
1.1.1 Tipo de equipo: impresora de credenciales por impresión directa sobre tarjeta (direct-to-card) o tecnología equivalente para tarjetas de identificación de PVC o PVC compuesto, en formato CR-80 ISO 7810 ID-1 como mínimo.
1.1.2 Debe contar con capacidad de impresión: a color y monocromática, con soporte para texto, imágenes, logotipos y códigos de barras.
1.1.3 Debe tener una resolución de impresión de al mínimo 300 dpi.
1.1.4 Modo de impresión: doble cara integrado de fábrica o habilitado mediante módulo/funcionalidad oficial del fabricante.
1.1.5 Rendimiento mínimo de impresión: al menos 140 tarjetas por hora en color a doble cara o al menos 200 tarjetas por hora en color a una cara.
1.1.6 Conectividad mínima: USB 2.0 y Ethernet 10/100 o superior. Se aceptará conectividad inalámbrica Wi-Fi como característica integrada u opcional oficialmente soportada por el fabricante.
1.1.7 Capacidad de bandejas: alimentador de entrada automático de al menos 100 tarjetas y receptáculo de salida de al menos 25 tarjetas.
1.1.8 Debe incluirse doce (12) cintas de impresión originales u oficialmente aprobadas por el fabricante para el modelo ofertado, compatibles con la impresora propuesta y aptas para impresión de credenciales a color o monocromática, según corresponda al equipo ofertado y catorce (14) Kits de limpieza/mantenimiento originales ó oficialmente aprobado por el fabricante, compatible con la impresora ofertada e idóneo para ejecutar las rutinas de limpieza preventiva recomendadas por el fabricante.
1.1.9 El equipo debe incorporar mecanismos de protección de datos o funciones de seguridad del dispositivo y/o de la comunicación con el host, tales como cifrado de datos, autenticación del equipo, protección por contraseña u otras equivalentes soportadas por el fabricante.
1.1.10 Debe contar con indicadores de estado del equipo y soporte de software/controlador para configuración y operación desde estación de trabajo.
1.1.11 Debe contar con soporte para Microsoft Windows 10 / 11 / Server 2012 / Server 2016 Server 2019 / o la última versión vigente y controladores oficiales del fabricante.
1.1.12 Garantía: la impresora ofertada debe contar con garantía mínima de tres (3) años del fabricante o del canal autorizado, en concordancia con las condiciones generales del presente pliego.
1.1.13 El oferente debe indicar marca, modelo y número de parte exacto del equipo ofertado, así como la referencia de las cintas y del kit de limpieza/mantenimiento incluidos, y adjuntar la ficha técnica oficial del fabricante que permita verificar el cumplimiento de cada una de las características solicitadas.
1.1.14 Capacitación y documentación técnica: el oferente deberá brindar una capacitación técnica en modalidad virtual, mínima de cuatro (4) horas sobre el uso, configuración y ajustes, operación básica, limpieza preventiva y mantenimiento general de las impresoras ofertadas, dirigida a un mínimo de ocho (8) funcionarios del BCCR. Como parte de esta obligación, deberá suministrar los manuales técnicos o documentación oficial del fabricante, en formato digital e impreso, correspondientes a la instalación, configuración, operación y mantenimiento del equipo ofertado.
1.1.15 El equipo ofertado deberá cumplir, como mínimo, con las características técnicas funcionales, de, rendimiento, ciberseguridad, administración, conectividad e integración establecidas en este renglón, sin restricción de marca, fabricante o modelo. Se podrá considerar, únicamente como referencia comercial ilustrativa y no vinculante, un equipo de características similares a la impresora ZEBRA modelo ZC300 Card Printer, sin que ello constituya criterio obligatorio de evaluación.Título 2
1.2 Renglón 2: Compra de diecisiete (17) Licencias de renovación de Software de gestión de visitantes, con las siguientes características como mínimo:
1.2.1 La solución ofertada deberá garantizar compatibilidad e integración operativa con la plataforma SISE del BCCR, conforme al Anexo 1 y sin requerir sustitución de la arquitectura actualmente en operación.
1.2.2 El BCCR cuenta actualmente con dieciséis (16) licencias de software de gestión de visitantes en operación, por lo que se requiere su renovación, mantenimiento, software assurance, actualización o reposición funcional equivalente, garantizando la conservación de las capacidades actualmente utilizadas y la continuidad operativa de la plataforma institucional, ya sea mediante la renovación de la solución existente o la implementación de una solución funcionalmente equivalente o superior.
1.2.3 La solución deberá operar bajo una arquitectura cliente‑servidor o web centralizada, que permita la administración y consulta de registros desde múltiples estaciones.
