2026LE-000003-0023300001 · SICOP 20260903521
Mante rutinario – periód, rehabil, reconst y mejoramiento red vial SRH Obra por Demanda.
Municipalidad de San Rafael de Heredia
Municipalidad de San Rafael de Heredia busca mante rutinario – periód, rehabil, reconst y mejoramiento red vial srh obra por demanda con un presupuesto de ₡420,0 millones. Recibe ofertas hasta el 19/10/2026 (en 8 días).
₡420,0 millones
Tiempo para ofertar
8 días
cierra el 19/10/2026 14:00
Lotes y líneas
98 líneas
Fechas clave
- Se publicó28/09/2026 12:28 · hace 13 días
- Límite para 15/10/2026 23:59 · en 4 días
- Límite para 01/10/2026 23:59 · hace 10 días
- Cierre de ofertas19/10/2026 14:00 · en 8 días
- de ofertas19/10/2026 14:05 · en 8 días
- (plazo máximo)≈ 30/11/2026 · en 50 días
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Nota de la institución. visita a sitio VIERNES 09 de octubre DEL 2026 09:00 am. Lugar de encuentro, Edificio Municipal, ubicado frente al costado suroeste del parque central de San Rafael de Heredia. Se les recuerda que el no asistir a la visita a sitio implica que el oferente no podrá hacer ningún reclamo sobre temas y situaciones tratadas. Requisito de Admisibilidad que deja fuera de concurso al oferente: Que, en consulta en el apartado de consulta ciudadana, sanciones, en SICOP, presente con fecha definida Sanciones por Inhabilitaciones, Según los artículos 13 y 20 de la Ley N.º 9986 Todos los demás defectos en la oferta serán subsanables y el tiempo de respuesta para su caducidad, será conforme lo indica el artículo 134 del Reglamento de la Ley General de la Contratación Pública. Una vez caducado el tiempo de respuesta la oferta quedará fuera de concurso
Contexto
- Compras parecidas recibieron en promedio 3,4 oferentes.167 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años, en cualquier institución.
- Municipalidad de San Rafael de Heredia adjudicó ₡687,0 millones en 183 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡357,0 millones – ₡420,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 65 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,65 puntos.
Qué se compra98 líneas
- Mejoramiento de la Superficie de Ruedo, Segun Requerimientos de CR-20101 · ₡46 000,001₡46 000,00
- Mejoramiento de la Superficie de Ruedo, Segun Requerimientos de CR-20101 · ₡85 000,001₡85 000,00
- Mejoramiento de la Superficie de Ruedo, Segun Requerimientos de CR-20101 · ₡79 875,001₡79 875,00
- Mejoramiento de la Superficie de Ruedo, Segun Requerimientos de CR-20101 · ₡106 197,001₡106 197,00
- Mejoramiento de la Superficie de Ruedo, Segun Requerimientos de CR-20101 · ₡117 054,001₡117 054,00
- Mejoramiento de la Superficie de Ruedo, Segun Requerimientos de CR-20101 · ₡890,001₡890,00
Lo que exige el cartel
- : 21000000 durante 24 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 60 días naturales
- Contrato por 12 meses
- Ofertar en : permitido
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 65 % · EXPERIENCIA 15 % · Criterios económicos 10 % · Criterios ambientales 5 % · GARANTIA 5 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 85 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
13. Requisitos admisibilidad: Se admite a concurso la oferta que cumpla con todos los
aspectos de admisibilidad, requerimientos legales y documentación solicitada en el pliego de
condiciones, y demás jurisprudencia en materia de contratación administrativa que aplique
la sola presentación de la oferta se entenderá como una manifestación inequívoca de la
voluntad del oferente de contratar con pleno sometimiento al pliego de condiciones,
disposiciones legales y reglamentarias vigentes. La sumisión operará de pleno derecho e
implicará la incorporación dentro del contenido de la relación contractual de las normas
constitucionales, los principios y prohibiciones establecidos en la Ley de Contratación
Pública, su Reglamento y el presente pliego de condiciones. Quedarán fuera de concurso los oferentes que hayan sido sancionados con pena de
inhabilitación vigente de acuerdo a lo indicado en el Art. 34 del Reglamento a la
Ley General de Contratación Pública o que tengan incumplimientos en contratos
previos pendientes de resolver con la Municipalidad de San Rafael de Heredia. Requisitos detallados a continuación, conforme el Art. 135 del Reglamento,
tomando en cuenta que el plazo de caducidad para efectuar la subsanación será de
3 días hábiles máximo en licitación reducida; el oferente que no cumpla con el
tiempo establecido quedará fuera de concurso como lo establece el Art. 134 del
Reglamento a la LGCP:
a) Inscripción como patronos y/o seguro voluntario ante la CCSS.
b) Póliza de riesgos de trabajo y/o póliza civil conforme a la naturaleza de la
contratación, al día y vigente.
c) Patente comercial al día.
d) Incorporación a Colegios Profesionales correspondientes.
e) Morosidades ante CCSS, FODESAF, Ministerio de Hacienda.
f) Declaraciones juradas: los oferentes deberán aportar declaraciones juradas
de conformidad con lo dispuesto en el Art. 122 y Art. 32 inciso c) del
Reglamento a la Ley General de Contratación Pública que indiquen:
Que se encuentra al día con el pago de los impuestos nacionales.
Que se encuentra al día de sus obligaciones obrero patronal ante la
Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) y del Fondo de
Desarrollo Social y de Asignaciones Familiares (FODESAF).
Que no le alcanza ninguna de las prohibiciones para contratar con
la Administración. El precio deberá ser cierto y definitivo, preferiblemente en colones, deberá
cotizarse libre de tributos adjuntando un desglose del monto y naturaleza de los
impuestos, las tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del
mercado local que pueda afectarlo; en caso de existir divergencia entre el precio
cotizado en números y letras, prevalecerá este último, salvo el caso de errores
materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real como se indica en el
Art. 98 del Reglamento a la LGCP. Toda oferta deberá ser presentada en idioma español. La literatura técnica
complementaria, que sean incluidos en la oferta, podrá ser presentada en otro
idioma, adjuntando la respectiva traducción, de forma obligatoria, que será plena
responsabilidad del oferente. No se permite la cotización parcial de la línea ni el cobro separado del transporte o
acarreo, en caso contrario será descalificado del concurso. Una vez realizada la presentación de la oferta se da como aceptado todo lo
establecido en el pliego de condiciones por parte del oferente como lo indica el Art.
199 del Reglamento a la LGCP. La empresa concursante deberá aportar certificación de inscripción de la empresa
ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica. La empresa concursante deberá entregar nota formal donde se indique el personal
profesional y técnico que participará en el proyecto (el detalle debe incluir el
nombre completo de la persona y su rol dentro del proyecto o actividad asignada),
dentro del personal se deberá incluir como mínimo:
Un director técnico y un ingeniero residente, ambos profesionales en el
campo de ingeniería civil y/o construcción, con experiencia en el campo de
ingeniería vial.
Maestro de Obras o intendente de obra.
Para este proceso, el ingeniero residente deberá estar en campo durante la ejecución de
las obras de la presente licitación, dando un seguimiento y control de todos los procesos
de ruta crítica, así como la respectiva coordinación entre las partes. El ingeniero
director técnico, deberá, pero no limitado a, supervisar y dirigir todos los trabajos,
realizando inspecciones o visitas periódicas al sitio de las obras (mínimo una vez por
semana). Sera su responsabilidad revisar, demarcar estacionamientos de obras, niveles,
línea centro u otras referencias necesarias para ubicar las obras en forma clara,
personalmente o a través de personal idóneo. Hacer los ajustes de inventarios de
necesidades, revisión y cuantificación de actividades y el balance de presupuesto
acorde a la asignación de cada orden de pedido. Calcular y proponer ordenes de servicio
o modificación con el debido informe técnico de respaldo, cotizaciones, estructuras de
precios, antes o durante la ejecución de la Orden de Pedido según se le solicite. Esto a
solicitud de la administración Municipal (administrador del contrato) o de oficio. La
administración revisa y aprueba o imprueba.
