2026LD-000038-0002100009 · SICOP 20261000282
Compra de equipo especializado para capacitación en electricidad de la Unidad Regional de Heredia
Instituto Nacional de Aprendizaje
Instituto Nacional de Aprendizaje busca compra de equipo especializado para capacitación en electricidad de la unidad regional de heredia con un presupuesto de ₡37,3 millones en 2 lotes (partidas). Recibe ofertas hasta el 20/10/2026 (en 7 días).
₡37,3 millones
para todos los lotes
Tiempo para ofertar
7 días
cierra el 20/10/2026 08:00
Lotes y líneas
2 lotes
2 líneas en total
Fechas clave
- Se publicó13/10/2026 15:04 · hoy
- Límite para 14/10/2026 23:59 · mañana
- Límite para 15/10/2026 23:59 · en 2 días
- Cierre de ofertas20/10/2026 08:00 · en 7 días
- de ofertas20/10/2026 08:01 · en 7 días
- (plazo máximo)≈ 03/11/2026 · en 21 días
Contexto
- Compras parecidas recibieron en promedio 2,3 oferentes.38 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años, en cualquier institución.
- Instituto Nacional de Aprendizaje adjudicó ₡21 576,4 millones en 687 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1₡6,9 millones – ₡8,1 millones
- Lote 2₡24,8 millones – ₡29,2 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Qué se compra2 líneas · 2 lotes
- L1Terminal Grafica (panelview) Puerto Ethernet, Alimentación 24VDC, Pantalla Tactil (touch Screen) Marca Allen-bradley Numero de Parte 2711PT10C22D9P7 c/u · ₡8 149 771,007 c/u₡8 149 771,00
- L2Conmutador (switch) de Comunicaciones # Stratix 5700, para Sistema de Control Allen Bradley15 c/u · ₡29 162 940,0015 c/u₡29 162 940,00
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Requisitos mínimos de admisibilidad.
Marca y modelo
El oferente obligatoriamente deberá indicar para cada una de las líneas la marca y modelo del bien ofrecido, de lo contrario su oferta quedará excluida. Dicha marca y modelo tiene que concordar con la documentación técnica aportada.
Experiencia de la empresa
- Podrán participar en este concurso todas aquellas empresas legalmente constituidas que cuenten con un mínimo de 3 años de experiencia con anterioridad a la fecha de apertura del presente concurso, en el mercado nacional y/o internacional en la venta de EQUIPOS DE AUTOMATIZACIÓN INDUSTRIAL.
- Deberá presentar evidencia de haber vendido al menos tres (3) equipos iguales o superiores a las solicitadas en este concurso durante los últimos tres (3) años (2023, 2024 y 2025).
Para acreditar este requisito, el oferente deberá presentar cartas de referencia que acrediten la experiencia en el suministro de los bienes objeto de este procedimiento, a fin de verificar el cumplimiento del requisito establecido.
La siguiente tabla tiene como único propósito resumir la información correspondiente a la experiencia del oferente y facilitar el análisis por parte de la Administración. Su presentación no sustituye la obligación de aportar las cartas de referencia u otra documentación requerida para acreditar el cumplimiento de este requisito. La información consignada en la tabla deberá corresponder con la documentación de respaldo presentada.
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Empresa o institución |
Persona de contacto |
Correo Electrónico |
Teléfono |
Bienes vendidos |
Fecha de Venta. |
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El Instituto Nacional de Aprendizaje se reserva la potestad de constatar y verificar la información presentada por el oferente.
De conformidad con el artículo 94 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública (RLGCP), se aceptará carta de experiencia “R-DCP-SICOP- 00671-2026 y R-DCP-SICOP-00966-2026” que permita verificar la experiencia positiva, entendida como los bienes, obras o servicios recibidos a entera satisfacción por parte del cliente.