1.2.4 Debe permitir la administración de usuarios con distintos roles y niveles de acceso, incluyendo perfiles administrativos y operativos.
1.2.5 Debe contar con bitácora de auditoría que registre al menos accesos, modificaciones, eliminaciones y eventos relevantes del sistema.
1.2.6 La solución deberá permitir integración con servicios de directorio institucionales (por ejemplo, Active Directory u otros equivalentes), para autenticación y administración de usuarios.
1.2.7 Debe permitir la gestión de listas de observación, con generación de alertas automáticas al detectar coincidencias durante el proceso de registro de visitantes.
1.2.8 Debe permitir la configuración de notificaciones automáticas al anfitrión u otros usuarios definidos, mediante mecanismos electrónicos configurables.
1.2.9 Debe permitir la generación de reportes configurables sobre registros de visitas, períodos de tiempo, usuarios y eventos relevantes.
1.2.10 La solución deberá implementar mecanismos de seguridad para la protección de la información, incluyendo control de accesos, cifrado de comunicaciones y manejo seguro de credenciales.
1.2.11 Debe permitir la actualización a versiones posteriores liberadas por el fabricante durante el período de vigencia de la licencia, sin pérdida de información.
1.2.12 Dado que se trata de la renovación o reposición de licencias existentes actualmente en operación en el BCCR, la solución ofertada deberá mantener, como mínimo, las funcionalidades actualmente disponibles en la plataforma institucional de gestión de visitantes, así como su integración con SISE, sin pérdida de información ni afectación a la continuidad operativa. Se podrá considerar, únicamente como referencia comercial ilustrativa y no vinculante, un software de características similares a EasyLobby, sin que ello constituya criterio obligatorio de evaluación.
1.2.13 Para efectos de continuidad operativa, se podrá considerar como referencia técnica no vinculante una modalidad de renovación, mantenimiento o software assurance equivalente a la actualmente utilizada por el BCCR (modelo AC-HID-EL-SSA-SVMS), siempre que el oferente garantice la conservación de funcionalidades, compatibilidad e integración requeridas.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
4 CONDICIONES GENERALES
4.1 LUGAR Y PLAZO DE ENTREGA: La fecha y el lugar de entrega se definirán previa coordinación con el AC y con al menos dos (2) días hábiles de anticipación de la entrega de los bienes. El lugar de entrega será uno de los edificios que use la Institución. Las sedes institucionales habilitadas actualmente son:
• Edificio Principal del Banco Central de Costa Rica (Centro de San José)
El AC indicará con anticipación el lugar de entrega específico para cada uno de los items. Esto aplica para el renglón 1 únicamente.
4.2 JUSTIFICACIÓN TÉCNICA DE REFERENCIAS Y COMPATIBILIDAD: Las referencias a modelos, marcas o soluciones específicas contenidas en el presente pliego tienen un carácter estrictamente referencial, siendo utilizadas únicamente como parámetro para definir niveles mínimos de desempeño, calidad, funcionalidad e interoperabilidad requeridos por la Administración. En ningún caso dichas referencias implican una restricción a la participación de oferentes, toda vez que se aceptarán propuestas que ofrezcan soluciones equivalentes o superiores, debidamente demostradas. Asimismo, los requerimientos de compatibilidad e integración con la infraestructura existente del Sistema Integrado de Seguridad Electrónica (SISE) del Banco Central de Costa Rica responden a la necesidad de garantizar la continuidad operativa, la seguridad de la información, la protección de la inversión tecnológica institucional y la adecuada interoperabilidad de los sistemas. Por lo anterior, cualquier solución ofrecida deberá acreditar de manera objetiva su capacidad de integrarse y operar correctamente dentro del entorno tecnológico actual.
4.3 CLÁUSULA DE ESTRUCTURACIÓN MODULAR DEL OBJETO: La Administración ha estructurado el presente procedimiento en renglones técnica y funcionalmente diferenciados, correspondientes a bienes y licencias que, aun cuando forman parte del ecosistema del Sistema Integrado de Seguridad Electrónica (SISE), pueden ser provistos por oferentes especializados distintos. Esta estructuración responde a criterios de modularidad, especialización técnica, promoción de la libre concurrencia, proporcionalidad y uso eficiente de los recursos públicos.
4.4 COMPATIBILIDAD E INTEROPERABILIDAD: La estructuración modular del objeto no releva a los oferentes de demostrar, para los renglones en que participen, la compatibilidad e interoperabilidad de los bienes, licencias o servicios ofertados con la infraestructura y plataformas del SISE del BCCR, conforme a lo dispuesto en este pliego y sus anexos.