Por tal motivo, un mismo profesional no podrá ejercer la dirección técnica y la
residencia de obra simultáneamente. Serán aceptados los profesionales que
cumplan con la siguiente experiencia:
Ver detalles, cuadros, imágenes, fotos, otros en especificaciones técnicas CARTA-MSRH-UGV-249-2026 , anexos y otros que se encuentran adjuntos
Para la acreditación de dicha experiencia se deberá adjuntar certificación del Colegio
Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica donde se indique la inscripción del
profesional y se determine los años de experiencia como profesional. Además, se deberá
adjuntar una declaración jurada protocolizada donde se indique los años de experiencia de
cada profesional en obras viales.
Quedarán fuera de concurso los oferentes que hayan sido sancionados con pena de
inhabilitación vigente de acuerdo a lo indicado en el Art. 34 del Reglamento a la Ley General
de Contratación Pública
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Ver detalles, cuadros, imágenes, fotos, otros en especificaciones técnicas CARTA-MSRH-UGV-249-2026 , anexos y otros que se encuentran adjuntos
Sobre la Oferta.
El oferente deberá presentar la propuesta económica según el siguiente formato de Tabla de Cantidades, para cada una de las líneas respectivas:
Ver detalles, cuadros, imágenes, fotos, otros en especificaciones técnicas CARTA-MSRH-UGV-249-2026 , anexos y otros que se encuentran adjuntos
SECCIÓN III
Requerimientos Técnicos del Proceso de Contratación
1. Especificaciones Técnicas
El adjudicatario que cuya oferta resulte de mayor satisfacción para la Administración deberá
cumplir con las siguientes condiciones para dar inicio con la ejecución de las obras, y para
garantizar un sano y ágil proceso constructivo con la finalidad de cumplir el objeto
contractual del proceso de contratación administrativo.
Reunión Pre inicio:
La reunión pre inicio de obras tendrá como objetivo la coordinación previa de las labores
entre las partes, además de la revisión y aprobación final de los documentos que forman parte
de las condiciones y especificaciones técnicas para el adjudicatario, y las cuales se detallan
en el presente apartado. La documentación descrita más adelante deberá ser entregada a la
Administración (Unidad encargada de cada línea) el día de la reunión pre inicio. Dichareunión tiene carácter de obligatoriedad. Esta reunión será coordinada una vez se emita la
orden de compra respectiva.
Nota adicional= Documentos técnicos (deberán ser aportados por el adjudicatario el día de
la reunión pre inicio)
Cronograma de Obra.
Plan de Manejo de Tránsito Temporal para implementar durante cada una de las
entregas del proceso constructivo, en caso de que sea requerido durante alguna
entrega un plan con condiciones especiales, debe ser aportado posterior a la manifestación
de dicha entrega. Este plan debe ajustarse a lo especificado en el decreto ejecutivo No
38799-MOPT “Reglamento de Dispositivos de Seguridad y Control Temporal de Tránsito
para la Ejecución de Trabajos en las Vías”, acorde a la descripción que se indica más
adelante.
Pólizas de riesgos del trabajo y responsabilidad civil.
Plan de Auto Control de Calidad detallado y se indique la cantidad de controles y
tipos a gestionar por cada proyecto a ejecutar.
Plan de disposición y gestión de los residuos generados en la obra, los mismos deben
ser dispuestos de acuerdo a la legislación vigente.
Plan de autocontrol de calidad:
El plan de auto control de calidad del contratista deberá ser con base a los parámetros de
calidad y criterios de aceptabilidad establecidos para cada uno de los renglones de pago del
CR-2020 y normas INTECO (en caso de aplicar) y debe considerar todos los ensayos y
muestreos que se establezca en el CR-2020 para cada una de las actividades.
Cada ensayo y su resultado deberán estar referenciado al criterio de aceptación del renglón
de pago ensayado, mostrando los rangos o tolerancias de aceptación permisibles y el
resultado obtenido producto del ensayo.
Este plan de auto control debe incluir la verificación de la calidad de todos los materiales a
utilizar en las actividades de conservación y de todos los procesos constructivos a desarrollar,
de manera que se asegure una infraestructura con altos estándares de calidad según la
normativa nacional.
Todas las actividades para el auto control de calidad de los materiales, productos y procesos
del proyecto, serán responsabilidad exclusiva del contratista y los resultados deberán
respaldarse mediante la presentación semana, mensual (o según se establezca la frecuencia)
de las constancias de calidad generadas a partir de las pruebas pertinentes, realizadas por su laboratorio debidamente aceptados por la Administración (Acreditado por ECA), así como
la entrega del Certificado Final de Calidad de la Obra Terminada. La Administración no
realizará ningún pago por concepto de esta actividad, pues deberá ser considerado dentro de
los costos económicos de la oferta original.
En el plan de auto control de calidad debe definirse el nombre, designación, frecuencia,
cantidad de ensayos y sitio de muestreo de los ensayos a realizar. El plan de muestreo
aleatorio debe indicar claramente la forma de asegurar la aleatoriedad del muestreo, ya sea
en planta de producción, lote de almacenamiento o directamente en el sitio de las obras, lo
anterior según corresponda. El contratista debe presentar la constancia de calidad de todos
los materiales procesados en el sitio del proyecto, procesados en las fuentes de extracción y
en las plantas de producción, lo anterior mediante la incorporación de los ensayos respectivos
y fichas técnicas o certificados de calidad de los materiales, descritos en los documentos
técnicos mencionados y en estas especificaciones.
Las muestras deben ser tomadas por el personal del consultor de calidad, y siempre bajo la
presencia de un inspector de obra vial de la Unidad Técnica de Gestión Vial. El Ingeniero
Residente o Técnico encargado de obtener las muestras debe dejar constancia por escrito en
el documento de bitácora con las debidas referencias de los ensayos realizados.
La periodicidad para la entrega de los informes de calidad y sus resultados será definida
entre las partes y dependerá de la demanda de trabajo requerida, estos documentos deben ser
remitidos a la Unidad Técnica de Gestión Vial para el respectivo control y aceptación de la
obra y facturación. Los reportes o informes deben contener toda la información y
documentación del periodo en análisis y obras realizadas. Las constancias de calidad deben
ser presentadas mediante un documento original, con el respectivo membrete de la firma,
selladas y firmadas por el profesional responsable, además deben incorporarse las
conclusiones y recomendaciones de cada caso en particular, en este apartado el organismos
encargado del auto control de calidad deberá expresar el cumplimiento a satisfacción o no de
cada material o proceso constructivo según los criterios de aceptabilidad establecidos en el
CR2020 o en las demás normas, así como las recomendaciones para la corrección de algún
desperfecto que se presente. En caso de ser necesario, la Administración tendrá acceso a las
memorias de cálculo de laboratorio. No serán de recibido los informes que no cuente con las
conclusiones y recomendaciones, tal y como se mencionó anteriormente.
De evidenciarse alguna carencia en la calidad o acabado de los materiales y procesos, el
contratista deberá corregir lo observado mediante las observaciones y medidas correctivas
que se manifiesten.
Cuando la empresa solicite la recepción de la obra, se debe emitir un informe final de obra
terminada (materiales y procedimientos constructivos), el cual debe contener el historial del
proyecto (cuadros resumen, gráficos, memorias, fotografías, etc.), declarando expresamente
el cumplimiento de la obra acorde a los requisitos contractuales, se debe adjuntar los informes
finales del consultor de calidad. Este informe final debe ser formado por el representante de
la empresa y los profesionales que participaron en el proyecto.
Protección de las obras y personal (plan de higiene, seguridad y salud
ocupacional).
El Contratista debe velar la protección de los trabajos y obras existentes en el sitio, la
protección de la zona de las obras, la protección de los vehículos y peatones, y asumir la
responsabilidad ante algún daño provocado a las infraestructuras aledañas durante la
ejecución de este proyecto.