Toda la documentación presentada que permita verificar la experiencia positiva sea nacional o internacional, deberá cumplir con los siguientes requisitos mínimos vigentes a la apertura del concurso “R-DCP-SICOP-00966-2026”:
- Entidad Compradora: Nombre completo de la empresa o institución a la cual el oferente le vendió los bienes.
- Contacto: Persona de contacto (nombre y cargo) que labora en dicha entidad.
- Medios de Verificación: Número de teléfono y correo electrónico vigentes y que correspondan a la empresa compradora “no acepta correo de uso personal”.
- Conformidad: Declaración expresa de que los bienes fueron recibidos a entera satisfacción, sin observaciones pendientes.
- Especificación del Bien: Detalle completo de los bienes adquiridos, indicando marca, modelo y cantidad. Estos deben ser iguales o superiores a los solicitados en el cartel.
- Período de la Compra: Indicación del año o período en que se realizó la compra, el cual deberá corresponder con lo exigido en el pliego (2023-2025).
- Firma: La firma de la persona autorizada por la entidad contratante (puede ser manuscrita o digital), que valida la información.
- Si el documento está redactado en un idioma distinto al español, deberá acompañarse de su respectiva traducción oficial manteniendo la integridad del documento original. Toda la
- documentación presentada en idioma extranjero deberá ajustarse a lo dispuesto por la Contraloría General de la República en su resolución R-DCP-SICOP-00261-2024.
La Administración se reserva la potestad de verificar activamente la información, contactando a las personas y utilizando los correos electrónicos institucionales proporcionados. La falta de respuesta, la devolución del correo o la imposibilidad de verificar la experiencia positiva implicará el rechazo de la experiencia acreditada, conforme al artículo 94 y 135 del RLGCP.
La presentación de las cartas de referencia constituye un requisito indispensable para acreditar la experiencia mínima exigida. En caso de no aportarse, la experiencia no será considerada para efectos de la verificación del requisito.
Nota: De conformidad con lo establecido en el presente pliego de condiciones y en apego al artículo 94 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, la experiencia objeto de valoración deberá corresponder exclusivamente a la persona jurídica que figure formalmente como oferente dentro del sistema SICOP, también se considerará válida la experiencia acreditada por casas matrices, sucursales, subsidiarias u otras entidades vinculadas cuando estas participen conjuntamente mediante la figura de consorcio, de conformidad con el artículo 127 de la Ley General de Contratación Pública y los criterios desarrollados en la resolución R-DCP-SICOP- 00671-2026 y R-DCP-SICOP-00966-2026. En tales casos, la experiencia deberá
acreditarse mediante cartas de referencia que permita verificar la experiencia positiva en apego al artículo 94 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
Garantía de fabricación
La garantía de fabricación es aquella mediante la cual el proveedor / fabricante garantiza sus productos contra defectos de materiales, procesos de fabricación y estándares de calidad o dispositivos utilizados en la fabricación, entre otros elementos propios del proceso de manufactura, siempre y cuando el uso de los equipos haya sido el correcto acatando todos los procedimientos y normas técnicas descritas por el fabricante. Es el compromiso que asume el fabricante de sustituir partes únicamente por daños de fabricación que sufra el equipo o sus componentes.
Esta garantía deberá tener una vigencia mínima a 12 meses para todas las partidas y deberá ser cubierta en el sitio donde se encuentre ubicado el equipo o en su defecto en las instalaciones del proveedor previa coordinación y autorización del INA.
Esta garantía empieza regir una vez recibido a satisfacción el equipo respectivo.
Nota:
El contratista deberá presentar certificado de la garantía que ofrezca para el equipo al momento de entregarlos en el sitio que el INA indique como lugar de entrega.
Garantía de repuestos y mantenimiento
La garantía de repuestos es aquella mediante la cual el proveedor/fabricante garantiza que mantendrá dentro de sus existencias, los repuestos necesarios para la reposición de algún componente que hayan sufrido daños o desgastes propios del uso de los equipos. Mientras que la garantía de mantenimiento se refiere a la disposición de la empresa a ofrecer el servicio de reparación de los equipos cuando estos por algún motivo requieran del mantenimiento correctivo o preventivo.