4.5 NÚMEROS DE ACTIVO: Para los bienes correspondientes al renglón 1 (bienes), el contratista deberá entregar los equipos debidamente etiquetados con los números de activo suministrados previamente por el Administrador del Contrato (AC). Dicho etiquetado deberá encontrarse colocado al momento de la entrega, constituyendo un requisito obligatorio para que los equipos sean recibidos a entera satisfacción por parte de la Administración.
Al momento de la entrega el contratista debe presentar un listado impreso y digital con la siguiente información:
Renglón Nombre del Item Marca Modelo Serie Numero de Activo
4.6 INSTALACIÓN DEL LICENCIAMIENTO (RENGLÓN 2): La instalación del licenciamiento deberá ser llevada a cabo por el personal del BCCR, siguiendo las políticas, controles y lineamientos vigentes para tales fines por el Banco Central. El contratista debe prestar acompañamiento en el proceso en caso de que así se requiera
4.7 INSTALACIÓN DEL HARDWARE (RENGLÓN 1): La instalación del hardware será realizada por el contratista. Dicha instalación deberá ser coordinada por el Área de Administración de Seguridad, o por el personal técnico del SISE del BCCR, siguiendo las políticas, controles y lineamientos vigentes para tales fines dictadas por el Banco Central.
4.8 HORARIOS LABORABLES: Las labores de mantenimiento o configuración, de ser esto necesario, deberán coordinarse previamente con el AC. La ejecución de estas actividades se distribuirá, según corresponda, entre horario hábil y horario no hábil, considerando la naturaleza de cada tarea y su eventual impacto en el ambiente de producción. Horario hábil: las actividades podrán realizarse de lunes a viernes, de 9:00 a 17:00. Ventanas de trabajo en horario no hábil: sábados, de 9:00 a 17:00; o de lunes a viernes, de 17:30 a 21:00, únicamente en casos específicos y previa coordinación con el AC. El horario no hábil se utilizará para actividades que puedan implicar riesgo de indisponibilidad, reinicio, degradación del servicio, conmutación o afectación de plataformas en operación
4.9 PLAZO DE ENTREGA: El plazo de entrega de los bienes se define conforme a la tabla que se presenta a continuación. Los plazos establecidos se contabilizarán a partir de la notificación formal del contrato en el sistema SICOP. En consecuencia, cada renglón será solicitado en plaza y deberá ser entregado dentro del plazo específico indicado para cada uno
Renglones Plazo de entrega
Renglón 1 15 días hábiles
Renglón 2 15 días hábiles
4.10 PRIVACIDAD Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN:
Privacidad: El Contratista y su personal, deberán comprometerse a manipular y procesar la información de la Institución dentro de un ámbito de discreción, privacidad, integridad y confidencialidad, de acuerdo con las políticas de control y seguridad institucionales. En ninguna circunstancia el Contratista podrá utilizar información de la Institución para propósitos no contemplados en los procedimientos normales de desarrollo del servicio solicitado. La utilización indebida o negligente de los recursos institucionales, por prácticas imputables al Contratista, serán consideradas factores de incumplimiento a la contratación y objeto de las sanciones administrativas, civiles y penales correspondientes.
Información confidencial: El término información confidencial se refiere a la información clasificada por el Banco como confidencial, obtenida directa o indirectamente de la Institución. El Contratista debe suscribir un acuerdo de confidencialidad de la información en donde se comprometa a velar que su personal no divulgue a terceros datos o información confidencial. El Banco Central de Costa Rica establece los niveles de confidencialidad para especificar el nivel requerido en el análisis de los activos de información, según la siguiente escala:
• Público: El activo es de dominio público. No hay ningún impacto si hay acceso ilimitado. La seguridad a este nivel es mínima.
• Uso interno: El acceso al activo no aprobado de manera generalizada fuera de la organización, de suceder, la situación incomodaría a la organización o a la Gerencia, pero es poco probable que dé lugar a pérdidas financieras o a un daño serio a la credibilidad o imagen de la organización. La seguridad a este nivel debe ser controlada pero normal.
• Propietario: El acceso al activo es normalmente para el uso del personal autorizado solamente. La seguridad a este nivel es alta.
• Confidencial: Activos que se consideran críticos para las operaciones de la organización y podría impedirlas si se comparten o se publican. Estos activos no deben ser duplicados (en caso de ser posible) y jamás deben salir del control de la organización sin una autorización previa. La seguridad para estos activos debe ser muy alta.
