2026LD-000041-0015800001 · SICOP 20261000154
Contratación de servicios profesionales para procesos concursales. Modalidad de entrega según demanda.
Instituto Nacional de las Mujeres
Instituto Nacional de las Mujeres busca contratación de servicios profesionales para procesos concursales. modalidad de entrega según demanda con un presupuesto de ₡2,3 millones. Recibe ofertas hasta el 15/10/2026 (en 4 días).
₡2,3 millones
Tiempo para ofertar
4 días
cierra el 15/10/2026 10:00
Lotes y líneas
1 línea
Fechas clave
- Se publicó09/10/2026 16:09 · hace 2 días
- Límite para 12/10/2026 23:59 · mañana
- Límite para 13/10/2026 23:59 · en 2 días
- Cierre de ofertas15/10/2026 10:00 · en 4 días
- de ofertas15/10/2026 10:00 · en 4 días
- (plazo máximo)≈ 27/10/2026 · en 16 días
Nota de la institución. Obsérvese lo indicado en las especificaciones complementarias adjuntas. Se aclara que el monto total estimado de la contratación (obsérvense los apartados 1 y 10 del presente pliego), corresponde al monto unitario para cada proceso concursal terminado (ver Apartado 2.2.2.1. del documento adjunto denominado Especificaciones complementarias).
Contexto
- Compras parecidas recibieron en promedio 2,2 oferentes.5 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años, en cualquier institución.
- Instituto Nacional de las Mujeres adjudicó ₡1 561,3 millones en 70 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡2,0 millones – ₡2,3 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 30 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,3 puntos.
Qué se compra1 línea
- Servicio de Asesoría en Construcción de Pruebas de Conocimiento para Selección de Personal1 · ₡2 300 000,001₡2 300 000,00
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 30 % · Experiencia profesional 30 % · Experiencia profesional (2) 30 % · Criterio Social 10 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 70 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Obsérvese lo indicado en las especificaciones complementarias adjuntas.
- Sobre la contratación.
Dotar al Instituto Nacional de las Mujeres en adelante INAMU, de servicios profesionales especializados para la gestión integral de procesos concursales de reclutamiento y selección de personal, conforme a las necesidades institucionales que se presenten durante la vigencia contractual y de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria.
La vigencia de esta contratación es por un (1) año, prorrogable por tres (3) periodos iguales más.
En vista que se contratará mediante la modalidad de entrega según demanda, la disponibilidad de recursos económicos y presupuestarios deberán ser verificados en la etapa siguiente a la adjudicación en la que, una vez adjudicado el proceso, se tramiten las órdenes de pedido. El monto total de este proceso no podrá igualar ni superar el límite superior de una licitación menor, que para el 2026 corresponde a doscientos cincuenta y ocho millones doscientos treinta y nueve mil ciento setenta y ocho colones exactos (¢258.239.178,00) incluyendo sus modificaciones contractuales y prórrogas.
- Especificaciones técnicas.
- Producto requerido.
Se pretende contratar mediante la modalidad de entrega según demanda servicios profesionales especializados para la gestión integral de procesos concursales de reclutamiento y selección de personal conforme a las necesidades institucionales que requeridas durante la vigencia contractual y de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria.
Los servicios objeto de esta contratación estarán orientados a brindar apoyo técnico especializado en el diseño de las bases de selección, publicación del concurso, documentación y resolución de concursos internos y externos para la provisión de puestos, así como en la conformación de los registros de elegibles. Su alcance comprenderá todas aquellas actividades técnicas, metodológicas y operativas necesarias para garantizar procesos de selección objetivos, transparentes y sustentados en criterios de mérito e idoneidad comprobada.
Entre los servicios requeridos podrán incluirse, entre otros el diseño, aplicación y calificación de pruebas técnicas, psicométricas, situacionales o por competencias; el análisis y verificación de atestados; la realización de entrevistas por competencias; la integración y valoración de resultados; la elaboración de informes técnicos; la atención de consultas y actividades de apoyo derivadas de los concursos; la conformación y actualización de registros de elegibles; y cualquier otra actividad especializada necesaria para el adecuado desarrollo de los procesos concursales promovidos por la Institución.
Podrán participar en el presente procedimiento todas aquellas personas que acrediten la experiencia, capacidad técnica, idoneidad profesional y demás requisitos que se verán más adelante.
La presente contratación responde a la necesidad institucional de disponer de servicios profesionales especializados que permitan fortalecer la capacidad operativa y técnica para la ejecución oportuna y eficiente de los procesos de reclutamiento y selección de personal, garantizando el cumplimiento de los principios de legalidad, igualdad de oportunidades, objetividad, transparencia, mérito, idoneidad comprobada, eficiencia, eficacia, planificación y valor por el dinero que orientan la gestión pública, la contratación administrativa y el acceso al empleo público.
- Características y especificaciones técnicas.
Se requiere la prestación de servicios profesionales especializados para la ejecución de procesos concursales por demanda, cuya utilización será requerida por el INAMU conforme surjan las necesidades institucionales durante la vigencia contractual.
Los servicios estarán orientados a brindar apoyo técnico especializado al Departamento de Gestión del Talento Humano en las distintas etapas de los procesos de reclutamiento y selección de personal que la institución requiera desarrollar, de conformidad con la normativa aplicable y los procedimientos institucionales vigentes.
Dentro del alcance de la contratación podrán requerirse, entre otras, las siguientes actividades.
- Elaboración de pliegos de selección para el desarrollo de procesos concursales.
- Revisión y valoración de atestados y requisitos de las personas participantes.
- Diseño, aplicación y calificación de instrumentos de evaluación.
- Realización de entrevistas por competencias.
- Elaboración de matrices de evaluación de las pruebas de conocimiento técnico y consolidación de resultados.
- Conformación y actualización de registros de elegibles derivados de los procesos concursales.
- Elaboración de informes técnicos y criterios de recomendación.
- Apoyo técnico y logístico para la organización y ejecución de las diferentes etapas de los concursos.
- Cualquier otra actividad especializada directamente relacionada con los procesos concursales que resulte necesaria para la adecuada ejecución del objeto contractual.
Los servicios serán requeridos de manera parcial o total, según las necesidades institucionales que se presenten durante la ejecución contractual, sin que ello genere obligación de consumo de una cantidad específica de servicios por parte de la Administración.
La contratación permitirá disponer de apoyo profesional especializado para atender oportunamente los requerimientos asociados a los procesos concursales institucionales, garantizando la calidad técnica de los productos entregados, la objetividad de las evaluaciones realizadas y el adecuado desarrollo de los procedimientos de reclutamiento y selección de personal.
La prestación de los servicios contratados tendrá carácter de apoyo técnico especializado y en ningún caso implicará la delegación de competencias, potestades públicas o funciones decisorias propias de la Administración, las cuales continuarán siendo ejercidas por las autoridades institucionales competentes.
Se detalla a continuación la descripción del requerimiento.
Servicios Profesionales para Procesos Concursales, modalidad de entrega según demanda.
Comprende la prestación de servicios profesionales especializados para la ejecución de actividades técnicas asociadas a los procesos concursales que requiera el INAMU, de conformidad con la normativa vigente y los procedimientos institucionales aplicables. Los servicios podrán incluir la elaboración de instrumentos de evaluación, la valoración de atestados, la aplicación y calificación de pruebas, la realización de entrevistas, la elaboración de informes técnicos, la conformación de registros de elegibles y demás actividades requeridas para el desarrollo de concursos internos o externos destinados a la provisión de puestos mediante nombramientos en propiedad, interinos, sustituciones u otras modalidades autorizadas por la Administración. La ejecución de los servicios se realizará bajo la modalidad de entrega según demanda, de acuerdo con los requerimientos específicos que formule la Institución durante la vigencia contractual.
- Requerimientos técnicos.
Partida única.
La contratación por demanda de Servicios Profesionales para Procesos Concursales de acuerdo con la necesidad, por cuanto el INAMU requiere el apoyo en materia de Gestión del Talento Humano, mediante la ejecución actividades y tareas pertenecientes al Proceso de Captación y Selección de Personal.
La contratación por demanda para la realización de labores sobre.
- Servicios Profesionales para la Atracción y Selección del Talento Humano
- Asesoría técnica para la definición de perfiles y bases de selección.
Producto esperado.
- Elaboración de Bases de Selección para los distintos procesos concursales.
- Definición de criterios de valoración y metodologías conforme al perfil en concurso.
- Elaboración de instrumentos de apoyo para la gestión de concursos.
- Gestión técnica de la captación y preselección de talento.
Producto esperado.
- Implementación de estrategias de divulgación seguimiento y atracción de las personas oferentes.
- Análisis de admisibilidad de las ofertas recibidas.
- Elaboración de informes técnicos de preselección.
- Diseño y validación de instrumentos de evaluación.
Producto esperado.
- Diseño de pruebas técnicas, pruebas de idoneidad y otros instrumentos de evaluación en función del estrato ocupacional que se encuentre en concurso.
- Elaboración de temarios, rúbricas y matrices de calificación en coordinación con las expertas designadas.
- Validación técnica de los instrumentos de evaluación.
- Evaluación de personas participantes.
Producto esperado.
- Aplicación y análisis técnico de pruebas de selección.