Las áreas de circulación disponibles para el tránsito de peatones y vehículos deben
permanecer libres de obstáculos y de cualquier tipo de material, además se deberán delimitar
y demarcar todos los pasos peatonales que se dispondrán para la circulación de las personas,
acorde al Plan de Manejo de Tránsito.
Los trabajos realizados deben garantizar que el nivel final de superficie de ruedo generado
coincida con los niveles de los pozos, tragantes y registros de los sistemas existentes para el
manejo y buen funcionamiento de los sistemas actuales (potable, pluvial, sanitaria,
telecomunicaciones u otros) o demás obras complementarias a la infraestructura vial
existentes, por lo cual es responsabilidad del contratista extraer los elementos existentes
(tapas, rejillas, etc.) durante el proceso constructivo, colocarlos a nivel y adecuadamente
posterior a las obras para evitar las diferencias de niveles en la superficie final, considerando
los respectivos bombeos generados a la superficie de ruedo y demás detalles constructivos.
En caso de ser necesario, se debe realizar algún tipo de limpieza especial con solventes o
productos de composición química con cuidados especiales, se deberán considerar todas las
medidas de seguridad para el personal, dado la naturaleza tóxica de algunos productos de
limpieza, se exigirá la remoción, el almacenamiento y la disposición adecuados de todos
estos desechos acorde con las leyes de protección del medio ambiente.
Todos los equipos utilizados para el acarreo de materiales (góndolas) deben ser cubiertos
con lonas durante todo el recorrido desde la fuente hasta el proyecto, antes y después de la
descarga en sitio, en caso de que sea necesario, se deberán disponer de pantallas para
protección de terceros durante las operaciones de barrido con barredora mecánica y/o
aspersión de productos contaminantes (emulsión, cemento, etc.). Los apilamientos de
materiales en campo, no podrá obstruir el paso o tránsito, y deberán cubrirse con lonas o plásticos y delimitar las áreas o perímetros con dispositivos reflectivos. Es responsabilidad
exclusiva del contratista ejecutar las acciones necesarias para asegurar un adecuado control
del polvo en la obra durante las jornadas de trabajo y posterior a ellas, así como disponer de
todos los desechos en un lugar apto previamente aprobado por la Unidad Técnica de Gestión
Vial, se deberá aportar la documentación del lugar destinado para el depósito de los desechos,
con la debida habilitación o autorización para tal fin.
Todo el personal profesional y técnico deberá utilizar en todo momento los implementos
necesarios para salvaguardar la seguridad laboral e integridad de su personal, tales como
casco, chaleco retrorreflectivo, guantes, lentes de seguridad, arnés o líneas de vida, etc., todo
lo anterior según la naturaleza de las obras ejecutadas.
Se debe disponer en campo de cabañas sanitarias (la cantidad dependerá del número de
colaboradores en campo, al menos 1 cabaña por cada 12 personas) para que los colaboradores
de la empresa cuenten con un espacio adecuado para realizar sus necesidades fisiológicas, no
será admitido de ninguna manera que los colaboradores de la empresa utilicen áreas públicas
para este tipo de actividades, estas cabañas deben recibir el respectivo mantenimiento
sanitario periódicamente.
Los costos económicos incurridos para la aplicación de los detalles citados anteriormente
deberán ser asumidos por el contratista.
Por último, en este apartado, se deberán aplicar y respetar las normas y protocolos de
seguridad e higiene ocupacional establecidas por el Ministerio de Salud y el Colegio
Federado de Ingenieros y arquitectos para la protección del personal y visitantes en obra
producto de la pandemia COVID-19 y cualquier otra norma o protocolo aplicable en la fecha
de ejecución del Proyecto.
Plan de manejo de tránsito en obra:
Como se indicó anteriormente, el contratista deberá elaborar y presentar un plan para el
manejo temporal de tránsito para implementar durante el proceso constructivo, el cual deberá
cumplir con lo establecido en el decreto ejecutivo N°38799-MOPT “Reglamento de
dispositivo de seguridad y control temporal de tránsito para la ejecución de trabajos en las
vías”. Ver también el CR2020, sección 111.07, pág. 149, “Precaución durante la suspensión
temporal de los trabajos”.
Es indispensable que durante la ejecución de las obras se garantice la circulación del tránsito
de manera constante en al menos un carril de ser posible, con regulaciones durante todo el
período de ejecución de la obra, contando con banderilleros y dispositivos que permitan orientar y advertir a los usuarios de los trabajos en la vía en caso de ser necesario, por ningún
motivo se puede negar el libre tránsito a los usuarios por jornadas completas o largos periodos
de tiempo. En este sentido el contratista deberá coordinar cierres parciales programados
cuando requiera suspender de manera continua y por un periodo de tiempo determinado el
tránsito vehicular.
El contratista será responsable de las condiciones de seguridad para los peatones y
conductores durante todas las actividades que se desarrollen en las zonas de obras,
cumpliendo con lo dispuesto en la normativa vigente y en el plan de control de tránsito en
obra.
En caso que exista la posibilidad de habilitar una ruta alterna, para que el contratista disponga
de la totalidad de la vía a intervenir, el contratista deberá realizar todo el señalamiento
temporal de los desvíos provisionales para las rutas alternas o dentro de la propia ruta a
intervenir y quitarlas cuando se inhabiliten o finalice el proyecto, de conformidad con las
directrices de la Dirección General de Ingeniería de Tránsito del Ministerio de Obras Públicas
y Transportes (MOPT); los costos que esto genere serán cubiertos por el contratista y deberán
ser incluidos en la oferta económica. Estas rutas alternas deberán tener la característica de
contar en todo momento con las señales disponibles en campo, de manera que se trasmita y
guie de manera oportuno a los usuarios sobre las vías alternas disponibles.
Este plan de manejo de tránsito, deberá considerar la colocación de dispositivos preventivos
para los peatones y población vulnerable, así como facilitar los medios para el paso
provisional de peatones sobre el sitio de las obras, de manera que siempre se resguarde la
integridad de todas las personas transeúntes.
Durante los periodos no laborales y periodos nocturnos, se deberán tomar todas las
previsiones del caso para que las vías en intervención queden debidamente habilitadas y
seguras, de manera que no represente algún riesgo tanto para los peatones como los vehículos
que transitan por la vía o viven de manera colindante a la misma. Será prohibido dejar
desniveles expuestos entre las superficies de ruedo y superficies destinadas a paso peatonales
o accesos a viviendas, todas las áreas en construcción expuestas deberán quedar debidamente
señaladas con sus perímetros cerrados y demarcados con los diferentes dispositivos de
seguridad que permitan alertar a los usuarios.
Dentro del señalamiento vertical para el control temporal de tránsito, se debe considerar la
colocación de rótulos informativos sobre el proyecto (uno al inicio y otro al final del tramo),
con el detalle que se muestra a continuación. Este rótulo informativo deberá colocarse en los
frentes de trabajo, por lo cual será responsabilidad del contratista estar reubicando el mismo
de manera visible en el campo. El Contratista deberá de contar con mínimo 2 banners metálicos (1m x 1m mínimo) con su debida estructura (inicio y fin de proyecto) que indiquen que el proyecto es realizado por LA MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL. El mismo deberá de exhibirse en cada una de las intervenciones que realice el contratista y debe incorporar el nombre del proceso licitatorio:
Ver detalles, cuadros, imágenes, fotos, otros en especificaciones técnicas CARTA-MSRH-UGV-249-2026 , anexos y otros que se encuentran adjuntos
Incorporar dentro de las señales que formarán parte del Plan de Manejo de Tránsito una
cantidad razonable de rótulos con la leyenda “Hombres trabajando”.
Todo el Plan de Control de Tránsito debe venir acompañado de un croquis de la zona
donde se muestren los dispositivos que se utilizarán en las zonas de trabajo, así como un
croquis con el señalamiento de las rutas alternas y demás detalles que considere el
contratista. La propuesta y puesta en marcha de este plan, debe considerar los elementos
y dispositivos necesarios para realizar los controles viales pertinentes, así como todo el
personal necesario y exclusivo para estas acciones.