• Máxima seguridad: Activos de uso interno de acceso altamente restringido. Los activos clasificados como de “Máxima Seguridad” siempre se deben proteger. La seguridad a este nivel es la más alta posible. La información relacionada con tarjetas de crédito debe ser catalogada en este nivel.
Uso de información confidencial: La Institución no autoriza en ninguna circunstancia o tiempo, el uso, la transmisión, reproducción o modificación por parte del Contratista, sus proveedores, subcontratistas, empleados y cualquier otro personal de éstos, de la información catalogada como confidencial al amparo del presente concurso. Asimismo, el Contratista no podrá divulgar ni transferir a terceros, bajo ningún motivo, la información confidencial de la Institución. Las excepciones a lo anterior serán:
• Si la Ley así lo obliga, en cuyo caso el Contratista hará todo lo posible por notificar a la Institución de tal obligación, de forma tal que éste último pueda interponer las objeciones que considere oportunas.
• Que así lo requiera el trabajo contratado, en cuyo caso el Contratista requerirá la autorización explícita y por escrito, mediante un oficio debidamente firmado por el AC.
Aseguramiento de la información confidencial a la que tenga acceso: El Contratista está obligado a procurar mecanismos que protejan la confidencialidad e integridad de la información catalogada como confidencial, según los términos del presente pliego de condiciones, en todo momento, ya sea, durante la ejecución contractual, el período de garantía o posterior a la finalización del contrato. El Contratista será responsable frente a la Institución de las medidas que establezcan sus proveedores, subcontratistas, empleados y cualquier otro personal de ellos en relación con el cumplimiento de esta obligación. Adicionalmente, el Contratista está obligado a devolver al AC toda la información suministrada por la Institución y producida en ocasión a la ejecución contractual en un plazo de cinco días hábiles a partir de la finalización de la garantía de servicio y destruir completamente la información confidencial que haya obtenido de la Institución en el plazo de ocho días en caso de que por error no haya devuelto toda la información. De no cumplirse con esta disposición, se considerará un incumplimiento grave del contrato para efectos de eventuales sanciones y ejecución de la garantía de cumplimiento.
Los mecanismos que el contratista utilice para asegurar la confidencialidad de la información deben ser enviados al AC con el fin de dar seguimiento a lo establecido.
Cooperación en caso de divulgación: El Contratista tendrá la obligación de notificar inmediatamente a la Institución en caso de descubrir que la información confidencial está siendo mal usada o ha habido divulgación no autorizada de la misma, y cooperará en forma razonable para ayudar a la Institución en la recuperación de su información confidencial, sin perjuicio de las sanciones que pudieran generarse de un incumplimiento contractual.
Divulgación autorizada de información confidencial: El Contratista solamente podrá revelar información confidencial cuando medie una autorización explícita y por escrito de la Gerencia del BANCO o de la persona que éste oficialmente designe para tales efectos, mediante un oficio debidamente firmado.
4.11 El AC se reserva el derecho de realizar una adjudicación parcial, cuando así se requiera y medie la debida justificación, para los renglones 1 y 2.
4.12 No se acepta la cotización parcial de cantidades del objeto contractual solicitado.
4.13 El Administrador del Contrato (AC) se reserva el derecho de verificar la veracidad de la información suministrada, así como de solicitar documentación adicional que considere necesaria para validar los requisitos de admisibilidad.
4.14 GARANTÍA: El Contratista debe contar con un proceso que opere las 24 horas del día los 365 días del año para la recepción de reportes por fallas de equipos. Este proceso debe contar con los siguientes mecanismos para colocar casos de soporte: un número de teléfono y un correo electrónico o un sitio. Cada incidente deberá generar un número de caso, el cual deberá ser comunicado al Administrador del Contrato. Esto debe aplicar para todas las líneas.
4.14.1 Garantía de los equipos ofertados en el renglón 1:
4.14.1.1 Vigencia de la garantía: La garantía de los equipos ofertados no deberá ser menor a tres (3) años, contados a partir de la recepción definitiva a entera satisfacción por parte del Administrador del Contrato (AC) en el sistema SICOP.
4.14.1.2 Alcance de la garantía: La garantía deberá cubrir, sin costo adicional para la Administración:
• Mano de obra.
• Repuestos y componentes.
• Transporte.
• Sustitución de partes o equipos.
• Cualquier intervención necesaria para restablecer el correcto funcionamiento del equipo.
4.14.1.3 Respaldo de fabricante: Los servicios de garantía deberán contar con respaldo oficial del fabricante y podrán ser brindados:
• Directamente por el fabricante, o
• Por el contratista,
• El contratista deberá presentar:
Certificación formal del fabricante, o
Enlace verificable del fabricante, donde conste el respaldo de la garantía ofertada.
