2026LD-000027-0040100001 · SICOP 20261000662
“Servicios veterinarios para la ejecución de la campaña de castración de animales de compañía del cantón de Bagaces.”
Municipalidad de Bagaces
Municipalidad de Bagaces busca “servicios veterinarios para la ejecución de la campaña de castración de animales de compañía del cantón de bagaces.” con un presupuesto de ₡64,6 millones. Recibe ofertas hasta el 13/10/2026 (en 2 días).
₡64,6 millones
Tiempo para ofertar
2 días
cierra el 13/10/2026 23:59
Lotes y líneas
1 línea
Fechas clave
- Se publicó06/10/2026 13:17 · hace 5 días
- Límite para 07/10/2026 23:59 · hace 4 días
- Límite para 08/10/2026 23:59 · hace 3 días
- Cierre de ofertas13/10/2026 23:59 · en 2 días
- de ofertas14/10/2026 08:00 · en 3 días
- (plazo máximo)≈ 28/10/2026 · en 17 días
Nota de la institución. Todas las actuaciones, gestiones, comunicaciones, consultas, aclaraciones, subsanaciones y demás trámites relacionados con el presente procedimiento deberán realizarse exclusivamente por medio del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente en materia de contratación pública. Asimismo, los oferentes deberán revisar integralmente el Pliego de Condiciones y sus documentos complementarios, los cuales forman parte integrante del presente procedimiento y se entienden aceptados con la sola presentación de la oferta. En caso de discrepancia entre la información consignada en los formularios electrónicos de SICOP y la contenida en el Pliego de Condiciones Complementario o sus anexos, prevalecerán las disposiciones expresamente establecidas en estos últimos respecto de los plazos, condiciones, modalidad y lugar de entrega del objeto contractual, las cuales serán de acatamiento obligatorio para el eventual adjudicatario.
Contexto
- Municipalidad de Bagaces adjudicó ₡1 895,2 millones en 73 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡54,9 millones – ₡64,6 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 75 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,75 puntos.
Qué se compra1 línea
- Servicios Medicos Veterinarios para Realizar Castraciones de Bien Social para Animales Callejeros y de Personas de Escasos Recursos.1 · ₡32 817,781₡32 817,78
Lo que exige el cartel
- : 500000 durante 12 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : permitido
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 75 % · Experiencia 10 % · Criterios Sustentables 10 % · Certificación PYME 5 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 90 de 100 puntos.
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Por medio del presente, se hace de conocimiento al posible oferente que en el documento adjunto se ha puesto a su disposición el Pliego de Condiciones Complementario, el cual reviste carácter plenamente obligatorio para todos los participantes del procedimiento de contratación. Dicho pliego se considera parte integral e inseparable del expediente, y establece los lineamientos técnicos, administrativos, legales y operativos que deberán ser atendidos estrictamente por cada oferente.
El contenido del Pliego de Condiciones Complementario no estará sujeto a modificaciones por parte de los participantes, salvo que la Administración, en uso de sus competencias y conforme al marco normativo aplicable, determine y autorice expresamente la realización de ajustes. Cualquier modificación autorizada será debidamente comunicada por los medios oficiales previstos para este procedimiento y tendrá efectos generales para todos los oferentes.
De conformidad con lo estipulado en el pliego, los requisitos, especificaciones y parámetros establecidos servirán como base para determinar cuáles ofertas cumplen las condiciones necesarias para avanzar a la segunda etapa de análisis técnico‑administrativo. En esta fase, la Administración procederá a evaluar cada propuesta conforme a los criterios previamente definidos y publicados, garantizando los principios de objetividad, transparencia, igualdad y libre competencia.
Únicamente podrán continuar en el procedimiento de compra aquellas propuestas que acrediten, como mínimo, el cumplimiento integral de los requisitos de admisibilidad establecidos en el Pliego de Condiciones Complementario. La ausencia, insuficiencia o incumplimiento de cualquiera de dichos requisitos podrá resultar en la exclusión de la oferta, conforme a la normativa vigente y a los criterios de admisibilidad ya comunicados.
En virtud de lo anterior, se insta al posible oferente a realizar una revisión exhaustiva del documento adjunto, dado que su adecuada comprensión y cumplimiento condicionarán la validez, continuidad y eventual consideración de su oferta en el marco del presente procedimiento de contratación.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Se informa al posible oferente que en el documento adjunto se encuentra disponible el Pliego de Condiciones Complementario, dentro del cual, específicamente en el Capítulo II, se detallan las Especificaciones Técnicas correspondientes al presente procedimiento de contratación. En dicho capítulo se indica, de manera expresa, el nombre del archivo adjunto que contiene la especificación técnica requerida, elaborada en atención a las partidas definidas y a la solicitud formal emitida por la Unidad Usuaria.
El oferente deberá remitirse al documento denominado “Anexo N°1, Especificaciones técnica”, en el que se desarrollan íntegramente las características, criterios de desempeño, parámetros mínimos, condiciones operativas y demás exigencias técnicas inherentes al objeto contractual. Estas especificaciones constituyen un instrumento de observancia obligatoria, por cuanto establecen los lineamientos que regirán la adecuada formulación de la oferta técnica y su posterior proceso de evaluación.
Se enfatiza que todo oferente está en la obligación de revisar, analizar y comprender en su totalidad el documento de especificaciones técnicas adjunto, dado que este contiene los requisitos mínimos indispensables para que una oferta sea considerada admisible dentro del procedimiento de compra. Cada una de las disposiciones técnicas deberá ser cumplida a cabalidad y sin excepciones, de manera que la propuesta presentada sea plenamente congruente con las necesidades identificadas por la Administración y con las condiciones establecidas por la Unidad Usuaria.