- Elaboración de informes de resultados y criterios de valoración.
- Integración y consolidación de resultados obtenidos en las distintas etapas del proceso.
- Evaluación mediante pruebas psicométricas y/o psicológicas
Producto esperado.
- Aplicación de instrumentos psicométricos y/o psicológicos.
- Interpretación técnica de resultados.
- Elaboración de informes psicolaborales conforme a estándares profesionales.
- Entrevistas por competencias
Producto esperado.
- Diseño metodológico de entrevistas por competencias tomando en cuenta el diccionario de competencias de la institución (elaboración de instrumentos y criterios de evaluación).
- Aplicación de instrumentos para evaluar competencias.
- Generación de informes técnicos con resultados y recomendaciones.
- Valoración de méritos.
Producto esperado.
- Análisis técnico de experiencia, formación académica y demás factores de mérito.
- Aplicación de criterios de valoración previamente definidos.
- Elaboración de reportes de resultados.
- Elaboración de insumos técnicos para la selección final.
Producto esperado.
- Consolidación y análisis integral de resultados.
- Elaboración de informes técnicos para la conformación de nóminas de elegibles.
- Generación de documento en donde se establezca la línea cronológica de los actos administrativos y la nómina para la toma de decisiones institucionales.
- Asesoría técnica para la formalización de contrataciones.
Producto esperado.
- Elaboración de criterios e insumos técnicos para respaldar actos administrativos relacionados con nombramientos y contrataciones.
- Elaboración de informes y documentación técnica de respaldo para la conformación del expediente de cada proceso concursal.
- Asesoría técnica para responder recursos de revocatoria o apelación en contra de la formalización de actos administrativos.
Producto esperado.
- Elaboración de criterios e insumos técnicos para responder recursos de revocatoria o apelación en contra de la formalización de actos administrativos.
- Preparación de documentación técnica de respaldo para la adopción de decisiones institucionales.
Importante. Todos los productos y entregables generados en el marco de la presente contratación estarán sujetos a revisión técnica y aceptación por parte del INAMU, exclusivamente para efectos de verificar el cumplimiento de las especificaciones contractuales.
El anterior apartado y sus diez ítem conforman un proceso concursal terminado.
- Características mínimas.
Modelo de trabajo.
- Gestión del Talento Humano.
En cada proceso se considerarán las leyes y normativas vigentes.
- Ley N°6227 General de Administración Pública.
- Ley N°7600 de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad.
- Ley N°8862 Inclusión y protección laboral de las personas con discapacidad en el sector público.
- Ley N°10001 y 10120 de Acciones Afirmativas a Favor de las Personas Afrodescendientes.
- Ley N°7801 del Instituto Nacional de las Mujeres.
- Ley N°9635 de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.
- Ley N°10159 de Marco de Empleo Público.
- Ley N°8968 de Protección de la Persona Frente al Tratamiento de sus Datos Personales.
- Ley N°8292 de General de Control Interno.
- Lineamientos sobre Gestiones que Involucran a la Auditoría Interna presentadas ante la CGR.
- Código de Trabajo de Costa Rica con la Reforma Procesal Laboral.
- Manual Institucional de Clases.
- Manual Institucional de Cargos.
- Reglamento Autónomo de Servicios del Instituto Nacional de las Mujeres.
- La Convención Colectiva.
- El Estatuto del Servicio Civil como normativa supletoria, ente otras.
- Manual de Procedimiento de Captación y Selección del Talento Humano.
- Manual del Procedimiento para la Conformación del Registro de Elegibles Bienal
- Registro documental.
Para cada proceso la empresa física o jurídica adjudicada será responsable de crear una carpeta electrónica conforme con el Manual de Normas y Procedimientos Archivísticos, referente a los procedimientos que deben ejecutarse en todos los archivos de gestión, que permita que la información sea localizada de manera pronta y oportuna, evitando la pérdida de información, y el debido cumplimiento de la Ley del Sistema Nacional de Archivo No. 7202 y su reglamento, la Ley General de Control Interno No. 8292, Ley de certificados, firmas digitales y documentos electrónicos No. 8454 y su reglamento, entre otros.
- Obligaciones del INAMU hacia la persona adjudicada.
- El INAMU facilitará el espacio físico y mobiliario que se requiera para el ejercicio de los servicios que la empresa adjudicada se compromete a brindar, a excepción del equipo de cómputo, el cual deberá ser aportado por la empresa o persona contratada.
- Suministrar los protocolos institucionales, documentos de apoyo y otros lineamientos establecidos a nivel institucional.
- Facilitar a la persona contratista información institucional, normativa y documental necesaria para la correcta ejecución de los servicios contratados.
- Cuando la naturaleza del servicio requiera presencia física en instalaciones institucionales o en otra ubicación previamente definida en la orden de pedido, dicha condición se establecerá de forma expresa para el respectivo servicio. En caso de cambio de lugar, se respetará la zona geográfica que tiene por cobertura. Se le notificará a la empresa proveedora con al menos 5 días hábiles de anticipación, a partir de la fecha en que regirá el traslado del personal, salvo casos excepcionales.
- La comunicación entre las partes se realizará a través de las personas designadas como enlaces contractuales para efectos de coordinación administrativa y recepción de productos.
- El INAMU evaluará el cumplimiento del contrato periódicamente contra productos entregados.
- La administración contractual y la recepción de productos estará a cargo de la persona Gestora 2 del Departamento de Gestión del Talento Humano del INAMU o quien este designe.
- Otras condiciones.
- Podrán participar en este concurso personas físicas o jurídicas que cuenten con la totalidad de personas profesionales requeridas para la contratación, con el objetivo que se garantice un servicio integral.
- La persona oferente debe indicar que se acoge a la disposición de brindar el servicio en San Pedro de Montes de Oca. La prestación de los servicios podrá realizarse de manera presencial, remota o mixta, según la naturaleza del producto solicitado y las condiciones acordadas en la respectiva orden de pedido, lo cual se coordinará con el Departamento de Gestión del Talento Humano (DGTH).
- La persona adjudicada será responsable de garantizar la continuidad y entrega oportuna de los productos contratados, debiendo comunicar cualquier situación que pueda afectar el cumplimiento de los plazos establecidos.
- La persona adjudicada debe notificar al INAMU cualquier cambio en la dirección física, dirección electrónica, número de teléfono o cualquier otro dato que considere necesario informarle a la Institución.
- El INAMU, como la Institución rectora en materia de Derechos Humanos de las Mujeres, solicita la contratación de perfiles profesionales de mujeres y hombres, asegurando la igualdad de condiciones y oportunidades para ambos géneros, en línea con nuestro compromiso de promover y proteger los derechos humanos de las mujeres.
Los servicios deberán prestarse según el requerimiento de la Administración, mediante criterio escrito remitido por correo electrónico o informe en documento físico o electrónico.
Cuando resulte estrictamente necesario para la ejecución del objeto contractual, el INAMU facilitará el acceso controlado a la información requerida, conforme a las políticas de confidencialidad y protección de datos vigentes.
Estará obligado a resguardar la confidencialidad de la información de la que tenga conocimiento en la prestación de los servicios.
Privacidad, confidencialidad de la información y acuerdos de cumplimiento con las disposiciones de la Ley N° 8968.
La persona contratada deberá garantizar, en todo momento, la protección, confidencialidad, integridad, disponibilidad y uso legítimo de la información y de los datos personales de las personas concursantes que sean tratados en el marco del proceso de conformación del Registro de Elegibles Interinas con vigencia bienal del INAMU.
Para tales efectos, la empresa se compromete a manipular, almacenar, procesar y resguardar todos los datos personales dentro de un ámbito estricto de discreción, privacidad y confidencialidad, aplicando las medidas técnicas, administrativas y organizativas necesarias para prevenir el acceso, uso, divulgación, alteración o destrucción no autorizada de la información, conforme a lo dispuesto en la Ley N.º 8968, Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales, su reglamentación y demás normativa conexa.
Asimismo, la persona contratista aceptará y suscribirá el acuerdo de confidencialidad que para tales efectos determine la Administración, como condición obligatoria para la ejecución del contrato, comprometiéndose a restringir el acceso a la información exclusivamente al personal autorizado y únicamente para los fines directamente relacionados con el desarrollo del servicio contratado.
En ninguna circunstancia la persona contratista podrá utilizar, reproducir, comunicar, ceder o explotar la información y los datos personales obtenidos durante el proceso para fines distintos de aquellos estrictamente vinculados al objeto contractual. Cualquier uso indebido, negligente o no autorizado de la información, incluyendo prácticas que comprometan la seguridad de los datos, será considerado incumplimiento grave del contrato y dará lugar a la aplicación de las sanciones administrativas, civiles y penales que correspondan, sin perjuicio de otras acciones legales que el INAMU estime pertinentes.
En caso de comprobarse la divulgación total o parcial de información confidencial o datos personales, ya sea por acción u omisión imputable a la persona contratista, el INAMU procederá a ejercer las acciones administrativas y judiciales necesarias para la aplicación de las sanciones correspondientes, conforme al ordenamiento jurídico costarricense, así como a exigir la reparación de los daños y perjuicios ocasionados.
