2026XE-000166-0001000001 · SICOP 20260903115
Contratación de Servicios de Intermediación Operador de Seguros Autoexpedibles
Instituto Nacional de Seguros
Instituto Nacional de Seguros ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡1 y quedó en firme el 29/09/2026. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡1
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
₡1
13 % por encima del presupuesto
Quién ganóen firme 29/09/2026
- 3-101-957933₡1,13
Informe de recomendación de Catherine Alvarez Delgado, 29/09/2026 · adjuntos: Certificaciones.zip (1.23 MB), INFORME FINAL-PE26166E Operador.pdf
Fechas clave
- Se publicó24/09/2026 15:03 · hace 17 días
- Cierre de ofertas28/09/2026 10:00 · hace 13 días
- de ofertas28/09/2026 10:01 · hace 13 días
- publicado29/09/2026 17:23 · hace 12 días
- Adjudicación 29/09/2026 17:27 · hace 12 días
Contexto
- Instituto Nacional de Seguros adjudicó ₡9 714,3 millones en 609 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Comercializacion de Seguros1 · ₡1,001₡1,00
Lo que exige el cartel
- : 1000000 durante 14 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 4 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : permitido
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : Cumple con los requisitos 100 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡565 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Cumple con los requisitosmáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| 3-101-957933Ganó | 100 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
se emite acto final
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
CONDICIONES FORMALES PARA LA PERSONA OFERENTE:
A. Forma de pago: La forma de pago a implementar será de la siguiente manera:
1.
El Instituto pagará el servicio de forma quincenal, siendo obligación la persona adjudicataria, presentar en un plazo no mayor a cinco días hábiles posteriores al pago, la factura electrónica respectiva, la omisión de la presentación, o el atraso reiterado de las facturas faculta al INS para establecer las sanciones que considere pertinentes.
2.
Por el flujo de trabajo y programación de los sistemas comerciales, el Instituto hará un corte o cierre de quincenas los días 15 y el último día hábil del mes, y reconocerá al contratista las transacciones en las que se hayan realizado y acreditado el pago de la prima del seguro.
3.
En caso de no presentación de la factura antes del siguiente pago de comisiones, el INS retendrá el monto correspondiente.
4.
Con cada pago de factura, el Instituto remitirá vía correo electrónico a la persona adjudicataria, un detalle del pago realizado, que contendrá la especificación de las pólizas consideradas en el pago, y si aplica, los datos de las pólizas a los que se les aplicó un reintegro de comisión.
5.
En caso de generarse un saldo negativo, el mismo se compensará con el o los siguientes pagos de comisión hasta reembolsar las comisiones pagadas de más.
6.
De conformidad con lo expuesto en la reforma al artículo N°74 de la Ley N.º 17, Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), publicada en el Diario Oficial La Gaceta N°131 del 12 de julio 2019, de acreditarse la condición de morosidad en el pago de las cuotas obrero patronales por parte la persona adjudicataria durante la etapa de ejecución contractual, los pagos que se encuentren pendientes, serán acreditados directamente a la Caja Costarricense de Seguro Social, siendo que de existir algún remanente a favor la persona adjudicataria posterior al traslado dicho, se procederá con el giro del remanente a la cuenta la persona adjudicataria.
En virtud de lo anterior, deberá la persona adjudicataria mantener al día sus obligaciones con la CCSS al día, a fin de evitar no solo el traslado de los pagos; sino además la eventual resolución contractual.
El INS se reserva el derecho de verificar toda la información aportada por la persona oferente.
7.
En cada pago se le retendrá el 2% por concepto de impuesto sobre la renta, sobre cualquier monto a cancelar por parte del INS que califique dentro de lo que dispone la Ley del Impuesto sobre la Renta y su Reglamento.
8.
Conforme corresponda, la persona adjudicataria deberá cumplir de forma estricta, sus responsabilidades que en calidad de Patrono le corresponde, tales como: las obligaciones laborales y de seguridad social, incluyendo el pago de salario mínimo. Cualquier incumplimiento en la observación de esta cláusula, faculta al INS para resolver el contrato, sin perjuicio de la aplicación de la garantía de cumplimiento, multas, sanciones, así como de acceder a las instancias administrativas y judiciales para el resarcimiento pleno de los daños y perjuicios ocasionados.
9.
La contratación se regirá por las leyes de la República de Costa Rica. Las partes acuerdan expresamente someterse a las leyes de la República de Costa Rica para la interpretación de la presente contratación, su ejecución y el conocimiento de cualquier acción legal contra la otra parte.
10.
Todas las controversias que deriven de la presente contratación o que guarden relación con éste, las partes se comprometen a someterlas a la vía judicial ordinaria en los Tribunales de la Corte Suprema de Justicia.