En caso de que no se cumpla con el señalamiento temporal se aplicarán las multas por
incumplimiento a lo estipulado en este cartel.
Protección al medio ambiente
Como parte de la responsabilidad ambiental y desarrollo de infraestructura sostenible
con el medio ambiente, la Unidad Técnica de Gestión Vial de la Municipalidad de San
Rafael de Heredia aplicará una matriz denominada “Plan de Gestión Ambiental y Social”
(Ver anexo N° 2).
En dicha matriz se establecen algunos aspectos relacionados al cuido del entorno natural con su respectiva frecuencia, los cuales deberán ser acatados con obligatoriedad por el contratista para preservar y velar por el bienestar del medio ambiente. Lo anterior con la finalidad de no generar modificación o afectación que pueda repercutir de manera
negativa en el entorno natural. Esta matriz estará siendo valorada periódicamente por la
Unidad Técnica para velar y garantizar por el cumplimiento de la misma.
Además de lo anterior, el Contratista deberá facilitar las condiciones para mantener el
respeto y buena conducta de sus colaboradores, será responsabilidad del contratista el
comportamiento de sus cuadrillas de trabajo en relación con todas las personas asociadas
a las obras y entorno en general, de acuerdo a la Ley contra el Hostigamiento Sexual en
el Empleo y la Docencia. El incumplimiento de esta norma por parte de algún trabajador
dará derecho a la supervisión de solicitar al contratista la destitución o remoción
inmediata del trabajador del sitio de la obra.
Esta matriz no exime al contratista del cumplimiento de las disposiciones establecidas
en el Código de Buenas Prácticas Ambientales de la Secretaria Técnica Nacional
Ambiental SETENA. El contratista puede solicitar o realizar la modificación,
considerando como mínimo los parámetros que fueron indicados en la matriz, la
responsabilidad de la ejecución y cumplimiento de todas las medidas establecidas en la
matriz será del contratista, además el contratista deberá asumir el costo económico para
el desarrollo de cada medida.
Inspección y Fiscalización de la obra
La Unidad Técnica de Gestión Vial será la dependencia municipal que asumirá la
administración del contrato, contando con la presencia diaria de un Inspector de Obra
Vial, y las visitas periódicas de los Ingenieros de la Unidad Técnica.
La empresa contratista será la encargada de la dirección técnica, mediante su director
técnico e Ingeniero Residente. El director técnico deberá visitar el sitio de obras, al
menos, una vez a la semana. El Ingeniero Residente deberá visitar el sitio a diario
y estar presente durante los procesos constructivos de ruta crítica, delicados o
mayor importancia u otros solicitados por la administración municipal, para dar
continuidad a las obras, controlar los procesos constructivos y solventar cualquier
eventualidad que se pueda presentar. Deberá atender las sugerencias y recomendaciones
que registren en la visita de campo por los funcionarios de la Unidad Técnica Vial. El
maestro de obras o encargado de cuadrillas deberá permanecer a tiempo completo en el
sitio de las obras y deberá mantener informado en todo momento al Ingeniero Residente de cualquier inconveniente, situación y estado general de la ejecución de las obras.
La inspección de las obras durante el proceso constructivo se llevará a cabo mediante
métodos visuales, certificaciones de calidad, conformidad determinada y ensayada, valor de trabajo, inspección en planta y en sitio; lo anterior será acordado entre las partes, y se
realizará de acuerdo a lo establecido en la sub sección 107 “Aceptación del trabajo” del
CR-2020. Del mismo modo regirá la sección 107 del CR-2020, para considerar los
parámetros de aceptación, control y pago de las obras, aceptación parcial y final de las
obras.
Durante la ejecución y progreso de las obras, se estarán considerando los lineamientos y
procedimientos descritos en la sección 109 Ejecución y progreso del CR-2020. Lo
anterior en relación al inicio y ejecución de obras, determinación y extensión de tiempo
del contrato, ordenes de servicio y modificación, y demás aspectos atinentes a la
naturaleza de las obras solicitadas.
Para la medición y cuantificación de los materiales, así como de los pagos respectivos,
se establecerán los métodos de medición expuestos en la sección 110 Medición y pago
del CR-2020, el método será elegido entre las partes, de manera tal que durante todo el
proceso constructivo se guarde uniformidad para la medición de los materiales a utilizar.
De acuerdo al método seleccionado, se deben aportar los documentos y memorias que
se consideren necesarios, no obstante, para todo tipo de material se debe entregar la
boleta respectiva al inspector municipal una vez que el material ingrese al sitio del
proyecto.
Paralelamente a lo anterior, la Administración verificará aleatoriamente los espesores,
anchos, bombeos y otros parámetros establecidos en la especificación de cada uno de los
materiales y sus procesos constructivos, con la finalidad de garantizar que efectivamente
se cumpla con las estructuras y características definidas en las especificaciones.
Es importante mencionar que, como parte de la inspección y verificación de las obras, la Unidad Técnica por medio de un ente debidamente acreditado podrá realizar ensayos para la verificación de la calidad de los materiales y procesos constructivos, dichos
ensayos serán insumo y base para generar los pagos respetivos, estos serán realizados bajo disposición y discrecionalidad de la Administración. En caso de existir alguna disconformidad entre los resultados del autocontrol del Contratista y la verificadora de calidad de la Administración, el Contratista deberá realizar un tercer ensayo para corroborar los datos.
Otras consideraciones importantes para el contratista.
a) Los terrenos donde se dispondrán los escombros y/o materiales producto de
movimientos de tierra, material orgánico producto del descuaje y remoción de
árboles y demás actividades, así como residuos sólidos ordinarios. Este terreno debe
cumplir con la normativa requerida, y contar con un plan para el apilamiento y
procesamiento de los desechos generados durante las fases constructivas.
b) El contratista será en el encargado de cubrir los costos generados por alimentación,
alojamiento u otros gastos para cubrir las necesidades del personal de la empresa.
c) El contratista será en el responsable por los daños materiales o físicos que resulten
de perjuicios a la infraestructura pública y privada, así como asumir las reparaciones
respectivas cuando sea procedente.
d) El contratista deberá presentar en caso del solicitados los documentos técnicos
relacionados a los diseños de mezcla asfáltica para pavimento, diseño de concretos,
y demás documentos técnicos relacionados a los materiales a utilizar.
e) Todos los materiales que serán acarreados a los sitios de las obras por medio de
vagonetas o cualquier otro equipo similar, deberán ser transportados con las
góndolas debidamente cerradas y cubiertas, con sus respectivos marchamos
colocados desde la planta de producción e inalterados, para garantizar la entrega
certera del material según la boleta de despacho, misma que debe ser entregada al
inspector municipal una vez llegue al sitio de las obras.
DETALLES DE LA CONTRATACIÓN
Partida 1
Nombre del servicio: Mantenimiento rutinario – periódico, rehabilitación, reconstrucción y mejoramiento de la red vial cantonal en San Rafael de Heredia.
Ver detalles, cuadros, imágenes, fotos, otros en especificaciones técnicas CARTA-MSRH-UGV-249-2026 , anexos y otros que se encuentran adjuntos
continuación, se muestra se muestra la descripción del objeto contractual.
Ver:
Anexo_7_Cantidades_DEMANDA_PROMEDIO_INICIAL_2
2. Detalle de adjuntos: Se adjunta estudio de razonabilidad de precios, Certificación
del Contenido Presupuestario. Anexos y Declaración Jurada de No Conflicto de
intereses.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Mantenimiento rutinario – periódico, rehabilitación, reconstrucción y mejoramiento de la
red vial cantonal en San Rafael de Heredia.
Modalidad de ejecución Obra por Demanda.
SECCIÓN I
Información General de la Contratación
1. Nombre de la obra o servicio: Mantenimiento rutinario – periódico, rehabilitación,
reconstrucción y mejoramiento de la red vial cantonal en San Rafael de Heredia.
Modalidad de ejecución Obra por Demanda.