4.14.1.4 Condición de los equipos y repuestos: Los equipos y sus componentes deberán ser:
• 100% nuevos y originales,
• De última tecnología,
• No reacondicionados, reconstruidos ni usados.
• Los repuestos deberán ser:
Originales del fabricante o equivalentes certificados,
Nuevos,
De igual o superior desempeño al componente sustituido.
4.14.1.5 Clasificación de incidentes por garantía. Los incidentes deberán clasificarse, como mínimo, en:
• Críticos: afectan totalmente la operación del equipo o del servicio.
• Altos: afectan parcialmente la operación.
• Medios: impacto menor o degradación del servicio.
• Bajos: consultas o requerimientos no críticos.
4.14.1.6 Tiempos de atención y solución (SLA): Los tiempos máximos de atención deberán ser los siguientes:
4.14.1.6.1 Tiempo de respuesta inicial
• Crítico: inmediato, máximo 4 horas.
• Alto: máximo 8 horas.
• Medio: máximo 1 día hábil.
• Bajo: máximo 2 días hábiles.
4.14.1.6.2 Tiempo de solución o restablecimiento
• Crítico: máximo 8 horas naturales.
• Alto: máximo 1 día hábil.
• Medio: máximo 2 días hábiles.
• Bajo: según programación acordada.
4.14.1.7 Reemplazo de partes: Cuando se requiera sustituir partes internas:
• La atención deberá iniciar conforme al SLA definido.
• La reposición deberá realizarse dentro de los tiempos establecidos.
• En caso de disponibilidad local, el tiempo máximo de sustitución no deberá superar 8 horas naturales para incidentes críticos.
4.14.1.8 Reemplazo de equipo completo: Cuando el equipo presente fallas que impidan su operación normal:
• El reemplazo total del equipo no deberá exceder dos (2) días hábiles.
• El reemplazo podrá ser temporal, siempre que garantice continuidad operativa.
• El equipo definitivo deberá ser de iguales o superiores características.
4.14.1.9 Fallas recurrentes: Si un equipo presenta: Tres (3) o más fallas atribuibles al mismo componente, o cinco (5) o más fallas generales durante un período de seis (6) meses, el contratista deberá proceder con el reemplazo definitivo del equipo, sin costo adicional.
4.14.1.10 Equipos con falla temprana: En caso de que un equipo presente fallas dentro de los primeros treinta (30) días naturales posteriores a su recepción deberá ser reemplazado inmediatamente por uno nuevo, sin procesos de reparación.
4.14.1.11 Continuidad operativa: El contratista deberá asegurar que:
• Las intervenciones no afecten innecesariamente la operación institucional,
• Se minimicen los tiempos de indisponibilidad,
• Se garantice la continuidad del servicio en todo momento.
4.14.1.12 Costos asociados: Todos los costos derivados de:
• Reparaciones,
• Repuestos,
• Mano de obra,
• Transporte,
• Sustituciones,
deberán ser asumidos en su totalidad por el contratista, sin generar costos adicionales para el BCCR.
4.14.1.13 Responsabilidad del contratista: El contratista será responsable por:
• El cumplimiento integral de la garantía,
• El cumplimiento de los niveles de servicio establecidos.
4.14.1.14 Acceso a soporte del fabricante: El contratista deberá garantizar:
• Acceso del BCCR a los canales oficiales del fabricante (portales, soporte técnico, etc.),
• Posibilidad de apertura de casos directamente ante el fabricante, cuando aplique.
4.14.2 Garantía de las licencias adquiridas en el renglón 2: La solución ofertada para el renglón 2 deberá contar, como mínimo, con garantía de vigencia, soporte y continuidad operativa durante todo el período contratado, la cual deberá incluir, al menos, las siguientes condiciones:
4.14.2.1 El contratista garantizará que las licencias ofertadas permanecerán activas, válidas, operativas y plenamente utilizables durante todo el plazo de vigencia contractual, sin suspensión, bloqueo o degradación atribuible a problemas de activación, suscripción, soporte o renovación.
4.14.2.2 La renovación, mantenimiento, software assurance o solución funcional equivalente deberá garantizar la continuidad operativa de la plataforma de gestión de visitantes del BCCR, sin afectación sustancial del servicio ni interrupciones imputables al contratista.
4.14.2.3 Durante la vigencia contratada, el servicio deberá incluir, cuando corresponda según el modelo de licenciamiento ofertado, el acceso a actualizaciones, parches, correcciones, revisiones menores, hotfixes, service packs y nuevas versiones liberadas oficialmente por el fabricante, sin costo adicional para la Administración.