B. Para consultas de orden formal pueden efectuarse al teléfono (506) 2287-6000 extensión 32788 con el analista Catherine Álvarez Delgado (calvarezd@grupoins.com) , y de orden técnico con Cinthia Cambronero Delgado o Ana Jessica Romero Sancho en el teléfono (506) 2287-6000 en las extensiones 32562 y 32480, respectivamente.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
REQUISITOS FORMALES PARA LA PERSONA OFERENTE:
A. La persona Oferente deberá aportar junto a su oferta, declaración jurada en la que señale según el Anexo N°7:
1.Que conoce los alcances del Lineamiento “Prácticas Sostenibles para el Proveedor Responsable Grupo INS”.
2.Que, de resultar adjudicatario, acepta sin restricción alguna las obligaciones que se señalan en dicho lineamiento, comprometiéndose a implementar las mejores prácticas de sostenibilidad en su empresa o negocio, en procura de minimizar los impactos negativos de sus operaciones tanto a nivel social, ambiental y económico.
3.Que entiende y acepta la facultad que tendrá la Administración, para fiscalizar el cumplimiento de sus obligaciones derivadas en el lineamiento en mención.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
REQUISITOS TÉCNICOS PARA LA PERSONA OFERENTE
A.Documento donde se establezcan los datos detallados a continuación según el Anexos N°1 y 2:
1.Nombre de la persona jurídica oferente, número de registro SUGESE e identificación del servicio a brindar (Operador de Seguros Autoexpedibles).
2.Nombre y calidades del representante legal que firmará el contrato de la persona jurídica oferente y copia de la cédula de identidad por ambos lados.
3.Dirección exacta (provincia, cantón, distrito y otras señas) del lugar donde ubicará la oficina en la que se dará el servicio (en caso de ser adjudicatario y de existir modificaciones posteriores, la persona adjudicataria deberá comunicar al INS el cambio respectivo).
4.Números de teléfono y correo electrónico que se usarán para notificaciones o comunicados (en caso de ser adjudicatario y de existir modificaciones posteriores, la persona adjudicataria deberá comunicar al INS el cambio respectivo).
B.Declaración jurada firmada por el representante legal con los siguientes aspectos según se indica en el Anexo N°3 (no se requierem autenticación notarial):
1.Que está inscrito como patrono ante la Caja Costarricense de Seguro Social y que se encuentra al día en sus obligaciones.
2.Que se encuentra al día en el pago de las cuotas ante el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF).
3.Que no le alcanza lo previsto en la Ley General de Contratación Pública en su artículo N°28, referente a la prohibición de contratar con la Administración Pública.
4.Que se encuentra habilitado para el ejercicio del comercio y que no ha sido declarado en estado de insolvencia o quiebra.
5.Que está activo como contribuyente y que se encuentra al día con las obligaciones tributarias que correspondan.
6.Que la información contenida en las declaraciones juradas rendidas para inscribirse como proveedor en SICOP, se encuentran incorporadas y actualizadas de conformidad con el artículo N°29 de la Ley General de Contratación Pública y los artículos N°32 y 33 de su Reglamento. La constatación de esta declaración se realizará al presentar su oferta.
7.Que no les alcanza ninguna de las incompatibilidades o prohibiciones previstas en el Reglamento sobre Comercialización de Seguros emitido por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF) en sus artículos N°17 y 18.
8.Que posee capacidad financiera, especificaciones técnicas y experiencia, para satisfacer el objeto a contratar.
C.Presentar escrito firmado por el representante legal comprometiéndose a que, en caso de ser adjudicado, cumplirá con los siguientes aspectos, mismos que pueden ser verificados por el INS previo al inicio de operaciones según se indica en el Anexo N°4:
1.Que contará con oficina abierta al público, según lo señalado en la Ley Reguladora del Mercado de Seguros N°8653, en su artículo N°26 inciso p.)
2.Que dispondrá de infraestructura en tecnologías de la información y comunicación para brindar los servicios de intermediación (computadoras personales o fijas destinadas para el desarrollo de la actividad, acceso a internet e impresora en caso de ser necesario).
3.Que, en caso de contratar personal para el desarrollo del servicio, asumirá las obligaciones que como patrono le correspondan (CCSS y póliza de Riesgos del Trabajo).
4.Que está en capacidad de rendir la garantía de cumplimento correspondiente.
D.Certificación de cuenta bancaria abierta (colones) a nombre de la persona jurídica oferente, indicando número de cuentas IBAN según se indica en el Anexo N°5.