2. Dependencia solicitante y ejecutora: Dirección Planificación Urbana / Unidad
Técnica de Gestión Vial.
3. Tipo de procedimiento: Licitación Menor (LE).
4. Tipo de modalidad: Según Demanda
Detalle de Entrega, se ejecutará mediante orden de pedido de acuerdo a la necesidad institucional Cuadro de consumo de los últimos tres años:
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5. Clasificación del objeto: Obra Pública
6. Justificación de la procedencia de la contratación: Dar continuidad a los proyectos
conforme a los planes operativos Municipales. Se ejecutará, bajo la modalidad de obra por demanda con financiamiento de la Ley 8114 y de la administración conforme corresponda a cada proyecto. Se opta por la ejecución en obra por demanda para obtener economía de escala en la contratación, acorde a principios de eficiencia y eficacia, ya que se estima se pueden bajar los tiempos de contratación de todas las obras, disminuir los plazos de ejecución y mejora de los precios para inversión en los diversos proyectos.
7. Disponibilidad del recurso humano para la supervisión del objeto contractual: Esta
Administración acredita que, para el cumplimiento de este procedimiento de compra o servicio, se cuenta con recurso humano calificado para verificar el fiel cumplimiento
exacto de las obligaciones pactadas, así solicitado en artículo 106 de la LGCP.
8. Finalidad pública que se persigue satisfacer con el concurso: Se pretende, dar
continuidad a los proyectos conforme a planes operativos Municipales para satisfacer la finalidad publica orientada al fortalecimiento institucional y al mejoramiento continuo en el servicio público, en concordancia con los principios de eficiencia, eficacia y
transparencia que rigen la administración pública.
9. Justificación de la escogencia de la solución técnica para satisfacer la necesidad: Se escoge la solución técnica ya que permite aprovechar de una forma eficiente y eficaz los recursos económicos disponibles para realizar labores de mantenimiento en la red vial cantonal.
10. Procedimientos de control de calidad: Garantizar que el servicio a contratar cumpla con los estándares técnicos requeridos que se establecen en el presente pliego, mediante la presencia diaria del Inspector de Obra Vial, y las visitas periódicas del Ingeniero de la Unidad Técnica, así como la entrega y revisión de informes de avance parciales por parte del contratista.
11. Terceros interesados y/o afectados: Municipalidad de San Rafael de Heredia y
habitantes del cantón de San Rafael de Heredia.
12. Riesgos Identificados: Extensión o atrasos en los tiempos de contratación,
cumplimiento precio – calidad del servicio, que no existan oferentes interesados en ofertar la contratación y se deba declarar infructuosa.
13. Estimación presupuestaria: ₡ 420 000 000
14. Detalle de meta (s) y cuenta (s) presupuestaria (s):
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15. Razonabilidad de Precios: conforme al Art. 44 del Reglamento a la LGCP se realiza el
correspondiente análisis de precios, acorde a lo establecido en el “Banco de Precios”
expuesto en el Sistema Digital Unificado de Compras Públicas, como también a los
estudios de mercado realizados, según, se indica en el Anexo “Razonabilidad precios
Grupo 2”.
Para este análisis se tomarán mínimos y máximos del total de los precios examinados, con el fin de obtener un parámetro del margen de estos, y así asegurar una participación activa de parte de potenciales oferentes, además de precisar un presupuesto basado a la realidad del tipo de contratación. Si el precio ofertado está dentro de las bandas de tolerancia de diferencias de precios, sobre máximos o mínimos, se considerará como aceptable el precio ofertado. Si estuviera fuera de las bandas, se presumiría inicialmente que es excesivo o ruinoso.
En este sentido se analiza cada caso según corresponda, para justificar la razonabilidad o por el contrario declarar infructuoso.
16. Contactos y sus roles en el proceso de contratación:
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17. Prevalencia del acto administrativo: todas las ofertas que superen el contenido
presupuestario existente quedaran fuera de concurso; sin embargo, si la administración deduce bajo el análisis de las ventajas y desventajas relacionadas a la necesidad que presenta el municipio sobre la contratación que quiere efectuar, y considera que el concurso puede continuar, la administración podría disminuir o aumentar cantidades (en cumplimento al artículo 184 y 185 del Reglamento a la LGCP) para adjudicar. En caso que existiera una única oferta la administración podría valorar la posibilidad de contratar el objeto bajo las mismas condiciones. Todo lo anterior con la finalidad de que prevalezca el acto administrativo y satisfacer el fin público.
SECCIÓN II
Condiciones Generales
1. Vigencia de la oferta: La oferta presentada debe ser válida por 60 días naturales.
2. Vigencia de la Contratación: "Los contratos deben estar vigentes por 12 meses desde su firmeza. Al ser la modalidad de contratación de entrega según demanda este se podrá prorrogar hasta un máximo de tres años, no podrá superar el término de cuatro años, considerando el plazo original del contrato más la aplicación de sus prorrogas, o hasta alcanzar el monto establecido en la Licitación reducida, con fundamento en los artículos 104 de la Ley General de Contratación Pública, artículos 195 y 280 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública"
3. Plazo y condiciones de entrega: El plazo máximo a considerar para el desarrollo del proyecto será según se indica:
Al tratarse de obra por demanda, los plazos se definirán en días hábiles acorde a cada una de las Ordenes de Pedido, durante la ejecución.
Se debe tomar en cuenta el plazo máximo detallado anteriormente, el cual inicia de
acuerdo a la fecha que se indique en su momento en la orden de inicio que gire el
administrador del contrato y que será notificada, ya sea por la Dirección de Planificación Urbana y Territorial Municipal y/o la Unidad Técnica de Gestión Vial.
Lugar: Ejecución por demanda mediante órdenes de pedido. Cada calle se abordará
conforme al presupuesto y cronograma definido tras orden de pedido.
Inicialmente se cuenta con ubicaciones y presupuestos específicos definidos, tal cual se puede ver en desglose de estimación presupuestaria en Sección de Estimación
presupuestaria. Sin embargo, la contratación, podrá ser ampliada mediante inyección de presupuesto para incorporar obras adicionales según se requiera, dentro de los límites de las demandas estimadas para cada tipo de ítem. Queda a discreción de la administración incluir más obras o por el contrario finalizar la contratación con la ejecución de las líneas presupuestarias incluidas inicialmente.
4. Garantía de cumplimiento: La garantía de cumplimiento solo deberá ser ingresadas
por el Oferente Participante a través del Sistema de SICOP. El monto de esta garantía será de ¢21.000.000ºº (veintiún millones de colones) y deberá tener una vigencia de 24 meses sobre los trabajos específicos a realizar. Garantías menores a las solicitadas en este cartel, descalificarán automáticamente la oferta.
La garantía de cumplimiento será devuelta a solicitud del interesado, dentro de los veinte días hábiles siguientes a la fecha en que la Administración haya recibido de forma definitiva y a satisfacción el objeto contractual.
Únicamente serán admitidas las garantías expresadas en días, en meses o en años; de manera que las ofertas bajo términos indeterminados como “vida útil”, “de por vida” o “de fábrica”, serán descalificadas.
La Garantía de cumplimiento deberá tener una vigencia de 24 meses contados a partir de la formalización del contrato.
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Dentro de este término de garantía, cualquier desperfecto relacionado con el trabajo a
realizar; el contratista deberá corregir sin costo adicional en un plazo máximo de 15 días
hábiles a partir del requerimiento por escrito de la Unidad Técnica de Gestión Vial,
cualquier daño comprobado por deficiencias constructivas. La garantía de las
reparaciones comienza a contar a partir de la fecha de recepción definitiva del trabajo
por parte de la Municipalidad de San Rafael y tendrá una vigencia de 5 años de acuerdo a la legislación vigente.
El Contratista para el caso de la garantía de funcionamiento debe aceptar lo indicado en las garantías antes descritas mediante declaración jurada aceptando los términos
establecidos.
5. Visita a sitio: Es obligatoria para poder ofertar. La fecha y hora se indicarán de
manera previa.