4.14.2.4 El contratista deberá corregir, sin costo adicional, cualquier incidente, error, falla o incompatibilidad atribuible al licenciamiento suministrado, a su activación, a la renovación efectuada, o a la solución funcional equivalente implementada.
4.14.2.5 El contratista deberá garantizar que la solución mantendrá la compatibilidad e interoperabilidad con la infraestructura institucional y con la plataforma SISE del BCCR, conforme a lo establecido en el presente pliego y sus anexos.
4.14.2.6 La renovación o reposición funcional equivalente no podrá ocasionar pérdida de información, corrupción de datos, pérdida de configuraciones, pérdida de históricos ni afectación a los registros existentes en la plataforma institucional.
4.14.2.7 El contratista deberá contar con un mecanismo formal de recepción y seguimiento de incidentes, mediante al menos correo electrónico y teléfono o portal de soporte, asignando número de caso para cada reporte presentado por el BCCR.
4.14.2.8 Los incidentes reportados por el BCCR deberán atenderse dentro de los plazos comprometidos por el contratista en su oferta, los cuales deberán ser razonables y acordes con la criticidad del servicio. Para incidentes críticos que afecten la operación del sistema, el contratista deberá iniciar la atención en forma prioritaria.
4.14.2.9 El oferente deberá acreditar documentalmente que el soporte ofrecido cuenta con respaldo oficial del fabricante o de un canal/distribuidor autorizado, aplicable al territorio de Costa Rica.
4.15 En caso de que la solución ofertada consista en una alternativa funcional equivalente a la actualmente utilizada, el contratista deberá garantizar la conservación de funcionalidades, integración, parametrización esencial y continuidad del servicio, sin costos ocultos ni requerimientos no advertidos para la Administración.
5 CONSIDERACIONES IMPORTANTES
5.1 De conformidad con el artículo 78 de la LGCP, el artículo 214 del RLGCP, y el artículo 3 del RRRP, aquellas contrataciones cuyos servicios se encuentren regulados por aranceles obligatorios, no deben presentar la Estructura del Precio, ni el Presupuesto Detallado.
5.2 De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 42 de la LGCP y 102 del RLGCP, el oferente está obligado a presentar la estructura del precio en términos absolutos y porcentuales, requisito aplicable para contratos de servicios y obra pública. En consecuencia, la presentación de la Estructura del Precio no es exigible para la adquisición de bienes destinados a una única entrega.
5.3 Nota: no aplica presentar la estructura del precio para los renglones 1 y 2 descritos en este pliego de condiciones.
5.4 De acuerdo con el artículo 44 del RRRP, excepcionalmente, en contrataciones de bienes y servicios con una única entrega, no será requerido presentar el cronograma y en sustitución se utilizarán para el cálculo de la revisión de precios los valores de los índices del mes calendario de la presentación de la oferta y del mes calendario de la fecha pactada en la contratación.
5.5 De conformidad con los artículos 42 de la LGCP y 102 del RLGCP, en los contratos de servicios y obra pública resulta obligatoria la inclusión del desglose de la estructura del precio, contemplando como mínimo los costos directos, costos indirectos, utilidad e imprevistos. El rubro de imprevistos tiene como finalidad cubrir eventualidades inherentes a la ejecución contractual derivadas del riesgo y ventura asumidos por el contratista, evitando que situaciones extraordinarias afecten la correcta ejecución del contrato.
6 REVISIÓN DE PRECIOS EN BIENES Y SERVICIOS
6.1 EXCLUSIONES DE LA APLICACIÓN DEL RRRP.
6.1.1 En caso de que el oferente decida voluntariamente presentar su oferta en una moneda distinta a la moneda de origen de los costos (*), ello imposibilita la aplicación del reajuste o la revisión de precios regulado en este reglamento, debido a la ausencia de información concordante entre la moneda de origen de los costos y de la moneda ofertada. No obstante, se podrá interponer el reclamo administrativo cuando el contratista demuestre variaciones sobrevinientes en los costos directos e indirectos, siempre y cuando no sean atribuibles a la variación del tipo de cambio de la moneda ofertada con relación al colón como unidad monetaria de Costa Rica.
(*) origen de los costos debe entenderse como el país donde se generan económicamente los gastos asociados a cada componente de la estructura de precios del objeto ofertado).