La obligación de confidencialidad y protección de datos subsistirá aun después de finalizado el contrato, independientemente de la causa de su terminación, y se mantendrá vigente mientras la información conserve carácter confidencial o contenga datos personales protegidos por la ley.
Para la presentación de las ofertas.
El Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP) es el medio para la presentación de las ofertas. En ningún caso se aceptará la presentación de ofertas por la vía telefónica ni en papel.
Podrá incluir en su oferta electrónica información adicional que a su criterio amplíe o aclare datos relevantes para la calificación de su oferta cuando lo considere necesario y para un mayor entendimiento, por lo tanto, los documentos adjuntos en la oferta deberán cumplir con lo siguiente.
Deberán incluir toda la documentación que respalde su oferta, en estricto orden, según lo que se requiera en la contratación.
- Documento 1. Tabla de contenidos y oferta económica (que incluya el precio cotizado y desglose detallado del proceso concursal terminado, (precio del punto 2.2.2.1. y precios unitarios de sus diez subpuntos o ítems) y toda la información relacionada de aceptación de los apartados.
- Documento 2. Currículum vitae, títulos académicos, certificación por cada persona profesional ofrecida en el equipo de trabajo, cursos de actualización profesional de los últimos 10 años afines al objeto contractual, certificación de incorporación al colegio profesional correspondiente y que se encuentra al día en el pago respectivo.
- Documento 3. Información legal, como.
- Acuerdo consorcial (si procediera).
- Personería jurídica de la empresa, si la oferente lo fuese, sino cédula de identidad de persona oferente.
- Copia de la cédula de la persona representante legal.
- Prueba documental de pólizas de Responsabilidad Civil y RT.
- Declaraciones juradas relacionadas con el tipo de servicios o productos que se requieren presenten a nombre de la persona física o jurídica.
Los documentos que adjunte cada persona en la oferta, no se considerarán de carácter “confidencial”, en caso de que, indiquen esa condición en alguno de los documentos adjuntos, una vez que se realice la gestión de apertura, se cambiará el estado a “público”, lo anterior, considerando que el tipo de contratación que nos ocupa no incluye o solicita información que sea de carácter confidencial, por lo tanto, se debe privilegiar el principio de publicidad y transparencia que rige la contratación administrativa.
En caso de que las ofertas incluyan documentación emitida en el extranjero tal como: personería jurídica, certificación de titulares del capital social y las personas representantes legales, actas constitutivas, títulos académicos o cualquier otro documento solicitado en los términos de la contratación, esa documentación deberá estar debidamente autentificada por el Departamento de Autenticaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, para dar fe de la legitimidad de las firmas de todos los documentos para que sean admisibles y reconocidos oficialmente en Costa Rica o bien los documentos deberán estar apostillados de manera que no requieran la autenticación por parte del Ministerio.
- Productos esperados y entregables.
- Procesos concursales. Producto entregable.
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Línea |
Producto esperado |
Entregable |
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1. Bases de selección |
Bases de selección técnicamente definidas. |
Bases de selección, criterios de valoración, metodologías e instrumentos de apoyo. |
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2. Captación y selección de talento |
Personas oferentes captadas y seleccionadas conforme a requisitos. |
Informe de divulgación, matriz de admisibilidad e informe técnico de selección. |
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3. Diseño y validación de instrumentos de evaluación |
Instrumentos de evaluación técnicamente validados. |
Pruebas, temarios, rúbricas, matrices de evaluación e informe de validación. |
|
4. Evaluación de participantes |
Resultados de evaluación consolidados y analizados. |
Informes de resultados, bases de datos de calificación y consolidado final de resultados. |
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5. Pruebas psicométricas y/o psicológicas |
Evaluación psicolaboral realizada. |
Informes psicolaborales individuales y reporte consolidado de resultados. |
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6. Entrevistas por competencias |
Competencias evaluadas conforme metodología definida. |
Guía de entrevista, matriz de evaluación e informe técnico de resultados. |
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Línea |
Producto esperado |
Entregable |
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7. Valoración de méritos |
Méritos valorados conforme normativa y criterios establecidos. |
Matriz de valoración e informe técnico de resultados. |
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8. Insumos para selección final |
Información consolidada para la toma de decisión institucional. |
Informe integral de resultados, nómina de elegibles y línea cronológica de actuaciones administrativas. |
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9. Formalización de contrataciones |
Insumos técnicos para fundamentar actos administrativos. |
Criterios técnicos, informes de respaldo y documentación justificativa. |
- Entregable final del proceso concursal
Al finalizar cada proceso concursal o cada orden de servicio, la persona contratista deberá entregar, según corresponda, la totalidad de los productos generados durante la ejecución del servicio, debidamente ordenados, respaldados y documentados.
- Expediente técnico completo del concurso.
Deberá contener toda la documentación generada durante el proceso concursal, organizada cronológicamente y de forma trazable, incluyendo actuaciones, registros, comunicaciones, matrices, resultados e informes técnicos emitidos.
- Bases de selección aprobadas.
Documento que incorpore las bases del concurso, requisitos de participación, etapas de evaluación, criterios de valoración, ponderaciones aplicadas, metodologías utilizadas y demás elementos técnicos que fundamentaron el desarrollo del proceso.
- Instrumentos de evaluación aplicados.
Incluye la totalidad de pruebas técnicas, psicométricas, entrevistas por competencias, rúbricas, temarios, guías, formularios, matrices o cualquier otro instrumento utilizado para evaluar a las personas participantes, junto con su respectiva documentación metodológica.
- Matrices de valoración y calificación.
Registros que documenten los resultados obtenidos por las personas oferentes en cada etapa del proceso, incluyendo la aplicación de puntajes, ponderaciones, criterios de desempate y demás elementos utilizados para la valoración objetiva de los participantes.
- Informes técnicos emitidos durante el proceso.
Informes elaborados en las distintas fases del concurso, tales como admisibilidad, preselección, evaluación, entrevistas, pruebas psicométricas, valoración de méritos y cualquier otro análisis requerido para sustentar técnicamente las decisiones adoptadas.
- Resultados consolidados y nómina de elegibles.
Documento que integre y consolide los resultados finales del proceso concursal, incluyendo los puntajes obtenidos, el orden de prelación de las personas participantes y la nómina de elegibles cuando corresponda.
- Documentación de respaldo y trazabilidad de actuaciones.
Conjunto de evidencias que permitan verificar la correcta ejecución del proceso, incluyendo registros de aplicación de pruebas, asistencia, comunicaciones, validaciones, respaldos documentales y cualquier otro elemento necesario para garantizar la transparencia y trazabilidad de las actuaciones realizadas.
- Informe ejecutivo final con conclusiones y recomendaciones.
Documento de cierre que resuma las actividades desarrolladas, resultados obtenidos, principales hallazgos, incidencias identificadas, conclusiones técnicas y recomendaciones que resulten pertinentes para la Administración.
- Criterio general de recepción.
La recepción de los productos quedará sujeta a la revisión y conformidad del Departamento de Gestión del Talento Humano, el cual verificará el cumplimiento de las condiciones establecidas en la respectiva orden de servicio.
Para efectos de aceptación, cada producto deberá cumplir con los siguientes criterios.
- Cumplimiento del alcance solicitado.
El producto deberá responder integralmente a los requerimientos definidos por la Administración y atender la totalidad de las actividades, etapas o componentes solicitados en la orden de servicio.
- Entrega oportuna.
Los productos deberán presentarse dentro de los plazos establecidos para cada actividad. El incumplimiento de los plazos podrá dar lugar a la aplicación de las medidas contractuales correspondientes.
- Calidad técnica verificable.
Los análisis, resultados, conclusiones y recomendaciones deberán encontrarse debidamente fundamentados, sustentados en evidencia objetiva y desarrollados bajo criterios técnicos acordes con la normativa y las buenas prácticas en materia de gestión del talento humano.
- Integridad y consistencia de la información.
La documentación entregada deberá estar completa, libre de inconsistencias, errores materiales u omisiones que afecten su validez o utilidad para la toma de decisiones institucionales.
- Cumplimiento normativo.
Los productos deberán ajustarse a la Ley General de Contratación Pública, la Ley Marco de Empleo Público, la normativa institucional aplicable y los procedimientos definidos por el INAMU para la gestión de concursos y nombramientos.
- Trazabilidad documental.
Cada actuación realizada durante el proceso deberá encontrarse debidamente respaldada, permitiendo reconstruir de forma clara y verificable el desarrollo de cada etapa del concurso.
- Conformidad técnica.
La recepción definitiva procederá únicamente cuando el Departamento de Gestión del Talento Humano emita el visto bueno correspondiente, tras verificar que el producto cumple con los requerimientos técnicos, metodológicos y normativos establecidos por la Administración.
- Subsanación de observaciones.
En caso de identificarse inconsistencias u observaciones, el contratista deberá realizar las correcciones requeridas dentro del plazo establecido por la Administración, previo a la recepción definitiva del producto.
- Plazos de ejecución y entrega de productos.
La persona contratista deberá ejecutar los servicios solicitados dentro de los plazos definidos en cada orden de pedido emitida por la Persona Administradora del contrato.
En ningún caso dichos plazos podrán superar los máximos que se detallan a continuación.