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Detalle de multas.
El CONTRATISTA deberá acatar la normativa vigente en materia de salud ocupacional, riesgos laborales y el Código de Trabajo; así como toda la legislación pertinente a las adecuadas prácticas de Gestión Ambiental.
Adicionalmente, será cobrada multa por el incumplimiento en el servicio prestado, la persona a cargo del seguimiento de la Contratación, demostrará el incumplimiento y se realizará un cálculo del perjuicio económico que se ocasiona a la Municipalidad, por lo tanto, se valorara el incumplimiento y calculara el costo que ha ocasionado por la falta, se comunicará al contratista mediante un debido proceso, las costas de la multa no excederán el 25% del valor contratado.
Forma de realizar el cobro de las multas:
Para consultar la justificación de los cálculos de cada rubro anterior, remitirse al Anexo 5.
Justificación de Multas. La Multa se cobrará cada vez que se detecte y verifique el
incumplimiento.
Adicionalmente, será cobrada multa por el incumplimiento en el servicio prestado. La
persona a cargo del seguimiento de la Contratación, demostrará el incumplimiento y se realizará un cálculo del perjuicio económico que se ocasiona a la Municipalidad, por lo tanto, se valorara el incumplimiento y calculara el costo que ha ocasionado por la falta, se comunicará al contratista mediante un debido proceso. Las costas de la multa no excederán el 25% del valor contratado (sumando porcentaje de multas y porcentaje de clausula penal). Forma de realizar el cobro de las multas o clausula penal:
Una vez que estén en firme las multas y cláusula penal, se solicitará al contratista su
cancelación. Esto con base a lo dispuesto en el Art. 116 y 117 del Reglamento a la LGCP.
En caso de que el contratista se niegue a cancelar los montos correspondientes por la
aplicación de esta cláusula, la Municipalidad podrá proceder de la siguiente forma:
o Rebajo de los pagos pendientes.
o Ejecutar la garantía de cumplimiento.
o En caso de que por separado resultan insuficientes los montos para cubrir la multa o clausula penal, se podrán aplicar los dos procedimientos anteriores de manera
conjunta, hasta la finalización del contrato. La Cláusula Penal y las Multas serán
tramitadas y discutidas con la Unidad Usuaria encargada de la contratación.
La Municipalidad se reserva la posibilidad de cobrar otros daños y perjuicios no derivados del atraso en la entrega de los bienes, además de iniciar el respectivo proceso de cobro, una vez demostrada en instancia administrativa la culpa del adjudicatario, si el incumplimiento se da fuera del plazo de vigencia de la garantía de cumplimiento.
7. La Administración se reserva el derecho de adjudicar parcialmente las líneas
adjudicadas de acuerdo al contenido presupuestario existente.
8. Cronograma de actividades y responsables: tareas, responsables y plazos de cada una de las actividades del proceso contractual conforme se establece en el párrafo último del Art. 86 del Reglamento a la LGCP.
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Donde: UPM: Unidad Proveeduría Municipal/ UE: Unidad Ejecutora / UTM: Unidad
Tesorería/ AM: Alcalde Municipal/ OF: Oferente
9. Precio: el precio deberá ser cierto y definitivo, preferiblemente en colones, deberá
cotizarse libre de tributos adjuntando un desglose del monto y naturaleza de los impuestos, las tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local que pueda afectarlo; en caso de existir divergencia entre el precio cotizado en números y letras, prevalecerá este último, salvo el caso de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real como se indica en el Art. 98 del Reglamento a la LGCP. Conforme al Art. 98 y Art.102 del Reglamento a la LGCP.
El contratista debe tener la capacidad instalada y financiera para desarrollar las obras a contratar de manera simultánea. Hasta en cuatro frentes de trabajo simultáneos.
10. Desglose del Precio: Articulo 42 de la Ley General de Contratación Pública (9986)
“ARTÍCULO 42- Desglose del precio. El oferente deberá presentar la estructura del precio tanto en términos absolutos como porcentuales; lo anterior será obligatorio para los contratos de servicios y de obra pública, así como para cualquier otro objeto contractual según se establezca en el pliego de condiciones. La Administración establecerá el formato para la presentación de la estructura del precio. Cuando haya discrepancias entre los valores absolutos y los porcentuales de la estructura de precio presentada por el oferente, prevalecerán los valores absolutos sobre los porcentuales. El presupuesto detallado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato. En caso de no presentarse en ese plazo, la Administración procederá conforme a lo establecido en el artículo 52.”
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La oferta además deberá contener el desglose de precios de cada línea de pago,
correspondiente a cada una de las partidas.
Los cuales deberán ser desglosados en: costos fijos, repuestos, combustibles, lubricantes, llantas, mano de obra, materiales, imprevistos, administración y utilidad, en porcentajes y montos con relación al precio unitario ofrecido para cada renglón de pago. Este desglose es el mínimo a utilizar, en caso de requerir más rubros, favor incluirlos.
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Presupuesto Detallado:
De acuerdo al artículo Nº 103 del RLGCP, el oferente que resulte adjudicado para cada una de las líneas deberá presentar un presupuesto detallado de la línea adjudicada, en un plazo máximo de plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato.
En caso de no presentarse en ese plazo, la Administración declarará insubsistente la
adjudicación y procederá conforme a lo establecido en el artículo 52 de la Ley General de Contratación Pública.
El presupuesto detallado desglosará los componentes de cada actividad o unidad de la obra, unidad del bien, o unidad de servicio, según corresponda, indicando al menos sus costos directos, que considere como mínimo los recursos de materiales, mano de obra con el detalle de cargas sociales, equipos y maquinaria e identificación de los
subcontratos, sus costos indirectos, su utilidad e imprevistos.
Cronograma.
Para cada proyecto (orden de pedido) se deberá entregar un cronograma detallado.
Sobre las garantías Junto con la entrega de la oferta económica, el adjudicatario deberá presentar certificación de las garantías solicitadas en el presente apartado. De no cumplir con la certificación no se dará por recibido.
11. Gestión de Recepción y Gestión de Pago: se tomarán en cuenta las siguientes
disposiciones: El pago del proyecto se realizará conforme el avance. Con base a estimación mensual de trabajos efectivamente realizados. El pago deberá ser solicitado por el oferente adjudicado de forma mensual y de acuerdo
al avance del proyecto. La forma de pago será por resultados conforme al Art. 18, inciso a) del Reglamento a la LGCP; una vez el profesional encargado de la contratación acepte y reciba satisfactoriamente el 100% de lo contratado procederá a elaborar y aceptar un Acta de Recepción Definitiva como lo establece el Art. 285 del Reglamento.