Deberá garantizarse la existencia de repuestos, así como garantizar que la empresa estará en capacidad de ofrecer el mantenimiento de los equipos en el momento en que estos sufran un desperfecto, por un período no menor a 36 meses para todas las partidas.
Esta garantía empieza a regir después del recibo a satisfacción el equipo respectivo.
Nota:
El Contratista deberá presentar certificado de la garantía que ofrezca para el equipo al momento de entregarlos en el sitio que el INA indique como lugar de entrega.
Distribuidor autorizado
El oferente deberá acreditar su condición de distribuidor autorizado de la marca ofertada, mediante certificación emitida por el fabricante, la cual deberá encontrarse vigente a la fecha de apertura de las ofertas del presente procedimiento Dicho documento deberá presentarse en idioma español; en caso de estar redactado en otro idioma, se admitirá una traducción simple de su contenido, de conformidad con lo dispuesto por la Contraloría General de la República en resoluciones como la RDCP- SICOP-00261-2024.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Ver documento de especificaciones técnicas
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
CONDICIONES GENERALES
Observaciones al acto de apertura de ofertas: se establece un plazo de un (1) día hábil después de la apertura de ofertas para que los oferentes puedan efectuar observaciones.
Términos de pago.
El INA cancelará las facturas dentro de los treinta días naturales siguientes al recibo del equipo a satisfacción, previo visto bueno, por medio de la modalidad: Transferencia bancaria en la cuenta cliente bancaria. Debe entenderse que el recibo a satisfacción incluye la aceptación por parte del Almacén Regional de Heredia, del INA, e informe positivo del técnico respectivo, según los requerimientos del INA. Todo de conformidad con el artículo 18 del RLGCP.
El pago podrá realizarse en la moneda fijada en la contratación, o bien, en colones costarricenses, salvo lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley N°7558, Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, de 3 de noviembre de 1995.
Para efectos del pago en colones, en contrataciones pactadas parcial o totalmente en moneda extranjera, la Administración deberá utilizar el tipo de cambio de referencia para la venta emitido por el Banco Central de Costa Rica, vigente al día en que se efectuará el pago, de conformidad con el artículo 48 de la citada Ley N°7558.
Se deberá remitir la factura electrónica a la dirección de correo fact.almacen090@ina.ac.cr a la persona funcionaria Mabel Valenciano Zúñiga, encargada del Almacén Regional de Heredia.
Será necesario indicar en su oferta el nombre del representante o distribuidor en nuestro país que rendirá en Costa Rica las garantías de Fabricación, repuestos y mantenimiento, siendo la responsabilidad solidaria entre la empresa fabricante o extranjera que rinde la garantía y la empresa nacional que se encarga de ejecutarla o cumplirla.
El oferente podrá subcontratar hasta en un cincuenta por ciento (50%) del monto adjudicado, lo cual procederá únicamente para la realización de cuestiones especializadas y ello no relevará al contratista de su responsabilidad. Con la oferta se aportará un listado de las empresas subcontratadas. En ese detalle, se indicarán los nombres de todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar y se aportará una certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas. Todo de acuerdo con el Artículo 133 del RLGCP. En caso de NO utilizar la figura de subcontratación, el oferente debe de manifestar y justificarlo en su oferta respectiva. Además se recuerda que todos los subcontratistas aportados en el listado deberán estar registrados en SICOP, cumpliendo a cabalidad con los requisitos exigidos para ser proveedor de este sistema.
Sobre aplicación del IVA
Para efectos de este concurso los proveedores participantes deberán presentar sus ofertas económicas con el impuesto (IVA) correspondiente, cuando aplique. Se indica que el INA no se encuentra exonerado.
El oferente deberá presentar en la sección información de bienes, servicios u obras en SICOP un desglose de la oferta de los servicios ofrecidos junto con el impuesto antes mencionado.