6.2 INFORMACIÓN REQUERIDA PARA LA APLICACIÓN DE LA REVISIÓN DE PRECIOS EN LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL:
6.2.1 A efectos de la aplicación del mecanismo de revisión de precios, regulado en el RRRP, el Administrador del contrato deberá verificar y documentar que, al momento de emitirse la orden de inicio de la ejecución contractual, posee al menos, la siguiente información:
a) La "no objeción" de la pertinencia de los índices de precios.
b) La "no objeción" del cronograma con las fechas acordadas entre las partes.
c) Concordancia entre el presupuesto detallado y la estructura de precio.
d) Determinación del monto del pago anticipado para su otorgamiento, si procede.
e) La "no objeción" de pertinencia de la documentación probatoria para aplicar el método analítico-documental, si procede.
f) Las fórmulas matemáticas de la revisión de precios regulados en el RRRP, acordes con la o las estructuras de precios de las líneas o los renglones de pago.
7 DECLARACIONES JURADAS DEL OFERENTE
7.1 En cumplimiento de lo dispuesto por la LGCP en sus artículos 18, 24, 28 y 29, así como por el Reglamento a dicha ley en sus artículos 31 y 32, y actuando en calidad de oferente o subcontratista para este procedimiento de contratación pública, el oferente, según corresponda, debe considerar lo indicado en el Anexo 1 o Anexo 2, adjunto a este pliego de condiciones.
8 SOBRE PATENTE COMERCIAL O INSTRUMENTAL
8.1 En atención al análisis efectuado respecto al objeto contractual del presente procedimiento, se estima que la patente municipal constituye un requisito sustantivo, en tanto se encuentra íntimamente vinculada con el objeto contractual y con la idoneidad del oferente para ejecutarlo desde el inicio.
8.2 En efecto, el objeto contractual requiere contar con la debida autorización municipal para operar legalmente desde el primer día de ejecución. La ausencia de dicha autorización no solo afectaría la legalidad del contrato, sino que podría dar lugar a sanciones administrativas, suspensión de actividades, o imposibilidad fáctica de cumplir con la obligación contractual.
8.3 Por consiguiente, se justifica que la patente municipal sea exigida como requisito sustantivo, de manera que el oferente deba acreditarla desde la presentación de la oferta, en aras de garantizar que cuenta con la habilitación legal necesaria para ejecutar el contrato y prevenir riesgos de incumplimiento o clausura.
9 RANGOS DE TOLERANCIA
9.1 En seguimiento a lo dispuesto en el artículo 44 RLGCP, durante la etapa de análisis de ofertas y como parte de la razonabilidad del precio, conforme a lo indagado en el banco de precios, estudio de mercado, y fuentes confiables, la administración se reserva el derecho de aplicar bandas de tolerancia:
Renglón Porcentaje Mínimo Porcentaje Máximo
Renglon 1 35% 5%
Renglón 2 35% 1%
9.2 El oferente que aun conociendo el precio de referencia y las bandas de tolerancia fijadas cotiza un precio por encima o debajo de ellas, deberá presentar en su oferta una justificación para análisis del Administrador del Contrato, en la que se detallen esas razones.
9.3 En caso de que un oferente cotice fuera de dichas bandas, el Administrador del contrato procederá de conformidad a lo estipulado en el artículo 106 del RLGCP.
10 FORMA DE PAGO POR RESULTADOS
10.1 De conformidad a lo indicado en el artículo 18 del RLGCP el Administración utilizará para cancelar sus obligaciones, el pago por resultados, una vez que haya recibido a satisfacción los servicios, así como la satisfacción de indicadores previamente pactados y sea presentada la factura conforme a derecho.
11 CONDICIONES PARTICULARES PARA OFERENTES EXTRANJEROS
11.1 La oferta económica debe incluir todos los costos en que incurra la empresa. No se reconocerá ningún monto adicional no incluido en la oferta inicial. Debe incluir el costo de las remesas.
11.2 REMESAS APLICABLES A OFERENTES NO DOMICILIADOS EN COSTA RICA: En el caso de que un oferente no domiciliado en Costa Rica resulte adjudicado, el BCCR procederá a realizarle las retenciones aplicables por concepto de remesas al exterior, estipuladas en los artículos del 52 al 58 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ley 7092) y su Reglamento. Asimismo, y para evitar una doble imposición, tales retenciones se harán conforme con lo establecido en los convenios internacionales aprobados por el Gobierno de Costa Rica, así como dentro de lo dispuesto por la demás normativa tributaria vigente al momento de realizar el (los) pago (s).