El contratista debe realizar la “Solicitud de Recepción” del objeto contractual mediante El Sistema Digital Unificado (SICOP) y coordinar con la unidad ejecutora municipal (Administrador del Contrato en SICOP). En el caso de contrataciones con orden de pedido, podrá realizar la gestión de recepción una vez que se haya aceptado la orden de pedido. La unidad ejecutora municipal (administrador del contrato en SICOP) revisará si es recepción provisional y confirmará el recibido de los bienes en fecha y hora pactada, una vez concluido remitirá un documento electrónico vía Sistema Digital Unificado (SICOP), para que se proceda con la entrega de la contratación. La unidad ejecutora municipal (administrador del contrato en SICOP) una vez recibido el
objeto contractual, emitirá la Recepción definitiva, donde adjuntará informes, recepciones conformes o disconformes, en el caso de no aceptar una partida o línea la rechazará ahí mismo y remitirá el documento electrónico con todo el contenido necesario en la recepción. En caso de rechazos de partidas o líneas, o bien de entregas parciales, deberán de volver a subir la gestión de recepción para que sean aceptados a conformidad. El contratista, una vez recibida la gestión de recepción definitiva, tramitará la “Gestión de Pago” junto con la factura correspondiente al objeto contractual entregado, asimismo deberá remitir desde el programa de facturación la factura al correo oficial
proveeduria@munisrh.go.cr, por medio del cual se verificará la factura recibida en la gestión de pago y se corroborará la idoneidad electrónica del documento. Si este paso se omite el pago no se podrá hacer efectivo. El contratista deberá estar al día con toda obligación exigida por la Ley Costarricense, de lo contrario el pago no se tramitará. Realizados los pagos correspondientes, se podrá consultar el expediente electrónico en el Sistema Digital Unificado (SICOP) con el número de procedimiento, dirigiéndose al punto de “Pago, “Resultado de pago” donde podrá verificar el monto, la forma de pago (cheque o transferencia), su numeración y fecha correspondiente; en caso de tener alguna duda en este punto contactarse directamente a la Unidad de Tesorería (22370789 ext. 215-216), siempre y cuando los tramites estén concluidos (si no encuentra datos en la consulta anterior, significa que el procedimiento sigue en trámite). LA MUNICIPALIDAD NO SE HACE RESPONSABLE POR PAGOS NO REALIZADOS EN TIEMPO Y FORMA, POR LAS SIGUIENTES RAZONES: QUE EL CONTRATISTA NO REALICE LAS GESTIONES AL SISTEMA DIGITAL
UNIFICADO; PROBLEMAS DE MOROSIDAD U OMISIÓN EN LAS OBLIGACIONES
A NIVEL NACIONAL EXIGIDAS, O BIEN QUE LOS PRESUPUESTOS DEBAN SER
LIQUIDADOS POR CIERRE DE PERIODO.
NOTA IMPORTANTE: En caso de consultas relacionadas a la licitación en mención,
deberá aportar tanto el número de procedimiento como el número de orden de compra, para que pueda ser atendido correcta y puntualmente. La institución dispone de treinta (30) días naturales para realizar el pago correspondiente;
plazo valido a partir de la fecha de la “Solicitud de Pago” debidamente asignada a la
Proveeduría Municipal. El pago se realizará por medio de transferencia bancaria al Banco de Nacional de Costa Rica; por lo que debe registrar el número cuenta bancaria y cuenta cliente de dicho banco en la plataforma, de lo contrario se cancelará por medio de cheque. La Municipalidad, como agente recaudador, informa que deducirá el dos por ciento (2%)
del monto facturado, correspondiente al impuesto de renta. La Municipalidad se encuentra exenta de impuestos, contribuciones, tasas, y derechos,
amparada por la Ley 7794, Art. 8.
12. Otras disposiciones: cualquier condición no prevista en el pliego de condiciones se regirá por las disposiciones pertinentes de la normativa interna de la Municipalidad, la Ley de Administración Financiera, Ley General de Contratación Pública, su respectivo Reglamento (Art. 90 del Reglamento), y en general por todo el bloque de legalidad.
Otras disposiciones:
El contratista una vez adjudicado; la Municipalidad de San Rafael de Heredia se reserva el
derecho de solicitar la siguiente información en caso que lo considere oportuno hacerlo y este
deberá presentarla cuando sea necesaria:
1. Para garantizar el correcto cumplimiento de la Legislación Minera y Ambiental, el
oferente deberá aportar, la siguiente información, la cual es obligatoria y su no
presentación causará la resolución contractual:
A. Nombre y dirección de la fuente de extracción (tajo o quebrador) exacta de donde
serán extraídos los agregados para la producción de mezcla asfáltica, objeto de esta
contratación.
B. Certificación emitida por la Dirección de Geología y Minas en la que conste que la
fuente de extracción a utilizar (agregados para la producción de mezcla asfáltica) está
legítimamente autorizada, indicando toda la información asociada al número de
concesión de explotación vigente y a derecho.
C. Si la concesión de explotación está a nombre de una persona física o jurídica distinta
del oferente, debe presentar una autorización de explotación o suministro, suscrita
por el concesionario o su representante legal, debidamente autenticada por un
abogado. Toda la documentación debe ser emitida con una antigüedad no mayor de
treinta días desde la fecha de solicitud por parte de la Municipalidad.
D. Viabilidad Ambiental de la fuente de extracción, emitida por la Secretaría Técnica
Ambiental (SETENA) que permita verificar que el Quebrador o Tajo cuentan con la
viabilidad para la operación según las regulaciones por ellos requeridas.
E. Viabilidad Ambiental de la planta de producción de mezcla asfáltica propuesta para
este proceso, emitida por la Secretaría Técnica Ambiental (SETENA) que permita
verificar que la planta de producción cuenta con la viabilidad para la operación según
las regulaciones por ellos requeridas
En relación a las certificaciones extendidas por la Dirección de Geología y Minas y de la
Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), ambas pertenecientes al MINAE, éstas
podrán ser en documento original o copias con sus debidas certificaciones notariales, en
donde se acredite dicha información con vista en los expedientes de esas dependencias.
Todas las certificaciones requeridas en este cartel deben de haber sido expedidas en un plazo
no mayor a 30 días con respecto a la fecha de solicitud. Caso contrario, las mismas deberán
venir certificadas por Notario Público, con indicación de que lo allí estipulado se encuentra
vigente a la fecha.
Cualquier condición no prevista en el pliego de condiciones se regirá por las disposiciones pertinentes de la normativa interna de la Municipalidad, la Ley de Administración Financiera, Ley General de Contratación Pública y su respectivo Reglamento (Art. 90 del Reglamento) y en general por todo el bloque de legalidad.
Otras disposiciones:
Además de las disposiciones obligantes del contrato y en la legislación aplicable el contratista
deberá cumplir con las siguientes disposiciones:
A. El contratista deberá permitir al profesional responsable del proyecto por parte de la
Municipalidad y a cualquier otra persona autorizada por esta, el acceso a la zona de obras y
a todo lugar donde se están realizando o se prevean
realizar trabajos relacionados con el contrato.
B. El contratista será responsable de que su personal esté presente en el proyecto, dentro de
los limites especificados.
C. El contratista es responsable de toda perdida, gasto y reclamo por pérdidas o daños y
perjuicio sufridos por los bienes materiales, lesiones y muerte que se produzcan como
consecuencia de sus propios actos u omisiones en la ejecución de este contrato.
D. El contratista debe cumplir con lo establecido en la directriz N° 29 de fecha 10 de julio
del 2001, publicado en la Gaceta el 10 de agosto del 2001, sobre el deber ineludible de las
empresas contratantes de cumplir estrictamente las obligaciones laborales y de seguridad
social, teniéndose su inobservancia como causal de incumplimiento del contrato respectivo.
E. Es responsabilidad del contratista suministrar, alquiler de maquinaria con el pago de sus
respectivas pólizas.
F. Se deberá considerar en todo momento la seguridad de terceros durante el proceso de
operación de la maquinaria objeto de la presente contratación.
G. El contratista velará en todo momento, por el correcto desarrollo y ejecución de las
prácticas constructivas por parte de su personal, garantizando de esta forma la calidad de los
trabajos realizados.
H. El contratista que resulte adjudicado con la presente contratación, deberá acatar la
totalidad de las disposiciones contenidas dentro de este documento, en caso de existir dudas
sobre la ejecución de alguna de las tareas, éste deberá realizar la respectiva consulta al
profesional responsable del proyecto por parte de la Municipalidad antes de llevarla a cabo,
a fin de contar con el visto bueno de este para desarrollarla; cuando se disponga lo contrario
y se ejecuten obras distintas a las especificadas, y sean realizadas de manera incorrecta, fuera
de lo dispuesto en la información suministrada, el contratista deberá asumir la TOTALIDAD
de los costos de la subsanación de la misma.
I. Es responsabilidad del contratista, la reparación de las obras existentes que resulten
dañadas o afectadas en el proceso por su propia inobservancia, en el caso de los operadores o
choferes, ayudantes u otros.
Cualquier condición no prevista en el pliego de condiciones se regirá por las disposiciones
pertinentes de la normativa interna de la Municipalidad, la Ley de Administración Financiera,
Ley General de Contratación Pública y su respectivo Reglamento (Art. 90 del Reglamento)
y en general por todo el bloque de legalidad.