En caso de encontrarse el bien ofertado exonerado por medio de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y decretos, el oferente deberá indicarlo.
Para efectos de este trámite el IVA que corresponde según lo indicado por la Unidad Técnica Especializada en su sondeo de mercado es de: 13%
Desglose de tributos:
Si en el pliego de condiciones se pide un desglose de los tributos que afectan la propuesta y ésta no lo indica, se presume que el monto total cotizado los contempla, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local todo conforme a lo previsto en el artículo 41 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 98 del RLGCP. Caso contrario se indique que el bien o servicio es exonerado por Ley.
Oferta económica:
En la oferta económica el oferente para las partidas indicada en este pliego de condiciones deberá desglosar el precio de los equipos según los requerimientos del I.N.A. La administración no pagará ningún costo adicional al indicado en la oferta. Para efectos de comparación de precios, los rubros que correspondan deberán estar incluidos en el precio unitario cotizado para cada bien.
Notas:
- En atención al artículo 123 del RLGCP el oferente está obligado a cotizar todo el objeto, salvo que se trate de líneas independientes entre sí, en cuyo caso podrá cotizar las de su interés. No se admitirá la cotización parcial de una línea.
- En atención al artículo 98 del RLGCP El precio deberá ser cierto y definitivo. En caso de divergencia entre el precio cotizado en números y letras, prevalecerá este último, salvo el caso de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real.
Adjudicación parcial.
- El Instituto Nacional de Aprendizaje se reserva el derecho de adjudicar parcialmente una misma línea o bien parte de un mismo objeto. En este último caso, esta alternativa será posible cuando el objeto lo permita y ello no afecte su funcionalidad.
- En dado que una partida esté compuesta por varias líneas y se solicita la adjudicación de esa partida a un solo oferente y en caso de no cumplir el oferente mejor calificado con la totalidad de las líneas,
- el Instituto Nacional de Aprendizaje se reserva el derecho de adjudicar parcialmente la partida a los otros oferentes, por calificación.
Póliza de Riegos del trabajo.
El adjudicatario en firme dentro de los 2 días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación deberá presentar antes de la confección del contrato respectivo, copia certificada de la Póliza de Riesgos de Trabajo, emitida por el Instituto Nacional de Seguros o por otra entidad aseguradora autorizada en el país.
Dicha póliza deberá cubrir a todos los colaboradores de la empresa contratista que intervengan en la ejecución del contrato, independientemente de si realizan sus labores dentro de las instalaciones del INA, en las instalaciones del propio contratista, o en cualquier otro lugar donde se desarrollen actividades vinculadas con la prestación del servicio.
En caso de prórroga o ampliación contractual, el contratista deberá extender la vigencia de la póliza en igual término.
La no presentación o mantenimiento de esta póliza en condiciones vigentes constituirá causal de incumplimiento.
Información técnica
La documentación deberá presentarse en formato PDF, organizada según el orden establecido en el estudio técnico y manteniendo el orden interno de cada partida.
En la oferta, se deberá indicar de manera explícita y clara la marca y modelo del material ofertado en cada línea en la que se participe, asegurando que exista concordancia exacta entre lo declarado en el sistema SICOP y la información técnica presentada como respaldo. La sola mención de marcas genéricas o la ausencia de especificaciones técnicas suficientes hará que la oferta sea inadmisible.
Requisitos obligatorios de la documentación técnica
- La documentación técnica deberá ser emitida directamente por el fabricante del producto. Se aceptarán únicamente documentos oficiales tales como: Fichas técnicas, Hojas de datos, Manuales de usuario, Catálogos o folletos técnicos, cualquier otro documento oficial que provenga del fabricante.