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Línea |
Producto esperado |
Entregable |
Plazo máximo de entrega |
Criterio de aceptación |
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1. Bases de selección |
Bases de selección técnicamente definidas. |
Bases de selección, criterios de valoración, metodologías e instrumentos de apoyo. |
Hasta 1 días hábiles posteriores a la orden de servicio. |
Cumplimiento de los requisitos del puesto, criterios de evaluación definidos y validación del INAMU. |
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2. Captación y selección de talento |
Personas oferentes captadas y seleccionadas conforme a requisitos. |
Informe de divulgación, matriz de admisibilidad e informe técnico de preselección. |
Hasta 2 días hábiles posteriores al cierre de recepción de ofertas. |
Verificación documental de requisitos, aplicación correcta de criterios de admisibilidad y trazabilidad del proceso. |
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3. Diseño y validación de instrumentos de evaluación |
Instrumentos técnicamente elaborados y validados. |
Pruebas, temarios, rúbricas, matrices de evaluación e informe de validación. |
Hasta 3 días hábiles posteriores a la solicitud institucional. |
Correspondencia con el perfil del puesto y fundamentación técnica documentada. |
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4. Evaluación de participantes |
Resultados consolidados y analizados. |
Informes de resultados, bases de datos de calificación y consolidado final de resultados. |
Hasta 1 día hábil posterior a la finalización de las evaluaciones. |
Exactitud de las calificaciones, consistencia metodológica y respaldo documental. |
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Línea |
Producto esperado |
Entregable |
Plazo máximo de entrega |
Criterio de aceptación |
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5. Pruebas psicométricas y/o psicológicas |
Evaluaciones psicolaborales aplicadas y analizadas. |
Informes psicolaborales individuales y reporte consolidado de resultados. |
Hasta 1 día hábil posterior a la aplicación de las pruebas. |
Aplicación de instrumentos válidos, confidencialidad y fundamentación técnica de los resultados. |
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6. Entrevistas por competencias |
Competencias evaluadas conforme a la metodología definida. |
Guía de entrevista, matriz de evaluación e informe técnico de resultados. |
Hasta 1 días hábiles posteriores a la conclusión de las entrevistas. |
Aplicación uniforme de la metodología y documentación completa de resultados. |
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7. Valoración de méritos |
Méritos valorados conforme a la normativa y criterios establecidos. |
Matriz de valoración e informe técnico de resultados. |
Hasta 1 día hábil posterior a la revisión documental. |
Correcta aplicación de los criterios de valoración y respaldo documental de los puntajes asignados. |
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8. Insumos para selección final |
Información consolidada para la toma de decisiones institucionales. |
Informe integral de resultados, nómina de elegibles y línea cronológica de actuaciones administrativas. |
Hasta 1 día hábil posterior a la conclusión del proceso de evaluación. |
Integridad de la información, consistencia de resultados y cumplimiento del procedimiento establecido. |
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9. Formalización de contrataciones |
Insumos técnicos para fundamentar los actos administrativos correspondientes. |
Criterios técnicos, informes de respaldo y documentación justificativa. |
Hasta 2 días hábiles posteriores a la solicitud institucional. |
Documentación completa, consistencia técnica y jurídica y conformidad del Departamento de Gestión del Talento Humano. |
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10. Corrección o subsanación de observaciones |
Ajustes incorporados conforme a las observaciones formuladas por el INAMU. |
Producto corregido y versión final. |
Hasta 1 día hábil posterior a la notificación de observaciones. |
Atención integral de las observaciones y aprobación de la versión final por la Administración. |
- Productos sujetos a aprobación.
La entrega de cada producto deberá realizarse mediante informe, estudio, propuesta técnica, base de selección, nómina de elegibles, plan de trabajo o cualquier otro documento definido en la orden de pedido correspondiente.
La Administración contará con un plazo máximo de cinco (5) días hábiles para revisar el producto entregado y comunicar su aprobación o solicitar ajustes.
Cuando se requieran correcciones, la persona contratista deberá atender las observaciones formuladas por la Administración sin costo adicional y dentro del plazo establecido para su subsanación.
Casos de urgencia institucional
Por razones debidamente justificadas, relacionadas con la continuidad del servicio público, procesos concursales prioritarios, movimientos de personal urgentes o requerimientos institucionales extraordinarios, el INAMU podrá establecer plazos menores a los indicados anteriormente, previa coordinación con la persona contratista.
- Mecanismos o procedimientos de control de calidad (cuando sea pertinente).
- Revisión de desempeño de la persona contratista.
El INAMU, por medio de la persona designada para dar seguimiento de la contratación, verificará el cumplimiento oportuno, eficiente y satisfactorio de las obligaciones contractuales, los productos entregados y los niveles de calidad requeridos en el presente cartel.
Con el fin de garantizar la adecuada ejecución del contrato, la Persona Administradora del contrato verificará periódicamente el cumplimiento de las obligaciones contractuales, la calidad de los productos entregados y el apego a las especificaciones técnicas definidas en la contratación y a lo siguiente.
- Cumplimiento de los plazos establecidos para la entrega de productos, informes y actividades encomendadas.
- Calidad técnica de los productos entregados.
- Cumplimiento de la normativa legal, técnica e institucional aplicable.
- Exactitud, consistencia y confiabilidad de la información suministrada.
- Cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad y protección de datos.
- Nivel de respuesta y atención a los requerimientos formulados por el INAMU.
- Cumplimiento de los requerimientos técnicos establecidos en las órdenes de pedido y en el contrato.
- Grado de satisfacción respecto al servicio recibido.
La persona designada para dar seguimiento a la contratación documentará los resultados obtenidos y emitirá un informe de evaluación que será incorporado al expediente administrativo de la contratación.
- Procedimiento de evaluación y mejora.
- La persona designada para dar seguimiento a la contratación, mediante el medio oficial señalado para notificaciones, el resultado de la evaluación realizada, indicando los aspectos satisfactorios, oportunidades de mejora y, cuando corresponda, los incumplimientos detectados.
- Cuando se identifiquen desviaciones, inconsistencias o incumplimientos que no ameriten la aplicación inmediata de medidas contractuales, la persona contratista deberá presentar una propuesta de acciones correctivas para atender las observaciones formuladas por la Administración.
- En caso de disconformidad con los resultados de la evaluación, la persona contratista podrá presentar por escrito sus observaciones o descargos, acompañando la documentación y evidencias que estime pertinentes.
- Los descargos o el plan de acción correctivo deberán presentarse dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la evaluación.
- La Administración analizará la información aportada y comunicará la resolución correspondiente, pudiendo mantener, modificar o dejar sin efecto las observaciones inicialmente emitidas.
- La reincidencia en incumplimientos, la falta de implementación de las acciones correctivas o el incumplimiento de los niveles de calidad requeridos podrán dar lugar a la aplicación de las medidas establecidas en el contrato, incluyendo cláusulas penales, ejecución de garantías o cualquier otra acción procedente conforme a la Ley General de Contratación Pública y demás normativa aplicable.
- Estimación del precio y proyección de consumo.
- Estudio de mercado.
Para la elaboración del presente estudio de costos, el 11 de septiembre de 2026, el Departamento de Gestión del Talento Humano remitió el oficio INAMU-DA-DGTH-137-2026 a seis (6) organizaciones especializadas con amplia experiencia en servicios de gestión del talento humano, consultoría organizacional, reclutamiento y selección de personal. Mediante dicho oficio se solicitó la presentación de cotizaciones para diversos productos y servicios vinculados con el subproceso de Atracción y Selección de Personal, en el contexto del proceso de reorganización administrativa que actualmente impulsa el Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU).
La gestión realizada tuvo como propósito obtener información actualizada, objetiva y suficientemente representativa del mercado, que permitiera identificar los costos asociados a la prestación de servicios especializados relacionados con los procesos concursales y de selección de personal. Lo anterior se consideró indispensable para fundamentar técnicamente la determinación de un costo referencial, conforme a criterios de razonabilidad, eficiencia y uso adecuado de los recursos públicos.
Las organizaciones consultadas fueron las siguientes.
- Consultores del Talento (CDT).
- SEA Servicios Múltiples S.A.
- Cámara de Industrias de Costa Rica (CICR).
- Aldi Zeledón & Asociados S.A. (LHH Costa Rica).
- People Working Corp.
- Centro de Investigación y Capacitación en Administración Pública (CICAP), Universidad de Costa Rica (UCR).
Posteriormente, una vez recibidas las propuestas presentadas por las organizaciones participantes, se procedió a efectuar un análisis comparativo y sistemático de la información suministrada. Dicho análisis permitió identificar las actividades, alcances metodológicos, entregables y costos asociados a cada una de las ofertas, estableciendo puntos de referencia comunes para su valoración.
Con el fin de asegurar la comparabilidad de la información y contar con una base homogénea para el análisis económico, se determinó el costo unitario asociado al desarrollo de cada proceso concursal concluido dentro del subproceso de Atracción y Selección de Personal. Este ejercicio permitió establecer una equivalencia entre los servicios ofrecidos por los distintas personas cotizantes y los resultados efectivamente esperados por la Administración, considerando las diferentes etapas que integran un proceso de reclutamiento y selección, tales como la divulgación de concursos, preselección, aplicación de pruebas, valoración de competencias, entrevistas, elaboración de informes y emisión de recomendaciones técnicas.