14. Detalle de Adjuntos del Proceso de Contratación: Se adjunta estudio de mercado,
pliego de condiciones, certificación presupuestaria, y certificación de no conflicto de
intereses
SECCIÓN IV
Sistema de evaluación de las ofertas
a) Se admite a concurso la oferta que cumpla con las condiciones legales y las
especificaciones técnicas solicitadas.
b) El oferente deberá ofertar por partida(s) completa(s). Incluyendo todas las líneas
respectivas a cada partida, de acuerdo a las tablas expuestas anteriormente.
c) Si se ofertan partidas sin incluir la totalidad de líneas, la oferta será descalificada para
la partida o partidas respectivas que tengan el error. Y por tanto no se tomarán en cuenta
para evaluación.
Con las ofertas admisibles para una eventual adjudicación, se procederá a realizar la
calificación de cada oferta bajo la siguiente metodología de evaluación:
El sistema de evaluación de las ofertas consistirá en 100 puntos divididos de la siguiente forma:
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E. Visita al sitio de las obras:
Visita pre oferta al sitio de obras es obligatoria para ofertar. No tiene puntaje asignado.
F. Criterios de Desempate:
Si el resultado de este concurso arroja empate entre dos o más oferentes, se tomará como
criterios de desempate los que se detallan a continuación:
a) PYME: - Industria. (5 puntos). - Servicio o agropecuaria. (5 puntos). - Comercio. (2 puntos)
b) Menor Precio. (2 puntos).
c) Mayor Experiencia. (3 puntos).
De persistir el empate la Administración convocará por escrito con dos (2) días de antelación a la fecha en que se resolverá el desempate, a los representantes de los oferentes que se encuentren en situación de empate, para efectuar una rifa y así seleccionar el adjudicatario, la cual será efectuada en la Municipalidad de San Rafael de Heredia en el sitio especificado en la notificación; todo lo anterior conforme al Art. 97 del Reglamento a la LGCP.
La Administración se reserva el derecho de adjudicar parcialmente las líneas adjudicadas de
acuerdo al contenido presupuestario existente.
SECCIÓN V
Condiciones para la ejecución contractual
1. Requisitos para el adjudicatario y contratista:
Subcontratación:
a) De conformidad con el artículo No. 18 de la LGCP, todas las personas, físicas o
jurídicas, que manifiesten interés en contratar con la Administración o para fungir como
subcontratistas deberá estar inscrito en el Registro electrónico oficial de proveedores y
subcontratistas del sistema SICOP; para los efectos de subcontratar se aplicará lo dispuesto
en el artículo No. 49 de la LGCP.
b) Todas las prohibiciones, así como las cláusulas de confidencialidad que se establezcan en
el pliego de condiciones para el oferente, aplican de la misma forma para aquel a quien se
subcontrata, no obstante, no asume ningún tipo de compromiso para con este.
c) El oferente podrá subcontratar hasta en un cincuenta por ciento (50%) del monto
adjudicado, lo cual no relevará al contratista de su responsabilidad, por lo tanto, el oferente
deberá presentar junto con su oferta un desglose de las posibles empresas o personas a
quienes subcontratará indicado su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar
(los subcontratistas serán revisados a la hora de la recepción, deben estar inscritos en el
Sistema Digital Unificado (SICOP) y cumplir con todas las exigencias del pliego de
condiciones de lo contrario la oferta no cumpliría, se solicitara subsanación, teniendo en
cuenta que si no contesta, quedara fuera de concurso).
d) Durante la ejecución del contrato el subcontratista debe cumplir con todos los requisitos.
e) La Administración se reserva el derecho de verificar el cumplimiento de dichos requisitos
durante la ejecución contractual.
f) El contratista no podrá alegar en ningún caso cláusulas de confidencialidad con sus
subcontratistas para brindar información que le sea solicitada, con las salvedades de la Ley General de Contratación Pública.
Consorcios
a) Dos o más oferentes podrán participar presentando una oferta en consorcio, sin que ello implique crear una persona jurídica diferente, con el objetivo de cumplir y fortalecer los requisitos dispuestos por la Administración en el pliego de condiciones. Las obligaciones que asume cada uno de los miembros que conforman el consorcio, deberán quedar plasmados en el respectivo acuerdo consorcial. La responsabilidad derivada de la participación consorcial es solidaria. Para efecto de los procedimientos será suficiente que una sola de las empresas consorciadas haya sido invitada, para que el grupo pueda participar. Además de lo anterior, se podrá exigir en el pliego de condiciones, los requisitos de capacidad y solvencia técnica y financiera para cada uno de los miembros del consorcio, sin perjuicio de que para cumplir ciertos requisitos se admita la sumatoria de elementos. Para esto se deberá indicar con toda
precisión cuáles requisitos deben ser cumplidos por todos y cada uno de los integrantes y cuáles por el consorcio.
b) Los integrantes del consorcio responderán frente a la Administración de manera solidaria, como si fuesen una única contraparte.
c) Acuerdo consorcial. El acuerdo consorcial es un documento privado, que no requiere fecha cierta, ni otras formalidades, a menos que la Administración así lo haya previsto en el pliego de condiciones. El acuerdo cubrirá al menos los siguientes aspectos: a) Calidades, incluido domicilio, lugar para recibir notificaciones, correo electrónico y capacidad de las partes. b) Designación de los representantes, con poder suficiente para actuar durante la fase de estudio de ofertas, de formalización, de ejecución contractual y para trámites de pago. c) Detalle de los aportes de cada uno de los miembros, sea en recursos económicos o bienes intangibles, como experiencia y obligaciones que asumiría en fase de ejecución contractual,
el porcentaje de la participación de cada uno de ellos, cuando resulte posible, todo conforme a las regulaciones de la Ley General de Contratación Pública y este Reglamento. d) Plazo del acuerdo que deberá cubrir la totalidad del plazo contractual. Deberá aportarse en el sistema digital unificado el documento original en caso de haberse suscrito de manera digital, o copia certificada del acuerdo si éste fue emitido de forma física.
2. Otros detalles del Concurso:
Cualquier condición no prevista en el pliego de condiciones se regirá por las disposiciones pertinentes de la normativa interna de la Municipalidad, la Ley de Administración Financiera, Ley General de Contratación Pública y su respectivo Reglamento, y en general, por todo el bloque de legalidad.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Ver detalles, cuadros, imágenes, fotos, otros en especificaciones técnicas CARTA-MSRH-UGV-249-2026 , anexos y otros que se encuentran adjuntos
Cláusula penal. 6. Clausula Penal y Multas Si existiere ejecución tardía o prematura de las obligaciones contractuales (plazo entrega), de acuerdo con los términos del pliego de condiciones y de la oferta y la Orden de Pedido, sin que fuere formalmente justificado, se aplicará una cláusula penal correspondiente al 0,50% del monto total de la Orden de Pedido respectiva, por día de atraso hasta llegar a un máximo de un 25% del monto total de la contratación (sumando porcentaje de multas y porcentaje de clausula penal), de conformidad con el Art. 117 del Reglamento a la LGCP, esta cláusula es no remunerativa y representa un castigo no coercitivo pero castiga el hecho de entregar en forma tardía o no entregar el bien adquirido. En caso de que el contratista se atrase injustificadamente en la entrega. Únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, por fuerza mayor, o por hechos imputables a la Municipalidad, debidamente demostradas por escrito.
Documentos del cartel13
- Detalle TécnicoPDF · 666 KB
- Detalle TécnicoMSG · 236 KB
- Detalle TécnicoPDF · 3,2 MB
- Detalle TécnicoPDF · 5,2 MB
- Detalle TécnicoPDF · 440 KB
- Detalle TécnicoPDF · 430 KB
- Detalle TécnicoPDF · 1 MB
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A quién contactar en la institución
William David Herrera Solis
Unidad Técnica Vial
William David Herrera Solis
Unidad Técnica Vial
Floribeth Chaves Ramirez
Encargado del concurso · Proveeduria
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 29/09/2026 06:11. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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