11.3 DOCUMENTOS APOSTILLADOS: De conformidad con la resolución de la Contraloría General de la República número R-DCA-SICOP-00559-2023 y el criterio emitido al BCCR por parte de la Dirección de Contratación Pública del Ministerio de Hacienda número MH-DCoP-OF-0393-2024, esta Administración destaca y motiva que para el presente procedimiento de contratación se ha considerado que, en apego a los principios de celeridad, eficiencia, eficacia y simplicidad, se estarán solicitando únicamente apostillados y hasta en etapa de ejecución contractual (en caso de requerirse documentos de carácter público), los documentos que establece el artículo 1 de la Ley N°8923 “Convención para la Eliminación del Requisito de Legalización para los Documentos Públicos Extranjeros (Convención de la APOSTILLA)”, que serían:
• Documentos provenientes de una autoridad o un oficial conectado con las cortes o tribunales del Estado, incluyendo aquellos provenientes de un fiscal, un escribano de la corte o un notificador ("huissier de justice");
• Documentos administrativos;
• Actas notariales;
• Certificados oficiales puestos en documentos firmados por personas en su calidad privada, tales como certificados oficiales que consignan el registro de un documento o el hecho de que era existente en determinada fecha y autenticaciones oficiales y notariales de firmas.
Lo anterior producto de que esta Administración ha determinado otras vías o documentos para confirmar los requisitos de cumplimiento descritos en el pliego, y es la forma en que se ha determinado como idónea de acreditarla, basado en lo que indica el artículo 94 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
Por lo tanto, propiamente para este procedimiento de contratación no se requiere ningún documento con el requisito de apostilla.
12 PROCEDIMIENTO DE FORMALIZACIÓN CONTRACTUAL
12.1 En caso de licitación mayor o licitación menor, el contrato será suscrito por el funcionario legalmente facultado para tales efectos en la Administración y por el representante legal del contratista en SICOP.
13 DEFINICIÓN DE LOS PARÁMETROS PARA CONSTATAR LA CALIDAD DEL BIEN O SERVICIO QUE SE LLEGUE A CONTRATAR
13.1 De acuerdo con la selección de criterios, los criterios a evaluar en la fase prelicitatoria son los siguientes:
De acuerdo con la selección de criterios, los criterios a evaluar en la fase pos licitatoria son los siguientes:- -Bienes-Cumplimiento en plazos de entrega-Recibo de la garantía de buen funcionamiento-Comprobación del buen funcionamiento del objeto contractual-El hardware debe cumplir con todas las especificaciones funcionales definidas en los requisitos del proyecto-Capacidad de realizar las tareas para las que fue diseñado-El hardware debe cumplir con los estándares de seguridad para proteger contra accesos no autorizados y garantizar la integridad de los datos - Cumplen con todas las normativas y regulaciones aplicables.
14 PRINCIPIO DE CALIFICACIÓN ÚNICA
14.1 De conformidad a lo descrito en el artículo 134 del RLGCP en la etapa de revisión de ofertas solo se permite un subsane/aclaración por oferta, por lo tanto, se les solicita a los oferentes presentar su oferta en el mismo orden en que está descrito el pliego de condiciones y adjuntar la prueba documentaria en los casos que así se haya solicitado.
15 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
15.1 El contratista estará obligado a ejecutar el objeto contractual en estricto apego a las condiciones establecidas en el contrato, el presente pliego de condiciones, sus anexos, la oferta adjudicada y la normativa vigente aplicable en materia de contratación pública.
16 ADMINISTRADOR DEL CONTRATO
16.1 Con el objeto de supervisar esta contratación, gestionar y facilitar la coordinación técnica y administrativa, formalizar mediante minutas o actas los alcances interpretativos que se produzcan durante la ejecución contractual, regular lo relativo a su correcta ejecución, mantenerse dentro del límite y recursos disponibles para esta contratación y verificar el cumplimiento de las obligaciones indicadas en el pliego de condiciones, se designa como Administrador del contrato a:
Nombre completo Cynthia Chavarria Montoya
Número de teléfono institucional 2243-3591
Correo electrónico chavarriamc@bccr.fi.cr
17 FINIQUITO DEL CONTRATO
17.1 Dentro del plazo de seis meses, contados a partir de la recepción definitiva del objeto contractual, conforme a lo previsto por el artículo 291 del RLGCP, el Administrador del Contrato o el Administrador de Pedido, en coordinación con el contratista y la Asesoría Jurídica del BCCR, realizarán las gestiones pertinentes para formalizar dicho acto.
Documentos del cartel2
- INF. MATRIZ CPEMSG · 481 KB
- PLIEGO DE CONDICIONESDOCX · 1,9 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Cynthia Chavarria Montoya
DST
Alejandra Aguero Aguilar
Encargado del concurso · PROVEEDURIA
Cynthia Chavarria Montoya
DST
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 02/10/2026 08:56. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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