Como resultado de este análisis, se obtuvo un parámetro de referencia sustentado en información de mercado especializada, el cual constituye la base técnica para la determinación del costo referencial de la contratación. Este valor permite a la Administración contar con un criterio objetivo para la planificación presupuestaria, la evaluación de la razonabilidad de futuras ofertas y la adopción de decisiones relacionadas con la eventual contratación de servicios especializados en materia de atracción y selección de personal.
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A partir de la información recabada, se identificó el costo por proceso concursal terminado, con lo cual se construye la base para la determinación del costo referencial de la contratación y que se requiere que las personas oferentes presenten un detalle del precio para cada una de las diez etapas. Ver apartado 2.2.2.1.
- Consultores del Talento Humano CDT.
Presenta cotización para la ejecución de productos vinculado con el subproceso de Atracción y Selección de Personal. La propuesta responde al alcance descrito por la institución y considera el marco legal vigente, la normativa institucional aplicable y los lineamientos técnicos de la Dirección General de Servicio Civil, obteniendo un costo por proceso concursal terminado de ¢2.000.000.00 sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.
- Centro de Investigación y Capacitación en Administración Púbica CICAP.
Facilitan cotización para el Servicio de Atracción y Selección de Personal en el INAMU, la propuesta económica considerando dos escenarios, ambos contemplando el nombramiento de los profesionales por un período de 12 meses, con un costo por proceso de ¢3.285.714.29 cuatro profesionales tiempo completo y ¢2.000.000.00 tres profesionales ½ y uno ¼ de tiempo.
Del análisis de las cotizaciones recibidas por parte de los proveedores especializados consultados, se determina que ambas propuestas presentan alcances orientados a la ejecución integral del subproceso de Atracción y Selección de Personal, considerando las necesidades institucionales planteadas por el INAMU y el cumplimiento de la normativa aplicable en materia de empleo público y gestión del talento humano.
En el caso de Consultores del Talento Humano (CDT), la propuesta contempla el desarrollo de los productos requeridos por la institución bajo un enfoque alineado con la normativa vigente, los lineamientos técnicos de la Dirección General de Servicio Civil y las disposiciones institucionales aplicables, estableciendo un costo de ¢2.000.000,00 por proceso concursal concluido sin incluir el IVA.
Por su parte, el Centro de Investigación y Capacitación en Administración Pública (CICAP-UCR) presentó dos escenarios de prestación del servicio. El primero considera la asignación de cuatro profesionales a tiempo completo, proyectando un costo por proceso concursal de ¢3.285.714,29, mientras que el segundo contempla una estructura operativa integrada por tres profesionales de medio tiempo y un profesional de un cuarto de tiempo, con un costo estimado de ¢2.000.000,00 por proceso concursal concluido sin IVA.
De la comparación efectuada se observa que el costo unitario más bajo identificado en el estudio corresponde a ¢2.000.000,00 por proceso concursal concluido, monto que coincide en dos de las alternativas analizadas y que resulta consistente con las condiciones y requerimientos técnicos definidos por la institución. Asimismo, se evidencia que las diferencias de costo responden principalmente a la cantidad de recurso humano asignado para la ejecución de los servicios, sin que ello implique una variación sustancial en los productos esperados por el INAMU.
En consecuencia, y tomando como base la información obtenida mediante el estudio de mercado realizado, se considera técnica y financieramente razonable establecer como costo referencial de contratación la suma de ¢2.300.000,00 por proceso concursal concluido (Impuesto al Valor Agregado incluido), por constituir el valor de mercado más competitivo identificado entre las propuestas recibidas y por responder adecuadamente a las necesidades institucionales asociadas al fortalecimiento del subproceso de Atracción y Selección de Personal.
Finalmente, con el propósito de garantizar la disponibilidad de recursos para una eventual contratación de los servicios requeridos, el Departamento de Gestión del Talento Humano realizará las previsiones presupuestarias correspondientes para el siguiente período anual, incorporando los montos estimados en las partidas presupuestarias pertinentes, de conformidad con la planificación institucional y la normativa vigente aplicable a la administración de los recursos públicos.
El Departamento de Gestión del Talento Humano del INAMU realizará las previsiones presupuestarias para el siguiente periodo anual en las partidas correspondientes.
- Proyección de consumo.
Esta contratación se establece bajo la modalidad de entrega según demanda. Al momento de elaborar el presente pliego de condiciones, el Departamento de Gestión del Talento Humano mantiene identificados treinta y seis (36) procesos concursales para nombramientos en propiedad considerados prioritarios para la gestión institucional. Asimismo, se prevé la generación de procesos concursales adicionales durante la vigencia contractual debido a vacantes sobrevinientes, movimientos de personal, nuevas plazas, requerimientos derivados de la Reorganización Administrativa Integral y demás necesidades institucionales.
En virtud de lo anterior, para efectos de planificación presupuestaria y estimación del consumo contractual, se proyecta una demanda referencial de hasta veintitrés (23) procesos concursales para cada año durante las posibles prórrogas.
Esta cantidad constituye únicamente una estimación de consumo y no representa una obligación mínima ni máxima de contratación para la Administración, la cual solicitará los productos conforme a sus necesidades reales y la disponibilidad presupuestaria correspondiente.
- Previsión de verificación de recursos.
Recurso humano, tiempo y material disponible para verificación de cumplimiento.
La persona Gestora del Departamento de Recursos Humanos será la Administradora del contrato y la responsable del seguimiento, coordinación, supervisión y recepción del objeto contratado.
Para brindar seguimiento a la contratación, se designa a las siguientes personas funcionarias del Departamento de Recursos Humanos.
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Nombre |
Correo electrónico |
Número de teléfono |
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Wendy Ward Bennett |
25278445 |
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Erick Mora Torres |
emorat@inamu.go.cr |
25278507 |
Se realizará al momento de la recepción del objeto contractual, una revisión exhaustiva a cargo de la Persona Administradora del contrato, tomando como referencia las especificaciones técnicas solicitadas por el INAMU y adjudicadas a la persona oferente. Brindando así un recibido conforme sobre lo entregado y contratado según los procedimientos internos de contratación.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Obsérvese lo indicado en las especificaciones complementarias adjuntas.
- Condiciones Específicas.
- Multas y cláusulas penales.
- En relación con este apartado, obsérvese detalle en el Pliego de condiciones.
- Adicionalmente, se detalla lo correspondiente a Memoria de cálculo sobre Cláusula Penal.
La presente Memoria de cálculo tiene como finalidad justificar técnica, jurídica y económicamente la determinación de la cláusula penal prevista para el contrato de servicios indicado, estableciendo los criterios objetivos, proporcionales y razonables que respaldan su cuantía y aplicación ante eventuales incumplimientos contractuales por parte de la persona contratista.
La Administración podrá aplicar una cláusula penal cuando se determine la existencia de atrasos imputables a la persona contratista en el cumplimiento de las obligaciones derivadas de una orden de servicio debidamente emitida, comunicada y vigente.
La sanción corresponderá a un porcentaje del valor final del producto, entregable o prestación específica objeto del incumplimiento (ver apartado 2.2.2.1.), porcentaje que se detalla más adelante, calculado únicamente sobre el monto de la obligación afectada por el atraso y no sobre el valor total del contrato.
La aplicación de la cláusula penal requerirá la determinación previa de la responsabilidad de la persona contratista mediante el procedimiento administrativo correspondiente, con observancia del debido proceso y del derecho de defensa.
No procederá la imposición de la sanción cuando el atraso sea atribuible a la Administración o cuando obedezca a casos fortuitos o de fuerza mayor debidamente acreditados.
La aplicación de esta cláusula no exime a la persona contratista del cumplimiento de las obligaciones pendientes ni limita las demás acciones o potestades que correspondan a la Administración conforme al ordenamiento jurídico vigente.
- Condición.
No cumplir con el plazo de entrega establecido de los criterios, informes o documentos de entrega requeridos.
- Afectación.
Entre baja y media.
- Monto.
Si tiene afectación baja la persona contratista deberá cubrir por concepto de cláusula penal una penalidad equivalente al 0,5% del valor del producto o servicio afectado por cada día hábil de atraso.
Si tiene afectación media la persona contratista deberá cubrir por concepto de cláusula penal una penalidad equivalente al 1% del valor del producto o servicio afectado por cada día hábil de atraso.
- Justificación.
Tiene afectación baja si lo que afecta es un proceso interno operativo.
Tiene afectación media si impacta en alguna toma de decisión con respecto al plan estratégico institucional.
El monto acumulado por concepto de cláusula penal no podrá superar el 25% del valor del producto, etapa, orden de pedido o servicio afectado.
Previo a la aplicación de la penalidad, la persona responsable de dar seguimiento del contrato deberá comunicar por escrito el incumplimiento a la persona contratista, otorgándole un plazo de tres (3) días hábiles para presentar las justificaciones o pruebas que estime pertinentes. Una vez analizados los descargos, la Administración resolverá lo que corresponda y, de resultar procedente, aplicará la deducción respectiva en la factura o pago pendiente.
La aplicación de la cláusula penal no limita el ejercicio de otras acciones contractuales o legales que correspondan a la Administración de conformidad con la Ley General de Contratación Pública, su Reglamento y demás normativa aplicable.
- Garantías.