- Sobre la prueba técnica (valor probatorio y medios admitidos): De conformidad con la jurisprudencia reiterada de la Contraloría General de la República, la documentación técnica presentada deberá ser prueba idónea y suficiente para acreditar el cumplimiento de las especificaciones del cartel. En ese sentido, no se aceptará como prueba idónea:
- Enlaces (links) o direcciones electrónicas, ya que su contenido puede ser alterado con posterioridad a la apertura de las ofertas (R-DCA- 00340-2020, R-DCA-00349-2021 y RDCA- 00088-2022).
- Capturas de pantalla o pantallazos, por carecer de la fiabilidad y autenticidad requeridas, al ser fácilmente modificables y no permitir
un control efectivo sobre su origen y contenido (R-DCA-00088-2022).
- La documentación deberá cumplir con las siguientes condiciones:
- Ser específica del bien ofertado, identificando claramente la marca y el modelo.
- Contener imágenes nítidas y legibles, NO modificadas
- Incluir el detalle completo de todas las especificaciones técnicas del bien ofertado.
- Integridad y fidelidad de la documentación: No se admitirá documentación técnica que haya sido alterada, modificada o editada por el oferente, incluyendo tanto documentos como imágenes. Toda la información técnica debe conservar su integridad y fidelidad al
original emitido por el fabricante. En caso de que un documento incluya varios modelos, se deberá marcar o señalar claramente el modelo ofertado. Esto es indispensable cuando se trata de catálogos, manuales o fichas que abarcan varias líneas o versiones de un producto, a fin de facilitar su verificación.
- Documentación técnica en idioma extranjero: Los oferentes podrán presentar documentación técnica en idioma extranjero, siempre que la acompañen de su traducción simple al español, de conformidad con lo dispuesto por la Contraloría General de la República en la resolución R-DCA-00008- 2018, R-DCP-SICOP-00377-2025, a fin de minimizar las eventuales prevenciones que se deben realizar en el análisis técnico de las ofertas por las diferencias entre el bien ofertado y la literatura suministrada.
- Modalidad para presentar ofertas:
Para efectos de este pliego, se entenderá por modalidad de equipo en plaza aquella en la que los bienes objeto de la contratación se encuentran previamente nacionalizados, en las condiciones y lugar de almacenamiento declarados por el oferente, sin perjuicio de las obligaciones de entrega, transporte, instalación o puesta en funcionamiento que expresamente se establezcan en el pliego.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Multas por la presentación de recursos temerarios: Se aplicará lo dispuesto en los artículos 93 y 94 de la LGCP en cuanto a los recursos que les corresponda conocer para la aplicación de las multas a la Contraloría General de la República o la Administración, así como el procedimiento para imponer la multa.
Cláusula penal. Clausula penal: El atraso en la entrega de los bienes dará lugar a una sanción económica del 1% por día hábil que se aplicará con base en el monto facturado de la línea donde se presente el incumplimiento, en atención al artículo 116 del RLGCP y al artículo 46 de la LGCP. Para ejecutar la cláusula penal la Administración deberá emitir un acto motivado, con indicación de la prueba que lo sustente. En contra de esa decisión, el afectado podrá interponer los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del acto. La resolución de dichos recursos agota la vía administrativa. El cobro por concepto de cláusula penal no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del precio del contrato incluidas sus modificaciones. La omisión de cobro ocasionará responsabilidad civil y administrativa del funcionario omiso, conforme a lo previsto en el artículo 125, inciso k) de la Ley General de Contratación. esto en atención al artículo 117 del RLGCP y el artículo 47 de la LGCP.
Documentos del cartel2
- Especificaciones técnicasPDF · 10 KB
- Documento generalPDF · 369 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Luis Alejandro Arias Ruiz
Núcleo Eléctrico
Ana Gabriela González Solís
Jefatura Unidad Regional Heredia
Ricardo Rivas Salguero
Centro Nacional Especializado en Electrónica y Telecomunicaciones
Mabel Valenciano Zuñiga
Almacén Regional
Johnny Josue Cubero Ureña
Núcleo Eléctrico
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 13/10/2026 15:10. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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