E. Aportar personería con no más de un mes de emitida, según se indica en el Anexo N°6.
V. CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA PERSONA ADJUDICATARIA
A.Para la ejecución del servicio operará lo establecido en el apartado 6. Condiciones generales del servicio de intermediación del lineamiento GCO-LIN-0006 Requisitos y condiciones para la contratación de intermediarios del INS bajo la modalidad de Contratación Abierta y el contrato a firmar entre partes.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. CONDICIONES FORMALES PARA LA PERSONA ADJUDICATARIA: A. Multas / cláusula penal: Ante el incumplimiento la persona adjudicataria, el Instituto procederá según corresponda, con la aplicación de las multas o cláusulas penales definidas, la resolución contractual; sin perjuicio del reclamo en la vía correspondiente de los saldos al descubierto por los daños y perjuicios ocasionados. i. Falta leve: La sanción correspondiente a una falta leve, es el apercibimiento o amonestación por escrito, cursado por la Dirección de Mercadeo y Transformación Digital o por quien ella delegue, en su condición de administrador del contrato. ii. Falta Grave: 1. Una multa equivalente a 3 salarios mínimos por cada falta, tomando como base el salario mínimo legal de un agente de ventas, determinado por el Ministerio de Trabajo para el mes en que se compruebe la falta, hasta un máximo de 20 salarios mínimos. 2. Suspensión de la acreditación por parte del Instituto Nacional de Seguros, hasta por dos años. iii. Falta Gravísima La comprobación de una falta gravísima o muy grave podrá conllevar las siguientes sanciones: 1. Una multa equivalente a 21 salarios mínimos por cada falta, tomando como base el salario mínimo legal de un agente de ventas, determinado por el Ministerio de Trabajo para el mes en que se compruebe la falta, hasta un máximo de 50 salarios mínimos. 2. La resolución contractual, sin perjuicio de las acciones administrativas, civiles y penales que se deriven de tal incumplimiento. Para resarcir los montos correspondientes a las multas, el INS podrá aplicar rebajo sobre el monto a pagar por comisiones en la quincena siguiente al establecimiento de la sanción, mismo que se determinará entre un uno por ciento (1 %) y un cinco por ciento (5%) del total facturado, hasta cubrir el monto total de la sanción, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley General de Contratación Pública. El detalle de la clasificación de las faltas se indicará en el contrato confidencial que se firmará una vez adjudicado el servicio aquí descrito.
Cláusula penal. Según indicaciones del pliego de condiciones
Documentos del cartel7
- Anexo N°1 - Pliego de Condiciones Operadores 2026PDF · 614 KB
- Anexo N°2 - CP- Operador de seguros autoexpediblesPDF · 123 KB
- Anexo N°3 RM -Operador de seguros autoexpediblesPDF · 492 KB
- Anexo N°4 Certificación de pago del IVA a proveedoresPDF · 174 KB
- Anexo N°5- Anuncio de Confidencialidad.PDF · 154 KB
- Anexo N°6 Decisión inicial OperadoresPDF · 266 KB
- Anexo N°7 -Compromiso de buenas prácticas ambientalesDOCX · 10 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Elba Maribel Arana Gradis
Gestión administrativa de intermediarios
Nahomy Umansor Solis
Gestion Administrativa de Intermediarios
Adriana Durán Gutiérrez
COMERCIALIZACIÓN
Melania Leiva Monge
Dirección Mercadeo
Cynthia Gabriela Rodriguez Porras
Gestión Operativa y SOA
Sindy Marcela Vasquez Naranjo
Gestión Administrativa de Intermediarios
Cinthia Vanesa Cambronero Delgado
Gestión Administrativa de Intermediarios
Ericka de los Angeles Aguilar Rodriguez
Gestión Administrativa de Intermediarios
Kristian Calderon Vargas
Gestión Administrativa de Intermediarios
Alvaro Mauricio Seas Rojas
Gestión Administrativa de Intermediarios
Rony Edward Rodriguez Garita
Gestión Operativa y Soa
Ana Jessica Romero Sancho
Gestión Administrativa de Intermediarios
Jennifer Campos Artavia
Gestión Administrativa de Intermediarios
Jaison Eduardo Arce Soto
Gestión Administrativa de Intermediarios
William de la o Villalobos
Gestión Administrativa de Intermediarios
Kathia Marcela Carballo Leon
Gestión Administrativa de Intermediarios
Federico Ortiz Richmond
Gestión Administrativa de Intermediarios
Mariana de los Angeles Vargas Leon
Departamento Gestión Administrativa de Intermediarios
Anais Navarro Navarro
Proveeduría
Heriberto Vega Chaverri
Proveeduría
Catherine Alvarez Delgado
Encargado del concurso · Departamento Proveeduría
Ivannia Morales Calvo
Proveeduría
Alexander Alvarado Araya
PROVEEDURIA
Carlos Gamboa Ramirez
Departamento Proveeduría
Ingrid Rebeca Rodriguez Gomez
Departamento Proveeduría
Berny Enrique Vargas Fallas
Proveeduría
Bayron Jose Palma Villagra
Departamento de Proveeduría
Roland Alexander Medrano Valerin
PROVEEDURÍA
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 06/10/2026 08:20. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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Adjudicada por ₡1,6 MM a Servicios Administrativos Vargas Mejias