En relación con la Garantía de Cumplimiento, obsérvese detalle en el Pliego de condiciones.
- Estructura del
- Estructura del precio.
La persona oferente deberá presentar la estructura del precio tanto en términos absolutos como porcentuales, además, considerar que el precio será considerado firme, definitivo y en plaza, indicar el monto del Impuesto al Valor Agregado, así como cualquier tributo que afecte al objeto contractual. Se debe ofertar únicamente en colones de acuerdo con la Directriz Presidencial N° 044-H, ya que este servicio se ajusta a las circunstancias del mercado, por lo que no causa un perjuicio a la satisfacción del Interés Público.
Estructura del precio
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Rubro |
Porcentaje |
Términos absolutos |
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Costos directos. Mano de obra. |
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Costos directos. Materiales e insumos. |
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Costos directos. Subcontratos. |
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Costos indirectos. Mano de obra. |
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Costos indirectos. Materiales e insumos. |
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Imprevistos. |
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Utilidad. |
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Precio total sin Impuesto al Valor Agregado (IVA) |
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Impuesto al Valor Agregado (IVA) |
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Precio total con Impuesto al Valor Agregado (IVA) |
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- Revisión de Precios.
La persona oferente deberá indicar en su oferta la fórmula aplicable para la revisión de precios en caso de cotizar en colones.
Con la presentación de la oferta, la persona oferente acepta la fórmula de revisión de precios. Para poder ajustar los precios, es necesario, que se indique el desglose de los costos, según lo estipulado en el pliego de condiciones.
Para los reajustes de precios la persona adjudicataria debe considerar que el INAMU cuenta con 30 días hábiles a partir de la fecha de recibo, para efectuar el estudio correspondiente.
En materia de revisión de precios para la presente contratación, aplicará las disposiciones establecidas en el artículo 43 de la Ley General de Contratación Pública, también, los artículos 102, 103, 107, 109 del Reglamento en lo atinente, así como lo establecido en el Transitorio IX del mismo Reglamento.
- Requisitos de admisibilidad.
- La persona oferente deberá contar con experiencia comprobada y demostrada de al menos cinco (5) trabajos en los últimos cinco (5) años en la prestación de servicios relacionados con procesos de gestión del talento humano, reclutamiento y selección.
Para acreditar lo anterior, se deberá presentar una declaración jurada según detalle que podrá observarse en el Anexo 1, o bien, cualquier medio idóneo de acreditación de experiencia, sujeto a verificación por la Administración donde se acredite la experiencia solicitada, empresa o entidad a quién brindó el servicio, periodo de fechas de prestación del servicio, nombre y cargo de la persona contacto y medio de contacto.
No se tomarán en cuenta para demostrar la experiencia contratos, facturas ni órdenes de compra.
- La persona oferente deberá contar con un equipo de trabajo con una conformación mínima según el siguiente detalle.
- Una persona profesional coordinadora responsable.
- Grado académico.
Mínimo de licenciatura expedido por una Universidad Nacional, o bien, Extranjera debidamente acreditada, en las carreras de Ingeniería Industrial, Administración de Recursos Humanos o Psicología.
Para demostrar este requisito deberá presentar el certificado universitario correspondiente.
- Experiencia profesional.
Debidamente comprobada y demostrada de al menos tres (3) trabajos en los últimos cinco (5) años en la coordinación de servicios relacionados con procesos de gestión del talento humano, reclutamiento y selección.
Para acreditar lo anterior, se deberá presentar una declaración jurada según detalle que podrá observarse en el Anexo 1 (modificar y adaptar texto), o bien, cualquier medio idóneo de acreditación de experiencia, sujeto a verificación por la Administración donde se acredite la experiencia solicitada, empresa o entidad a quién brindó el servicio, periodo de fechas de prestación del servicio, nombre y cargo de la persona contacto y medio de contacto.
No se tomarán en cuenta para demostrar la experiencia contratos, facturas ni órdenes de compra.
- Incorporación al Colegio Profesional respectivo.
La persona profesional deberá estar incorporada al Colegio Profesional respectivo y aportar la constancia de que se encuentra al día y activa.
- Dos personas profesionales especialistas en reclutamiento y selección.
- Grado académico.
Mínimo de licenciatura expedido por una Universidad Nacional, o bien, Extranjera debidamente acreditada, en las carreras de Ingeniería Industrial, Administración de Recursos Humanos o Psicología.
Para demostrar este requisito deberá presentar el certificado universitario correspondiente.
Importante. Obligatoriamente una de las personas profesionales deberá poseer licenciatura de Psicología.
- Experiencia profesional.
Debidamente comprobada y demostrada de al menos dos (2) trabajos en los últimos cinco (5) años en brindando servicios relacionados con procesos de gestión del talento humano, reclutamiento y selección.
Para acreditar lo anterior, se deberá presentar una declaración jurada según detalle que podrá observarse en el Anexo 1 (modificar y adaptar texto), o bien, cualquier medio idóneo de acreditación de experiencia, sujeto a verificación por la Administración donde se acredite la experiencia solicitada, empresa o entidad a quién brindó el servicio, periodo de fechas de prestación del servicio, nombre y cargo de la persona contacto y medio de contacto.
No se tomarán en cuenta para demostrar la experiencia contratos, facturas ni órdenes de compra.
- Incorporación al Colegio Profesional respectivo.
Las personas profesionales deberán estar incorporadas al Colegio Profesional respectivo y aportar la constancia de que se encuentran al día y activa.
- Personal técnico administrativo de apoyo, al menos una persona.
- Grado académico.
Mínimo Técnico Medio expedido por una Institución Nacional, o bien, Extranjera debidamente acreditada, en las carreras de Secretariado, Gestión de oficinas u otras carreras vinculadas a actividades administrativas.
- Experiencia profesional.
Debidamente comprobada y demostrada de al menos un (1) trabajo en los últimos cinco (5) años brindando servicios relacionados con procesos de administrativos y de oficina.
Para acreditar lo anterior, se deberá presentar una declaración jurada según detalle que podrá observarse en el Anexo 1 (modificar y adaptar texto), o bien, cualquier medio idóneo de acreditación de experiencia, sujeto a verificación por la Administración donde se acredite la experiencia solicitada, empresa o entidad a quién brindó el servicio, periodo de fechas de prestación del servicio, nombre y cargo de la persona contacto y medio de contacto.
No se tomarán en cuenta para demostrar la experiencia contratos, facturas ni órdenes de compra.
- Para cada integrante del equipo de trabajo, se deberá aportar el currículum vitae.
El currículum vitae de cada profesional propuesta debe ser claro, ordenado y estar actualizado al presente año, deberá adjuntar los documentos que lo sustentan de la siguiente manera.
- Datos personales.
- Información sobre formación académica (aportar los títulos académicos para la respectiva verificación).
- Información sobre la incorporación del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica (aportar la constancia de que se encuentra al día con las obligaciones de pago y activa en el colegio profesional).
- Información sobre actualización profesional.
La información aportada de cada profesional debe venir organizada por carpetas con el nombre completo de la persona, todos los documentos deben estar en formato PDF y no se aceptarán documentos que sean membretados y certificados tipo “machote” por una sola persona. El currículum vitae es un documento personal.
- Es indispensable considerar lo establecido en los artículos 49 de la Ley General de Contratación Pública y 126 de su Reglamento.
“…Una persona física o jurídica únicamente podrá figurar para un mismo concurso en una única oferta ya sea como subcontratista…”.
Por tal motivo, se deberá presentar una declaración jurada por cada una de las personas que integren el equipo de trabajo, acerca del conocimiento y consentimiento para formar parte del equipo de la Persona Oferente. Tal declaración debe indicar la fecha, ver Anexo 2.
Con base en lo anterior, el INAMU a través de la Persona Administradora del contrato, se reserva el derecho de realizar las verificaciones correspondientes e indicarlo expresamente en la Revisión y Análisis Técnico.
Importante. La persona oferente que incumpla con estos requisitos será descalificada.
El INAMU se reserva el derecho de verificar y comprobar la información y documentación suministrada en cualquier etapa del proceso.
- Sistema de valoración de ofertas.
Las ofertas recibidas se procederán a evaluar siempre y cuando hayan cumplido todos los requerimientos legales, financieros, técnicos, de cumplimiento obligatorio y cualquier otro especificado en este Pliego de condiciones.
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Descripción |
Puntaje |
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5.1. Monto de la oferta. Precio.
A la persona oferente que cotice el menor precio, se le asignará la totalidad de puntos indicada en este apartado; a las demás ofertas se les aplicará la regla de tres simple inversa fundamentada en una relación de proporcionalidad, según la fórmula establecida en el Sistema Integrado de Compras Públicas SICOP. |
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30 |
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5.2. Experiencia adicional de la persona oferente.
La persona oferente deberá contar con experiencia comprobada y demostrada de trabajos en la prestación de servicios relacionados con procesos de gestión del talento humano, reclutamiento y selección. |
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30 |
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5.2.1. Entre seis (6) y ocho (8) trabajos.