La omisión de consultar el documento indicado, así como el incumplimiento parcial o total de cualquiera de los requisitos técnicos contenidos en las especificaciones, podrá derivar en la inadmisibilidad de la oferta o en su exclusión de las etapas subsiguientes del análisis técnico‑administrativo, conforme a las normas que rigen la contratación administrativa y a las facultades conferidas a la Administración.
Por lo anterior, se insta al posible oferente a verificar minuciosamente todo el material adjunto, especialmente el Pliego Complementario y el documento de Especificaciones Técnicas, asegurándose de que la oferta final refleje estrictamente el cumplimiento íntegro de los requerimientos establecidos para este procedimiento.
1. “Anexo N°1, Especificaciones técnicas ”
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Se solicita respetuosamente al posible oferente a revisar de manera detallada y exhaustiva las condiciones generales establecidas en el Pliego Complementario, el cual se encuentra disponible en el archivo PDF adjunto al presente expediente electrónico. Dicho pliego forma parte integral de la documentación del procedimiento de contratación y contiene disposiciones de carácter obligatorio que regulan los requisitos, lineamientos y criterios técnicos, administrativos y legales que deberán ser observados para la correcta presentación de la oferta.
La lectura y comprensión completa del documento adjunto es indispensable, dado que en él se precisan las obligaciones del oferente, las especificaciones mínimas exigidas, los parámetros de admisibilidad y los elementos que serán considerados en las etapas de análisis y evaluación. La omisión total o parcial de las condiciones contenidas en el pliego podrá derivar en la inadmisibilidad de la propuesta o en la imposibilidad de que esta continúe en el procedimiento de compra.
Por lo anterior, se recuerda que la participación en el presente proceso implica la aceptación tácita de todas las disposiciones descritas en el Pliego Complementario, razón por la cual se recomienda al oferente verificar cuidadosamente cada uno de los apartados del documento antes de proceder con la entrega de la oferta.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. La Administración podrá imponer multas cuando se verifiquen incumplimientos relacionados con la ejecución defectuosa, el incumplimiento de especificaciones técnicas, condiciones contractuales, obligaciones de calidad, seguridad, mantenimiento, garantías o cualquier otra obligación establecida en el pliego, la oferta adjudicada o el contrato. Las multas procederán únicamente cuando el incumplimiento sea imputable al contratista. No procederá su aplicación cuando éste demuestre de manera fehaciente que el incumplimiento obedece a caso fortuito, fuerza mayor o hechos imputables a la propia Administración. Para la imposición de las multas se observará el debido proceso administrativo y no será necesario acreditar la existencia de daños o perjuicios efectivos para su procedencia, por tratarse de una sanción previamente establecida en el contrato. El cobro podrá efectuarse mediante: a) Deducción de los montos pendientes de pago al contratista. b) Aplicación de retenciones practicadas sobre facturas en trámite. c) Ejecución parcial o total de la garantía de cumplimiento, cuando corresponda. d) Cualquier otro mecanismo legalmente procedente. La aplicación de multas será independiente de la facultad de la Administración para reclamar los daños y perjuicios efectivamente ocasionados por el incumplimiento contractual.
Cláusula penal. De conformidad con el artículo 47 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 117 de su Reglamento, la cláusula penal tiene por objeto resarcir de manera anticipada los perjuicios derivados de la ejecución tardía de las obligaciones contractuales. Cuando el contratista incurra en atraso injustificado respecto de los plazos contractualmente establecidos para la entrega de bienes, prestación de servicios o ejecución de obras, deberá cancelar a favor de la Administración una cláusula penal equivalente al cero coma cinco por ciento (0,5%) diario sobre el valor de la parte incumplida del contrato por cada día natural de atraso. La aplicación de la cláusula penal se mantendrá hasta la efectiva corrección del incumplimiento o hasta alcanzar el límite máximo legal correspondiente, sin que el monto acumulado por concepto de multas y cláusula penal pueda exceder el veinticinco por ciento (25%) del monto contractual vigente, incluidas sus modificaciones. La aplicación de la cláusula penal no excluye la posibilidad de que la Administración reclame, mediante el procedimiento correspondiente, aquellos daños y perjuicios adicionales que logre demostrar y que excedan el monto cubierto por dicha cláusula. Cuando el contratista considere que existen circunstancias de caso fortuito, fuerza mayor o hechos atribuibles a la Administración que imposibiliten el cumplimiento oportuno de sus obligaciones, deberá solicitar formalmente una prórroga antes del vencimiento del plazo afectado o dentro de un plazo razonable desde que tuvo conocimiento del hecho generador del atraso, aportando toda la documentación probatoria pertinente. La Administración valorará la solicitud y resolverá lo que corresponda mediante acto debidamente motivado, considerando la naturaleza de los hechos alegados, las pruebas aportadas y la afectación al interés público. La fiscalización, control, documentación de incumplimientos y gestión de eventuales sanciones corresponderá a la persona administradora del contrato o unidad técnica competente, con el apoyo de la Proveeduría Institucional cuando resulte necesario.
Documentos del cartel6
- Certificacion 258-2026 1-4-1 Medio ambiente 2026PDF · 348 KB
- Anexo N°1. Especificaciones técnicas.PDF · 389 KB
- MB-GA-205-2026 Proyección Servicio de Campaña de CastraciónPDF · 266 KB
- MB-GA-204-2026 Sondeo de mercadoPDF · 635 KB
- CRONOGRAMA.vfPDF · 31 KB
- Pliego de condicionesPDF · 748 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Yaritza Somarribas Jiménez
Gestion Ambiental
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 07/10/2026 06:07. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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