5.2.2. Nueve (9) o más trabajos. |
15
30 |
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Para acreditar lo anterior, se deberá presentar una declaración jurada según detalle que podrá observarse en el Anexo 1, o bien, cualquier medio idóneo de acreditación de experiencia, sujeto a verificación por la Administración donde se acredite la experiencia solicitada, empresa o entidad a quién brindó el servicio, periodo de fechas de prestación del servicio, nombre y cargo de la persona contacto y medio de contacto.
No se tomarán en cuenta para demostrar la experiencia contratos, facturas ni órdenes de compra. |
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5.3. Experiencia adicional de la persona profesional coordinadora responsable.
La persona profesional coordinadora responsable deberá poseer experiencia comprobada y demostrada de trabajos en la coordinación de servicios relacionados con procesos de gestión del talento humano, reclutamiento y selección. |
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30 |
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5.3.1. Entre cuatro (4) y seis (6) trabajos.
5.3.2. Siete (7) o más trabajos. |
15
30 |
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Descripción |
Puntaje |
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Para acreditar lo anterior, se deberá presentar una declaración jurada según detalle que podrá observarse en el Anexo 1, o bien, cualquier medio idóneo de acreditación de experiencia, sujeto a verificación por la Administración donde se acredite la experiencia solicitada, empresa o entidad a quién brindó el servicio, periodo de fechas de prestación del servicio, nombre y cargo de la persona contacto y medio de contacto.
No se tomarán en cuenta para demostrar la experiencia contratos, facturas ni órdenes de compra.
Considerar además, que deberá aportarse el curriculum vitae tal y como se indicó en el requisito de admisibilidad 9.3. |
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5.4. Criterio Social.
Se otorgarán la totalidad de puntos en cualquiera de los siguientes casos.
5.4.1. Sí la persona física oferente es una mujer.
5.4.2. Sí la Representante Legal de la empresa es una mujer. Esta representación no debe estar condicionada.
5.4.3. En caso de ofertas en consorcio o conjunto, siendo que la cantidad de representantes es impar y existe mayoría de mujeres, se otorgará la totalidad de puntos. Ahora bien, sí la cantidad de representantes del consorcio es par y la mitad son mujeres, se otorgará la mitad de los puntos.
5.4.4. Demostrar mediante el aporte de una declaración jurada indicando que el personal contratado está compuesto por al menos el 50% de mujeres, en la misma se deberá detallar el nombre, apellidos y número de cédula de las mujeres, también será necesario que adjunten las planillas de la Caja Costarricense de Seguro Social de los últimos tres (3) meses. |
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10 |
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Total |
100 |
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- Observaciones con respecto al precio de las ofertas.
- Si se recibe alguna oferta cuyo monto sea inferior al monto presupuestado pero la diferencia no supera el quince por ciento (15%), se considerará para evaluación.
- Si se recibe alguna oferta cuyo monto sea inferior al monto presupuestado pero la diferencia supera el quince por ciento (15%), se considerará ruinosa y se procederá conforme lo señala el artículo 106 inciso a) del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Si se recibe alguna oferta cuyo monto es superior al monto presupuestado pero la diferencia no supera el quince por ciento (15%), y si la Administración cuenta con recursos adicionales al presupuestado, se considerará la oferta para evaluación.
- Si se recibe alguna oferta cuyo monto es superior al monto presupuestado y la diferencia no supera el quince por ciento (15%), pero si la Administración no cuenta con recursos adicionales al presupuestado, se procederá conforme lo señala el artículo 106 inciso c) del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Si se recibe alguna oferta cuyo monto es superior al monto presupuestado y la diferencia supera el quince por ciento (15%), pero la Administración no cuenta con recursos adicionales, dicha oferta no será considerada.
- Si se recibe alguna oferta cuyo monto es superior al monto presupuestado y la diferencia supera el quince por ciento (15%), pero la Administración cuenta con recursos adicionales al presupuestado, y no existen otras ofertas en mejor posición, se considera conveniente contemplar la oferta y se procederá conforme lo señala el artículo 106 inciso b) del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Plazo y términos de entrega.
- Se debe considerar lo detallado en el Apartado 2.2.5. Plazos de ejecución y entrega de productos.
- El plazo de entrega se establece a partir de la notificación de la fecha de ejecución en el contrato a través de SICOP.
- La vigencia de esta contratación es por un (1) año, prorrogable por tres (3) periodos iguales más.
- En vista que se contratará mediante la modalidad de entrega según demanda, la disponibilidad de recursos económicos y presupuestarios deberán ser verificados en la etapa siguiente a la adjudicación en la que, una vez adjudicado el proceso, se tramiten las órdenes de pedido. El monto total de este proceso no podrá igualar ni superar el límite superior de una licitación menor, que para el 2026 corresponde a doscientos cincuenta y ocho millones doscientos treinta y nueve mil ciento setenta y ocho colones exactos (¢258.239.178,00) incluyendo sus modificaciones contractuales y prórrogas.
- La entrega del objeto contractual no significa el recibo conforme de la Institución en cuánto a su calidad y características. Una vez ingresado, la Persona Administradora de Contrato verificará que el mismo coincida con las especificaciones solicitadas y lo adjudicado.
- Forma de pago.
- El pago se realizará en colones costarricenses y mediante cortes mensuales. La o las facturas deben contar con el recibo a satisfacción de la Persona Administradora del contrato, a su vez deben cumplir con los requisitos establecidos por la Dirección General de Tributación Directa, obsérvese lo señalado en el Apartado II. Condiciones Generales, Punto 6. Requerimientos adicionales.
- Por tratarse de una contratación modalidad de entrega según demanda, durante el periodo de ejecución y luego de contar con todos los requisitos para tramitar el pago (especificaciones acerca del alcance, cantidad estimada de productos requeridos, plazo de ejecución y entregables esperados), la Persona Administradora del contrato emitirá una Orden de Pedido por mes en el Sistema Integrado de Compras Públicas SICOP, en tal documento se registrará el monto a cancelar, la persona profesional contratada deberá aceptar la Orden de Pedido.
En caso de empate en el puntaje total entre dos o más ofertas, se considerarán los siguientes criterios de desempate.
- Primer criterio.
En caso de empate en el puntaje total entre dos o más ofertas, se adjudicará la oferta que demuestre ser una Cooperativa o una Pequeña y Mediana Empresa (PYME), para ello se asignará la siguiente puntuación adicional.
- Cooperativa o PYME de industria cinco (5) puntos.
- Cooperativa o PYME de servicio o agropecuaria cinco (5) puntos.
- Cooperativa o PYME de comercio dos (2) puntos.
- De persistir el empate entre Cooperativas o PYMES, se definirá mediante rifa, por tanto, la Proveeduría Institucional invitará a las personas oferentes empatadas para participar de dicho acto.
El puntaje se otorgará a la persona oferente que en su registro en el Sistema Integrado de Compras Públicas SICOP y/o en su oferta señale que es una cooperativa, se le comprobará dicha condición mediante la presentación de la personería jurídica vigente respectiva emitida por el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo.
El puntaje se otorgará a la persona oferente que en su registro en el Sistema Integrado de Compras Públicas SICOP y/o en su oferta señale que es una pequeña o mediana empresa, se le comprobará dicha condición por los medios que el Ministerio de Economía, Industria y Comercio disponga al efecto.
En ambos casos, deberán cumplir con los parámetros establecidos en los artículos 2 y 3 de la Ley 8262, Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas.
- Segundo criterio.
De persistir el empate, se considerará la oferta que cuente con algunos de los siguientes procesos que se desarrollan por parte del INAMU en el marco de la Estrategia de Igualdad de Género en el empleo. Se otorgarán puntos adicionales en los siguientes casos.
- Dos (2) puntos adicionales a quienes hayan recibido el curso denominado “Introducción a la perspectiva de género y sus implicaciones en el ámbito laboral”.
El INAMU entrega a cada participante un certificado al concluir con los requisitos del curso.
- Cuatro (4) puntos adicionales a quienes hayan obtenido un Reconocimiento en el Programa de Reconocimiento de Buenas Prácticas para la Igualdad de género en el Empleo.
- Seis puntos (6) adicionales a la empresa que se encuentre certificada en la Norma INTE G38- 1 y tenga el Sello Bronce de INAMU.
- Ocho (8) puntos adicionales a la empresa que se encuentre certificado en la Norma INTE G38- 2 y tenga el Sello Plata de INAMU.
- Diez (10) puntos adicionales a la empresa que se encuentre certificado en la Norma INTE G38- 3 y tenga el Sello Oro de INAMU.
La información detallada de cada uno de estos procesos, la pueden encontrar en la siguiente dirección de internet.
https://www.inamu.go.cr/web/inamu/nuestros-programas;jsessionid=8B560AEEBA590208637D5A12D35DB029
Importante. Para su comprobación deberá presentar junto con la oferta, el certificado correspondiente que, en todos los casos, les debe ser expedido por el INAMU.
- Tercer criterio.
Si el empate se mantiene, se adjudicará la oferta que obtenga el puntaje más alto en los factores establecidos en el Sistema de evaluación, de acuerdo con el siguiente orden.
- Experiencia adicional de la persona oferente (aquella que tenga más cantidad).
- Experiencia adicional de la persona profesional coordinadora responsable (aquella que tenga más cantidad).
- Criterio Social.
- Cuarto criterio.
En caso de que el empate se mantenga, la contratación se adjudicará mediante rifa, por tanto, la Proveeduría Institucional invitará a las personas oferentes empatadas para participar de dicho acto.
- Recursos Temerarios.
La Administración procederá con multas por la presentación de recursos temerarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 93 de la Ley General de Contratación Pública.
Recursos de revocatoria.
De un uno por ciento (1 %) del monto del umbral de la licitación reducida.
En todos los casos, la multa podrá ser interpuesta cuando, al atender un recurso de revocatoria, se determine que la persona recurrente actúa con temeridad, mala fe o abuso de derechos procedimentales.
La actuación se entenderá temeraria cuando la persona recurrente abusa ejercitando acciones totalmente infundadas y, de mala fe, cuando esta alegue hechos contrarios a la realidad.
Procedimiento para imponer la multa según lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley General de Contratación Pública.
Previo a imponer la multa, la Administración, dará audiencia por cinco (5) días hábiles a la persona recurrente dando el traslado de cargos respectivo con indicación de la posible multa y el consecuente cobro, a fin de que la persona recurrente se manifieste al respecto, sin que sea posible cuestionar lo resuelto en cuanto al recurso de revocatoria presentado.
Contestada la audiencia, se resolverá lo que corresponda, en los cinco (5) días hábiles siguientes, mediante acto motivado.
- Disposiciones de Ley.
Para lo no previsto en el presente pliego de condiciones, regirán las condiciones establecidas en la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, así como en la Ley de Derechos de Autor, cuando proceda.
- Consultas y aclaraciones.
Deben realizarse a través del Sistema Integrado de Compras Públicas SICOP, obsérvese en Detalles del concurso. Apartado [ 2. Sistema de Evaluación de Ofertas ]. [ A. Aclaración ].
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Obsérvese lo indicado en las especificaciones complementarias adjuntas.
- Condiciones Generales.
- Presentación de Ofertas.
- Para aquellas personas físicas o jurídicas que deseen presentar su oferta en consorcio, se indica lo siguiente.
- Ofertas en consorcio.
- Podrán participar dos o más personas físicas y/o jurídicas reunidas en acuerdo de Consorcio.
Para tal efecto deberán acreditar, ante la Administración y en los documentos que conforman la Oferta, la existencia de un acuerdo de Consorcio con las formalidades exigidas en el Reglamento de la Ley General de Contratación Pública.
- Una empresa o persona física oferente solo podrá participar en un consorcio para esta contratación. De recibirse para este proceso varias ofertas en las cuales aparezca una misma persona formando parte del consorcio, dichas ofertas serán excluidas del proceso.
- Los requisitos de admisibilidad pueden ser demostrados por una sola de las empresas o personas integrantes del consorcio.
- Cumplir con lo dispuesto en los artículos del 125 al 131 del Reglamento de la Ley General de Contratación Pública.
- Documentos obligatorios.
- Sí la persona oferente es una empresa, debe presentar una declaración jurada de la naturaleza y propiedad de las acciones. Para ello deberá completar la información que se presenta al final de este documento y adjuntarla según lo descrito en el punto 4.3.
- Adicional al punto anterior, se requiere la presentación de la certificación de personería jurídica sea ésta emitida por el Registro Nacional o bien por una persona Notaria Pública, en caso de ser notarial o protocolizada, deberá cumplir con todos los requisitos que solicita la Dirección Nacional de Notariado.
Debe tomarse en cuenta que la certificación registral tiene como validez quince días naturales desde la emisión y la notarial mantendrá por el plazo de un mes a partir de su expedición. Aportar dicho documento según lo que se indica en el punto 4.3.
- La persona adjudicada debe aportar la constancia de la póliza contra riesgos del trabajo, que se encuentre vigente y al día. Lo anterior con base en lo indicado en los artículos 193, 201 y 202 del Título IV del Código de Trabajo. También que las Labores Amparadas sean pertinentes y afines con el objeto contractual.
Adicionalmente y cuando corresponda, en el caso de Proyectos de Construcción o Remodelaciones, una vez adjudicada en firme, deberán aportar la certificación de la Póliza contra Riesgos del Trabajo debidamente asociada al proyecto adjudicado. Ver el punto 4.3.
- La persona adjudicada deberá aportar el certificado correspondiente al Permiso de Funcionamiento extendido por el Ministerio de Salud, de acuerdo con lo que establece la Ley N° 5395, Ley General de Salud. La forma en que se deberá aportar este permiso se describe en el punto 4.3.
- La persona adjudicada deberá aportar el certificado correspondiente a la licencia municipal, según lo establecido en la Ley N° 7794, Código Municipal, además del comprobante que demuestre estar al día con el pago de los impuestos municipales. Tales documentos serán aportados de acuerdo con la indicación señalada en el punto 4.3.
- Haciendo referencia a los tres Ítems anteriores, en caso encontrarse exento o exenta de la presentación de estos requisitos, se deberán presentar los documentos que demuestren la no obligatoriedad de cumplir con los mismos. Estos documentos deberán ser emitidos por el Instituto Nacional de Seguros, Ministerio de Salud y la Municipalidad correspondiente.
- Resumen de los documentos y la forma ordenada en que se deben presentar.
Se requiere la presentación de un solo documento en con las páginas numeradas, tamaño carta y en posición vertical, en las que se deberán aportar cada uno de los siguientes documentos en estricto orden, una página para cada uno de ellos.
- Detalle económico de la oferta, vigencia de la oferta y la Estructura de Precios conforme lo solicitado en el punto 8.1.
- Declaración jurada de la naturaleza y propiedad de las acciones que se indica en el punto 4.2.1.
- Certificación de personería jurídica que se menciona en el punto 4.2.2.
- La constancia de la póliza contra riesgos del trabajo detallada en el punto 4.2.3.
- El Permiso de Funcionamiento extendido por el Ministerio de Salud según lo solicitado en el punto 4.2.4.
- La licencia municipal y el comprobante que demuestre estar al día con el pago de los impuestos municipales, lo anterior según lo solicitado en el punto 4.2.5.
Las constancias que indican estar al día con la Caja Costarricense de Seguro Social, el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, FODESAF y la Situación Tributaria de la Dirección General de Tributación Directa del Ministerio de Hacienda, no son necesarias ya que nuestra Institución realiza estas verificaciones en línea y en tiempo real.
- Requerimientos adicionales.
- El trámite de pago se realizará de acuerdo con lo establecido por la Dirección General de Tributación Directa, mediante la presentación de la Factura Electrónica al correo electrónico facturaselectronicas@inamu.go.cr
Con base en lo antes indicado y de manera previa, la persona contratista deberá realizar dos trámites por medio del Sistema Integrado de Compras Públicas SICOP en coordinación con las Personas Administradoras del contrato, la Solicitud de Recepción y posteriormente la Solicitud de Pago.
Es importante tomar en cuenta que, durante todo el periodo de ejecución contractual, la persona contratista debe estar al día con todo tipo de impuestos, tributos y obligaciones, además de la Póliza contra Riesgos del Trabajo, por lo que el INAMU a través de la Persona Administradora de contrato se asegurará que esta condición se mantenga previo a tramitar los pagos.
Sí por algún motivo no se pudiera realizar tales verificaciones en las páginas web de las instituciones y no se pueda demostrar que la persona contratista se encuentra al día, se le solicitará una declaración jurada en la que realice tal aseveración.
Importante. Estos trámites poseen carácter de imperativo legal (así indicado en la Circular MH-DcoP-CIR-0031-2024 de la Dirección de Contratación Pública del Ministerio de Hacienda).
De no completarse las gestiones en SICOP, no se tramitará el pago.
- De conformidad con el artículo 24 de la Ley de Creación del Instituto Nacional de las Mujeres Nº 7801, el precio no debe incluir impuestos, salvo aquellos que corresponda cancelar directamente a la persona oferente.
El inciso b) del citado artículo señala, “El Instituto tendrá los siguientes beneficios: (…) b) Exoneración de tributos e impuestos nacionales, directos e indirectos…”.
Se exceptúa de tal exoneración, el Impuesto al Valor Agregado IVA, de acuerdo con lo que establece la Ley 9635 Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, por lo que las ofertas que se presenten deberán incluir el IVA.
- El pago de esta contratación podría estar sujeto a retención del Impuesto sobre la Renta, según lo establecido en la Ley de Impuesto sobre la Renta.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. En caso que la persona contratista no cumpla con lo establecido en el pliego cartelario y tampoco proceda a realizar las correcciones que le indique la Administración en el plazo señalado por esta última, se procederá con el cobro del uno por ciento (1%) del valor total adjudicado por cada día de atraso, hasta un máximo del veinticinco por ciento (25%), momento en el que se tendrá por definitivo el incumplimiento de esta contratación, posteriormente se procederá con la valoración de posibles daños y perjuicios y la resolución del contrato.
Cláusula penal. Obsérvese lo indicado en las especificaciones complementarias adjuntas. Apartado 6.2. Memoria de cálculo sobre Cláusula Penal.
Documentos del cartel1
- Especificaciones complementariasDOCX · 1,1 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Wendy Ward Bennett
Departamento de Gestión del Talento Humano
Wendy Ward Bennett
Departamento de Gestión del Talento Humano
Allan Ramos Bolaños
Encargado del concurso · Proveeduría
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 10/10/2026 06:40. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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